SlideShare una empresa de Scribd logo
Estrategia, Asesoría y Defensa Fiscal
www.simposiofiscal.com
Guadalajara, Jalisco, a 29 de agosto de 2018
BANCO DE MÉXICO
JUNTA DE GOBIERNO
PRESENTE
JESÚS EDUARDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, mexicano, abogado de profesión, y
entusiasta de las tecnologías Blockchain, Criptomonedas, y de la materia Fintech; acudo a
ustedes de la manera más atenta para hacerles conocer mis comentarios respecto del
PROYECTO DE DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS
OPERACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO1
.
Y previo a realizar una opinión particularizada sobre distintos puntos que estimo
delicados; debo reconocer y agradecer su esfuerzo por compartir con la opinión pública y
del sector Fintech las propuestas e ideas que se tienen para emitir las regulaciones relativas
a la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera; sin embargo, también
llama la atención y preocupa que justo a unos días de que venza el plazo de seis meses
que prevé la disposición transitoria “SEXTA” de la Ley referida, apenas se exponga a
consulta los proyectos de regulación secundaria, máxime que desde el mismo título del PDF
compartido, se especifica que el borrador sólo contiene “ciertos aspectos” que el Banco de
México “podría emitir”, lo cual deja en claro que aún hay aspectos pendientes de regulación,
o que de plano estamos ante un proyecto en una versión muy inicial con aspectos delicados
ausentes. Y con la única intención de velar por un sano desarrollo del crecimiento y
regulación del sector Fintech, es que ya debería haberse dado a conocer un borrador más
completo, para que todos los jugadores involucrados (Instituciones de Tecnología
Financiera, Agrupaciones Gremiales, Autoridades, Banca, y usuarios) podamos participar
de manera oportuna.
Si bien se entiende que conforme el plazo indicado en la referida disposición
transitoria “SEXTA” de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, aún
hay temas en los cuales el Banco de México aún cuenta con seis, y dieciocho meses más
para emitir sus regulaciones (a la fecha del escrito), lo cierto es que por la relevancia de los
temas a tratar, y por la velocidad en que crece el sector Fintech, ya se debería estar
trabajando en ello.
Y como último, también llama la atención que estamos a pocos días de que se
venza el plazo de seis meses para que celebre su primera sesión el “Grupo de
Innovación Financiera”, y sin embargo, a la fecha no se sabe (o por lo menos no se
1 Publicadas en el sitio web: https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/comments.jsp?id=1006
Defensa Fiscal y Asesoría FinTech
www.simposiofiscal.com
le ha dado la suficiente difusión pública) si dicho grupo ya celebró su primera sesión,
de quiénes lo conformarán y en sí de cualquier actividad que hubiere realizado. Esto
es sumamente delicado.
En fin, pasando a materia, me permito realizar los siguientes comentarios respecto
al Proyecto de Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Operaciones de las
Instituciones de Fondos de Pago Electrónico:
1.- ASPECTOS QUE SE HAN OMITIDO REGULAR, Y SON DE VITAL
IMPORTANCIA.
1.1.- Llama la atención que en el proyecto NO se contemple nunca el
procedimiento con el cual el cliente de una Institución de Fondos de Pagos
Electrónicos permita a su cliente nombrar un beneficiario de sus fondos en caso de
fallecimiento.
Si bien el hecho de que el cliente pueda nombrar un beneficiario en caso de
fallecimiento es algo obligatorio conforme el artículo 29, párrafos antepenúltimo, penúltimo
y último, de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como el
diverso artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito; se considera necesario e
importante que se especifique un procedimiento y lineamientos sencillos, que todas las
Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos deban respetar ineludiblemente, así como
indicar que dicho requisito debe de cumplirse desde el momento en que se apertura una
cuenta con un cliente.
1.2.- Se recomienda que el Banco de México emita regulaciones necesarias
para que las Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos puedan recibir fondeos
de sus clientes de diversas maneras, y no sólo como lo ordena el artículo 45 de la
Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
En efecto, dicho artículo se considera absurdo, incongruente con los principios de
inclusión e innovación financiera, de promoción de la competencia y protección al
consumidor2
(y hasta inconstitucional, de hecho), pues obliga a que las Instituciones de
Fondos de Pagos Electrónicos sólo reciban fondeos por parte de sus clientes, siempre y
cuando provengan de cuentas depósito de dinero abiertas en una Entidad Financiera
autorizada para recibir depósitos, pues ello crea un “efecto embudo”, al exigir que todos los
usuarios forzosamente cuenten con una cuenta bancaria (por ejemplo) para usar las
cuentas de las Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos.
Asimismo, se aprecia que si se respetara cabalmente esta modalidad, los fondeos
mediante empresas recolectoras de pago o intermediarias, estarían al margen de la ley, sin
poderse hacer fondeos –por ejemplo- en tiendas Oxxo, como algunas Instituciones de
Fondos de Pagos Electrónicos (exchanges de criptomonedas) ya lo están haciendo.
2 Contenido en el artículo 2 de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Defensa Fiscal y Asesoría FinTech
www.simposiofiscal.com
Si bien se entiende que dicha regulación atiende a cuidar aspectos de procesos KYC
y AML (Know your customer – Conoce a tu cliente, Anti-Money Laundering – Anti-lavado de
dinero), lo cierto es que se puede permitir el fondeo mediante terceros (como mediante
tiendas Oxxo o diversos terceros), y para evitar problemas en temas lavado de dinero,
limitar los fondeos a Nivel 1 (como se ve en la regla 9ª del Proyecto comentado), y exigir
que cantidades mayores sí se hagan mediante el método que la Ley prevé. De esa manera,
se fomenta el crecimiento de este sector, se apoya a que la población mexicana tenga
acceso a sistemas financieros novedosos, y por los niveles monetarios tan bajos que
representa, no se tenga riesgo en temas de lavado de dinero.
2- ASPECTOS YA CONTENIDOS EN EL PROYECTO Y QUE SE CONSIDERA
DEBEN SER REVISADOS:
2.1.- EL MÉTODO DE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN
CONTENIDO EN LAS DISPOSICIONES 37ª Y 38ª NO ES EL ADECUADO PARA
BRINDAR SEGURIDAD JURÍDICA RESPECTO DE SU RECEPCIÓN.
Se recomienda que no se utilice como medio de recepción de solicitudes de
autorización un correo electrónico, pues así tal cual están redactadas las disposiciones, NO
se prevé un mecanismo de acuse de recibido con firma autógrafa o electrónica, que permita
al gobernado/solicitante, tener certeza de qué día, qué hora se recibió su solicitud, y si se
recibió de manera íntegra.
Aunado a que si bien se mencione que se pueda contestar dicho correo con un
acuse de recibido, lo ideal es que se prevea un mecanismo que otorgue un acuse de recibo
con firma autógrafa o electrónica, así como un desglose de los documentos recibidos, pues
sólo así el solicitante tendría un documento oficial con el que podría acudir a medios de
defensa (como Amparo o Recurso de Revisión) ante los casos de una negativa o positiva
ficta, aunado a que dicho documento tendría mayor validez probatoria en juicio. Como
ejemplo, se recomienda ver el ejemplo del Buzón Tributario que maneja el Servicio de
Administración Tributaria.
2.2.- SE RECOMIENDA HACER MÁS ESTRICTO EL MÉTODO DE ASOCIACIÓN
Y DES-ASOCIACIÓN DE NÚMEROS CELULARES ASOCIADOS A CUENTAS
CONTENIDO EN LA DISPOSICIÓN 19ª, FRACCIÓN II, INCISO b)
Lamentablemente a nivel internacional ha ido en brutal aumento el robo de
identidad, y accesos no autorizados a cuentas y fondos, a través de hackeos al número
celular del cliente.
Por lo cual se recomienda que NO sea posible la asociación o des asociación a
través de terceros, y que se tengan mecanismos muy estrictos que permitan estar seguros
de que la autorización de la asociación o des asociación, sea realizada en verdad por el
titular.
Defensa Fiscal y Asesoría FinTech
www.simposiofiscal.com
2.3.- SE RECOMIENDA REGULAR MÁS Y DE MANERA MÁS FAVORABLE
PARA QUE SE PERMITA Y GARANTICE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INSTITUCIONES
DE FONDOS DE PAGOS ELECTRÓNICOS EN LOS SISTEMAS DE PAGOS
INTERBANCARIOS
Se aprecia que en la disposición 19ª se prevé obligaciones para Instituciones de
Fondos de Pagos Electrónicos que manejen grandes cantidades, pero poco se ha tratado
y apoyado a las empresas de volumen de operaciones pequeño, o que recién van iniciando
(start-ups), a que puedan participar DE MANERA FÁCIL en sistemas de pagos (por
ejemplo, el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios SPEI).
Actualmente, diversas Start-ups de Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos,
sufren porque no hay oferta por parte intermediarios en el sistema SPEI, y la poca oferta
que hay, se limita a trabajar con ciertas empresas o exchanges, sin abrirse a trabajar con
las demás empresas. Por lo cual, es que dichas Start-ups se ven obligadas a fondear por
parte de sus clientes a su cuenta bancaria, y luego abonar ese dinero recibido de manera
manual o semi-automatizada a las cuentas de sus clientes, y no a través de un fondeo
instantáneo a una cuenta SPEI que sea única para cada cliente como lo hacen otros
competidores (situación que de hecho se considera violatoria de la regla 45ª, fracción IV,
de la Circular 11/20183
; pero bueno, eso es otro tema).
Consideramos que es momento clave y sería de buena ayuda que se regulara ese
aspecto de manera más amplia, en favor de una sana competencia y crecimiento del sector
Fintech.
2.4.- SE RECOMIENDA DAR PRIORIDAD A LA REGULACIÓN RELATIVA DE
CUÁLES SERÁN LOS ACTIVOS VIRTUALES QUE EL BANCO DE MÉXICO PERMITIRÁ
TRABAJAR.
Llama la atención que mediante la disposición 4ª, 5ª, 37ª, ya se prevean diversas
regulaciones donde se menciona a los Activos Virtuales, pero a la fecha no se haya emitido
siquiera un borrador de cuáles serán los lineamientos a seguir para determinar cuáles
activos virtuales serán autorizados por el Banco de México.
Si se va a regular un aspecto, se recomienda hacerlo de manera integral y de una
sola vez –en la medida de lo posible-, para evitar dejar lagunas legales que causen
confusión o problemas jurídicos. Aunado a que por la complejidad técnica de los activos
virtuales y su rapidísimo crecimiento, se recomienda darle prioridad a ello, y hacerlo todo
con tiempo, para que los expertos en el tema y demás jugadores del sector Fintech se
puedan pronunciar al respecto.
3 CIRCULAR 11/2018 dirigida a los participantes del Sistema de Pagos Electrónicos
Interbancarios y demás interesados en actuar con tal carácter, relativa a las Reformas a las Reglas
del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), en materia de Mitigación de Riesgos,
publicada el 27 de julio de 2018, en el Diario Oficial de la Federación.
Defensa Fiscal y Asesoría FinTech
www.simposiofiscal.com
Si bien hay muchos temas que se estima quedan pendientes, creemos que estos
puntos son vitales y deben tener especial atención.
Quedo a sus órdenes para cualquier consulta o seguimiento, sería un placer poder
colaborar en el desarrollo de la regulación en el sector Fintech en México.
ATENTAMENTE
JESÚS EDUARDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Simposio Fiscal
Defensa Fiscal y Asesoría Legal/Fiscal en Fintech
Mail: contacto@simposiofiscal.com
Web: www.simposiofiscal.com

Más contenido relacionado

Similar a Opinión a proyecto Disposiciones de Carácter General aplicables a las Operaciones de las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico de Banco de México

Dossierpropuestassistemafinanciero
DossierpropuestassistemafinancieroDossierpropuestassistemafinanciero
Dossierpropuestassistemafinanciero
Partido Progresista
 
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financierosLey para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros
jangulog
 
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federaciónQue reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
UNAM
 
Iniciativa electrónica en mexico
Iniciativa electrónica en mexicoIniciativa electrónica en mexico
Iniciativa electrónica en mexico
sandrariveram
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
Jrp Cordova
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
Jrp Cordova
 
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...
UNAM
 
Multicaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre Competencia
Multicaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre CompetenciaMulticaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre Competencia
Multicaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre Competencia
Tania Órdenes Salgueiro
 
Tributacion de criptomonedas
Tributacion de criptomonedasTributacion de criptomonedas
Tributacion de criptomonedas
CriptomonedasWorld
 
Solicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SP
Solicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SPSolicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SP
Solicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SP
Castañeda Mejía & Asociados
 
Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?
Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?
Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?
NancyLeon6
 
El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013
El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013
El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013
Cris Banned
 
El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013
El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013
El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013
Foro Blog
 
Informe inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicos
Informe inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicosInforme inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicos
Informe inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicos
Andrés Villarroel
 
Bases ayuda fomento empresarial
Bases ayuda fomento empresarialBases ayuda fomento empresarial
Bases ayuda fomento empresarial
miciudadreal
 
Fintech..docx
Fintech..docxFintech..docx
Fintech..docx
MarleZentenoTlamani
 
Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...
Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...
Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...
Jacobo Meraz Sotelo
 
La subcapitalizacion de sociedades en la LISLR Venezolana
La subcapitalizacion de sociedades en la LISLR VenezolanaLa subcapitalizacion de sociedades en la LISLR Venezolana
La subcapitalizacion de sociedades en la LISLR Venezolana
Javier Olivo Mendoza
 
Principios informatica
Principios informaticaPrincipios informatica
Principios informatica
VanessaSalas26
 
Propuesta de mejoramiento dicom
Propuesta de mejoramiento dicomPropuesta de mejoramiento dicom
Propuesta de mejoramiento dicom
Partido Progresista
 

Similar a Opinión a proyecto Disposiciones de Carácter General aplicables a las Operaciones de las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico de Banco de México (20)

Dossierpropuestassistemafinanciero
DossierpropuestassistemafinancieroDossierpropuestassistemafinanciero
Dossierpropuestassistemafinanciero
 
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financierosLey para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros
Ley para la transparencia y ordenamiento de los servicios financieros
 
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federaciónQue reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
Que reforma el artículo 156 bis del código fiscal de la federación
 
Iniciativa electrónica en mexico
Iniciativa electrónica en mexicoIniciativa electrónica en mexico
Iniciativa electrónica en mexico
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
 
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
El Salvador: Prevención de Lavado de Dinero. Obligaciones 2016
 
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la ley para la transparencia...
 
Multicaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre Competencia
Multicaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre CompetenciaMulticaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre Competencia
Multicaja S.A contra Banco Estado de Chile. Tribunal de Libre Competencia
 
Tributacion de criptomonedas
Tributacion de criptomonedasTributacion de criptomonedas
Tributacion de criptomonedas
 
Solicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SP
Solicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SPSolicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SP
Solicitud JD CCEE Régimen FEL Profesionales SP
 
Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?
Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?
Perteneces al Régimen Fiscal de Incorporación y ¿no sabes que hacer?
 
El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013
El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013
El desafio de la blancura numero 5 mayo 2013
 
El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013
El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013
El desafio de la blancura, Mag Pablo Russo - 5 mayo 2013
 
Informe inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicos
Informe inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicosInforme inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicos
Informe inclusión-financiera-y-medios-de-pago-electrónicos
 
Bases ayuda fomento empresarial
Bases ayuda fomento empresarialBases ayuda fomento empresarial
Bases ayuda fomento empresarial
 
Fintech..docx
Fintech..docxFintech..docx
Fintech..docx
 
Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...
Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...
Revista Excelencia Profesional noviembre 2017 - Procedimiento Administrativo ...
 
La subcapitalizacion de sociedades en la LISLR Venezolana
La subcapitalizacion de sociedades en la LISLR VenezolanaLa subcapitalizacion de sociedades en la LISLR Venezolana
La subcapitalizacion de sociedades en la LISLR Venezolana
 
Principios informatica
Principios informaticaPrincipios informatica
Principios informatica
 
Propuesta de mejoramiento dicom
Propuesta de mejoramiento dicomPropuesta de mejoramiento dicom
Propuesta de mejoramiento dicom
 

Último

MOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACION
MOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACIONMOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACION
MOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACION
rociocoaquira1
 
Esquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penalEsquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penal
coronelridolfi031
 
INVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptx
INVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptxINVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptx
INVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptx
AlejandroOlivera26
 
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artpptel codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
javierlopezchavel
 
34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf
34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf
34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf
DRMANUELMORAMONTOYA
 
Tipo penal según su estructura Universidad del Atlantico
Tipo penal según su estructura Universidad del AtlanticoTipo penal según su estructura Universidad del Atlantico
Tipo penal según su estructura Universidad del Atlantico
MariaGranados40
 
El-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptx
El-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptxEl-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptx
El-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptx
NahomiPea1
 
Urdimbre juridico de la mora.pptx exposisicion
Urdimbre juridico de la mora.pptx exposisicionUrdimbre juridico de la mora.pptx exposisicion
Urdimbre juridico de la mora.pptx exposisicion
RosmilaRodriguez
 
La victimizacion de las mujeres en mexico
La victimizacion de las mujeres en mexicoLa victimizacion de las mujeres en mexico
La victimizacion de las mujeres en mexico
ngelLpez74
 
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfProtección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
José María
 
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos HumanosTriptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
QuetzalHernndezMartn
 
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Movimiento C40
 
MEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL III
MEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL IIIMEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL III
MEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL III
ALEJANDRABERTHAVALER
 
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
Movimiento C40
 
3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf
3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf
3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf
CentroEspecializacio
 
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuioSusurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
morenacuello0019
 
Evidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptx
Evidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptxEvidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptx
Evidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptx
JulianMarn3
 
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus finesPrincipios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
elemilko
 
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptxANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
LuyIzaguirrePaulAnth
 
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERGTema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
RosmilaRodriguez
 

Último (20)

MOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACION
MOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACIONMOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACION
MOF PNP MANUAL DE INFORMACION E INFORMACION
 
Esquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penalEsquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penal
 
INVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptx
INVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptxINVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptx
INVESTIGACION DE LA ESCENA DE MUERTE.pptx
 
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artpptel codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
 
34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf
34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf
34_Autoqueresuel_69860NulidadResuelve_20240530111301.pdf
 
Tipo penal según su estructura Universidad del Atlantico
Tipo penal según su estructura Universidad del AtlanticoTipo penal según su estructura Universidad del Atlantico
Tipo penal según su estructura Universidad del Atlantico
 
El-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptx
El-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptxEl-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptx
El-Iusnaturalismo-Teologico-de-Santo-Tomas-de-Aquino.pptx
 
Urdimbre juridico de la mora.pptx exposisicion
Urdimbre juridico de la mora.pptx exposisicionUrdimbre juridico de la mora.pptx exposisicion
Urdimbre juridico de la mora.pptx exposisicion
 
La victimizacion de las mujeres en mexico
La victimizacion de las mujeres en mexicoLa victimizacion de las mujeres en mexico
La victimizacion de las mujeres en mexico
 
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfProtección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdf
 
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos HumanosTriptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
Triptico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
 
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
 
MEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL III
MEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL IIIMEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL III
MEDIDAS CAUTELARES DERECHO PROCESAL CIVIL III
 
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
 
3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf
3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf
3.1Prevencion de Riesgos-LaboratoriosTanatopraxia.pdf
 
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuioSusurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
 
Evidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptx
Evidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptxEvidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptx
Evidencia GA1-260101067-AA2-EV01. Ordenar palabras.pptx
 
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus finesPrincipios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
Principios del derecho penal en el peru, asi como sus fines
 
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptxANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
 
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERGTema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
 

Opinión a proyecto Disposiciones de Carácter General aplicables a las Operaciones de las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico de Banco de México

  • 1. Estrategia, Asesoría y Defensa Fiscal www.simposiofiscal.com Guadalajara, Jalisco, a 29 de agosto de 2018 BANCO DE MÉXICO JUNTA DE GOBIERNO PRESENTE JESÚS EDUARDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, mexicano, abogado de profesión, y entusiasta de las tecnologías Blockchain, Criptomonedas, y de la materia Fintech; acudo a ustedes de la manera más atenta para hacerles conocer mis comentarios respecto del PROYECTO DE DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS OPERACIONES DE LAS INSTITUCIONES DE FONDOS DE PAGO ELECTRÓNICO1 . Y previo a realizar una opinión particularizada sobre distintos puntos que estimo delicados; debo reconocer y agradecer su esfuerzo por compartir con la opinión pública y del sector Fintech las propuestas e ideas que se tienen para emitir las regulaciones relativas a la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera; sin embargo, también llama la atención y preocupa que justo a unos días de que venza el plazo de seis meses que prevé la disposición transitoria “SEXTA” de la Ley referida, apenas se exponga a consulta los proyectos de regulación secundaria, máxime que desde el mismo título del PDF compartido, se especifica que el borrador sólo contiene “ciertos aspectos” que el Banco de México “podría emitir”, lo cual deja en claro que aún hay aspectos pendientes de regulación, o que de plano estamos ante un proyecto en una versión muy inicial con aspectos delicados ausentes. Y con la única intención de velar por un sano desarrollo del crecimiento y regulación del sector Fintech, es que ya debería haberse dado a conocer un borrador más completo, para que todos los jugadores involucrados (Instituciones de Tecnología Financiera, Agrupaciones Gremiales, Autoridades, Banca, y usuarios) podamos participar de manera oportuna. Si bien se entiende que conforme el plazo indicado en la referida disposición transitoria “SEXTA” de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, aún hay temas en los cuales el Banco de México aún cuenta con seis, y dieciocho meses más para emitir sus regulaciones (a la fecha del escrito), lo cierto es que por la relevancia de los temas a tratar, y por la velocidad en que crece el sector Fintech, ya se debería estar trabajando en ello. Y como último, también llama la atención que estamos a pocos días de que se venza el plazo de seis meses para que celebre su primera sesión el “Grupo de Innovación Financiera”, y sin embargo, a la fecha no se sabe (o por lo menos no se 1 Publicadas en el sitio web: https://www.banxico.org.mx/ConsultaRegulacionWeb/comments.jsp?id=1006
  • 2. Defensa Fiscal y Asesoría FinTech www.simposiofiscal.com le ha dado la suficiente difusión pública) si dicho grupo ya celebró su primera sesión, de quiénes lo conformarán y en sí de cualquier actividad que hubiere realizado. Esto es sumamente delicado. En fin, pasando a materia, me permito realizar los siguientes comentarios respecto al Proyecto de Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Operaciones de las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico: 1.- ASPECTOS QUE SE HAN OMITIDO REGULAR, Y SON DE VITAL IMPORTANCIA. 1.1.- Llama la atención que en el proyecto NO se contemple nunca el procedimiento con el cual el cliente de una Institución de Fondos de Pagos Electrónicos permita a su cliente nombrar un beneficiario de sus fondos en caso de fallecimiento. Si bien el hecho de que el cliente pueda nombrar un beneficiario en caso de fallecimiento es algo obligatorio conforme el artículo 29, párrafos antepenúltimo, penúltimo y último, de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como el diverso artículo 56 de la Ley de Instituciones de Crédito; se considera necesario e importante que se especifique un procedimiento y lineamientos sencillos, que todas las Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos deban respetar ineludiblemente, así como indicar que dicho requisito debe de cumplirse desde el momento en que se apertura una cuenta con un cliente. 1.2.- Se recomienda que el Banco de México emita regulaciones necesarias para que las Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos puedan recibir fondeos de sus clientes de diversas maneras, y no sólo como lo ordena el artículo 45 de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. En efecto, dicho artículo se considera absurdo, incongruente con los principios de inclusión e innovación financiera, de promoción de la competencia y protección al consumidor2 (y hasta inconstitucional, de hecho), pues obliga a que las Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos sólo reciban fondeos por parte de sus clientes, siempre y cuando provengan de cuentas depósito de dinero abiertas en una Entidad Financiera autorizada para recibir depósitos, pues ello crea un “efecto embudo”, al exigir que todos los usuarios forzosamente cuenten con una cuenta bancaria (por ejemplo) para usar las cuentas de las Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos. Asimismo, se aprecia que si se respetara cabalmente esta modalidad, los fondeos mediante empresas recolectoras de pago o intermediarias, estarían al margen de la ley, sin poderse hacer fondeos –por ejemplo- en tiendas Oxxo, como algunas Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos (exchanges de criptomonedas) ya lo están haciendo. 2 Contenido en el artículo 2 de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
  • 3. Defensa Fiscal y Asesoría FinTech www.simposiofiscal.com Si bien se entiende que dicha regulación atiende a cuidar aspectos de procesos KYC y AML (Know your customer – Conoce a tu cliente, Anti-Money Laundering – Anti-lavado de dinero), lo cierto es que se puede permitir el fondeo mediante terceros (como mediante tiendas Oxxo o diversos terceros), y para evitar problemas en temas lavado de dinero, limitar los fondeos a Nivel 1 (como se ve en la regla 9ª del Proyecto comentado), y exigir que cantidades mayores sí se hagan mediante el método que la Ley prevé. De esa manera, se fomenta el crecimiento de este sector, se apoya a que la población mexicana tenga acceso a sistemas financieros novedosos, y por los niveles monetarios tan bajos que representa, no se tenga riesgo en temas de lavado de dinero. 2- ASPECTOS YA CONTENIDOS EN EL PROYECTO Y QUE SE CONSIDERA DEBEN SER REVISADOS: 2.1.- EL MÉTODO DE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIÓN CONTENIDO EN LAS DISPOSICIONES 37ª Y 38ª NO ES EL ADECUADO PARA BRINDAR SEGURIDAD JURÍDICA RESPECTO DE SU RECEPCIÓN. Se recomienda que no se utilice como medio de recepción de solicitudes de autorización un correo electrónico, pues así tal cual están redactadas las disposiciones, NO se prevé un mecanismo de acuse de recibido con firma autógrafa o electrónica, que permita al gobernado/solicitante, tener certeza de qué día, qué hora se recibió su solicitud, y si se recibió de manera íntegra. Aunado a que si bien se mencione que se pueda contestar dicho correo con un acuse de recibido, lo ideal es que se prevea un mecanismo que otorgue un acuse de recibo con firma autógrafa o electrónica, así como un desglose de los documentos recibidos, pues sólo así el solicitante tendría un documento oficial con el que podría acudir a medios de defensa (como Amparo o Recurso de Revisión) ante los casos de una negativa o positiva ficta, aunado a que dicho documento tendría mayor validez probatoria en juicio. Como ejemplo, se recomienda ver el ejemplo del Buzón Tributario que maneja el Servicio de Administración Tributaria. 2.2.- SE RECOMIENDA HACER MÁS ESTRICTO EL MÉTODO DE ASOCIACIÓN Y DES-ASOCIACIÓN DE NÚMEROS CELULARES ASOCIADOS A CUENTAS CONTENIDO EN LA DISPOSICIÓN 19ª, FRACCIÓN II, INCISO b) Lamentablemente a nivel internacional ha ido en brutal aumento el robo de identidad, y accesos no autorizados a cuentas y fondos, a través de hackeos al número celular del cliente. Por lo cual se recomienda que NO sea posible la asociación o des asociación a través de terceros, y que se tengan mecanismos muy estrictos que permitan estar seguros de que la autorización de la asociación o des asociación, sea realizada en verdad por el titular.
  • 4. Defensa Fiscal y Asesoría FinTech www.simposiofiscal.com 2.3.- SE RECOMIENDA REGULAR MÁS Y DE MANERA MÁS FAVORABLE PARA QUE SE PERMITA Y GARANTICE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE FONDOS DE PAGOS ELECTRÓNICOS EN LOS SISTEMAS DE PAGOS INTERBANCARIOS Se aprecia que en la disposición 19ª se prevé obligaciones para Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos que manejen grandes cantidades, pero poco se ha tratado y apoyado a las empresas de volumen de operaciones pequeño, o que recién van iniciando (start-ups), a que puedan participar DE MANERA FÁCIL en sistemas de pagos (por ejemplo, el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios SPEI). Actualmente, diversas Start-ups de Instituciones de Fondos de Pagos Electrónicos, sufren porque no hay oferta por parte intermediarios en el sistema SPEI, y la poca oferta que hay, se limita a trabajar con ciertas empresas o exchanges, sin abrirse a trabajar con las demás empresas. Por lo cual, es que dichas Start-ups se ven obligadas a fondear por parte de sus clientes a su cuenta bancaria, y luego abonar ese dinero recibido de manera manual o semi-automatizada a las cuentas de sus clientes, y no a través de un fondeo instantáneo a una cuenta SPEI que sea única para cada cliente como lo hacen otros competidores (situación que de hecho se considera violatoria de la regla 45ª, fracción IV, de la Circular 11/20183 ; pero bueno, eso es otro tema). Consideramos que es momento clave y sería de buena ayuda que se regulara ese aspecto de manera más amplia, en favor de una sana competencia y crecimiento del sector Fintech. 2.4.- SE RECOMIENDA DAR PRIORIDAD A LA REGULACIÓN RELATIVA DE CUÁLES SERÁN LOS ACTIVOS VIRTUALES QUE EL BANCO DE MÉXICO PERMITIRÁ TRABAJAR. Llama la atención que mediante la disposición 4ª, 5ª, 37ª, ya se prevean diversas regulaciones donde se menciona a los Activos Virtuales, pero a la fecha no se haya emitido siquiera un borrador de cuáles serán los lineamientos a seguir para determinar cuáles activos virtuales serán autorizados por el Banco de México. Si se va a regular un aspecto, se recomienda hacerlo de manera integral y de una sola vez –en la medida de lo posible-, para evitar dejar lagunas legales que causen confusión o problemas jurídicos. Aunado a que por la complejidad técnica de los activos virtuales y su rapidísimo crecimiento, se recomienda darle prioridad a ello, y hacerlo todo con tiempo, para que los expertos en el tema y demás jugadores del sector Fintech se puedan pronunciar al respecto. 3 CIRCULAR 11/2018 dirigida a los participantes del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios y demás interesados en actuar con tal carácter, relativa a las Reformas a las Reglas del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), en materia de Mitigación de Riesgos, publicada el 27 de julio de 2018, en el Diario Oficial de la Federación.
  • 5. Defensa Fiscal y Asesoría FinTech www.simposiofiscal.com Si bien hay muchos temas que se estima quedan pendientes, creemos que estos puntos son vitales y deben tener especial atención. Quedo a sus órdenes para cualquier consulta o seguimiento, sería un placer poder colaborar en el desarrollo de la regulación en el sector Fintech en México. ATENTAMENTE JESÚS EDUARDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ Simposio Fiscal Defensa Fiscal y Asesoría Legal/Fiscal en Fintech Mail: contacto@simposiofiscal.com Web: www.simposiofiscal.com