El documento describe la relación entre la ecología y el derecho ecológico. Explica que la ecología estudia las relaciones entre los seres vivos y su entorno, mientras que el derecho ecológico regula la actividad humana para proteger el medio ambiente a través de leyes. También analiza las principales leyes venezolanas relacionadas con el derecho ambiental como la Constitución, la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley Penal del Ambiente.
“Todas las especies vivas del planeta así como el ser humano, tienen el mismo derecho natural a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y el Estado tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras”.
EL DERECHO AMBIENTAL Concepto, alcance y autonomía. Objeto de estudio y de regulación del derecho ambiental. Vínculo entre ambiente y derecho. Fundamento del derecho ambiental. Relación del derecho ambiental con otras ramas del derecho. toda esta temática sera desarrollada de manera sintetizada a fin de que el lector pueda comprender su contenido de manera fácil y sencilla
El Derecho para la preservación de los Recursos Naturales. Existe una creciente necesidad de los pueblos y de las naciones, el contenido filológico de las normas jurídicas que tienden a regir el manejo y la preservación de los recursos naturales. Es decir, la norma general preventiva y punitiva para la protección del medio ambiente natural o hábitat del hombre.
“Todas las especies vivas del planeta así como el ser humano, tienen el mismo derecho natural a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, y el Estado tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras”.
EL DERECHO AMBIENTAL Concepto, alcance y autonomía. Objeto de estudio y de regulación del derecho ambiental. Vínculo entre ambiente y derecho. Fundamento del derecho ambiental. Relación del derecho ambiental con otras ramas del derecho. toda esta temática sera desarrollada de manera sintetizada a fin de que el lector pueda comprender su contenido de manera fácil y sencilla
El Derecho para la preservación de los Recursos Naturales. Existe una creciente necesidad de los pueblos y de las naciones, el contenido filológico de las normas jurídicas que tienden a regir el manejo y la preservación de los recursos naturales. Es decir, la norma general preventiva y punitiva para la protección del medio ambiente natural o hábitat del hombre.
El término ecología proviene de la raíz “oikos” que significa casa, combinada con la raíz “logía” que significa estudio de, la ecología se refiere al estudio de los pobladores de la tierra y las relaciones entre estos, incluyendo plantas, animales, microorganismos, el género humano, y las condiciones físicas del medio ambiente, quienes conviven a manera de componente dependientes entre sí; pudiendo considerarse también como el estudio de la estructura y función de la naturaleza.
Fuentes de derecho ecológico
Es a partir de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Ambiente Humano, celebrado en Estocolmo en 1972, en donde se pone de manifiesto la protección al ambiente, tal como lo expresa Caldewell (1998 p. 203) "Estocolmo legitimó el ambiente como un tema de relaciones entre naciones y dio una dimensión más amplia de la Ley Internacional"; sin embargo, es a partir de la 1ªConferencia sobre ambiente y desarrollo de las Naciones Unidas, celebrada en Río de Janeiro en1992, que se adopta la Agenda 21, documento detallado y contentivo de 40 capítulos que orienta o fija para todos los países las actividades que en materia ambiental deben cumplir para lograr alcanzar un desarrollo sustentable.
En relación a la Agenda 21, el Estado venezolano antes de la Conferencia de Río venía desarrollando un trabajo exitoso en materia ambiental, tales como la creación en 1977 del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables (MARNR), como un organismo público con políticas y acciones definidas en materia ambiental y de los recursos naturales, siendo por ello considerada como pionera en Latinoamérica, tal como lo afirma Francés (1999 p.273)"Venezuela ha protegido sus bosques, su flora y su fauna, mejor que otros países tropicales. Fue pionera en la protección de las cuencas de los ríos y la creación de un organismo público de protección del entorno con la puesta en marcha del MARNR, en 1977".
Ecología como fuente del derecho ecológico en venezuelacorrea22ruiz
la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley..
Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas
Los citados artículos definen para Venezuela una perspectiva en el derecho ambiental, tomando en consideración que es por primera vez que el Estado Venezolano asume la obligación de garantizar a la población venezolana una mejor calidad de vida, para lo cual se deberán modificar las existentes leyes y sancionar otras normas que le permitan llevar a cabo una gestión ambiental exitosa en el cual la protección y preservación ambiental, sea el norte de la política ambiental venezolana
Ecología como fuente del derecho ecológico en venezuelacorrea22ruiz
la materia. Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley..
Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas
Los citados artículos definen para Venezuela una perspectiva en el derecho ambiental, tomando en consideración que es por primera vez que el Estado Venezolano asume la obligación de garantizar a la población venezolana una mejor calidad de vida, para lo cual se deberán modificar las existentes leyes y sancionar otras normas que le permitan llevar a cabo una gestión ambiental exitosa en el cual la protección y preservación ambiental, sea el norte de la política ambiental venezolana
Mejorando la estimación de emisiones GEI conversión bosque degradado a planta...CIFOR-ICRAF
Presented by Kristell Hergoualc'h (Scientist, CIFOR-ICRAF) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
AVANCCE DEL PORTAFOLIO 2.pptx por los alumnos de la universidad utpluismiguelquispeccar
espero que te sirve esta documento ya que este archivo especialmente para desarrollar una buena investigación y la interacción entre el individuo y el medio ambiente es compleja y multifacética, involucrando una red de influencias mutuas que afectan el desarrollo y el bienestar de las personas y el estado del entorno en el que viven.
La relación entre el individuo y el medio ambiente es un tema amplio que abarca múltiples disciplinas como la psicología, la sociología, la biología y la ecología. Esta interacción se puede entender desde varias perspectivas:
Presentación de Inés Aguilar, de IITG Instituto Tecnológico de Galicia, en la píldora del jueves 30 de mayo de 2024, titulada "La Píldora de los Jueves: Performance Verification WELL".
Inclusión y transparencia como clave del éxito para el mecanismo de transfere...CIFOR-ICRAF
Presented by Lauren Cooper and Rowenn Kalman (Michigan State University) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
El suelo es un conjunto natural que sirve de soporte a la totalidad de los ecosistemas de los ambientes continentales terrestres. Su principal función dentro de los ecosistemas es la de proveer la totalidad del agua y nutrientes que necesitan todos los seres vivos del ecosistema a lo largo de su vida. Precisamente, a la capacidad que tiene un suelo para desempeñar este papel es lo que se conoce por calidad del suelo.
Una forma sencilla de definir al suelo es la de “resultado de la adaptación de las rocas al ambiente geoquímico de la superficie de la Tierra, muy diferente por lo general de aquel bajo el que se generó la roca en su interior. Dado que el ambiente geoquímico de la superficie terrestre está condicionado por el clima, es por lo que los suelos son muy diferentes según el tipoi de clima y por lo que estos se distribuyen a lo largo de la superficie terrestre según amplias zonas que se corresponden con las distintas zonas climáticas.
De todos los componentes de los suelos, la materia orgánica es el que más incide sobre su fertilidad natural y su sostenibilidad. Los cambios que esta experimenta en el suelo por la acción de los microorganismos, constituyen la base de la sostenibilidad de la misma a lo largo del tiempo.
A lo largo de los diferentes capítulos de este seminario, veremos como la principal diferencia entre la sostenibilidad de la fertilidad natural del suelo de los diferentes ecosistemas terrestres deriva de alteraciones provocadas por el hombre en la dinámica de la materia orgánica, siendo el ejemplo más palpable de la degradación de los suelos la transformación de los ecosistemas naturales en ecosistemas agrícolas.
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
La Ecología como fuente
del Derecho Ecológico
Integrante:
Liseth Rivas CI 25.474.197
Prof: Keidys Perez
Barquisimeto, Diciembre 2018
2. La Ecología
Etimológicamente la palabra "ecología" proviene de "oikos"
que significa: casa, lugar para vivir.
De esta manera la ecología es la rama de la biología que
estudia las relaciones de los diferentes seres vivos entre sí
y con su entorno: «la biología de los ecosistemas»; se
puede decir entonces que la ecología es la especialidad
científica encargada de estudiar analizar el vínculo que
surge entre los seres vivos el entorno que los rodea. Esto
se entiende como la combinación de los factores abióticos,
entre los que se encuentran el clima y la geología.
3. El término ökologie fue acuñado en 1869 por el naturalista y
filósofo alemán prusiano Ernst Haeckel a partir de las
palabras griegas oikos (casa, vivienda, hogar) y logos (estudio
o tratado); por ello ecología significa «el estudio del hogar».
Por otra parte en un principio, Haeckel entendía por ecología
la ciencia que estudia las relaciones de los seres vivos con su
ambiente, pero más tarde amplió esta definición al estudio de
las características del medio ambiente, que también incluye el
transporte de materia y energía, y su transformación por las
comunidades biológicas.
Sin duda alguna, la polémica entre deterministas y
evolucionistas fue uno de los principales debates científicos
del siglo XIX, enfrentando a hombres de la categoría de
Cuvier, Owen, Agassiz y Kölliker, contra los nuevos
"transformistas" Lamarck, Darwin, Herbert Spencer, Muller,
Haeckel, etc
Historia de la Ecología
4. La Ecología y El Derecho
La Ecología enfoca sus esfuerzos en evaluar las condiciones
de los diferentes ecosistemas al igual que analizar la relación
que existe entre estos últimos y los organismos que lo
habitan, con la intención de protegerlos y de que estos
puedan permanecer en el tiempo.
Ahora bien, la relación que existe entre la ecología y el
derecho, es que el derecho busca regular el comportamiento
de los seres humanos al interactuar con el ecosistema,
mediante de normas jurídicas que fomentan el cuidado de los
recursos naturales y; si se infringe la norma, esto pueda ser
causal de la aplicación de la ley a quien haya cometido el
delito.
5. Derecho Ecológico
Se entiende por derecho ecológico, al conjunto de normas y
principios de carácter jurídico que han sido establecidos en el
orden interno e internacional con el objeto de regular la
actividad humana al relacionarse con el medio ambiente y los
diferentes ecosistemas. Permitiendo de esta forma, la
formulación de leyes que permitan la protección de la flora y
la fauna.
De igual forma, considerando las palabras de Brañes (1990)
el Derecho Ecológico es: «…el conjunto de normas jurídicas
que regulan las conductas humanas que pueden influir de
una manera relevante en los procesos de interacción que
tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus
sistemas de ambiente, mediante la generación de los efectos
de los que se esperan una modificación significativa de las
condiciones de existencia de dichos organismos.»
6. o En el año 1976 se promulga la Ley Orgánica Del Medio Ambiente
cuyo objetivo es el desarrollo integral del ser humano y establecer
políticas de desarrollo tendiente a proteger el medio ambiente para
los habitantes y de mejorar el medio ambiente para gozar del
derecho a una calidad de vida del ser humano.
o En Venezuela el Derecho Ambiental es una disciplina un poco
reciente; en 1977 se crea el Ministerio del Ambiente y de los
Recursos Naturales Renovables (MARNR), como un organismo
público con políticas y acciones definidas en materia ambiental y de
los recursos naturales, siendo por ello considerada como pionera
en Latinoamérica.
o En 1992 establece normas penales ecológicos y son considerados
así inclusive los actos que solo amenacen el medio ambiente.
Derecho Ecológico en
Venezuela
7. Objeto del Derecho
Ecológico
El objeto del derecho ecológico es prevenir la contaminación y
desilusión del medio ambiente mediante normas que
establecen las sanciones aplicadas a quienes no respeten las
obligaciones del cuidado y conservación del medio ambiente.
Así mismo dentro de las principales leyes vigentes
relacionadas con el derecho ecológico son: la ley orgánica del
ambiente, La Ley penal del ambiente, La Constitución también
consagra principios bajo los cuales deben regirse dichas
normas.
8. La ecología viene dada por la necesidad de conocer los
fenómenos que ella estudia en forma individual y su relación con
otras ciencias y disciplinas, cuyo fin es el mantenimiento del
equilibrio ecológico, y cuya acción fundamenta en la elaboración y
desarrollo de principios y normas del derecho ecológico. Ayuda a
resolver problemas ambientales, al estudiar la naturaleza como
un sistema complejo en el cual todos sus elementos están
interrelacionados. El Derecho ecológico es conservacionista tiene
como objeto fundamental el resguardo y conservación del
ambiente y de los recursos naturales, la defensa y conservación
del ambiente. También preventivo aunque su contenido es de
normas de carácter punitivas y sancionadoras en el fondo se
caracteriza por ser preventivo, evitando que el hombre cause
daños a la naturaleza.
La Ecología como fuente
del Derecho Ecológico
9. Ley Orgánica del Ambiente (1976): Política ambiental
Ley Orgánica de la Administración Central (1976): crea el
Ministerio del Ambiente y define sus competencias.
Ley Orgánica para la ordenación del Territorio (1983), que
establece los procedimientos administrativos de planificación
en áreas protegidas.
Código penal del Ambiente (1992)
Proyecto de Ley Orgánica para la Conservación Ambiental
(2002).
Proyecto de Ley de Residuos y Desechos sólidos (2002).
Ley de pesca y Acuicultura N. 147 (2002)
Ley Sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos
N.038 (2001).
Fuentes Formales del
Derecho Ecológico
10. Ley Forestal de Suelos y de Aguas (1965).
Ley de Protección de la Vida Silvestre (1970): establece
Reservas, refugios y santuarios de Fauna silvestre.
Ley de Diversidad Biológica (2000), establece los
principios rectores para la conservación de la diversidad
biológica.
Fuentes - Biodiversidad
11. Como Influye en la Ley
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Capítulo IX De los Derechos Ambientales:
Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y
mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de
una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos
genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y
monumentos naturales y demás áreas de especial importancia
ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la
ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia. Es una
obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la
sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente
libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas,
el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente
protegidos, de conformidad con la ley.
12. Artículo 128. El Estado desarrollará una política de
ordenación del territorio atendiendo las realidades
ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales,
culturales, económicas, políticas, de acuerdo a las
premisas del desarrollo sustentable, que incluya la
información, consulta y participación ciudadana. Una ley
orgánica desarrollará los principios y criterios para este
ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de
generar daños a los ecosistemas deben ser previamente
acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio
cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos
tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de
armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial
regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de
las sustancias tóxicas y peligrosas.
13. En los contratos que la República celebre con personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los
permisos que se otorguen, que afecten los recursos
naturales, se considerará incluida aún cuando no estuviere
expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico,
de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la
misma en condiciones mutuamente convenidas y de
restablecer el ambiente a su estado natural si éste
resultare alterado, en los términos que fije la ley.
Los artículos antes citados son la base fundamental del
derecho ecológico en Venezuela, vale acotar que es
primera vez que en Venezuela se garantiza y se reconoce
como derecho fundamental el medio ambiente.
14. LEY ORGANICA DEL AMBIENTE
Artículo 1.
Esta Ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los
principios rectores para la gestión del ambiente, en el
marco del desarrollo sustentable como derecho y deber
fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a
la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población
y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad.
De igual forma, establece las normas que desarrollan las
garantías y derechos constitucionales a un ambiente
seguro, sano y ecológicamente equilibrado.
15. Artículo 7.
La política ambiental deberá fundamentarse en los principios
establecidos en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, en la presente Ley, las demás leyes que la
desarrollen y conforme a los compromisos internacionales
contraídos válidamente por la República Bolivariana de
Venezuela.
Artículo 22.
La planificación del ambiente constituye un proceso que tiene
por finalidad conciliar el desarrollo económico y social con la
gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable.
16. LEY PENAL DEL AMBIENTE
Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto tipificar como delito los hechos
atentatorios contra los recursos naturales y el ambiente e
imponer las sanciones penales. Asimismo, determinar las
medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que
haya lugar y las disposiciones de carácter procesal derivadas
de la especificidad de los asuntos ambientales.
Artículo 18.
Se considera de orden público la obligación de restituir, reparar
el daño o indemnizar los perjuicios
causados al ambiente por quienes resultaren responsables de
los delitos previstos en esta Ley. A
estos efectos, el tribunal ordenará, aun de oficio, las diligencias
conducentes a la determinación de
la responsabilidad civil de quienes aparecieran como autores o
partícipes en el delito.