1. Normas relativas a ciclomotores José David Pérez Fernández Jaime Pérez Brotóns 3ºC
2. 1-Cuando un ciclomotor solo pueda llevar a una persona, podrá llevar en un sillín homologado a un menor de hasta 7 años, siempre que el conductor sea mayor de edad.
3. 2-Además del conductor podrá viajar una persona mayor de 12 años, siempre que se sitúe detrás y con casco.
4. 3-Los mayores de 7 años podrán viajar en un ciclomotor siempre que el conductor sea su padre, madre o tutor legal o tenga permiso de este y lleve casco de seguridad.
5. 4-Los ciclomotores podrán remolcar siempre que lo remolcado no supere el 50% del peso del ciclomotor, y las siguientes condiciones:
6. -La circulación será de día. -La velocidad será un 10% menos de las marcadas en ese lugar. -El vehículo remolcado no podrá llevar pasajeros. -En la ciudad se deberán cumplir las ordenanzas municipales.