La acción penal es un derecho que se ejercita ante la administración de justicia. Puede ser pública o privada. Es pública si se vulnera un interés social, permitiendo que cualquier persona denuncie. Es privada si se vulnera un interés particular, correspondiéndole al agraviado. El código penal establece qué delitos son de ejercicio privado.
TFT karina perez accion de proteccion utplKarina Perez
El documento presenta un análisis de la efectividad de la Acción de Protección como mecanismo para amparar los derechos constitucionales en Ecuador. Revisa las normas constitucionales y legales que regulan la Acción de Protección, así como jurisprudencia de cortes nacionales e internacionales. El documento concluye que aunque la Acción de Protección es efectiva, podría requerir algunos cambios para fortalecer aún más la protección de los derechos fundamentales.
Tft karina perez accion de proteccion utplkariutpljuri
El documento presenta información sobre la Acción de Protección como mecanismo constitucional para la protección de derechos en Ecuador. Incluye normas constitucionales sobre el ejercicio y protección de derechos, jurisprudencia de cortes nacionales e internacionales, y tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establecen el derecho a recursos efectivos ante violaciones de derechos. El documento analiza si la Acción de Protección es
Este documento presenta extractos de la Constitución Política del estado de Chihuahua en México. Describe la estructura del gobierno estatal y enumera una serie de derechos fundamentales de los ciudadanos, incluidos el derecho a la vida, la prohibición de la pena de muerte, las garantías del debido proceso legal y la protección contra la tortura. También establece la creación de un Instituto de Transparencia para garantizar el acceso a la información pública y la protección de datos personales.
El documento habla sobre los delitos de peligro común y peligro abstracto. Define el delito de peligro común como conducir en estado de ebriedad, poniendo en riesgo a la sociedad. Explica que el delito de peligro abstracto criminaliza conductas que no necesariamente causan un daño, sino que son consideradas peligrosas por la ley, anticipando la intervención del estado. Traza el desarrollo histórico de estos delitos desde el Malleus Maleficarum hasta la Alemania nazi, donde se empezó a penal
Este documento resume varios artículos de la constitución mexicana relacionados con los derechos y protecciones de los ciudadanos. Prohíbe la aplicación retroactiva de las leyes, la extradición de delincuentes políticos, y permite la detención preventiva solo por delitos graves. Además, garantiza el debido proceso legal, incluyendo límites a los arrestos sin orden judicial, la tortura, y el número de apelaciones permitidas.
Bulmaro Rito Salinas, ex director de COPLADE durante el gobierno de Ulises Ruiz Ortiz, fue detenido bajo cargos de peculado. Se le acusa de desviar más de 4 millones de pesos durante su gestión. La Contraloría del estado ya lo había inhabilitado por 15 años para cargos públicos. Rito Salinas fue un colaborador cercano de Ruiz Ortiz y se enriqueció durante su sexenio a través de contratos fraudulentos. Su detención es vista como un avance en el esfuerzo por castigar la
Este documento presenta los principios y disposiciones fundamentales de un anteproyecto de código procesal penal, incluyendo garantías constitucionales como la presunción de inocencia, la igualdad ante la ley, y la defensa material y técnica del imputado. También define las acciones penales públicas y privadas que nacen de los delitos, y establece salidas alternativas como la prescindencia de la persecución penal y la suspensión condicional del proceso cuando se cumplan ciertos requisitos.
La acción penal es un derecho que se ejercita ante la administración de justicia. Puede ser pública o privada. Es pública si se vulnera un interés social, permitiendo que cualquier persona denuncie. Es privada si se vulnera un interés particular, correspondiéndole al agraviado. El código penal establece qué delitos son de ejercicio privado.
TFT karina perez accion de proteccion utplKarina Perez
El documento presenta un análisis de la efectividad de la Acción de Protección como mecanismo para amparar los derechos constitucionales en Ecuador. Revisa las normas constitucionales y legales que regulan la Acción de Protección, así como jurisprudencia de cortes nacionales e internacionales. El documento concluye que aunque la Acción de Protección es efectiva, podría requerir algunos cambios para fortalecer aún más la protección de los derechos fundamentales.
Tft karina perez accion de proteccion utplkariutpljuri
El documento presenta información sobre la Acción de Protección como mecanismo constitucional para la protección de derechos en Ecuador. Incluye normas constitucionales sobre el ejercicio y protección de derechos, jurisprudencia de cortes nacionales e internacionales, y tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establecen el derecho a recursos efectivos ante violaciones de derechos. El documento analiza si la Acción de Protección es
Este documento presenta extractos de la Constitución Política del estado de Chihuahua en México. Describe la estructura del gobierno estatal y enumera una serie de derechos fundamentales de los ciudadanos, incluidos el derecho a la vida, la prohibición de la pena de muerte, las garantías del debido proceso legal y la protección contra la tortura. También establece la creación de un Instituto de Transparencia para garantizar el acceso a la información pública y la protección de datos personales.
El documento habla sobre los delitos de peligro común y peligro abstracto. Define el delito de peligro común como conducir en estado de ebriedad, poniendo en riesgo a la sociedad. Explica que el delito de peligro abstracto criminaliza conductas que no necesariamente causan un daño, sino que son consideradas peligrosas por la ley, anticipando la intervención del estado. Traza el desarrollo histórico de estos delitos desde el Malleus Maleficarum hasta la Alemania nazi, donde se empezó a penal
Este documento resume varios artículos de la constitución mexicana relacionados con los derechos y protecciones de los ciudadanos. Prohíbe la aplicación retroactiva de las leyes, la extradición de delincuentes políticos, y permite la detención preventiva solo por delitos graves. Además, garantiza el debido proceso legal, incluyendo límites a los arrestos sin orden judicial, la tortura, y el número de apelaciones permitidas.
Bulmaro Rito Salinas, ex director de COPLADE durante el gobierno de Ulises Ruiz Ortiz, fue detenido bajo cargos de peculado. Se le acusa de desviar más de 4 millones de pesos durante su gestión. La Contraloría del estado ya lo había inhabilitado por 15 años para cargos públicos. Rito Salinas fue un colaborador cercano de Ruiz Ortiz y se enriqueció durante su sexenio a través de contratos fraudulentos. Su detención es vista como un avance en el esfuerzo por castigar la
Este documento presenta los principios y disposiciones fundamentales de un anteproyecto de código procesal penal, incluyendo garantías constitucionales como la presunción de inocencia, la igualdad ante la ley, y la defensa material y técnica del imputado. También define las acciones penales públicas y privadas que nacen de los delitos, y establece salidas alternativas como la prescindencia de la persecución penal y la suspensión condicional del proceso cuando se cumplan ciertos requisitos.
Este documento establece garantías de acceso a la justicia como que nadie puede hacerse justicia por sí mismo, que los tribunales deben administrar justicia de manera pronta y gratuita, y que nadie puede ser encarcelado por deudas civiles.
Este documento resume las preocupaciones sobre el cumplimiento de Colombia de las recomendaciones 9, 14 y 16 del Comité de Derechos Humanos de la ONU. Sobre la recomendación 9 sobre paramilitarismo, señala que la ley de justicia y paz ha tenido poco éxito y nuevas leyes podrían impedir la investigación de crímenes graves. En cuanto a la recomendación 14 sobre ejecuciones extrajudiciales, indica que estas continúan y que propuestas darían jurisdicción a la justicia militar. Finalmente, sobre la
Codigo de conducta de encargados de cumplir la leyJaime Cruz
Este documento presenta el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley adoptado por la Policía Boliviana. El código establece normas para garantizar que la aplicación de la ley por parte de la policía se realice de forma respetuosa con los derechos humanos. El código prohíbe la tortura, el uso excesivo de la fuerza y la corrupción, y exige que la policía proteja la salud y dignidad de todas las personas.
ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL BOLIVIAAlejandra Prado
ANÁLISIS ELABORADO POR EL DR. EDUARDO LEON
EXTINCIÓN DE BIENES
DEL ANÁLISIS SE DESPRENDE QUE TODO DELITO COMETIDO TIENE UNA REPARACIÓN ECONÓMICA, POR LO QUE DESDE EL MOMENTO QUESE INICIA UN PROCESO PENAL SE PUEDE PEDIR EL DECOMISO DE BIENES Y LLEGAR HASTA EL REMATE JUDICIAL.
PARADOGICAMENTE, LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTÁN EXCENTOS DE ESTA REPARACIÓN EN CASO DE DELITOS CONTRA EL ESTADO O DE DAÑO ECONÓMICO.
EL CSP, ESTÁ DISEÑADO PARA LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES, Y DE TODOS.
AL MISMO TIEMPO ES UN CUERPO DE IMPUNIDAD
El debido proceso como derecho fundamentalJORGERODITI
El documento discute el debido proceso como un derecho fundamental. La Constitución Ecuatoriana consagra el derecho al debido proceso en el artículo 76, el cual establece garantías básicas como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, y ser juzgado por un juez independiente e imparcial. El debido proceso protege la seguridad jurídica del ciudadano y busca que el proceso sea justo y equitativo.
Este documento resume los elementos fundamentales del derecho penal español. Explica que para que haya un delito deben darse cinco elementos: 1) una acción u omisión, 2) que sea típica de acuerdo a la ley, 3) que sea antijurídica sin estar justificada, 4) que sea culpable ya sea de forma dolosa o imprudente, y 5) que sea punible según la ley. También distingue entre penas y medidas de seguridad, señalando que las penas se basan en la culpabilidad mientras que
Este documento trata sobre las garantías de seguridad jurídica establecidas en la Constitución Mexicana. Explica el origen histórico de las garantías individuales y su evolución a través de diversos documentos como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Analiza conceptos como garantía individual y seguridad jurídica. Señala que las garantías de seguridad jurídica buscan que el Estado respete los derechos de los individuos al realizar actos de autoridad. Finalmente, hace
El documento describe el caso de Rogelio Aguirre López, quien fue detenido ilegalmente por la Fiscalía General de Colombia. Su detención violó los derechos humanos y principios constitucionales como la presunción de inocencia y libertad personal. El Consejo de Estado falló a favor de Aguirre López, determinando que el Estado es responsable por la privación injusta de la libertad. El documento defiende que la libertad es fundamental y el Estado no puede ignorarla bajo pretexto de garantizarla formalmente.
Este documento trata sobre las medidas cautelares personales en el derecho penal español. Explica conceptos como la detención, sus clases y presupuestos legales. Define la figura del imputado y establece los caracteres de las medidas cautelares como la excepcionalidad, instrumentalidad, provisionalidad y jurisdiccionalidad. Resalta que deben cumplir los requisitos de peligrosidad y apariencia de buen derecho, y que su duración está limitada a un máximo de 72 horas antes de poner al detenido a disposición judicial.
Tercer Elemento del Delito: La antijuricidadNilda Singer
El documento resume un caso judicial sobre un homicidio ocurrido durante una discusión entre varios jóvenes. La víctima, Rafael Soto, se encontraba bebiendo alcohol cuando se involucró en una pelea con Marco Aurelio Valero Pérez. Ambos portaban armas de fuego y dispararon el uno contra el otro, resultando Soto muerto de sus heridas. El tribunal considera que Soto estaba agresivo y alcoholizado cuando se acercó a Valero disparando primero, por lo que este último actuó en legítima defensa al repeler la agresión.
“EL ARRESTO CIUDADANO EN RELACIÓN A LA LIBERTAD PERSONAL”JUVENAL CAPIRA
Este documento presenta un análisis del arresto ciudadano en relación a la libertad personal según la Constitución peruana. Explica el marco legal del arresto ciudadano en el Código Procesal Penal y analiza si vulnera el derecho a la libertad. El objetivo es determinar si dicha detención realizada por particulares es legal o ilegal, y si los ciudadanos aplican correctamente la ley. La investigación se realizó en Arequipa en 2014 encuestando a estudiantes de derecho para recoger información sobre este tema
El documento presenta información sobre la retención transitoria de personas por parte de la policía en Colombia. Resume varias sentencias y normas que establecen que la retención sólo es legítima si es estrictamente necesaria para proteger a alguien en riesgo, y deben preferirse otras medidas de protección menos lesivas para los derechos fundamentales.
Este documento presenta una propuesta de ley sobre el robo y hurto de vehículos en Venezuela. La ley busca prevenir y sancionar estos delitos mediante penas de prisión de 4 a 16 años, dependiendo de si se trata de hurto, robo, desvalijamiento o tentativa. También establece circunstancias agravantes como cuando se comete de noche o por varias personas. El objetivo es proteger a las víctimas y disminuir estos delitos frecuentes en el país.
Las garantías jurisdiccionales de los derechos fundamentalesjavier Soto
Este documento describe el recurso de amparo en España. Explica que el recurso de amparo permite a cualquier persona solicitar la protección de sus derechos fundamentales ante el Tribunal Constitucional. Detalla los diferentes procedimientos y plazos para interponer un recurso de amparo, así como los requisitos para que sea admisible. Asimismo, explica que la sentencia del Tribunal Constitucional puede ser estimatoria, declarando la nulidad del acto que violó los derechos fundamentales, o desestimatoria.
El decreto imparte instrucciones debido a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y para mantener el orden público. Se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura. El decreto cita artículos de la Constitución Política que autorizan al Presidente a conservar el orden público y a limitar el derecho de circulación durante emergencias. También menciona jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el poder de policía del Presidente para regular la libertad con fines de conviv
1) Toda persona arrestada debe ser informada de la razón del arresto y notificada sin demora de los cargos en su contra. Los menores arrestados deben ser separados de los adultos.
2) Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben registrar la hora del arresto, traslado y primera comparecencia, así como la identidad de los funcionarios involucrados.
3) Toda persona ilegalmente detenida tiene derecho a una reparación, y el Estado es responsable de resarcir a las víctimas por daños causados por funcion
El documento describe el derecho al debido proceso como una garantía de los derechos humanos en el sistema de justicia penal. El debido proceso requiere un tribunal independiente e imparcial, el derecho a la defensa, la presunción de inocencia, y ser juzgado de manera pública y justa. El derecho penal debe proteger a los ciudadanos de la violación de sus derechos por parte del Estado u otros individuos a través de un proceso judicial equitativo.
Este documento resume la normativa nacional e internacional que regula el uso de la fuerza y las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad en Argentina. Describe la jerarquía de las normas, incluyendo la Constitución Nacional, tratados internacionales, leyes nacionales, reglamentos y protocolos de actuación. El objetivo es analizar esta legislación para generar propuestas que mejoren los protocolos de la policía boliviana en relación al uso de la fuerza.
El documento proporciona una descripción general del Código Penal de México. Explica que el Código Penal es un conjunto ordenado de leyes penales que busca eliminar redundancias y lagunas legales. Luego resume la estructura del Código Penal, incluyendo sus dos libros principales que contienen varios títulos y artículos. Finalmente, presenta resúmenes breves de algunos artículos específicos que definen diversos delitos y sus correspondientes sanciones.
Este documento trata sobre los derechos humanos, las investigaciones policiales, el arresto y la detención. Explica los antecedentes constitucionales sobre estos temas desde 1828 y las normas actuales. Define arresto, detención y sus tipos. Describe los requisitos y obligaciones policiales en una detención, así como los derechos mínimos de los detenidos. Finalmente, explica diversos casos de arresto como citaciones policiales o intervención de indocumentados.
El documento presenta información sobre los derechos de seguridad jurídica. Incluye un catálogo de derechos que analiza los Artículos 19, 20 y 21 de la Constitución Mexicana, los cuales se refieren a los plazos máximos de detención, el proceso penal acusatorio y oral, y las funciones del Ministerio Público y la policía, respectivamente. También presenta ensayos sobre la importancia de la seguridad jurídica y los derechos humanos en convenciones y tratados internacionales.
Este documento presenta una introducción al sistema acusatorio mexicano y a los derechos humanos y garantías en el proceso penal. Explica los fundamentos teóricos de los derechos humanos en el sistema acusatorio, la diferencia entre derechos humanos y garantías, y los derechos que protegen a imputados, víctimas y ofendidos en las distintas etapas del proceso penal según la Constitución y leyes mexicanas. También clasifica los derechos humanos del imputado reconocidos en la Constitución y analiza
Este documento establece garantías de acceso a la justicia como que nadie puede hacerse justicia por sí mismo, que los tribunales deben administrar justicia de manera pronta y gratuita, y que nadie puede ser encarcelado por deudas civiles.
Este documento resume las preocupaciones sobre el cumplimiento de Colombia de las recomendaciones 9, 14 y 16 del Comité de Derechos Humanos de la ONU. Sobre la recomendación 9 sobre paramilitarismo, señala que la ley de justicia y paz ha tenido poco éxito y nuevas leyes podrían impedir la investigación de crímenes graves. En cuanto a la recomendación 14 sobre ejecuciones extrajudiciales, indica que estas continúan y que propuestas darían jurisdicción a la justicia militar. Finalmente, sobre la
Codigo de conducta de encargados de cumplir la leyJaime Cruz
Este documento presenta el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley adoptado por la Policía Boliviana. El código establece normas para garantizar que la aplicación de la ley por parte de la policía se realice de forma respetuosa con los derechos humanos. El código prohíbe la tortura, el uso excesivo de la fuerza y la corrupción, y exige que la policía proteja la salud y dignidad de todas las personas.
ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL BOLIVIAAlejandra Prado
ANÁLISIS ELABORADO POR EL DR. EDUARDO LEON
EXTINCIÓN DE BIENES
DEL ANÁLISIS SE DESPRENDE QUE TODO DELITO COMETIDO TIENE UNA REPARACIÓN ECONÓMICA, POR LO QUE DESDE EL MOMENTO QUESE INICIA UN PROCESO PENAL SE PUEDE PEDIR EL DECOMISO DE BIENES Y LLEGAR HASTA EL REMATE JUDICIAL.
PARADOGICAMENTE, LOS SERVIDORES PÚBLICOS ESTÁN EXCENTOS DE ESTA REPARACIÓN EN CASO DE DELITOS CONTRA EL ESTADO O DE DAÑO ECONÓMICO.
EL CSP, ESTÁ DISEÑADO PARA LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES, Y DE TODOS.
AL MISMO TIEMPO ES UN CUERPO DE IMPUNIDAD
El debido proceso como derecho fundamentalJORGERODITI
El documento discute el debido proceso como un derecho fundamental. La Constitución Ecuatoriana consagra el derecho al debido proceso en el artículo 76, el cual establece garantías básicas como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, y ser juzgado por un juez independiente e imparcial. El debido proceso protege la seguridad jurídica del ciudadano y busca que el proceso sea justo y equitativo.
Este documento resume los elementos fundamentales del derecho penal español. Explica que para que haya un delito deben darse cinco elementos: 1) una acción u omisión, 2) que sea típica de acuerdo a la ley, 3) que sea antijurídica sin estar justificada, 4) que sea culpable ya sea de forma dolosa o imprudente, y 5) que sea punible según la ley. También distingue entre penas y medidas de seguridad, señalando que las penas se basan en la culpabilidad mientras que
Este documento trata sobre las garantías de seguridad jurídica establecidas en la Constitución Mexicana. Explica el origen histórico de las garantías individuales y su evolución a través de diversos documentos como la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Analiza conceptos como garantía individual y seguridad jurídica. Señala que las garantías de seguridad jurídica buscan que el Estado respete los derechos de los individuos al realizar actos de autoridad. Finalmente, hace
El documento describe el caso de Rogelio Aguirre López, quien fue detenido ilegalmente por la Fiscalía General de Colombia. Su detención violó los derechos humanos y principios constitucionales como la presunción de inocencia y libertad personal. El Consejo de Estado falló a favor de Aguirre López, determinando que el Estado es responsable por la privación injusta de la libertad. El documento defiende que la libertad es fundamental y el Estado no puede ignorarla bajo pretexto de garantizarla formalmente.
Este documento trata sobre las medidas cautelares personales en el derecho penal español. Explica conceptos como la detención, sus clases y presupuestos legales. Define la figura del imputado y establece los caracteres de las medidas cautelares como la excepcionalidad, instrumentalidad, provisionalidad y jurisdiccionalidad. Resalta que deben cumplir los requisitos de peligrosidad y apariencia de buen derecho, y que su duración está limitada a un máximo de 72 horas antes de poner al detenido a disposición judicial.
Tercer Elemento del Delito: La antijuricidadNilda Singer
El documento resume un caso judicial sobre un homicidio ocurrido durante una discusión entre varios jóvenes. La víctima, Rafael Soto, se encontraba bebiendo alcohol cuando se involucró en una pelea con Marco Aurelio Valero Pérez. Ambos portaban armas de fuego y dispararon el uno contra el otro, resultando Soto muerto de sus heridas. El tribunal considera que Soto estaba agresivo y alcoholizado cuando se acercó a Valero disparando primero, por lo que este último actuó en legítima defensa al repeler la agresión.
“EL ARRESTO CIUDADANO EN RELACIÓN A LA LIBERTAD PERSONAL”JUVENAL CAPIRA
Este documento presenta un análisis del arresto ciudadano en relación a la libertad personal según la Constitución peruana. Explica el marco legal del arresto ciudadano en el Código Procesal Penal y analiza si vulnera el derecho a la libertad. El objetivo es determinar si dicha detención realizada por particulares es legal o ilegal, y si los ciudadanos aplican correctamente la ley. La investigación se realizó en Arequipa en 2014 encuestando a estudiantes de derecho para recoger información sobre este tema
El documento presenta información sobre la retención transitoria de personas por parte de la policía en Colombia. Resume varias sentencias y normas que establecen que la retención sólo es legítima si es estrictamente necesaria para proteger a alguien en riesgo, y deben preferirse otras medidas de protección menos lesivas para los derechos fundamentales.
Este documento presenta una propuesta de ley sobre el robo y hurto de vehículos en Venezuela. La ley busca prevenir y sancionar estos delitos mediante penas de prisión de 4 a 16 años, dependiendo de si se trata de hurto, robo, desvalijamiento o tentativa. También establece circunstancias agravantes como cuando se comete de noche o por varias personas. El objetivo es proteger a las víctimas y disminuir estos delitos frecuentes en el país.
Las garantías jurisdiccionales de los derechos fundamentalesjavier Soto
Este documento describe el recurso de amparo en España. Explica que el recurso de amparo permite a cualquier persona solicitar la protección de sus derechos fundamentales ante el Tribunal Constitucional. Detalla los diferentes procedimientos y plazos para interponer un recurso de amparo, así como los requisitos para que sea admisible. Asimismo, explica que la sentencia del Tribunal Constitucional puede ser estimatoria, declarando la nulidad del acto que violó los derechos fundamentales, o desestimatoria.
El decreto imparte instrucciones debido a la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y para mantener el orden público. Se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura. El decreto cita artículos de la Constitución Política que autorizan al Presidente a conservar el orden público y a limitar el derecho de circulación durante emergencias. También menciona jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre el poder de policía del Presidente para regular la libertad con fines de conviv
1) Toda persona arrestada debe ser informada de la razón del arresto y notificada sin demora de los cargos en su contra. Los menores arrestados deben ser separados de los adultos.
2) Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben registrar la hora del arresto, traslado y primera comparecencia, así como la identidad de los funcionarios involucrados.
3) Toda persona ilegalmente detenida tiene derecho a una reparación, y el Estado es responsable de resarcir a las víctimas por daños causados por funcion
El documento describe el derecho al debido proceso como una garantía de los derechos humanos en el sistema de justicia penal. El debido proceso requiere un tribunal independiente e imparcial, el derecho a la defensa, la presunción de inocencia, y ser juzgado de manera pública y justa. El derecho penal debe proteger a los ciudadanos de la violación de sus derechos por parte del Estado u otros individuos a través de un proceso judicial equitativo.
Este documento resume la normativa nacional e internacional que regula el uso de la fuerza y las armas de fuego por parte de las fuerzas de seguridad en Argentina. Describe la jerarquía de las normas, incluyendo la Constitución Nacional, tratados internacionales, leyes nacionales, reglamentos y protocolos de actuación. El objetivo es analizar esta legislación para generar propuestas que mejoren los protocolos de la policía boliviana en relación al uso de la fuerza.
El documento proporciona una descripción general del Código Penal de México. Explica que el Código Penal es un conjunto ordenado de leyes penales que busca eliminar redundancias y lagunas legales. Luego resume la estructura del Código Penal, incluyendo sus dos libros principales que contienen varios títulos y artículos. Finalmente, presenta resúmenes breves de algunos artículos específicos que definen diversos delitos y sus correspondientes sanciones.
Este documento trata sobre los derechos humanos, las investigaciones policiales, el arresto y la detención. Explica los antecedentes constitucionales sobre estos temas desde 1828 y las normas actuales. Define arresto, detención y sus tipos. Describe los requisitos y obligaciones policiales en una detención, así como los derechos mínimos de los detenidos. Finalmente, explica diversos casos de arresto como citaciones policiales o intervención de indocumentados.
El documento presenta información sobre los derechos de seguridad jurídica. Incluye un catálogo de derechos que analiza los Artículos 19, 20 y 21 de la Constitución Mexicana, los cuales se refieren a los plazos máximos de detención, el proceso penal acusatorio y oral, y las funciones del Ministerio Público y la policía, respectivamente. También presenta ensayos sobre la importancia de la seguridad jurídica y los derechos humanos en convenciones y tratados internacionales.
Este documento presenta una introducción al sistema acusatorio mexicano y a los derechos humanos y garantías en el proceso penal. Explica los fundamentos teóricos de los derechos humanos en el sistema acusatorio, la diferencia entre derechos humanos y garantías, y los derechos que protegen a imputados, víctimas y ofendidos en las distintas etapas del proceso penal según la Constitución y leyes mexicanas. También clasifica los derechos humanos del imputado reconocidos en la Constitución y analiza
Este documento presenta los principios constitucionales y garantías que rigen el proceso penal en Guatemala, incluyendo el derecho al debido proceso, la defensa, un defensor letrado, la inocencia y la igualdad de las partes. También describe principios como el equilibrio, la desjudicialización, la concordia, la eficacia, la celeridad, la sencillez, el favor rei y el favor libertatis que fundamentan el proceso penal guatemalteco. Finalmente, explica mecanismos como el criterio de oportunidad, la conversión, la
La acción de protección es una garantía constitucional establecida en la Constitución ecuatoriana de 2008 para proteger los derechos humanos. Protege todos los derechos reconocidos en la Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos. Cualquier persona puede presentar una acción de protección ante un juez si sus derechos han sido violados por autoridades públicas, políticas públicas, prestadores de servicios públicos o actos privados. El proceso debe ser sencillo, rápido y eficaz, y la sentencia debe ordenar
ENJ-1-100 Fundamentos Nacionales e Internacionales de la Defensa PúblicaENJ
El documento trata sobre los fundamentos del derecho de defensa. Explica que el derecho de defensa es una garantía esencial del debido proceso y que consiste en la posibilidad de intervenir en el proceso penal para conocer la acusación y contradecirla. También destaca la importancia de la defensa pública dado que muchas personas acusadas no pueden pagar un abogado y, por lo tanto, no tienen acceso efectivo a la justicia.
ENJ-Módulo I Formación Continua Principios,Misión,VisiónENJ
El documento presenta una introducción al derecho de defensa y a la defensa pública. Explica que el derecho de defensa es una garantía constitucional que permite a los acusados intervenir en el proceso legal y contradecir las acusaciones. También destaca que la defensa pública es necesaria para garantizar el acceso a la justicia y la igualdad ante la ley, ya que muchas personas acusadas no pueden pagar un abogado privado. El documento proporciona fundamentos jurídicos nacionales e internacionales para el derecho a la defensa y
ENJ-1-100 Fundamentos Nacionales e Internacionales de la Defensa PúblicaENJ
El documento trata sobre los fundamentos del derecho de defensa. Explica que el derecho de defensa es una garantía esencial del debido proceso y que consiste en la posibilidad de intervenir en el proceso penal para conocer la acusación y contradecirla. También destaca la importancia de la defensa pública dado que muchas personas acusadas no pueden pagar un abogado y, por lo tanto, no tienen acceso efectivo a la justicia.
Ensayo como comunica y tutela venezuela los derechos huanos- derechos consti...Luifer Ocgar
Este documento resume cómo la Constitución de Venezuela tutela y garantiza los derechos humanos a través de varias disposiciones. Establece que el Estado debe garantizar de manera progresiva e irrestricta los derechos humanos de acuerdo con la Constitución, tratados internacionales y leyes nacionales. También incorpora garantías como el debido proceso, acceso a la justicia, igualdad ante la ley y protección mediante recursos legales como el amparo. Finalmente, la Constitución obliga al Estado a investigar y sancionar violaciones
Este documento discute el derecho al debido proceso legal según la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Explica que el debido proceso es la garantía procesal más comúnmente violada por los estados y que debe estar presente en todo tipo de procesos, no solo penales. También analiza principios como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, y la necesidad de equilibrar las garantías del acusado con los derechos de las víctimas. Concluye señalando que las legislaciones nacionales deben dar
Glosario de términos para la implementación de la Ley Integral para Garantiza...UNFPA Boliva
La Ley Integral N° 348, “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”, promulgada el 9 de marzo de 2013, cuenta con cien artículos y ocho disposiciones transitorias, determina responsabilidades en el marco de las competencias otorgadas al nivel central, departamental y municipal, así como también establece reformas al Código Penal tipificando nuevos delitos penales y reformando otros delitos existentes.
Autor: Comunidad de Derechos Humanos (CDH) Asociación de Consejalas de Bolivia (ACOBOL)
Este documento resume los principales derechos humanos, garantías y deberes reconocidos en la Constitución venezolana de 1999. Reconoce tratados internacionales sobre derechos humanos como fuentes prevalecientes. También consagra derechos como la igualdad, acceso a la justicia, amparo, habeas corpus y habeas data. Además, establece deberes como honrar la patria, cumplir la Constitución y leyes, y contribuir a los gastos públicos.
DERECHO A ACCESO DE LA JUSTICIA EN COLOMBIAMuma GP
Este documento trata sobre el acceso a la justicia como un derecho humano esencial. 1) Explica que el Estado debe brindar un ámbito amplio e imparcial para dirimir conflictos y hacer valer derechos a través de procesos. 2) Detalla cómo el concepto de acceso a la justicia ha evolucionado a lo largo de la historia para garantizar un acceso real e igualitario. 3) Resalta que tanto la Declaración Universal de Derechos Humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
El Derecho es un sistema u orden normativo e institucional que regula la conducta externa de las personas, inspirado en los postulados de justicia y certeza jurídica, que regula la convivencia social y permite resolver los conflictos de relevancia jurídica, pudiendo imponerse coactivamente.
Las víctimas de delitos tienen derecho a denunciar los crímenes, ser informadas sobre el proceso legal, conocer la verdad sobre lo sucedido, acceder a la justicia y recibir una reparación. La Constitución venezolana y el Código Procesal Penal protegen estos derechos de las víctimas, al igual que tratados internacionales sobre derechos humanos.
1) El amparo constitucional es un recurso que protege los derechos fundamentales de las personas cuando han sido
vulnerados por autoridades que actúan fuera de sus atribuciones legales. 2) Los principios que rigen el amparo incluyen
que debe ser solicitado por una persona directamente afectada y es un recurso subsidiario cuando no existen otros medios
legales. 3) Los sujetos procesales en un amparo son el accionante o presunto agraviado, el accionado o presunto
agraviante, el Ministerio Público
El documento define el delito desde el punto de vista jurídico. Explica que el delito es la violación de una norma legal establecida por el Estado. Se discuten las nociones formal y sustancial del delito, y se explica que un delito requiere de un sujeto activo que comete la acción u omisión prohibida por la ley, y un sujeto pasivo que sufre el daño. También se analizan las diferentes teorías sobre la definición de delito a lo largo de la historia.
El documento explica el concepto de "Derecho penal del enemigo", el cual castiga al autor por considerarlo peligroso más que por el delito cometido. Se caracteriza por adelantar la punibilidad, elevar desproporcionadamente las penas, y flexibilizar garantías procesales. El derecho penal del enemigo surge como respuesta a riesgos de la sociedad actual y manifiesta una transformación expansiva del derecho penal moderno.
Este documento resume la reciente reforma constitucional en México en materia de derechos humanos. La reforma incorpora los derechos humanos reconocidos internacionalmente a la Constitución mexicana y obliga a todas las autoridades a promover, respetar y garantizar esos derechos. Además, establece que los derechos humanos deben interpretarse de acuerdo con los tratados internacionales, lo que amplía considerablemente las garantías de los individuos. La reforma constituye un gran avance para los derechos humanos en México y requiere
El documento describe el procedimiento de amparo constitucional en Venezuela. Explica que el amparo es una acción extraordinaria para proteger derechos constitucionales cuando no hay otras vías ordinarias efectivas. También cubre los requisitos de procedencia, las clases de amparo, la base legal del amparo constitucional en la constitución y la ley, y las características generales del procedimiento como ser oral, público, breve y gratuito.
Similar a P de la S 39 sobre legítima defensa (20)
El memo emitido por el Fiscal de Distrito de Arecibo por instrucciones de la Jefa de Fiscales del Departamento de Justicia ha provocado la paralización de varias investigaciones.
This document is a complaint filed in the United States District Court for the District of Puerto Rico by Birth of a New World Monument LLC and artist Zurab Tsereteli against José González Freyre, Pan American Grain Company, Inc., and Columbus Park Corporation. It alleges breach of contract, fraudulent inducement, unjust enrichment, and other claims arising from agreements to fund and develop a park featuring Tsereteli's 260-foot tall bronze sculpture known as the Birth of a New World Monument in Arecibo, Puerto Rico. The complaint details a series of agreements between 2010 and 2013 in which the defendants agreed to fund the monument's installation but failed to do so, while Tsereteli invested millions to
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La Unión Europea ha anunciado nuevas sanciones contra Rusia por su invasión de Ucrania. Las sanciones incluyen prohibiciones de viaje y congelamiento de activos para más funcionarios rusos, así como restricciones a las importaciones de productos rusos de acero y tecnología. Los líderes de la UE esperan que estas medidas adicionales aumenten la presión económica sobre Rusia y la disuadan de continuar su guerra contra Ucrania.
El Departamento de Justicia de Puerto Rico se negó a comentar sobre las investigaciones en curso sobre varios municipios involucrados en el mal manejo de suministros entregados por FEMA después del huracán María. La jefa de los fiscales dijo que las investigaciones están en etapa investigativa y no pueden emitir comentarios adicionales. Cinco municipios, incluyendo Patillas, San Juan, Arecibo, Aguadilla y Vieques, están siendo investigados por el FBI sobre denuncias de que funcionarios estaban reteniendo suministros. El alcalde
Las autoridades federales, estatales y locales están investigando irregularidades en el manejo de suministros de emergencia por parte de funcionarios municipales en Arecibo después del huracán María, incluyendo la venta de toldos azules de FEMA y la distribución de gasolina de FEMA para uso personal. Varias personas han sido interrogadas, y se han encontrado pruebas de apropiación indebida de suministros en videos de vigilancia. La investigación involucra a jefes de agencia, empleados municipales, legisladores municipales y allegados al alcalde.
Agentes del FBI están investigando denuncias de que funcionarios municipales en Patillas, San Juan, Arecibo, Aguadilla y Vieques están reteniendo suministros enviados por el gobierno y FEMA para los damnificados por María, con fines políticos. Esto podría constituir fraude y otros delitos federales que conllevan hasta 20 años de prisión. Tanto las autoridades federales como estatales están coordinando investigaciones al respecto y exhortan a los ciudadanos a denunciar cualquier irregularidad.
1. A group of members of Congress wrote a letter to the Governor of Puerto Rico opposing the closure of 280 public schools, which would bring the total schools closed to 450 or 35% of all public schools.
2. The school closures would displace over 66,000 students and teachers and have a disastrous impact on children's learning. It would also reduce community stability as schools served as relief centers after Hurricane Maria.
3. The members of Congress call for a moratorium on school closures until a full needs assessment is conducted to determine how to best provide equal educational opportunities for Puerto Rico's students.
Tras el huracán María, el alcalde de Arecibo informó que la cocina comunitaria en la Plaza Pública continuó sirviendo miles de comidas diarias. La Primera Dama entregó agua y suministros a las comunidades de Dominguito y Barrio Obrero. El alcalde también llevó agua y comida a más de 300 familias en La Guinea y dijo que unos 100 refugiados permanecían en el municipio con acceso a agua y alimentos.
Comunicados enviados por una firma de relaciones públicas contratada por el municipio dan cuenta de las actuaciones de la Jueza como Primera Dama de Arecibo.
Comunicados enviados por una firma de relaciones públicas contratada por el municipio dan cuenta de las actuaciones de la Jueza como Primera Dama de Arecibo.
Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
1. GOBIERNO DE PUERTO RICO
18 va
Asamblea 1 ra
Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 39
2 de enero de 2017
Presentado por el señor Rivera Schatz
Referido a la Comisión de Gobierno
LEY
Para añadir un nuevo inciso (c); reenumerar los incisos (c) al (rr) como (d) al (ss); añadir un
nuevo inciso (tt) al Artículo 14; añadir un nuevo Artículo 25 A a la Ley 146-2012, según
enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico” a los fines de garantizar al
pueblo su derecho a defenderse legítimamente en su morada, vehículo u otros lugares
dispuestos en esta Ley y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El derecho a la vida es el más sagrado y fundamental que ostenta todo ser humano.
Intrínseco a éste, existe como corolario el derecho a defender la vida. El gobierno tiene la
obligación inmanente de vindicar tal derecho garantizando la seguridad del pueblo. Esta
obligación es la razón seminal para la organización social del ser humano y el eventual origen
del estado en sí. Toda sociedad que carece de la seguridad suficiente para estabilizar la
interacción entre los sectores que la componen, está destinada a enfrentar el colapso de su
sistema de gobierno.
Nuestra constitución condensa la esencia del pacto social, en la relación entre los derechos
del pueblo y las facultades conferidas al estado, para asegurar el ejercicio y disfrute pleno de los
mismos. Según expresa la exposición de motivos de la Ley 146-
2012, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico”, la Asamblea Legislativa reconoce su
responsabilidad constitucional de salvaguardar la vida, propiedad y seguridad de todos los
miembros de nuestra sociedad. En cumplimiento con dicha responsabilidad constitucional,
2. 2
corresponde tomar las medidas necesarias para prevenir, controlar y reducir la incidencia de la
actividad criminal. El estado cumple con su mandato de proporcionar seguridad; activamente a
través de la protección del orden público con los organismos de seguridad como la policía y el
ministerio fiscal, y pasivamente a través de la protección al ciudadano individualmente al
proveerle las herramientas en ley para que se defienda a sí mismo.
Para lograr el propósito habilitador y la efectividad de su funcionamiento, la Asamblea
Legislativa enmarca teóricamente la construcción de la Ley Núm. 146, supra, en la necesidad de
reflejar diáfana y genuinamente los valores de nuestra sociedad. Comprende la exigencia de
ensamblar el ordenamiento jurídico en concordancia con la realidad social puertorriqueña, que
sea lo suficientemente abarcador y flexible como para que se proyecte hacia un futuro previsible.
Debe, además, ser susceptible de ajuste para atemperarse a las situaciones cambiantes, según
éstas suceden. Conforme fue reconocido en la Reforma Penal de 1974, el Código Penal no puede
estar al servicio de minorías en la sociedad ni obedecer a los caprichos personales o individuales
de unos y otros. Tiene que, ineludiblemente responder al consenso de todos los sectores y de
todos los intereses, interpretados en la forma más amplia y coherente posible.
De acuerdo a este enfoque, se establece un nuevo esquema de principios que rigen la
aplicación de la sanción penal. Se otorga preeminencia máxima a la protección de la sociedad, a
la justicia a las víctimas de delito y la prevención de la delincuencia.1
Incorporando este
esquema, entendemos imperante cumplir nuestra obligación de promover legislación que se
atempere a la actual condición social de Puerto Rico; desde una óptica favorecedora a la
protección de los derechos de las víctimas y fomentando el restablecimiento de la confianza del
pueblo en el sistema de justicia.
Es evidente el incremento en el grado de violencia durante la comisión de delitos, resultando
en mayores casos de transgresiones a la integridad física y a la vida de los ciudadanos. Dicha
tendencia alimenta la percepción de inhabilidad del estado para proveer seguridad, proteger a las
víctimas de delito y la apreciación de disparidad en el proceso judicial sobre los derechos de las
víctimas versus los derechos del acusado. Esta situación causa un estado de ansiedad y
preocupación constante en la población, influenciando negativamente la confianza del pueblo
sobre la capacidad del gobierno para protegerle de actividad delictiva y sobre su seguridad
1
Artículo 11, Ley Núm. 146 de 30 de julio de 2012, “Código Penal de Puerto Rico”
3. 3
personal en general. Es por tal razón, que se pretende establecer un grado mayor de protección
legal para los ciudadanos que defienden su vida o la de otros, mientras ocupan espacios donde el
entendido social reconoce el mayor grado de expectativa de intimidad, pertenencia y autonomía
personal. Reconocemos la necesidad y el derecho de cada persona de salvaguardar
proactivamente su seguridad y proveeremos las herramientas legales para así hacerlo.
La morada, por razones prácticas e históricas, siempre se identificará como el santuario
donde todo ser humano se refugia de la fatiga y el peligro al que le expone la vida. Nos nutre de
un espacio íntimo donde se desarrolla la unidad familiar y permite el descanso, relajación y
disfrute de los momentos de vulnerabilidad inherentes a la dignidad humana. Esta Asamblea
Legislativa siempre ha reconocido el sitial único conferido por la sociedad a este lugar,
otorgándole protecciones especiales en el contexto del derecho civil al establecer procedimientos
contra la evicción y mecanismos para impedir la pérdida de titularidad en caso de demandas. A
su vez, lo reconoce en el ámbito del derecho penal al establecer delitos y agravantes basados en
la transgresión a su integridad, como el escalamiento y el robo domiciliario. La protección
extendida por esta enmienda al vehículo, lugar de negocio o empleo obedece a las demandas del
ritmo de vida actual, donde el ciudadano pasa cada día más tiempo en estos lugares; y por
consiguiente adquieren las características que históricamente solo ostentaba la morada. Por lo
tanto, deberían obtener las mismas protecciones y justificaciones legales que disfruta en ésta.
El ordenamiento jurídico ha racionalizado la legítima defensa hasta este momento,
imponiendo a la víctima la carga de calcular la proporcionalidad de la fuerza o la racionalidad
del medio a utilizar para defenderse contra un agresor. No se puede pedir a un ciudadano que
enfrenta peligro inminente, reflexión serena y desasociada mientras observa la hoja de un puñal.2
El peso probatorio sobre la legitimidad de tomar una decisión en una fracción de segundo sobre
el uso de la fuerza para defenderse, no debe estar en la víctima sino en el agresor. No es justo
someter a la víctima que defiende su vida o la de otros en un lugar especialmente protegido a las
consecuencias de tomar una decisión bajo tensión y peligro donde el resultado puede acarrear
enfrentar un juicio penal, si su actuación es determinada posteriormente como irrazonable. Se
crea una encrucijada para la víctima; si errar al emplear menos fuerza de la necesaria puede
2
“Detached reflection cannot be demanded in the presence of an uplifted knife” Brown v. United States, 256 U.S.
335,343 (1921). Justice Oliver Wendell Holmes, Jr.
4. 4
resultar en su muerte o grave daño corporal para sí u otras personas y si se determina que se
excedió en el uso de la fuerza enfrenta responsabilidad penal y/o civil.
Esta medida establece una presunción sobre la razonabilidad en el empleo de la fuerza bajo
circunstancias específicas; cambia el peso de la prueba de la víctima hacia el agresor, donde
siempre debió estar. No se crea un derecho ilimitado para emplear la fuerza. La presunción
solamente aplica si la acción ocurrió dentro de las cuatro áreas descritas en el estatuto. El
ministerio público tiene la capacidad de rebatirla produciendo evidencia que demuestre que al
actor no le asiste la presunción.
La presunción de razonabilidad protege a la víctima que defendió su vida o la de otras
personas, de un análisis retrospectivo y aislado de los hechos por un agente del ministerio
público sobre la razonabilidad de su respuesta. La víctima no tiene el lujo de tomarse tiempo
ilimitado para decidir su curso de acción ante un peligro inmediato e inminente. Sin el auxilio de
esta presunción, la víctima es sometida al escrutinio minucioso de cada uno de sus movimientos
para demostrar que empleó la fuerza de forma irrazonable.
Es nuestro propósito garantizar la seguridad del pueblo. Toda persona debe poder
concentrarse en defender su vida o la de otras personas, sin tener que preocuparse por la
posibilidad de ser demandado civilmente en un futuro; maximizando así el grado de protección
disponible al sector más vulnerable, las víctimas de delitos en circunstancias peligrosas o
potencialmente letales.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se enmienda el Artículo 14 de la Ley 146 - 2012, según enmendada,1
conocida como el “Código Penal de Puerto Rico” para que lea como sigue:2
“Artículo 14.- Definiciones.3
Salvo que otra cosa resulte del contexto, las siguientes palabras y frases contenidas en4
este Código tendrán el significado que se señala a continuación:5
…6
(c) “Actor” es aquella persona que utiliza fuerza o violencia con la intención de causar daño7
o la muerte a otra persona y que reclama haber actuado bajo legítima defensa.8
5. 5
…1
(tt) “Vehículo” significará todo artefacto o animal en el cual o por medio del cual cualquier2
persona o propiedad es o puede ser transportada por cualquier vía; terrestre, acuática o3
aérea mediante propulsión propia o arrastre, cuya clasificación no esté incluida en los4
términos “Edificio” o “Edificio ocupado” según definidos en los incisos (p) y (q) de este5
Artículo.”6
Artículo 2.- Para reenumerar los incisos (c) al (rr) como (d) al (ss) del Artículo 14 de7
la Ley 146 de 2012, según enmendada, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico”.8
Artículo 3.- Se añade un nuevo Artículo 25 A a la Ley Núm. 146 de 30 de julio de9
2012, según enmendada, conocida como el “Código Penal de Puerto Rico” para que lea como10
sigue:11
“Artículo 25 A.- Presunciones sobre Legítima Defensa en la morada, vehículo, lugar de12
negocios o empleo.13
(a) Se presumirá la razonabilidad de la creencia del actor de que él, u otra persona,14
está en riesgo de sufrir daño inminente a su integridad corporal y la necesidad15
racional del medio empleado para impedir o repeler el daño, si:16
(1) el actor sabía o tenía razón para creer que la persona contra quien se usó17
la fuerza o violencia:18
(i) penetró forzosa e ilegalmente, o intentaba penetrar forzosa e19
ilegalmente; al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios20
o empleo, ocupado en tal momento por el actor o la persona a21
quien el actor protege;22
6. 6
(ii) secuestró o intentó secuestrar; al actor o alguna otra persona, del1
interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo del2
actor o de la persona a quien el actor protege;3
(b) La presunción establecida en el inciso (a) no es de aplicación si:4
(1) la persona contra quien se usó la fuerza o violencia tiene derecho a5
permanecer en, residir, habitar u ocupar legalmente la morada, vehículo,6
lugar de negocio o empleo donde se usó la fuerza o violencia en calidad7
de; pero sin limitarse a, dueño, titular, arrendatario; o8
(2) la persona a quien se secuestre o intente secuestrar es un menor o incapaz,9
bajo la custodia o tutela legal de la persona contra quien se usó la fuerza10
o violencia; o11
(3) hubo provocación suficiente por parte del actor para con la persona12
contra quien se usó la fuerza o violencia; o13
(4) el actor cometía algún delito al momento de utilizar la fuerza o violencia o14
utilizaba la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo para promover15
actividad delictiva; o16
(5) la persona contra quien se usó la fuerza o violencia es un miembro del17
Cuerpo de Bomberos, miembro del Cuerpo de Emergencias Médicas,18
miembro de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y19
Administración de Desastres o funcionario del orden público; que penetra20
o intenta penetrar al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o21
empleo del actor o de la persona a quien el actor protege, en el ejercicio22
7. 7
de sus funciones oficiales, en conformidad con la ley y el derecho1
aplicable.2
(c) Al causarse la muerte de un ser humano, se presumirá la razonabilidad de la3
creencia del actor para creer que, al dar muerte al agresor, el agredido o la4
persona defendida se hallaba en inminente o inmediato peligro de muerte o de5
grave daño corporal si:6
(1) el actor sabía o tenía razón para creer que la persona a quien se causó la7
muerte:8
(i) penetró forzosa e ilegalmente, o intentaba penetrar forzosa e9
ilegalmente; al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios10
o empleo, ocupado en tal momento por el actor o la persona a11
quien el actor protege;12
(ii) secuestró o intentó secuestrar; al actor o alguna otra persona, del13
interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo,14
ocupado en tal momento por el actor o la persona a quien el actor15
protege;16
(d) La presunción establecida en el inciso (c) no es de aplicación si:17
(1) la persona a quien se causó la muerte tenía derecho a permanecer en,18
residir, habitar u ocupar legalmente la morada, vehículo, lugar de negocio19
o empleo donde se causó la muerte en calidad de; pero sin limitarse a,20
dueño, titular, arrendatario; o21
8. 8
(2) la persona a quien secuestró o intentó secuestrar es un menor o incapaz,1
bajo la custodia o tutela legal de la persona contra quien se usó la fuerza2
letal; o3
(3) hubo provocación suficiente por parte del actor a la persona a quien se4
causó la muerte; o5
(4) el actor cometía algún delito al momento de causar la muerte o utilizaba6
la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo para promover actividad7
delictiva; o8
(5) la persona a quien se causó la muerte es un miembro del Cuerpo de9
Bomberos, miembro del Cuerpo de Emergencias Médicas, miembro de la10
Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de11
Desastres o funcionario del orden público que penetra o intenta penetrar12
al interior de la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo del actor,13
en el ejercicio de sus funciones oficiales, en conformidad con la ley y el14
derecho aplicable.15
(e) Para efectos de determinar la razonabilidad de la creencia del actor; sobre si él,16
u otra persona, está en riesgo de sufrir daño inminente a su integridad corporal y17
la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler el daño18
utilizado por éste; o la necesidad racional del actor para creer que al dar muerte19
al agresor, el actor o la persona defendida se hallaba en inminente o inmediato20
peligro de muerte o de grave daño corporal; el juzgador de los hechos no podrá21
tomar en consideración, la posibilidad de que el actor pudo haber evitado la22
confrontación.23
9. 9
(f) Se presume para efectos de este Artículo, que una persona que penetra o intenta1
penetrar forzosa e ilegalmente la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo2
ocupado por el actor u otra persona a quien el actor protege lo hace con la3
intención de cometer un delito.4
(g) Se presume para efectos de este Artículo, que una persona que penetra o intenta5
penetrar forzosa e ilegalmente la morada, vehículo, lugar de negocios o empleo6
ocupados por el actor u otra persona a quien el actor protege, en violación de una7
cualquier orden emitida por un Tribunal que prohíba contacto entre las partes en8
un pleito civil o un caso criminal, lo hace con la intención de cometer un delito;9
independientemente del derecho que la persona pueda tener a permanecer en,10
residir, habitar u ocupar legalmente la morada, vehículo, lugar de negocio o11
empleo en calidad de; pero sin limitarse a, dueño, titular o arrendatario.”12
(h) Las agencias del orden público tienen la facultad para investigar la utilización de13
fuerza o violencia, o el causar la muerte de un ser humano según dispuesto en este14
Artículo, las agencias del orden público no arrestarán al actor por uso de la15
fuerza o violencia, o el causar la muerte de un ser humano sin que medie una16
determinación de causa probable para arresto por Tribunal competente.17
Artículo 4.- Si cualquier cláusula, párrafo, artículo, sección, capítulo, título o parte de esta18
Ley fuere declarada inconstitucional por un tribunal competente, la sentencia a tal efecto19
dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el resto de esta Ley. El efecto de dicha20
sentencia quedará limitado a la cláusula, párrafo, artículo, sección, capítulo, título o parte de21
la misma que así hubiere sido declarado inconstitucional.22
Artículo 5.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.23