ESCUELA DE DERECHO
Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en
postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que
determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son
conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten
resolver los conflictos intersubjetivos.
La definición final da cuenta del Derecho positivo, pero no su fundamento; por ello juristas,
filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones
alternativas, y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta el día de hoy, consenso sobre su
validez. El estudio del concepto del Derecho lo realiza la Filosofía del Derecho. La definición
propuesta inicialmente resuelve airosamente el problema de "validez" del fundamento del
Derecho, al integrar el valor Justicia en su concepto. La validez de los conceptos jurídicos y
metajurídicos son estudiadas por la teoría del Derecho.
Los conceptos del Derecho positivo y el Derecho vigente se pueden reducir a que el primero es
el que se aplica y el segundo es el que el órgano legislativo establece para ser obedecido en
tanto dure su vigencia, mientras no sea sustituido por medio de la abrogación o derogación. Por
lo tanto no todo Derecho vigente es positivo, ya que hay normas jurídicas que tienen poca
aplicación práctica; es decir, no es Derecho positivo pero si es Derecho vigente.2
Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás
resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación
del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez; es decir que si se ha llevado a cabo el
procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia (si es acatada o
no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, la paz, el orden, etc)
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    ESCUELA DE DERECHO Derechoes el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos. La definición final da cuenta del Derecho positivo, pero no su fundamento; por ello juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la historia diversas definiciones alternativas, y distintas teorías jurídicas sin que exista, hasta el día de hoy, consenso sobre su validez. El estudio del concepto del Derecho lo realiza la Filosofía del Derecho. La definición propuesta inicialmente resuelve airosamente el problema de "validez" del fundamento del Derecho, al integrar el valor Justicia en su concepto. La validez de los conceptos jurídicos y metajurídicos son estudiadas por la teoría del Derecho. Los conceptos del Derecho positivo y el Derecho vigente se pueden reducir a que el primero es el que se aplica y el segundo es el que el órgano legislativo establece para ser obedecido en tanto dure su vigencia, mientras no sea sustituido por medio de la abrogación o derogación. Por lo tanto no todo Derecho vigente es positivo, ya que hay normas jurídicas que tienen poca aplicación práctica; es decir, no es Derecho positivo pero si es Derecho vigente.2 Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez; es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia (si es acatada o no) y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, la paz, el orden, etc)
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