1) El documento propone dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe sobre la Resolución 41/2014 del Ministerio del Interior y Transporte que establece nuevos acuerdos de operación ferroviaria por privados. 2) También solicita información sobre los informes de calidad de gestión de las concesionarias seleccionadas y los motivos por los cuales se realizará una contratación directa en lugar de licitación. 3) Finalmente, pide detalles sobre los parámetros de la retribución a los operadores, los controles sobre
Pedido de informes sobre reprivatización de ramalesPablo Javkin
El documento propone dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe sobre la Resolución 41/2014 del Ministerio del Interior y Transporte que establece nuevos acuerdos de operación ferroviaria por privados. Se cuestiona la falta de transparencia en la selección de las empresas operadoras y que el Estado se hará cargo de los costos del sistema ferroviario a través de la SOFSE.
Pedido informe Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado Pablo Javkin
El documento presenta un proyecto de resolución que solicita al Poder Ejecutivo Nacional que informe sobre los motivos y estudios que justifican la decisión de abandonar la prestación directa de los servicios ferroviarios de pasajeros por parte de la SOFSE y establecer nuevos acuerdos de operación por privados. Asimismo, pide información sobre la selección de las empresas operadoras Metrovías y Ferrovías sin licitación pública y sobre los parámetros de la retribución mensual que recibirán.
Este documento resume las reformas parciales realizadas a la Ordenanza sobre Circulación y Servicios de Transporte Terrestre del Municipio Libertador del Estado Mérida. Se modifican varios artículos para adecuar la ordenanza al Reglamento Parcial de la Ley de Transporte Terrestre sobre el uso y circulación de motocicletas y transporte público de personas en moto taxis. También se adicionan nuevas secciones y artículos para regular aspectos como los taxis, moto taxis, paradas terminales y requisitos de renovación de certific
El documento presenta una ordenanza municipal sobre tránsito, circulación y transporte terrestre público y privado en el Municipio Libertador del estado Carabobo, Venezuela. La ordenanza establece las bases generales para regular la circulación de vehículos, animales y personas en vías públicas urbanas y zonas de influencia, así como el servicio de transporte público de pasajeros. También define las autoridades competentes en materia de tránsito y transporte a nivel municipal y las funciones del Instituto Autónomo Municipal de Transporte y Vialidad.
Este decreto establece nuevos valores para el costo por kilómetro y la tarifa del servicio público de transporte de pasajeros en micros en el Área Metropolitana de Gran Mendoza. Se fija el costo por kilómetro en $70,1094 para cada grupo de concesionarios y la tarifa para los usuarios en $18, manteniéndose los abonos existentes. También se establecen tarifas diferenciales para algunas rutas. El decreto aprueba los criterios y procedimientos utilizados para subsidios, liquidación de kilómetros
Este decreto establece las condiciones y requisitos para la creación, habilitación, homologación y operación de los terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera en Colombia. Define los terminales de transporte y establece su naturaleza jurídica. Asigna las autoridades competentes en materia de terminales de transporte y establece los requisitos mínimos, tasas de uso y obligaciones de las terminales de transporte.
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco. El reglamento consta de siete títulos y 176 artículos que regulan aspectos como el tránsito vehicular, transporte público, protección ambiental y más. Su objetivo es proveer la exacta observancia de la ley de vialidad y transporte de Jalisco de forma que se brinden servicios eficientes a la población.
Pedido de informes sobre reprivatización de ramalesPablo Javkin
El documento propone dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que informe sobre la Resolución 41/2014 del Ministerio del Interior y Transporte que establece nuevos acuerdos de operación ferroviaria por privados. Se cuestiona la falta de transparencia en la selección de las empresas operadoras y que el Estado se hará cargo de los costos del sistema ferroviario a través de la SOFSE.
Pedido informe Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado Pablo Javkin
El documento presenta un proyecto de resolución que solicita al Poder Ejecutivo Nacional que informe sobre los motivos y estudios que justifican la decisión de abandonar la prestación directa de los servicios ferroviarios de pasajeros por parte de la SOFSE y establecer nuevos acuerdos de operación por privados. Asimismo, pide información sobre la selección de las empresas operadoras Metrovías y Ferrovías sin licitación pública y sobre los parámetros de la retribución mensual que recibirán.
Este documento resume las reformas parciales realizadas a la Ordenanza sobre Circulación y Servicios de Transporte Terrestre del Municipio Libertador del Estado Mérida. Se modifican varios artículos para adecuar la ordenanza al Reglamento Parcial de la Ley de Transporte Terrestre sobre el uso y circulación de motocicletas y transporte público de personas en moto taxis. También se adicionan nuevas secciones y artículos para regular aspectos como los taxis, moto taxis, paradas terminales y requisitos de renovación de certific
El documento presenta una ordenanza municipal sobre tránsito, circulación y transporte terrestre público y privado en el Municipio Libertador del estado Carabobo, Venezuela. La ordenanza establece las bases generales para regular la circulación de vehículos, animales y personas en vías públicas urbanas y zonas de influencia, así como el servicio de transporte público de pasajeros. También define las autoridades competentes en materia de tránsito y transporte a nivel municipal y las funciones del Instituto Autónomo Municipal de Transporte y Vialidad.
Este decreto establece nuevos valores para el costo por kilómetro y la tarifa del servicio público de transporte de pasajeros en micros en el Área Metropolitana de Gran Mendoza. Se fija el costo por kilómetro en $70,1094 para cada grupo de concesionarios y la tarifa para los usuarios en $18, manteniéndose los abonos existentes. También se establecen tarifas diferenciales para algunas rutas. El decreto aprueba los criterios y procedimientos utilizados para subsidios, liquidación de kilómetros
Este decreto establece las condiciones y requisitos para la creación, habilitación, homologación y operación de los terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera en Colombia. Define los terminales de transporte y establece su naturaleza jurídica. Asigna las autoridades competentes en materia de terminales de transporte y establece los requisitos mínimos, tasas de uso y obligaciones de las terminales de transporte.
Este documento presenta el Reglamento de la Ley de los Servicios de Vialidad, Tránsito y Transporte del Estado de Jalisco. El reglamento consta de siete títulos y 176 artículos que regulan aspectos como el tránsito vehicular, transporte público, protección ambiental y más. Su objetivo es proveer la exacta observancia de la ley de vialidad y transporte de Jalisco de forma que se brinden servicios eficientes a la población.
Reglamentacion ley de movilidad mendozaMendoza Post
Este documento reglamenta la Ley Provincial de Movilidad N° 9086 de Mendoza. Establece consideraciones generales sobre el sistema de movilidad provincial y la prestación de los servicios. Define el servicio público de transporte de pasajeros regular y establece obligaciones para los concesionarios, como la contratación de seguros, extensión de abonos con bonificaciones, implementación de sistemas de recaudación y habilitación de libros de quejas.
ordenanza-municipal-lima-1769-2014-reforma-del-transporteCesar Rupay Meza
Este documento establece las disposiciones generales para regular el Sistema de Corredores Complementarios del Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana. Designa a PROTRANSPORTE como la entidad a cargo de la implementación, administración y control del sistema. Establece las competencias normativas, de gestión y de fiscalización de PROTRANSPORTE, el Concejo Metropolitano y la Alcaldía Metropolitana sobre el sistema. Además, provee definiciones clave para entender el funcionamiento del sistema.
Este documento solicita al Gobierno del Distrito Federal y a la Secretaría de Movilidad que informen a la Asamblea Legislativa sobre el proceso de creación y planeación del Órgano Regulador de Transporte, los Consejos y Fondos Públicos ordenados por la nueva Ley de Movilidad. La diputada argumenta que es urgente establecer estas entidades para implementar programas como la sustitución de microbuses por corredores de transporte, en beneficio de los usuarios.
Este documento presenta la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre de Perú. Establece las definiciones clave, los objetivos y principios rectores del Estado en materia de transporte terrestre, como promover la libre competencia, incentivar la inversión privada y garantizar la seguridad de los usuarios. También define las competencias de las diferentes autoridades en temas normativos, de gestión y fiscalización del transporte terrestre en el país.
El documento describe el transporte público en La Paz desde la perspectiva del transporte libre. Explica que el transporte libre surgió en respuesta al monopolio del transporte sindicalizado y cubre diferentes zonas de la ciudad a través de varias modalidades. También discute la necesidad de una actualización de las tarifas debido al aumento de los costos y pide la participación de los operadores en la nueva ley de transporte.
El documento habla sobre el transporte terrestre en tres oraciones:
1) Explica que el transporte terrestre incluye el transporte de pasajeros y carga por tierra, así como la infraestructura vial y servicios conexos.
2) Señala que se necesita regular ampliamente el sector del transporte terrestre debido a cambios recientes y para mejorar la eficiencia.
3) Finalmente, propone crear un nuevo instituto para supervisar, controlar y coordinar las actividades del sector del transporte terrestre.
La ordenanza aprueba el pliego de condiciones para licitar la concesión del servicio de transporte público de pasajeros en La Rioja. Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a licitación pública dentro de los 30 días siguientes a la promulgación de la ordenanza. El pliego establece los objetivos, alcances, condiciones y procedimientos para la licitación y adjudicación de la concesión por un plazo de 10 años.
El documento presenta información sobre la transición de competencias en materia de transporte público de pasajeros del Estado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) a partir de la Constitución ecuatoriana de 2008. En particular, resume la situación del transporte en el cantón de Santo Domingo después de que el GAD asumiera estas competencias en mayo de 2013, incluyendo el plan de movilidad desarrollado.
La ordenanza municipal levanta la declaratoria de emergencia del servicio de transporte interprovincial entre Ayaviri y Juliaca y establece reglas para regular el servicio, incluyendo la implementación de un reglamento para el terminal terrestre, el embarque y desembarque solo en el terminal, y la creación de una comisión mixta para solicitar la declaración de ruta libre.
Este documento establece la cromática y especificaciones de identificación que deberán incorporar los vehículos que presten el servicio de transporte público individual de pasajeros "Taxi Híbrido" en la Ciudad de México. Se especifica que la base del color será blanco con detalles en rosa en el cofre y cajuela. Los vehículos deberán llevar rótulos con las leyendas "Taxi", "CDMX Ciudad de México", el número económico y logotipos, siguiendo las indicaciones de tamaño, col
El documento describe la creación y estructura de la Secretaría de Tránsito y Transporte del municipio de La Estrella. Se creó en 2006 para mejorar los servicios de tránsito e integrar las funciones que antes estaban dispersas. Consiste en tres divisiones (Informática, Control y Vigilancia, y Tránsito y Transporte) y ha crecido su presupuesto e ingresos desde su fundación.
Ley nº 27181. ley general de transporte transito terrestecrogz
Este documento presenta la Ley General de Transporte Terrestre de Perú. Establece las definiciones clave, los principios rectores y las competencias de las autoridades en materia de transporte y tránsito terrestre a nivel nacional, regional y local. Asigna al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la función de órgano rector a nivel nacional, con competencias normativas, de gestión y fiscalización. También define las competencias de los gobiernos regionales y municipales provinciales en el desarrollo y aplicación de la normativa de transporte
El documento propone municipalizar el servicio de transporte público de pasajeros en Comodoro Rivadavia. Actualmente el servicio es deficiente y está concesionado a una empresa privada que recibe subsidios estatales. El documento plantea dar por finalizada la concesión privada, expropiar los activos de la empresa y traspasar el personal a la órbita municipal para que el servicio sea administrado de forma directa por el municipio y los propios trabajadores, manteniendo los subsidios y tarifas actuales.
El decreto establece un beneficio de abono para usuarios frecuentes del transporte público en Mendoza. El abono otorga descuentos de entre el 20% y 50% en la tarifa según la cantidad de viajes realizados mensualmente. La Secretaría de Servicios Públicos reglamentará las condiciones para otorgar el beneficio por 6 meses, pudiendo prorrogarse. El objetivo es fomentar el uso del transporte público sobre el vehículo particular.
La resolución otorga la renovación del permiso de operación y autorización de ruta por dos años a la empresa de transporte Veintiuno de Setiembre Los Profes S.R.L. para prestar servicios de transporte interurbano de pasajeros en la ruta Ayaviri - Santa Rosa, Kunurana Alto, La Raya y viceversa. La resolución también especifica la flota vehicular autorizada y dispone que la subgerencia de transporte designe los paraderos dentro de la ciudad y que la concesionaria realice embarque y desembarque en los par
El documento establece nuevos valores para el costo por kilómetro de las empresas concesionarias del servicio de transporte público en Mendoza y nuevas tarifas para los usuarios a partir del 1 de febrero y 1 de julio de 2017. Esto se decide luego de una audiencia pública en la que se analizaron los costos operativos reportados por las empresas y se determinó la necesidad de adecuar los montos para mantener el equilibrio financiero del sistema.
Resolución 1.666 del 16 de junio de 2014 donde se establece la tarifa diferen...La Hora de Palmira
Este documento establece nuevas categorías vehiculares y tarifas máximas para los peajes en las estaciones de Estambul y CIAT. Se crea una nueva categoría IIE para buses, busetas y microbuses de empresas de Palmira y Pradera con una tarifa reducida, y se reduce la tarifa de la categoría IE. También se especifican los requisitos para acceder a la categoría IIE. El incremento de $100 en otras tarifas compensará la reducción de ingresos para el concesionario.
El documento contiene preguntas sobre varios temas relacionados con el transporte ferroviario en Argentina, incluyendo: 1) medidas para garantizar la continuidad de los talleres ferroviarios, 2) detalles sobre los acuerdos de operación privada de servicios en el Área Metropolitana de Buenos Aires, y 3) medidas para registrar y preservar el material rodante estatal.
El documento analiza la figura de la prescripción oficiosa de los actos administrativos sancionatorios en materia de tránsito emitidos por el Instituto Municipal de Tránsito de Pereira entre 2008 y 2017. Se revisa el marco normativo aplicable como la Ley 769 de 2002 y el Decreto 624 de 1989, y se analizan las estadísticas de comparendos emitidos, pendientes de pago y prescritos para determinar si ha habido detrimento patrimonial para el municipio. El objetivo es evaluar la eficiencia de la entidad en
Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Semovi que en Coordinación con la SCT realicen una presentación del proyecto del Tren Interubrano México-Toluca
Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Ur...Faco Utp
La propuesta de nuevo reglamento del servicio de transporte público en Lima Metropolitana busca mejorar el servicio estableciendo concesiones y autorizaciones para rutas, exigiendo que los vehículos sean propiedad de las empresas, limitando los tiempos de conducción, y fortaleciendo la fiscalización con la participación de los usuarios y municipios.
Reglamentacion ley de movilidad mendozaMendoza Post
Este documento reglamenta la Ley Provincial de Movilidad N° 9086 de Mendoza. Establece consideraciones generales sobre el sistema de movilidad provincial y la prestación de los servicios. Define el servicio público de transporte de pasajeros regular y establece obligaciones para los concesionarios, como la contratación de seguros, extensión de abonos con bonificaciones, implementación de sistemas de recaudación y habilitación de libros de quejas.
ordenanza-municipal-lima-1769-2014-reforma-del-transporteCesar Rupay Meza
Este documento establece las disposiciones generales para regular el Sistema de Corredores Complementarios del Sistema Integrado de Transporte Público de Lima Metropolitana. Designa a PROTRANSPORTE como la entidad a cargo de la implementación, administración y control del sistema. Establece las competencias normativas, de gestión y de fiscalización de PROTRANSPORTE, el Concejo Metropolitano y la Alcaldía Metropolitana sobre el sistema. Además, provee definiciones clave para entender el funcionamiento del sistema.
Este documento solicita al Gobierno del Distrito Federal y a la Secretaría de Movilidad que informen a la Asamblea Legislativa sobre el proceso de creación y planeación del Órgano Regulador de Transporte, los Consejos y Fondos Públicos ordenados por la nueva Ley de Movilidad. La diputada argumenta que es urgente establecer estas entidades para implementar programas como la sustitución de microbuses por corredores de transporte, en beneficio de los usuarios.
Este documento presenta la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre de Perú. Establece las definiciones clave, los objetivos y principios rectores del Estado en materia de transporte terrestre, como promover la libre competencia, incentivar la inversión privada y garantizar la seguridad de los usuarios. También define las competencias de las diferentes autoridades en temas normativos, de gestión y fiscalización del transporte terrestre en el país.
El documento describe el transporte público en La Paz desde la perspectiva del transporte libre. Explica que el transporte libre surgió en respuesta al monopolio del transporte sindicalizado y cubre diferentes zonas de la ciudad a través de varias modalidades. También discute la necesidad de una actualización de las tarifas debido al aumento de los costos y pide la participación de los operadores en la nueva ley de transporte.
El documento habla sobre el transporte terrestre en tres oraciones:
1) Explica que el transporte terrestre incluye el transporte de pasajeros y carga por tierra, así como la infraestructura vial y servicios conexos.
2) Señala que se necesita regular ampliamente el sector del transporte terrestre debido a cambios recientes y para mejorar la eficiencia.
3) Finalmente, propone crear un nuevo instituto para supervisar, controlar y coordinar las actividades del sector del transporte terrestre.
La ordenanza aprueba el pliego de condiciones para licitar la concesión del servicio de transporte público de pasajeros en La Rioja. Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a licitación pública dentro de los 30 días siguientes a la promulgación de la ordenanza. El pliego establece los objetivos, alcances, condiciones y procedimientos para la licitación y adjudicación de la concesión por un plazo de 10 años.
El documento presenta información sobre la transición de competencias en materia de transporte público de pasajeros del Estado a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) a partir de la Constitución ecuatoriana de 2008. En particular, resume la situación del transporte en el cantón de Santo Domingo después de que el GAD asumiera estas competencias en mayo de 2013, incluyendo el plan de movilidad desarrollado.
La ordenanza municipal levanta la declaratoria de emergencia del servicio de transporte interprovincial entre Ayaviri y Juliaca y establece reglas para regular el servicio, incluyendo la implementación de un reglamento para el terminal terrestre, el embarque y desembarque solo en el terminal, y la creación de una comisión mixta para solicitar la declaración de ruta libre.
Este documento establece la cromática y especificaciones de identificación que deberán incorporar los vehículos que presten el servicio de transporte público individual de pasajeros "Taxi Híbrido" en la Ciudad de México. Se especifica que la base del color será blanco con detalles en rosa en el cofre y cajuela. Los vehículos deberán llevar rótulos con las leyendas "Taxi", "CDMX Ciudad de México", el número económico y logotipos, siguiendo las indicaciones de tamaño, col
El documento describe la creación y estructura de la Secretaría de Tránsito y Transporte del municipio de La Estrella. Se creó en 2006 para mejorar los servicios de tránsito e integrar las funciones que antes estaban dispersas. Consiste en tres divisiones (Informática, Control y Vigilancia, y Tránsito y Transporte) y ha crecido su presupuesto e ingresos desde su fundación.
Ley nº 27181. ley general de transporte transito terrestecrogz
Este documento presenta la Ley General de Transporte Terrestre de Perú. Establece las definiciones clave, los principios rectores y las competencias de las autoridades en materia de transporte y tránsito terrestre a nivel nacional, regional y local. Asigna al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la función de órgano rector a nivel nacional, con competencias normativas, de gestión y fiscalización. También define las competencias de los gobiernos regionales y municipales provinciales en el desarrollo y aplicación de la normativa de transporte
El documento propone municipalizar el servicio de transporte público de pasajeros en Comodoro Rivadavia. Actualmente el servicio es deficiente y está concesionado a una empresa privada que recibe subsidios estatales. El documento plantea dar por finalizada la concesión privada, expropiar los activos de la empresa y traspasar el personal a la órbita municipal para que el servicio sea administrado de forma directa por el municipio y los propios trabajadores, manteniendo los subsidios y tarifas actuales.
El decreto establece un beneficio de abono para usuarios frecuentes del transporte público en Mendoza. El abono otorga descuentos de entre el 20% y 50% en la tarifa según la cantidad de viajes realizados mensualmente. La Secretaría de Servicios Públicos reglamentará las condiciones para otorgar el beneficio por 6 meses, pudiendo prorrogarse. El objetivo es fomentar el uso del transporte público sobre el vehículo particular.
La resolución otorga la renovación del permiso de operación y autorización de ruta por dos años a la empresa de transporte Veintiuno de Setiembre Los Profes S.R.L. para prestar servicios de transporte interurbano de pasajeros en la ruta Ayaviri - Santa Rosa, Kunurana Alto, La Raya y viceversa. La resolución también especifica la flota vehicular autorizada y dispone que la subgerencia de transporte designe los paraderos dentro de la ciudad y que la concesionaria realice embarque y desembarque en los par
El documento establece nuevos valores para el costo por kilómetro de las empresas concesionarias del servicio de transporte público en Mendoza y nuevas tarifas para los usuarios a partir del 1 de febrero y 1 de julio de 2017. Esto se decide luego de una audiencia pública en la que se analizaron los costos operativos reportados por las empresas y se determinó la necesidad de adecuar los montos para mantener el equilibrio financiero del sistema.
Resolución 1.666 del 16 de junio de 2014 donde se establece la tarifa diferen...La Hora de Palmira
Este documento establece nuevas categorías vehiculares y tarifas máximas para los peajes en las estaciones de Estambul y CIAT. Se crea una nueva categoría IIE para buses, busetas y microbuses de empresas de Palmira y Pradera con una tarifa reducida, y se reduce la tarifa de la categoría IE. También se especifican los requisitos para acceder a la categoría IIE. El incremento de $100 en otras tarifas compensará la reducción de ingresos para el concesionario.
El documento contiene preguntas sobre varios temas relacionados con el transporte ferroviario en Argentina, incluyendo: 1) medidas para garantizar la continuidad de los talleres ferroviarios, 2) detalles sobre los acuerdos de operación privada de servicios en el Área Metropolitana de Buenos Aires, y 3) medidas para registrar y preservar el material rodante estatal.
El documento analiza la figura de la prescripción oficiosa de los actos administrativos sancionatorios en materia de tránsito emitidos por el Instituto Municipal de Tránsito de Pereira entre 2008 y 2017. Se revisa el marco normativo aplicable como la Ley 769 de 2002 y el Decreto 624 de 1989, y se analizan las estadísticas de comparendos emitidos, pendientes de pago y prescritos para determinar si ha habido detrimento patrimonial para el municipio. El objetivo es evaluar la eficiencia de la entidad en
Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Semovi que en Coordinación con la SCT realicen una presentación del proyecto del Tren Interubrano México-Toluca
Concejo Metropolitano aprobó por unanimidad Nuevo Reglamento de Transporte Ur...Faco Utp
La propuesta de nuevo reglamento del servicio de transporte público en Lima Metropolitana busca mejorar el servicio estableciendo concesiones y autorizaciones para rutas, exigiendo que los vehículos sean propiedad de las empresas, limitando los tiempos de conducción, y fortaleciendo la fiscalización con la participación de los usuarios y municipios.
Ley del sistema de transporte ferroviario - VenezuelaHugo Araujo
Este documento presenta el decreto con fuerza de ley del sistema de transporte ferroviario nacional de Venezuela. El decreto establece las normas para la planificación, construcción y operación del sistema ferroviario nacional, y crea un instituto autónomo de ferrocarriles del estado para regular el sistema. El decreto consta de ocho títulos que cubren aspectos como la construcción y explotación del sistema, servidumbres, el instituto autónomo de ferrocarriles, seguridad y sanciones.
CURRÍCULUM VITAE
Inocencio Meléndez Julio
Licenciado en Derecho
Licenciado en Administración de Empresas
PhD en Derecho Patrimonial y Contratación Contemporánea.
MSc. en Derecho de los Contratos Administrativos, Civiles, Comerciales y Financieros.
MSc. en Administración, con énfasis en Gestión y Estructuración de Contratos de Obra Pública, de Concesiones de Infraestructura del Transporte, Concesiones Viales y Servicios Públicos. Diploma de Estudios Avanzados D.E.A en Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado con Suficiencia Investigadora en Derecho Civil- Contratos y Daños
Especialista en Derecho Administrativo Económico
Especialista en Derecho Público, Ciencias y Sociología Políticas
Especialista en Gobierno y Control Distritos Ciudades Capitales
Especialista en Derecho Procesal
La vida conforme al Espíritu de Dios. Los Frutos del Espíritu Santo: “ Lo que el espíritu produce es amor, alegría, paz, paciencia, amabilidad, bondad, fidelidad, humildad, oración, salud, servicio a los demás y dominio propio. Contra tales cosas no hay ley.”
Carta de San Pablo a los Gálatas, Capítulo 5, Versículo 22.
I. PERFIL Y COMPETENCIA PROFESIONAL
Consultor- Asesor en Gestión, estructuración legal, técnica y financiera de Proyectos Estratégicos Corporativos en Contratos de Obra Pública, Contratos de Concesiones Viales, Infraestructura de Transporte, y asuntos del Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Responsabilidad Contractual, Extracontractual Civil y del Estado, Derecho de Daños, y Derecho Patrimonial.
Concesiones de Servicios Públicos de energía eléctrica, gas natural, combustible y comprimido, Hidrocarburos, refinería, telecomunicaciones, telefonía fija, básica conmutada, celulares, larga distancia nacional internacional, internet, trunking, televisión, canales y espacios, televisión comunitaria, nacional regional y satelital; Aseo, saneamiento básico, acueducto, aguas, alcantarillado y cloacas; tratamiento de residuos sólidos.
Concesiones de infraestructura del transporte terrestre de carga y pasajeros, terminales de transporte terrestre, concesiones de aeropuerto, concesiones de transporte férreo, concesiones de transporte marítimo y fluvial, licencias administrativas.
Estructuración de la matriz de riesgos contractuales en negocios civiles, comerciales, financieros, riesgos en los contratos administrativos de obras públicas y concesiones viales y de servicios públicos.
Asesoría y consultoría jurídica en reclamaciones económicas derivadas de los contratos, indemnizaciones patrimoniales del derecho de daños, responsabilidad contractual extracontractual, civil y del Estado, Asesorías en Derecho Patrimonial y reparación integral de daños resarcibles; Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho de Sociedades, Regulación, Derecho del Consumidor, y reclamaciones de siniestralidad en el Derecho de Seguros; Asesorí
La resolución implementa el Registro Único de Transporte Público Individual (RUTPI) para registrar información completa de vehículos, propietarios, conductores y empresas de transporte público en Rionegro. Las empresas deben enviar datos a la dirección de tránsito bimestralmente y expedir tarjetas de control a conductores cada dos meses. El RUTPI y la tarjeta de control deben portarse en los vehículos para garantizar la seguridad y control en la prestación del servicio de transporte público.
El documento establece un incremento del 41.05% en las tarifas del servicio de transporte público de pasajeros de media y larga distancia en Mendoza a partir del 1 de febrero de 2017, basado en informes que muestran un desfasaje en los costos operativos reportados por las empresas concesionarias. La audiencia pública convocada no presentó objeciones al análisis técnico de los mayores costos declarados.
Este documento presenta un análisis económico y financiero del sistema de transporte masivo TransMilenio de Bogotá. Explica que TransMilenio está compuesto por varios subsistemas como el vial, operativo, de recaudo, fiduciario y de control. Además, detalla los objetivos de TransMilenio, como aumentar la eficiencia del transporte público y beneficiar a grupos desfavorecidos con tarifas accesibles. Por último, indica que la construcción de la infraestructura es financiada por el gobierno nacional
El documento presenta un análisis económico y financiero del sistema de transporte masivo TransMilenio de Bogotá. Explica que TransMilenio está compuesto por varios subsistemas como el vial, operativo, de recaudo, fiduciario y de control. Además, describe las fuentes de financiación del sistema incluyendo aportes del Distrito de Bogotá y la nación, así como los ingresos por tarifas de los usuarios. Finalmente, realiza un análisis de los recursos financieros y la estructura tarifaria de Trans
Este documento presenta un análisis económico y financiero del sistema de transporte masivo TransMilenio de Bogotá. Explica que TransMilenio está compuesto por varios subsistemas como la construcción de infraestructura, operaciones, recaudo de fondos y control. La tarifa es establecida por el alcalde y cubre los costos de operación más una utilidad, con la diferencia yendo a un fondo de contingencia. La construcción de infraestructura es financiada por el gobierno nacional y local para mantener tarifas accesibles
El documento declara la emergencia del sistema de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debido a su estado de deterioro y falta de inversión. Se propone que la ciudad asuma la administración y prestación del servicio de subte, designando a Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado como autoridad responsable. También se dispondrá una auditoría integral del sistema para evaluar su estado y proponer proyectos de mejora.
La resolución de alcaldía otorga un permiso de operación de 3 años a la empresa Multiservicios Generales Tinajani S.A. para prestar el servicio de transporte público de pasajeros en mototaxis en la ciudad. Se autoriza la ruta de operación para 36 vehículos menores identificados por sus placas. La empresa deberá señalar los paraderos de los vehículos y inscribir la autorización en el registro administrativo correspondiente.
Este documento proporciona una introducción al sector ferroviario en España. Explica cómo se reestructuró el sector con la creación de ADIF como el administrador de infraestructuras y Renfe Operadora como la empresa de transporte ferroviario. También describe los roles del Comité de Regulación Ferroviaria y el Ministerio de Fomento en la regulación del sector. Resalta los requisitos para ser considerada una empresa ferroviaria y operar servicios de transporte en la red.
Este documento presenta el Reglamento sobre Mitigación de Impactos al Sistema de Movilidad Local Derivados de Proyectos de Crecimiento Urbano. El reglamento establece el procedimiento y metodología para elaborar e evaluar informes de mitigación que deben presentar proyectos que generen impactos en la movilidad local. También regula cómo solicitar que los aportes al espacio público se materialicen a través de estudios u obras. El objetivo es mitigar los efectos de proyectos en el sistema de movilidad considerando
El documento discute el sistema de peajes en Argentina para financiar la infraestructura vial. Explica que los peajes fueron introducidos en 1990 para financiar el mantenimiento de rutas ante las dificultades financieras del estado. Aunque la Corte Suprema determinó que los peajes son constitucionales, algunos argumentan que deberían proveerse rutas alternativas gratuitas. El documento también explica que los fondos recaudados a través de peajes deben destinarse principalmente a inversión en construcción y mantenimiento de carreteras.
Punto de acuerdo transporte público en autopistas urbanas Laura Ballesteros
El documento propone un punto de acuerdo para exhortar a las autoridades del Distrito Federal a diseñar e implementar sistemas de transporte público que circulen por las autopistas urbanas ya construidas y por construir, como la Supervía Poniente y la Autopista Urbana Oriente. También pide hacer cumplir las condiciones establecidas en la autorización ambiental de la Supervía Poniente relacionadas al transporte público, y aplicar los recursos federales destinados a la movilidad urbana para renovar el transporte público.
Este documento resume la situación actual de los ferrocarriles metropolitanos de Buenos Aires y propone mejoras. En las últimas décadas, el sistema ferroviario experimentó un marcado deterioro debido a bajas inversiones, subsidios masivos que redujeron los incentivos para invertir, y una tarifa congelada que no cubrió los mayores costos. El documento propone como objetivos aumentar la capacidad, mejorar la calidad del servicio y modernizar la tecnología; e implementar un plan de emergencia y uno maestro a largo plazo que incluya
Punto de acuerdo sobre la prestación del servicio de transporte público a raí...Laura Ballesteros
Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y al Secretario de Transportes y Vialidad, a que considere la crisis que se vive en la prestación del servicio de transporte público a raíz de la suspensión en el servicio de la línea 12, para la revisión replanteamiento del plan integral de transporte y vialidad y/o el plan integral de movilidad de la actual administración
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Plan de Reconstrucción: espacios públicosPablo Javkin
El documento presenta una serie de proyectos y mejoras realizadas en plazas y parques de la ciudad de Rosario. Se muestran fotos "antes y después" de diferentes espacios verdes urbanos tras recibir nuevos juegos, iluminación, mobiliario, forestación y otras intervenciones. Se detallan los montos invertidos en cada proyecto y su estado de avance.
ACTA ACUERDO DE ABORDAJE CONJUNTO DE LA PROBLEMÁTICA DE LOS INCENDIOS DEL ALT...Pablo Javkin
Representantes de los gobiernos nacional, provincial y municipal se reunieron para acordar medidas conjuntas para abordar los incendios en las islas del río Paraná. Acordaron establecer mecanismos de colaboración por 90 días y crear una brigada interjurisdiccional. El Ministerio de Seguridad Nacional proveerá sistemas de monitoreo de incendios y estacionará aviones de combate del fuego en Rosario. También se comprometieron a suspender las quemas por 180 días y realizar un seguimiento de las acciones acordadas.
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Pedimos crear el Programa de Uso Social de Baldíos para el emplazamiento de las “Plazas de Bolsillo”, que tendrá como fin la reconversión de espacios urbanos vacantes transformándolos en lugares adecuados para el desarrollo de actividades en beneficio de todos los rosarinos.
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¿A quiénes se beneficia?
- A aquellas personas vinculados a la actividad industrial y comercial, que se ven afectadas por las importaciones o que producen desde la industria local productos que hoy se están importando.
El documento presenta un resumen legislativo de Pablo Javkin como diputado nacional entre 2013 y 2015. Incluye una lista de proyectos de ley presentados, como una ley para dar jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y una ley para el control de armas ilegales. También menciona intervenciones en el recinto parlamentario y pedidos de informes sobre temas como la seguridad y la infraestructura ferroviaria y vial.
Dictamen con modificaciones a la Implementación del nuevo Código Procesal PenalPablo Javkin
El documento presenta un proyecto de ley sobre la implementación del nuevo Código Procesal Penal de la Nación en la Justicia Federal y Nacional. Propone una implementación progresiva hasta el 2017 en la Justicia Nacional y el 2018 en la Justicia Federal. También crea una Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación y establece disposiciones transitorias sobre causas en trámite y oficinas judiciales.
Reconocimiento al deportista Santiago GodinoPablo Javkin
El documento reconoce al deportista rosarino Santiago Cabrero por ganar la medalla de oro en la categoría Single-Masculina en el Campeonato Argentino de Remo. Cabrero, de 24 años, ha practicado remo desde los 12 años en el Rosario Rowing Club. En el campeonato de octubre compitió contra 17 clubes y obtuvo el primer puesto en su categoría, destacando el trabajo en equipo y la dedicación que requiere el deporte.
Reconocimiento al deportista Sebastian SolePablo Javkin
El documento reconoce al deportista rosarino Sebastián Solé por su destacado desempeño con la Selección Argentina de Voley que logró clasificarse a los Juegos Olímpicos de Río 2016 tras obtener el primer puesto en el Campeonato Preolímpico de Venezuela 2015. Resalta la exitosa carrera de Solé desde sus inicios en clubes de Rosario hasta su actual participación en el equipo italiano Trentino. También destaca los logros obtenidos por Solé y la Selección Argentina en diversos torneos internacionales durante los últimos años
Reconocimiento al deportista Santiago AgostinelliPablo Javkin
El documento reconoce al gimnasta argentino Santiago Agostinelli por ganar la medalla de oro en la competencia de anillas en el Campeonato Sudamericano Infanto-Juvenil 2015. Agostinelli nació en Rosario en 1998 y ha entrenado gimnasia artística desde una edad temprana. Obtuvo el primer lugar en la final de anillas a dos semanas de cumplir 17 años, rompiendo una racha sin que un juvenil argentino alcanzara esta instancia en un torneo sudamericano. Su rutina fue cal
Declaración de Interes Campeonato de FootgolfPablo Javkin
El documento propone declarar de interés de la Cámara de Diputados la celebración del segundo Campeonato Mundial de Footgolf Argentina 2016, que se llevará a cabo en la ciudad de Pilar, Buenos Aires, del 7 al 10 de enero de 2016. El Footgolf es una disciplina que combina fútbol y golf y está ganando popularidad en Argentina y en el mundo. En el evento participarán 32 delegaciones con un total de 460 jugadores.
Reconocimiento al deportista Pablo CrerPablo Javkin
El documento reconoce al voleibolista argentino Pablo Crer por su destacada actuación en el Campeonato Preolímpico de Venezuela 2015, donde Argentina obtuvo el primer puesto y la clasificación a los Juegos Olímpicos de Río 2016. Resalta la trayectoria deportiva de Crer desde sus inicios en el club Rosario Sonder hasta su participación en mundiales juveniles y la selección mayor, logrando importantes éxitos para Argentina como medallas panamericanas y clasificaciones olímpicas.
Dictamen de rechazo de la Ley de organización y competencia de la Justicia Fe...Pablo Javkin
El documento presenta un proyecto de ley sobre la organización y competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal en Argentina. El proyecto establece los principios generales de la jurisdicción federal y nacional penal, incluyendo la imparcialidad e independencia de los jueces, y las condiciones esenciales como la oralidad, publicidad e igualdad entre las partes. También define la competencia material de los tribunales federales y nacionales en delitos penales federales, penales económicos y aquellos cometidos en la Ciudad Autónoma de Buenos
Dictamen de rechazo de la ley Orgánica del Ministerio Público FiscalPablo Javkin
El documento resume las razones por las cuales las comisiones de Justicia y de Legislación Penal aconsejan rechazar el proyecto de ley que crea el Régimen Orgánico del Ministerio Público Fiscal. Argumentan que el proyecto no garantiza la independencia del Ministerio Público al permitir decisiones discrecionales en el proceso de designación de cargos. También critican la falta de mecanismos transparentes y períodos de mandato. Proponen como alternativa adoptar algunos aspectos del modelo de Santa Fe, como concursos públicos y per
Disidencia parcial sobre la creación de una figura penal para el abandono de ...Pablo Javkin
Este documento presenta una disidencia parcial al dictamen de mayoría sobre un proyecto que modifica el artículo 252 del Código Penal sobre el abandono de servicio del personal de seguridad. Argumenta que el proyecto no fue debidamente discutido y que sancionar penalmente no resolverá los conflictos sociales subyacentes. También señala problemas técnicos en la redacción del proyecto y la necesidad de discutir las condiciones laborales y la sindicalización policial en lugar de utilizar sólo herramientas punitivas.
El documento propone expresar beneplácito por la participación de la deportista argentina Lucía Paula Díaz en los Juegos Panamericanos de 2015 en Toronto, donde obtuvo el quinto puesto con el equipo argentino de nado sincronizado. Se detallan los logros deportivos de Lucía Paula Díaz, como medallas en otros juegos y primeros puestos en competencias internacionales. El proyecto busca reconocer su destacada trayectoria representando a la Argentina.
Dictamen de rechazo a la construcción de una Estación Espacial China en NeuquénPablo Javkin
Este documento presenta un dictamen de minoría sobre un proyecto de ley que aprobaría un acuerdo entre Argentina y China para la construcción de una estación espacial china en la provincia de Neuquén. El dictamen recomienda rechazar el proyecto debido a que el acuerdo implica una cesión de soberanía territorial a China por 50 años, sin participación equilibrada de ambas partes. Además, existe preocupación sobre un posible uso militar de la estación y que podría involucrar a Argentina en conflictos geopolíticos.
Narendra Modi obtuvo un tercer mandato, aunque su partido, Bharatiya Janata Party (BJP), perdió la mayoría absoluta que tenía en Cámara Baja del Parlamente, Lok Sabha. De los 543curules solo consiguió 240 (perdió 63 comparado con los asientos que obtuvo en las últimas elecciones del 2019) y gobernara en alianza con dos partidos para una coalición con 292 votos curules. Modi era visto como invencible pues su partido gano dos veces antes, el 2014 y 2019, con mayoría absoluta, y quería en estas elecciones tener unos 400 asientos para su partido. Y muchas encuestadoras aseguraban que iba a tener mayoría por lo menos.
No ha sido así, no es invencible. Sigue siendo el líder más popular, el otro partido con más votos, el Partido del Congreso, de la familia Gandhi, con Rahul Gandhi solo consiguió 99 votos (aunque esto es un gran avance respecto a la última elección que solo consiguió 52 votos).
Modi gobernara por tercera vez, algo que antes solo lo hizo Jawaharlal Nehru.
Narendra Modi es uno de los lideres más populares en la historia de la India (y en el mundo en la actualidad), que consolido su poder desde que fue gobernador de Guyarat donde fue jefe de ese estado del 2001 al 2014. Es miembro también del Rastriya Swayamsevak Sangh, abreviada RSS (en español Asociación de Voluntarios Nacionales o Asociación Patriótica Nacional), una organización paramilitar india de externa derecha y nacionalista hindú, conformada por voluntarios.
Pedido de informe a la Secretaría de Transporte por la reprivatización de los trenes del AMBA
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PROYECTO DE RESOLUCION
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de que, por intermedio del Ministerio del
Interior y Transporte de la Nación, INFORME:
1) Los motivos que justifican el dictado de la Resolución Nro. 41/2014 del
Ministerio del Interior y Transporte que establece nuevos acuerdos de operación
por privados y abandona la prestación directa de los servicios ferroviarios de
pasajeros por medio de la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado
(SOFSE).
2) El contenido de los informes de evaluación de calidad de gestión que se hayan
elaborado en torno a las concesionarias METROVÍAS S.A., del Grupo Benito
Roggio Transporte, de FERROVÍAS S.A.C., del Grupo Emepa S.A., y de la
firma CORREDORES FERROVIARIOS S.A., del Grupo Benito Roggio
Transporte demostrativos de la competencia y experiencia para la organización
y desarrollo de los servicios encomendados a través de estos acuerdos de
operación.
3) Los motivos por los cuales la Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del
Estado (SOFSE) celebrará una CONTRATACIÓN DIRECTA con los
operadores, en lugar de una LICITACIÓN PÚBLICA para seleccionar a los más
idóneos de entre los que se presenten.
4) Los estudios de evaluación de los cuales se desprenda el mérito y la
conveniencia de implementar esta modalidad de operación del sistema
ferroviario y explotación de los aspectos complementarios y colaterales del
mismo por empresas privadas a cuenta y orden del Estado mediante la Sociedad
Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE).
5) Los parámetros por los cuales se fijará la "RETRIBUCIÓN MENSUAL POR
OPERACIÓN (RMO)" al Operador del caso, a que se hace alusión en el inciso
f) de la cláusula 16, y de manera más detallada en la cláusula 19 del modelo de
acuerdo; en especial, los criterios de determinación de "Monto Fijo",
"Retribución por Recaudación", "Retribución por Recarga SUBE", "Retribución
por administración de colaterales" e "Incentivo por Objetivos Alcanzados".
--
2. 6) La oficina u organismo que realizará las evaluaciones relativas a los
componentes de la "RETRIBUCIÓN MENSUAL POR OPERACIÓN (RMO)"
para luego entregar las sumas resultantes a los operadores.
7) Los diagramas de servicios mínimos de las líneas ferroviarias de pasajeros
involucradas: GENERAL SAN MARTÍN, GENERAL ROCA, GENERAL
MITRE Y BELGRANO SUR.
8) La conformación de los trenes (cantidad de coches - modalidad eléctrica o
Diésel-eléctrica), y el parque de unidades activo y pasivo al momento de
procederse al traspaso de los servicios a los operadores privados.
Pablo In
DIPUJAD NACIONAL
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3. FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 12 de Febrero del corriente se publicó en el Boletín Oficial de la República
Argentina la Resolución Nro. 41 de 2014 del Ministerio del Interior y Transporte, por la
cual se aprueba el modelo de ACUERDO DE OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS
FERROVIARIOS URBANOS DE PASAJEROS, que habilita a la sociedad OPERADORA
FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) a suscribir posteriormente los
acuerdos con empresas privadas.
Esta decisión política instrumentada mediante el dictado de la Resolución Nro.
41/2014 del Ministerio del Interior y Transporte se toma apenas meses después de haberse
anunciado la prestación directa de los servicios ferroviarios de pasajeros por medio de la
Sociedad Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) planteando a priori un
cambio de orientación que afecta la previsibilidad y seguridad que debe primar en la
administración y regulación de este sistema de transporte para darle solidez y hacer su
posible su deseada recuperación.
Las cambiantes condiciones que rigen en esta materia no sólo afectan a los usuarios
que son los afectados directos por las carencias en la prestación del servicio sino a todos los
ciudadanos involucrados con sectores relacionados al sistema ferroviario.
Tanto las empresas que prestan el servicio, como las proveedoras, los talleres y
demás sujetos involucrados en el funcionamiento del sistema contratan trabajadores, que
luego dependen de su salario, toman créditos y hacen inversiones de variada naturaleza que
son a largo plazo. Si las reglas del sistema se resquebrajan, los trabajadores, las pequeñas
empresas proveedoras y los usuarios son los primeros perjudicados.
Esta situación genera consecuencias que son resultado de decisiones encontradas y
de la falta de una planificación estratégica y participativa de largo plazo para el sector. Las
inversiones necesarias no se realizan y la explotación se transforma en un negocio de
pocos.
Acompañamos el rol activo del Estado en esta materia y nos preocupa que luego de
asumir la responsabilidad indelegable que le cabe, vuelve a delegar en los mismos actores
del sector privado que fueron parte del desguace del sistema ferroviario la prestación del
servicio.
Se instrumenta un sistema de operación por privados a cuenta y cargo del Estado,
SIn señalarse donde radica la conveniencia para el sector público de sostener
económicamente el sistema delegando la explotación a empresas operadoras.
Con la entrada en vigencia de los acuerdos anunciados, las líneas Mitre y San
Martín serán operadas por el grupo Roggio, mientras que las líneas Belgrano Sur y Roca
4. serán operadas por el grupo Emepa", tal como informó el Ministro del Interior y
Transporte, Florencio Randazzo en un comunicado de prensa del día de ayer.
Falta de transparencia en la selección de las empresas operadoras.
Es preciso señalar que de acuerdo a las más elementales normas de la
administración pública, toda contratación entre el Estado y un privado que implique
importantes erogaciones de capital debe ser producto de una LICITACIÓN PÚBLICA, Yen
este caso parece no haberse llevado a cabo un procedimiento de tal naturaleza. Por el
contrario la SOFSE ha seleccionado los operadores a las cuales encomendará la prestación
del servicio ferroviario a su cuenta y orden de modo discrecional, sin la transparencia que la
materia demanda.
La Resolución Nro. 41/2014 lleva como Anexo I el modelo de ACUERDO DE
OPERACIÓN DE LOS SERVICIOS FERROVIARIOS URBANOS DE PASAJEROS,
pero en forma de texto base, sin especificar los firmantes por las partes privadas, así como
tampoco se incluyen los esquemas de servicios, frecuencias y bienes muebles e inmuebles
afectados a los servicios a prestar.
En diversos puntos del texto del modelo de ACUERDO, se menciona que los
operadores actuarán por cuenta y cargo de la SOFSE, es decir, el Estado Nacional, sin
especificarse los modos de fiscalización, control y certificación del dinero que recibirán las
empresas.
A la falta de previsibilidad que generan los cambios de rumbo, se le suma la falta de
transparencia para seleccionar las empresas que se harán cargo de operar las líneas y lo
mismo con las transferencias de capital al sector privado. A su turno, se deja librado a
futuros planes y programas las condiciones efectivas de prestación de los servicios, los
trabajos de mantenimiento y mejoras hasta la limpieza del material rodante.
El estado se hace cargo del personal y de los costos del sistema.
En base al artículo 16, las empresas Emepa y ROGGIO percibirán del Estado, en
particular de la SOFSE, los capitales necesarios a los efectos de garantizar la operación,
continuidad y seguridad del servicio, como así también para las obras de mantenimientos e
inversiones por mejoras. Además, el Estado se hace cargo de pagar a los privados una
retribución mensual por operación. A su turno, las operadoras sólo tienen a su cargo la
administración de las líneas y recaudar los montos por tarifas por cuenta de la SOFSE. De
este modo, existirá una escisión entre los ingresos efectivos y los recursos dispuestos para
las erogaciones, donde el Estado se hace cargo de los fondos que necesitan las operadoras
para el funcionamiento de los servicios y hasta de sus ganancias, afectando además
personal propio, sólo a cambio de que las empresas se hagan cargo de prestar el servicio,
olvidando el riesgo empresario lógico que deberían asumir al explotar una actividad.
En cuanto a la retribución mensual por operación, que es una contraprestación que
recibirán los operadores por la gestión y gerenciamiento de los servicios ferroviarios de
5. pasajeros sólo se precisan sus componentes, sin expresarse qué organismo estará a cargo de
su cálculo y control.
Por el artículo 27, SOFSE y la Administradora de Recursos Humanos, esto es el
Estado, se hacen cargo de los salarios, cargas, indemnizaciones y demás beneficios
sociales del personal afectado a la explotación de los servicios. En la misma dirección, los
entes públicos toman la responsabilidad de negociar los convenios colectivos y las
paritarias.
Ni en los Vistos y Considerandos ni en los artículos de la Resolución Nro. 41/2014
se hace mención alguna de las empresas privadas que operarán los servicios ferroviarios,
sólo constan en los considerandos del modelo de ACUERDO DE OPERACIÓN DE LOS
SERVICIOS FERROVIARIOS URBANOS DE PASAJEROS propuesto por la SOFSE.
En este sentido, no se presenta una argumentación de fuste que justifique la
contratación de las empresas que se mencionan, sólo se valora que ya son concesionarias de
otras líneas ferroviarias del Área Metropolitana, sin consignarse datos precisos de las
evaluaciones realizadas de su desempeño como tales. Ninguna consideración se hace de
modo concreto a los antecedentes de estos grupos como prestatarios en el sistema
ferroviario. Además, es para destacar que estas empresas propuestas han integrado también
las respectivas Unidades de Gestión Operativa de Emergencia de las líneas ferroviarias
cuyos concesionarios fueron caducados por incumplimientos y que como operadoras de
emergencia no lograron revertir la deficiente prestación del servicio en los últimos años.
Estos grupos empresarios conformaban, a través de las subsidiarias Metrovías
(Roggio) y Ferrovías (Emepa), la Unidad de Gestión Operativa Mitre-Sarmiento (UGOMS
S.A.) que operó hasta el 24 de octubre pasado la línea Sarmiento y que en esta oportunidad
deja de tener a cargo la operatividad del Mitre, produciéndose su disolución.
Luego del último choque de una formación en Once, el ministro Florencio
Randazzo optó por retirarles definitivamente la concesión a las dos empresas privadas que
controlaban el ramal por la falta de rigor en los controles a los maquinistas, reconociendo
que se trataba de una ' grave irregularidad". La resolución 1244/13 por la cual se apartó a
UGOMS de la operación del Sarmiento, para dejarlo plenamente en manos de la estatal
Sociedad Operadora Ferroviaria S.E., sostiene como fundamento que no se observó el
protocolo de seguridad en la línea.
En los considerando s de la resolución se afirma que "UGOMS incumplió con el Protocolo
de Evaluación del Centro de Recepción de Personal a Controlar y de Evaluación Aleatoria
de Personal Operativo, permitiendo que el motorman accediera a la conducción sin que se
hubiera verificado su control previo".
Es relevante, a pesar de que no se efectúe mención alguna, que las empresas-madre
de las operadoras seleccionadas son contratistas del Estado Nacional.
Irresponsabilidad de las empresas
6. Según el artículo 18 del modelo de acuerdo, con el 30% de los ingresos, la SOFSE
deberá constituir un fondo a los fines de atender el pago de obligaciones resultantes de
sentencias firmes y medidas cautelares contra el Estado Nacional, la SOFSE, la ADIFSE,
y/o sus funcionarios y/o contra el operador y/o sus accionistas y/o los directores, recaídas
en los procesos judiciales que sean consecuencia derivada de la operación de los servicios
objeto de los acuerdos que se suscriban.
Sólo se libera de responsabilidad el Estado, la SOFSE o la ADIFSE en caso de
actuación dolosa del operador, sus accionistas o directores.
Conforme al artículo 21, la SOFSE se reserva el 10% de los espacios de publicidad
para propaganda oficial.
Apartamiento del régimen general de contrataciones
Atento al artículo 24, observado la situación de crisis por la que atraviesan los
servicios ferroviarios se autorizan excepciones al régimen general de compras y
contrataciones. En la misma línea, se habilita a que los operadores contraten sociedades
controlantes, vinculadas, o controladas sin observar el principio de licitación o concurso
público, para lo que sólo se requiere presentar una dec1araciónjurada conjuntamente con un
informe técnico que justifique que los precios se ajustan a valores de mercado.
Señor Presidente, es por estas razones que solicito a los demás Diputados de
la Nación, me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
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