Este documento proporciona una introducción general a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas en Colombia. Explica brevemente la estructura y funciones del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y el Consejo Técnico de la Contaduría Pública colombiano. Además, resume los principales cambios requeridos por las NIIF, los grupos de empresas a los que aplican y el cronograma de adopción en Colombia.
2. ROSC
I A S B
I F R S
ADOPCIÓN
LEY 1314 2009
DIRECCIONAMIENTO
ESTRATÉGICO DEL C.T.C.P.
PLAZOS PARA LA APLICACIÓN
COMPARATIVO REGULACIÓN
COLOMBIANA
3. Este informe de enfoque práctico encontró serias
deficiencias en el modelo contable local, en la
estructura y organización de la profesión y emitió
algunas recomendaciones que si bien, no tienen el
carácter vinculante (coactivo), sí se constituyen en
mecanismos de intervención en los mercados y
asuntos internos debido a su poderío en la
diplomacia y la política internacional.
ROSC COLOMBIA
4. IASCF
•(International Accounting Standards
Committe Foundation.
•Fundación- Comité de Normas
Internacionales de Contabilidad.
QUE SON EL IASCF y I.A.S.B.
(International Accounting
Standards Board (IASB)).
Consejo de Normas
Internacionales de Contabilidad.
5. QUE SON LOS IFRS?
Son un conjunto de estándares de
contabilidad que rápidamente han
venido siendo aceptados y usados,
hoy por hoy tienen la aceptación de
mas de un centenar de países.
6. Desde 2001, son mas de 100 países han adoptado el
uso de IFRSs panorama en 2007
7. Desde 2001, son mas de 100 los países que
permiten el uso de IFRS
7
Argentina
2012
Brasil
2010
Canadá
2012
Chile
2009
Colombia
(2013-2014)
Ecuador
2010-2012
Comunidad
Europea
2005
Mexico
2012
Australia
2005
Estados Unidos
(2015 o 2016)
Venezuela
(2005-2007)
Requerimiento u opción, actual o anticipado, de usar las NIIF (o su equivalente) No conocido en este momento
Japón
2016
India
2012
Sudáfrica
2005
Korea
2012
Ghana
2009
9. Y COMO ESTÁ COLOMBIA?
LEY
1314
DE
2009
Intervenir en la economía a través de un proceso de
normalización y regulación. (Art. 333 y 334 C.N.)
Establecer un sistema único y homogéneo de normas de
contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de
la información de forzoso cumplimiento.
Procurar que la información contable sea segura,
especialmente en la información financiera.
Mejorar la productividad, competitividad, desarrollo armónico
de las empresas e internacionalización de las relaciones
económicas
CONTABILIDAD SIMPLIFICADA.
ESTADOS FINANCIEROS
MODERADOS Y ABREVIADOS
ESTABLECERÁ NORMAS DE
CONTABILIDAD Y DE
INFORMACIÓN FINANCIERA
PARA LAS MICROEMPRESAS.
NORMALIZADOR CONSEJO TÉCNICO C.P.
Normas emitidas por Consejo de Normas Internacionales de
Contabilidad
10. GRUPOS SEGÚN DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO DEL C.T.C.P.
a. Emisores de valores: Entidades y
negocios fiduciarios que tengan
valores inscritos en: el Registro
Nacional de Valores y Emisores –
RNVE.
b. Entidades y negocios de interés
público;
c. Entidades que no estén en los
literales a y b, grandes empresas, que
cumplan además con cualquiera de los
siguientes requisitos:
i. Ser subordinada o sucursal de una
compañía extranjera que aplique
NIIF plenas.
ii. Ser subordinada o matriz de una
compañía nacional que deba aplicar
NIIF plenas.
iii Ser matriz asociada o negocio
conjunto de una o más entidades
extranjeras q aplique NIIF plenas
iv.Realizar importaciones o
exportaciones que representen más
del 50% de Ias compras o de las
ventas respectivamente.
NIIF PLENAS- NAI-ONI
Empresas de tamaño grande que no
cumplan con los requisitos del literal c
del grupo 1.
Empresas de tamaño mediano y
pequeño que no sean emisores de
valores ni entidades de interés
público.
Microempresas cuyos ingresos brutos
anuales sean iguales o superiores a
6.000 S.M.L.M.V. ó sus activos sean
iguales o superiores 500 S.M.L.M.V.
Entidades con activos totales entre
500 y 30,000 S.M.L.M.V. o que
tengan entre 11 y 200 empleados que
no sean emisores de valores ni
entidades de interés público
*Según ley 590 de 2000 modificada
por la ley 905 de 2004 y normas
posteriores que la modifiquen o
sustituyan.
NIIF para PYMES- NAI-ONI
Este decreto lo deben aplicar:
1. Microempresas que cumplan la
totalidad de los siguientes requisitos:
1. Haber tenido durante el año 2012 un
promedio máximo de 10
trabajadores.
2. Haber poseído en el año 2012
activos totales excluida la vivienda,
inferiores a 500 S.M.L.M.V
3. Haber tenido durante el año 2012
ingresos inferiores a 6.000
S.M.L.M.V
2. Personas naturales y entidades
formalizadas o en proceso de
formalización que cumplan con la
totalidad de los requisitos establecidos
en el art. 499 del E.T. y normas
posteriores que lo modifiquen.
(Decreto 3019 de 2013)
Contabilidad Simplificada- NAI-ONI,
moderada
Grupo I Dec 2784/12 Grupo II Dec 3022/13 Grupo III Dec 2706/12
11. CRONOGRAMA
EXPEDICION NIIF. 31 DE DICIEMBRE
DE 2012.
PERIODO DE PREPARACION
OBLIGATORIA AÑO 2013.
FECHA DE TRANSICION (BALANCE DE
APERTURA) 1 DE ENERO DE 2014.
FECHA DE APLICACIÓN (PRIMER
COMPARATIVO). 31 DICIEMBRE DE
2014
FECHA DE REPORTE DE E.F NIIF 31
DICIEMBRE DE 2015.
EXPEDICION NIIF PARA PYMES. 31 DE
DICIEMBRE DE 2013
PERIODO DE PREPARACION
OBLIGATORIA AÑO 2014.
FECHA DE TRANSICION (BALANCE DE
APERTURA) 1 DE ENERO DE 2015.
FECHA DE APLICACIÓN
(COMPARATIVO). 31 DICIEMBRE DE
2015
FECHA DE REPORTE DE E.F NIIF 31
DICIEMBRE DE 2016.
EXPEDICION NIIF PARA
MICROEMPRESAS. 31 DE DICIEMBRE
DE 2012
PERIODO DE PREPARACION
OBLIGATORIA AÑO 2013.
FECHA DE TRANSICION (BALANCE DE
APERTURA) 1 DE ENERO DE 2014.
FECHA DE APLICACIÓN (PRIMER
COMPARATIVO). 31 DICIEMBRE DE
2014
FECHA DE REPORTE DE E.F NIIF 31
DICIEMBRE DE 2015
DECRETO 2784
DE DIC 28 DE
2012
DECRETO
2706 DE DIC
27 DE 2012
Grupo I Grupo II Grupo III
DECRETO 3022
DE DIC DE
2013
12. QUE CAMBIA? GENERALIDADES:
CONTROL
CRITERIOS DE VALORACION
LIFO NO ACEPTADO
DESAPARICIÓN DE LAS
PROVISIONES SIN
JUSTIFICAR
COSTOS POR INTERESES
GOODWILL
Pasa a un segundo plano el concepto de propiedad y para
registrar los activos solo es necesario tener el control de
los beneficios económicos del bien
Para efectos de la valoración de los inventarios en el marco
de la NIIF, NO se acepta el método de últimas en entrar
primera en salir.
Se define claramente a cuáles activos se les puede
adicionar a su costo los intereses que se hayan tenido que
cancelar en su proceso de construcción o compra.
No se aceptan provisiones injustificadas, se realiza de una
vez la contabilización de un pasivo siempre y cuando se
cumplan los requisitos establecidos en el estándar No 37.
Aparecen criterios de valoración como: Valor razonable,
valor de uso, valor neto de realización, costo atribuido,
valor razonable menos costos de venta, valor actual, costo
amortizado.
El Goodwill deja de amortizarse.
13. QUE CAMBIA? PARTICULARIDADES:
Algunos bienes en arrendamiento se contabilizan como
activos.
La estimación inicial de los costos de desmantelamiento y
restauración son llevados como mayor valor del activo.
• Los desembolsos para verificar que los activos funcionan
correctamente son tenidos como mayor valor del activo.
• Algunos de los intereses que se pagan en la adquisición
de los bienes pueden hacer parte de el valor de los
activos.
• La depreciación se debe realizar por componentes.
• Se debe verificar si hay deterioro del valor de los activos.
• Se debe hacer valoración posterior a través de los
modelos de costo o revaluación.
• Solo se aceptan 3 métodos de depreciación: Lineal, Saldos
decrecientes y Unidades de producción.
14. Los activos no corrientes disponibles para la
venta se presentan dentro del activo corriente.
Y se deben valorar por el menor valor entre el
valor en libros y el valor razonable menos los
costos de venta.
QUE CAMBIA? PARTICULARIDADES:
Existe una norma específica para los activos
biológicos los cuales deben ser valorados a valor
razonable.
Así mismo existe un estándar destinado a la
regulación específica de los activos derivados de la
exploración y explotación de recursos naturales
Las propiedades de inversión se presentan en
forma separada del resto de los activos y se
valoran a valor razonable.
15. QUE CAMBIA? PARTICULARIDADES:
Los activos intangibles se reconocen
únicamente en la fase de desarrollo
• No se reconocen ni good will,
cabeceras de periódicos, bases de
clientes, ni marcas generadas
internamente.
• Los activos intangibles con vidas útiles
indefinidas deben ser evaluados
periódicamente para saber si hay
deterioro en su valor.
16. Se regula para los pagos basados en acciones y otros instrumentos
de patrimonio, en algunos casos los instrumentos de patrimonio
deben ser llevados al pasivo.
Se emitió un estándar específicamente para regular lo atinente a
políticas contables, estimaciones contables y errores.
Los inventarios deben ser valorados al menor entre el costo de
producción y el valor neto de realización.
• La totalidad de los CIF FIJOS No se debe llevar a mayor valor cuando ha habido
subactividad u ociosidad.
• Se pueden revertir las pérdidas de valor.
El tratamiento contable de todos los instrumentos financieros está
establecido en los estándares, IAS 32, 39 y los IFRS 7 Y 9.
QUE CAMBIA? PARTICULARIDADES:
17. IAS 1 Presentación de estados financieros Mayo de 2008
IAS 2 Inventarios Noviembre de 2006
IAS 7 Estado de Flujo de Efectivos Mayo de 2008
IAS 8
Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y
errores
Mayo de 2008
IAS 10 hechos ocurridos después de la fecha del balance Mayo de 2008
IAS 12 Impuesto a las ganancias Enero de 2008
IAS 16 Propiedades planta y equipo Mayo de 2008
IAS 17 Arrendamientos Mayo de 2008
IAS 19 Beneficios a los empleados Mayo de 2008
IAS 20
Contabilización de las subvenciones del gobierno e información
a revelar sobre ayudas gubernamentales
Mayo de 2008
IAS 21
Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la
moneda extranjera
Enero de 2008
IAS 23 Costos por intereses Mayo de 2008
IAS 24 Información a revelar sobre partes relacionadas Septiembre de 2007
IAS 26
Contabilización e información financiera sobre planes de
beneficio por retiro
Mayo de 1994
IAS 27 Estados financieros separados Mayo de 2011
IAS 28 Inversiones en asociadas Mayo de 2011
IAS 29 Información financiera en economías hiperinflacionarias Mayo de 2008
IAS 32 Instrumentos financieros: presentación Mayo de 2008
IAS 33 Ganancias por acción Enero de 2008
IAS 34 Información financiera intermedia Mayo de 2008
IAS 36 Deterioro del valor de los activos Mayo de 2008
IAS 37 Provisiones, activos contingentes, pasivos contingentes. Enero de 2008
IAS 38 Activos intangibles Mayo de 2008
IAS 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y medición Noviembre de 2008
IAS 40 Propiedades de inversión Mayo de 2008
IAS 41 Agricultura Mayo de 2008
CUADRO DE ESTÁNDARES VIGENTES A JULIO DE 2018
NOMBRE DESCRIPCIÓN DE LA NORMA
FECHA DE APROBACIÓN O
ÚLTIMA MODIFICACION
18. IFRS NOMBRE DE LA NORMA
APROBACIÓN O
ÚLTIMA
MODIFICACION
IFRS 1
Adopci ón por pri me ra ve z de l a norma s
i nte rna ci ona l e s de i nforma ci ón fi na nci e ra
Novi e mbre de 2008
IFRS 2 Pa gos ba s a dos e n a cci one s Ene ro de 2008
IFRS 3 Combi na ci ón de ne goci os Ene ro de 2008
IFRS 4 Contra tos de s e guro Ene ro de 2008
IFRS 5
Acti vos no corri e nte s ma nte ni dos pa ra l a ve nta y
ope ra ci one s di s conti nua da s
Ma yo de 2008
IFRS 6 Expl ora ci ón y e va l ua ci ón de re curs os mi ne ra l e s . Novi e mbre de 2006
IFRS 7 Ins trume ntos fi na nci e ros : i nforma ci ón a re ve l a r Octubre de 2008
IFRS 8 Se gme ntos de ope ra ci ón Se pti e mbre de 2007
IFRS 9 Ins trume ntos Fi na nci e ros Octubre de 2010
IFRS 10 Es ta dos Fi na nci e ros Cons ol i da dos Ma yo de 2011
IFRS 11 Acue rdos Conjuntos Ma yo de 2011
IFRS 12 Re ve l a ci one s de l a pa rti ci pa ci ón con otra s e nti da de s Ma yo de 2011
IFRS 13 Me di ci ón de l va l or ra zona bl e Jul i o de 2012
IFRS 14 Cue nta s de di fe ri mi e ntos de a cti vi da de s re gul a da s Ene ro de 2014
IFRS 15 Ingre s os de contra tos proce de nte s de cl i e nte s Ma yo de 2014*
IFRS 16 Arre nda mi e ntos Ene ro de 2016**
IFRS 17 Contra tos de s e guros Ma yo de 2017***
A pesar de que la norma emitida por El IASB, indica como fecha de vigencia el 01 de enero de 2017, el decreto 2496 de 2015,
establece en el numeral 2º del artículo 11, que la fecha de inicio obligatoria para Colombia será a partir del 01 de enero de 2018,
permitiendo su aplicación en forma anticipada.
**Su aplicación obligatoria comienza el 1 de enero de 2019, Se permite su aplicación anticipada para entidades que utilicen la
NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA 15 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de
Contratos con Clientes antes de la fecha de aplicación inicial de esta Norma, se debe revelar este hecho.
*** Su aplicación obligatoria comienza el 1 de enero de 2019. Si una entidad aplica la NORMA INTERNACIONAL DE
INFORMACIÓN FINANCIERA 17 en un periodo que comience con anterioridad, revelará ese hecho. Se permite la aplicación
anticipada para entidades que apliquen la NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA 9 Instrumentos
Financieros y la NORMA INTERNACIONAL DE INFORMACIÓN FINANCIERA 15 Ingresos de Actividades Ordinarias
procedentes de Contratos con Clientes antes de la fecha de aplicación inicial de la NORMA INTERNACIONAL DE
INFORMACIÓN FINANCIERA 17.
19. QUE CAMBIA? GENERALIDADES:
CULTURA DE LA CONTABILIDAD VISTA DESDE LAS PRÁCTICAS DE LOS NEGOCIOS VISTOS
DESDE LA GERENCIA.
CAMBIOS EN LAS MEDICIONES; LOS COSTOS SE EVIDENCIARÁN SOBRE VALORES
ACTUALES, HOY SE TIENEN ACTIVOS TOTALMENTE DEPRECIADOS Y QUE NO REFLEJAN
EL VALOR REAL EN LAS ESTRUCTURAS DE COSTEO.
SE DEBE SUMINISTRAR A LOS USUARIOS MAS INFORMACIÓN.
APLICACIÓN DE VALORES RAZONABLES EL VALOR DE LA INFRAESTRUCTURA
TECNOLÓGICA SE REFLEJA EN LOS COSTOS.
UNA NUEVA LECTURA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS: