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LEY 1620 de 2013
PROCESO DE REGLAMENTACIÓN
ENCUENTROS REGIONALES
Cali, agosto 5 y 6 de 2013
Una educación de calidad es aquella que forma mejores
seres humanos, ciudadanos con valores éticos,
respetuosos de lo público, que ejercen los derechos
humanos y conviven en paz.
Una educación que genera oportunidades legítimas de
progreso y prosperidad para ellos y para el país.
Una educación competitiva, que contribuye a cerrar
brechas de inequidad, centrada en la institución educativa
y en la que participa toda la sociedad.
POLÍTICA DE CALIDAD DE
LA EDUCACIÓN 2010-2014
% de estudiantes de EE oficiales
que se desvincularon en primero o
segundo grado según razón de
desvinculación
Fuente: ENDE - Encuesta Nacional de Deserción Escolar - Ministerio de Educación Nacional (2009-2010)
Factores de
deserción
asociados con el
clima escolar
DIAGNÓSTICO A PARTIR DE LA
ENCUESTA NACIONAL DE
DESERCIÓN
Proteger su bienestar y el de otros; que entiendan la dinámica de la
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Formar para la ciudadanía supone que los niños y
jóvenes cuenten con CAPACIDADES para:
Expresar, discutir y disentir pensamientos, ideas, sentimientos, con
argumentos claros, reconociendo y respetando otras formas de pensar, sentir
y actuar.
Ejercer plenamente sus derechos y cumplir con sus deberes, tomar
decisiones autónomas, informadas y responsables frente a esos derechos en
cualquier ámbito de su vida.
Construir ambientes propicios para su desarrollo integral.
La formación para la ciudadanía debe
ocurrir en todos los espacios de la
escuela de manera transversal,
permanente, intencional y sistemática
“Por la cual se crea El Sistema Nacional de
Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de
los Derechos Humanos, la Educación para la
Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia
Escolar”
LEY 1620 DE 2013
Objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar
(Artículo 4)
Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la
construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e
intercultural.
Articular acciones con el Estado para garantizar la protección
integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos.
Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección
temprana y denuncia.
Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz.
Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la
reducción de enfermedades de transmisión sexual.
LEY 1620 DE 2013
COMITÉ NACIONAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
Integrantes
Artículo 7
Principales funciones
Artículo 8
 El Ministerio de Educación Nacional y
los Ministerios de Salud y Protección
Social, Cultura, Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones
 ICBF.
 Defensoría del pueblo.
 Policía de Infancia y Adolescencia.
 La Asociación Colombiana de
Facultades de Educación ASCOFADE,
la Asociación Nacional de Escuelas
Normales Superiores ASONEN y la
Asociación Colombiana de
Universidades ASCUN.
 El rector del establecimiento educativo
oficial y el rector de la institución
educativa privada con los más altos
puntajes en las pruebas SABER 11 del
año anterior.
 Armonizar y articular las acciones del
Sistema con las políticas, estrategias y/o
programas nacionales y sectoriales.
 Garantizar la adopción de la Ruta de
Atención Integral por las instancias y
entidades que conforman el Sistema.
 Promover y liderar estrategias y acciones
de comunicación, que fomenten la
reflexión sobre la convivencia escolar, la
prevención, mitigación y atención del acoso
escolar, la violencia escolar y la disminución
del embarazo en la adolescencia.
COMITÉS MUNICIPALES,
DISTRITALES Y
DEPARTAMENTALES DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
Integrantes
Artículo 9
Principales funciones
Artículo 10
 Las Secretarías de Educación, de
Salud, de Cultura y de Gobierno.
 La Regional o el Centro Zonal del ICBF
 La Comisaría de Familia, la Personería
Distrital, Municipal, el Procurador
Regional y el Defensor del Pueblo
regional
 La Policía de Infancia y Adolescencia
 El rector del establecimiento educativo
oficial y el rector de la institución
educativa privada que en el
Departamento, Municipio o Distrito
hayan obtenido los más altos puntajes
en las pruebas SABER 11 del año
anterior.
 Garantizar que la Ruta de Atención
Integral sea apropiada e implementada
adecuadamente en la jurisdicción
respectiva.
 Fomentar el desarrollo de competencias
ciudadanas y de proyectos pedagógicos
orientados a promover la construcción de
ciudadanía, la educación para el ejercicio
de los derechos humanos sexuales y
reproductivos.
COMITÉ ESCOLAR DE
CONVIVENCIA
Integrantes
Artículo 12
Principales funciones
Artículo 13
 El rector del establecimiento educativo,
quien preside el comité.
 El personero estudiantil.
 El docente con función de orientación.
 El coordinador cuando exista este
cargo.
 El presidente del consejo de padres de
familia.
 El presidente del consejo de
estudiantes.
 Un (1) docente que lidere procesos o
estrategias de convivencia escolar.
 Liderar en los establecimientos educativos
acciones que fomenten la convivencia, la
construcción de ciudadanía y el ejercicio de
los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
 Convocar a un espacio de conciliación
para la resolución de situaciones conflictivas
que afecten la convivencia escolar.
 Activar la Ruta de Atención Integral para
la Convivencia Escolar frente a situaciones
específicas de conflicto, que no pueden ser
resueltas por este comité.
Ruta de atención integral
(Artículo 29)
Incluye protocolos a
seguir al interior del
establecimiento
educativo y a nivel
intersectorial.
Sistema de Información
Unificado de
Convivencia Escolar
(Artículo 28)
Para la identificación,
registro y seguimiento de
los casos de acoso,
violencia escolar y de
vulneración de derechos
sexuales y reproductivos.
Alianzas para la
Orientación Escolar
(Artículo 32)
Con las instituciones de
educación superior, a través
de la creación de espacios de
práctica de estudiantes de
último semestre para
participar en el proceso de
orientación escolar para la
convivencia y apoyar al
Comité Escolar de
Convivencia como enlace
con las demás entidades que
hacen parte del Sistema.
HERRAMIENTAS CREADAS
POR LA LEY
¿QUÉ ESTAMOS
HACIENDO?
2014 2013
13.600 establecimientos educativos implementan
proyectos y programas transversales que
desarrollan competencias ciudadanas
94 Secretarías de Educación fortalecidas para la
implementación de proyectos y programas
100% estudiantes beneficiados
8.000
Establecimientos
71
Secretarías
Cumplimiento de Metas del Plan Sectorial
¿QUÉ ESTAMOS
HACIENDO?
Crédito con el BID por US$12 millones para el desarrollo de competencias
ciudadanas y Derechos Humanos
Fondos Concursables para Secretarías de Educación y Escuelas Normales
Superiores
Más proyectos y mayores recursos para la formación en
ciudadanía en las secretarías de educación
DATOS CONVOCATORIA
CRÉDITO
PROYECTOS
PRESENTADOS
PROYECTOS
APROBADOS
Secretarías de Educación 60 55
Escuelas Normales
Superiores 77 72
Evaluación y Seguimiento al Desarrollo de Competencias
Ciudadanas
 A partir del año 2012, se incluye en las pruebas SABER
de los grados 5º y 9º y en las pruebas SABER PRO la
evaluación anual en competencias ciudadanas.
 Colombia lidera el Sistema Regional de Evaluación y
Desarrollo de Competencias Ciudadanas –SREDECC,
en el que participan México y Costa Rica.
¿QUÉ ESTAMOS
HACIENDO?
Más cargos de orientadores en las instituciones
educativas
1.818 en 2010
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2.000 en 2013
2.000 en 2014
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A partir del 2013 un docente orientador por cada 500
estudiantes.
¿QUÉ ESTAMOS
HACIENDO?
El Ministerio de Educación Nacional lidera la
reglamentación de la Ley de Convivencia Escolar
a través de un proceso participativo que
involucra actores de diferentes niveles
territoriales y de la comunidad educativa.
Proceso Reglamentación Ley 1620 de 2013
Objetivo del Decreto Reglamentario
Reglamentar los procesos y protocolos de la Ruta de
Atención Integral; los lineamientos para el ajuste de los
Manuales de Convivencia; el funcionamiento y demás
aspectos operativos pertinentes de las Instancias del
Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación
para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad
y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en los
distintos niveles; los incentivos y sanciones que recibirán
los establecimientos educativos y sus miembros; y las etapas
de diseño y operación del Sistema Unificado de
Convivencia Escolar.
REGLAMENTACIÓN
LEY 1620 DE 2013
PRINCIPALES ASPECTOS A REGLAMENTAR
1. Definición del funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia
Escolar a través de la operación de sus instancias en los niveles
Nacional, Territorial y Escolar.
2. Definición de los componentes y protocolos de la Ruta de Atención
Integral para la Convivencia Escolar.
3. Definición de pautas para la revisión de los Manuales de Convivencia
de los establecimientos educativos de manera que incorporen los
protocolos definidos por a Ruta de Atención Integral.
4. Definición de los lineamientos del Sistema de Información Unificado
de Convivencia Escolar y de las funciones de la Mesa Técnica que
deberá conformarse para su desarrollo.
5. Definición de los lineamientos de sanciones e incentivos.
Fase I
Etapa de redacción
abril 2 a julio 15 de 2013
Fase II
Revisión y consulta
Encuentros Regionales
julio 15 a agosto 5 de 2013
Fase III
Etapa de expedición
Decreto Reglamentario
9 septiembre “Semana
por la Paz”
Fase IV
Acompañamiento para la
implementación de la ley y
su decreto reglamentario a
las SE y a los EE
Septiembre de 2013 –
mayo de 2014
REGLAMENTACIÓN
LEY 1620 DE 2013
Siete encuentros regionales de consulta con actores
del nivel territorial y de la comunidad educativa.
Canal virtual “activa tu ciudadanía”
www.colombiaaprende.edu.co/ciudadaniaactiva
Articulación con las entidades que hacen parte del
Sistema en el nivel nacional.
CANALES PARA
LA PARTICIPACIÓN
ENCUENTROS
REGIONALES
¿Qué esperamos con los encuentros?
Recoger aportes de la comunidad educativa y de las
entidades territoriales para la construcción participativa
de las herramientas que ofrece la Ley de Convivencia
Escolar, de manera que la aplicación de éstas
herramientas responda a las dinámicas de los contextos
particulares de los establecimientos educativos del país.
ENCUENTROS
REGIONALES
¿Qué esperamos de los participantes?
Estudiantes. Identificar la percepción que tienen sobre las situaciones que afectan la
convivencia escolar y saber cómo resuelven sus conflictos.
Rectores, docentes y docentes orientadores. Conocer de qué manera resuelven las
situaciones que afectan la convivencia escolar en sus Establecimientos Educativos y
cuáles son los aspectos que deben fortalecerse para la implementación de la Ley 1620
de 2013.
Padres de familia. Recoger sus aportes sobre el papel en la formación que tiene la
familia y cómo pueden ser corresponsables en la solución de las situaciones que
afectan la convivencia escolar.
Entidades territoriales. Reconocer las estrategias que pueden fortalecer la
articulación de las entidades que hacen parte del Sistema en el nivel territorial para el
desarrollo de la Ruta de Atención Integral y la implementación de la Ley 1620 de 2013.
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  • 1. LEY 1620 de 2013 PROCESO DE REGLAMENTACIÓN ENCUENTROS REGIONALES Cali, agosto 5 y 6 de 2013
  • 2. Una educación de calidad es aquella que forma mejores seres humanos, ciudadanos con valores éticos, respetuosos de lo público, que ejercen los derechos humanos y conviven en paz. Una educación que genera oportunidades legítimas de progreso y prosperidad para ellos y para el país. Una educación competitiva, que contribuye a cerrar brechas de inequidad, centrada en la institución educativa y en la que participa toda la sociedad. POLÍTICA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN 2010-2014
  • 3. % de estudiantes de EE oficiales que se desvincularon en primero o segundo grado según razón de desvinculación Fuente: ENDE - Encuesta Nacional de Deserción Escolar - Ministerio de Educación Nacional (2009-2010) Factores de deserción asociados con el clima escolar DIAGNÓSTICO A PARTIR DE LA ENCUESTA NACIONAL DE DESERCIÓN
  • 4. Proteger su bienestar y el de otros; que entiendan la dinámica de la naturaleza y valoren y defiendan los recursos naturales. Formar para la ciudadanía supone que los niños y jóvenes cuenten con CAPACIDADES para: Expresar, discutir y disentir pensamientos, ideas, sentimientos, con argumentos claros, reconociendo y respetando otras formas de pensar, sentir y actuar. Ejercer plenamente sus derechos y cumplir con sus deberes, tomar decisiones autónomas, informadas y responsables frente a esos derechos en cualquier ámbito de su vida. Construir ambientes propicios para su desarrollo integral.
  • 5. La formación para la ciudadanía debe ocurrir en todos los espacios de la escuela de manera transversal, permanente, intencional y sistemática
  • 6. “Por la cual se crea El Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar” LEY 1620 DE 2013
  • 7. Objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar (Artículo 4) Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural. Articular acciones con el Estado para garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz. Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual. LEY 1620 DE 2013
  • 8. COMITÉ NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Integrantes Artículo 7 Principales funciones Artículo 8  El Ministerio de Educación Nacional y los Ministerios de Salud y Protección Social, Cultura, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones  ICBF.  Defensoría del pueblo.  Policía de Infancia y Adolescencia.  La Asociación Colombiana de Facultades de Educación ASCOFADE, la Asociación Nacional de Escuelas Normales Superiores ASONEN y la Asociación Colombiana de Universidades ASCUN.  El rector del establecimiento educativo oficial y el rector de la institución educativa privada con los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.  Armonizar y articular las acciones del Sistema con las políticas, estrategias y/o programas nacionales y sectoriales.  Garantizar la adopción de la Ruta de Atención Integral por las instancias y entidades que conforman el Sistema.  Promover y liderar estrategias y acciones de comunicación, que fomenten la reflexión sobre la convivencia escolar, la prevención, mitigación y atención del acoso escolar, la violencia escolar y la disminución del embarazo en la adolescencia.
  • 9. COMITÉS MUNICIPALES, DISTRITALES Y DEPARTAMENTALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR Integrantes Artículo 9 Principales funciones Artículo 10  Las Secretarías de Educación, de Salud, de Cultura y de Gobierno.  La Regional o el Centro Zonal del ICBF  La Comisaría de Familia, la Personería Distrital, Municipal, el Procurador Regional y el Defensor del Pueblo regional  La Policía de Infancia y Adolescencia  El rector del establecimiento educativo oficial y el rector de la institución educativa privada que en el Departamento, Municipio o Distrito hayan obtenido los más altos puntajes en las pruebas SABER 11 del año anterior.  Garantizar que la Ruta de Atención Integral sea apropiada e implementada adecuadamente en la jurisdicción respectiva.  Fomentar el desarrollo de competencias ciudadanas y de proyectos pedagógicos orientados a promover la construcción de ciudadanía, la educación para el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
  • 10. COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA Integrantes Artículo 12 Principales funciones Artículo 13  El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.  El personero estudiantil.  El docente con función de orientación.  El coordinador cuando exista este cargo.  El presidente del consejo de padres de familia.  El presidente del consejo de estudiantes.  Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.  Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.  Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar.  Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto, que no pueden ser resueltas por este comité.
  • 11. Ruta de atención integral (Artículo 29) Incluye protocolos a seguir al interior del establecimiento educativo y a nivel intersectorial. Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar (Artículo 28) Para la identificación, registro y seguimiento de los casos de acoso, violencia escolar y de vulneración de derechos sexuales y reproductivos. Alianzas para la Orientación Escolar (Artículo 32) Con las instituciones de educación superior, a través de la creación de espacios de práctica de estudiantes de último semestre para participar en el proceso de orientación escolar para la convivencia y apoyar al Comité Escolar de Convivencia como enlace con las demás entidades que hacen parte del Sistema. HERRAMIENTAS CREADAS POR LA LEY
  • 12. ¿QUÉ ESTAMOS HACIENDO? 2014 2013 13.600 establecimientos educativos implementan proyectos y programas transversales que desarrollan competencias ciudadanas 94 Secretarías de Educación fortalecidas para la implementación de proyectos y programas 100% estudiantes beneficiados 8.000 Establecimientos 71 Secretarías Cumplimiento de Metas del Plan Sectorial
  • 13. ¿QUÉ ESTAMOS HACIENDO? Crédito con el BID por US$12 millones para el desarrollo de competencias ciudadanas y Derechos Humanos Fondos Concursables para Secretarías de Educación y Escuelas Normales Superiores Más proyectos y mayores recursos para la formación en ciudadanía en las secretarías de educación DATOS CONVOCATORIA CRÉDITO PROYECTOS PRESENTADOS PROYECTOS APROBADOS Secretarías de Educación 60 55 Escuelas Normales Superiores 77 72
  • 14. Evaluación y Seguimiento al Desarrollo de Competencias Ciudadanas  A partir del año 2012, se incluye en las pruebas SABER de los grados 5º y 9º y en las pruebas SABER PRO la evaluación anual en competencias ciudadanas.  Colombia lidera el Sistema Regional de Evaluación y Desarrollo de Competencias Ciudadanas –SREDECC, en el que participan México y Costa Rica. ¿QUÉ ESTAMOS HACIENDO?
  • 15. Más cargos de orientadores en las instituciones educativas 1.818 en 2010 1.453 en 2012 2.000 en 2013 2.000 en 2014 5.453 Nuevos Cargos Un 300% más 7.271 A partir del 2013 un docente orientador por cada 500 estudiantes. ¿QUÉ ESTAMOS HACIENDO?
  • 16. El Ministerio de Educación Nacional lidera la reglamentación de la Ley de Convivencia Escolar a través de un proceso participativo que involucra actores de diferentes niveles territoriales y de la comunidad educativa. Proceso Reglamentación Ley 1620 de 2013
  • 17. Objetivo del Decreto Reglamentario Reglamentar los procesos y protocolos de la Ruta de Atención Integral; los lineamientos para el ajuste de los Manuales de Convivencia; el funcionamiento y demás aspectos operativos pertinentes de las Instancias del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los Derechos Humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en los distintos niveles; los incentivos y sanciones que recibirán los establecimientos educativos y sus miembros; y las etapas de diseño y operación del Sistema Unificado de Convivencia Escolar.
  • 18. REGLAMENTACIÓN LEY 1620 DE 2013 PRINCIPALES ASPECTOS A REGLAMENTAR 1. Definición del funcionamiento del Sistema Nacional de Convivencia Escolar a través de la operación de sus instancias en los niveles Nacional, Territorial y Escolar. 2. Definición de los componentes y protocolos de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. 3. Definición de pautas para la revisión de los Manuales de Convivencia de los establecimientos educativos de manera que incorporen los protocolos definidos por a Ruta de Atención Integral. 4. Definición de los lineamientos del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar y de las funciones de la Mesa Técnica que deberá conformarse para su desarrollo. 5. Definición de los lineamientos de sanciones e incentivos.
  • 19. Fase I Etapa de redacción abril 2 a julio 15 de 2013 Fase II Revisión y consulta Encuentros Regionales julio 15 a agosto 5 de 2013 Fase III Etapa de expedición Decreto Reglamentario 9 septiembre “Semana por la Paz” Fase IV Acompañamiento para la implementación de la ley y su decreto reglamentario a las SE y a los EE Septiembre de 2013 – mayo de 2014 REGLAMENTACIÓN LEY 1620 DE 2013
  • 20. Siete encuentros regionales de consulta con actores del nivel territorial y de la comunidad educativa. Canal virtual “activa tu ciudadanía” www.colombiaaprende.edu.co/ciudadaniaactiva Articulación con las entidades que hacen parte del Sistema en el nivel nacional. CANALES PARA LA PARTICIPACIÓN
  • 21. ENCUENTROS REGIONALES ¿Qué esperamos con los encuentros? Recoger aportes de la comunidad educativa y de las entidades territoriales para la construcción participativa de las herramientas que ofrece la Ley de Convivencia Escolar, de manera que la aplicación de éstas herramientas responda a las dinámicas de los contextos particulares de los establecimientos educativos del país.
  • 22. ENCUENTROS REGIONALES ¿Qué esperamos de los participantes? Estudiantes. Identificar la percepción que tienen sobre las situaciones que afectan la convivencia escolar y saber cómo resuelven sus conflictos. Rectores, docentes y docentes orientadores. Conocer de qué manera resuelven las situaciones que afectan la convivencia escolar en sus Establecimientos Educativos y cuáles son los aspectos que deben fortalecerse para la implementación de la Ley 1620 de 2013. Padres de familia. Recoger sus aportes sobre el papel en la formación que tiene la familia y cómo pueden ser corresponsables en la solución de las situaciones que afectan la convivencia escolar. Entidades territoriales. Reconocer las estrategias que pueden fortalecer la articulación de las entidades que hacen parte del Sistema en el nivel territorial para el desarrollo de la Ruta de Atención Integral y la implementación de la Ley 1620 de 2013.