SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 18
Descargar para leer sin conexión
Concejalía de Deportes
Concejalía de Deportes




   1. DISPOSICION GENERAL

          Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. De conformidad con lo
   dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora
   de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, este
   Ayuntamiento, y en uso de las facultades que se contemplan en el artículo 127 del
   citado TR-LRHL, establece los precios públicos por la prestación de servicios y
   realización de actividades en las instalaciones deportivas municipales.


   II. CONCEPTO

          Artículo 2.- HECHO IMPONIBLE. Tendrán la consideración de precios
   públicos, a efectos de esta Ordenanza, las contraprestaciones pecuniarias que se
   satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades en las
   instalaciones deportivas y asociaciones de vecinos, concretados básicamente en la
   inscripción en actividades deportivas guiadas por monitor, adquisición de la
   condición de abonado a servicios deportivos municipales, utilización de
   equipamientos deportivos, reserva de uso de espacios deportivos, y los demás que se
   prevean; todos ellos relacionados con las instalaciones deportivas, actividades y
   materias referidas en esta Ordenanza y su anexo.


   III. OBLIGADOS AL PAGO

          Artículo 3.- Estarán obligados al pago de los precios públicos, las personas
   físicas y jurídicas y entidades que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por
   los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquéllos, entendiéndose
   como beneficiarios y afectados las personas usuarias de las instalaciones deportivas,
   así como aquéllas que se inscriban en cursillos y actividades organizados por el
   Ayuntamiento y las que, en su caso, se beneficien o resulten afectadas por servicios,
   de carácter administrativo o técnico, prestados por el mismo.


   IV. OBLIGACIÓN DE PAGAR

          Artículo 4.- 1) La obligación de pagar el precio público comienza desde que
   se inicie la prestación del servicio o la realización de las actividades, que será desde
   el momento en que se produzca la inscripción en el cursillo o actividad
   correspondiente, desde que se otorgue la autorización a favor del solicitante de

   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 2
Concejalía de Deportes


   puesta a su disposición del equipamiento deportivo y/o accesorio solicitado, desde
   que se conceda la autorización de reserva de la instalación deportiva, que, siendo
   prestados por el Ayuntamiento, se encuentren establecidos y tipificados en el Anexo
   a la presente Ordenanza.

         El Ayuntamiento podrá exigir del depósito previo del importe total o parcial
   del precio público, así como exigir los precios públicos en régimen de
   autoliquidación.

         2º) El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con
   entidades, instituciones y organizaciones representativas de los obligados al pago de
   los precios públicos, con el fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones
   formales y materiales derivadas de aquéllos, o los procedimientos de liquidación o
   de recaudación.


   V. CUANTÍA

          Artículo 5.- Las cuantías de los precios públicos fijadas en esta Ordenanza
   son las que se especifican en el Anexo de la misma, de la que forma parte a todos
   los efectos.

          SERVICIOS NO CONTEMPLADOS.- Para aquellos servicios que se
   inicien, cuyas cuotas no figuren contempladas en las tarifas anteriores, se establece
   un precio comprendido entre 0,70 y 92,85 euros al mes en función de la actividad
   deportiva a prestar, fijándose, mediante Decreto de la Alcaldía, la cuota de cada uno
   de los nuevos servicios, previa propuesta que formule el Concejal del Área
   correspondiente.

         MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS PUNTUALES.- Si en el
   transcurso del ejercicio se estimara oportuno la modificación de los precios públicos
   de algún curso o servicio concreto, por el coste que pudiera el mismo acarrear, se
   procederá, a su modificación puntual por Decreto de la Alcaldía, previa propuesta
   que formule el Concejal del Área.


   VI. FIJACIÓN

         Artículo 6.- A partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, el
   establecimiento o modificación de los precios públicos corresponderá a la Junta de
   Gobierno Local, conforme determina el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley

   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 3
Concejalía de Deportes


   Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 23.2.b) de la Ley
   7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

         A los efectos de lo previsto en este artículo, en el correspondiente expediente
   deberá constar una propuesta del Concejal Delegado de Deportes, así como una
   memoria económico-financiera que justifique que los precios públicos cubren, como
   mínimo, el coste de los servicios o actividades por los que deban satisfacerse.

          No obstante, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de
   interés público que así lo aconseje, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo
   del límite previsto en el párrafo anterior. Dichas razones deberán motivarse en la
   propuesta correspondiente.


   VII. NORMAS DE GESTIÓN

         Artículo 7.- Los servicios y actividades a que se refiere esta Ordenanza se
   prestarán a través de la Concejalía de Deportes, así como la cobranza de los precios
   públicos aquí regulados. La administración de los mismos estará a cargo de la
   Concejalía de Economía y Hacienda.

         Artículo 8.- Los precios públicos se considerarán devengados
   simultáneamente a la prestación del servicio o a la realización de actividades, y se
   recaudarán en el momento de efectuar la reserva de uso de las instalaciones, en el
   momento de procederse a la inscripción en el cursillo o actividad de que se trate y/o
   en el momento de autorizarse la puesta a disposición del solicitante del
   equipamiento técnico-deportivo.

          Artículo 9.-1) Cuando se trate de precios públicos por reserva de uso de
   instalaciones, aquéllos deberán satisfacerse en el momento en que se lleve a cabo
   la reserva, salvo en los casos expuesto en el artículo anterior. Se procederá de forma
   análoga en los casos reinscripción en cursillos y actividades, puesta a su disposición
   de equipamientos deportivos y prestación de servicios de índole administrativa.

          2) Con carácter general, sólo procederá atender a solicitudes de devolución de
   los precios públicos, satisfechos en concepto de inscripción en cursillos y
   actividades, en los casos establecidos por la normativa específica de aplicación y, en
   particular, cuando el servicio o actividades no se preste o realice por circunstancias
   imputables al Ayuntamiento, y no imputables al interesado.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 4
Concejalía de Deportes


          En ningún caso se atenderán solicitudes de devolución de precios públicos
   satisfechos cuando la solicitud se motive en un cambio de ubicación, dentro del
   término municipal, de cualquier actividad convocada por el Ayuntamiento.

          4) Sólo procederá atender a solicitudes de devolución de importe, satisfecho
   en concepto de adquisición de la condición de “abonado a cursillo o actividad”, que
   se establece en el cuadro anexo, en los siguientes casos:

              a) Cuando no se dé inicio al cursillo o actividad.
              b) Cuando se desconvoque o suspenda definitivamente la actividad dentro del
                 ejercicio económico o período de actividad para la que se ha adquirido tal
                 condición de “abonado”, siempre que no se trate de una suspensión
                 temporal motivada por causas de fuerza mayor, reparación de averías,
                 realización de obras y tareas necesarias de mantenimiento y circunstancias
                 análogas, en cuyo caso no procederá devolución alguna.

              5) Sólo procederá atender a solicitudes de devolución de importe, satisfecho
              en concepto de reserva de uso de instalaciones deportivas, en los casos
              establecidos por la normativa específica de aplicación y, en particular, cuando
              el servicio o actividad no se preste o realice por circunstancias imputables al
              Ayuntamiento, y no imputables al interesado.

          6) Sólo procederá atender a solicitudes de devolución de importe, satisfecho
   en concepto de adquisición de la condición de “abonado”, que se establece en el
   cuadro anexo, cuando se suspenda definitivamente el derecho de reserva de uso de
   instalaciones deportivas, dentro del ejercicio económico o período de actividad para
   la que se ha adquirido tan condición de “abonado”, siempre que no se trate de una
   suspensión temporal motivada por causas de fuerza mayor, reparación de averías,
   realización de obras y tareas necesarias de mantenimiento y circunstancias análogas,
   en cuyo caso no procederá devolución alguna.

          7) En los demás casos, sólo procederá atender a solicitudes de devolución de
   los precios públicos satisfechos cuando se den las circunstancias previstas en la
   legislación aplicable.


   VIII. DEVENGO E INGRESOS DE LOS PRECIOS PÚBLICOS.

          Artículo 10.- El devengo de los precios públicos reguladores en la presente
   Ordenanza, nace desde que se preste o realice cualquiera de los servicios o
   actividades especificados en el apartado segundo del artículo anterior. El Ingreso de

   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 5
Concejalía de Deportes


   los precios públicos se efectuará en el momento de entrar al recinto de que se trate, o
   al solicitar el alquiler de los objetos a que se refiere.
          Artículo 11.- Los precios públicos recogidos en esta ordenanza, tendrán un
   incremento anual del IPC establecido.

   IX. INFRACCIONES Y SANCIONES.

          Artículo 12.- En todo lo relativo a las infracciones tributarias y a su
   calificación, así como a las sanciones que las mismas correspondan en cada caso, se
   aplicaran las normas contenidas en la Ley General Tributaria y :
          En el Real Decreto de 1930/1998, de once de septiembre, por el que se
   desarrolla el procedimiento sancionador.
          En la Ordenanza General de este Ayuntamiento, por la que se desarrolla el
   Procedimiento Sancionador.
          Por la presente Ordenanza así, y haciendo uso de la potestad reconocida en el
   artículo 11 de la Ley 39/1998, se establece las siguientes especificaciones, en
   materia de infracciones sanciones, en relación con esta tasa.
          La imposición de sanciones no suspenderá en ningún caso, la liquidación y
   cobro de las cuotas devengadas no prescritas.

   X. EXENCIONES

         Artículo 13.- a.-) Cuando la utilización de las instalaciones de que se trate lo
   sean para la celebración de cursillos, festivales o actuaciones promovidas por la
   Concejalía de Deportes, podrán quedar exentas del pago de este precio público por
   acuerdo de la Comisión de Gobierno y a propuesta de dicha Concejalía,
   reservándose para esos casos la preferencia en la utilización de tales instalaciones.
          b.-) Quedarán exentos del pago de este precio público, todo Club o
   Asociación Deportiva que colabore con la Concejalía de Deportes en actividades
   diversas y que con dicha colaboración saneen aquellos perjuicios económicos que
   pudieran surgirle a este Ayuntamiento, previo acuerdo de la Comisión de Gobierno
   y a propuesta del Concejal de Deportes.

   DISPOSICION FINAL.

         La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicada íntegramente en el
   Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse desde el día en que se
   acuerde su aprobación definitiva por este Ayuntamiento hasta su modificación o
   derogación expresa.



   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 6
Concejalía de Deportes




   DILIGENCIAS:

       Para hacer constar que la presente Ordenanza, fue aprobada definitivamente
   por…….. celebrada en sesión el día … de …. de dos mil


                           Ciudad de Telde, a ….. de …………………….de dos mil

   Fdo.
   El Alcalde




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 7
Concejalía de Deportes



                        ANEXO: PRECIOS PÚBLICOS POR PRESTACIÓN DE
                                  SERVICIOS DEPORTIVOS

   Modalidades de accesos:
   NOTA: La Concejalía de Deportes se reserva el derecho de utilizar la modalidad de acceso que mejor se adapte a sus
   instalaciones.


              a)    Modalidad entrada puntual.
              b)    Modalidad de bono.
              c)    Modalidad pago por actividad.
              d)    Modalidad abonado.

        a) Modalidad entrada puntual:
            Se trata de acceder a los siguientes servicios en horario establecido y al precio
        fijado, y según disponibilidad; dichas actividades son: actividades acuáticas
        (adultos, pre-parto, adolescentes, aquagym, bebes y niños), musculación, y
        actividades dirigidas (aeróbic/step, total training, mantenimiento físico, actividad
        física para mayores, G.A.P., capoeira, capoeira infantil, hip-hop, T.B.C., bailes
        populares, bailes caribeñas, taichi, iniciación a la danza, actividad física pre-
        parto, preparación física específica, aeroboxing, ciclismo indoor, psicomotricidad
        y jazz funky).

                 MODALIDAD                                                         TIEMPO                                        PRECIO
            Para no usuarios/abonados                                              45 minutos                                      4€


        b) Modalidad de bono.
                 Se trata de adquirir un bono con 5, 10, 15 o 20 pases para una entrada
           puntual. Existirán las siguientes modalidades:

              BONO LUDOTECA: 14,40 €/10 pases.
              BONO SALA DE ENTRENAMIENTO DE ESCALADA: 18,05 €/5 pases.
              BONO MASAJE LOCAL: 50 €/5 masajes 30’
              BONO MASAJE COMPLETO: 85 €/5 masajes 45’


        c) Modalidad pago por actividad: se trata de adquirir una actividad por un
           mes. Hay que cumplir con el precio del servicio y el horario fijado, y siempre
           depende de la disponibilidad de dicha actividad, existiendo un número
           máximo de plazas, teniendo prioridad siempre los usuarios de dicha actividad.



   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 8
Concejalía de Deportes


        c.1. Tipos de usuarios:
        - Bebes: se entiende para aquellos usuarios cuya edad sea de 6 meses a 3 años.
        - Niños: se entiende para aquellos usuarios cuya edad sea de 4 a 12 años.
        - Adolescentes: se entiende para aquellos usuarios cuya edad sea de 13 a 16
        años.
        - Adultos: se entiende para aquellos cuya edad sea de17 a 65 años.
        - Mayores: se entiende para aquellos cuya edad sea igual o superior a 65 años.
        - Discapacitados: se entiende para aquellos que sufran una discapacidad igual o
        mayor al grado 3 según el baremo del Real Decreto 1971/1999, de 23 de
        diciembre.
        - Pensionistas: se entiende para aquellas personas que acrediten tal situación
        siendo requisito indispensable constar en la cartilla de la seguridad social como
        titular.
        - Estudiantes: se entiende para aquellas personas, mayores de 16 años, que
        acrediten tal situación siendo requisito indispensable presentar carnet (ESO y
        BACHILLER) o matrícula (UNIVERSITARIOS).

   c.2. Descuentos en modalidad de pago por actividad:
         1.Descuento por discapacidad: 4,51 € como cuota única.
         2.Gratuidad en las actividades: previo informe de la correspondiente
         Concejalía, en los casos especiales: salud mental, discapacitados, familias
         desfavorecidas, centro diurno, residencia de mayores, casas de acogidas y
         O.N.G.
         3. Desempleado: 20% de descuento en la persona que acredite tal situación
         mediante el justificante de demanda de empleo actualizada.
         4. Pensionistas: 40% de descuento en la persona que acredite tal situación
         mediante la tarjeta/cartilla de pensionista.
         5. Estudiantes: 20% de descuento en la persona que acredite tal situación
         mediante el justificante de:
               - Estudiantes de E.S.O. y BACHILLER: Presentación de la fotocopia
               del carnet de estudiante.
               - Estudiantes UNIVERSITARIOS: Presentación de la fotocopia de la
               matrícula del año en curso.

   c.3. Los clubes deportivos, colectivos (con mínimo de 10 personas) o deportistas
   individuales del municipio, abonarán la cantidad de 1,30 euros por persona y uso al
   utilizar los servicios deportivos.

   c.4. Los descuentos a que se refieren los apartados anteriores no son acumulables,
   teniendo el usuario únicamente derecho a la aplicación de un solo tipo de los fijados
   en la presente ordenanza.

   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 9
Concejalía de Deportes




    Nº                                    ACTIVIDADES                                                        2 DIAS               3 DIAS    5 DÍAS
     1                    AEROBIC/STEP                                                                       8,65 €               10,80 €   19,45 €
     2             MANTENIMIENTO FÍSICO                                                                      8,65 €               10,80 €   19,45 €
     3           ACTIVIDAD FÍSICA MAYORES                                                                    8,65 €               10,80 €   19,45 €
     4                TONIFICACIÓN G.A.P.                                                                    8,65 €               10,80 €   19,45 €
     5                  TOTAL TRAINING                                                                       10,80 €              14,40 €   25,20 €
     6                      CAPOEIRA                                                                         10,80 €              14,40 €   25,20 €
     7                CAPOEIRA INFANTIL                                                                      10,80 €              14,40 €   25,20 €
     8                  CICLISMO INDOOR                                                                      10,80 €              14,40 €   25,20 €
     9                   HIP HOP DANCE                                                                       10,80 €              14,40 €   25,20 €
    10                          T.B.C.                                                                       10,80 €              14,40 €   25,20 €
    11           BAILES DE SALÓN POPULARES                                                                   10,80 €              14,40 €   25,20 €
    12                 BAILES CARIBEÑOS                                                                      10,80 €              14,40 €   25,20 €
    13                        TAI-CHÍ                                                                        14,40 €              18,05 €   32,45 €
    14                    MUSCULACIÓN                                                                        8,65 €               10,80 €   19,45 €
    15             INICIACIÓN A LA DANZA                                                                     14,40 €              18,05 €   32,45 €
    16           ACTIVIDAD FÍSICA PRE-PARTO                                                                  14,40 €              18,05 €   32,45 €
    17           ACTIVIDAD FÍSICA MAYORES                                                                    2,00 €               3,00 €    5,00 €
    18                         YOGA                                                                          14,40 €              18,05 €   32,45 €
    19                        PILATES                                                                        14,40 €              18,05 €   32,45 €
    20         PREPARACIÓN FÍSICA ESPECÍFICA                                                                 14,40 €              18,05 €   32,45 €
    21                     AEROBOXING                                                                        10,80 €              14,40 €   25,20 €
    22                     JAZZ FUNKY                                                                        10,80 €              14,40 €   25,20 €
    23              JAZZ FAUNKY INFANTIL                                                                     14,40 €              18,05 €   32,45 €
    24                 PSICOMOTRICIDAD                                                                       14,40 €              18,05 €   32,45 €
    25          NATACIÓN ADULTOS (+17 AÑOS)                                                                  14,40 €              18,05 €   32,45 €
    26            NATACIÓN BEBES (0-3 AÑOS)                                                                  10,80 €              14,40 €   25,20 €
    27           NATACIÓN NIÑOS (4-12 AÑOS)                                                                  10,80 €              14,40 €   25,20 €
    28       NATACIÓN ADOLESCENTES (13-16 AÑOS)                                                              10,80 €              14,40 €   25,20 €
    29               NATACIÓN PRE-PARTO                                                                      14,40 €              18,05 €   32,45 €
    30                      AQUAGYM                                                                          14,40 €              18,05 €   32,45 €
    31               NATACIÓN ADAPTADA                                                                       7,20 €               9,00 €    16,20 €
                      NATACIÓN ESCOLAR
    32                                                                                                                   10,00 € / alumno
                       (1 vez a la semana/mes)
    33          NATACIÓN MAYORES (+ 65 años)                                                                  2,00 €               3,00 €   5,00 €
                  SALA DE ENTRENAMIENTO DE ESCALADA
    34           (Lunes a Viernes/ 17:00-22:00) Precio único                                                                      30,00 €
    35                    PISTA DE ATLETISMO                                                                 14,40 €              18,05 €   32,45 €


   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 10
Concejalía de Deportes


    36                         SENDERISMO                                                                       12,00 € sendero / persona
    37              CAMPAMENTOS (solo pernocta)                                                                  6,00 € / persona / noche
                              CAMPAMENTOS
    38                                                                                                           35,25 € / persona / noche
                       (con comida + dinamización)
                               Actividad de Día
    39                                                                                                                 3,25 € / 9:00-13:00
                        (Inst. Deportiva Lomo Pollo)
                               Actividad de Día
    40                                                                                                                 6,00 € / 9:00-16:00
                        (Inst. Deportiva Lomo Pollo)
    41           CURSOS DE FORMACIÓN (0-15 horas)                                                                                 40,00 €
    42           CURSOS DE FORMACIÓN(16-24 horas)                                                                                 50,00 €
    43            CURSOS DE FORMACIÓN (+ 25 horas)                                                                                60,00 €
    44           SPA / HIDROTERAPIA / SAUNA (sesión)                                                                              4,50 €
    45                  Tarjetas de control de acceso                                                                             3,00 €
                 SERVICIOS DE SALUD (a continuación)




   46. SERVICIOS DE SALUD:

   SERVICIO MEDICO

                        DESCRIPCION                                                                        Cuota
                          CONSULTA                                                                         10,80 €
                    TRATAMIENTO (10 sesiones)                                                              14,40 €
                   REHABILITACIÓN (Detelform)                                                           14,40 € / mes


   MASAJES

                                  DESCRIPCION                                              TIEMPO                           Precio
                                      Local                                                  30’                            15,00 €
                                     General                                                 45’                            25,00 €

         • Masajes deportivos, anticelulíticos, descontracturantes, relajantes, antiestrés,
           drenajes linfáticos, etc.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 11
Concejalía de Deportes




   47. MEGAFONÍA:

                    DESCRIPCION                                                                                                Cuota
   Servicio de uso durante un día o fracción del equipo
                                                                                                                             100,00 €
   de megafonía por clubes deportivos del municipio.
   Servicio de uso durante un día o fracción del equipo
                                                                                                                             200,00 €
          de megafonía por empresas privadas.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 12
Concejalía de Deportes


        d) Modalidad abonado: se trata de adquirir un paquete de actividades. Tienen
           descuentos en los precios y ventajas con el horario. Existirán las siguientes
           modalidades;

                    MODALIDAD ABONADO (ABONO TELDEACTÍVATE)
                       Tipo de Abono            Mensual Trimestral  Anual
                            INDIVIDUALES                 10% des.  25% des.
                  Abono Adultos (+20 años)      33,00 €  89,10 €   297,00 €
                  Abono Joven (16-19 años)      24,00 €  64,80 €   216,00 €
                       Abono Especial
                                                18,00 €  48,60 €   162,00 €
                ( Pensionista y discapacitados)
                       Abono Matinal
                                                15,00 €  40,50 €   135,00 €
                     (de 7:00 a 16:00 h.)
                             FAMILIARES                  10% des.  25% des.
                      Abono Familiar 2          50,00 €  135,00€   450,00 €
                      Abono Familiar 3          65,00 €  175,50 €  585,00 €
                      Abono Familiar 4
                                                75,00 €  202,50 €  675,00 €
                      (o más miembros)



                                                        El abono individual adultos, está pensado para aquellas personas mayores de
                                                        18 años, que buscan un acceso libre a:

                                                        1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS
                                                        (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles).
                                                        (Calle libre sin monitor todos los días)
                                                        (Con monitor 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / + 5 días: 6,25 € )
                                                        2. SALA DE MUSCULACIÓN.
       ABONO ADULTOS
      (Mayores de 20 años)                              3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita).
                                                        (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández).

                                                        Precios especiales en:
                                                        4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS.
                                                        (Actividades de 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / 5 días: + 6,25 €).

                                                        5. Además de todas las ventajas de ser abonado.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 13
Concejalía de Deportes




                                                        El abono joven, está pensado para jóvenes de 16 a 19 años (incluidos), en el
                                                        que pueden acceder al igual que el adulto a todas las actividades, siempre
                                                        teniendo en cuenta las edades mínimas que algunas actividades por sus
                                                        características poseen.

                                                        1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS
                                                        (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles).
                                                        (Calle libre sin monitor todos los días)
          ABONO JOVEN                                   (Con monitor 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / + 5 días: 6,25 € )
                                                        2. SALA DE MUSCULACIÓN.
             (jóvenes de
          16 hasta 19 años)                             3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita).
                                                        (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández).

                                                        Precios especiales en:
                                                        4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS.
                                                        (Actividades de 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / 5 días: + 6,25 € ).

                                                        5. Además de todas las ventajas de ser abonado.




                                                        Dirigido a los/as usuarios/as que superen los 65 años, pensionistas,
                                                        discapacitados y grupos especiales.
                                                        Tendrán un acceso libre a todas las actividades, teniendo en cuenta en
                                                        todo momento las características de las mismas, y que no supongan un
                                                        impedimento para su edad o discapacidad.

                                                        1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS
                                                        (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles).
       ABONO ESPECIAL                                   (Calle libre sin monitor todos los días).
                                                        (Con monitor 2 días: + 1,50 € / 3 días: + 2,75 € / + 5 días: 4,25 € ).
        PENSIONISTA/
                                                        2. SALA DE MUSCULACIÓN.
       DISCAPACITADO
                                                        3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita).
                                                        (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández).

                                                        Precios especiales en:
                                                        4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS.
                                                        (Actividades de 2 días: + 1,50 € / 3 días: + 2,75 € / 5 días: + 4,25 €).

                                                        5. Además de todas las ventajas de ser abonado.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 14
Concejalía de Deportes




                                                        Pensado para aquellas personas que quieran hacer uso de las instalaciones en
                                                        horario de mañana exclusivamente. El horario es de 7:00 a 14:00 h./16h.

                                                        1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS
                                                        (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles).
                                                        (Calle libre sin monitor todos los días)
                                                        (Con monitor 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / + 5 días: 6,25 € )
                                                        2. SALA DE MUSCULACIÓN.
       ABONO MATINAL                                    3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita).
                                                        (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández).

                                                        Precios especiales en:
                                                        4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS.
                                                        (Actividades de 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / 5 días: + 6,25 € ).

                                                        5. Además de todas las ventajas de ser abonado.




                                  ¡POR ACUDIR CON TODA LA FAMILIA TE PREMIAMOS!

   Se considerarán miembros, padres y/o madres, (previa documentación que lo
   acredite (libro de familia)) e hijos menores de 18 años.

                                                                                   Diseñado para familias de hasta 2 miembros. Podrán
                                                                                   disfrutar en familia de todos los servicios adaptados
          ABONO DEPORTE Familiar 2                                                 para las edades de cada uno de los miembros de la
                                                                                   familia siempre que estén incluidos en los abonos
                                                                                   anteriores.


                                                                                   Diseñado para familias de hasta 3 miembros. Podrán
                                                                                   disfrutar en familia de todos los servicios adaptados
          ABONO DEPORTE Familiar 3                                                 para las edades de cada uno de los miembros de la
                                                                                   familia siempre que estén incluidos en los abonos
                                                                                   anteriores.



                                                                                   Diseñado para familias de hasta 4 miembros. Podrán
                                                                                   disfrutar en familia de todos los servicios adaptados
          ABONO DEPORTE Familiar 4                                                 para las edades de cada uno de los miembros de la
                                                                                   familia siempre que estén incluidos en los abonos
                                                                                   anteriores.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 15
Concejalía de Deportes


   OTRAS VENTAJAS PARA LOS ABONADOS

                                                     a. Precios especiales en el resto de las actividades.
                                                     b. Previa reserva, 10% de descuento en las canchas de
                                                        los Polideportivos Municipales “Paco Artiles”, “Rita
                                                        Hernández” o “Juan Carlos Hernández” en horario
                                                        de apertura al público, cuando se encuentre libre de
                                                        uso y con preferencia para abonados), así como en
                                                        campos de fútbol 11/7 de césped artificial.
                                                     c. Descuentos del 15 % en el servicio de salud, cursos,
                                                        senderos y sala de escalada.
                                                     d. Acceso libre a la pista de atletismo.



   ART. 4º. 1.- La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 16
Concejalía de Deportes



                               PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACIÓN DE
           INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y COLOCACIÓN DE VALLAS PUBLICITARIAS

                                                                                                             Actividad/Evento Deportivo                              Actividad/Espectáculo NO deportivo
                                                                                                   Sin ánimo de lucro                Con ánimo de lucro            Sin ánimo de lucro      Con ánimo de lucro
                 INSTALACIÓN                                                 DURACIÓN
                                                                                                   Sin luz    Con luz                Sin luz    Con luz            Sin luz    Con luz      Sin luz    Con luz
                                                                                                  artificial artificial             artificial  artificial        artificial artificial   artificial  artificial
                                                                               1 hora o
    Cancha polideportiva cubierta                                              fracción             20 €             40 €            800 €       1.000 €           40 €          60 €     2.000 €     2.500 €
                                                                               1 hora o
  Cancha polideportiva descubierta                                             fracción              15€             30 €            400 €        800 €            35 €          50 €     1.000 €     1.000 €
                                                                               2 horas o
Campo de hierba artificial de fútbol 11                                        fracción             40 €             60 €          1.500 €       2.000 €           60 €          80 €     3.500 €     4.500 €
                                                                               2 horas o
Campo de hierba artificial de fútbol 7                                         fracción             15 €             30 €          1.000 €       1.500 €           35 €          50 €     3.000 €     4.000 €
                                                                               2 horas o
Campo de hierba natural de fútbol 11                                           fracción             80 €           120 €           2.500 €       3.000 €          100 €       140 €       4.500 €     5.500 €
                                                                               2 horas o
 Campo de hierba natural de fútbol 7                                           fracción             60 €           100 €           2.000 €       2.500 €           80 €       120 €       4.000 €     4.500 €
                                                                               1 hora o
             1 Calle de la piscina                                             fracción              5€              10 €            300 €        500 €            25 €          30 €     1.000 €     1.500 €
                                                                               2 horas o
                Terrero de lucha                                               fracción             15 €             30 €            800 €       1.000 €           35 €          50 €     1.000 €     1.500 €
                                                                               1 hora o
                Pista de atletismo                                             fracción             5€               15 €          1.000 €       1.500 €           25 €          35 €     2.000 €     3.000 €
                Pistas de paddel                                                  90’               15 €             20 €          1.000 €       1.500 €           35 €          40 €     2.000 €     3.000 €
                                                                               2 horas o
                  Pista de tenis                                               fracción             20 €             30 €          1.500 €       2.000 €           40 €          50 €     3.000 €     4.000 €
                                                                               1 horas o
              Aula de Formación                                                fracción                     20 €                              500 €                       40 €                  2.000 €

     Nota: El alquiler de las diferentes instalaciones incluye el derecho a duchas y vestuarios. (Excepto aula de formación)



     ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS           Página 17
Concejalía de Deportes


                                                      Vallas publicitarias
                                             Concepto             Precio metro cuadrado
                                              Un año                       150 €
                                             Seis meses                     90 €
                                              Un mes                        18 €
                                               Un día                       6€


          El Ayuntamiento habilitará espacios específicos a este fin a las Instituciones
   que estime oportunas.
          Para la concesión de un espacio publicitario en el pavimento, se requerirá
   informe positivo de la Oficina Técnica de este Ayuntamiento, justificando el no
   deterioro del mismo.
          Cuando el aprovechamiento lleve aparejado la destrucción o el deterioro del
   dominio público local, el beneficiario estará obligado al reintegro del coste total de
   los gastos de reparación y al depósito previo de su importe. Si los daños fueran
   irreparables, el Ayuntamiento será indemnizado en la cuantía global de los bienes
   destruidos.




   ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS   Página 18

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Dictamen Pago Proporcional del PMGM
Dictamen Pago Proporcional del PMGMDictamen Pago Proporcional del PMGM
Dictamen Pago Proporcional del PMGMNelson Leiva®
 
Decreto rafam 2980
Decreto rafam 2980Decreto rafam 2980
Decreto rafam 2980gmnunez
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
 
Tribunal Constitucional TC Proyecto Municipal
Tribunal Constitucional TC Proyecto MunicipalTribunal Constitucional TC Proyecto Municipal
Tribunal Constitucional TC Proyecto MunicipalNelson Leiva®
 
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoDictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
 
Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020
Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020
Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020Eduardo Nelson German
 
Pliego gestion instalaciones deportivas 2012
Pliego gestion instalaciones deportivas 2012Pliego gestion instalaciones deportivas 2012
Pliego gestion instalaciones deportivas 2012upnviana
 
Dictamen Autonomía Pago Personal de Municipalidades
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesDictamen Autonomía Pago Personal de Municipalidades
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesNelson Leiva®
 
Presentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesPresentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
 
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)Daniel Romero- Abreu
 
Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016
Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016
Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016Nelson Leiva®
 
Dictamen Capacitaciones , Cometidos Concejales
Dictamen Capacitaciones , Cometidos ConcejalesDictamen Capacitaciones , Cometidos Concejales
Dictamen Capacitaciones , Cometidos ConcejalesNelson Leiva®
 
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto Final
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto FinalProyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto Final
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto FinalNelson Leiva®
 
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
 
Instructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de CInstructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de CNelson Leiva®
 
Instrucciones 17773 18
Instrucciones 17773 18  Instrucciones 17773 18
Instrucciones 17773 18 marcosroa2
 
Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012Camara de Comercio
 

La actualidad más candente (20)

Dictamen Pago Proporcional del PMGM
Dictamen Pago Proporcional del PMGMDictamen Pago Proporcional del PMGM
Dictamen Pago Proporcional del PMGM
 
Decreto rafam 2980
Decreto rafam 2980Decreto rafam 2980
Decreto rafam 2980
 
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021
 
crematorio.
crematorio.crematorio.
crematorio.
 
Tribunal Constitucional TC Proyecto Municipal
Tribunal Constitucional TC Proyecto MunicipalTribunal Constitucional TC Proyecto Municipal
Tribunal Constitucional TC Proyecto Municipal
 
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoDictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevo
 
Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020
Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020
Proyecto de Ley de Presupuesto de La Rioja 2020
 
R.a. no.22 exoneracion ipto predial i,e,i, nº 215
R.a. no.22 exoneracion ipto predial i,e,i, nº 215R.a. no.22 exoneracion ipto predial i,e,i, nº 215
R.a. no.22 exoneracion ipto predial i,e,i, nº 215
 
Pliego gestion instalaciones deportivas 2012
Pliego gestion instalaciones deportivas 2012Pliego gestion instalaciones deportivas 2012
Pliego gestion instalaciones deportivas 2012
 
Dictamen Autonomía Pago Personal de Municipalidades
Dictamen Autonomía Pago Personal de MunicipalidadesDictamen Autonomía Pago Personal de Municipalidades
Dictamen Autonomía Pago Personal de Municipalidades
 
Presentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesPresentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
Presentación CGR Contratos a Honorarios en Municipalidades
 
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
3.-Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Conil (20.01.2011)
 
Donacion chatarra bienes fungibles
Donacion chatarra bienes fungiblesDonacion chatarra bienes fungibles
Donacion chatarra bienes fungibles
 
Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016
Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016
Asemuch Documento aclaratorio Dictamen N°16195 del 01.03.2016
 
Dictamen Capacitaciones , Cometidos Concejales
Dictamen Capacitaciones , Cometidos ConcejalesDictamen Capacitaciones , Cometidos Concejales
Dictamen Capacitaciones , Cometidos Concejales
 
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto Final
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto FinalProyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto Final
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto Final
 
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922
 
Instructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de CInstructivo PMGM Municipalidades de C
Instructivo PMGM Municipalidades de C
 
Instrucciones 17773 18
Instrucciones 17773 18  Instrucciones 17773 18
Instrucciones 17773 18
 
Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012
 

Destacado

Lesiones ulcerativas e hiperplásicas
Lesiones ulcerativas e hiperplásicasLesiones ulcerativas e hiperplásicas
Lesiones ulcerativas e hiperplásicasCat Lunac
 
Curriculun vitae
Curriculun vitaeCurriculun vitae
Curriculun vitaejjojados
 
Retefuente colombia[1]''''''''''''''
Retefuente colombia[1]''''''''''''''Retefuente colombia[1]''''''''''''''
Retefuente colombia[1]''''''''''''''carlos_007
 
Inserta un sonido en PPT 2007
Inserta un sonido en PPT 2007Inserta un sonido en PPT 2007
Inserta un sonido en PPT 2007Mar-delmolino
 
Material de estudio
Material de estudioMaterial de estudio
Material de estudiomariac1502
 
Insights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias Sociais
Insights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias SociaisInsights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias Sociais
Insights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias SociaisGiancarlo Santos
 
Pr cticas eures.09.05.2011
Pr cticas eures.09.05.2011Pr cticas eures.09.05.2011
Pr cticas eures.09.05.2011ajinterjoven
 
Edital do curso de administração pública
Edital do curso de administração públicaEdital do curso de administração pública
Edital do curso de administração públicacapacitacaoufcg
 
Slideshare
SlideshareSlideshare
SlidesharebUnii
 
Da micro à média produção e consumo de energia
Da micro à média produção e consumo de energiaDa micro à média produção e consumo de energia
Da micro à média produção e consumo de energiaFernando Zornitta
 
Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)
Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)
Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)Fernando Zornitta
 
Produc 7
Produc 7Produc 7
Produc 7danygil
 
051 excrecion de farmacos
051 excrecion de farmacos051 excrecion de farmacos
051 excrecion de farmacosCat Lunac
 
Fases clínicas de un farmaco
Fases clínicas de un farmacoFases clínicas de un farmaco
Fases clínicas de un farmacoCat Lunac
 
Cadastro de supervisor edital
Cadastro de supervisor   editalCadastro de supervisor   edital
Cadastro de supervisor editalcapacitacaoufcg
 
Edital de seleção de supervisor
Edital de seleção de supervisorEdital de seleção de supervisor
Edital de seleção de supervisorcapacitacaoufcg
 

Destacado (20)

Lesiones ulcerativas e hiperplásicas
Lesiones ulcerativas e hiperplásicasLesiones ulcerativas e hiperplásicas
Lesiones ulcerativas e hiperplásicas
 
Curriculun vitae
Curriculun vitaeCurriculun vitae
Curriculun vitae
 
Miembro inferior
Miembro inferiorMiembro inferior
Miembro inferior
 
Retefuente colombia[1]''''''''''''''
Retefuente colombia[1]''''''''''''''Retefuente colombia[1]''''''''''''''
Retefuente colombia[1]''''''''''''''
 
curriculo
curriculocurriculo
curriculo
 
Inserta un sonido en PPT 2007
Inserta un sonido en PPT 2007Inserta un sonido en PPT 2007
Inserta un sonido en PPT 2007
 
Material de estudio
Material de estudioMaterial de estudio
Material de estudio
 
Insights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias Sociais
Insights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias SociaisInsights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias Sociais
Insights para Agências de Comunicação Através do Monitoramento de Mídias Sociais
 
Pr cticas eures.09.05.2011
Pr cticas eures.09.05.2011Pr cticas eures.09.05.2011
Pr cticas eures.09.05.2011
 
trabalho de portu
trabalho de portutrabalho de portu
trabalho de portu
 
Edital do curso de administração pública
Edital do curso de administração públicaEdital do curso de administração pública
Edital do curso de administração pública
 
Missa 20 07
Missa 20 07Missa 20 07
Missa 20 07
 
Slideshare
SlideshareSlideshare
Slideshare
 
Da micro à média produção e consumo de energia
Da micro à média produção e consumo de energiaDa micro à média produção e consumo de energia
Da micro à média produção e consumo de energia
 
Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)
Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)
Paz na terra 5d (paulo & fernando zornitta)
 
Produc 7
Produc 7Produc 7
Produc 7
 
051 excrecion de farmacos
051 excrecion de farmacos051 excrecion de farmacos
051 excrecion de farmacos
 
Fases clínicas de un farmaco
Fases clínicas de un farmacoFases clínicas de un farmaco
Fases clínicas de un farmaco
 
Cadastro de supervisor edital
Cadastro de supervisor   editalCadastro de supervisor   edital
Cadastro de supervisor edital
 
Edital de seleção de supervisor
Edital de seleção de supervisorEdital de seleção de supervisor
Edital de seleção de supervisor
 

Similar a Ordenanza

Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012Camara de Comercio
 
Pliego de Residencia
Pliego de ResidenciaPliego de Residencia
Pliego de ResidenciaRoberto Caro
 
Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014Manuel Marin
 
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de GranadaAlegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de GranadaCGT Correos-Granada
 
Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...
Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...
Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...Ayuntamiento De Cazorla
 
Proy Ord Cloacas Canals
Proy Ord Cloacas CanalsProy Ord Cloacas Canals
Proy Ord Cloacas CanalsMartín Garay
 
Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013
Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013
Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013normasresumidas
 
Ordenanza fiscal 2012
Ordenanza fiscal 2012Ordenanza fiscal 2012
Ordenanza fiscal 2012D_G_T
 
Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27
Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27
Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27Jordi Puig
 
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losExtracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losEX ARTHUR MEXICO
 
Ord 2015-397-exoneracion de interes moratorio
Ord 2015-397-exoneracion de interes moratorioOrd 2015-397-exoneracion de interes moratorio
Ord 2015-397-exoneracion de interes moratorioEnrique Bonilla
 
gastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdf
gastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdfgastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdf
gastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdfMarcoMtz13
 
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludadesDs n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludadesOLIV1000
 
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...IVANANGULO14
 

Similar a Ordenanza (20)

Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012Ordenana de tasas administrativas 2012
Ordenana de tasas administrativas 2012
 
Novedades Real Decreto 828/2.013
Novedades Real Decreto 828/2.013Novedades Real Decreto 828/2.013
Novedades Real Decreto 828/2.013
 
Las Contribuciones
Las ContribucionesLas Contribuciones
Las Contribuciones
 
Pliego de Residencia
Pliego de ResidenciaPliego de Residencia
Pliego de Residencia
 
Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014
 
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de GranadaAlegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
Alegaciones contra la subida del Agua en la Vega de Granada
 
Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...
Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...
Aprobada definitivamente la ordenanza fsical reguladora de la tasa por ocupac...
 
Proy Ord Cloacas Canals
Proy Ord Cloacas CanalsProy Ord Cloacas Canals
Proy Ord Cloacas Canals
 
Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013
Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013
Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013
 
Ordenanza fiscal 2012
Ordenanza fiscal 2012Ordenanza fiscal 2012
Ordenanza fiscal 2012
 
Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27
Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27
Informe tecnico-instalaciones-deportivas-julio-2015-27
 
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losExtracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
 
Ord 2015-397-exoneracion de interes moratorio
Ord 2015-397-exoneracion de interes moratorioOrd 2015-397-exoneracion de interes moratorio
Ord 2015-397-exoneracion de interes moratorio
 
Ley percepcion
Ley percepcionLey percepcion
Ley percepcion
 
gastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdf
gastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdfgastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdf
gastos_deducibles_del_impuesto_de_la_renta.pdf
 
Ley-29173.doc
Ley-29173.docLey-29173.doc
Ley-29173.doc
 
Ley 29173 (1)
Ley 29173 (1)Ley 29173 (1)
Ley 29173 (1)
 
IVA I.pptx
IVA I.pptxIVA I.pptx
IVA I.pptx
 
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludadesDs n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
Ds n24051 reglamento_al_impuesto_a_las_utiludades
 
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
D.S. 24051 de 29-06-1995 - Reglamento del Impuesto sobre las Utilidades de la...
 

Último

Agendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdf
Agendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdfAgendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdf
Agendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdfeluniversocom
 
Habilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niños
Habilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niñosHabilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niños
Habilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niñosdamianpacheco01
 
Reunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdf
Reunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdfReunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdf
Reunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdfWinston1968
 
Revista del Club A. Banfield - Abril 2024
Revista del Club A. Banfield - Abril 2024Revista del Club A. Banfield - Abril 2024
Revista del Club A. Banfield - Abril 2024LeonardoCedrn
 
Reunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdf
Reunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdfReunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdf
Reunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdfWinston1968
 
EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptx
EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptxEL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptx
EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptxAngelRuizGomez
 
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docxEDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docxLuisAndersonPachasto
 

Último (7)

Agendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdf
Agendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdfAgendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdf
Agendadeportiva-Directv - 26 de abril al 3 de mayo.pdf
 
Habilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niños
Habilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niñosHabilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niños
Habilidades Motrices Básicas de manera didáctica para niños
 
Reunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdf
Reunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdfReunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdf
Reunion 17 Hipodromo La Rinconada 050524.pdf
 
Revista del Club A. Banfield - Abril 2024
Revista del Club A. Banfield - Abril 2024Revista del Club A. Banfield - Abril 2024
Revista del Club A. Banfield - Abril 2024
 
Reunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdf
Reunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdfReunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdf
Reunion 9 Hipodromo Nacional de Valencia 040524.pdf
 
EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptx
EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptxEL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptx
EL ROL DEL PSICOLOGO DEPORTIVO EN EL FUTBOL 1.pptx
 
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docxEDUCACION FISICA 1°  PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
EDUCACION FISICA 1° PROGRAMACIÓN ANUAL 2023.docx
 

Ordenanza

  • 2. Concejalía de Deportes 1. DISPOSICION GENERAL Artículo 1.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, este Ayuntamiento, y en uso de las facultades que se contemplan en el artículo 127 del citado TR-LRHL, establece los precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas municipales. II. CONCEPTO Artículo 2.- HECHO IMPONIBLE. Tendrán la consideración de precios públicos, a efectos de esta Ordenanza, las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan por la prestación de servicios o la realización de actividades en las instalaciones deportivas y asociaciones de vecinos, concretados básicamente en la inscripción en actividades deportivas guiadas por monitor, adquisición de la condición de abonado a servicios deportivos municipales, utilización de equipamientos deportivos, reserva de uso de espacios deportivos, y los demás que se prevean; todos ellos relacionados con las instalaciones deportivas, actividades y materias referidas en esta Ordenanza y su anexo. III. OBLIGADOS AL PAGO Artículo 3.- Estarán obligados al pago de los precios públicos, las personas físicas y jurídicas y entidades que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquéllos, entendiéndose como beneficiarios y afectados las personas usuarias de las instalaciones deportivas, así como aquéllas que se inscriban en cursillos y actividades organizados por el Ayuntamiento y las que, en su caso, se beneficien o resulten afectadas por servicios, de carácter administrativo o técnico, prestados por el mismo. IV. OBLIGACIÓN DE PAGAR Artículo 4.- 1) La obligación de pagar el precio público comienza desde que se inicie la prestación del servicio o la realización de las actividades, que será desde el momento en que se produzca la inscripción en el cursillo o actividad correspondiente, desde que se otorgue la autorización a favor del solicitante de ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 2
  • 3. Concejalía de Deportes puesta a su disposición del equipamiento deportivo y/o accesorio solicitado, desde que se conceda la autorización de reserva de la instalación deportiva, que, siendo prestados por el Ayuntamiento, se encuentren establecidos y tipificados en el Anexo a la presente Ordenanza. El Ayuntamiento podrá exigir del depósito previo del importe total o parcial del precio público, así como exigir los precios públicos en régimen de autoliquidación. 2º) El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con entidades, instituciones y organizaciones representativas de los obligados al pago de los precios públicos, con el fin de simplificar el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquéllos, o los procedimientos de liquidación o de recaudación. V. CUANTÍA Artículo 5.- Las cuantías de los precios públicos fijadas en esta Ordenanza son las que se especifican en el Anexo de la misma, de la que forma parte a todos los efectos. SERVICIOS NO CONTEMPLADOS.- Para aquellos servicios que se inicien, cuyas cuotas no figuren contempladas en las tarifas anteriores, se establece un precio comprendido entre 0,70 y 92,85 euros al mes en función de la actividad deportiva a prestar, fijándose, mediante Decreto de la Alcaldía, la cuota de cada uno de los nuevos servicios, previa propuesta que formule el Concejal del Área correspondiente. MODIFICACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS PUNTUALES.- Si en el transcurso del ejercicio se estimara oportuno la modificación de los precios públicos de algún curso o servicio concreto, por el coste que pudiera el mismo acarrear, se procederá, a su modificación puntual por Decreto de la Alcaldía, previa propuesta que formule el Concejal del Área. VI. FIJACIÓN Artículo 6.- A partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, el establecimiento o modificación de los precios públicos corresponderá a la Junta de Gobierno Local, conforme determina el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 3
  • 4. Concejalía de Deportes Reguladora de las Haciendas Locales, en relación con el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. A los efectos de lo previsto en este artículo, en el correspondiente expediente deberá constar una propuesta del Concejal Delegado de Deportes, así como una memoria económico-financiera que justifique que los precios públicos cubren, como mínimo, el coste de los servicios o actividades por los que deban satisfacerse. No obstante, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconseje, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo del límite previsto en el párrafo anterior. Dichas razones deberán motivarse en la propuesta correspondiente. VII. NORMAS DE GESTIÓN Artículo 7.- Los servicios y actividades a que se refiere esta Ordenanza se prestarán a través de la Concejalía de Deportes, así como la cobranza de los precios públicos aquí regulados. La administración de los mismos estará a cargo de la Concejalía de Economía y Hacienda. Artículo 8.- Los precios públicos se considerarán devengados simultáneamente a la prestación del servicio o a la realización de actividades, y se recaudarán en el momento de efectuar la reserva de uso de las instalaciones, en el momento de procederse a la inscripción en el cursillo o actividad de que se trate y/o en el momento de autorizarse la puesta a disposición del solicitante del equipamiento técnico-deportivo. Artículo 9.-1) Cuando se trate de precios públicos por reserva de uso de instalaciones, aquéllos deberán satisfacerse en el momento en que se lleve a cabo la reserva, salvo en los casos expuesto en el artículo anterior. Se procederá de forma análoga en los casos reinscripción en cursillos y actividades, puesta a su disposición de equipamientos deportivos y prestación de servicios de índole administrativa. 2) Con carácter general, sólo procederá atender a solicitudes de devolución de los precios públicos, satisfechos en concepto de inscripción en cursillos y actividades, en los casos establecidos por la normativa específica de aplicación y, en particular, cuando el servicio o actividades no se preste o realice por circunstancias imputables al Ayuntamiento, y no imputables al interesado. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 4
  • 5. Concejalía de Deportes En ningún caso se atenderán solicitudes de devolución de precios públicos satisfechos cuando la solicitud se motive en un cambio de ubicación, dentro del término municipal, de cualquier actividad convocada por el Ayuntamiento. 4) Sólo procederá atender a solicitudes de devolución de importe, satisfecho en concepto de adquisición de la condición de “abonado a cursillo o actividad”, que se establece en el cuadro anexo, en los siguientes casos: a) Cuando no se dé inicio al cursillo o actividad. b) Cuando se desconvoque o suspenda definitivamente la actividad dentro del ejercicio económico o período de actividad para la que se ha adquirido tal condición de “abonado”, siempre que no se trate de una suspensión temporal motivada por causas de fuerza mayor, reparación de averías, realización de obras y tareas necesarias de mantenimiento y circunstancias análogas, en cuyo caso no procederá devolución alguna. 5) Sólo procederá atender a solicitudes de devolución de importe, satisfecho en concepto de reserva de uso de instalaciones deportivas, en los casos establecidos por la normativa específica de aplicación y, en particular, cuando el servicio o actividad no se preste o realice por circunstancias imputables al Ayuntamiento, y no imputables al interesado. 6) Sólo procederá atender a solicitudes de devolución de importe, satisfecho en concepto de adquisición de la condición de “abonado”, que se establece en el cuadro anexo, cuando se suspenda definitivamente el derecho de reserva de uso de instalaciones deportivas, dentro del ejercicio económico o período de actividad para la que se ha adquirido tan condición de “abonado”, siempre que no se trate de una suspensión temporal motivada por causas de fuerza mayor, reparación de averías, realización de obras y tareas necesarias de mantenimiento y circunstancias análogas, en cuyo caso no procederá devolución alguna. 7) En los demás casos, sólo procederá atender a solicitudes de devolución de los precios públicos satisfechos cuando se den las circunstancias previstas en la legislación aplicable. VIII. DEVENGO E INGRESOS DE LOS PRECIOS PÚBLICOS. Artículo 10.- El devengo de los precios públicos reguladores en la presente Ordenanza, nace desde que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificados en el apartado segundo del artículo anterior. El Ingreso de ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 5
  • 6. Concejalía de Deportes los precios públicos se efectuará en el momento de entrar al recinto de que se trate, o al solicitar el alquiler de los objetos a que se refiere. Artículo 11.- Los precios públicos recogidos en esta ordenanza, tendrán un incremento anual del IPC establecido. IX. INFRACCIONES Y SANCIONES. Artículo 12.- En todo lo relativo a las infracciones tributarias y a su calificación, así como a las sanciones que las mismas correspondan en cada caso, se aplicaran las normas contenidas en la Ley General Tributaria y : En el Real Decreto de 1930/1998, de once de septiembre, por el que se desarrolla el procedimiento sancionador. En la Ordenanza General de este Ayuntamiento, por la que se desarrolla el Procedimiento Sancionador. Por la presente Ordenanza así, y haciendo uso de la potestad reconocida en el artículo 11 de la Ley 39/1998, se establece las siguientes especificaciones, en materia de infracciones sanciones, en relación con esta tasa. La imposición de sanciones no suspenderá en ningún caso, la liquidación y cobro de las cuotas devengadas no prescritas. X. EXENCIONES Artículo 13.- a.-) Cuando la utilización de las instalaciones de que se trate lo sean para la celebración de cursillos, festivales o actuaciones promovidas por la Concejalía de Deportes, podrán quedar exentas del pago de este precio público por acuerdo de la Comisión de Gobierno y a propuesta de dicha Concejalía, reservándose para esos casos la preferencia en la utilización de tales instalaciones. b.-) Quedarán exentos del pago de este precio público, todo Club o Asociación Deportiva que colabore con la Concejalía de Deportes en actividades diversas y que con dicha colaboración saneen aquellos perjuicios económicos que pudieran surgirle a este Ayuntamiento, previo acuerdo de la Comisión de Gobierno y a propuesta del Concejal de Deportes. DISPOSICION FINAL. La presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, y comenzará a aplicarse desde el día en que se acuerde su aprobación definitiva por este Ayuntamiento hasta su modificación o derogación expresa. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 6
  • 7. Concejalía de Deportes DILIGENCIAS: Para hacer constar que la presente Ordenanza, fue aprobada definitivamente por…….. celebrada en sesión el día … de …. de dos mil Ciudad de Telde, a ….. de …………………….de dos mil Fdo. El Alcalde ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 7
  • 8. Concejalía de Deportes ANEXO: PRECIOS PÚBLICOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Modalidades de accesos: NOTA: La Concejalía de Deportes se reserva el derecho de utilizar la modalidad de acceso que mejor se adapte a sus instalaciones. a) Modalidad entrada puntual. b) Modalidad de bono. c) Modalidad pago por actividad. d) Modalidad abonado. a) Modalidad entrada puntual: Se trata de acceder a los siguientes servicios en horario establecido y al precio fijado, y según disponibilidad; dichas actividades son: actividades acuáticas (adultos, pre-parto, adolescentes, aquagym, bebes y niños), musculación, y actividades dirigidas (aeróbic/step, total training, mantenimiento físico, actividad física para mayores, G.A.P., capoeira, capoeira infantil, hip-hop, T.B.C., bailes populares, bailes caribeñas, taichi, iniciación a la danza, actividad física pre- parto, preparación física específica, aeroboxing, ciclismo indoor, psicomotricidad y jazz funky). MODALIDAD TIEMPO PRECIO Para no usuarios/abonados 45 minutos 4€ b) Modalidad de bono. Se trata de adquirir un bono con 5, 10, 15 o 20 pases para una entrada puntual. Existirán las siguientes modalidades: BONO LUDOTECA: 14,40 €/10 pases. BONO SALA DE ENTRENAMIENTO DE ESCALADA: 18,05 €/5 pases. BONO MASAJE LOCAL: 50 €/5 masajes 30’ BONO MASAJE COMPLETO: 85 €/5 masajes 45’ c) Modalidad pago por actividad: se trata de adquirir una actividad por un mes. Hay que cumplir con el precio del servicio y el horario fijado, y siempre depende de la disponibilidad de dicha actividad, existiendo un número máximo de plazas, teniendo prioridad siempre los usuarios de dicha actividad. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 8
  • 9. Concejalía de Deportes c.1. Tipos de usuarios: - Bebes: se entiende para aquellos usuarios cuya edad sea de 6 meses a 3 años. - Niños: se entiende para aquellos usuarios cuya edad sea de 4 a 12 años. - Adolescentes: se entiende para aquellos usuarios cuya edad sea de 13 a 16 años. - Adultos: se entiende para aquellos cuya edad sea de17 a 65 años. - Mayores: se entiende para aquellos cuya edad sea igual o superior a 65 años. - Discapacitados: se entiende para aquellos que sufran una discapacidad igual o mayor al grado 3 según el baremo del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre. - Pensionistas: se entiende para aquellas personas que acrediten tal situación siendo requisito indispensable constar en la cartilla de la seguridad social como titular. - Estudiantes: se entiende para aquellas personas, mayores de 16 años, que acrediten tal situación siendo requisito indispensable presentar carnet (ESO y BACHILLER) o matrícula (UNIVERSITARIOS). c.2. Descuentos en modalidad de pago por actividad: 1.Descuento por discapacidad: 4,51 € como cuota única. 2.Gratuidad en las actividades: previo informe de la correspondiente Concejalía, en los casos especiales: salud mental, discapacitados, familias desfavorecidas, centro diurno, residencia de mayores, casas de acogidas y O.N.G. 3. Desempleado: 20% de descuento en la persona que acredite tal situación mediante el justificante de demanda de empleo actualizada. 4. Pensionistas: 40% de descuento en la persona que acredite tal situación mediante la tarjeta/cartilla de pensionista. 5. Estudiantes: 20% de descuento en la persona que acredite tal situación mediante el justificante de: - Estudiantes de E.S.O. y BACHILLER: Presentación de la fotocopia del carnet de estudiante. - Estudiantes UNIVERSITARIOS: Presentación de la fotocopia de la matrícula del año en curso. c.3. Los clubes deportivos, colectivos (con mínimo de 10 personas) o deportistas individuales del municipio, abonarán la cantidad de 1,30 euros por persona y uso al utilizar los servicios deportivos. c.4. Los descuentos a que se refieren los apartados anteriores no son acumulables, teniendo el usuario únicamente derecho a la aplicación de un solo tipo de los fijados en la presente ordenanza. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 9
  • 10. Concejalía de Deportes Nº ACTIVIDADES 2 DIAS 3 DIAS 5 DÍAS 1 AEROBIC/STEP 8,65 € 10,80 € 19,45 € 2 MANTENIMIENTO FÍSICO 8,65 € 10,80 € 19,45 € 3 ACTIVIDAD FÍSICA MAYORES 8,65 € 10,80 € 19,45 € 4 TONIFICACIÓN G.A.P. 8,65 € 10,80 € 19,45 € 5 TOTAL TRAINING 10,80 € 14,40 € 25,20 € 6 CAPOEIRA 10,80 € 14,40 € 25,20 € 7 CAPOEIRA INFANTIL 10,80 € 14,40 € 25,20 € 8 CICLISMO INDOOR 10,80 € 14,40 € 25,20 € 9 HIP HOP DANCE 10,80 € 14,40 € 25,20 € 10 T.B.C. 10,80 € 14,40 € 25,20 € 11 BAILES DE SALÓN POPULARES 10,80 € 14,40 € 25,20 € 12 BAILES CARIBEÑOS 10,80 € 14,40 € 25,20 € 13 TAI-CHÍ 14,40 € 18,05 € 32,45 € 14 MUSCULACIÓN 8,65 € 10,80 € 19,45 € 15 INICIACIÓN A LA DANZA 14,40 € 18,05 € 32,45 € 16 ACTIVIDAD FÍSICA PRE-PARTO 14,40 € 18,05 € 32,45 € 17 ACTIVIDAD FÍSICA MAYORES 2,00 € 3,00 € 5,00 € 18 YOGA 14,40 € 18,05 € 32,45 € 19 PILATES 14,40 € 18,05 € 32,45 € 20 PREPARACIÓN FÍSICA ESPECÍFICA 14,40 € 18,05 € 32,45 € 21 AEROBOXING 10,80 € 14,40 € 25,20 € 22 JAZZ FUNKY 10,80 € 14,40 € 25,20 € 23 JAZZ FAUNKY INFANTIL 14,40 € 18,05 € 32,45 € 24 PSICOMOTRICIDAD 14,40 € 18,05 € 32,45 € 25 NATACIÓN ADULTOS (+17 AÑOS) 14,40 € 18,05 € 32,45 € 26 NATACIÓN BEBES (0-3 AÑOS) 10,80 € 14,40 € 25,20 € 27 NATACIÓN NIÑOS (4-12 AÑOS) 10,80 € 14,40 € 25,20 € 28 NATACIÓN ADOLESCENTES (13-16 AÑOS) 10,80 € 14,40 € 25,20 € 29 NATACIÓN PRE-PARTO 14,40 € 18,05 € 32,45 € 30 AQUAGYM 14,40 € 18,05 € 32,45 € 31 NATACIÓN ADAPTADA 7,20 € 9,00 € 16,20 € NATACIÓN ESCOLAR 32 10,00 € / alumno (1 vez a la semana/mes) 33 NATACIÓN MAYORES (+ 65 años) 2,00 € 3,00 € 5,00 € SALA DE ENTRENAMIENTO DE ESCALADA 34 (Lunes a Viernes/ 17:00-22:00) Precio único 30,00 € 35 PISTA DE ATLETISMO 14,40 € 18,05 € 32,45 € ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 10
  • 11. Concejalía de Deportes 36 SENDERISMO 12,00 € sendero / persona 37 CAMPAMENTOS (solo pernocta) 6,00 € / persona / noche CAMPAMENTOS 38 35,25 € / persona / noche (con comida + dinamización) Actividad de Día 39 3,25 € / 9:00-13:00 (Inst. Deportiva Lomo Pollo) Actividad de Día 40 6,00 € / 9:00-16:00 (Inst. Deportiva Lomo Pollo) 41 CURSOS DE FORMACIÓN (0-15 horas) 40,00 € 42 CURSOS DE FORMACIÓN(16-24 horas) 50,00 € 43 CURSOS DE FORMACIÓN (+ 25 horas) 60,00 € 44 SPA / HIDROTERAPIA / SAUNA (sesión) 4,50 € 45 Tarjetas de control de acceso 3,00 € SERVICIOS DE SALUD (a continuación) 46. SERVICIOS DE SALUD: SERVICIO MEDICO DESCRIPCION Cuota CONSULTA 10,80 € TRATAMIENTO (10 sesiones) 14,40 € REHABILITACIÓN (Detelform) 14,40 € / mes MASAJES DESCRIPCION TIEMPO Precio Local 30’ 15,00 € General 45’ 25,00 € • Masajes deportivos, anticelulíticos, descontracturantes, relajantes, antiestrés, drenajes linfáticos, etc. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 11
  • 12. Concejalía de Deportes 47. MEGAFONÍA: DESCRIPCION Cuota Servicio de uso durante un día o fracción del equipo 100,00 € de megafonía por clubes deportivos del municipio. Servicio de uso durante un día o fracción del equipo 200,00 € de megafonía por empresas privadas. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 12
  • 13. Concejalía de Deportes d) Modalidad abonado: se trata de adquirir un paquete de actividades. Tienen descuentos en los precios y ventajas con el horario. Existirán las siguientes modalidades; MODALIDAD ABONADO (ABONO TELDEACTÍVATE) Tipo de Abono Mensual Trimestral Anual INDIVIDUALES 10% des. 25% des. Abono Adultos (+20 años) 33,00 € 89,10 € 297,00 € Abono Joven (16-19 años) 24,00 € 64,80 € 216,00 € Abono Especial 18,00 € 48,60 € 162,00 € ( Pensionista y discapacitados) Abono Matinal 15,00 € 40,50 € 135,00 € (de 7:00 a 16:00 h.) FAMILIARES 10% des. 25% des. Abono Familiar 2 50,00 € 135,00€ 450,00 € Abono Familiar 3 65,00 € 175,50 € 585,00 € Abono Familiar 4 75,00 € 202,50 € 675,00 € (o más miembros) El abono individual adultos, está pensado para aquellas personas mayores de 18 años, que buscan un acceso libre a: 1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles). (Calle libre sin monitor todos los días) (Con monitor 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / + 5 días: 6,25 € ) 2. SALA DE MUSCULACIÓN. ABONO ADULTOS (Mayores de 20 años) 3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita). (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández). Precios especiales en: 4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS. (Actividades de 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / 5 días: + 6,25 €). 5. Además de todas las ventajas de ser abonado. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 13
  • 14. Concejalía de Deportes El abono joven, está pensado para jóvenes de 16 a 19 años (incluidos), en el que pueden acceder al igual que el adulto a todas las actividades, siempre teniendo en cuenta las edades mínimas que algunas actividades por sus características poseen. 1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles). (Calle libre sin monitor todos los días) ABONO JOVEN (Con monitor 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / + 5 días: 6,25 € ) 2. SALA DE MUSCULACIÓN. (jóvenes de 16 hasta 19 años) 3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita). (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández). Precios especiales en: 4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS. (Actividades de 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / 5 días: + 6,25 € ). 5. Además de todas las ventajas de ser abonado. Dirigido a los/as usuarios/as que superen los 65 años, pensionistas, discapacitados y grupos especiales. Tendrán un acceso libre a todas las actividades, teniendo en cuenta en todo momento las características de las mismas, y que no supongan un impedimento para su edad o discapacidad. 1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles). ABONO ESPECIAL (Calle libre sin monitor todos los días). (Con monitor 2 días: + 1,50 € / 3 días: + 2,75 € / + 5 días: 4,25 € ). PENSIONISTA/ 2. SALA DE MUSCULACIÓN. DISCAPACITADO 3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita). (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández). Precios especiales en: 4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS. (Actividades de 2 días: + 1,50 € / 3 días: + 2,75 € / 5 días: + 4,25 €). 5. Además de todas las ventajas de ser abonado. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 14
  • 15. Concejalía de Deportes Pensado para aquellas personas que quieran hacer uso de las instalaciones en horario de mañana exclusivamente. El horario es de 7:00 a 14:00 h./16h. 1. ACTIVIDADES ACUÁTICAS (Solo abonados Polideportivo Municipal Paco Artiles). (Calle libre sin monitor todos los días) (Con monitor 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / + 5 días: 6,25 € ) 2. SALA DE MUSCULACIÓN. ABONO MATINAL 3. SPA-HIDROTERAPIA y SAUNA (2 veces/mes previa cita). (Solo abonados Polideportivo Insular Rita Hernández). Precios especiales en: 4. ACTIVIDADES FÍSICO-DEPORTIVAS. (Actividades de 2 días: + 2,50 € / 3 días: + 3,75 € / 5 días: + 6,25 € ). 5. Además de todas las ventajas de ser abonado. ¡POR ACUDIR CON TODA LA FAMILIA TE PREMIAMOS! Se considerarán miembros, padres y/o madres, (previa documentación que lo acredite (libro de familia)) e hijos menores de 18 años. Diseñado para familias de hasta 2 miembros. Podrán disfrutar en familia de todos los servicios adaptados ABONO DEPORTE Familiar 2 para las edades de cada uno de los miembros de la familia siempre que estén incluidos en los abonos anteriores. Diseñado para familias de hasta 3 miembros. Podrán disfrutar en familia de todos los servicios adaptados ABONO DEPORTE Familiar 3 para las edades de cada uno de los miembros de la familia siempre que estén incluidos en los abonos anteriores. Diseñado para familias de hasta 4 miembros. Podrán disfrutar en familia de todos los servicios adaptados ABONO DEPORTE Familiar 4 para las edades de cada uno de los miembros de la familia siempre que estén incluidos en los abonos anteriores. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 15
  • 16. Concejalía de Deportes OTRAS VENTAJAS PARA LOS ABONADOS a. Precios especiales en el resto de las actividades. b. Previa reserva, 10% de descuento en las canchas de los Polideportivos Municipales “Paco Artiles”, “Rita Hernández” o “Juan Carlos Hernández” en horario de apertura al público, cuando se encuentre libre de uso y con preferencia para abonados), así como en campos de fútbol 11/7 de césped artificial. c. Descuentos del 15 % en el servicio de salud, cursos, senderos y sala de escalada. d. Acceso libre a la pista de atletismo. ART. 4º. 1.- La obligación de pago de la tasa regulada en esta Ordenanza nace ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 16
  • 17. Concejalía de Deportes PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y COLOCACIÓN DE VALLAS PUBLICITARIAS Actividad/Evento Deportivo Actividad/Espectáculo NO deportivo Sin ánimo de lucro Con ánimo de lucro Sin ánimo de lucro Con ánimo de lucro INSTALACIÓN DURACIÓN Sin luz Con luz Sin luz Con luz Sin luz Con luz Sin luz Con luz artificial artificial artificial artificial artificial artificial artificial artificial 1 hora o Cancha polideportiva cubierta fracción 20 € 40 € 800 € 1.000 € 40 € 60 € 2.000 € 2.500 € 1 hora o Cancha polideportiva descubierta fracción 15€ 30 € 400 € 800 € 35 € 50 € 1.000 € 1.000 € 2 horas o Campo de hierba artificial de fútbol 11 fracción 40 € 60 € 1.500 € 2.000 € 60 € 80 € 3.500 € 4.500 € 2 horas o Campo de hierba artificial de fútbol 7 fracción 15 € 30 € 1.000 € 1.500 € 35 € 50 € 3.000 € 4.000 € 2 horas o Campo de hierba natural de fútbol 11 fracción 80 € 120 € 2.500 € 3.000 € 100 € 140 € 4.500 € 5.500 € 2 horas o Campo de hierba natural de fútbol 7 fracción 60 € 100 € 2.000 € 2.500 € 80 € 120 € 4.000 € 4.500 € 1 hora o 1 Calle de la piscina fracción 5€ 10 € 300 € 500 € 25 € 30 € 1.000 € 1.500 € 2 horas o Terrero de lucha fracción 15 € 30 € 800 € 1.000 € 35 € 50 € 1.000 € 1.500 € 1 hora o Pista de atletismo fracción 5€ 15 € 1.000 € 1.500 € 25 € 35 € 2.000 € 3.000 € Pistas de paddel 90’ 15 € 20 € 1.000 € 1.500 € 35 € 40 € 2.000 € 3.000 € 2 horas o Pista de tenis fracción 20 € 30 € 1.500 € 2.000 € 40 € 50 € 3.000 € 4.000 € 1 horas o Aula de Formación fracción 20 € 500 € 40 € 2.000 € Nota: El alquiler de las diferentes instalaciones incluye el derecho a duchas y vestuarios. (Excepto aula de formación) ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 17
  • 18. Concejalía de Deportes Vallas publicitarias Concepto Precio metro cuadrado Un año 150 € Seis meses 90 € Un mes 18 € Un día 6€ El Ayuntamiento habilitará espacios específicos a este fin a las Instituciones que estime oportunas. Para la concesión de un espacio publicitario en el pavimento, se requerirá informe positivo de la Oficina Técnica de este Ayuntamiento, justificando el no deterioro del mismo. Cuando el aprovechamiento lleve aparejado la destrucción o el deterioro del dominio público local, el beneficiario estará obligado al reintegro del coste total de los gastos de reparación y al depósito previo de su importe. Si los daños fueran irreparables, el Ayuntamiento será indemnizado en la cuantía global de los bienes destruidos. ORDENANZA FISCAL Nº 15: REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS Página 18