El documento resume la base legal para la reserva y transferencia de aires en Perú. Explica conceptos como independización, régimen de propiedad exclusiva y común, y aprobación de reglamentos internos. También cubre temas como reserva de aires con y sin independización, condición jurídica de los aires, y modificación de la reserva. Por último, menciona algunas resoluciones del Tribunal Registral relacionadas a la inscripción de aires y su transferencia.
La subdivisión de un predio urbano implica fraccionarlo en dos o más inmuebles mediante la aprobación municipal, mientras que la independización es un acto registral que consiste en abrir una partida registral para cada unidad inmobiliaria resultante de desmembrar un terreno. Para la independización se requiere presentar documentos como planos, códigos de referencia catastral y el consentimiento de los copropietarios.
Este documento presenta información sobre los trámites municipales para la declaratoria de edificación según la Ley 29090. Explica conceptos como edificación, declaratoria de edificación, modalidades para formalizar edificaciones y los procedimientos para declarar una edificación, incluyendo el procedimiento ordinario regulado por la Ley 29090 y su reglamento. También define términos como licencia de edificación y documentos previos requeridos en la elaboración del diseño como certificados de parámetros urbanísticos y de factibilidad de servicios.
Este documento presenta los principales conceptos legales sobre la copropiedad y la normatividad que la regula en Perú. Explica que la copropiedad se da cuando un bien pertenece por cuotas a varias personas y que está regulada principalmente por el Código Civil. También resume los requisitos para establecer reglamentos internos en edificaciones sujetas a régimen de propiedad exclusiva y común, así como algunos aspectos clave de la Ley 27157 sobre regularización de edificaciones y unidades inmobiliarias de copropiedad.
Este documento explica los conceptos y normativas básicas sobre el régimen de condominios en República Dominicana. Define qué es un régimen de condominios, los diferentes tipos de sectores que pueden existir (privativos, comunes, de uso exclusivo), los requisitos para la constitución de un régimen de condominios y los documentos necesarios para su aprobación y registro. Además, detalla los principios y características introducidos por la Ley de Registro Inmobiliario respecto a los condominios.
Reglamento Interno de la Residencial Bolivar (berric 2005)Flor Tello
Este documento establece el reglamento interno para una unidad inmobiliaria compuesta por 202 secciones, incluyendo 135 departamentos residenciales y 67 estacionamientos. Describe las características de la unidad inmobiliaria, los derechos y obligaciones de los propietarios, la constitución y atribuciones de la junta de propietarios, y las normas de convivencia.
Este documento resume los principales conceptos y requisitos relacionados con temas de derecho notarial como la inmatriculación, declaratoria de fábrica, reglamento interno, independización, acumulación y transferencias de propiedad. Explica brevemente cada uno de estos temas y los documentos necesarios para su inscripción registral.
Los aspectos legales a tomar en cuenta en la revisión de un expediente técnico y los aspectos técnicos propios a tomar en cuenta en un análisis jurídico de una actuación registral.
La subdivisión de un predio urbano implica fraccionarlo en dos o más inmuebles mediante la aprobación municipal, mientras que la independización es un acto registral que consiste en abrir una partida registral para cada unidad inmobiliaria resultante de desmembrar un terreno. Para la independización se requiere presentar documentos como planos, códigos de referencia catastral y el consentimiento de los copropietarios.
Este documento presenta información sobre los trámites municipales para la declaratoria de edificación según la Ley 29090. Explica conceptos como edificación, declaratoria de edificación, modalidades para formalizar edificaciones y los procedimientos para declarar una edificación, incluyendo el procedimiento ordinario regulado por la Ley 29090 y su reglamento. También define términos como licencia de edificación y documentos previos requeridos en la elaboración del diseño como certificados de parámetros urbanísticos y de factibilidad de servicios.
Este documento presenta los principales conceptos legales sobre la copropiedad y la normatividad que la regula en Perú. Explica que la copropiedad se da cuando un bien pertenece por cuotas a varias personas y que está regulada principalmente por el Código Civil. También resume los requisitos para establecer reglamentos internos en edificaciones sujetas a régimen de propiedad exclusiva y común, así como algunos aspectos clave de la Ley 27157 sobre regularización de edificaciones y unidades inmobiliarias de copropiedad.
Este documento explica los conceptos y normativas básicas sobre el régimen de condominios en República Dominicana. Define qué es un régimen de condominios, los diferentes tipos de sectores que pueden existir (privativos, comunes, de uso exclusivo), los requisitos para la constitución de un régimen de condominios y los documentos necesarios para su aprobación y registro. Además, detalla los principios y características introducidos por la Ley de Registro Inmobiliario respecto a los condominios.
Reglamento Interno de la Residencial Bolivar (berric 2005)Flor Tello
Este documento establece el reglamento interno para una unidad inmobiliaria compuesta por 202 secciones, incluyendo 135 departamentos residenciales y 67 estacionamientos. Describe las características de la unidad inmobiliaria, los derechos y obligaciones de los propietarios, la constitución y atribuciones de la junta de propietarios, y las normas de convivencia.
Este documento resume los principales conceptos y requisitos relacionados con temas de derecho notarial como la inmatriculación, declaratoria de fábrica, reglamento interno, independización, acumulación y transferencias de propiedad. Explica brevemente cada uno de estos temas y los documentos necesarios para su inscripción registral.
Los aspectos legales a tomar en cuenta en la revisión de un expediente técnico y los aspectos técnicos propios a tomar en cuenta en un análisis jurídico de una actuación registral.
Reglamento Interno de la Residencial BolivarTellojuan
Este documento presenta el reglamento interno de una unidad inmobiliaria compuesta por 202 secciones, incluyendo 135 departamentos residenciales y 67 estacionamientos. Describe las características de la unidad, las áreas y bienes comunes, los servicios comunes, y establece los derechos y obligaciones de los propietarios. Entre otros aspectos, regula el uso y mantenimiento de las áreas comunes, la participación en gastos, y las normas de convivencia entre propietarios.
El documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Define un condominio como un derecho de propiedad compartido sobre un inmueble dividido en unidades funcionales privadas y áreas comunes. Explica los cambios introducidos por la Ley 108-05, el proceso de constitución de un condominio, las partes y modificaciones del régimen, y los requisitos para su extinción.
Este documento resume los aspectos legales y procedimentales de la subdivisión de predios urbanos en Perú. Explica que la subdivisión fracciona un predio urbano en lotes independientes y requiere documentos como resolución municipal, planos y escrituras. También describe los tres casos de independización y aspectos como tolerancias catastrales. Finalmente, cita jurisprudencia relevante sobre temas como presentación alternativa de documentos y calificación de actos administrativos.
Este documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Explica que un condominio divide un inmueble en sectores privativos y comunes, y regula las relaciones entre los propietarios. Los sectores comunes son inseparables de los privativos. El documento también cubre temas como los tipos de sectores, el destino de las unidades y los requisitos para establecer un régimen de condominio.
La propiedad horizontal es un derecho real inmobiliario sobre edificios divididos en apartamentos o locales que pueden aprovecharse de forma independiente. Implica dos tipos de propiedad: individual sobre cada apartamento y colectiva sobre las áreas comunes. Debe existir una asociación de copropietarios que administre los gastos comunes y se rija por un reglamento de copropiedad.
Este documento explica el régimen de condominio, incluyendo su definición legal, aplicación, componentes y procesos. Un condominio divide un inmueble en unidades de propiedad exclusiva y áreas comunes. Cada propietario tiene derechos sobre su unidad y una participación indivisa en las áreas y terreno comunes. El documento describe los requisitos para constituir, modificar y disolver un régimen de condominio.
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común. 2) El Reglamento comprende 157 artículos organizados en 4 secciones, y establece las definiciones, normas y procedimientos aplicables a estos trámites. 3) El objetivo es facilitar el saneamiento de la titulación y la independización de unidades inmobiliarias con bienes de propiedad
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común.
2) El Reglamento comprende 157 artículos agrupados en 4 secciones, y establece las normas y definiciones aplicables a los trámites de regularización y declaratoria de fábrica.
3) Se designa al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como la
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común. 2) El Reglamento comprende 157 artículos organizados en 4 secciones, y establece las definiciones, normas y procedimientos aplicables a estos trámites. 3) El objetivo es facilitar el saneamiento de la titulación y la independización de unidades inmobiliarias con bienes de propiedad
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común. 2) El reglamento comprende 157 artículos organizados en 4 secciones, y establece las definiciones, normas y procedimientos aplicables a estos trámites. 3) El objetivo es facilitar el saneamiento de la titulación y la independización de unidades inmobiliarias con bienes de propiedad
El documento define las licencias urbanísticas como autorizaciones previas para realizar obras de urbanización, parcelación, construcción y demolición de acuerdo con las normas urbanísticas. Describe las diferentes clases de licencias como urbanización, parcelación, subdivisión, construcción e intervención del espacio público. También explica los procedimientos para solicitar y tramitar las licencias urbanísticas.
El documento define las licencias urbanísticas y sus modalidades. Estas incluyen licencias de urbanización, parcelación, subdivisión, construcción e intervención del espacio público. También describe los procedimientos para solicitar modificaciones a las licencias urbanísticas.
La subdivisión de un lote urbano requiere presentar documentos como el formulario FUHU, copia de dominio del predio, planos de ubicación y subdivisión del lote, y pagar un derecho de trámite. El trámite se realiza en la Dirección de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y consiste en revisión técnica y legal del proyecto, emisión de una resolución, e inscripción de la subdivisión en el registro de predios.
Este documento aprueba el reglamento de la Ley No 27157, que establece normas para regularizar edificaciones existentes y el procedimiento para declaratorias de fábrica. El reglamento consta de 157 artículos agrupados en 4 secciones que detallan los trámites para regularizar edificaciones, obtener licencias de obra, declaratorias de fábrica, y establecer regímenes de propiedad exclusiva y común. Adicionalmente, deroga el Decreto Supremo No 025-94-MTC y cualquier otra norma que se oponga a
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la declaratoria de edificación y el saneamiento físico legal de predios urbanos. Explica los tipos de declaratoria, los requisitos registrales, y los plazos de vigencia de las anotaciones preventivas de predeclaratoria de fábrica. También define conceptos como propiedad, limitaciones de la propiedad por razones de vecindad, y documentos básicos de propiedad.
Este documento presenta un proyecto de ley que aprueba una nueva ley de copropiedad inmobiliaria en Chile. La ley define los tipos de bienes que pueden constituir un condominio, incluyendo unidades de dominio exclusivo y bienes de dominio común. También define términos clave como asamblea de copropietarios, comité de administración, administrador y obligaciones económicas. La ley establece dos tipos de condominios, Tipo A sobre unidades en terreno común y Tipo B sobre sitios urbanizados.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela. Establece que los apartamentos y locales de un inmueble pueden pertenecer a distintos propietarios. Define las cosas comunes a todos los apartamentos como el terreno, cimientos, paredes, techos, etc. También incluye disposiciones sobre el uso y mantenimiento de las cosas privativas y comunes, la administración del condominio, la contribución a gastos comunes, y la reconstrucción en caso de daños al edificio.
Este documento presenta los principales aspectos de la Regularización Parcelaria y el Deslinde establecidos en la Resolución 790-2022. Explica que la Regularización Parcelaria permite individualizar porciones de terreno cuando no hay conflictos de derechos, mientras que el Deslinde es un proceso contradictorio para ubicar y determinar derechos. También describe los requisitos, etapas y formalidades de publicidad de ambos procesos.
Reglamento Interno de la Residencial BolivarTellojuan
Este documento presenta el reglamento interno de una unidad inmobiliaria compuesta por 202 secciones, incluyendo 135 departamentos residenciales y 67 estacionamientos. Describe las características de la unidad, las áreas y bienes comunes, los servicios comunes, y establece los derechos y obligaciones de los propietarios. Entre otros aspectos, regula el uso y mantenimiento de las áreas comunes, la participación en gastos, y las normas de convivencia entre propietarios.
El documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Define un condominio como un derecho de propiedad compartido sobre un inmueble dividido en unidades funcionales privadas y áreas comunes. Explica los cambios introducidos por la Ley 108-05, el proceso de constitución de un condominio, las partes y modificaciones del régimen, y los requisitos para su extinción.
Este documento resume los aspectos legales y procedimentales de la subdivisión de predios urbanos en Perú. Explica que la subdivisión fracciona un predio urbano en lotes independientes y requiere documentos como resolución municipal, planos y escrituras. También describe los tres casos de independización y aspectos como tolerancias catastrales. Finalmente, cita jurisprudencia relevante sobre temas como presentación alternativa de documentos y calificación de actos administrativos.
Este documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Explica que un condominio divide un inmueble en sectores privativos y comunes, y regula las relaciones entre los propietarios. Los sectores comunes son inseparables de los privativos. El documento también cubre temas como los tipos de sectores, el destino de las unidades y los requisitos para establecer un régimen de condominio.
La propiedad horizontal es un derecho real inmobiliario sobre edificios divididos en apartamentos o locales que pueden aprovecharse de forma independiente. Implica dos tipos de propiedad: individual sobre cada apartamento y colectiva sobre las áreas comunes. Debe existir una asociación de copropietarios que administre los gastos comunes y se rija por un reglamento de copropiedad.
Este documento explica el régimen de condominio, incluyendo su definición legal, aplicación, componentes y procesos. Un condominio divide un inmueble en unidades de propiedad exclusiva y áreas comunes. Cada propietario tiene derechos sobre su unidad y una participación indivisa en las áreas y terreno comunes. El documento describe los requisitos para constituir, modificar y disolver un régimen de condominio.
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común. 2) El Reglamento comprende 157 artículos organizados en 4 secciones, y establece las definiciones, normas y procedimientos aplicables a estos trámites. 3) El objetivo es facilitar el saneamiento de la titulación y la independización de unidades inmobiliarias con bienes de propiedad
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común.
2) El Reglamento comprende 157 artículos agrupados en 4 secciones, y establece las normas y definiciones aplicables a los trámites de regularización y declaratoria de fábrica.
3) Se designa al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como la
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común. 2) El Reglamento comprende 157 artículos organizados en 4 secciones, y establece las definiciones, normas y procedimientos aplicables a estos trámites. 3) El objetivo es facilitar el saneamiento de la titulación y la independización de unidades inmobiliarias con bienes de propiedad
1) Se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley No 27157, que establece los procedimientos para la regularización de edificaciones, declaratoria de fábrica y régimen de propiedad exclusiva y común. 2) El reglamento comprende 157 artículos organizados en 4 secciones, y establece las definiciones, normas y procedimientos aplicables a estos trámites. 3) El objetivo es facilitar el saneamiento de la titulación y la independización de unidades inmobiliarias con bienes de propiedad
El documento define las licencias urbanísticas como autorizaciones previas para realizar obras de urbanización, parcelación, construcción y demolición de acuerdo con las normas urbanísticas. Describe las diferentes clases de licencias como urbanización, parcelación, subdivisión, construcción e intervención del espacio público. También explica los procedimientos para solicitar y tramitar las licencias urbanísticas.
El documento define las licencias urbanísticas y sus modalidades. Estas incluyen licencias de urbanización, parcelación, subdivisión, construcción e intervención del espacio público. También describe los procedimientos para solicitar modificaciones a las licencias urbanísticas.
La subdivisión de un lote urbano requiere presentar documentos como el formulario FUHU, copia de dominio del predio, planos de ubicación y subdivisión del lote, y pagar un derecho de trámite. El trámite se realiza en la Dirección de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas y consiste en revisión técnica y legal del proyecto, emisión de una resolución, e inscripción de la subdivisión en el registro de predios.
Este documento aprueba el reglamento de la Ley No 27157, que establece normas para regularizar edificaciones existentes y el procedimiento para declaratorias de fábrica. El reglamento consta de 157 artículos agrupados en 4 secciones que detallan los trámites para regularizar edificaciones, obtener licencias de obra, declaratorias de fábrica, y establecer regímenes de propiedad exclusiva y común. Adicionalmente, deroga el Decreto Supremo No 025-94-MTC y cualquier otra norma que se oponga a
Este documento resume los conceptos clave relacionados con la declaratoria de edificación y el saneamiento físico legal de predios urbanos. Explica los tipos de declaratoria, los requisitos registrales, y los plazos de vigencia de las anotaciones preventivas de predeclaratoria de fábrica. También define conceptos como propiedad, limitaciones de la propiedad por razones de vecindad, y documentos básicos de propiedad.
Este documento presenta un proyecto de ley que aprueba una nueva ley de copropiedad inmobiliaria en Chile. La ley define los tipos de bienes que pueden constituir un condominio, incluyendo unidades de dominio exclusivo y bienes de dominio común. También define términos clave como asamblea de copropietarios, comité de administración, administrador y obligaciones económicas. La ley establece dos tipos de condominios, Tipo A sobre unidades en terreno común y Tipo B sobre sitios urbanizados.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela. Establece que los apartamentos y locales de un inmueble pueden pertenecer a distintos propietarios. Define las cosas comunes a todos los apartamentos como el terreno, cimientos, paredes, techos, etc. También incluye disposiciones sobre el uso y mantenimiento de las cosas privativas y comunes, la administración del condominio, la contribución a gastos comunes, y la reconstrucción en caso de daños al edificio.
Este documento presenta los principales aspectos de la Regularización Parcelaria y el Deslinde establecidos en la Resolución 790-2022. Explica que la Regularización Parcelaria permite individualizar porciones de terreno cuando no hay conflictos de derechos, mientras que el Deslinde es un proceso contradictorio para ubicar y determinar derechos. También describe los requisitos, etapas y formalidades de publicidad de ambos procesos.
Tarea de derecho laboral para estudiantes de la univeridad de El Salvadoredwin70
Este texto es para estudiantes de derecho de la facultad multidisciplinaria oriental de la universidad de El Salvador. El objetivo consiste en eavlauar su aprendizaje
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
2. Base Legal
Ley Nº 29090 – Ley de Regularización
de Habilitaciones Urbanas y de
edificaciones
Reglamento de Inscripciones del
Registro de Predios – Resolución de la
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos Nº 248-2008-
SUNARP-SN.
3. Base Legal
Ley Nº 27157 – Ley de Regularización
de Edificaciones
D.S. 035-2006-Vivienda TUO del
Reglamento de la Ley Nº 27157.
Resoluciones del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos 248-
2008 y 340-2008-SUNARP-SN
4. Independización
Acto que consiste en abrir una partida
registral para cada unidad inmobiliaria,
resultante de una desmembración de
terreno, con edificación o sin ella; o,
como consecuencia de la inscripción de
una edificación sujeta al régimen
11. Al Independizar:
Se deja constancia del antecedente
dominial en la nueva partida
Se efectúa una anotación de
independización en la partida matríz
Si existe fábrica inscrita, se describe en
cada lote o unidad a independizar.
12. Régimen de Propiedad
Exclusiva y Propiedad
Común
Es el régimen jurídico que supone la
existencia de una edificación o conjunto
de edificaciones integradas por
secciones inmobiliarias de dominio
exclusivo, pertenecientes a distintos
propietarios, y bienes y servicios de
dominio común.
Cuentan con un reglamento interno y
una junta de propietarios
18. Modificación del
Reglamento
Actos de Administración: Por acuerdo de
junta que cuente con más del 50% de la
participación de los propietarios.
19. Actos de Administración
Elección del Presidente
Nombramiento del Administrador
Aprobación obras que se ejecuten en
bienes comunes, cuando están
destinadas a su conservación y
mantenimiento
Contratar servicios de vigilancia o de
seguridad para la integridad de la
edificación
Administración de las playas de
estacionamiento comunes.
20. Modificación del
Reglamento
Actos de Disposición: Voto de propietarios
que representen cuando menos 2/3 de
participaciones de los bienes comunes,
incluyendo porcentajes de los que renunciaron
a la junta
21. Actos de Disposición
Modificación del porcentaje de
participación.
Modificación del reglamento interno
Modificación de la independización
Desafectación de los bienes comunes,
Venta, gravamen, cesión en uso o
afectación permanente de zonas
comunes.
Modificación o limitación de uso de las
zonas comunes
22. Comunicación Notarial
Se debe cursar carta notarial a los
propietarios que no asistieron a la
junta.
Para ejecutar los acuerdos, deben
haber transcurrido 20 días útiles desde
la comunicación notarial.
La acreditación de la convocatoria,
comunicación notarial, y el transcurso
del plazo puede ser acreditado
mediante declaración jurada otorgada
por el presidente de la Junta.
23. Inscripción
El reglamento interno o su modificación
se inscriben en mérito de:
Escritura pública o
Documento privado con firmas legalizadas del
Presidente de la junta.
Si solo interviene el Presidente, bastará
la copia certificada del acta de la junta
de propietarios en la que se adopta el
acuerdo, sin requerirse la transcripción
del texto del reglamento o su
modificación.
24. Cláusulas previas
Cuando existen cláusulas especiales
de consentimiento previo en el
reglamento:
El propietario puede acumular, subdividir e
independizar por escritura pública
unilateral en la que reordene las cuotas
de participación de las unidades afectadas.
La modificación también puede ser
dispuesta sólo por el presidente de la junta
de propietarios cuando así se establezca
en el reglamento interno
25. Extensión de las
Unidades
Las Unidades Inmobiliarias pueden
extenderse al área techada y al espacio
vacío que corresponda a la planta en
que se encuentre, según la proyección
vertical y hasta los límites del
perímetro.
26.
27. Extensión de las
Unidades
El muro circundante de la edificación o el suelo
se considera zona común esencial, sin que
sobre ella proceda la desafectación.
28. Límites de la zonificación
La extensión y ámbito de la propiedad privada
se adquiere y transfiere con independencia de
los límites impuestos por la zonificación.
29. Construcción
El sector construcción constituye uno
de los motores de nuestra economía, y
propulsa nuestro desarrollo urbanístico
Construcción Formal
Construcción Informal
30. Crecimiento Vertical
Tendencia al crecimiento vertical de las
edificaciones
Falta de espacio para expansión
horizontal
El valor económico de los aires,
normalmente es menor que el de un
terreno.
31. Aires
El concepto de aires, está vinculado al
derecho de vuelo o sobreedificación, o
derecho de levante.
Es la facultad otorgada a una persona
para que pueda levantar una o más
plantas sobre un edificio ya construido.
32. Aires
Los aires se generan sobre la
superficie final de una edificación, y
comprende el derecho de
sobreelevación vertical proyectada
sobre dicha superficie, a futuro
35. Reserva de Aires
En el reglamento interno puede
establecerse reserva de aires de la
edificación, y puede independizarse
como sección de dominio exclusivo, si
se le asigna porcentaje de participación
y cuando cuente con un área
proyectada de acceso
36. Beneficiarios de la
reserva
A favor de:
El propietario constructor
Alguno de los propietarios de las
secciones exclusivas (Ej. De los
propietarios de las unidades
superiores)
De todos los propietarios de la
edificación
37. Art. 45 del R.I.R.P.
La reserva de aires, se entenderá que
constituye una sección de dominio
exclusivo, debiendo asignársele
porcentajes de participación en los
bienes comunes. En este caso la
independización procederá siempre
que cuente por lo menos con un área
proyectada de acceso
38. Punto 5.5 de la Directiva sobre el
Régimen de Propiedad
Exclusiva
Contiene 2 supuestos normativos:
Reserva de aires con
independización
Reserva de aires sin independización
39. Reserva de Aires sin
independización
Debe constar en el reglamento interno.
Debe publicitarse en un asiento
específico de la partida matriz, o de
otra partida vinculada.
Es recomendable precisar y establecer
los límites de la reserva
41. Reserva de Aires sin
independización
No incide en la asignación de porcentajes
de participación.
Conflictúa con lo dispuesto en el art. 55
del RIRP, pues allí se señala que
independizadas las secciones exclusivas,
en la partida matríz solo se mantendrán
las zonas comunes.
Complejiza innecesariamente la partida
matríz.
42. Reserva de Aires con
independización
Forma parte de la independización
primigenia o es consecuencia de la
modificación de independización.
Se considera como una unidad
exclusiva adicional, y cuenta con
porcentaje de participación
Debe respetar la proyección de las
zonas comunes en lo pertinente.
44. Reserva de Aires con
independización
Requiere de la existencia de una
escalera de acceso hacia el nivel de
aires, o contar con una zona reservada
para la proyección de la futura azotea.
No se permite la independización de
aires de aires
45. Transferencia de los Aires
La venta o cualquier acto de
transferencia de aires de la unidad
superior se inscriben, siempre que se
constituya reglamento interno y se
adjunten planos de independización y
memoria descriptiva autorizada por
ingeniero o arquitecto colegiado.
46. Bienes comunes
intransferibles
Son bienes comunes intransferibles,
salvo pacto en contrario:
El terreno salvo que sobre él se constituya
derecho de superficie.
Los cimientos, sobrecimientos, columnas,
muros exteriores, techos y demás
elementos estructurales esenciales…
Los pasajes, pasadizos, escaleras,
porterías, … vías y áreas de circulación
común.
47. Bienes comunes
intransferibles
Los ascensores y montacargas...
Los sistemas de instalaciones para agua,
desagüe, electricidad, eliminación de
basura...
Los patios, pozos de luz, ductos de
ventilación o de instalaciones, salvo los
propios de una sección de propiedad
exclusiva.
Los estacionamientos exigidos
reglamentariamente.
Aquellos que se señalen como tales en el
48. Pozos de luz propios
Los pozos de luz propios y los ductos
de ventilación propios se generan
dentro de una misma sección exclusiva
y solo sirven a dicha unidad
inmobiliaria.
De existir éstos, deberían declararse
como tales, correspondiendo en
propiedad al titular de la unidad a la
que pertenecen
49. Condición Jurídica de los
aires
Los aires se reputan zonas comunes,
salvo que en los títulos de propiedad de
las secciones aparezcan cláusulas en
contrario por las cuales se les atribuya la
condición de sección de propiedad
exclusiva.
La cláusula en contrario debe constar en
el reglamento interno, o en una
modificación posterior del reglamento
interno, que apruebe el acto de
reconocimiento de la propiedad
preexistente de los aires
50. Condición Jurídica de los
aires
Si el reglamento interno atribuye
expresamente la condición de zona
común a los aires: se requiere
previamente la desafectación y acuerdo
de destino, de dicha área; salvo que el
reconocimiento de la propiedad
preexistente se realice por unanimidad
de los propietarios.
51. Modificación de la
Reserva
En caso que un reglamento interno ya
contenga la cláusula de reserva de
aires a favor de una persona, para su
modificación se requerirá
necesariamente el consentimiento del
respectivo titular, además del acuerdo
de modificación del reglamento interno.
52. Directiva de Asociaciones
La convocatoria a junta de propietarios
se acredita, facultativamente por el
mecanismo previsto en la directiva de
regularización de consejos directivos
de asociaciones civiles.
La formalización por escritura pública o
las declaraciones juradas son
otorgadas, indistintamente, ya sea por
el presidente de la junta o por la
persona designada en asamblea
53. Adquisición de Bienes
Para efectos registrales la junta de
propietarios puede adquirir bienes
muebles e inmuebles.
El asiento de inscripción expresará
como titular a la junta de propietarios,
debiendo consignar el detalle de la
edificación o conjunto inmobiliario al
que se refiere.
54. Extinción del Régimen
Por demolición o destrucción del
edificio, salvo que las zonas comunes y
exclusivas puedan delinearse
exclusivamente en función del suelo.
Por acuerdo unánime de todos los
propietarios, en cuyo caso se procede
a la acumulación respectiva en la
partida matriz. Esta acumulación no
requiere de ningún requisito municipal
o administrativo.
55. Unidades en Proyecto
Es procedente inscribir actos de
disposición e hipotecas sobre las
unidades inmobiliarias proyectadas, en
tanto estas tengan un correlato físico
en el suelo del predio matriz, siempre
que se inscriba previa o
simultáneamente el acto de
predeclaratoria de fábrica.
Una vez culminada la edificación, la
inscripción se convierte
automáticamente en definitiva.
56. Resoluciones del Tribunal
Registral vinculadas a la
inscripción de aires y su
transferencia
57. Res. N° 515-2012-SUNARP-TR-T
del 19/07/2012
Legitimación en los actos de
modificación de inmueble: Siendo la
subdivisión y acto de modificación de
la realidad física del inmueble, el único
legitimado para solicitarlo es el titular
registral en ejercicio de las atribuciones
que le confiere el derecho de propiedad
consagrado en la Constitución y
normas legales
58. Res. N° 213-2012-SUNARP-TR-A
del 08/05/2012
Legitimación para solicitar una
subdivisión: Está legitimado para
solicitar la subdivisión de un predio,
ante la municipalidad competente quien
ostenta un título adquisitivo de la
propiedad sobre parte del mismo.
Compete a las municipalidades
examinar dicha legitimación
59. Res. N° 1177-2012-SUNARP-TR-L
del 15/08/2012
Independización en ejecución de
mandato judicial: Para inscribir la
independización de un predio por
mandato judicial deberá adjuntarse el
parte judicial conformado por el oficio
del juez dirigido al Registro y las copias
certificadas de las piezas procesales
pertinentes, como la resolución que
ordena la inscripción y los planos que
fueron merituados por la autoridad
jurisdiccional
60. Res. N° 1127-2012-SUNARP-TR-L
del 02/08/2012
Área ocupada de pisos superiores:
El área total ocupada del segundo piso
y/o niveles superiores deber ser igual al
área del terreno, salvo que exista alero
externo que forme parte del área
techada, en cuyo caso se incrementa
en dicha área.
61. Res. N° 1127-2012-SUNARP-TR-L
del 02/08/2012
Aires propios de unidad inmobiliaria:
Cuando se solicita la independización
de los aires, se requiere la asignación
de porcentaje de participación en los
bienes comunes y que cuente con área
proyectada de acceso.
62. Res. N° 187-2012-SUNARP-TR-A
de 20/04/2012
Reserva de aires: No se puede admitir dividir
los aires en secciones o espacios superpuestos
unos a otros. por cuanto, se vaciaría de
contenido la disposición del artículo 51 del
RIRP. lo cual nos conduciría al extremo absurdo
de tener que acceder a la inscripción de
regímenes de propiedad exclusiva y propiedad
común sin que previamente exista inscrita
declaración de fábrica alguna -incluso para
terrenos llanos- lo cual constituiría un
despropósito que vulneraría la seguridad
jurídica que es la razón de ser de la institución
registral
63. Res. N° 2334-2011-SUNARP-TR-L
de 22/12/2011
Aires Reservados: Los aires
reservados para futura construcción
sujeta al régimen de propiedad
exclusiva y propiedad común, cuyo
nivel existe una sección exclusiva,
debe estar descrita con su área
ocupada, linderos y medidas
perimétricas
64. Res. N° 612-2011-SUNARP-TR-A
de 30/09/2011
Transferencia de aires de una edificación
sujeta a régimen de propiedad exclusiva y
común: En el régimen de propiedad
horizontal, los aires pueden constituir bienes
comunes o bienes de propiedad exclusiva
(reglamento interno o en títulos de propiedad
de las secciones).Para su independización se
requiere se le asigne un porcentaje de
participación en los bienes comunes y se
cuente con un área proyectada de acceso.
65. Res. N° 1551-2011-SUNARP-TR-L
de 05/08/2011
Reserva de aires sobre aires:
"Cuando se establezca la reserva de
aires de la edificación se entenderá que
constituye una sección de dominio
exclusivo; sin embargo, los aires sobre
aires no pueden ser materia de
reserva."
66. Res. N° 1777-2010-SUNARP-TR-
L de 10/12/2010
Transferencia de aires: Para que
pueda inscribirse la transferencia de los
aires reservados, se requiere que
previamente se abra una partida de
independización de los aires, para lo
cual - además de los planos y memoria
descriptiva -, se requiere que se asigne
a dichos aires un porcentaje de
participación en los bienes comunes.
67. Res. N° 1683-2010-SUNARP-TR-
L de 19/11/2010
Condición jurídica de los aires en
ausencia de reglamento interno: La
presunción de que los aires se reputan
comunes, salvo que en los títulos de
propiedad de las secciones aparezcan
cláusulas en contrario, no es aplicable en el
supuesto de ausencia de reglamento interno.
En este supuesto, la condición de los aires
estará a lo que se acuerde en la
regularización del reglamento interno
68. Res. N° 1585-2010-SUNARP-TR-
L de 05/11/2010
Condición de propiedad exclusiva de los
aires: Para atribuir la condición de propiedad
exclusiva a los aires de una edificación se
requiere que esto conste de manera expresa
en el reglamento interno o en una
modificación posterior en el que se apruebe
el acto de reconocimiento de la propiedad
existente de los aires y que ha sido omitido
en la declaración inicial del reglamento
interno.
69. Res. N° 316-2012-SUNARP-TR-L
de 29/02/2008
Legitimación de la inscripción de una
compraventa de aires: Habiéndose
registrado la compraventa de los aires de un
predio sin que previamente se haya inscrito
la Declaración de Fábrica, Reglamento
Interno e Independización, no es procedente
la denegatoria de los actos traslativos de
dominio posteriores, toda vez que el derecho
de propiedad del adquiriente se encuentre
legitimado
70. Res. N° 028-2007-SUNARP-TR-L
de 12/01/2007
Aires propios: La atribución de la
propiedad de los aires propios en un
edificio sujeto al régimen de propiedad
exclusiva y propiedad común, debe
constar expresamente en el reglamento
interno.
71. Res. N° 087-2002-ORLC-TR de
08/02/2002
Aclaración de contrato de
compraventa: No puede admitirse que
por vía de aclaración de contrato de
compraventa se transfiera la azotea y
los aires de una edificación a una de
las secciones de dominio exclusivo
cuando según el reglamento interno es
zona de dominio común.
72. Muchas Gracias por su atención!!
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