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LA CORONA
• Regulada en el título II de la CE.
• Condición: El rey es el Jefe del Estado y símbolo de la unidad del Estado y de su permanencia.
• Asume la más alta representación del Estado Español
FUNCIONES CONSTITUCIONALES DEL REY
A) Funciones ejecutivas:
Nombrar el tutor del Rey menor (testamento).
◦
Guardar y hacer guardar la constitución y las leyes.
◦
Propone el candidato a presidente del Gobierno y nombra al que se elija legalmente.
◦
Nombra y separa a los miembros del gobierno.
◦
Preside las sesiones del Consejo de ministros.
◦
Nombrar al presidente de cada C.C.A.A.
◦
Mando supremo de las fuerzas armadas.
◦
Alto patronazgo de las Reales academias.
◦
Acreditar los embajadores y otros representantes diplomáticos.
◦
Manifestar el consentimiento de estado para obligarse internacionalmente.
◦
Declarar la guerra y hacer la paz, previa autorización de las Cortes.
◦
B) Funciones legislativas:
Sancionar y promulgar leyes.
◦
Convocar y disolver las cortes.
◦
Convocar elecciones generales.
◦
Convocar referéndum.
◦
Expedir decretos acordados en el Consejo de Ministros.
◦
C) Funciones judiciales:
Ejercer el derecho de gracia (no indultos generales).
◦
Nombrar a los vocales del CGPJ.
◦
Nombrar al presidente del Tribunal Supremo.
◦
Nombrar al Fiscal General del Estado.
◦
Nombrar a los Magistrados del Tribunal Constitucional.
◦
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SUCESIÓN
La corona es hereditaria en los sucesores de S.M. Don
◦ Juan Carlos I de Borbón.
La sucesión seguirá el orden regular de primogenitura y representación.
◦
El heredero de la corona: El príncipe de Asturias.
◦
Abdicaciones, renuncias o dudas: por ley orgánica.
◦
La Reina consorte o el consorte del Reina no puede asumir funciones constitucionales salvo la regencia.
◦
REGENCIA
Cuando el Rey fuese menor: Ejercerá la regencia:
◦
1º : Padre o madre del rey.
2º : En su defecto, el pariente mayor de edad más próximo.
3º : En defecto de ambos, los que nombre las Cortes Generales (1, 3 ó 5).
Cuando el Rey se inhabilitara y así fuese reconocido por las Cortes Generales:
◦
1º : Príncipe heredero (siempre que sea mayor de edad).
2º : Si fuese menor, se procederá como anterior.
Requisitos para ejercer la regencia:
◦
-Español (de nacimiento o no) y mayor de edad.
Ejercida: Por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
◦
TUTORÍA
En el siguiente orden:
◦
1º El que haya designado el Rey difunto (testamento).
2º En defecto de lo anterior, padre o madre mientras permanezcan viudos.
3º En defecto de lo anterior, el que designen las cortes generales.
Requisitos para ejercer la tutoría: Español de nacimiento y Mayor de edad.
◦
Incompatibilidad:
◦
Con la regencia salvo para el padre, madre o ascendientes directos del rey.
◦
EL REFRENDO
El rey es inviolable y sus actos no están sujetos a responsabilidad: Por tanto, sus actos serán
◦
refrendados.
Excepción al refrendo: Nombrar miembros civiles y militares de su casa.
◦
Los actos del rey serán refrendados:
◦
• Presidente del Gobierno.
• Ministros.
• Presidente del Congreso, en algunos casos.
ABDICACIÓN
Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión
◦
a la Corona se resolverán por una ley orgánica
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Resumen-La Corona.pdf

  • 1.
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    Tu web gratuitapara estudiar oposiciones www.oposicionesconexito.com SUCESIÓN La corona es hereditaria en los sucesores de S.M. Don ◦ Juan Carlos I de Borbón. La sucesión seguirá el orden regular de primogenitura y representación. ◦ El heredero de la corona: El príncipe de Asturias. ◦ Abdicaciones, renuncias o dudas: por ley orgánica. ◦ La Reina consorte o el consorte del Reina no puede asumir funciones constitucionales salvo la regencia. ◦ REGENCIA Cuando el Rey fuese menor: Ejercerá la regencia: ◦ 1º : Padre o madre del rey. 2º : En su defecto, el pariente mayor de edad más próximo. 3º : En defecto de ambos, los que nombre las Cortes Generales (1, 3 ó 5). Cuando el Rey se inhabilitara y así fuese reconocido por las Cortes Generales: ◦ 1º : Príncipe heredero (siempre que sea mayor de edad). 2º : Si fuese menor, se procederá como anterior. Requisitos para ejercer la regencia: ◦ -Español (de nacimiento o no) y mayor de edad. Ejercida: Por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey. ◦ TUTORÍA En el siguiente orden: ◦ 1º El que haya designado el Rey difunto (testamento). 2º En defecto de lo anterior, padre o madre mientras permanezcan viudos. 3º En defecto de lo anterior, el que designen las cortes generales. Requisitos para ejercer la tutoría: Español de nacimiento y Mayor de edad. ◦ Incompatibilidad: ◦ Con la regencia salvo para el padre, madre o ascendientes directos del rey. ◦ EL REFRENDO El rey es inviolable y sus actos no están sujetos a responsabilidad: Por tanto, sus actos serán ◦ refrendados. Excepción al refrendo: Nombrar miembros civiles y militares de su casa. ◦ Los actos del rey serán refrendados: ◦ • Presidente del Gobierno. • Ministros. • Presidente del Congreso, en algunos casos. ABDICACIÓN Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión ◦ a la Corona se resolverán por una ley orgánica Este contenido gratuito ha sido desarrollado por www.oposicionesconéxito.com para ayudarte a conseguir tu plaza de funcionario/a