El documento describe las leyes relacionadas con la organización de gremios profesionales de químicos, farmacéuticos, bioquímicos y químicos de alimentos en Ecuador. Señala que estas organizaciones gremiales deben ser aprobadas por el Ministerio de Salud Pública y regirse por la ley, estatutos y reglamentos registrados y reconocidos por la Federación Nacional. Además, deben ofrecer capacitación obligatoria a sus miembros para mejorar la eficiencia y eficacia de los profesionales.