Este documento explica los conceptos y normativas básicas sobre el régimen de condominios en República Dominicana. Define qué es un régimen de condominios, los diferentes tipos de sectores que pueden existir (privativos, comunes, de uso exclusivo), los requisitos para la constitución de un régimen de condominios y los documentos necesarios para su aprobación y registro. Además, detalla los principios y características introducidos por la Ley de Registro Inmobiliario respecto a los condominios.
Reglamento de convivencia de res. el parqueelssjose
Este documento establece las normas de convivencia para los residentes de Residencias El Parque. Regula aspectos como las reuniones y asambleas de copropietarios, las atribuciones de la junta de condominio y el administrador, el manejo de gastos comunes y la caja chica. También detalla procedimientos para la aprobación de trabajos, cobros de cuotas de condominio e intereses moratorios. El objetivo es armonizar la vida en común de los residentes y proteger la propiedad.
Conferencia 1 Responsabilidades De La Junta De Condominioguesta64f423
Este documento presenta recomendaciones para mejorar el funcionamiento de las juntas de condominio. Sugiere que los miembros de la junta estudien la legislación de propiedad horizontal y reciban asesoría legal. También recomienda definir claramente las funciones de cada miembro, como Presidente, Secretario y Tesorero. Explica las responsabilidades típicas de cada uno de estos cargos.
El documento presenta el reglamento interno de un conjunto residencial que regula los derechos y obligaciones de los residentes. Define las áreas privadas y comunes, y clasifica estas últimas. Establece los órganos de control como la asamblea general de copropietarios, el consejo de administración y el administrador, y describe sus funciones respectivas para la administración del conjunto.
Este documento presenta el reglamento interno del Edificio Residencial Raymondi ubicado en la Avenida Grau N° 784 en La Victoria, Lima. El reglamento establece normas para el buen funcionamiento de la unidad inmobiliaria, incluyendo derechos y obligaciones de los propietarios y residentes, áreas y bienes comunes, participación en gastos, prohibiciones, y sanciones por incumplimiento.
Exposición áreas comunes de uso exclusivo 2JUAN URIBE
Este documento resume la normativa colombiana sobre los bienes comunes de uso exclusivo en la propiedad horizontal. Explica que la Ley 675 de 2001 define estos bienes como aquellos comunes no necesarios para el disfrute de los bienes privados, como terrazas o patios, que pueden asignarse de forma exclusiva. Analiza los artículos 22 y 23 de esta ley, señalando que estos bienes mantienen su carácter común aunque su uso sea exclusivo para algunos propietarios. Zonas como parqueaderos o áreas recreativas
Este documento presenta el reglamento interno de un edificio residencial que describe los derechos y obligaciones de los propietarios. Detalla las prohibiciones y obligaciones de los propietarios, como no arrojar basura fuera de horario o hacer ruidos molestos. También establece sanciones por incumplimiento como multas o corte de servicios. El objetivo es promover la convivencia armónica entre los residentes y el cuidado del edificio.
Este documento presenta el reglamento interno y manual de convivencia de la Urbanización Canta Piedra P.H. Establece los principios fundamentales como el respeto, el debido proceso y el interés general. Define objetivos como regular la convivencia, determinar derechos y deberes de copropietarios y residentes, y fomentar una cultura de solidaridad. También presenta información básica sobre la urbanización como su historia, estructura física y normas de funcionamiento.
Reglamento a la ley de propiedad horizontal del ecuadorLuyi Encalada
Este documento establece las normas generales para la propiedad horizontal en Ecuador. Regula los bienes comunes y exclusivos de los inmuebles sometidos a este régimen, así como las obligaciones y prohibiciones de los copropietarios. Además, determina los requisitos para realizar modificaciones en los bienes comunes y exclusivos.
Reglamento de convivencia de res. el parqueelssjose
Este documento establece las normas de convivencia para los residentes de Residencias El Parque. Regula aspectos como las reuniones y asambleas de copropietarios, las atribuciones de la junta de condominio y el administrador, el manejo de gastos comunes y la caja chica. También detalla procedimientos para la aprobación de trabajos, cobros de cuotas de condominio e intereses moratorios. El objetivo es armonizar la vida en común de los residentes y proteger la propiedad.
Conferencia 1 Responsabilidades De La Junta De Condominioguesta64f423
Este documento presenta recomendaciones para mejorar el funcionamiento de las juntas de condominio. Sugiere que los miembros de la junta estudien la legislación de propiedad horizontal y reciban asesoría legal. También recomienda definir claramente las funciones de cada miembro, como Presidente, Secretario y Tesorero. Explica las responsabilidades típicas de cada uno de estos cargos.
El documento presenta el reglamento interno de un conjunto residencial que regula los derechos y obligaciones de los residentes. Define las áreas privadas y comunes, y clasifica estas últimas. Establece los órganos de control como la asamblea general de copropietarios, el consejo de administración y el administrador, y describe sus funciones respectivas para la administración del conjunto.
Este documento presenta el reglamento interno del Edificio Residencial Raymondi ubicado en la Avenida Grau N° 784 en La Victoria, Lima. El reglamento establece normas para el buen funcionamiento de la unidad inmobiliaria, incluyendo derechos y obligaciones de los propietarios y residentes, áreas y bienes comunes, participación en gastos, prohibiciones, y sanciones por incumplimiento.
Exposición áreas comunes de uso exclusivo 2JUAN URIBE
Este documento resume la normativa colombiana sobre los bienes comunes de uso exclusivo en la propiedad horizontal. Explica que la Ley 675 de 2001 define estos bienes como aquellos comunes no necesarios para el disfrute de los bienes privados, como terrazas o patios, que pueden asignarse de forma exclusiva. Analiza los artículos 22 y 23 de esta ley, señalando que estos bienes mantienen su carácter común aunque su uso sea exclusivo para algunos propietarios. Zonas como parqueaderos o áreas recreativas
Este documento presenta el reglamento interno de un edificio residencial que describe los derechos y obligaciones de los propietarios. Detalla las prohibiciones y obligaciones de los propietarios, como no arrojar basura fuera de horario o hacer ruidos molestos. También establece sanciones por incumplimiento como multas o corte de servicios. El objetivo es promover la convivencia armónica entre los residentes y el cuidado del edificio.
Este documento presenta el reglamento interno y manual de convivencia de la Urbanización Canta Piedra P.H. Establece los principios fundamentales como el respeto, el debido proceso y el interés general. Define objetivos como regular la convivencia, determinar derechos y deberes de copropietarios y residentes, y fomentar una cultura de solidaridad. También presenta información básica sobre la urbanización como su historia, estructura física y normas de funcionamiento.
Reglamento a la ley de propiedad horizontal del ecuadorLuyi Encalada
Este documento establece las normas generales para la propiedad horizontal en Ecuador. Regula los bienes comunes y exclusivos de los inmuebles sometidos a este régimen, así como las obligaciones y prohibiciones de los copropietarios. Además, determina los requisitos para realizar modificaciones en los bienes comunes y exclusivos.
El documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Define un condominio como un derecho de propiedad compartido sobre un inmueble dividido en unidades funcionales privadas y áreas comunes. Explica los cambios introducidos por la Ley 108-05, el proceso de constitución de un condominio, las partes y modificaciones del régimen, y los requisitos para su extinción.
Este documento presenta información sobre el régimen de propiedad horizontal en Colombia. Explica que la propiedad horizontal es una forma especial de dominio en la que los propietarios tienen derechos exclusivos sobre sus unidades privadas y derechos compartidos sobre las áreas y bienes comunes. También describe los principales componentes de un régimen de propiedad horizontal, incluyendo el reglamento, los bienes individuales y comunes, y los coeficientes de copropiedad. El objetivo final es ofrecer una guía básica sobre este tema para administradores, residentes y otros interesados
Este documento presenta la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado Libre y Soberano de Baja California. Define 23 términos clave relacionados con los condominios como administrador, condómino, áreas comunes, asamblea, y establece las reglas para la constitución, modificación, organización, funcionamiento y terminación de los regímenes de propiedad en condominio en el estado de Baja California.
La ley regula el régimen de propiedad en condominio de bienes inmuebles para el estado de Nayarit. Establece las disposiciones generales sobre la constitución, modificación, organización, funcionamiento, administración y terminación del régimen de propiedad en condominio vertical, horizontal y mixto. Define términos clave como condominio, condómino, propiedad exclusiva, bienes de uso común y copropiedad.
Este documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Explica que un condominio divide un inmueble en sectores privativos y comunes, y regula las relaciones entre los propietarios. Los sectores comunes son inseparables de los privativos. El documento también cubre temas como los tipos de sectores, el destino de las unidades y los requisitos para establecer un régimen de condominio.
Este documento presenta un resumen de las principales características y regulaciones de los contratos de arrendamiento inmobiliario en Venezuela de acuerdo a la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y la Ley de Regularización de Arrendamiento Inmobiliario para Uso Comercial. Define los elementos, derechos y obligaciones de arrendadores y arrendatarios, causas de terminación del contrato, pagos por consignación, recursos legales y la función de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos en la regulación y resolución de conflict
Este documento resume los principales aspectos del contrato de arrendamiento según la legislación venezolana. Explica que el arrendamiento es un contrato por el cual una parte se obliga a ceder el uso y disfrute de un bien a cambio de un canon. Detalla los derechos y deberes de arrendadores y arrendatarios, así como las causas de terminación del contrato. Finalmente, resume las leyes que regulan los arrendamientos de vivienda y comerciales en Venezuela.
El documento describe los diferentes tipos de condominios según la ley chilena, incluyendo condominios de tipo A con construcciones en un terreno común y de tipo B con terrenos de dominio exclusivo y común. Explica los bienes comunes y exclusivos, los órganos de administración, las obligaciones de los copropietarios y el administrador, y cómo se determinan los gastos comunes. También cubre temas como seguros, planes de emergencia y modificaciones a la copropiedad.
Este documento trata sobre tres temas principales: 1) el contrato de arrendamiento, definido como un acuerdo donde una persona cede el uso y disfrute de un bien a otra a cambio de un alquiler; 2) la sociedad civil, definida como un contrato donde dos o más personas ponen algo en común para dividir los beneficios; y 3) el mandato, definido como un contrato donde una persona se obliga a prestar un servicio para otra. El documento explica las características, obligaciones y doctrina legal de cada uno.
El documento resume las principales características y regulaciones de los contratos de arrendamiento en Venezuela de acuerdo a la ley. Explica las causales para la terminación del contrato tanto por parte del arrendatario como del arrendador, los procedimientos aplicables, los derechos de preferencia del arrendatario sobre la compra del inmueble y los casos en los que se debe indemnizar al arrendatario.
Este documento resume la Ordenanza Municipal de Glendale sobre causas legítimas de desalojo. Enumera doce causas legales por las cuales un propietario puede desalojar a un inquilino, como falta de pago de alquiler o daños a la propiedad. También describe excepciones, requisitos de notificación, asistencia de reubicación y penalidades por represalias contra inquilinos.
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdfJohn Barrera
Texto final del reglamento modificatorio 2015, favor enviar sus sugerencias y observaciones al E-mail jfrodriguezba@gmail.com antes del 21 ce octubre de 2015, con el proposito de transmitir tales observaciones a la administración del conjunto. cordial saludo John Rodriguez Delegado Bloque D11
Este documento presenta un cuadro comparativo de los derechos y obligaciones de los arrendadores y arrendatarios según la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas. Se destacan las responsabilidades de los arrendadores de mantener los inmuebles en buen estado y de los arrendatarios de pagar los cánones de arrendamiento oportunamente. También se describen las regulaciones sobre el cobro de cánones, reparaciones, subarriendos y la preferencia arrendaticia.
Este documento presenta la Ley de Propiedad Horizontal de Ecuador. Establece que los pisos, departamentos o locales de un edificio pueden pertenecer a distintos propietarios. Define bienes comunes como terrenos, cimientos, estructuras y servicios que todos los propietarios comparten. También establece que cada propietario es responsable de contribuir a las expensas comunes y debe cumplir con las reglas sobre el uso de su unidad y los bienes comunes. Además, requiere la creación de un reglamento interno y planos
El documento presenta información sobre los conjuntos inmobiliarios según el proyecto de reforma del Código Civil y Comercial de Argentina. Define a los conjuntos inmobiliarios y describe sus características principales como tener sectores comunes y privados, un reglamento de propiedad y obligación de pagar expensas. También resume las secciones clave del proyecto de ley que regulan aspectos como las cosas comunes y privadas, las facultades y obligaciones de los propietarios, y los gastos y contribuciones.
El documento trata sobre la copropiedad y la división de cosas comunes según la normativa civil y jurisprudencia. Explica que los copropietarios pueden exigir la división de la cosa común en cualquier momento, a menos que sea indivisible por naturaleza o que los copropietarios acuerden mantenerla en común por hasta 5 años. Si la cosa es indivisible, se venderá y se repartirá el precio entre los copropietarios.
La Ley 820 de 2003 establece el régimen de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia. Define el contrato de arrendamiento de vivienda y clasifica los diferentes tipos de contratos (individual, mancomunado, compartido, de pensión). Establece las obligaciones de arrendadores y arrendatarios, como la entrega y mantenimiento del inmueble, el pago oportuno de la renta y servicios. También regula aspectos como la prórroga tácita del contrato, el procedimiento de pago por consignación y la indicación de
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositivaJUAN URIBE
El documento describe la evolución de la legislación sobre propiedad horizontal en Colombia y las disposiciones clave de la Ley 675 de 2001 con respecto a la entrega de bienes comunes. La ley define bienes comunes como áreas del edificio que pertenecen en conjunto a todos los propietarios y son esenciales para el funcionamiento y uso del mismo. También establece que el propietario inicial es responsable de entregar dichos bienes comunes a la junta de copropietarios.
El documento describe los requisitos legales para la entrega de bienes comunes por parte del constructor inicial en una propiedad horizontal de acuerdo con la Ley 675 de 2001. Explica que el constructor debe entregar los bienes comunes esenciales y generales junto con documentación que soporte las especificaciones de construcción del proyecto. Una entrega inadecuada puede generar conflictos entre el constructor y los nuevos propietarios.
La propiedad horizontal es un derecho real inmobiliario sobre edificios divididos en apartamentos o locales que pueden aprovecharse de forma independiente. Implica dos tipos de propiedad: individual sobre cada apartamento y colectiva sobre las áreas comunes. Debe existir una asociación de copropietarios que administre los gastos comunes y se rija por un reglamento de copropiedad.
Este documento explica el régimen de condominio, incluyendo su definición legal, aplicación, componentes y procesos. Un condominio divide un inmueble en unidades de propiedad exclusiva y áreas comunes. Cada propietario tiene derechos sobre su unidad y una participación indivisa en las áreas y terreno comunes. El documento describe los requisitos para constituir, modificar y disolver un régimen de condominio.
El documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Define un condominio como un derecho de propiedad compartido sobre un inmueble dividido en unidades funcionales privadas y áreas comunes. Explica los cambios introducidos por la Ley 108-05, el proceso de constitución de un condominio, las partes y modificaciones del régimen, y los requisitos para su extinción.
Este documento presenta información sobre el régimen de propiedad horizontal en Colombia. Explica que la propiedad horizontal es una forma especial de dominio en la que los propietarios tienen derechos exclusivos sobre sus unidades privadas y derechos compartidos sobre las áreas y bienes comunes. También describe los principales componentes de un régimen de propiedad horizontal, incluyendo el reglamento, los bienes individuales y comunes, y los coeficientes de copropiedad. El objetivo final es ofrecer una guía básica sobre este tema para administradores, residentes y otros interesados
Este documento presenta la Ley Sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado Libre y Soberano de Baja California. Define 23 términos clave relacionados con los condominios como administrador, condómino, áreas comunes, asamblea, y establece las reglas para la constitución, modificación, organización, funcionamiento y terminación de los regímenes de propiedad en condominio en el estado de Baja California.
La ley regula el régimen de propiedad en condominio de bienes inmuebles para el estado de Nayarit. Establece las disposiciones generales sobre la constitución, modificación, organización, funcionamiento, administración y terminación del régimen de propiedad en condominio vertical, horizontal y mixto. Define términos clave como condominio, condómino, propiedad exclusiva, bienes de uso común y copropiedad.
Este documento describe el régimen de condominios en República Dominicana. Explica que un condominio divide un inmueble en sectores privativos y comunes, y regula las relaciones entre los propietarios. Los sectores comunes son inseparables de los privativos. El documento también cubre temas como los tipos de sectores, el destino de las unidades y los requisitos para establecer un régimen de condominio.
Este documento presenta un resumen de las principales características y regulaciones de los contratos de arrendamiento inmobiliario en Venezuela de acuerdo a la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y la Ley de Regularización de Arrendamiento Inmobiliario para Uso Comercial. Define los elementos, derechos y obligaciones de arrendadores y arrendatarios, causas de terminación del contrato, pagos por consignación, recursos legales y la función de la Superintendencia Nacional de Arrendamientos en la regulación y resolución de conflict
Este documento resume los principales aspectos del contrato de arrendamiento según la legislación venezolana. Explica que el arrendamiento es un contrato por el cual una parte se obliga a ceder el uso y disfrute de un bien a cambio de un canon. Detalla los derechos y deberes de arrendadores y arrendatarios, así como las causas de terminación del contrato. Finalmente, resume las leyes que regulan los arrendamientos de vivienda y comerciales en Venezuela.
El documento describe los diferentes tipos de condominios según la ley chilena, incluyendo condominios de tipo A con construcciones en un terreno común y de tipo B con terrenos de dominio exclusivo y común. Explica los bienes comunes y exclusivos, los órganos de administración, las obligaciones de los copropietarios y el administrador, y cómo se determinan los gastos comunes. También cubre temas como seguros, planes de emergencia y modificaciones a la copropiedad.
Este documento trata sobre tres temas principales: 1) el contrato de arrendamiento, definido como un acuerdo donde una persona cede el uso y disfrute de un bien a otra a cambio de un alquiler; 2) la sociedad civil, definida como un contrato donde dos o más personas ponen algo en común para dividir los beneficios; y 3) el mandato, definido como un contrato donde una persona se obliga a prestar un servicio para otra. El documento explica las características, obligaciones y doctrina legal de cada uno.
El documento resume las principales características y regulaciones de los contratos de arrendamiento en Venezuela de acuerdo a la ley. Explica las causales para la terminación del contrato tanto por parte del arrendatario como del arrendador, los procedimientos aplicables, los derechos de preferencia del arrendatario sobre la compra del inmueble y los casos en los que se debe indemnizar al arrendatario.
Este documento resume la Ordenanza Municipal de Glendale sobre causas legítimas de desalojo. Enumera doce causas legales por las cuales un propietario puede desalojar a un inquilino, como falta de pago de alquiler o daños a la propiedad. También describe excepciones, requisitos de notificación, asistencia de reubicación y penalidades por represalias contra inquilinos.
Texto final del reglamento modificatorio 2015 pdfJohn Barrera
Texto final del reglamento modificatorio 2015, favor enviar sus sugerencias y observaciones al E-mail jfrodriguezba@gmail.com antes del 21 ce octubre de 2015, con el proposito de transmitir tales observaciones a la administración del conjunto. cordial saludo John Rodriguez Delegado Bloque D11
Este documento presenta un cuadro comparativo de los derechos y obligaciones de los arrendadores y arrendatarios según la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas. Se destacan las responsabilidades de los arrendadores de mantener los inmuebles en buen estado y de los arrendatarios de pagar los cánones de arrendamiento oportunamente. También se describen las regulaciones sobre el cobro de cánones, reparaciones, subarriendos y la preferencia arrendaticia.
Este documento presenta la Ley de Propiedad Horizontal de Ecuador. Establece que los pisos, departamentos o locales de un edificio pueden pertenecer a distintos propietarios. Define bienes comunes como terrenos, cimientos, estructuras y servicios que todos los propietarios comparten. También establece que cada propietario es responsable de contribuir a las expensas comunes y debe cumplir con las reglas sobre el uso de su unidad y los bienes comunes. Además, requiere la creación de un reglamento interno y planos
El documento presenta información sobre los conjuntos inmobiliarios según el proyecto de reforma del Código Civil y Comercial de Argentina. Define a los conjuntos inmobiliarios y describe sus características principales como tener sectores comunes y privados, un reglamento de propiedad y obligación de pagar expensas. También resume las secciones clave del proyecto de ley que regulan aspectos como las cosas comunes y privadas, las facultades y obligaciones de los propietarios, y los gastos y contribuciones.
El documento trata sobre la copropiedad y la división de cosas comunes según la normativa civil y jurisprudencia. Explica que los copropietarios pueden exigir la división de la cosa común en cualquier momento, a menos que sea indivisible por naturaleza o que los copropietarios acuerden mantenerla en común por hasta 5 años. Si la cosa es indivisible, se venderá y se repartirá el precio entre los copropietarios.
La Ley 820 de 2003 establece el régimen de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia. Define el contrato de arrendamiento de vivienda y clasifica los diferentes tipos de contratos (individual, mancomunado, compartido, de pensión). Establece las obligaciones de arrendadores y arrendatarios, como la entrega y mantenimiento del inmueble, el pago oportuno de la renta y servicios. También regula aspectos como la prórroga tácita del contrato, el procedimiento de pago por consignación y la indicación de
Entrega de bienes comunes por parte del propietario diapositivaJUAN URIBE
El documento describe la evolución de la legislación sobre propiedad horizontal en Colombia y las disposiciones clave de la Ley 675 de 2001 con respecto a la entrega de bienes comunes. La ley define bienes comunes como áreas del edificio que pertenecen en conjunto a todos los propietarios y son esenciales para el funcionamiento y uso del mismo. También establece que el propietario inicial es responsable de entregar dichos bienes comunes a la junta de copropietarios.
El documento describe los requisitos legales para la entrega de bienes comunes por parte del constructor inicial en una propiedad horizontal de acuerdo con la Ley 675 de 2001. Explica que el constructor debe entregar los bienes comunes esenciales y generales junto con documentación que soporte las especificaciones de construcción del proyecto. Una entrega inadecuada puede generar conflictos entre el constructor y los nuevos propietarios.
La propiedad horizontal es un derecho real inmobiliario sobre edificios divididos en apartamentos o locales que pueden aprovecharse de forma independiente. Implica dos tipos de propiedad: individual sobre cada apartamento y colectiva sobre las áreas comunes. Debe existir una asociación de copropietarios que administre los gastos comunes y se rija por un reglamento de copropiedad.
Este documento explica el régimen de condominio, incluyendo su definición legal, aplicación, componentes y procesos. Un condominio divide un inmueble en unidades de propiedad exclusiva y áreas comunes. Cada propietario tiene derechos sobre su unidad y una participación indivisa en las áreas y terreno comunes. El documento describe los requisitos para constituir, modificar y disolver un régimen de condominio.
Tercera sesion .condominio,usufructo y servidumbresDEL ROJAS
El documento proporciona una descripción general de los condominios. Explica que un condominio es un inmueble que pertenece a varios dueños, cada uno con derechos exclusivos sobre su unidad pero también copropietarios de las áreas comunes. Los condóminos comparten derechos y obligaciones respecto al mantenimiento y uso del condominio. El documento también describe los derechos y responsabilidades de los condóminos individuales y la administración del condominio.
Los aspectos legales a tomar en cuenta en la revisión de un expediente técnico y los aspectos técnicos propios a tomar en cuenta en un análisis jurídico de una actuación registral.
1) El documento describe un documento sobre propiedad horizontal que incluye información sobre los apartamentos, las áreas comunes, los planos del edificio y el reglamento de condominio.
2) La propiedad horizontal es un régimen en el que coexisten derechos de propiedad individual sobre los apartamentos y derechos de propiedad colectiva sobre las áreas comunes.
3) El documento de condominio es el documento constitutivo de la comunidad que describe la distribución de la propiedad y debe ser registrado ante notario.
Este documento explica el régimen de condominios en República Dominicana. Define un condominio como un conjunto de propiedades dentro de un mismo predio, con áreas comunes y restricciones. Establece las características, ventajas y desventajas de los condominios. Además, detalla las partes de un condominio, los derechos y obligaciones de los propietarios, y los procedimientos para la administración, modificaciones y resolución de disputas relacionadas a los condominios.
Ley propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.Gade Herrera
Este documento presenta la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal. Establece las disposiciones generales para la constitución, organización y extinción del régimen de propiedad en condominio. Define términos clave como condómino, áreas comunes, asamblea y reglamento. Describe los diferentes tipos de condominios según su estructura y uso.
Este documento describe la aprobación y publicación de un reglamento para regular el régimen de condominio de inmuebles en el estado de Morelos, México. El reglamento establece las bases para la administración de condominios y promueve la armonía entre condóminos. También define los derechos y obligaciones de los condóminos y ocupantes de unidades condominiales.
1) La propiedad horizontal es una institución jurídica que regula la división y organización de edificios resultantes de la segregación de una construcción común, donde existen partes privadas y partes comunes. 2) Se caracteriza por que coexisten un derecho de propiedad individual sobre apartamentos y un derecho colectivo sobre áreas comunes. 3) Está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal y comprende figuras como la asamblea de propietarios, la junta de condominio y el administrador.
Capitulo 11 derechos reales - segunda clasevglibota
Este documento trata sobre diferentes temas relacionados con el derecho real de dominio. Define conceptos como dominio perfecto e imperfecto, condominio, propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios y tiempo compartido. Explica las características, contenido y extensión del dominio, así como las partes propias y comunes en la propiedad horizontal.
Este documento presenta la Ley 21442 que aprueba una nueva ley de copropiedad inmobiliaria en Chile. Define los tipos de condominios, bienes de dominio exclusivo y común, y órganos de administración como la asamblea de copropietarios y comité de administración. Explica que el régimen de copropiedad otorga derechos de propiedad exclusiva sobre unidades individuales y derechos comunes sobre bienes que permiten el uso y funcionamiento del condominio.
El documento presenta una introducción al derecho de copropiedad en Chile. Explica que la Constitución es la norma fundamental del ordenamiento jurídico chileno y que las leyes y reglamentos emanan de diferentes poderes del Estado. Luego, define conceptos clave como condominios, unidades y derechos y obligaciones de los copropietarios sobre sus unidades y las áreas comunes. Finalmente, resume los objetivos y alcances de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria chilena.
Este documento presenta un resumen de la Ley 675 de 2001 de Colombia sobre el régimen de propiedad horizontal. Establece las definiciones clave como edificio, conjunto, bienes privados y bienes comunes. Explica cómo se constituye la propiedad horizontal mediante escritura pública y los requisitos mínimos que debe incluir como planos, coeficientes de copropiedad y destinación de los bienes. También cubre la extinción de la propiedad horizontal por destrucción del edificio, decisión unánime de los propietarios o por orden judicial.
Este documento resume las modificaciones realizadas al Reglamento Tipo de Copropiedad para Condominios de Viviendas Sociales. En 1997 se publicó el Reglamento Tipo original. Este documento incluye una lista de las páginas del Reglamento Tipo con sus respectivas fechas de modificación, la mayoría en 1998. También incluye el texto de la resolución que aprobó el Reglamento Tipo en 1998 con algunas enmiendas.
Este documento presenta los principales conceptos legales sobre la copropiedad y la normatividad que la regula en Perú. Explica que la copropiedad se da cuando un bien pertenece por cuotas a varias personas y que está regulada principalmente por el Código Civil. También resume los requisitos para establecer reglamentos internos en edificaciones sujetas a régimen de propiedad exclusiva y común, así como algunos aspectos clave de la Ley 27157 sobre regularización de edificaciones y unidades inmobiliarias de copropiedad.
Este documento resume las modificaciones y rectificaciones realizadas a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria de Chile desde su publicación en 1997 hasta 2007. Se detallan las leyes que introdujeron cambios en artículos específicos de la ley original, relacionados principalmente con funciones de los administradores, normas de seguridad y organización de condominios de viviendas sociales. También incluye una lista recapitulativa de las páginas de cada sección de la ley y sus respectivas fechas de actualización.
1. La copropiedad consiste en que dos o más personas son propietarias de un mismo bien de forma indivisa, es decir, sin división material de parte y cada uno tiene derechos sobre la totalidad del bien en proporción a su parte alícuota. 2. Los actos de dominio requieren consentimiento unánime de los copropietarios mientras que los de administración solo requieren mayoría. 3. Los copropietarios tienen derechos como uso y beneficios proporcionales asi como obligaciones como gastos y conservación.
La ley regula el régimen de copropiedad inmobiliaria en Chile. Establece que una propiedad puede dividirse en unidades individuales y áreas comunes. Cada propietario es dueño exclusivo de su unidad y copropietario de las áreas comunes. Todos deben contribuir a los gastos comunes en proporción al valor de su unidad. Se crea un fondo de reserva para gastos imprevistos financiado por los copropietarios.
1) El documento resume las principales cuestiones tratadas en el Encuentro Regional del Notariado de Cuyo sobre la propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios y nuevos derechos reales en el Código Civil y Comercial.
2) Se analizan las diferencias entre la legislación anterior y el nuevo Código en relación a la propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, tiempo compartido y cementerios privados.
3) También se describen aspectos generales de los conjuntos inmobiliarios y su regulación en el Código como nuevos derechos real
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Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos sobre el tema "Abogado del Estado y Fiscal ante el Tribunal de Tierras" en la República Dominicana. 1) El Abogado del Estado representa los intereses del Estado en procedimientos ante el Tribunal de Tierras como propietario original de las tierras. 2) También actúa como fiscal cuando representa los intereses de la sociedad en asuntos de orden público relacionados a la jurisdicción inmobiliaria. 3) Cumple un papel importante al vigilar que los procedimientos de saneamiento catastral y
El documento describe el rol del Abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria. Surge en 1920 como Fiscal ante el Tribunal de Tierras y evoluciona a Abogado del Estado en 1947. Representa y defiende al Estado en procesos inmobiliarios, emite opiniones en procesos de saneamiento, y puede ordenar medidas como desalojos de intrusos u órdenes de protección policial.
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Análisis constitucional tanto a la constitución de Francia y la constitución...Castillo'S Legal Solutions
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2. Ing. +LIC. Yunior Andrés Castillo S.
yuniorandrescastillo@gmail.com
Celular: 1-829-725-8571
3. Generalidades
La División para Constitución de Condominios.
Sectores privativos y comunes
Sectores comunes de uso exclusivo
Unidad funcional
Espacios de tratamiento diferencial
4. Normativas:
El Art. 664 del Código Civil Dominicano, establece: “Cuando los diferentes pisos de
una casa pertenecen a diversos propietarios, si los títulos de propiedad no regulan la
forma en que hayan de hacerse las reparaciones y construcciones, deben hacerse en la
siguiente forma: las paredes maestras y el techo, son de cuenta de todos los
propietarios, cada uno en proporción de la parte que tenga. El propietario de cada piso
debe hacer el suelo correspondiente al suyo. La escalera que conduce desde la planta
baja al primer piso es de cuenta del dueño de éste: el trozo que media entre el primero y
segundo, corresponde al propietario del último, y así sucesivamente.”
Ley No. 5038, conocida como Ley de Condominios, estableció un régimen especial
para la propiedad por pisos y departamentos.
Ley No. 404, complementa la Ley 5038, rigiendo para las construcciones de un solo
piso que sean propiedad común divididas por paredes o tabiques divisorios.
Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, planteo algunas reformas a la Ley no.
5038 para adecuarla al régimen registral y para actualizarla adaptándola a las
necesidades actuales de las nuevas formas de uso de la tierra, deroga la Ley No. 404, y
en el artículo 100 párrafo VI establece la imposibilidad de aplicar el régimen del
articulo 664 del Código Civil a los inmuebles registrados.
5. ¿Qué es el régimen de condominios?
El régimen de condominio es el derecho en virtud del
cual distintas partes de un inmueble con independencia
funcional y salida directa a la vía pública
son propiedad exclusiva de una o más personas, las
que a su vez son copropietarias indivisas sobre partes
comunes. Es aplicable para dividir edificaciones
construidas de forma vertical, horizontal o mixta, o de
cualquier otro sistema de propiedad inmobiliaria en que
se pretenda establecer una relación inseparable entre
áreas de propiedad exclusiva y áreas comunes.
6. Finalidad del Régimen de Condominio:
Permitir la división de un inmueble en sectores
privativos de aprovechamiento independiente
y sectores comunes que faciliten aquel
aprovechamiento directa o indirectamente.
Regular las relaciones entre los distintos
titulares de derechos.
7. Todo reglamento de régimen de condominio
debe contener:
Especificación de las áreas comunes y del terreno sobre el cual se constituye
el condominio;
Especificación de cada una de las unidades de propiedad exclusiva en que
está dividido el inmueble;
Porcentaje de propiedad de cada condómine sobre las áreas comunes y el
terreno;
Número de votos que corresponde a cada condómine en la asamblea de
consocio de propietarios;
Porcentaje que deberá contribuir cada condómine a los gastos comunes y
cargas;
Sistema de administración del condominio; entre otros.
8. Para la constitución de un régimen de
condominio es necesario lo siguiente:
Hacer la solicitud por escrito al Registro de Títulos correspondiente, la
cual debe estar acompañada del duplicado del certificado de título de
propiedad del inmueble que se desea afectar:
Acompañado de una certificación del estado jurídico del inmueble que
certifique que está libre de cargas y gravámenes;
Acta de constitución del consorcio.
Acta declaratoria de condominio y reglamento del régimen de
condominio aprobados, firmados y legalizadas las firmas por un
abogado notario;
Certificación emitida por la autoridad administrativa correspondiente
que aprueba los planos de la obra;
Plano de división del condominio, contrato de hipoteca en el que se
indicará la forma en que se afectará cada una de las futuras unidades
del condominio.
9. Nota: Una vez constituido el régimen de condominio, el consorcio de
propietarios podrá modificar el mismo así como también modificar la
configuración física del inmueble, respetando los derechos individuales
de los condóminos, para ello se deberán modificar los planos de división
y someterlos previamente para su aprobación por parte de la Dirección
Regional de Mensura Catastral Correspondiente.
10. Requisitos:
En el régimen de condominio, el objeto, es siempre un inmueble integrado por sectores
con interdependencia funcional esencial.
El derecho asignado a cada copropietario, puede desdoblarse para su análisis en dos:
Un derecho exclusivo (asimilable a la propiedad) que es ejercicio sobre su privativa.
Un derecho ejercido en calidad de cotitular sobre las partes comunes (asimilable a la
copropiedad con indivisión forzosa: son aquellas en que, por la naturaleza de las cosas,
existe una imposibilidad para llegar a la división o a la venta, de manera que la ley se ve
obligada a reconocer este estado que impone la propia naturaleza. Esto ocurre cuando los
diferentes pisos de una casa pertenecen a distintas personas en plena propiedad)
Uno de los principios y fundamentos del Régimen de Condominio es la interdependencia
entre los sectores privativos y los comunes, por lo que tanto no pueden separarse
jurídicamente uno de otros sin destruir la funcionalidad de las unidades. El objeto antes y
después de ser afectado al régimen es único, y aunque desde el punto de vista del ejercicio
de las prerrogativas individuales de cada uno de los condominios, sea necesario separar e
identificar sectores, ello no implica que estos adquieran autonomía real (aunque adquieren
para el trafico jurídico). En la parcela el condominio, no hay alteración del estado parcelario
(no hay variación ni de la ubicación, ni de los limites de la parcela) la parcela sigue intacta.
11. La Ley de Registro Inmobiliario introdujo
las siguientes características del
condóminos:
El terreno es esencialmente común y proindiviso de todos los condóminos.
Los sectores o áreas comunes y proindivisos son inseparables de la propiedad
exclusiva y no pueden ser transferidos ni gravados independientemente. La
transferencia de la propiedad incluye, aunque no lo contemple el contrato, el
derecho sobre las partes comunes que le corresponde.
No se constituyen condominios sobre unidades de condominios ni nuevos
condominios en inmuebles sujetos al régimen de condominio. En estos casos
lo que corresponde es una modificación del condominio original.
No se pueden constituir condominios sobre inmuebles amparados en
Constancias Anotadas.
Los diferentes pisos de una edificación ubicada en terrenos registrados no
pueden pertenecer a distintos propietarios sino están afectados al régimen de
condominio.
12. En los casos de Condominios, el Certificado de Titulo identifica la unidad
exclusiva, la participación sobre las partes comunes y el terreno.
Se emite un certificada de titulo por cada unidad exclusiva.
El privilegio que garantiza el pago de las cuotas de los gastos comunes del
condominio, al que hace referencia la Ley de Condominio tiene plena
vigencia sin necesidad de estar inscrito en el Registro. El titulo ejecutivo de
este privilegio es la ley misma, acompañada de los documentos establecidos
para estos fines.
13. La Ley de Registro Inmobiliario, avanzo hacia un proceso de división de los
condominios, que permita aplicar correctamente el principio de especialidad
en relación del objeto: un inmueble con diferenciación entre sectores
jurídicamente relevantes (de aprovechamiento independiente o común según
el caso); es decir, no debe confeccionarse un plano por unidad de
condominio, sino un plano de división de todo el edificio donde conste todos
y cada una de las unidades propias y las comunes.
Se denomina división para constitución de condominio al acto por el cual se
identifican, dimensionan, ubican y documentan cada uno de los sectores o
áreas de un inmueble, determinando si los mismos son propios, comunes o
complementarios, para permitir su afectación al régimen de condominio.
Como en todo proceso de identificación, es necesario asignar un nombre o
designación única de cada individuo que permita hacer referencia a el
inequívocamente. Para ello, se recurre a un sistema de identificación único,
que en el caso de los Condominios sigue para los sectores el criterio
jerárquico-posicional y para las unidades funcionales se asimila a la propia
designación que se le otorga físicamente a cada unidad, quedando en este
caso el criterio en manos del propietario.
14. Sectores
Los sectores privativos o sectores propios: Son aquellos sectores del inmueble
con autonomía funcional que les permite alcanzar el destino para el cual
están destinados y que tengan salida directa o la vía publica o por un caso
común.
Los sectores o unidades comunes: Están contempladas en el art. 3 de la ley. El
terreno es siempre común, los demás sectores o cosas, serán comunes en
función del diseño y distribución de los ambientes del edificio, y su condición
de elemento común habrá de desprenderse del plano de obra respectivo y
deberá ser específicamente determinado como tal en el plano de división de
condominio.
15. Sectores Comunes de uso exclusivo:
Dentro de los sectores comunes, es factible diferenciar aquellos que son de
uso exclusivo de los que tienen este carácter. Esta diferenciación se origina
en que ciertas cosas comunes solo benefician a una unidad exclusiva de la que
son necesariamente accesorias, como podrían ser las azoteas asignadas a una
unidad de condominio. En estos casos, el ambiente no deja de ser común,
pero el titular del sector privativo al que se halla necesariamente vinculado,
la usufructúa con exclusividad, aunque sus derechos están esencialmente
limitados y el ejercicio de algunas facultades puede requerir la autorización y
el ejercicio de algunas facultades puede requerir la autorización del resto de
los condóminos. En estos sectores solo el uso exclusivo del propietario, pero
el sector no pierde por ello su calidad de común. Le esta reservado el uso con
exclusividad, pero tiene las mismas facultades que sobre un sector privativo,
cualquier alteración, no expresamente permitida en el Reglamento Interno,
que quisiere realizar sobre dicho espacio debe contar con el acuerdo del resto
de los condóminos.
16. Sectores de tratamiento diferencial:
Vacíos
Superficies inaccesibles
Superficies afectadas por limitaciones administrativas
Destinos
Es la aptitud que tiene una unidad funcional para cumplir con la finalidad
para la que fue prevista. El derecho de condominio es esencialmente un
derecho limitado por el destino. Esta limitación, fundada en la supremacía de
los intereses de la comunidad, caracteriza al derecho. Si bien corresponde al
Reglamento regular los destinos, estructuralmente estos pueden estar
limitados y también pueden estar limitados por disposiciones administrativas
de orden público. Al fijar los destinos, en lo posible se debe ser genérico. El
especificar demasiado el destino, puede limitar innecesariamente el derecho,
y dar lugar a modificaciones costosas. Entre los destinos mas aconsejables
están: apartamento, local comercial, oficina, deposito, parqueo, villa, etc.
17. Practica de Régimen de Condominios
Documentos a depositar ante la Oficina de Registro de Títulos a los
fines de “Aprobación Declaratoria y Reglamento de Condominio”:
Declaración de Condominio:
Original.
Con identificación del inmueble
Suscrita por el propietario del inmueble y su cónyuge si aplica
Legalizada las firmas por Notario Público.
Reglamento del Condominio.
Original
En cumplimiento de los Requisitos que establece el artículo 109 del Reglamento
General de Registro de Títulos.
Con identificación del inmueble.
Legalizada las firmas por Notario Público.
De conformidad a las requisitos establecidos en la Ley del Notario.
18. Instancia de solicitud: A) Suscrita por parte interesada o su
representante. B) Dirigida al Registrador de Títulos correspondiente. C)
Identificación correcta del inmueble objeto de la actuación.
Planos de división A) Original. B) Levantados por un profesional
habilitados esos fines. C) Aprobados por la Dirección Regional de
Mensuras Catastrales.
Nota: Los Planos son remitidos internamente al Registro de Títulos por
la DRMC correspondiente, en conjunto con demás documentos técnicos.
Duplicado de Certificado de Título, en original.
Certificación de Registro de Acreedor, en original (si aplica).
Copias de documentos de identidad del propietario, cónyuge (si
aplica): a) legible; b) ambos lados (cédula de identidad y electoral).
Nota: Si se trata de extranjero se debe depositar pasaporte;
identificación oficial del país de que se trate (como 2do documento
adicional) y RNC (Certificación de la Dirección General de
Impuestos Internos donde se haga constar el RNC).
19. Copias de documentos de identidad del acreedor (si aplica): a) legible; b)
ambos lados (cédula de identidad y electoral).
Registro Mercantil, (si aplica)
(únicamente en caso de persona jurídica que realicen actividades
comerciales en el país): a) Copia; b) Vigente a la fecha del documento base.
Acta de Asamblea, (si aplica):
Que designe a una persona para suscribir la operación.
Identifique correctamente el inmueble.
Original o Copia certificada por la entidad societaria o Cámara
de Comercio y Producción correspondiente.
Poder de representación (en caso de ser necesario): a) original; b)
enunciación específica sobre sujeto, objeto y causa de la operación.
Nota: En caso que el poder sea dado en el extranjero debe estar
debidamente apostillado o remitido por vía del Consulado correspondiente y el
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Copia del documento de identidad del representante (legible y de ambos
lados).
20. Acta de matrimonio, original (si aplica).
Nota: Aplica en caso que el titular registral esté señalado con estado civil
casado(a) en el Certificado de Títulos o Constancia Anotada, sin que esté
identificado su cónyuge. Si el documento ha sido dado en el extranjero debe
estar debidamente traducido al español, legalizado o apostillado, conforme los
requisitos establecidos en la Ley 544-14.
Certificación de Impuestos a la Propiedad Inmobiliaria (IPI), en original
y emitida por la Dirección General de
Impuestos Internos donde se haga constar el inmueble se encuentra al
día en el pago de sus obligaciones o exento.
Acto de sustitución de la garantía, (si aplica):
Acto bajo firma privada.
Acto auténtico.
Nota: Los actos deben redactarse de conformidad con lo establecido en los
artículos 35 y 36 del Reglamento General de Registro de Títulos y de
conformidad con los requisitos establecidos en la Ley del Notario.
21. Copia del documento de identidad del solicitante y/o
depositante (legible y de ambos lados).
Impuestos de ley correspondiente:
Comprobante de pago de Tasa por Servicio de la JI (Código 018):
RD$1,000.00.
Recibo Ley 3-2019, del Colegio de Abogados de la República Dominicana:
RD$50.00.
Recibo Ley 33-91, que establece un salario mínimo mensual para los
jueces de los Tribunales de la Justicia de la República Dominicana:
RD$10.00.
En el caso de solicitar este servicio vía Ventanilla Exprés, se debe anexar
un comprobante de pago de la tasa por servicio de la JI, por el monto de
RD$1,000.00
Para depósito remoto aportar un comprobante de pago de tasa por
servicio de la JI por el monto de RD$800.00. (localidades) y 300. 00
(Provincia Santo Domingo).
22. Otros documentos a depositar ante la Oficina de
Registro de Títulos a los fines de “Aprobación
Declaratoria y Reglamento de Condominio”
Copia de la Licencia emitida por la Secretaria de Estado de Obras
Publicas, aprobando los planos del Condominio
Certificación expedida por el agrimensor contratista, estableciendo de
que el Condominio está construido actualmente.
23. GRACIAS POR SU ATENCIÓN
Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
yuniorandrescastillo@gmail.com
Celular: 1-829-725-8571
Santiago de los Caballeros, República Dominicana
2020.