La Propiedad Intelectual ante la Protección
del Diseño
Luis Manuel Tolmos
Abogado.
Fundador de Design and Law. Creative Safety
¿Cómo empezar?
Tengo	una	idea	muy	buena!!!..
¿Y si me copian la idea?
¿Contamos todo?
Las ideas no se
pueden proteger
artículo 2º del Tratado OMPI sobre Derecho de Autor, de 20 de diciembre de 1996
La protección del derecho de autor abarcará las
expresiones pero no las ideas, procedimientos,
métodos de operación o conceptos
matemáticos en sí”
Artículo 9º.2
La protección del derecho de autor abarcará la
expresión de ideas, procedimientos, métodos de
operación y conceptos matemáticos pero no esas
ideas, procedimientos, métodos y conceptos en sí”
Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados
con el Comercio;ADPIC o, en inglés, TRIPS
¿Y	si	las	ideas	no	se	protegen..	Cómo puedo	
compartir	mi	información	con	potenciales	
socios,	proveedores	o	inversores	sin	que	me	
copien?
¿Qué	opciones	tenemos	de	poder	
perseguir	un	plagio	si	estamos	en	España	
y	éste	se	ha	producido	por	ejemplo,	en	
México?
¿Y si me plagian un
diseño?
Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial
1. El diseño tiene que ser novedoso, lo que quiere decir que el mismo no
puede ser idéntico a otro diseño dado a conocer con
anterioridad. Son iguales aquellos cuyas características difieran sólo en detalles
irrelevantes.
2. El diseño tiene que tener carácter singular: produzca una impresión
general a un usuario informado diferente de la impresión general producida
en dicho usuario por cualquier otro diseño.
3. Registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial
Menor sea el grado de libertad
más tendrás que innovar.
Sentencia de 22 de febrero de 2013 de la Audiencia
Provincial de Alicante. TRIBUNAL DEL DISEÑO
Si no proteges, dejas libertad a imitadores..
Si proteges también tienes riesgo a imitaciones
Protección a cualquier dibujo o modelo esté o no
registrado. El derecho al dibujo o modelo comunitario
pertenece a su autor o a su causahabiente.
El Reglamento (CE) Nº 6/2002 del Consejo de 12 de diciembre de 2001 sobre los dibujos y
modelos comunitarios
¿Qué es el diseño no registrado?
La entrada en vigor de la legislación europea sobre diseño
comunitario determinó la aparición del diseño no registrado.
Gracias a esta figura es posible obtener la protección por tres
años de un diseño una vez haya sido hecho accesible al público,
sin necesidad de realizar un registro. Sin embargo se trata de una
protección más débil, ya que solo protege al titular frente a
copias idénticas de su diseño.
Protección de 5 años
Un máximo de 25 años.
Evitar que cualquier competidor realice en estos años un
producto idéntico a la tuyo.
La	propiedad	industrial	tiene	un	alto	
valor	para	el	diseñador,	en	consecuencia	
las	Marcas,	por	ejemplo,	se	han	
convertido	en	uno	de	los	mayores	
activos	a	través	de	la	explotación	de	
licencias.
@TOLMOS @law_design

Proteccion del diseño Vs no protección