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Fondos de Pensiones
INTRODUCCION
La seguridad social comprende un conjunto de programas
orientados a la atención de ciertos estados de necesidades de
los trabajadores. Este concepto de seguridad social varía
dependiendo de la legislación de cada país, de las necesidades y
de los riesgos que tiene una sociedad en un momento dado.
Los programas de pensiones son un aspecto de la seguridad
social.
El concepto pensión es utilizado, por lo general, para identificar
aquellos programas de ayuda monetaria que se hacen efectivos
al perder o disminuir la capacidad de trabajo.
Los fondos de pensiones están integrados por los aportes periódicos que
obligatoriamente deben realizar las personas que trabajan en relación de
dependencia y voluntariamente los profesionales independientes para sus
pensiones de jubilación futuras. Estos aportes deben ser invertidos en
valores. Cada afiliado es dueño de una porción de esa cartera global,
dependiendo del aporte de dinero efectuado.
¿Que es un Fondo de Pensión?
Inversiones de los fondos
de pensiones
• El objetivo principal de las inversiones es obtener la mayor
rentabilidad al menor riesgo posible, bajo la supervición del ente
regulador.
• Los fondos de pensiones son patrimonios autónomos, separados
jurídica y contablemente de la sociedad administradora de
pensiones (AFP).
• Las políticas generales de inversión de los recursos de los fondos
de pensiones se encuentran determinadas por Ley,sin embargo,
las AFP pueden establecer sus propias políticas de
inversión,siempre y cuando las mismas no se opongan o excedan
a las políticas de inversión establecidas.
¿Qué es una AFP?
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), son una
sociedad anónima que tiene por objeto único y exclusivo la
administración y representación de los fondos de pensiones. Su
patrimonio debe ser separado del patrimonio del fondo que
administra.
Las AFP administran dos tipos de fondos en nuestro país:
• El Fondo de Capitalización Individual(FCI), conformado por
los aportes de los trabajadores para sus pensiones de jubilación
futuras.
• El Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), conformado por
las acciones de las empresas capitalizadas y por los beneficios
(dividendos) provenientes de las mismas.
Beneficios de las AFP
Las AFP, a través del Seguro Social obligatorio, otorgan los
siguientes beneficios :
Pensión de Jubilación
Pensión por invalidez de riesgo común
Pensión por muerte por riesgo común
Pensión por invalidez por riesgo profesional
Niveles de cobertura actuales
El INJUPEMP
Los afiliados a este sistema son empleados y funcionarios del Poder
Ejecutivo que gozan de contratos indefinidos de trabajo. Cubre
beneficios de jubilación, pensión por invalidez, transferencia de
beneficios, muerte en servicio activo, retiro del sistema, traslado de
valores actuariales, préstamos hipotecarios y personales.
Tendrá derechos a jubilación conforme las disposiciones del Sistema,
los participante que hayan cumplido cincuenta y ocho (58) años de
edad y hayan trabajado para el Gobierno durante un lapso no menor
de diez (10) años.
La Jubilación será obligatoria a los sesenta y cinco (65) años de
edad, con excepción de los trabajadores y empleados que laboren en
los centros y hospitales neuro-psiquiátricos y servicios de radiología
para quienes la jubilación obligatoria será a los cincuenta y cinco
(55) años de edad.
Instituto de Previsión Militar
Es un régimen de seguridad especial será exclusivo y obligatorio
para los miembros de las instituciones siguientes:
a) Fuerzas Armadas de Honduras
b) Policía Nacional y Unidad de Asuntos Internos de la
Secretaria de Estado en el
Despacho de Seguridad;
c) Cuerpo de Bomberos; y,
d) Otras Instituciones del sector publico que por sus actividades
de alto riesgo calificadas por el IPM, previa aprobación de su
Junta Directiva, con el dictamen favorable de la Comisión
Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), se acojan al Sistema.
Las aportaciones patronales para el ramo de invalidez, vejez y
muerte de los afiliados se efectuarán y serán del diez y seis
(16%).
Instituto Nacional de Previsión del Magisterio
El Inprema afilia a los maestros y maestras de educación primaria
y media de instituciones públicas y privadas en Honduras.
Para financiar el perfil de beneficios establecido, tendrá los
siguientes ingresos corrientes:
a)El aporte patronal equivalente al 6,75% de los salarios totales de
los (as) trabajadores (as).
b)Un 8% del salario total, por parte de los (as) trabajadores (as).
c)Un 0,25%, de los salarios totales de los (as) trabajadores (as) como
aporte del Estado.
d)Los réditos provenientes de los diversos tipos de inversiones de
las reservas matemáticas y para el pago de pensiones.
Instituto de Previsión de la Universidad Nacional
Autónoma de Honduras (INPREUNAH)
Es la institución de previsión de los trabajadores universitarios
(profesores y personal administrativo). Este fondo es de los que poseen
mas problemas financieros. La causa de este es que la cuota que el
Gobierno Central debe aportar por las deducciones de la planilla a
todos los asalariados públicos que trabajan en la Universidad no ha
sido aportada desde Junio 2012 y por tanto la misma UNAH tampoco
ha seguido pagando las deducciones correspondientes que le competen.
Sistemas privados de
Capitalización
Son programas de pensiones actuariales, de beneficios o
contribuciones definidas, administrados por entidades
privadas descentralizadas y especializadas, que acumulan
reservas financieras.
En los regímenes privados de pensiones se utiliza como
sistema de
financiamiento el sistema de capitalización, que puede ser
colectivo o individual. Este sistema se caracteriza por
establecer una cuota fija y constante acorde con la
naturaleza del riesgo y tipo de jubilación que se garantice.
Características del Régimen
Privado
•Afiliación obligatoria.
• La cotización se destina a: Capitalizar
las cuentas individuales, al pago de las
primas de seguro y a la retribución del
servicio de administración de las
cuentas.
• Las cuentas se administran por
instituciones privadas supervisadas por
el Estado.
• Los fondos no pueden ser embargados
Ingreso de Cotización
Trabajadores regulares: Salario mensual hasta
un máximo de 20 salarios mínimos.
Trabajadores Independientes: Ingreso mensual
que declaren ante la institución
administradora.
MONTO Y DISTRIBUCION
Afiliado: 6.25%
Empleador: 6.75%
Total: 13.00%
10% se destina a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI),
de los cuales 6.75% son aportados por el empleador y 3.25% por el
trabajador.
3% podrá destinarse al pago del seguro y la institución
administradora: 1% seguro; 2% institución administradora, sin
embargo estas podrán cobrar menos.
CONTROL DEL SISTEMA
Superintendencia de pensiones:
Órgano supervisor y controlador del sistema, de naturaleza
publica, encargado de regular y establecer reglas adecuadas
para el manejo del sistema así como imponer las sanciones
determinadas en la ley.
Esta integrada por el Superintendente de Pensiones, el de la
Comisión de Bancos y Seguros, Presidente del Banco Central
de Honduras.

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  • 2. INTRODUCCION La seguridad social comprende un conjunto de programas orientados a la atención de ciertos estados de necesidades de los trabajadores. Este concepto de seguridad social varía dependiendo de la legislación de cada país, de las necesidades y de los riesgos que tiene una sociedad en un momento dado. Los programas de pensiones son un aspecto de la seguridad social. El concepto pensión es utilizado, por lo general, para identificar aquellos programas de ayuda monetaria que se hacen efectivos al perder o disminuir la capacidad de trabajo.
  • 3. Los fondos de pensiones están integrados por los aportes periódicos que obligatoriamente deben realizar las personas que trabajan en relación de dependencia y voluntariamente los profesionales independientes para sus pensiones de jubilación futuras. Estos aportes deben ser invertidos en valores. Cada afiliado es dueño de una porción de esa cartera global, dependiendo del aporte de dinero efectuado. ¿Que es un Fondo de Pensión?
  • 4. Inversiones de los fondos de pensiones • El objetivo principal de las inversiones es obtener la mayor rentabilidad al menor riesgo posible, bajo la supervición del ente regulador. • Los fondos de pensiones son patrimonios autónomos, separados jurídica y contablemente de la sociedad administradora de pensiones (AFP). • Las políticas generales de inversión de los recursos de los fondos de pensiones se encuentran determinadas por Ley,sin embargo, las AFP pueden establecer sus propias políticas de inversión,siempre y cuando las mismas no se opongan o excedan a las políticas de inversión establecidas.
  • 5. ¿Qué es una AFP? Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), son una sociedad anónima que tiene por objeto único y exclusivo la administración y representación de los fondos de pensiones. Su patrimonio debe ser separado del patrimonio del fondo que administra. Las AFP administran dos tipos de fondos en nuestro país: • El Fondo de Capitalización Individual(FCI), conformado por los aportes de los trabajadores para sus pensiones de jubilación futuras. • El Fondo de Capitalización Colectiva (FCC), conformado por las acciones de las empresas capitalizadas y por los beneficios (dividendos) provenientes de las mismas.
  • 6. Beneficios de las AFP Las AFP, a través del Seguro Social obligatorio, otorgan los siguientes beneficios : Pensión de Jubilación Pensión por invalidez de riesgo común Pensión por muerte por riesgo común Pensión por invalidez por riesgo profesional
  • 7. Niveles de cobertura actuales El INJUPEMP Los afiliados a este sistema son empleados y funcionarios del Poder Ejecutivo que gozan de contratos indefinidos de trabajo. Cubre beneficios de jubilación, pensión por invalidez, transferencia de beneficios, muerte en servicio activo, retiro del sistema, traslado de valores actuariales, préstamos hipotecarios y personales. Tendrá derechos a jubilación conforme las disposiciones del Sistema, los participante que hayan cumplido cincuenta y ocho (58) años de edad y hayan trabajado para el Gobierno durante un lapso no menor de diez (10) años. La Jubilación será obligatoria a los sesenta y cinco (65) años de edad, con excepción de los trabajadores y empleados que laboren en los centros y hospitales neuro-psiquiátricos y servicios de radiología para quienes la jubilación obligatoria será a los cincuenta y cinco (55) años de edad.
  • 8. Instituto de Previsión Militar Es un régimen de seguridad especial será exclusivo y obligatorio para los miembros de las instituciones siguientes: a) Fuerzas Armadas de Honduras b) Policía Nacional y Unidad de Asuntos Internos de la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad; c) Cuerpo de Bomberos; y, d) Otras Instituciones del sector publico que por sus actividades de alto riesgo calificadas por el IPM, previa aprobación de su Junta Directiva, con el dictamen favorable de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), se acojan al Sistema. Las aportaciones patronales para el ramo de invalidez, vejez y muerte de los afiliados se efectuarán y serán del diez y seis (16%).
  • 9. Instituto Nacional de Previsión del Magisterio El Inprema afilia a los maestros y maestras de educación primaria y media de instituciones públicas y privadas en Honduras. Para financiar el perfil de beneficios establecido, tendrá los siguientes ingresos corrientes: a)El aporte patronal equivalente al 6,75% de los salarios totales de los (as) trabajadores (as). b)Un 8% del salario total, por parte de los (as) trabajadores (as). c)Un 0,25%, de los salarios totales de los (as) trabajadores (as) como aporte del Estado. d)Los réditos provenientes de los diversos tipos de inversiones de las reservas matemáticas y para el pago de pensiones.
  • 10. Instituto de Previsión de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH) Es la institución de previsión de los trabajadores universitarios (profesores y personal administrativo). Este fondo es de los que poseen mas problemas financieros. La causa de este es que la cuota que el Gobierno Central debe aportar por las deducciones de la planilla a todos los asalariados públicos que trabajan en la Universidad no ha sido aportada desde Junio 2012 y por tanto la misma UNAH tampoco ha seguido pagando las deducciones correspondientes que le competen.
  • 11. Sistemas privados de Capitalización Son programas de pensiones actuariales, de beneficios o contribuciones definidas, administrados por entidades privadas descentralizadas y especializadas, que acumulan reservas financieras. En los regímenes privados de pensiones se utiliza como sistema de financiamiento el sistema de capitalización, que puede ser colectivo o individual. Este sistema se caracteriza por establecer una cuota fija y constante acorde con la naturaleza del riesgo y tipo de jubilación que se garantice.
  • 12. Características del Régimen Privado •Afiliación obligatoria. • La cotización se destina a: Capitalizar las cuentas individuales, al pago de las primas de seguro y a la retribución del servicio de administración de las cuentas. • Las cuentas se administran por instituciones privadas supervisadas por el Estado. • Los fondos no pueden ser embargados
  • 13. Ingreso de Cotización Trabajadores regulares: Salario mensual hasta un máximo de 20 salarios mínimos. Trabajadores Independientes: Ingreso mensual que declaren ante la institución administradora.
  • 14. MONTO Y DISTRIBUCION Afiliado: 6.25% Empleador: 6.75% Total: 13.00% 10% se destina a la Cuenta de Capitalización Individual (CCI), de los cuales 6.75% son aportados por el empleador y 3.25% por el trabajador. 3% podrá destinarse al pago del seguro y la institución administradora: 1% seguro; 2% institución administradora, sin embargo estas podrán cobrar menos.
  • 15. CONTROL DEL SISTEMA Superintendencia de pensiones: Órgano supervisor y controlador del sistema, de naturaleza publica, encargado de regular y establecer reglas adecuadas para el manejo del sistema así como imponer las sanciones determinadas en la ley. Esta integrada por el Superintendente de Pensiones, el de la Comisión de Bancos y Seguros, Presidente del Banco Central de Honduras.