El documento define el concepto jurídico de ambiente como el sistema de elementos bióticos, abióticos, socioeconómicos, culturales y estéticos que interactúan entre sí y determinan la relación y sobrevivencia de los individuos y la comunidad. Aunque el concepto parece amplio, legalmente solo incluye elementos vivos y no vivos como el aire, la tierra, las rocas y monumentos históricos. El documento también discute el uso de los términos "medio ambiente" y "ambiente" en contextos jurídicos y no jur
La Ecología como fuente del derecho EcológicoDiyerson Moreno
Derecho Ecológico: Conjunto sistematizado de principios y normas jurídicas, internas e internacionales, que regulan: la actividad humana en su interacción con los ecosistemas y el medio ambiente.
El Derecho para la preservación de los Recursos Naturales. Existe una creciente necesidad de los pueblos y de las naciones, el contenido filológico de las normas jurídicas que tienden a regir el manejo y la preservación de los recursos naturales. Es decir, la norma general preventiva y punitiva para la protección del medio ambiente natural o hábitat del hombre.
Extracto del primer tema del curso de foración a distancia en Sistemas de Gestión ambiental ISO 14001:2005. Para mayor información, visite http://sgformacionadistancia.wordpress.com/
La Ecología como fuente del derecho EcológicoDiyerson Moreno
Derecho Ecológico: Conjunto sistematizado de principios y normas jurídicas, internas e internacionales, que regulan: la actividad humana en su interacción con los ecosistemas y el medio ambiente.
El Derecho para la preservación de los Recursos Naturales. Existe una creciente necesidad de los pueblos y de las naciones, el contenido filológico de las normas jurídicas que tienden a regir el manejo y la preservación de los recursos naturales. Es decir, la norma general preventiva y punitiva para la protección del medio ambiente natural o hábitat del hombre.
Extracto del primer tema del curso de foración a distancia en Sistemas de Gestión ambiental ISO 14001:2005. Para mayor información, visite http://sgformacionadistancia.wordpress.com/
El término ecología proviene de la raíz “oikos” que significa casa, combinada con la raíz “logía” que significa estudio de, la ecología se refiere al estudio de los pobladores de la tierra y las relaciones entre estos, incluyendo plantas, animales, microorganismos, el género humano, y las condiciones físicas del medio ambiente, quienes conviven a manera de componente dependientes entre sí; pudiendo considerarse también como el estudio de la estructura y función de la naturaleza.
“Todas las especies vivas del planeta así como el ser humano, tienen el mismo derecho natural a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y el Estado tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras”.
El término ecología proviene de la raíz “oikos” que significa casa, combinada con la raíz “logía” que significa estudio de, la ecología se refiere al estudio de los pobladores de la tierra y las relaciones entre estos, incluyendo plantas, animales, microorganismos, el género humano, y las condiciones físicas del medio ambiente, quienes conviven a manera de componente dependientes entre sí; pudiendo considerarse también como el estudio de la estructura y función de la naturaleza.
“Todas las especies vivas del planeta así como el ser humano, tienen el mismo derecho natural a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y el Estado tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras”.
1. lefttop<br /> Concepto Jurídico de Ambiente<br />Nuestra Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, define al medio ambiente como: <br />“El sistema de elementos bióticos, abióticos, socioeconómicos, culturales y estéticos que interactúan entre sí, con los individuos y con la comunidad en que viven y que determinan su relación y sobrevivencia”, dicho concepto es enteramente abarcador, pareciera en principio que todo entra dentro del concepto de ambiente, sin embargo, debe quedar claro, que no sólo los elementos vivos conforman el ambiente, sino también, el aire, la tierra, las rocas, los monumentos históricos y el paisaje.<br /> Sin embargo, tal y como lo expresa el Profesor Martín Mateo, “es evidente que un jurista no puede revelarse contra la ley, por lo que habrán de tenerse en cuenta desde esta perspectiva las tutelas que el ordenamiento impone, aunque eso sí carecería de sentido extrapolar la regulación de los vertidos industriales a la protección de los elefantes”. Por lo que sin más en República Dominicana, nuestro limite legal para el concepto de ambiente nos ha sido dado por nuestra ley ambiental, y es necesario reafirmar que es totalmente abarcador y amplio, lo que a su vez facilita que dentro del concepto legal, puedan asumirse, la defensa, de los yacimientos mineros, los paisajes, ruinas históricas, genes, flora, fauna,<br />etc.<br />Aunque los abogados deben en todo momento y caso utilizar sus escritos y expresiones l apalabra ambiente, es importante señalar que muchos autores, aún hoy sostienen el uso constante del término medio ambiente para referirse a lo mismo. Incluso parece recomendable emplear el término medio ambiente, cuando el escenario no son los tribunales o el ámbito jurídico, a lo menos hasta tanto el público en general la redundancia del término medio ambiente.Si se revisa el diccionario de La Real Academia de la Lengua Española, se percatará que los conceptos medio y ambiente son sinónimos. Sin embargo, la palabra ambiente ha gozado de mayor aceptación a la hora de referirse a cuestiones medio ambientales. Pues, hace referencia no únicamente a lo contenido en el lugar, sino también a las circunstancias exteriores y actuales que interactúan con los objetos, elementos y seres, por lo que, lo correcto es utilizar el término de ambiente en las ciencias jurídicas. De ahí que es más usual emplear el término de derecho ambiental que derecho medioambiental o derecho del medio ambiente.<br />TABLA:<br />PROYECTO MC WWW.LUNESMARTESMIERCOLESJUEVESVIERNESRevisión de trabajos de semana anterior.Planificación trabajos pendientes.Visita de campo.Presentación de avance de proyecto.Entrega de datos.Planteamiento de estrategias para cumplimiento de plaTABLAnes.Delegación de funciones en base al plan.Levantamiento de mejoras para innovación de proyecto.Ultima revisión de planes pendientes.Cierre de campaña.<br />SMART ART:<br />ECUACIÓN:<br />fx=a0+n=1∞ancosnπxL+bnsinnπxL<br />