1) El documento trata sobre diferentes temas relacionados con el derecho procesal venezolano, incluyendo la sentencia, los recursos, y los tipos de recursos como la apelación, casación y revisión.
2) Explica conceptos como los requisitos de una sentencia, los efectos de los recursos, y los tipos, naturaleza y requisitos de recursos específicos como la apelación, casación y revisión.
3) Proporciona información sobre estos temas a través de artículos, definiciones y
INEFICACIA DE NOTIFICACIÓN DE INVITACIÓN A CONCILIAR: El procedimiento de conciliación debe respetar el debido proceso, por lo cual está sujeto a pedidos de nulidad e ineficacia (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
APELACIÓN DE SENTENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: A través del marco normativo peruano se muestra como elaborar un recurso de apelación contra una sentencia (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento presenta un modelo de escrito judicial para absolver un traslado de oposición a la ejecución de un laudo arbitral laboral. En primer lugar, argumenta que el laudo tiene autoridad de cosa juzgada y es título ejecutivo. Luego, señala que la interposición de una acción impugnatoria no suspende la ejecución del laudo a menos que se obtenga una orden judicial. Finalmente, sostiene que en este caso el laudo no está afectado por ninguna causal de nulidad ni impugnación,
1. El documento presenta los agravios de una apelación de sentencia. Se argumenta que la sentencia vulneró el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y legalidad al no valorar adecuadamente las pruebas presentadas.
2. También se alega que la sentencia no advirtió el objeto de la ley disciplinaria de las fuerzas armadas y que la sanción impuesta no fue proporcional a la falta cometida.
3. Finalmente, se afirma que la sentencia carece de motivación congruente entre los hechos y la
INEFICACIA DE NOTIFICACIÓN DE INVITACIÓN A CONCILIAR: El procedimiento de conciliación debe respetar el debido proceso, por lo cual está sujeto a pedidos de nulidad e ineficacia (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
APELACIÓN DE SENTENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: A través del marco normativo peruano se muestra como elaborar un recurso de apelación contra una sentencia (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Este documento presenta un modelo de escrito judicial para absolver un traslado de oposición a la ejecución de un laudo arbitral laboral. En primer lugar, argumenta que el laudo tiene autoridad de cosa juzgada y es título ejecutivo. Luego, señala que la interposición de una acción impugnatoria no suspende la ejecución del laudo a menos que se obtenga una orden judicial. Finalmente, sostiene que en este caso el laudo no está afectado por ninguna causal de nulidad ni impugnación,
1. El documento presenta los agravios de una apelación de sentencia. Se argumenta que la sentencia vulneró el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y legalidad al no valorar adecuadamente las pruebas presentadas.
2. También se alega que la sentencia no advirtió el objeto de la ley disciplinaria de las fuerzas armadas y que la sanción impuesta no fue proporcional a la falta cometida.
3. Finalmente, se afirma que la sentencia carece de motivación congruente entre los hechos y la
RECURSO DE QUEJA: Se muestra como hacer un recurso de queja en un proceso judicial cuando le deniegan un recurso o lo conceden con efecto distinto al solicitado (autor José María Pacori Cari)
Este documento presenta un modelo de demanda civil de indemnización por daños y perjuicios. Explica los elementos necesarios de la demanda, incluyendo la identificación de las partes, el petitorio, los fundamentos de hecho y derecho, los daños reclamados, y los medios de prueba. El objetivo es que sirva de guía para la elaboración de demandas de indemnización por daños de acuerdo a la legislación civil peruana.
El documento presenta una oposición a las medidas cautelares dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en un caso relacionado con el partido político PODEMOS. Argumenta que las medidas son excesivas e improcedentes porque no se cumplieron los requisitos de presunción de buen derecho, peligro en la mora y ponderación de intereses. Específicamente, señala que las medidas afectan los derechos de la dirigencia y militancia de PODEMOS y no guardan relación con la pretensión principal del caso. S
Este documento presenta la sentencia del Tribunal Constitucional de Perú en un caso de amparo interpuesto por César Antonio Baylón Flores contra su despido de una empresa. El Tribunal establece criterios sobre la protección de derechos laborales en la Constitución y sobre cuándo procede el amparo versus otras vías ordinarias. El Tribunal determina que el amparo solo procede cuando las vías ordinarias no son satisfactorias para proteger los derechos constitucionales vulnerados.
El documento presenta un modelo de solicitud de medida cautelar de innovar dentro de un proceso contencioso administrativo laboral. El modelo incluye nueve secciones que detallan: 1) el órgano de auxilio judicial, 2) la pretensión cautelar solicitada, 3) la forma de la medida, 4) la contracautela ofrecida, 5) el bien sobre el que recaerá la medida, 6) los fundamentos de la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la razonabilidad de la medida, 7)
Revision de medidas caso mop 19 de marzo de 2014Óscar Luna
1) El documento es una solicitud para una audiencia de revisión de medidas cautelares para el Licenciado Jorge Isidoro Nieto Méndez. 2) Se argumenta que han surgido nuevos elementos que demuestran que ya no existen los motivos para la detención provisional. 3) Entre la nueva evidencia se encuentran declaraciones de testigos del arbitraje que indican que el proceso se desarrolló con normalidad y no hubo un acuerdo previo como alega la fiscalía.
Uno de los lectores de mi blog, me hizo una pregunta: es posible la percepción simultánea de una pensión de jubilación y renta vitalicia por enfermedad profesional, la respuesta es sí, conforme al Tribunal Constitucional en la Sentencia que se ofrece. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La Corte Suprema de Justicia en la Casación Laboral N° 5252-2014 Lima precisó que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos, bajo las reglas de buena fe; en consecuencia, el trabajador debe asumir las funciones del cargo para el cual concursó y se declaró ganador.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativoEdderMaqueraMamani
1. El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente. 2. Alega que trabajó para la demandada por más de un año de forma ininterrumpida y que su despido fue injustificado. 3. Sostiene que de no obtener la medida cautelar, sufriría un perjuicio irreparable al no poder recuperar el tiempo y los ingresos perdidos mientras dura el proceso.
Esta publicación se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el artículo2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmenteante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase de corruptos funcionariospúblicos y corruptos magistrados del Ministerio Publico y del Poder Judicial que en forma permanente y brutal violan en forma impuney flagrantemente de manera sistemática y constante los máselementales derechos y principios constitucionales de losciudadanos peruanos
La Corte Suprema mediante la Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima ha establecido seis (06) supuestos en los cuales no se aplicará el Precedente del Tribunal Constitucional - Caso Rosalía Huatuco.
Este documento trata sobre la clasificación de ingresos y el proceso de amparo en Moquegua. Brevemente resume: 1) Las utilidades mineras son consideradas ingresos laborales no remunerativos y son afectables por alimentos; 2) Explica la diferencia entre ingresos laborales remunerativos, no remunerativos y no laborales; 3) Los precedentes del Tribunal Constitucional establecen que los ingresos laborales no remunerativos de libre disponibilidad son afectables por alimentos.
Modelo de apersonamiento, fijación de nuevo domicilio procesal y solicitud d...JasonFelipeArpasiZig1
El documento es un modelo de apersonamiento, fijación de nuevo domicilio procesal y solicitud de reparación civil presentado ante un juzgado penal de Lima. El procurador público especializado se apersona en representación del Ministerio del Interior en una causa penal contra un sentenciado que no ha pagado la reparación civil. Solicita que se requiera al sentenciado el pago de la reparación civil de S/200 establecida en la sentencia y delega su representación a varios abogados.
El Tribunal Constitucional ha precisado, en el décimo tercer considerando de la Sentencia del Expediente N° 6681-2013-PA-TC los supuestos en los cuales corresponde aplicar el PRECEDENTE HUATUCO (STC - Expediente N° 5057-2013-PA/TC:
a) El caso debe referirse a la desnatualización de un contrato, que puede tratarse de uno temporal (a.1) o de naturaleza civil (a.2), a través del cual supuestamente se encubrió una relación laboral de carácter permanente.
b) Debe pedirse la reposición en una plaza que forma parte de la carrera administrativa (b.1), que, por ende, a aquella a la cual corresponde acceder a través de un concurso público de méritos (b.2), y que además se encuentre vacante (b.3), y presupuesto (b.4).
Este documento presenta un modelo de recurso de apelación de sentencia laboral según la nueva ley procesal de trabajo del Perú. Explica que luego de emitida una sentencia desfavorable, procede interponer un recurso de apelación. A continuación, presenta el modelo de recurso, el cual contiene secciones sobre el plazo para apelar, aplicación supletoria del código procesal civil, pretensión impugnatoria, efecto de la apelación, fundamentación de la pretensión y pago de tasa judicial. El modelo busca que
fermin toro uujhSentencia N° N° 2009-1036
En el presente caso el cual es de conocimiento de la esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 27 de noviembre de 2009, en el cual consigno oportunamente el escrito de formalización el apoderado judicial de CORPORACIÓN MINERA NACIONAL, C.A., (COMINAC) a quien de ahora en adelante se le denominara recurrente, Vs MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS BÁSICAS Y MINERÍA. Quien se emitió en el presente caso dos resoluciones la primera Resolución DM/N° 143/2008 de fecha 23 de octubre de 2008 que declaró la CADUCIDAD de la Concesión de explotación de oro de veta denominada ‘TRIUNFO I-2’ y la segunda Resolución DM/N° 046 de fecha 14 de mayo de 2009 que resolvió improcedente por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto sobre la resolución que declaro la Caducidad de la concesión.
Este documento presenta un modelo de recurso de apelación al Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas. El modelo contiene los requisitos formales para presentar un recurso de apelación, incluyendo la identificación del administrado, la expresión de la pretensión impugnatoria, los fundamentos de hecho y derecho que sustentan la impugnación, y los medios probatorios. El modelo servirá como guía para que los administrados presenten recursos de apelación válidos y cumplan con los requisitos establecidos por la normativa
Juan Manuel Quevedo Vera presenta un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente su pedido de una medida cautelar innovativa para nombrar una junta transitoria en la Comunidad Campesina Santa Lucía de Ferreñafe. Argumenta que la junta directiva actual fue inscrita de manera ilegal ya que no cumplió con los requisitos de quórum en las elecciones. Solicita que se revoque la resolución y se declare fundado su pedido inicial.
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdfclinversa
El documento habla sobre el principio de impugnación en derecho. Explica que la impugnación es un derecho que permite corregir posibles errores cometidos por jueces humanos. Describe diferentes tipos de recursos como la apelación, casación y reconsideración, así como sus características y formalidades. También clasifica los medios de impugnación en ordinarios, extraordinarios y excepcionales.
Este documento presenta una clasificación y descripción de los principales medios impugnatorios en el proceso civil peruano. Se dividen en recursos y remedios, y dentro de los recursos se explican el de reposición, apelación y casación, incluyendo sus elementos, requisitos de procedencia y trámites. También aborda conceptos como la nulidad de actos procesales, la tacha y oposición de pruebas.
RECURSO DE QUEJA: Se muestra como hacer un recurso de queja en un proceso judicial cuando le deniegan un recurso o lo conceden con efecto distinto al solicitado (autor José María Pacori Cari)
Este documento presenta un modelo de demanda civil de indemnización por daños y perjuicios. Explica los elementos necesarios de la demanda, incluyendo la identificación de las partes, el petitorio, los fundamentos de hecho y derecho, los daños reclamados, y los medios de prueba. El objetivo es que sirva de guía para la elaboración de demandas de indemnización por daños de acuerdo a la legislación civil peruana.
El documento presenta una oposición a las medidas cautelares dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en un caso relacionado con el partido político PODEMOS. Argumenta que las medidas son excesivas e improcedentes porque no se cumplieron los requisitos de presunción de buen derecho, peligro en la mora y ponderación de intereses. Específicamente, señala que las medidas afectan los derechos de la dirigencia y militancia de PODEMOS y no guardan relación con la pretensión principal del caso. S
Este documento presenta la sentencia del Tribunal Constitucional de Perú en un caso de amparo interpuesto por César Antonio Baylón Flores contra su despido de una empresa. El Tribunal establece criterios sobre la protección de derechos laborales en la Constitución y sobre cuándo procede el amparo versus otras vías ordinarias. El Tribunal determina que el amparo solo procede cuando las vías ordinarias no son satisfactorias para proteger los derechos constitucionales vulnerados.
El documento presenta un modelo de solicitud de medida cautelar de innovar dentro de un proceso contencioso administrativo laboral. El modelo incluye nueve secciones que detallan: 1) el órgano de auxilio judicial, 2) la pretensión cautelar solicitada, 3) la forma de la medida, 4) la contracautela ofrecida, 5) el bien sobre el que recaerá la medida, 6) los fundamentos de la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la razonabilidad de la medida, 7)
Revision de medidas caso mop 19 de marzo de 2014Óscar Luna
1) El documento es una solicitud para una audiencia de revisión de medidas cautelares para el Licenciado Jorge Isidoro Nieto Méndez. 2) Se argumenta que han surgido nuevos elementos que demuestran que ya no existen los motivos para la detención provisional. 3) Entre la nueva evidencia se encuentran declaraciones de testigos del arbitraje que indican que el proceso se desarrolló con normalidad y no hubo un acuerdo previo como alega la fiscalía.
Uno de los lectores de mi blog, me hizo una pregunta: es posible la percepción simultánea de una pensión de jubilación y renta vitalicia por enfermedad profesional, la respuesta es sí, conforme al Tribunal Constitucional en la Sentencia que se ofrece. (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
La Corte Suprema de Justicia en la Casación Laboral N° 5252-2014 Lima precisó que el periodo de prueba tiene por finalidad comprobar si efectivamente el trabajador puede asumir el cargo asignado por el empleador, de acuerdo a sus aptitudes y lineamientos, bajo las reglas de buena fe; en consecuencia, el trabajador debe asumir las funciones del cargo para el cual concursó y se declaró ganador.
Medida cautelar de reposicion en contencioso administrativoEdderMaqueraMamani
1. El demandante solicita una medida cautelar innovativa para que se ordene su reposición en el puesto de trabajo del que fue despedido arbitrariamente. 2. Alega que trabajó para la demandada por más de un año de forma ininterrumpida y que su despido fue injustificado. 3. Sostiene que de no obtener la medida cautelar, sufriría un perjuicio irreparable al no poder recuperar el tiempo y los ingresos perdidos mientras dura el proceso.
Esta publicación se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el artículo2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmenteante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase de corruptos funcionariospúblicos y corruptos magistrados del Ministerio Publico y del Poder Judicial que en forma permanente y brutal violan en forma impuney flagrantemente de manera sistemática y constante los máselementales derechos y principios constitucionales de losciudadanos peruanos
La Corte Suprema mediante la Sentencia de Casación Laboral N° 12475-2014 Lima ha establecido seis (06) supuestos en los cuales no se aplicará el Precedente del Tribunal Constitucional - Caso Rosalía Huatuco.
Este documento trata sobre la clasificación de ingresos y el proceso de amparo en Moquegua. Brevemente resume: 1) Las utilidades mineras son consideradas ingresos laborales no remunerativos y son afectables por alimentos; 2) Explica la diferencia entre ingresos laborales remunerativos, no remunerativos y no laborales; 3) Los precedentes del Tribunal Constitucional establecen que los ingresos laborales no remunerativos de libre disponibilidad son afectables por alimentos.
Modelo de apersonamiento, fijación de nuevo domicilio procesal y solicitud d...JasonFelipeArpasiZig1
El documento es un modelo de apersonamiento, fijación de nuevo domicilio procesal y solicitud de reparación civil presentado ante un juzgado penal de Lima. El procurador público especializado se apersona en representación del Ministerio del Interior en una causa penal contra un sentenciado que no ha pagado la reparación civil. Solicita que se requiera al sentenciado el pago de la reparación civil de S/200 establecida en la sentencia y delega su representación a varios abogados.
El Tribunal Constitucional ha precisado, en el décimo tercer considerando de la Sentencia del Expediente N° 6681-2013-PA-TC los supuestos en los cuales corresponde aplicar el PRECEDENTE HUATUCO (STC - Expediente N° 5057-2013-PA/TC:
a) El caso debe referirse a la desnatualización de un contrato, que puede tratarse de uno temporal (a.1) o de naturaleza civil (a.2), a través del cual supuestamente se encubrió una relación laboral de carácter permanente.
b) Debe pedirse la reposición en una plaza que forma parte de la carrera administrativa (b.1), que, por ende, a aquella a la cual corresponde acceder a través de un concurso público de méritos (b.2), y que además se encuentre vacante (b.3), y presupuesto (b.4).
Este documento presenta un modelo de recurso de apelación de sentencia laboral según la nueva ley procesal de trabajo del Perú. Explica que luego de emitida una sentencia desfavorable, procede interponer un recurso de apelación. A continuación, presenta el modelo de recurso, el cual contiene secciones sobre el plazo para apelar, aplicación supletoria del código procesal civil, pretensión impugnatoria, efecto de la apelación, fundamentación de la pretensión y pago de tasa judicial. El modelo busca que
fermin toro uujhSentencia N° N° 2009-1036
En el presente caso el cual es de conocimiento de la esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 27 de noviembre de 2009, en el cual consigno oportunamente el escrito de formalización el apoderado judicial de CORPORACIÓN MINERA NACIONAL, C.A., (COMINAC) a quien de ahora en adelante se le denominara recurrente, Vs MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS INDUSTRIAS BÁSICAS Y MINERÍA. Quien se emitió en el presente caso dos resoluciones la primera Resolución DM/N° 143/2008 de fecha 23 de octubre de 2008 que declaró la CADUCIDAD de la Concesión de explotación de oro de veta denominada ‘TRIUNFO I-2’ y la segunda Resolución DM/N° 046 de fecha 14 de mayo de 2009 que resolvió improcedente por extemporáneo el recurso de reconsideración interpuesto sobre la resolución que declaro la Caducidad de la concesión.
Este documento presenta un modelo de recurso de apelación al Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas. El modelo contiene los requisitos formales para presentar un recurso de apelación, incluyendo la identificación del administrado, la expresión de la pretensión impugnatoria, los fundamentos de hecho y derecho que sustentan la impugnación, y los medios probatorios. El modelo servirá como guía para que los administrados presenten recursos de apelación válidos y cumplan con los requisitos establecidos por la normativa
Juan Manuel Quevedo Vera presenta un recurso de apelación contra una resolución que declaró improcedente su pedido de una medida cautelar innovativa para nombrar una junta transitoria en la Comunidad Campesina Santa Lucía de Ferreñafe. Argumenta que la junta directiva actual fue inscrita de manera ilegal ya que no cumplió con los requisitos de quórum en las elecciones. Solicita que se revoque la resolución y se declare fundado su pedido inicial.
RECURSOS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS.pdfclinversa
El documento habla sobre el principio de impugnación en derecho. Explica que la impugnación es un derecho que permite corregir posibles errores cometidos por jueces humanos. Describe diferentes tipos de recursos como la apelación, casación y reconsideración, así como sus características y formalidades. También clasifica los medios de impugnación en ordinarios, extraordinarios y excepcionales.
Este documento presenta una clasificación y descripción de los principales medios impugnatorios en el proceso civil peruano. Se dividen en recursos y remedios, y dentro de los recursos se explican el de reposición, apelación y casación, incluyendo sus elementos, requisitos de procedencia y trámites. También aborda conceptos como la nulidad de actos procesales, la tacha y oposición de pruebas.
Este documento describe las diferentes sentencias que pueden recurrirse, incluyendo sentencias preparatorias e interlocutorias. Explica el derecho a recurrir como una garantía constitucional y los artículos de la constitución que lo establecen. También define el recurso de oposición, sus condiciones para ser admisible como recurso, sus efectos suspensivos y devolutivos, y el plazo para interponerlo.
Este documento describe los diferentes tipos de sentencias que pueden recurrirse, incluyendo sentencias preparatorias e interlocutorias. Explica el derecho a recurrir como una garantía constitucional y los artículos de la constitución que lo establecen. También cubre las condiciones y procedimientos para interponer un recurso de oposición contra una sentencia dictada en defecto, incluyendo los plazos, efectos suspensivos y devolutivos, y las sentencias que pueden y no pueden impugnarse a través de este recurso.
Este documento contiene información sobre el proceso de promoción de pruebas, admisión o negación de hechos, admisión o rechazo de pruebas y términos de evacuación en un proceso judicial. Establece plazos para que las partes promuevan pruebas, expresen si convienen en los hechos alegados por la contraparte y para que el juez admita o rechace pruebas. Además, determina un plazo de 30 días para evacuar las pruebas admitidas.
Para que exista responsabilidad civil no se requiere tan solo de la existencia de una falta y de un perjuicio, pues puede haber una falta que no ocasiona un daño o puede haber un daño sin que haya falta. La necesidad de la existencia del vínculo de causalidad es un asunto de buen sentido. El autor de una falta no tiene que reparar, sino los perjuicios que sean la consecuencia exclusiva de esa falta.
El recurso de revisión civil es un recurso extraordinario mediante el cual se puede impugnar una sentencia ya ejecutoriada, constituyendo una excepción a la cosa juzgada. Puede intentarse contra cualquier sentencia, incluyendo las dictadas en defecto o contradictorias. Los que pueden intentar este recurso son el Estado, los municipios, establecimientos públicos y menores cuando no hayan sido debidamente representados. El recurso debe intentarse en el plazo de seis meses desde que se obtuvo la sentencia.
El documento contiene preguntas y respuestas sobre conceptos relacionados con los recursos y la apelación en derecho procesal. Se definen términos como recurso, naturaleza jurídica del recurso, clasificación de recursos, recursos ordinarios y extraordinarios, recursos horizontales y verticales, recurso de apelación, principios rectores de la apelación como legitimación, carga y vínculo obligacional, re formatio in pejus, personalidad, doble instancia y doble grado. También se explican conceptos como sentencia ap
Este documento presenta las preguntas y respuestas sobre conceptos básicos de derecho procesal civil como sentencias, tipos de sentencias, diferencias entre sentencias preparatorias, interlocutorias y provisionales, cómo y cuándo pueden ser recurridas, defectos, notificación de sentencias, perención de instancia, cómo atacar una sentencia en defecto, el recurso de oposición y sus efectos, y el tribunal competente para conocer el recurso de oposición.
Recursos en el codigo nacional de procedimientos penalesIván Galáviz Soto
El documento describe los recursos contemplados en el Código Nacional de Procedimientos Penales de México. Explica que el recurso de revocación busca la revisión de una resolución de trámite por parte del mismo juez que la emitió, mientras que la apelación permite impugnar resoluciones desfavorables ante un tribunal superior. También establece que la víctima puede recurrir resoluciones sobre reparación de daños o que pongan fin al proceso.
Este documento describe los diferentes recursos procesales en el derecho procesal penal panameño, incluyendo el recurso de reconsideración, apelación, anulación, casación y revisión. Explica que estos recursos permiten la modificación o revocación de resoluciones judiciales cuando se demuestra un agravio. También cubre las nulidades procesales y cuando una actuación puede ser declarada nula.
El documento resume los principales aspectos del proceso civil ecuatoriano. Incluye las siguientes partes: 1) La demanda, que inicia el proceso; 2) La citación al demandado; 3) La notificación de providencias y resoluciones; 4) La contestación a la demanda por parte del demandado; 5) La trabazón de la litis; 6) Las tercerías por parte de terceros afectados; 7) La conciliación intentada por el juez; 8) La prueba aportada por las partes; 9) La sentencia que resuelve el caso;
Este documento describe los aspectos fundamentales de un juicio contencioso administrativo en México. Explica las partes involucradas, los posibles resultados como la improcedencia o sobreseimiento, los impedimentos y excusas de los magistrados, cómo se presenta la demanda y la contestación, las medidas cautelares permitidas y los incidentes que requieren un pronunciamiento especial. También cubre temas como las pruebas, el cierre de la instrucción, la facultad de atracción, la sentencia, el cumplimiento de ésta y la suspensión.
Este documento presenta una introducción a los recursos procesales en el derecho. Define conceptos clave como el acto jurídico procesal y la impugnación. Explica que las sentencias están sujetas a recursos como la apelación y la nulidad. También describe las características de los recursos, sus fuentes en la constitución y los códigos, y diferentes criterios para clasificarlos como su finalidad y el tribunal que los resuelve.
Este documento presenta 20 preguntas sobre procesal civil, incluyendo definiciones de conceptos como recurso de apelación, tipos de pretensiones, diferencias entre medios, fuentes y objetos de prueba, cambios en la casación, fines y causales de la casación, precedente judicial, infracción normativa, efectos de la sentencia fundada de casación, tipos de motivación, finalidad de los medios de prueba, actuar un medio probatorio, cuando se declara infundada la demanda, diferencia entre documento privado y público, fecha cierta,
Este documento presenta una introducción a los recursos de impugnación en el proceso laboral en España. Explica que los recursos intentan evitar resoluciones injustas permitiendo un nuevo examen de decisiones iniciales. Detalla los diferentes tipos de recursos como reposición, revisión, queja y contra sentencias. El recurso de reposición no es devolutivo mientras que la revisión y la queja sí lo son. Contra las sentencias proceden recursos extraordinarios como la suplicación o casación dependiendo de qué órgano conoció de primera instancia.
Este documento presenta un resumen de los temas centrales cubiertos en un curso de Derecho Procesal Civil II. Incluye seis unidades que tratan sobre el juicio ordinario, juicio ejecutivo, concurso de acreedores, juicio verbal sumario, y conceptos como la reconvención y diligencias preventivas en el juicio ejecutivo. Explica los requisitos, características y trámites de cada uno de estos procedimientos legales.
La Apelación en Particular, Extraordinaria y Juicio de AmparoManuel Castillo
Este documento describe los recursos de apelación, apelación extraordinaria y juicio de amparo en México. Explica que la apelación permite a un tribunal de mayor jerarquía revisar las resoluciones de primera instancia, mientras que la apelación extraordinaria busca anular una sentencia definitiva por violaciones procesales graves. También define al juicio de amparo como un mecanismo constitucional para proteger las garantías individuales.
Ofrecemos herramientas y metodologías para que las personas con ideas de negocio desarrollen un prototipo que pueda ser probado en un entorno real.
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José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
1. LAWYER
MYV O I C E
A P E L
A C I Ó
N
Los
Recursos
VOL 4 - ABRIL 2021
VO
L-
¿Qué Son?
RECURSO
de
4
Tipos de
Sentencia
Requisitos
¿Qué Son?
Tipos de
Recursos
Efectos
C A S A
C I Ó N
RECURSO
de
R E V I
C I Ó N
RECURSO
de
3. M Y
LAWYE
R
V O
I C
E
EDITORIAL
La revista digital “My Lawyer
Voice” ofrece un espacio
dedicado a la FORMACIÓN del
Abogado Venezonalo, con
información interesante e
importante desde un punto de
vista fresco e innovador,
abarcando diferentes ámbitos de
la vida privada y laboral del
abogado.
La intención principal es
brindar información de interés
desde diferentes perspectivas a
los profesionales venezolanos
de la rama de Derecho.
Director
Adolfo Anzola
Jefe De
Redacción
Adolfo Anzola
Editor y Diseño
Adolfo Anzola
Director General
en Ventas
Adolfo Anzola
COLUMNISTAS
Adolfo Anzola
VOL-
4
6. La sentencia es una
resolución judicial
dictada por un juez o
tribunal que pone fin a
la litis (civil, de
familia, mercantil,
laboral, contencioso-
administrativo, etc.) o
causa penal. Esta cuenta
con varias partes, las
cuales se encuentran
establecidas en el
artículo 243 del Código
de Procedimiento Civil
venezolano vigente, en la
cual se contemplan
específicamente 3 a
saber: la narrativa, en
la cual se explican o
narran brevemente los
hechos;
la motiva, en la cuál el
Juez da sustento a su
decisión, desde el punto
de vista legal e incluso
doctrinario; y por último
la parte dispositiva, la
cual consiste netamente
en la decisión o
resolución tomada por el
Juez.
-La indicación del Tribunal que la
pronuncia.
-La indicación de las partes y de
sus apoderados.
-Una síntesis clara, precisa y
lacónica de los términos en que ha
quedado planteada la controversia,
sin transcribir en ella los actos
del proceso que constan de autos.
-Los motivos de hecho y de derecho
de la decisión.
-Decisión expresa, positiva y
precisa con arreglo a la pretensión
deducida y a las excepciones o
defensas opuestas, sin que en
ningún caso pueda absolverse de la
instancia.
-La determinación de la cosa u
REQUISIT
OS
7. SENTENCIA CONSTITUTIVA: en la
sentencia constitutiva el Juez lo
que hace es reconocer un derecho en
la persona que lo tenía, y es por
eso que en esta clase de sentencias
el Juez lo que hace es reconocer un
derecho abstracto que tienen las
partes. Ejemplo típico de estas
sentencias son las de divorcio.
SENTENCIA DECLARATIVA: aquí la
función jurisdiccional se agota
SENTENCIAS DE PRIMERA Y SEGUNDA
INSTANCIA: En las primeras la
decisión la dicta por el Tribunal
de la causa (Tribunal A-Quo) o sea
el Tribunal ante quien se intentó
la acción; y en las segundas, la
decisión la pronuncia el Tribunal
de Alzada, que conoce de la
apelación que ha sido interpuesta
por la parte que ha sido
perjudicada por el fallo o a quien
no se ha concedido todo cuanto ha
sido pedido en el libelo de la
demanda, Tribunal A-Quem.
SENTENCIAS DE REPOSICIÓN: esta
sentencia no se pronuncia sobre el
fondo del asunto de la cuestión
debatida, sino que se pronuncia
sobre los vicios que afectan al
proceso. El Art. 245 CPC hace
referencia a este respecto al Art.
209 CPC, en este sentido la nulidad
de la sentencia definitiva dictada
por el Tribunal de la instancia
inferior que se halle viciada por
los defectos que indica el Art 244
SENTENCIAS DEFINITIVAS: las que
resuelven el fondo del asunto,
ponen fin al juicio, el juez se
pronuncia respecto del derecho
sustantivo que se discute en el
proceso, haciendo de esta forma
concreta la norma abstracta.
SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS:
Resuelven controversias, pero no
ponen fin al juicio ni tocan el
fondo de éste, son de la naturaleza
del juicio, y han de ser resueltas
en forma previa e incidental. Las
sentencias interlocutorias no son
apelables, salvo aquellas que
causen un gravamen irreparable en
la sentencia definitiva.
SENTENCIAS DEFINITIVAMENTE FIRMES:
aquellas donde se ha agotado la
función jurisdiccional, y no cabe
ejercer ninguna clase de recursos
en su contra.
Sentencias absolutorias y
condenatorias: esta clasificación
está en función de que sea
favorable o no a las partes la
decisión que se ha dictado. En la
primera el Juez declara sin lugar
en todas sus partes y en la segunda
se la declara con lugar, por cuanto
el Juez está obligado a condenar en
todo o en partes, conforme al Art.
243 y no puede absolver la
instancia.
Sentencias constitutivas,
declarativas y de condena:
8. 1º) Efectos que se deducen de
la simple interposición del
recurso.
2º) Efectos que se deducen de
la decisión del recurso.
Entre los primeros efectos
encontramos que sólo la
interposición de los recursos
interrumpen la producción de la
cosa juzgada, por lo que la
resolución no es firme.
En segundo lugar produce
efectos devolutivos que deben
resolver el recurso del
Efectos
9. DEVOLUTIVO Y NO DEVOLUTIVO
Los recursos devolutivos son aquellos cuya
resolución corresponde al tribunal
jerárquicamente superior del que dictó la
sentencia o resolución. Este tribunal superior se
llama tribunal ad quem; el tribunal que dicta la
sentencia que se recurre, tribunal a quo. Por
tanto, son los recursos no devolutivos los que su
tramitación y resolución corresponde al mismo
tribunal que dictó la sentencia que se impugna.
Son devolutivos: la apelación, la queja y la
casación; son no devolutivos la reposición y la
súplica.
ORDINARIOS,
EXTRAORDINARIOS Y
EXCEPCIONALES
Los recursos ordinarios
son aquellos que no
exigen causas específicas
para su admisión y,
además, no limitan los
poderes de los tribunales
ad quem. Como recursos
ordinarios tenemos la
apelación, la queja, la
súplica y la reposición.
REMEDIOS Y RECURSOS
Responsabilidad que
surge por todo perjuicio
o daño causado a
terceros por la acción u
omisión de un acto
administrativo.
Esta se refiere a
sanciones
administrativas,
amonestaciones y otros
tipos de sanciones como
la suspensión del
ejercicio.
Tipos de
Recursos
PRINCIPALES Y POR
ADHESIÓN
Estamos ante un sólo
recurso, sólo que existe
una diferencia temporal con
respecto al momento de su
planteamiento. Los recursos
por adhesión se plantean
cuando el recurrente
aprovecha el planteamiento
del mismo recurso por la
otra parte. Solamente
tenemos como recurso de
RECURSOS CONTRA RESOLUCIONES
DE LOS TRIBUNALES Y RECURSOS
CONTRA RESOLUCIONES DE LOS
JUZGADOS Contra los juzgados
se interpondrán los recursos
de apelación, queja o
reposición. Contra un
tribunal, si estamos ante la
Audiencia Provincial, se
planteará la súplica, la queja
o la casación. Si estamos ante
el TS, sólo el de súplica.
10. L A P S O
Vencido los 10 días que se dan para el anuncio
Al primer día inmediato siguiente el tribunal
competente para oír el anuncio decide si lo
admite o lo niega En caso de negativa razonará
en dicho auto los motivos del rechazo Si no
hay pronunciamiento oportuno sobre el recurso
Si lo admite hará constar en auto el día del
calendario que correspondió al último de los
10 días del anuncio Dentro de los 40 días
continuos más el término a la distancia (Si
fuere el caso).
C A S A C
I Ó N
RECURSO
de
Casación es un recurso
extraordinario de impugnación
dirigido a establecer la nulidad de
una decisión judicial contraía a
derecho.
La casación no se pronuncia sobre
el merito de la causa, sino sobre la
idoneidad de la sentencia, tanto en
el sentido formal como material
(infracción de ley).
El recurso
extraordinario de
casación es considerado
una demanda formal de
nulidad ejercida contra
la sentencia de un juez
de última instancia en
el cual el recurrente se
dirige a los magistrados
de la sala con la
D E C L A R A D O S I N
L U G A R
Sin lugar Se remite el expediente
al Tribunal de Ejecución. Art. 326
CPC.
11. T I P O S
El Art. 290 CPC establece que de la sentencia
definitiva se admitirá apelación en ambos
efectos, salvo disposición especial en contrario;
A P E L A
C I Ó N
RECURSO
de
La apelación es el recurso
ordinario por excelencia, por
medio del cual el que resulte
perjudicado por una decisión
judicial puede ocurrir al Tribunal
superior a fin de que la revoque
o reforme, en todo o en parte.
Mediante el recurso de
apelación, la parte perdidosa
persigue del Tribunal superior le
sea remediado el agravio
cometido por el fallo del inferior.
puede seguir conociendo del asunto,
quedando suspendida la jurisdicción del
inferior. En consecuencia tiene dos
cuando se oye una apelación en ambos efectos
quiere decir, que ella traslada el conocimiento
total al Tribunal superior, y éste es el único que
efectos: 1) transmisión de la
competencia al superior y 2)
suspensión de ella en el inferior; esto
es, produce efecto devolutivo efectos:
1) transmisión de la competencia al
superior y 2) suspensión de ella en
el inferior; esto es, produce efecto
devolutivo y suspensivo. Se
traslada al Juez superior
suspendiendo la aplicación de
la decisión del Juez inferior.
Lapsos
El Art. 298 CPC establece como regla general el
término de 5 días para intentar la apelación,
debiéndose entender aquí esta expresión como
un lapso, puesto que la parte puede apelar en
uno cualquiera de los días que se concede para
apelación.
12. N AT U R A L E Z A J U R I D I C A
En la Constitución, al preverse la potestad revisora
de la Sala Constitucional, como ocurrió en todos los
casos de las competencias que le fueron asignadas
en el mismo artículo 336, no indicó expresamente
que se trataba de una competencia de la Sala
Constitucional que debía ejercer cuando se
formulara ante la misma un recurso extraordinario,
es decir, que debía iniciarse a instancia de parte
interesada. Ello, por supuesto, era innecesario,
pues se derivaba de la redacción general
R E V I S
I Ó N
RECURSO
de
Es un medio extraordinario de
impugnación, de carácter
excepcional, por medio del cual se
somete a la consideración del juez
constitucional una controversia ya
resuelta por otro tribunal de la
República mediante sentencia pasada
en autoridad de cosa juzgada.
de la norma en la cual, como se dijo, en la
atribución de todas las competencias
asignadas a la Sala Constitucional en
ejercicio de la Jurisdicción Constitucional,
si bien no se hace referencia alguna a las
acciones o recursos respectivos, se da
por sentado el principio dispositivo del
proceso que es la regla en el
ordenamiento jurídico, siendo
excepcional la previsión de la
potestad de oficio asignada a la
Sala Constitucional, lo cual sólo
se establece en el artículo
336.6 para la revisión.
13. PROCEDENCIA
Entre los supuestos de
inadmisibilidad,
observamos que nuestra
jurisprudencia ha venido
aplicando los siguientes:
1. La Sala Constitucional
declara inadmisibles las
solicitudes de revisión
cuando la sentencia cuya
revisión se solicita, no
se encuentra
definitivamente firme,
por no haberse agotado
los recursos dispuestos
en nuestro ordenamiento
jurídico.
2. Asimismo, se declaran
inadmisibles las
solicitudes de revisión
que contienen una
pretensión de amparo
constitucional, por
inepta acumulación de
pretensiones y
procedimientos.
3. De igual forma, se
declaran inadmisibles las
solicitudes de revisión
5. Así también, la Sala ha
establecido como causal de
inadmisibilidad el hecho
de que el presentante de
la solicitud no se haga
asistir de abogado o que
éste no acredite su
representación judicial
mediante instrumento poder
conjuntamente con su
solicitud. Asimismo, ha
declarado inadmisible la
solicitud presentada por
un abogado que tenga un
poder general, en donde no
se establezca expresamente
que el mismo tiene
facultad para interponer
solicitud de revisión
constitucional.
6. Finalmente, ha
establecido como causal de
inadmisibilidad el hecho
de que el solicitante de
la revisión constitucional
carezca de un interés
particular, personal y
directo en la solicitud o
REQUISITOS
1) Que se recurra un acto
firme en vía
administrativa. Que
concurra alguna de las
circunstancias siguientes:
Que al dictar el acto se
haya incurrido en error de
hecho, que resulte de los
propios documentos
incorporados al
expediente.
2) Que aparezcan
documentos de valor
esencial para la
resolución del asunto que,
aunque sean posteriores,
evidencien el error de la
resolución recurrida.
3) Que en la resolución
hayan influido
esencialmente documentos o
testimonios declarados
falsos por sentencia
judicial firme, anterior o
posterior a aquella
resolución.
4) Que la resolución se
R E V I S I
Ó N
RECURSO
de
14.
15. M Y
LAWYE
R
V O
I C
E
REFERENCIAS
WEB
-https://estudiosjuridicos.wordpress.com/derecho-civil/actos-de-
impugnacion-los-
recursos/#:~:text=Como%20recursos%20ordinarios%20tenemos%20la,es%20el
%20recurso%20de%20casación.
-https://derechovenezolano.wordpress.com/2013/10/14/la-apelacion-en-
el-proceso-civil-
venezolano/#:~:text=La%20apelación%20es%20un%20recurso,medio%20de%20u
na%20nueva%20decisión.
-https://es.slideshare.net/carlosperez865/recurso-de-casacion-civil-
en-venezuela-66514427
-http://servicio.bc.uc.edu.ve/derecho/revista/3-2007/art%206.pdf
-https://es.slideshare.net/Daiyelyth/recurso-de-revision-37345801
VOL-
4