2. INTRODUCCIÓN
El Decreto 2685 de 1999 es una normativa
emitida en Colombia que regula las operaciones
de importación y exportación en el país. Es
conocido como el Estatuto Aduanero y establece
las disposiciones legales que deben seguir tanto
los importadores como los exportadores, así
como las autoridades aduaneras encargadas de
controlar estas operaciones.
3. Este decreto se crea para firmar el
compromiso del gobierno con las politicas
que permiten la insercion de la economia
colombiana en los mercados
internacionales.
Tiene 573 artìculos,
El estatuto aduanero tiene XXI titulos que
abordan tanto las exportaciones como
importaciones y regìmenes especiales.
Modifica la legislaciòn aduanera, mas de
100 modificaciones
DATOS:
4. ABANDONO ILEGAL
Situación en que se encuentra una
mercancía cuando vencido el término
de permanencia en depósito no ha
obtenido su levante o no se ha
reembarcado¨
ABANDONO
VOLUNTARIO
Es el acto mediante el cual
quien tiene derecho a disponer
de la mercancía comunica por
escrito a la autoridad aduanera
que la deja a favor de la
Nación¨.
Artículo 1º. Definiciones para la aplicación de este Decreto
5. ADUANA DE PARTIDA
¨Es aquella donde se inicia
legalmente un tránsito
aduanero¨
ADUANA DE PASO
¨Es cualquier Aduana por donde
circulan mercancías en tránsito sin que
haya finalizado la modalidad¨
ADUANA DE DESTINO
¨Es aquella donde finaliza la
modalidad de tránsito aduanero¨
6. ¨EL agente de adunas es quie
se encarga de tramitar los
documentos para trasportar
de forma segura la
mercancia¨
AGENTE DE CARGA
ITERNACIONAL
ALMACENAMIENTO
Es el depósito de mercancías bajo el control de
la autoridad aduanera en recintos habilitados
por la Aduana
7. AUTORIDAD
ADUANERA
Es el funcionario público o dependencia oficial
que en virtud de la Ley y en ejercicio de sus
funciones, tiene la facultad para exigir o
controlar el cumplimiento de las normas
aduaneras.
DERECHOS DE
ADUANA
¨Son todos los derechos, impuestos,
contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier
clase, los derechos antidumping o compensatorios
y todo pago que se fije o se exija, directa o
indirectamente por la importación de mercancías
al territorio aduanero nacional¨
8. DOCUMENTO DE
TRANSPORTE
Es un término genérico que
comprende el documento
marítimo, aéreo, terrestre o
ferroviario que el
transportador respectivo o el
agente de carga internacional.
9. APREHENSION
AVISO DE ARRIBO
AVISO DE LLEGADA
CARTA DE REPORTE
CARTA A GRANEL
CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
OTROS COMO:
CONSUGNATORIO
CONTENEDOR
CONTROL ADUANERO
DECLARANTE
DECLARACION DE MERCANCIA
DECOMISO
11. De conformidad con las normas correspondientes, serán responsables de
las obligaciones aduaneras, el importador, el exportador, el propietario, el
poseedor o el tenedor de la mercancía. así mismo, serán responsables de
las obligaciones que se deriven por su intervención, el transportador, el
agente de carga internacional, el depositario, intermediario y el declarante,
en los términos previstos en el presente Decreto.
Artículo 3. Responsables de la obligación aduanera.
CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES
12. Artículo 4. Naturaleza de la
obligación aduanera.
La obligación aduanera es de carácter
personal, sin perjuicio de que se pueda
hacer efectivo su cumplimiento sobre la
mercancía, mediante el abandono o el
decomiso, con preferencia sobre cualquier
otra garantía u obligación que recaiga
sobre ella.