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E D I T O R I A L
Escribir esta editorial a un año de iniciado este
proyecto, cuando seguimos atravesados por una
pandemia de dimensiones inusitadas, imponderable,
con dificultades de evaluar todos los efectos e
impactos negativos que producirán en nuestra
sociedad, nos moviliza en nuestro sentir, pensar, estar
y hacer. Esta situación nos sigue interpelando como
institución que representa un colectivo que viene
poniendo sus saberes, conocimientos, experiencias al
servicio: de las instituciones implementadoras de
políticas públicas, de los sujetos individuales, grupales
y colectivos vulnerados y vulnerables de nuestra
sociedad, siempre de frente, con la escucha asertiva y
la mirada atenta, preocupados y ocupados de ser
efectivos en nuestras intervenciones.
En cada texto o espacio institucional en un contexto
turbulento e incierto les colegues siguen trabajando
desde el compromiso y responsabilidad, cuidándose y
cuidando, reflexionando, haciendo aportes a la
construcción colectiva disciplinar.
Este espacio pretende valorizar, reconocer, compartir,
socializar cada uno de los mismos como fructífera e
incipiente cosecha de este año, agradeciendo cada uno
de los escritos de les colegues que dan cuenta de sus
tránsitos y caminos, sus interrogantes, sus aportes y
apuestas desde su mirada singular, con otrxs colegues,
en interdisicplina.
Como la canta autora “... merecer la vida es erguirse
vertical más allá del mal de las caídas, es igual que
darle a la verdad y a nuestra propia libertad la
bienvenida. Es una virtud de dignidad y la actitud de
identidad más definida"
Lic. Anabella Córdoba
Colegio Profesional de
Asistentes Sociales de
la Provincia de Santa Fe
Ley 7754/75. Primera Circunscripción
Miembro de la Federación Argentina de
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Social o Servicio Social
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“Nociones que dieron y dan sustento a intervenciones
de Trabajo Social enel campo socio-jurídico de familia”
Por Graciela Nicolini
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Resumen
El campo socio-jurídico de familia, nutriéndose de diversos saberes, convoca disciplinas entre las que
se incluye Trabajo Social. Éstas, al momento de caracterizar situaciones concretas, apelan a nociones
teóricas destacándose la de peligrosidad, prácticamente hoy superada, la de situación de riesgo y la
de vulnerabilidad, estrechamente ligada a la lógica de derechos.
La aplicación de estas categorías a situaciones de la práctica con fines descriptivos puede prescindir
de elementos conceptuales correspondientes a las problemáticas subyacentes o presentarse
articuladas exclusivamente al discurso de derechos y/o a enunciados normativos.
Con estos sesgos, dichas nociones, consignadas en evaluaciones referidas a temáticas de niñez y
padecimiento mental, plantean desafíos en el plano del interjuego entre lo judicial y lo asistencial,
máxime la potencialidad de dar fundamento a intervenciones proteccionales.
En este contexto el presente trabajo se propone como objetivo desentrañar los significados
atribuidos a dichas nociones y las implicancias en términos de intervención.
Palabras clave
Peligrosidad – Riesgo – Vulnerabilidad – Vulneración de derechos
Abstract
The family socio-legal field, drawing on diverse knowledge, calls diverse disciplines including Social
Work. These disciplines, during the characterization of specific situations, appeal to theoretical
notions, among which stand out the dangerousness, practically surpassed nowadays, the risk
situation and the vulnerability, closely linked to the rhetoric of human rights.
The usage of these notions for the characterization of concrete situations may leave aside conceptual
elements corresponding to the underlying problems, or present itself exclusively articulated to the
rhetoric of human rights and/or the legislation.
With these biases, these notions, recorded in evaluations related to childhood and mental illness
issues, pose challenges at the level of the interplay between the judiciary system and the health and
social assistance institutions. This is particularly relevant given the potentiality to give a foundation
to protective interventions.
In this context, the present work aims to unravel the meanings attributed to these notionsand the
implications in its deployment during interventions.
Keywords
Dangerousness - Risk - Vulnerability – Rights violations
3
Introducción
Pensar la práctica de Trabajo Social en el campo socio-jurídico abocado a temas de familia implica
conjugar, junto a marcos teóricos y tecnologías de intervención, la legislación y las particularidades
del dispositivo institucional (Krmpotic, 2020).
Haciendo foco en los marcos teóricos y en cómo estos influyen en las prácticas, incluso desde
documentos como los informes sociales, vemos actualmente la protagónica alusión a riesgo y a
vulnerabilidad.
Estas nociones, enunciadas en evaluaciones referidas a temáticas de niñez y padecimientomental, en
el marco del campo socio-judicial, tienen la capacidad de dar fundamento a intervenciones tanto de
trabajadores sociales como de otras disciplinas; aludimos a la implementación de medidas llamadas
generalmente de protección.
Se trata de términos difusos, que no tienen un significado unívoco. Su enunciación puede aparecer
asociada exclusivamente a un lenguaje de derechos y/o sin la necesaria fundamentación o
desagregación de componentes que, con base en el conocimientoteórico de las problemáticas
involucradas, caractericen la situación particular.
En atención a ello se propone precisar los sentidos atribuidos a estas nociones y a otras con las que,
precedente o contemporáneamente, articulan.
El análisis, contextualizado en un campo con marcada persistencia de la lógica de poder disciplinar
(Foucault, 2005), abarca el interjuego entre las aludidas categorías y los marcos conceptuales de las
profesiones que participan, las normas legales y los discursos surgidos del paradigma de derechos.
Para ello, inicialmente se introduce la cuestión de cómo la intervención dirigida a las familias en el
campo socio-jurídico recorta colectivos necesitados de cuidado a los que aborda con la participación
de profesiones diversas. Se destacará la pregnancia de saberespsi y su incidencia en términos de un
enfoque en clave personal y/o familiar. Este sesgo se reconocerá también en la modalidad de uso de
las nociones en análisis.
Respecto de ellas, además de atender a aspectos de su origen, se desplegará lo atinente a las distintas
vertientes (teóricas y de la lógica de derechos) que han ido conformando sus significados y
aplicaciones no siempre unívocos.
Metodológicamente la propuesta es de tipo cualitativo, apelando al análisis de fuentes primarias.
Con un criterio interdisciplinar, se recuperan aportes de distintos autores, proponiendo un diálogo y
articulación entre ellos, lo cual se conjuga con reflexionessurgidas de la trayectoria profesional en el
entramado del campo socio-jurídico de familia.
Saberes que confluyen en el campo socio jurídico de familia.
La intervención estatal respecto de las familias, luego de la etapa filantrópica y en elmarco de la
organización y posterior apogeo del Estado de Bienestar, se dio en el marcode un progresivo Y
sostenido proceso de profesionalización (Grassi, 1998: 99-100). Se inscribe allí la participación de
las ciencias psi desde las que se caracterizaba una cierta familia como normal a la par que aquellas
4
que salían de ese modelo, vistas como líneas
de fuga del mismo (Nicolini, 2011), eran objeto
de intervenciones estatales.
Estas intervenciones, si bien con foco en
ciertas familias, desplegadas con notorio
protagonismo del campo socio-jurídico1
,
fueron conformando dispositivos dirigidos a
colectivos de sujetos que, más allá de sus
diferencias, han sido categorizados como
necesitados de cuidado (Nicolini,2011), o
como pasibles de algún tipo de tutela estatal,
noción recuperada de Carla Villalta (2005).
Se alude a colectivos tales como el de la niñez, pensada como naturalmente tutelable, y el de las
personas afectadas por padecimientos mentales (Nicolini, 2011). Respecto de éstas,a pesar que las
actuales normativas hablan de restricciones a la capacidad (Código Civil y Comercial de la Nación2
,
arts. 31 a 50), al momento de la intervención no acaba de superarse la tensión entre cuidados y
apoyos frente a limitaciones en las capacidades del sujeto y la impronta propia de Trabajo Social de
pivotear en dichas capacidades propiciando grados crecientes de autonomía.
Precisando el aporte de la profesionalización arriba aludida en la administración de la justicia de
familia (que integra el campo socio-jurídico), se encuentra que, junto al derecho, saber central,
hegemónico, se ha dado la convocatoria a otras disciplinas (entre las que se encuentra Trabajo Social
y las disciplinas psi) las cuales, en su carácter de expertos, contribuyen a dar fundamento a decisiones
e intervenciones del ámbito (Nicolini, 2011).
Esta participación de saberes extra jurídicos en ámbitos del campo socio-jurídico de familia, en la
actualidad se amplifica a partir de la apelación a intervenciones interdisciplinarias propiciadas por
leyes específicas (de niñez, de salud mental, entre otras) y particularmente por el C.C.C.N..
Seguidamente se aludirá a aspectos que contribuyeron a modelar la aludida participación.
Protagonismo del saber psi
Las ciencias psi han nutrido a diversas profesiones para pensar e intervenir respecto de lasfamilias y
de colectivos pasibles de cuidado. Su incidencia y las pregnancias generadas no siempre son
visualizadas en toda su complejidad y alcances.
Valeria Llobet (2014), en una investigación sobre la participación de los saberes psi en los dispositivos
de atención a la infancia, ha señalado que fueron no sólo psicólogos sino también trabajadores
sociales e incluso abogados3
quienes, en sus diversas inserciones en
1
Acotando a cuestiones de familia hablar de campo socio jurídico lleva a extender la mirada, más allá de la
administración de la justicia de familia, abarcando intervenciones de órganos de protección de derechos de
niños, niñas y adolescentes y determinados servicios asistenciales (de salud, educativos, etc.) y/u organismos
no gubernamentales relacionados a la temática.
2
En adelante C.C.C.N.
3
Puede agregarse médicos, docentes y otros educadores.
5
dichos dispositivos, introdujeron ese saber para pensar, fundamentar y sostener las intervenciones4
.
Ello evidencia puntos de contacto con los desarrollos de Donzelot (1998). Esta pregnancia del discurso
psi también se encuentra en diversas disciplinas que confluyen en la intervención respecto del
padecimiento mental.
En términos de infancia la imbricación de los saberes psi en las culturas institucionales, permitió
redefinir el “abandono moral y material”, brindando argumentos para enfrentar la lógica del
patronato; en el contexto de institucionalización de la Convención de los Derechos del Niño, posibilitó
cuestionamientos a tratos autoritarios o deshumanizados, propiciando acciones de ampliación de
derechos sustentadas en la concepción de “niño- sujeto-de-derechos” (Llobet, 2014).
Cabe destacar que, en ese proceso de cuestionamiento al paradigma tutelar dado con aportes del
discurso psi, Trabajo Social tuvo una protagónica participación. Ejemplo deello es su inclusión en
programas implementados por la Secretaria de Niñez Adolescenciay Familia5
y en juzgados abocados
a temas de familia ocurrida en las últimas décadas del siglo pasado en diversas jurisdicciones del país.
Según Llobet (2014) la pregnancia de los saberes psi en instituciones de infancia, evidenciando
matices y contradicciones, dio lugar a modalidades interventivas como el modelo de tratamiento
terapéutico y el trabajo “caso a caso” (englobadas como intervenciones “micro”) las cuales, si bien
fueron herramientas orientadas a implementar los derechos del niño, no estuvieron exentas de
conformar una imbricación cada vez menos problematizada entre prácticas de salud mental y
políticas de protección de derechos, incidiendo en lo que la autora nomina como patologización de
los hechos sociales que traduce un hecho de orden social a un hecho de orden psicológico,
promoviendo prácticas de cura (Llobet, 2009)6
.
Como otro efecto contradictorio de las intervenciones micro alude a lo que llama la“familiarización
del conflicto” en tanto no se interpela la práctica institucional ni la formulación de políticas por parte
del Estado, sino que el conflicto es traducido en “drama y dramática familiar” (Llobet, 2009)7
.
Desde el análisis de documentos, tales como informes sociales producidos por trabajadores sociales,
puede agregarse que este efecto de familiarización del conflicto combina saberes psi con el discurso
de derechos (Nicolini, 2018).
El hecho de que un problema complejo que afecta a niños, niñas y/o adolescentes o a sujetos con
padecimiento mental sea leído como problemática familiar (“drama y
4
La autora, preguntándose por cómo la institucionalización del paradigma de derechos de niños/as y
adolescentes, en tanto nueva epistemología para comprender la infancia, se imbricó en las culturas
institucionales ya establecidas, muestra que dicho proceso, complejo en sí mismo, fue mediado por saberes psi
(Llobet, 2014, p. 211).
5
Se alude a programas tales como el de Prevención del Abandono (conocido como PPA), el de Fortalecimiento
de Vínculos Familiares y Comunitarios, el de Libertad Asistida.
6
La autora ejemplifica aludiendo a que hubo alguna línea de la psicología desde la cual se leían como expresión
de un déficit centrado en el sujeto a manifestaciones de disconformidad social, hechos delictivos y consumos
de sustancias por personas menores de edad.
7
Ejemplifica señalando que, frente a niños en situación de calle, a fin de explicar la problemática se pone el
acento en cuestiones familiares sin problematizar, por ejemplo, la expulsión del sistema escolar del que han
sido objeto esos niños.
6
dramática familiar” en términos de Llobet) suele incluir en sus fundamentaciones nociones tales
como la de situación de riesgo o de vulnerabilidad.
Desde esta línea interpretativa y argumentativa se conforman intervenciones en las que, poniendo
el acento en la carencia, subyace una consideración de la familia como unívoca responsable de dotar
a los individuos de los recursos simbólicos, sociales y materiales parala gestión de una mejor
integración social. Ello elude la crítica a procesos de concentraciónde desventajas en determinados
conjuntos sociales y, en definitiva, opaca las responsabilidades del Estado.
Muchas de las intervenciones implementadas en el campo socio-jurídico (por trabajadoressociales,
psicólogos, educadores, abogados, etc.) en temas de infancia y de salud mental, generadas y
sostenidas en un discurso psi combinado con un discurso de derechos, argumentadas desde nociones
como la de riesgo o vulnerabilidad, remiten a situaciones que son claro efecto de la concentración de
desigualdades en determinado grupo social pero sin embargo se propone abordarlas en clave
personal y/o familiar. De allí la necesidad de visibilizar los significados subyacentes en las aludidas
nociones.
Nociones / Categorías, sustento de intervenciones
Un rastreo realizado en informes producidos por distintas profesiones en el campo socio- jurídico de
familia (Nicolini 2011) permitió visibilizar el uso de categorías (“situación de alto riesgo”, “situación
de crisis con importante riesgo para sí mismo y para terceros”), caracterizaciones (“conflicto familiar”,
“consumo de drogas”, “dificultades comunicacionales”) o alusión conductas o factores que se han
establecido como indicadores de problemáticas (“adaptación conflictiva al medio”, “compulsión a la
ingesta”). La enunciación de dichas categorías, conductas o problemáticas (incluso sin ser
teóricamente definidas) en relación a una situación particular, más allá de lo potencial quealbergan,
disparan decisiones que afectan a los sujetos, fundan medidas, intervenciones, en el aquí y ahora,
marcan la historia de los sujetos y de las familias.
En estas enunciaciones subyacen nociones que contribuyen a caracterizar y/o rotular poblaciones
que se han construido como necesitadas de cuidado, como así también a una definición de los
problemas que las afectan. No siempre sostenidas teóricamente, surgiendo desde las ciencias psi o
sociales, poseen un halo científico que permite a saberes como el derecho fundamentar
intervenciones.
Seguidamente se realiza un análisis orientado a desentrañar significados y aportar precisiones en
torno a estas nociones y sus efectos pragmáticos.
La precursora noción de peligrosidad
Esta noción8
, si bien se enuncia superada, ha signado por más de un siglo la concepción yla
intervención estatal respecto de las personas con padecimiento mental (entre otras).
8
El surgimiento de la noción se inscribe en el marco de la criminología. El origen de la palabra se atribuye a
Raffaele Garofalo, criminólogo italiano, quien en un artículo de 1878 usó el término “temeritá: perversidad
constante y activa”.
7
Pensar esta problemática como una amenaza de peligro “para sí o para terceros”, desde la
articulación entre medicina y derecho, dio lugar a un estigma aún presente respecto de lossujetos
con problemas mentales.
Como señalan Angelini y Larrie (2016) la idea de la temibilidad del sujeto está enfocada desde la
sociedad y no desde la persona. Conforme una visión de sujeto determinado por aspectos biológicos
(hipótesis no constatada científicamente), la apelación a la peligrosidad de la persona ha sido
fundamento para el encierro tanto penal como sanitario, por lo que debe entendérsela dirigida a la
protección del organismo social.
Es una construcción que ha aportado sentidos e imágenes en relación a la intervención estatal desde
principios del siglo pasado respecto no sólo de personas con problemas de salud mental sino
también, desde lo ambiguo y difuso de la categoría, en relación con aspectos y sujetos de sectores
pobres que debían ser objeto de control e intervención (inmigrantes, niños “en peligro moral” –
término usado en la Ley Nacional Nº10.903–, etc.).
En pos de caracterizar la noción de peligrosidad es relevante el aporte de Foucault para quien su uso
“significa que el individuo debe ser considerado por la sociedad según sus virtualidades y no por sus
actos; no por las infracciones efectivas de una ley también efectiva, sino por las virtualidades de
comportamiento que ellas representan” (2003, p. 102). De allí que aludir a peligrosidad remite a la
idea de intervenir sobre virtualidades e implica que el saber sobre el sujeto no se organiza sobre el
conocimiento de si éste hizo o no algo, sino sobre un saber organizado alrededor de la norma
(Foucault 2003, p. 105) justificando luego la intervención educativo-preventiva, en fin, correctiva.
Como sintetiza Julieta Grinberg (2008), en la noción de peligrosidad está implícita “una hipótesis de
relación entre unos síntomas y unos comportamientos”.
Deslizamiento de la noción de peligrosidad a la de riesgo
Normativas surgidas a principios del siglo XX y que lo recorrieron hasta bien entrado el mismo
hablaban de niños en peligro material o moral, también de personas peligrosas para sí para terceros.
Pero progresivamente el uso de la noción de peligrosidad ha ido restringiéndose.
Como señala Robert Castel, a lo largo del siglo XX se ha producido un “deslizamiento de la noción de
peligrosidad hacia la de riesgo” (2012, p. 31).
A nivel local ello cobra expresión en las normativas que actualmente remiten mayormentea la noción
de riesgo definido como “amenaza o violación de derechos”, en caso de niños,niñas y adolescentes
(Ley Nacional Nº26.061, art. 37), o aludiendo a “riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”, en
situaciones de padecimiento mental (Ley Nacional Nº26.657, art. 20).
En términos de esta temática, ese pasaje de la noción de peligrosidad a la de riesgo, siguiendo a
Angelini y Larrieu (2016), permite trascender el determinismo biologicista queresponsabiliza al sujeto
por su carga biológica, para, desde la concepción de riesgo, dar cuenta de una situación vincular y
social que el sujeto atraviesa en el aquí y ahora.
8
Si bien podría pensarse que la noción de riesgo se ha independizado ya de la de peligro, nopuede
obviarse, como sugiere Robert Castel (2012) que, al ser tributaria de su antecesora, alberga la
posibilidad de persistencia de aspectos e ideas asociadas, opacadas o invisibilizadas de la precedente.
Situación de riesgo: nominación para lo potencial pero también para daños presentes.
La categoría de riesgo ha sido esbozada en relación a niños, niñas o adolescentes ytambién se incluyó
en la Ley Nacional de Salud Mental.
Siguiendo a Julieta Grinberg esta categoría implica “un juicio a futuro, un pronóstico realizado en
base a la observación de ciertos factores a partir de los cuales, si no se toman medidas necesarias,
‘algo malo’ le ocurrirá al niño” (2008, p. 159). Pero como señalara la autora, lo expansivo de esta
noción ha llevado a que permita referir no sólo a situaciones donde se sospecha que algo indeseado
puede ocurrir sino también a aquellas en que ya ocurrió. Así puede hablarse de que un niño, niña o
adolescente víctima de abuso sexual infantil se encuentra en situación de riesgo y, desde esta
nominación, solicitarse la implementación de una medida excepcional9
.
Usado para advertir de un posible daño o cuando ya ocurrió un daño, se trata de un enunciado
caracterizado por una impronta de apelación a intervenciones anticipatorias (Daich, 2004, p. 373).
Conceptos de “en riesgo” o “peligroso”, caracterizados por la remisión a un virtual comportamiento
o a una potencial situación que pudiera ocurrir y que debe ser anticipado y corregido, suponen lo que
Cohen (1988, citado en Daich, 2004) llama síndrome de anticipación, por el cual “si algo no se trata
adecuadamente, conducirá a algo peor”.
Entonces, hablar ayer de peligrosidad y hoy de riesgo es lo que, por ejemplo, en la administración de
justicia y en otras instituciones que conforman el campo socio-jurídico, habilita a implementar
acciones para evitar algo no deseado que podría llegar a ocurrir.
En pos de anticipar un riesgo pueden realizarse acciones precipitadas que resulten limitativas de la
autonomía o los derechos de los sujetos. Pensemos en las subcategorías que suelen formularse al
interior de la categoría de riesgo: altísimo, alto, medio, bajo. Las mismas pueden reflejar valoraciones
estandarizadas en el marco de un protocolo. Consignadas en informes que deban orientar decisiones
judiciales como la implementación de medidas de protección urgentes (por ejemplo, en el marco de
denuncias de violencia doméstica), van a incidir con peso propio en la toma de tales decisiones.
Relativizando esa necesidad de anticipación con su imperativo de intervención presenteen la
categoría de riesgo, desde la teoría sistémica se ha postulado que “un conflicto familiar pasa por
muchas etapas antes de alcanzar un nivel realmente peligroso” (Minuchin, Colapinto, Minuchin,
2000, p. 74).
En relación a la impronta de intervención que acompaña a la noción de riesgo Robert Castel llama la
atención sobre los posibles objetivos subyacentes dado que razonar en términos de “factores de
riesgo” promueve una modalidad inédita de intervención, da lugar al nacimiento de profesionales
signados como expertos; implica la construcción de datos, recorte de informaciones, construcción de
perfiles. Pero queda pendiente la pregunta de “¿quién construye esos datos, quien los controla, y
cuáles son los objetivos perseguidos” (2010, pp. 32-33).
9
Ley de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, Nº 26.061, art. 39.
9
Recordemos en este punto la existencia de una cierta selección cultural y social de peligros, y
consecuentes riesgos, que lleva a que unos sean advertidos mientras otros pasan desapercibidos
o tolerados, cuestión íntimamente ligada a “la pertenencia de clase, la inscripción profesional y las
vivencias personales” de los profesionales (Grimberg, 2008, p. 159).
“Situación de riesgo cierto e inminente”, enunciado que enlaza salud y derecho
En el abordaje del padecimiento mental, puntualmente desde la legislación específica, aparece la
alusión a “situación de riesgo cierto e inminente”.
La Ley Nacional de Salud Mental Nº26.657, en su art. 20, considerando la internación involuntaria de
una persona como “recurso terapéutico excepcional”, establece que “sólo podrá realizarse cuando a
criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.”
Por su parte, el Decreto Nº663/13, reglamentario de la aludida norma, define dicha noción:
“Entiéndese por riesgo cierto e inminente a aquella contingencia o proximidad de un daño que ya es
conocido como verdadero, seguro e indubitable que amenace o causa perjuicio a la vida e integridad
física de la persona o de terceros” (art. 20).
Esta definición formulada en la normativa no evita que sea un concepto polémico, particularmente
en la práctica asistencial donde se plantea su dilucidación en situaciones concretas. Desde disciplinas
psi se recoge que “se trataría de algo que pone en juego la integridad física –es decir que pone
enfrente el tema del suicidio– o cause perjuicio a la vida” (Gamaldi, 2016). Sería un atributo de
estado, una situación dada de la que el sujeto puede salir (Toro Martínez, 2011).
La atribución que la normativa hace al equipo de salud para dilucidar si una situación es deriesgo
cierto e inminente puede entenderse como expresión del encuentro entre dos universos discursivos
diferentes y en cierta forma antinómicos: por un lado, el Derecho, normativo, estático, que busca
precisiones, y por otro, la psiquiatría (y podría hacerse extensivo a la psicología) que, abocada a la
vida, a lo cambiante, a lo psíquico –con su dificultad de aprehenderlo, mensurarlo y objetivarlo–,
tiende a respuestas presuntivas (Ghioldi y Toro Martínez, 2011).
En este punto cabe pensar el lugar de Trabajo Social en el aludido entrecruzamiento de discursos. Si
bien esta profesión se incluye en el equipo de salud10
, al momento deldiagnóstico interdisciplinario
en el marco de la internación11
su participación no es determinante como sí lo es la del psicólogo o
el médico psiquiatra. Pero su aporte es significativo pues, tal como se señala desde la especialidad
forense, posibilita el conocimiento y evaluación de situaciones pasadas y presentes, y también
futuras (Krmpotic, 2012, p. 73). A su vez, abordando situaciones de crisis y padecimiento subjetivoy
social, puede formular diagnósticos sociales que integran y relacionan dinámicamente aspectos del
entorno social (económicos, materiales) como así también aspectos subjetivos, psicológicos,
culturales (Travi, 2017).
Ello evidencia que la especificidad de Trabajo Social, desde la indagación y caracterización de los
aspectos aludidos en el precedente párrafo, permite evaluar crisis agudas en forma integral y
contextualizada, en su historicidad y con vistas a la evolución a futuro.
10
Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.658, art. 8.
11
Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.658, art. 16.
10
La noción de “vulnerabilidad”. Su ligazón a la lógica de derechos.
Otra nominación que ha cobrado protagonismo en las últimas décadas en diagnósticos y evaluaciones
de la disciplina generados a partir de intervenciones en instituciones asistenciales y judiciales, es la
referencia a situaciones de vulnerabilidad que afectan a sujetos pertenecientes a colectivos pasibles
de medidas de cuidado (prevalentemente el de niños, niñas y adolescentes). Esta forma de
caracterizar situaciones también se observa en textos académicos y en ponencias en eventos
científicos.
Es una nominación que puede aparecer como unívocamente fundante de medidas “de protección”,
incluso sin estar acompañada de alguna desagregación que oriente sobre la expresión concreta que
asume la vulneración o vulnerabilidad en la situación que es foco de la intervención (Nicolini, 2018).
Hurgando en los sentidos subyacentes en esta noción Claudia Krmpotic (2019) detecta el uso de la
condición de vulnerabilidad para caracterizar, casi en exclusividad, la situación vital del sujeto. Señala
en esta modalidad descriptiva un sesgo en tanto, al centrarse casi como muletilla en su carácter de
sujeto de derechos, se está remitiendo a una identidad politizada, arraigada en el discurso
universalista de la teoría jurídica liberal, clara expresión del sujeto moderno, adulto, racional,
autónomo.
Asimismo, es significativo recuperar el aporte de Boaventura De Souza Santos dada la imbricación
que en la práctica se observa entre la noción de vulnerabilidad y el discurso dederechos. El autor,
destacando el carácter culturalmente occidentocéntrico de los derechos humanos señala que, en
tanto gramática hegemónica de la dignidad humana, se torna un planteo universalista,
independiente del contexto social, político y cultural, evidenciando como fragilidad el albergar
concepciones que pueden tender a reproducir el orden capitalista, colonialista y sexista de nuestro
tiempo (2014, p. 11).
Lo señalado por los autores aquí citados cobra relevancia en virtud de ser Trabajo Social una profesión
con tendencia a sostener la intervención centralmente desde la defensa y accesibilidad a los derechos
humanos (Nicolini, 2014), remitiendo por ello a un sujeto de derechos. Esta tendencia, consistente
con la hegemonía de los humanismos en la formación teórico práctica en Latinoamérica, propiciaría,
como contrapartida, un vacío teórico para interpretar y actuar en la realidad, con el riesgo de
reemplazar el análisis conceptual de las situaciones por evaluaciones valorativas (Pessolano, 2013, p.
160). Así, ante las carencias de formación conceptual (de grado y de pos grado), pivoteando en una
retórica alusiva a la lógica de derechos, se recurre a muletillas discursivas que en ocasiones no
superan el sentido común y que conllevan el riesgo de, por su polifuncionalidad, avalar
intervenciones que no siempre se traducen en saltos cualitativos para los sujetos (Nicolini, 2014) o,
incluso, llevan a sostener antiguas intervenciones tutelares (Krmpotic 2012: 57). En este punto es
significativa la advertencia de De Souza Santos respecto a que “la gran mayoría de la población
mundial no constituye el sujeto de los derechos humanos sino más bien el objeto de los discursos
sobre derechos humanos” (2014, p. 13).
En términos de la intervención profesional, el uso de la categoría de vulneración/vulnerabilidad no
contempla lo que se presenta a los trabajadores sociales nombrado por Claudia Krmpotic (2019)
como “lo fáctico”. Es allí donde, alejándose de efectos normativos e ideales, se abordan “experiencias
de familias, con vivencias encarnadas en sujetos y contextos particulares, en los que la familia
adquiere un grado de
11
significatividad”. El unívoco uso de la categoría para dar cuenta de “comportamientos disonantes”,
según la autora, lleva implícito el riesgo de definir a los sujetos involucrados como personas
problemáticas a las que hay que monitorear. Esta definición guarda estrechos puntos de contacto
con la de sujetos necesitados de cuidado y/o pasibles de tutela (Nicolini, 2011).
Conforme lo precedente, a fin de evitar un uso no esquemático y simplista de la noción de
vulnerabilidad, destacamos que, junto al concepto de pobreza y el de exclusión/inclusión, ha sido
foco de desarrollos en la ciencia social desde la década de los 90´, fundamentalmente en países de
Europa, teniendo como referencia, como ya se introdujo, la problemática de los derechos civiles,
políticos y sociales.
Entre esos desarrollos ha sido nodal el de Robert Castel (1997) quien, a partir de relacionar los ejes
de integración al trabajo y de sociabilidad socio familiar define tres zonas: de integrados estables, de
vulnerabilidad y de exclusión. El autor habla de vulnerabilidad social considerándola “una zona
intermedia, inestable, que conjuga la precariedad del trabajo y la fragilidad de los soportes de
proximidad” (op. cit., p. 15). Evidenciando una causalidad que excede la responsabilidad de la familia,
el desarrollo de Castel señala que abarca la carencia de recursos materiales vinculándose a la precaria
situación laboral, al debilitamiento o ruptura de redes familiares, comunitarias y sociales y a la
fragilidad de funciones protectoras del Estado y de organizaciones de la sociedad civil. La categoría
engloba tanto los "vulnerados" (que “ya padecen una carencia efectiva que implica la imposibilidad
actual de sostenimiento y desarrollo y una debilidad a futuro a partir de esta incapacidad”) como los
"vulnerables" (personas en quienes el deterioro de sus condiciones de vida “aparece como una
situación de alta probabilidad en un futuro cercano a partir de las condiciones de fragilidad que los
afecte”) (Perona, Crucella, Rocchiy Robin, 2000).
Unos y otros vienen a conformar los llamados grupos vulnerables en los cuales la pobreza, el origen
étnico, el estado de salud, la edad, el género o una discapacidad coloca a los sujetos que los integran
en una situación de mayor indefensión con alto riesgo de verse limitados en el ejercicio de sus
derechos (Pérez Contreras, 2005).
Como características de la vulnerabilidad resalta su multidimensional abarcando aspectos como las
condiciones habitacionales, los tipos y formas de organización familiares, las características
educacionales, el ámbito laboral y cuestiones previsionales (dada la condición laboral en retroceso)
y la red de relaciones y sistemas de sociabilidad (Perona, Crucella, Rocchi y Robin, 2000).
Otras características son la de integralidad (su existencia afecta varios aspectos de la vida de las
personas) y la de progresividad atento la posibilidad de acumularse y aumentar de intensidad (Pérez
Contreras, 2005). Dicha progresividad es la que puede llevar a un círculo perverso que reproduce y
aumenta condiciones de vulnerabilidad y, por ende, de marginalidad.
Un ejemplo de cómo se conjugan estas características en situaciones familiares se encuentra en lo
que, desde el enfoque sistémico, se define como familias multiproblemáticas (Pakman, 2006) o
familias institucionales, aludiendo a pobresafectados por crisis múltiples (Minuchin et al., 2000). La
multidimensionalidad e integralidad de los problemas que confluyen en estas familias (cuestiones
médicas, de salud mental, de dependencia de sustancias químicas, dificultades en el empleo, la
12
educación, violencia, pobreza) derivan en una progresividad y agravamiento de las crisis, dada la
conjunción o sucesión de las mismas.
Por lo aquí expuesto la sola mención a situación de vulnerabilidad o de que el sujeto sobreel cual se
dirigirá una intervención profesional tiene derechos vulnerados requiere de un análisis integral de las
distintas dimensiones de la situación (y la posibilidad de progresividad) como así también trascender
la referencia al sujeto para inscribirlo en una familia, en un determinado grupo vulnerable/vulnerado,
y todo ello en un contexto socio- histórico. No bastará enunciar los derechos que se podrían estar
vulnerando al sujeto concreto pues tras ello podría estar opacándose su pertenencia a un grupo
(familiar,social, étnico, etc.) también en situación de desventaja o indefensión.
Como señalara Antonio Madrid (s.f.), cuando se habla de vulnerable y de vulnerabilidad (a diferencia
del término “vulnerar” que permite identificar el sujeto activo y el sujeto pasivo, y por ende
identificar responsabilidades) se está aludiendo a personas y a situaciones en las que se identifican
elementos que pueden tornar vulnerables a dichas personas. Ello introduce el peligro de “pensar que
la vulnerabilidad es un rasgo de la persona y no de las estructuras en las que viven las personas”
haciendo que lo que es una consecuencia sea visto como una causa. Lleva a pensar que el problema
está en el receptor y no en el actor. Como bien señala Madrid, invisibiliza que generalmente “la
persona es vulnerable porque previamente se le ha vulnerado”.
Por eso lo ya sugerido respecto de la necesidad de trascender el rótulo de “situación de
vulnerabilidad” y de identificar las distintas dimensiones afectadas de la persona y de su entorno
familiar y social, las relaciones entre ellas y su potencial progresividad.
Todas estas cuestiones remiten al papel de la teoría en el proceso de intervención. Siguiendo a Travi
(2008) la teoría nutre dicho proceso tanto desde categorías básicas de la disciplina como desde las
de las problemáticas sobre las que se realizan las prácticas. La teoría será particularmente relevante
en el diagnóstico dado que este debe permitircomprender, describir y analizar la situación problema
dando cuenta de cómo una expresión particular y concreta afecta a una persona o grupo,
inscribiéndola en el contexto más amplio (Travi 2012). Para ello la teoría y particularmente los
principales conceptos presentes en la demanda serán las herramientas necesarias (Travi, 2004).
Por último, como una acotada mención a efectos interventivos de la categoría de vulnerabilidad se
recupera el rastreo que realizó Valeria Llobet (2009) de dicha concepciónen el texto de políticas
sociales de infancia. La autora encontró que los programas sociales de dichas políticas planteaban la
necesidad de intervención en función centralmente de dos tipos de vulnerabilidad a las que definió
como “vulnerabilidad social y familiar” y “vulnerabilidad psicosocial”.
Según la autora la primera, de orden afectivo, busca detectar sistemas vinculares y constelaciones
familiares disfuncionales o inapropiadas, interviniendo en pos de la reparación de esa dimensión
relacional, mediante vías supletorias o suplementarias (por ejemplo, la convivencia en los llamados
pequeños hogares). La segunda, de orden psicosocial, remite a modalidades diagnósticas de
desadaptación, desvío, criminalidad, subculturas que propician circuitos de normalización a nivel de
las prácticas: reaprendizajede formas de subjetividad, pautas de convivencia, modalidades culturales,
estrategias de reapropiación del yo. Lo precedente muestra que el uso de la categoría sesga y da
forma a mecanismos de intervención en los que subyacen modelos idealizados de superación del
problema (de sesgo individual o familiar) que no parecen contemplar las distintas instancias
13
involucradas y sus responsabilidades, ni las múltiples dimensiones que confluyen en las situaciones
de vulnerabilidad, su articulación y la posibilidad de retroalimentación en un círculo perverso.
“Lo intolerable”, una noción transversal
Las nociones de riesgo (relacionada a la de peligrosidad) y de vulnerabilidad comparten el ser difusas
y variar según contextos históricos, sociales e institucionales. Esa variabilidad, particularmente en
términos de la movilización que pueden o no producir en pos de acciones concretas, tiene entre sus
explicaciones la intrínseca ligazón con la noción de "lo intolerable".
Para abordarla se recurre a dos trabajos de Julieta Grinberg (2008; 2010) quien recuperael
desarrollo de Bourdelais y Fassin (2005) al buscar explicar los cambios en los juicios de valor y en los
sentimientos que provocaron ciertos comportamientos hacia los niños, los cuales, pasaron de ser
invisibilizados o naturalizados a ser considerados, en tanto maltratoinfantil, objeto de estudio e
intervención estatal.
Según Grinberg, Bourdelais y Fassin sostienen que "un intolerable" "es una norma y un límite
históricamente construido y por ende sujeto a modificaciones” (2010, p. 73) variando en cada
sociedad y momento histórico.
Dicho límite es clave en tanto da forma a esquemas perceptivos que guiarán lecturas e intervenciones
de los profesionales. Tienen carácter de construcción, siendo influidos por la trayectoria familiar y
profesional, los marcos teóricos e ideológicos y la inserción institucional, entre otras variables
(Grinberg, 2010).
Estos atravesamientos, conformando criterios valorativos de los profesionales, pueden llevar a
definir una situación como intolerable, con sus consecuencias de impronta interventiva y,
contrapuestamente, llevar a sostener actitudes de naturalización, minimización, aceptación,
resignación o invisibilización frente a otras situaciones.
La variabilidad de lecturas y valoraciones aludida exige, como propone Grinberg, un análisis dialéctico
en relación al par conformado por "lo intolerable" y "la tolerancia de lo intolerable", tolerancia que
a veces discurre opacada en el cotidiano institucional frecuentemente desbordado por demandas
que superan la capacidad operativa del servicio. Formular dicho análisis contribuirá a la comprensión
de procesos de intervención en marcos organizacionales como los abarcados en el campo socio-
jurídico, tanto entérminos de acciones como de inacciones.
Reflexiones finales
Ayer peligrosidad y hoy privilegiadamente riesgo y situación de vulnerabilidad, son nociones que se
encuentran en la base y fundamentación de acciones preventivas anticipatorias. Acciones muchas
veces propiciadas desde informes de trabajadores sociales con diversa inserción institucional en el
campo socio-jurídico de familia. Ligando aspectos o situaciones observadas en el presente con lo que
en el futuro pudiera ocurrir, desde lo vasto e impreciso que pueden abarcar, expresándose incluso
sin otros fundamentos, brindan a los profesionales la posibilidad nominar con cierto cariz de
cientificidad situaciones diversas.
Por lo que de potencial y virtual guardan estas nociones encierran un quantum de aleatoriedad y,
por ende de que, al aplicarse sin la adecuada caracterización y análisis de la complejidad de las
situaciones evaluadas, se tomen decisiones y se implementen acciones o medidas arbitrarias y/o
iatrogénicas.
14
Particularizando en la noción de riesgo destaca su variabilidad conforme contextos históricos,
sociales e institucionales, con estrecha ligazón a la percepción de "lo intolerable". Esta incide en
criterios valorativos de los profesionales y muy especialmente en la movilización de éstos y de
autoridades burocráticas, llevando a motorizar intervenciones, a veces casi compulsivamente.
Por su parte la alusión a situación de vulnerabilidad no siempre es pensada como categoría ligada a
condiciones de inclusión/exclusión, desdibujando así incumbencias estatales y aspectos
estructurales. Asimismo, desde la ausencia de la desagregación de las distintas variables y
dimensiones que la conforman se omiten lecturas que permitirían distinguir responsabilidades y,
fundamentalmente, orientar un proceso superador que trascienda lo meramente individual y
familiar.
Para superar lo amplio y difuso que abracan las nociones en análisis y ciertos usos facilistas y
esquemáticos de las mismas resulta imprescindible trascender una enunciación fundada
exclusivamente en la normativa legal o incluso en un discurso encuadrado en la lógica de derechos.
Dicho discurso debe ser contemplado, pero cuidando de no incurrir en una retórica que encubra la
persistencia de antiguas prácticas contrarias a la misma.
Asimismo, se requiere una solvente formación profesional que, conforme marcos conceptuales de la
disciplina y de las distintas problemáticas que afectan al sujeto o la familia y su contexto, brinde
elementos teóricos y metodológicos para caracterizar la situación concreta, con sus dimensiones, su
complejidad.
Desde allí, conforme la especificidad de Trabajo Social, se podrá trascender una impronta
exclusivamente evaluativa –sobrevalorada en el campo socio-jurídico– dando lugar a la detección de
los espacios estratégicos que guíen la acción transformadora, elemento que define a esta profesión.
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tribunales y policía en Argentina y Brasi, pp. 71-88. Buenos Aires, Antropofagia/ Facultad de Filosofía y
Letras, Colección de Antropología Social.
Trabajo Social es Profesión Esencial
En los tiempos difíciles que venimos transitando y
los que se avecinan agradecemos y felicitamos a
todes les colegas que día a día nos enorgullecen
con su labor profesional, siendo Trabajo Social una
profesión esencial en esta pandemia. ¡GRACIAS Y
FUERZA!
17
La escucha y sus derivas en la intervención profesional
de Trabajo Social1
Ivon Frank. Facultad de Trabajo Social. UNER. Lic. en Trabajo Social.
Florencia Serra. Facultad de Trabajo Social. UNER. Mag. en Trabajo Social.
Silvina Bolcatto. Facultad de Trabajo Social. UNER- Lic. en Trabajo Social.
DESCARGAR ARTÍCULO
Resumen:
El presente artículo contiene reflexiones producidas en el marco del proyecto de investigación:
“Construcción de las intervenciones profesionales. Un estudio a partir de las prácticas relatadas por
trabajadores sociales de Santa Fe y Paraná”. El mismo procuró reconocer y comprender lo que sucede
en la “cocina” o “trastienda de la intervención”,
considerando que las intervenciones profesionales de
las y los trabajadoras/es sociales escapan a cualquier aprehensión que considere sólo su dimensión
técnica-instrumental. La resolución metodológica se inspiró en la propuesta de la Intervención
Sociológica (Touraine, 1983, 1986; Dubet, 1987, 2006) a partir de la cual se desarrollaron sesiones de
debate con trabajadoras y trabajadores sociales de las ciudades de Paraná y Santa Fe. De las diferentes
hipótesis que fueron trabajadas en el transcurso del proceso de investigación, para este artículo se
decide poner el foco en el análisis de un tópico que se reveló central en los procesos de intervención
profesional: la escucha.
Palabras claves: trabajo social, intervención profesional, escucha
Resumo:
Este artigo contém reflexões produzidas no âmbito do projeto de investigação: “Construçãode
intervenções profissionais. Um estudo a partir das práticas relatadas por assistentes sociais de Santa Fé
e do Paraná ”. Ele mesmo procurou reconhecer e compreender o que se passa na "cozinha" ou "sala dos
fundos da intervenção", considerando que as intervenções profissionaisdos assistentes sociais escapam
a qualquer apreensão que considere apenas a sua dimensão técnico-instrumental. A resolução
metodológica foi inspirada na proposta da Intervenção Sociológica (Touraine, 1983, 1986; Dubet,
1987, 2006) a partir da qual foram desenvolvidas sessões de debate com assistentes sociais das cidades
do Paraná e Santa Fé. Que foram trabalhadas durante a pesquisa processo, para este artigo optou-se
por focar na análise de um tema que foi central para os processos de intervenção profissional: a escuta.
Palavras-chave: serviço social, intervenção profissional, escuta.
1
Las reflexiones contenidas en este artículo son producto del Proyecto de investigación “Construcción de las
intervenciones profesionales. Un estudio a partir de las prácticas relatadas por trabajadores sociales de Santa
Fe y Paraná” radicado en la Facultad de Trabajo Social de la UNER y tienen como principal insumo el valioso
aporte de las y los trabajadores sociales de las ciudades de Paraná y Santa Fe que participaron de las diversas
sesiones de debate contempladas en el transcurso de la investigación. Asimismo, se destaca el apoyo brindado
y el compromiso asumido por el Colegio de Profesionales de Trabajo Social de la 2da circunscripción de la
provincia de Santa Fe en lo referente a la difusión del proyecto, la convocatoria de las y los colegas y la disposición
del espacio de la sede institucional para llevar a cabo las distintas sesiones de trabajo.
18
Introducción
El presente artículo aborda una serie de
reflexiones que tienen su origen en el
Proyecto de Investigación: “Construcción
de las intervenciones profesionales. Un
estudio a partir de las prácticas relatadas
por trabajadores sociales de Santa Fe y
Paraná” radicado en la Facultad de Trabajo
Social de la UNER2
. En el mismo se procuró
reconocer y comprender lo que sucede en
la “cocina” o “trastienda de la
intervención”3
y para ello, se partió de
considerar que las intervenciones
profesionales de las y los trabajadoras/es sociales escapan a cualquier aprehensión que considere sólo
su dimensión técnica-instrumental. Asimismo, se sostuvo que las modalidades que asumen las
intervenciones profesionales dan cuenta de un conjunto de factores y actores que se ponen a jugar en
el propio proceso, por lo que fue necesario distanciarse de aquellas propuestas en las que lo
metodológico queda subsumido al cumplimiento de etapas.
La resolución metodológica se orientó en la propuesta denominada Intervención Sociológica 4
(Touraine,
1983, 1986; Dubet, 1987, 2006), la cual posibilitó el despliegue de diferentes acciones y estrategias
dentro de las cuales las sesiones grupales y entrevistas con trabajadoras y trabajadores sociales de las
ciudades de Paraná y Santa Fe5
fueron centrales para construirel proceso de análisis en la búsqueda de
dar respuestas a la pregunta de investigación.
De las múltiples hipótesis que fueron trabajadas en el transcurso del proceso de investigación, para este
artículo se decide poner el foco en el análisis de un tópico que se reveló central enlos procesos de
intervención profesional: la escucha.
En las diferentes instancias del trabajo de campo que incluyó la investigación se observa enlos relatos
y debates de las y los profesionales participantes una referencia persistente e insistente a la práctica de
la escucha. El Trabajo Social es representado por ellas y ellos como un oficio que tiene como materia
primera el encuentro con otras y otros, y la escucha en ese encuentro se revela como imprescindible.
2
La investigación se desarrollo en el período 2017-2020, y el quipo de investigación se encuentra integrado por:
Mg. Carmen Inés Lera (directora), Mg. M. Florencia Serra (co-directora) , Lic. Silvina Bolcatto, Lic. Ivón Frank,
Mg. Alicia Genolet, Lic. Lorena Guerriera, Dra. Griselda Parera, Mg. Verónica Rocha, Lic. Zunilda Schoenfeld.
3
Siguiendo las motivaciones expuestas en la trastienda de la investigación de Wainnerman y Sautu, (2001)
4
La Intervención Sociológica es un método de investigación social que surge en Francia en la década del 70 y el
contexto de surgimiento se sitúa en el movimiento del mayo francés de 1968. Touraine define a este método
como un nuevo tipo de trabajo teórico y empírico en torno a los movimientos sociales. Su propuesta no apunta
a describir lo que acontecía, sino fundamentalmente a captar el sentido de las acciones. Este método en su
devenir fue incorporando nuevos campos de conocimiento (el terrorismo, el racismo, del antisemitismo diversas
formas de violencia, los jóvenes de los barrios populares, los estudiantes, los profesionales del trabajo sobre los
demás (trabajadores sociales, enfermeras, docentes…), los enfermos del cáncer, entre otros) y consolidando una
tradición que se resignifica a partir de las contribuciones de diferentes autores. Tradición que mantiene aún
escasa visibilidad en el terreno de las ciencias sociales
19
Aunque reconocer la centralidad de la escucha puede resultar una obviedad, esa mismaobviedad podría
explicar las razones por las que dicha categoría se encuentra escasamente tematizada al interior de las
producciones específicas de Trabajo Social y naturalizada en el cotidiano del ejercicio del oficio. En
consideración a ello las reflexiones que se despliegan a continuación se inscriben en un intento de
interrogar la práctica de la escucha en la intervención de trabajadoras/es sociales y apuntar algunas
claves para su tematización.
1- La centralidad de la escucha: ¿para qué y desde dónde escucha un trabajador social?
Es innegable que la escucha no es privativa de la profesión de Trabajo Social. Es más,podríamos preguntar
si existe profesión de lo social que prescinda en su ejercicio de la práctica de la escucha. La pregunta sería
entonces ¿qué es lo que distingue a la escucha que hace un trabajador social respecto de otras escuchas
profesionales?
Si tomamos el caso de la escucha psicoanalítica, de un modo muy básico, podemos identificarqué es lo
que la distingue de otras prácticas de escucha. Un cuerpo conceptual a partir del cualse decodifica la
escucha: la teoría psicoanalítica, un tipo de relación paciente-analista y un objetivo: la cura analítica.
Para el caso del Trabajo Social, Saül Karsz (2007) expresa que a los públicos se les oye, no con los oídos,
sino con “tablas de escucha” adecuadamente preparadas. La escucha debe estar instruida y tan lúcida
como sea posible. El autor refiere al esfuerzo de comprender qué teorías obran en la práctica
profesional y qué prácticas son posibles o imposibles según la teoría con la que se está operando. En
este sentido, expresa que el problema real consiste en comprender cómo y por qué, en el ejercicio del
oficio, teoría y práctica están siempre unidas, ligadas y las situaciones desde allí son descifradas,
categorizadas y significadas. “Importa la palabra cargada de sentido, portadora de significados” y
agrega: “El devenir de los usuarios depende de la práctica teórica que agentes e instituciones acepten o
no realizar” (2007:63)
Sin embargo, en las sesiones grupales observamos en los relatos de las y los trabajadoras/es sociales
que no resulta tan sencillo efectuar tales distinciones, lo que de ningún modo supone que se trata de
una escucha vacía de sentidos o ecléctica en relación al desde dónde se produce y para qué.
Al seguir algunas pistas en torno a la pregunta ¿desde dónde escucha un trabajador social? reconocimos
múltiples adjetivaciones que las y los profesionales le atribuyen a la escucha: atenta, amplia, activa,
respetuosa, generadora de confianza, no inquisidora, no sancionatoria. Una escucha que interroga y
que se interroga a sí misma, que no debe hacerse esperar, que seacapaz de sorprender al profesional
una y otra vez, porque si no, como advierte una participante, si todo nos da igual nos estancamos.
Además, para estos profesionales la escucha se presenta como condición para generar un clima
y espacio que le permita al otro sentirse reconocido, respetado, valorado en su discurso, sus
trayectorias y experiencias cotidianas. Proceso activo que conlleva gestos, silencios,
expresiones, posturas, entre otras acciones y palabras que ponen en juego todos los sentidos.
Que el otro pueda saber y sentir que para mí es importante lo que le está pasando”, “en la
manera como uno abre el diálogo va captando, procesando y comprendiendo lo que le pasa
al otro, son algunas de las expresiones que dan cuenta de ello.
5
En estas instancias participaron trabajadoras y trabajadores sociales que se desempeñan en diferentes ámbitos
socio-ocupacionales: salud, salud mental, educación, niñez, seguridad social y justicia; selección que se conformó
atendiendo a la heterogeneidad de las problemáticas que aborda el Trabajo Social. Para ello, y a los fines de
conformar los grupos, se llevó a cabo una exploración de la demografía de profesionales en ejercicio en cada una de
las ciudades mencionadas.
20
Una trabajadora social manifiesta que, ante demandas complejas y heterogéneas, en la escuchase
propone investigar cada una de ellas intentando abordar interrogantes como los siguientes:
¿por qué llegan?, ¿quién deriva?, ¿cuáles han sido los recorridos institucionales de esas
personas? (...) mi posicionamiento hace que escuche al otro desde una perspectiva integral…
es preciso des-encorsetar aquellas miradas que clasifican al otro.
Una escucha orientada a elaborar un diagnóstico integral, no fragmentado de la situación, en donde lo
que le sucede a ese otro, cómo transita y tramita eso que le sucede, qué siente, cómo se siente, qué
desea, qué recursos (tanto materiales como simbólicos) dispone para enfrentarsu problemática, va a
tener efectos en la estrategia de intervención propuesta.
De este modo comienzan a delinearse algunos para qué de la escucha, vinculados al conocimiento de
la situación a intervenir, y también algunos desde dónde, vinculados a la posición que se le otorga
al otro como sujeto co-implicado en la producción de la estrategia deintervención. Da cuenta
de ello la expresión de otra profesional cuando afirma que el trabajador social no da consejos,
al estilo te resuelvo la vida en cinco minutos.
Advertimos que, aún en sus imprecisiones, la escucha alude tanto a un procedimiento orientado al
conocimiento/diagnóstico de la situación que demanda la intervención, como aun modo particular de
producir, modificar aquello que se está apuntando conocer.
2- Derivas de la escucha.
Tomando como insumos las producciones y discusiones de las y los profesionales en las sesiones
grupales elaboramos una serie de tópicos que intentan condensar algunos discursos y orientaciones que
puede asumir la escucha en la intervención profesional. Tópicos que no configuran modelos nítidos y
excluyentes, sino que constituyen posiciones compartidas por algunos y discutidas por otros.
3.1- Una escucha que hace lazos
La práctica de escucha siempre remite a un otro. Para las y los profesionales de nuestro estudio ese
otro es representado en los destinatarios de sus intervenciones, como así también en colegas y
profesionales de otras disciplinas con los que comparten su labor. En este punto nos disponemos a
pensar en la relación con los primeros.
Escuchar para comprender lo que le sucede a ese otro, escuchar para habilitar al otro a que
pueda reconocerse en sus deseos, intereses, son algunos de las expresiones que se orientan a
dar cuenta del sentido que asume la escucha en el contexto de la intervención profesional.
Una escucha que se presenta como medio y como fin, como continente y como contenido.
Una de las participantes hace referencia a la escasez de escucha del otro. El no ejercicio de la
escucha, la indiferencia, el hablar encima del otro, la dificultad para tener empatía con el otro,
son definidos como rasgos del modo contemporáneo de vivir en sociedad, rasgos que parecen
interpelar la práctica de los trabajadores sociales, a la vez de marcarle su condición de
posibilidad: hacer lazo con el otro.
Afirmar que en la intervención profesional la escucha del otro se orienta a hacer lazo, requiere
necesariamente interrogar ¿qué tipo de lazo se hace? Y aquí las argumentaciones se tornan más
complejas en su elucidación.
21
Decíamos que uno de los modos de adjetivar la escucha por parte de las y los profesionales es el de
escucha activa. Ello, según sus dichos implica reconocer algo que se pone en juego en esa relación, un
ida y vuelta
La escucha es escenificada en el encuentro, en el acompañamiento y en la posibilidad de pensar
alternativas de acción a la situación que deriva dicho encuentro. Tal como manifiesta una
profesional no es solo la escucha, es también la respuesta, desde el lugar que nosotros
intervenimos para que el otro nos escuche. Si yo lo escucho y sólo lo escucho, no es nada.
Desde este mismo puesto de observación Carballeda sostiene que «la denominada “escucha activa”
implica un interesarse por ese Otro, estar disponible, aceptándolo como es, dandolugar a otras
perspectivas o formas de comprensión y explicación» (2015: 58-59). Y agrega
«la ausencia de estos lugares, actividades, espacios que faciliten la posibilidad de escuchar, explica la
exclusión y la ratifica, generando otro tipo de identidades y pertenencias efímeras, en soledad» (2015:
58)
En este sentido la escucha supone para las y los profesionales de nuestro estudio un modo de
hacer lazo en dos sentidos: por un lado, estar al lado de, reconocerlo en tanto sujeto libre, con
intereses, deseos y, por otro lado, ciertos horizontes hacia donde se debe acompañar a ese
otro: que sea menos sujeto y más actor social, que se autonomice, que ejerza sus derechos,
sea más libre incluso, aclara una participante, más libre de nosotros mismos. Y es en ello que
se dirimen los sentidos que asume la intervención profesional.
Carballeda argumenta que escuchar es una necesidad y por lo tanto se constituye en un derecho.
Derecho a ser escuchado, pero en una escucha activa que implica interesarse por ese otro.
Aquí resulta interesante detenernos a reflexionar en las referencias que hacen las y lostrabajadoras/es
sociales a una posición de disponibilidad de escucha al otro. ¿Qué significa pensarse disponible para un
otro?, ¿cuáles son los alcances y los límites de dicha disponibilidad?
Disponer de un tiempo para la escucha supone para estos profesionales la posibilidad de detenerse a
pensar en el otro y habilitarlo en su palabra. Supone desafiar un contexto de extremo individualismo,
de fragilidad del lazo social y de una racionalidad neoliberal que atraviesa y configura los modos de estar
y relacionarse con los otros.
Así, en la lectura de los relatos es posible inventariar una serie de verbos que giran en torno a
la práctica de escucha: orientar, ordenar, encauzar, satisfacer, aconsejar, contener, asistir,
derivar, ayudar, dar una respuesta, creer, controlar, ir más allá…Acciones que siempre
implican hacer lazo, pero cuyos bordes se presentan difusos y demandarán ser precisados.
Cuando decimos precisar no nos referimos a buscar una certeza en torno a cada uno de los verbos
aludidos, tampoco al trazado de una frontera que de antemano señale hasta dónde el trabajador social
estará disponible para el otro. Sino que estamos apelando a la “definición de unas coordenadas que se
modificarán con un recorrido, pero sin las cuales no habrá recorrido posible” (Frigerio, 2017:43).
Entonces, pensar a Trabajo Social como un oficio del lazo nos convoca a asumir sus modalidades
múltiples, las potencias que derivan de la diversidad de campos problemáticos e instituciones en las que
se inserta y de la variedad de prácticas que se ponen en juego en ellas. A la vez, sus efectos deberán ser
considerados siempre en cada situación singular. Y es precisamente en estas referencias que
reconocemos pistas que nos acercan a los haceres y los estar siendo6
de este oficio.
22
3.2- Una escucha ¿específica?
Las y los profesionales no dudan en admitir que Trabajo Social ejerce una escucha que le es específica y
que se distingue de las escuchas que practican otras profesiones. ¿Qué es los que la distingue?, es una
de las preguntas a desandar que convoca las sesiones con los profesionales.
Aquí los debates se deslizan en argumentaciones cuyo punto de partida es la oposición, o sea
lo que la escucha del trabajador social no es… porque por ejemplo el médico atento a lo que
escucha de la persona diagnostica y médica. La persona, el enfermo no tiene derecho a refutar
lo que dice el médico. En cambio, nosotros, con la intervención con el otro es un ida y vuelta...
Incluso, para poner un ejemplo más del psicoanálisis lacaniano, esto del diván… unoya
corporalmente está acostado, que también se le dice paciente
En estas expresiones identificamos dos cuestiones a destacar. Por un lado, podemos advertir ciertos
modos estereotipados de representar la escucha de las otras profesiones, a partir de las cuales se busca
demarcar la escucha propia. Y por otro lado, la dificultad de capturar qué seríaaquello que distingue a
ésta última.
Un tipo de escucha que se sabe específica pero no se termina de alcanzar a precisar, entonces la
definición por la negativa parece resultar un modo de aproximarse a aquello que se vuelve escurridizo
en su aprehensión.
Dubet en su estudio sobre las experiencias de trabajadores sociales advierte esta misma operatoria: “A
lo largo de gran cantidad de sesiones de trabajo, el oficio- o más bien la vocación- se define por la
negativa, por aquello que él nos es (…) (2006:275), “(…) nunca se sabe en verdad de modo positivo qué
es esa especificidad profesional a cuyo respecto nadie tiene dudas, pero que nadie puede definir sin
rodeos, ya que toda fórmula cerrada estáinevitablemente destinada al fracaso.” (2006:278)
En nuestro caso, esta suerte de porosidad en la especificidad de Trabajo Social parece no sólo
expresarse en la autoimagen que las y los profesionales tienen de sí mismos, sino que además es
atribuida a los modos como sienten que son representados por los otros. “Es la representación social
de la profesión en comparación con otros. Como, por ejemplo, elabogado, se sabe qué hace el abogado,
el médico qué hace el médico, nosotros es como que hacemos todismos, somos todólogos… y me parece
que esa es la representación social que tienen los demás de nosotros…
Retomando a Dubet en la cita que antecede “toda fórmula cerrada está inevitablementedestinada al
fracaso”, sería posible argumentar que los rodeos al momento de dar cuenta de la especificidad, lejos
de planteárselo al trabajador social como una debilidad o un déficit, podrían ser pensados en la potencia
de aquello que se resiste a ser clausurado.
3.3. Un olfato para escuchar
Las referencias de las y los trabajadoras/es sociales en torno a lo que supone para ellas/os la práctica
de la escucha deja entrever modos en los que pareciera ponerse en acto un cierto “olfato” adquirido
en el propio ejercicio del oficio. Es la intuición, la práctica, la experiencia que nos ha dado que ciertas
cuestiones que dice o hace que a vos te da cierta suspicacia, que te hace ruido, que te hace repensar
¿Estarán diciendo todo? ¿Estarán diciendo la verdad?
6
términos tomados de Adriana Frigerio en “Oficios del lazo: mapas de asociaciones e ideas sueltas” (2017:48)
23
¿Falta algo?
Intuición, práctica, experiencia, suspicacia, se presentan como términos que intentan nombrar aquello
que no se encuentra en los saberes que se enseñan en la academia- y que por ello resulta difícil de
delimitar-, aquello que se aprende y se desarrolla en la experiencia, la misma experiencia que hace
oficio.
La figura del baqueano, metáfora que introduce Fernando Ulloa al pensar el trabajo clínico en las
instituciones, es recuperada por Daniel Korinfeld para pensar los oficios del lazo. Baqueano alude a
“una relación particular con el territorio, un conocimiento adquirido producto de la experiencia, un
conocimiento que se nutre de encontrar y poder leer ciertos signos, reconocer huellas, a veces
inhallables e inadvertidas para otros (…)” (2017:30).“Mirá, ni me digas a qué venís…” Es parte del
folclore de la oficina… Mirá, viene a pedir un subsidio… mirá la llave del auto, es importado… esas cosas
están todo el tiempo…hay un olfato en las intervenciones de hacia dónde van dirigidos, o hacia dónde
está pensando esta persona y su demanda que no siempre está expresada de manera lineal. A veces
tampoco las personas la tienen muy claro, y uno puede y a lo largo de los años va encontrando ese “a
quévino”.
Imágenes de un trabajador social que deviene baqueano, en tanto dispone de una escucha entrenada,
una mirada aguda que rastrea señales, detecta indicios, “que sabe vislumbrar el horizonte y el clima y
que se posa en los detalles porque allí encuentra algunas claves para seguir el camino". (Korinfeld,
2017:30)
Si bien la experiencia es el continente donde se desarrolla este 'olfato' para la escucha, es preciso
reconocer que su contenido no se nutre sólo de la experiencia. En este punto, Karsz (2007) refiere a la
“escucha abierta” del trabajador social como un dispositivo cuyo manejo supone aprendizajes teóricos
y técnicos, incluyendo además el trabajo de la propia subjetividad de quien la ejerce. “Es una
determinada postura que se adquiere nunca por completo, ni sin contradicciones, en el curso de una
práctica profesional más o menos prolongada” (2017:133). Entonces mientras vas haciendo la escucha,
sabés con qué recursos contás, que además, no son siempre los mismos …. Y la escucha también te
permite tener un olfato de cómo ir haciendo esas intervenciones. Es re complicado.
“Escuchar con el tercer oído” es una expresión empleada por los músicos y Richard Sennet la evoca en
el relato de sus primeras incursiones en el oficio de sociólogo. “En música, esta experiencia es difícil,
pero simple; un chelista corrige el sonido a medida que lo produce, por ejemplo, modulando la presión
del arco apenas comienza a oírse el sonido” (2003: 50).
Algo así parece suceder en la práctica de la escucha de las y los trabajadoras/es sociales. Siempre es
singular y no puede transferirse, y ante cualquier intento de definir, sistematizar o formalizar en un
saber específico pierde su potencia en la medida que se fija en un “es” para dejar de “estar siendo”. Y
de aquí que la intención de conocer más sobre el modo como ella seejerce encuentra su límite.
¿Cómo conocer un saber hecho de hipótesis que se ponen a prueba una y otra vez en cada situación
singular y que además siempre está dispuesto a reformularse?
24
3.4 Más acá y más allá de la escucha
La heterogeneidad de las narrativas que circularon en las sesiones de la investigación ponende relieve
figuras de la escucha que, aun reconociéndose siempre condicionada, se configura como medio, como
fin y también más.
Los mandatos institucionales, la disponibilidad o no de recursos, las lógicas políticas muchas veces a
contramano de los intereses y necesidades de las y los destinatarias/os de las intervenciones, los
expedientes que ponen etiquetas que se anticipan al encuentro con el otro, la propia subjetividad
puesta en juego, son algunos de los múltiples escollos en los que, segúnlas y los profesionales, se tramita
la escucha en el marco del ejercicio del oficio.
Escuchamos en contextos y escenarios que tienen sus propias tonalidades, sonidos y silencios,éstos
constituyen el telón de fondo de ese acto. Pueden ser hostiles o acogedores, facilitando uobstruyendo
la interacción de quienes hablan. La escucha implica entendimiento, selección dela información que
surge de la palabra del Otro, intento de captar su lógica discursiva, determinación de los detalles
importantes del relato, reflexión sobre el contenido de éste y análisis del sentido de lo dicho (Carballeda,
2015)
En los modos singulares de enfrentar estos escollos cohabitan, no sin disputas, los sentidos que
puede asumir la escucha. Escucha que no es neutral, siempre está condicionada, por el
contexto, las lógicas institucionales y las subjetividades que se ponen en juego en esa relación.
Escucha que no es reglada. No hay pautas que la protocolicen, ni manuales para la escucha. Y
vas, como yo digo, artesonando todo el tiempo y buscando con el otro una solución a ese
problema…
Escucha que no es unidireccional. Es comunicación, interacción, intersubjetividad. Escucha que busca
no juzgar al otro y que es interpelada cuando prejuzga. Escucha activa, abierta, entrenada. Punto de
partida de la intervención, medio para conocer lo que le pasa al otro, pero también, en algunos casos y
para algunos profesionales, un fin en sí mismo. Escucha que es intervención profesional. Escucha que
desde las posiciones de algunos profesionales, cuando se presenta aislada, puede ser un espacio de
contención emocional, pero no es una intervención profesional.
Escucha, además, que en ocasiones es lo único posible.
3- Conclusiones
Los tópicos abordados aquí de ningún modo agotan la riqueza de los debates dados en las sesiones
grupales con las y los profesionales que abarcó el proceso investigativo. Dichos tópicos revelan la
multiplicidad de formas y capas de sentidos que puede asumir la práctica dela escucha en Trabajo Social,
a la vez que nos señalan pistas para seguir pensando cómo se configuran las intervenciones
profesionales.
Ante todo nos enfrentamos ante una práctica que “es” siendo y que en su puesta en acto involucra
saberes, técnicas, fundamentos teóricos y ético políticos que se conjugan con aquellas destrezas
adquiridas en la propia experiencia.
25
Identificamos la escucha como un modo de hacer lazo, pusimos en interrogación la especificidad de la
escucha, reconocimos el desarrollo de un olfato para la escucha e intentamos bucear más acá y más allá
de la escucha.
Múltiples derivas de la escucha, escuchas que no quedan, ni pueden, quedar a la deriva. Práctica que
renuncia a ser reglada, que insiste en la pregunta que siempre abre y resiste a suclausura. Práctica
que se reinventa una y otra vez en la singularidad de cada caso-situacióncon la que las y los
profesionales se encuentran, en cada contexto particular en que la mismase despliega.
Referencias bibliográficas
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Faraone et al. (Comps.) Determinantes sociales de la salud mental en ciencias sociales. Actores,
conceptualizaciones, políticas y prácticas en el marco de la Ley 26657. Sociales-UBA, Ciudad Autónoma
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Carballeda, A. (2012). La intervención en lo social como proceso. Editorial Espacio, Buenos Aires.
Carballeda, A. (2008). Escuchar las prácticas. Editorial Espacio, Buenos Aires.
Dubet, F., & Bradu, F. (1987). Los criterios de validación en la intervención sociológica. Estudios
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Dubet, F. (2006). El declive de la institución. Profesiones, sujetos e individuos en la modernidad. Editorial
Gedisa, Barcelona.
Karsz, S. (2007). Problematizar el trabajo social. Definición, figuras, clínica. Gedisa, Barcelona.
Korinfeld, D. (2017). De Pandora, baqueanos e instituciones. Tres notas desde los Ateneos de
Pensamiento Clínico, en G. Frigerio, D. Korinfeld y C.Rodriguez, Trabajar en instituciones: los oficios del
lazo (pp. 15-40). Noveduc, Buenos Aires.
Sennet, R. (2003). El respeto. Sobre la dignidad del hombre en un mundo desigual. Edit. Anagrama,
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Touraine, A. (1986). Introducción al método de la Intervención Sociológica. EstudiosSociológicos IV.
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Touraine, A. (1983). La intervención sociológica. Revista Punto de Vista, N° VI N°19.Buenos Aires.
WSWD2021 Día Mundial del Trabajo Social.
UBUNTU, yo soy porque nosotros somos
Fortaleciendo la solidaridad social y la
conectividad global
El Día Mundial del Trabajo Social es el 16 de
marzo de 2021. Es el día clave del año en el
que los y las trabajadores sociales de todo el
mundo se unen para promover nuestro
mensaje común a nivel mundial. Este año, el
Día Social Mundial 2021 destaca Ubuntu: Yo
soy porque nosotros somos. Este es el
primer tema de la Agenda Global 2020-2030
para el Trabajo Social y el Desarrollo Social
26
Pronunciamiento de FAAPSS en disconformidad con la
actividad "El Rol del Trabajo Social en contexto de
Encierro" en la Universidad de Lomas de Zamora
Desde la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Trabajo Social expresamos nuestra total
disconformidad con la actividad a realizarse por diversos actores institucionales de la Facultad de Ciencias
Sociales de la Universidad de Lomas de Zamora denomina *"El Rol del Trabajo Social en contexto de
Encierro". Advertimos con preocupación que en dicha actividad virtual no participen como expositores
profesionales del Trabajo Social. Es inadmisible que buscando visibilizar la necesidad y pertinencia del
desarrollo del rol profesional en el contexto de encierro, se cercena nuestra palabra y sea OTRO/OTRA
profesión quien hable por nosotres. El desarrollo histórico, los fundamentos teóricos metodológicos y los
posicionamientos éticos políticos que desde sus inicios ha desarrollado el Trabajo Social son sustentos
suficientes para asumir un rol protagónico y hablar en primera persona. En este mismo sentido, tanto la Ley
Federal de Trabajo Social Nro. 27072 como cada una de las leyes provinciales son clara en definir y resguardar
las incumbencias, los derechos y los deberes profesional. Por todo esto invitamos a las autoridades y
disertantes convocades a reconfigurar la propuesta toda vez que constituye una injerencia. Asimismo,
acompañamos al colectivo provincial y local en las acciones y gestiones por elles iniciadas.
27
Representaciones Sociales de los Adolescentes sobre la
Violencia Escolar
González, Darío Alfredo. *1
Mariani, Lucio A.*
DESCARGAR ARTÍCULO
Resumen
Esta producción intenta socializar sintéticamente el trabajo realizado en el año 2019 cuyo objetivo fue
conocer las representaciones sociales de los estudiantes del último año de una Escuela Técnica de la Ciudad
de Corrientes sobre la violencia escolar.
Para ello se propusieron tres ejes: describir las representaciones sociales sobre la violencia escolar de los
estudiantes; caracterizar las situaciones de violencia escolar percibidas por los estudiantes e identificar las
estrategias de prevención, abordaje resolución de situaciones de violencia escolar empleadas por la
institución educativa, durante el ciclo escolar.
Surge como interrogante central entonces ¿Cuáles son las representaciones sociales sobre violencia escolar
de los estudiantes de esta Escuela Técnica de la Ciudad de Corrientes?. Este interrogante medular, intenta
entender acerca de construcciones colectivas, desde un plano simbólico a través de las verbalizaciones de
los propios actores.
Los resultados son puestos en análisis para finalmente concluir con reflexiones que permitan contribuir en
las intervenciones sociales situadas en ese contexto educativo.
Palabras Claves: Trabajo Social. Violencia Escolar. Representaciones Sociales
Resumo
Esta produção tenta socializar sinteticamente o trabalho realizado em 2019 cujo objetivo era conhecer as
representações sociais dos alunos do último ano de uma Escola Técnica da Cidade de Corrientes sobre
violência escolar.
Três eixos foram propostos para fazer isso: descrever representações sociais sobre a violência escolar dos
alunos; caracterizar as situações de violência escolar percebidas pelos alunos e identificar estratégias de
prevenção, abordar a resolução de situações de violência escolar empregadas pela escola, durante o ano
letivo. Surge como uma questão central, então Quais são as representações sociais sobre a violência escolar
dos alunos desta Escola Técnica da Cidade de Corrientes?. Essa questão medular tenta compreender sobre
construções coletivas, desde um plano simbólico até as verbalizações dos próprios atores.
Os resultados são colocados em análise para concluir com reflexões que permitam contribuir para as
intervenções sociais localizadas nesse contexto educacional.
Palavras-chave: Violência escolar. Representações Sociais. Trabalho Social
1
Profesores Universitarios en Trabajo Social. Docentes del Instituto Superior de Servicio Social “Remedios de Escalada
de San Martin”. Corrientes
28
I.-El Trabajo Social en contextos educativos
Las instituciones escolares, representan espacios vertebradores de procesos de socialización de niños, niñas
y adolescentes. Que a su vez se insertan el sistema educativo, no solo como parte de su desarrollo y
formación; sino también, aspiran a mejorar la calidad de vida de los actores que diariamente transitan esos
espacios. Si bien el rol de primeros educadores lo asumen los padres en el seno familiar; es en la escuela
donde se consolidan procesos de socialización de los educandos.
Así también, la escuela ha experimentado cambios sustanciales, devenidos de procesos sociales, económicos,
históricos y culturales, por ejemplo: hacia dentro de las instituciones se aspira a modelos educativos más
participativos, se han producido importantes innovaciones pedagógicas en el proceso de enseñanza –
aprendizaje. Y por otra parte, la escuela se inserta en un contexto local que le imprime características propias,
y como toda organización es permeable a las transformaciones sociales.
Es así que, la Federación Internacional de Trabajadores Sociales, considera a la escuela como uno de los
pilares de prevención; espacio por excelencia donde es posible detectar problemas familiares y sociales
emergentes, lo cual facilita una intervención temprana. Para Bruno, Lapides y Veloso (1999) el rol del
Trabajador Social surge históricamente como una extensión de lo normativo, del control social, que en la
Argentina, así como en otros países, supo construir categorías para identificar, clasificar, encasillar y etiquetar
procesos, familias, situaciones.
Esto último, fue superado a la luz de nuevas teorías y reglamentaciones en torno a la profesión. A su vez, el
ejercicio y las incumbencias profesionales, en la Argentina, se encuentra reglamentado a través de la Ley N°
27.072, entiende el Trabajo Social “a la profesión basada en la práctica y una disciplina académica que
promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social, y el fortalecimiento y la liberación de las
personas” (art. 4° de la Ley 27.072)
La incorporación de principios rectores como “los derechos humanos, la justicia social, la responsabilidad
colectiva y el respeto a la diversidad” (art. 4° de la Ley 27.072) otorgan un marco de inserción profesional de
mayor complejidad.
Mientras que las instituciones educativas, si bien conservan un cierto grado de autonomía, son estructuras
verticalistas, donde predomina lo normativo, lo establecido, aquello instituido por sobre lo instituyente.
El Trabajo Social, no debe replegarse sólo a lo normado, sino que debe indagar en los intersticios,
desestructurar estigmas y deconstruir el objeto de la práctica diaria; labor, tiempo y espacio se conjugan en
la acción.
Es así, que entender miradas y posicionarse en la cuestión social desde las propias interpretaciones de los
sujetos cobra relevancia para conocer y abordar una problemática multicausal como es la violencia en las
escuelas. En ese sentido, las representaciones sociales es una herramienta valiosa, no solo dentro del campo
de la psicología social, sino también para otras disciplinas que intervienen en lo social; en ella se unifican dos
dimensiones lo individual y lo colectivo, en una dinámica de interacción simbólica de pensamiento y acción.
II.- Las representaciones sociales
A medio siglo del surgimiento de la teoría de las representaciones sociales, se ha consolidado como corriente
epistemológica para pensar e investigar el conocimiento del sentido común. Petracci y Kornblit (1998)
mencionan que esta idea tiene su principal vertiente en las teorías de Emilie Durkheim quien planteó que la
existencia de representaciones colectivas que se imponen a las personas como naturales; así también
29
sumaron Heider (1985) acerca de la psicología ingenua; Schutz (1973) sobre la fenomenología; el
interaccionismo simbólico de Berger y Luckman (1968), son algunas teorías desde donde se posicionó Serge
Moscovici (1961) para desarrollar tres aspectos:
• El carácter productor del conocimiento, es producido de forma inmanente con los objetos sociales
conocidos.
• La naturaleza social del conocimiento, la comunicación e interacción entre sujetos, grupos e
instituciones
• La importancia del lenguaje y la comunicación, a través de los cuales se transmite y crea realidad; así
como también el marco en que la realidad adquiere sentido.
Jodelet (1984) refiere que representar es un equivalente del objeto, no es igual, sino que es algo mediado
por una figura similar. Y en la representación es donde emerge el contenido correspondiente.
De este modo, las RS “constituyen sistemas cognitivos en los que es posible reconocer la presencia de
estereotipos, opiniones, creencias, valores y normas que suelen tener una orientación actitudinal positiva o
negativa” (Araya Umaña; 2002, p. 11)
Al respecto, Petracci y Kornblit (1998) establecen que los actos del pensamiento que produce la relación del
sujeto con el objeto tienen dos momentos: la objetivación y el anclaje.
En ese sentido, la objetivación, según Jodelet (1986) es una “operación de imagen y estructurante”; para
Moscovici este proceso conforma el núcleo de la verdadera representación social. Y a su vez convergen tres
pasos:
• Construcción selectiva: cuando el sujeto se apropia de la información circulante sobre una teoría.
• Esquematización estructurante: es el proceso por el cual las informaciones circulantes, que han sido
incorporadas (tomadas) selectivamente por el sujeto se organizan para dar una imagen del objeto.
• Naturalización: cuando este modelo figurativo adquiere el status de evidencia.
El anclaje, refiere al momento en que esos elementos objetivados se integran a los esquemas de pensamiento
y se enraíza al sistema de significaciones –culturales, sociales, ideologías- adquiere un valor y a partir de allí
orienta las prácticas sociales. Petracci y Kornblit (1998)
Las RS no se tratan de opiniones momentáneas y fragmentada, se trata de construcciones figurativas y
simbólicas; de categorización y clasificación, material y social del mundo que legitiman y preservan un orden
establecido.
Conceptos afines a las Representaciones Sociales
Como se ha expresado en el apartado anterior, las producciones mentales que se originan desde el colectivo
social son varias. Las cuales tienen una base cultural e histórica, que tienen la función de orientar la
interpretación de la realidad; que en oportunidades se utilizan como sinónimos de RS, sin embargo, son
producciones que asumen otras formas, campos e interpretaciones. Al respecto, se sucinta en el cuadro
siguiente:
30
Términos Definición Relación con las Representaciones Sociales
Ideología Es el pronunciamiento explícito de
ciertos grupos políticos, religiosos,
etc. Que están en el poder
Si se expanden y se convierten en
implícitamente compartidas se las podría
considerar en términos de RS
Imagen Es una reproducción pasiva de un
exterior en un interior. Esto equivale
a decir que la imagen se construye
esencialmente como reproducción
mental de un objeto exterior y se
relaciona básicamente con los
mecanismos perceptivos.
Las RS, lejos de constituir una reproducción
especular de cierto objeto exterior,
consiste en un proceso de construcción
mental de un objeto cuya existencia
depende en parte del propio proceso de
representación
Creencias Implican un compromiso explícito y
reflexivo con algo.
El contenido de una creencia puede:
a) describir el objeto de la creencia
como verdadero o falso, correcto o
incorrecto; b) evaluarlo como bueno
o malo; c) instar un cierto curso de
acción, como tendencia,
predisponían, orientación.
Es uno de los elementos que conforman el
campo de la representación
Percepción Los estudios de percepción social se
centran en los mecanismos de
respuestas sociales y de
procesamiento de la información
Las RS son los modos de conocimiento y los
procesos simbólicos en su relación con la
visión de mundo y la actuación social de los
seres humanos
Estereotipos Refieren a modos de conocimiento y
los procesos simbólicos en su relación
con la visión de mundo y la actuación
social de los seres humanos.
Las RS se diferencia de los estereotipos por
su función: los estereotipos son el primer
paso en el origen de una representación;
cuando se obtiene información de algo o de
alguien se adscribe en el grupo o situación
a las cuales ese grupo o situación
pertenece, o sea los estereotipos cumplen
una función de “economía psíquica” en el
proceso de categorización social.
Opinión Es una fórmula socialmente
valorizada a la que las personas se
adhieren y, por otra parte, una toma
de posición acerca de un problema
controvertido de la sociedad o de
objetos sociales cuyo interés es
compartido por el grupo. Los estudios
de opinión se refieren a la toma de
posición frente a cuestiones sociales
de relevancia
La diferencia entre la opinión y la RS es que
esta última informa del contexto, de los
criterios de juicio y de los conceptos
subyacentes en la opinión, mientras que la
opinión solo informa sobre la reacción de
las personas hacia los objetos dados desde
afuera independientemente de los y las
actoras sociales.
31
Cuadro N°1. Términos asociados a las RS. Fuentes: Marková; 1996, pp 178- 179. Araya Umaña; 2001, pp 42-
48. De elaboración propia.
III.- Las instituciones escolares y violencia
La violencia institucional es una de las formas de la
violencia social, esta última se experimenta en aquel acto
de hostilidad y de agresión que se produce en el
encuentro con el semejante. Y esto se da por excelencia
en el seno de las instituciones y organizaciones que el
sujeto conforma.
Ahora bien, la noción de violencia escolar es una
construcción social. Es un concepto fundado desde el
colectivo social e impuesto por la opinión pública a partir
de los medios masivos de comunicación, las redes
sociales, entre otros. Y esta construcción social es
solidaria con la responsabilidad que les cabe a las comunidades, que son las que construyen este tipo de
nociones.
El fenómeno de la violencia escolar se implanta como un discurso que permite construir una imagen sobre la
realidad social. Esta imagen hace las veces de una envoltura formal de la problemática.
Lo que se piensa en la actualidad con respecto a la violencia desplegada dentro del ámbito educativo tiene
como potenciales culpables a los chicos violentos y a los padres violentos. Y también se piensa que este
fenómeno se desarrolla activamente por negligencia de los docentes.
La noción de violencia escolar define los procesos antidemocráticos provocados por el sistema educativo.
Así, lo sostienen Imbert y Dottori (2013, p. 158) “El enfoque que adjudica la violencia escolar a una
problemática de orden estrictamente individual o familiar depositada en los alumnos, elude su componente
y compromiso colectivo”.
Estas cuestiones vertidas, en la Argentina, cobraron relevancia a partir del año 2004, cuando el Ministerio de
Educación de la Nación crea el Observatorio Argentino de Violencia en las Escuelas dependiente de dicha
cartera. Esta entidad socializó información acerca del tema violencia en las escuelas de Nivel Primario y
Secundario.
Ejecutó un relevamiento que abarca el periodo 2005-2006 y otro en el tándem 2007-2008. Sistematizó los
datos como también construyó material de apoyo y orientación para las instituciones escolares.
Además, aportó un término interesante, el de incivilidades como el conjunto acciones que producen algún
tipo de daño o bien lesionan intereses y valores sostenidos en el marco de reglamentaciones vigentes en
códigos de convivencia escolar o reglamentos institucionales existentes en cada comunidad educativa. A
modo de ejemplo se pueden mencionar: la rotura de útiles escolares, agresiones verbales (burlas e insultos),
portar algún tipo de arma, hasta las pintadas o pegatinas en paredes de la escuela. (Ministerio de Educación;
2010)
32
Violencia dirigida a la institución escolar
Se produce un daño material hacia la institución, consiste en destruir, inutilizar o dañar un objeto ajeno, en
este caso es un bien de uso público.
La mayoría de las escuelas sufren esta modalidad de violencia que provoca múltiples daños a las instalaciones
y al mobiliario: paredes, bancos, sillas, pizarrones, ventanas, puertas, lámparas, material de libros e
ilustraciones como mapas, afiches, armarios con material escolar, pintadas en las paredes. Las áreas más
perjudicadas se registran en las aulas y zonas de baños.
Para este caso se debe distinguir entre los daños provocados desde el interior de la propia escuela de aquellos
provocados desde el exterior de la misma, especialmente en horas en que permanece cerrada.
Violencia de los estudiantes dirigida a estudiantes
De un tiempo a esta parte ha cobrado inusitada relevancia
entre los estudiantes, más aún muchos asocian la violencia
en las escuelas sólo con este tipo de situaciones, se lo
conoce con el nombre de bulling o bullying.
Aunque por el nombre parece algo reciente es un hecho
que viene de lejos. Frases como “si te pegan vos dale más
fuerte”, “tenés que aprender a defenderte solo”, muestran
como la conflictividad entre adolescentes, niños o niñas
más pequeños/as, está fuertemente enraizado en la
cultura. Donde la violencia es una estrategia o medio para conseguir determinados objetivos, o por simple
diversión.
La definición de bullying refiere a intimidación y maltrato entre escolares, de forma repetida y mantenida,
casi siempre, lejos de los ojos de los adultos, con la intención de humillar y de someter abusivamente a una
víctima indefensa, por parte de uno o varios agresores a través de agresiones físicas, verbales y/o sociales,
con resultados de victimización psicológica y rechazo grupal. Las formas en las que este puede presentarse
son de varios tipos:
• Intimidaciones verbales: insultos, motes, hablar mal de alguien, sembrar rumores.
• Intimidaciones psicológicas: amenazas para provocar miedo, para lograr algún objeto o dinero, o
simplemente obligar a la víctima a hacer cosas.
• Agresiones físicas: peleas, golpes, palizas o destrozo de materiales personales, pequeños hurtos.
• Aislamiento social: bien impidiendo al joven participar, ignorando su presencia y no contando con él
en las actuaciones normales entre amigos y compañeros de clase.
• También está el acoso de tipo racista, cuyo objetivo son las minorías étnicas o culturales.
• Acoso sexual que hace que la víctima se sienta incómoda y humillada.
• Y actualmente se da el acoso anónimo mediante el móvil o el mail con amenazas o palabras ofensivas.
La víctima sufre repetidas veces violencia por parte del mismo agresor, lo que daña su autoestima y su
identidad personal. Y lo más grave es que los agresores y las víctimas están condenados a convivir. Este hecho
de no poder escapar del agresor, provoca en la víctima gran ansiedad y estrés, un miedo continuo, que les
lleva incluso a desarrollar también respuestas agresivas y, en casos extremos, pensar en el suicidio.
33
La víctima así considerada, sufrirá debido al bullying una falta de autoestima social, altas dosis de fracaso
escolar, una ansiedad anticipatoria ya que cuando sale del colegio no termina el problema, sino que ya
comienza a anticipar lo que se será el infierno de mañana, mostrando por tanto un rechazo al entorno escolar
que se traduce en estrés. El niño, niña o adolescente tenderá a sentirse indefenso, tendrá una creciente fobia
a la escolarización, tendencia a la depresión e impulsos suicidas. En algunos casos se llega a culpabilizar a la
propia víctima de la situación que vive.
Los espectadores (suelen ser otros estudiantes) de los casos de maltrato en la escuela miran hacia otro lado,
lo que hace que lleguen a creerse que el fuerte tiene poder, y que es justo que así sea o que se meten con
ese niño porque es raro, traga libros, entre otros calificativos. Puede llevar a los niños a una anestesia sobre
la violencia que ocurre a su alrededor, llegando a una cierta insensibilización.
El bullying tiene tres actores: victima, victimarios y el espectador. Es un fenómeno grupal y su abordaje
grupal es la mejor manera de enfrentarlo. Enseñar al grupo a rechazar la violencia, darle herramientas para
resolver los conflictos, ayudarle a desarrollar la empatía, el respeto mutuo, etc., son las claves para prevenir
y afrontar el acoso escolar. No todo acto agresivo entra en la categoría de bullying, para que se cumplan se
tienen que dar una serie de condiciones:
✓ Una víctima, casi siempre indefensa, que es objeto de ataques reiterados de parte de uno o
varios compañeros.
✓ Desigualdad de poder, ya que siempre hay un “fuerte” que se impone a un “débil”.
✓ Repetición: el acto agresivo se reitera, sucede durante un tiempo largo y de forma
reiterada.
Es evidente que la violencia de estudiantes dirigidas a estudiantes implica algunas consideraciones que
refuerzan aún más estas conductas:
✓ Cuando el personal docente y no docente no advierte los comportamientos agresivos y sus
consecuencias, esto lleva a una reacción tardía y quedan superados por la extrema gravedad
de los hechos de violencia.
✓ Las respuestas institucionales no contienen los comportamientos violentos ni los atenúan
porque el personal docente, a su vez, se siente aislado y sin apoyo de las autoridades.
✓ Los alumnos que imitan conductas agresivas incorporadas desde la estructura familiar, desde
los medios de comunicación, de una cultura violenta.
✓ Otras problemáticas que atraviesan a la sociedad como por ejemplo: la drogodependencia,
posibilita el descontrol, el deterioro de la personalidad, que puede conducir a
comportamientos violentos.
✓ El uso de armas.
✓ La falta de comunicación del personal docente y los padres de los alumnos sobre lo que
acontece en la escuela.
✓ Las respuestas institucionales inadecuadas y reiteradas, por ejemplo: el castigo
“ejemplificador” sin asegurar la verdad de los hechos o escuchar a todos los involucrados; la
expulsión del estudiante.
✓ Inadecuado diagnóstico de la situación de violencia, necesario para una adecuada
prevención.
34
Violencia de los estudiantes hacia el docente
Esta especial violencia de los alumnos hacia el personal docente, comprende distintas modalidades del
conflicto con la autoridad educativa. Conductas de hurtos, robos, amenazas, gestos obscenos, golpes.
Violencia motivada por problemas en el sistema de calificaciones, alumnos que sienten que son perjudicados,
inasistencias y conflictos reiterados en el vínculo maestro- alumnos.
La violencia de alumnos al personal docente, como gran parte de la violencia escolar, está silenciada. El
personal docente ante la violencia responde con inasistencia o solicitando el traslado a otra escuela. El
cambio frecuente del personal docente agrava y reitera la violencia.
Se debe agregar también, la implicancia de los medios de difusión masiva, el uso de celulares, Internet, entre
otros, configuran una situación hace 10 años impensada. Donde la agresión hacia el docente (u otros actores
de la institución) son objeto de conductas violentas a fin de tener los “15 minutos de fama”, “hacer algo para
mostrar en la red”. En ese sentido, la inusitada relevancia que le otorgan los medios a estas situaciones,
donde más que actitud de reprobación sobresale el morbo y abre el camino para estimular conductas
semejantes.
Las situaciones de violencia escolar percibidas por los estudiantes
La violencia en una institución escolar presenta una cierta ambivalencia, entre producción y reproducción.
En la escuela se reproducen patrones socioculturales de saberes, de valores, de creencias, de prácticas
sociales, que plantean un campo en permanente tensión. Así también es conflictos y cambios. Acerca del
ambiente escolar.
Lo expresado por los estudiantes entrevistados dan cuenta de un cierto grado de disgusto en relación a
aspectos edilicios, falta de higiene y jornadas escolares extensas (atribuida a la modalidad: técnica).
Al respecto, el contexto escolar se inscribe en una institución que alberga a poco más de 1000 alumnos en
dos turnos. Este dato no es menor, porque permite resignificar aspectos, quizás naturalizados, acerca de los
espacios compartidos.
Un espacio, en cuanto contexto territorial, que resulta poco agradable, que no es sentido como propio,
supone a su vez un contexto que no es amigable ni significativo para quienes no habitan.
Acerca de las situaciones de violencia, de los entrevistados la mayoría de ellos tienen por experiencia haber
participado en situaciones de violencia escolar. Todos los entrevistados sostuvieron no haber presenciado en
la escuela, en el último año, situaciones de violencia entre adultos (entre docentes, o docentes y padres); así
como tampoco por parte de docente/adulto hacia un estudiante/ adolescente.
Por otra parte, la mayoría de los estudiantes entrevistados han observado situaciones de violencia de parte
de los alumnos hacia docentes.
Los modos de violencia relatados por los estudiantes, de los alumnos hacia los docentes refieren a un modo
de violencia verbal, refieren a insultos, falta de respeto. En ese sentido, vale destacar que la agresión
descripta por los estudiantes se caracteriza por el hecho de que no sería una acción abiertamente
confrontativa, sino más bien de queja y rechazo, ello es así porque cuando se suceden los “insultos” a los
docentes es “en la espalda” … “se dan vuelta y detrás de él” … “le hablan mal en la espalda”
35
Por otra parte, los estudiantes, refirieron situaciones de violencia entre pares. En lugares tales como: el salón
de clases, el patio, sanitarios y fuera del edificio escolar: parada de autobuses, vereda.
Así también de los entrevistados, solo uno de ellos expresó haber manifestado una conducta violenta hacia
otro compañero, argumentando que de la otra parte hubo amenazadas de golpiza.
Las Representaciones Sociales sobre violencia escolar de los estudiantes
Las voces analizadas emergen desde un escenario situado en el aquí y ahora, concreto, tangible.
Verbalizaciones que se asumen como propias, reflexivas, de parte de actores perfectamente definidos:
estudiantes. Definidos en cuanto a sus roles, posiciones, funciones y acciones en un escenario en común: la
escuela. Al respecto se plantean algunas cuestiones, la primera de ellas es en relación a los roles esperables
del “buen estudiante”
Las estrategias de prevención de la violencia escolar
Acerca de las estrategias para abordar situaciones de violencia escolar, los entrevistados coincidieron en un
organismo en particular el DISEPA “Dirección de Servicio de Prevención y Apoyo”, dependiente del Ejecutivo
–Ministerio de Educación de la Provincia, al respecto es un organismo con un alto grado de independencia
de la institución educativa, es itinerante –un solo equipo interviene en al menos 4 instituciones educativas-.
IV.- Conclusiones provisorias
Esta síntesis comunicativa muestra los hallazgos en cuanto a las representaciones sociales de estudiantes
sobre violencia escolar, los cuales presentan sus singularidades desde la visión de cada sujeto entrevistado.
Las voces de los entrevistados tienen un patrón común, las situaciones de violencia escolar experimentada
cotidianamente genera un clima enrarecido por lo tanto estructura y condiciona los procesos de enseñanza
aprendizaje.
La violencia escolar es una construcción social en el que concurren para su edificación las representaciones
sociales tanto de los estudiantes y demás actores institucionales, entre otros, sin embargo las condiciones y
su dinámica institucional escolar, es decir los dispositivos del edificio, techos, aulas, sanitarios, patios, salones
multiusos, gimnasios, las condiciones ambientales, pintura, higiene, amueblamiento, confort, etc., son parte
de esa construcción social en el que suma o morigera climas o situaciones de violencia escolar.
Por último, referir a las intervenciones de estudiantes en hechos de violencia escolar, las normas y los
correctivos, las ayudas o cooperaciones de los profesionales del DISEPA no son suficientes, pues la comunidad
educativa sus actores: padres, tutores, familias, docentes estudiantes y directivos deberán tener la
oportunidad de revisar y reflexionar acerca de; sus opiniones, creencias, conocimientos, valoraciones y
sentido común en torno al tema. El concepto de violencia escolar se reitera es construcción social y requiere
entonces un abordaje colectivo.
36
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37
El “Olfato Profesional” En Trabajo Social Forense2:
Prospectivas conceptuales
Dr. Osvaldo Agustín Marcón
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1. Introducción: comentarios preliminares
Dejamos inicialmente explicitado que ofrecemos esta producción desde una perspectiva epistemológica
interpretativista. Dicha mirada, con incipientes desarrollos en Trabajo Social, remite a toda una tradición en
el campo de la formación en investigación para la producción de conocimiento (Vasilachis, 1992), pero
también a disciplinas fuertemente etnográficas como es el caso de la antropología (Geertz, 1988).
Básicamente este enfoque postula que la comprensión -para ser tal- debe necesariamente considerar las
posiciones subjetivas de los actores involucrados en las situaciones socio-judiciales. Esto incluye a quienes
forman parte como víctimas o victimarios, de las situaciones sobre las que se interviene. Pero también abarca
a quienes sobre ellas pretenden intervenir (los trabajadores sociales forenses, en nuestro caso). Esta
perspectiva, junto a otras como –por ejemplo- el constructivismo, forma parte de un importante esfuerzo de
diferenciación respecto de los postulados positivistas centrados en tratar los problemas sociales con métodos
propios de las ciencias físico-naturales. En cambio, la perspectiva interpretativista se caracteriza por
considerar decisivas las significaciones que los individuos dan a sus acciones. En el campo forense es bastante
evidente que la intervención se asienta fuertemente en lo que se piensa y siente respecto de algo que
sucedió, está sucediendo –también- puede suceder.
Un último comentario preliminar: elegimos, en este trabajo, apelar al género ensayo científico teniendo
presente su subalternidad en tanto modo de producción de conocimiento académico frente a la hegemonía
del método científico y sus productos. Lo hacemos convencidos de que el ensayo ha realizado enormes
aportes a la historia de las ideas, razón por la cual no es necesaria una defensa más profunda del mismo. Sólo
recordemos El Príncipe, de Nicolás Maquiavelo; El Origen de las Especies, de Charles Darwin; El Capital, de
Carlos Marx o La Rebelión de las Masas, de José Ortega y Gasset, entre muchos otros constructos célebres.
El ensayo, como género, no sustituye las producciones metodológicamente científicas, sino que ocupa un
lugar específico desde una racionalidad pluralista.
2. El olfato profesional forense
Este concepto se inspira en otro, todavía incipiente, que hace sus primeras apariciones en el campo de los
saberes criminológicos. Se trata del denominado olfato policial, aceptado como una destreza que permitiría
a los policías distinguir entre quienes son delincuentes y quienes
no lo son (Garriga Zucal, 2013). Dicho de otro modo, y dicho desde el pensamiento policial-represivo oficial,
se trataría de una especie de habilidad para identificar sospechosos, inclusive con pretensiones de
individualización de criminales. Haciendo el esfuerzo por controlar el rechazo que suele producir todo
parentesco con categorías del campo represivo, y tomando lo profesional en un sentido amplio, podemos
considerar a ésta como suerte de protoforma de la que aquí nos interesa, es decir el olfato profesional en
Trabajo Social Forense.
2
Producción basada en la ponencia presentada por el autor ante el XXIV Congreso Nacional de Trabajo Social (Santa Fe,
2018).
38
En este caso pensamos la cuestión desde la
perspectiva socio-jurídica y en robusta clave de
Derechos Humanos, aun cuando pueda ser
aplicada también a otros ámbitos
profesionales. No hemos hallado equivalentes
directos en el campo de Trabajo Social, pero se
advierte la persistencia de un ideario
profusamente vinculado a esta matriz de
pensamiento-aacción. En tal sentido, la
apelación a diversas expresiones como, por
ejemplo, aquella que coloca la experiencia en
el barrio (campo) o -metafóricamente- la idea
de embarrarse los zapatos como modo de fogueo profesional, remite en algún punto a jerarquizaciones
vinculadas con aquel olfato. Tales apelaciones cotidianas constituyen soportes de validación identitaria,
indispensables en la vinculación con otras profesiones y otros actores en las escenas tribunalicias. Pero
también son claves frente a pares Trabajadores Sociales ante los cuales se desarrollan escalones de
jerarquización simbólica. Así, a mayor historial de trabajo en el barro, mayor jerarquía. Y, a la inversa,
profesionales más vinculados a la argumentación teórico-académica, tienden a visualizar estas habilidades
como expresiones de menor solvencia profesional por considerar insuficiente el referido barro. De tal modo
estas ideas que podemos relacionar con el olfato profesional operan como habilidades que jerarquizan o
disminuyen simbólicamente según posiciones en el escenario.
La capacidad de olfatear qué es lo que sucede en la situación de intervención socio-judicial articula recursos
cognitivos, emocionales, éticos, políticos, etc., que exceden la condición profesional en su acepción estricta.
En diversas medidas el olfato mezcla esos elementos con destrezas específicamente profesionales (p.ej.
aplicación de entrevistas) que quedan claramente subsumidas en aquellos recursos, cuya fuerza deviene de
contextos en los que esa dinámica no es controlada desde los colectivos profesionales. Nos referimos a
maneras de pensar, valoraciones, etc, enraizadas en trayectorias personales, comunitarias o culturales. Se
trata, antes que nada, de un esquema de percepciones ensamblado con algunas técnicas colocadas a su
servicio desde la formación profesional. En cuanto tal, constituye un desarrollo inseparable de cada
profesional desde su condición de sujeto relacional. Consecuentemente, se trata de una habilidad
intransferible, difícil de enseñar como parte específica de la formación académica. Y, como decíamos, se
presume que ese olfato puede nacer y desarrollarse con la acumulación de barro en los zapatos.
A título ilustrativo, recordemos aquellas situaciones en las cuales el profesional supone, lo verbalice o no, la
existencia -por ejemplo- de conductas violentas en un entrevistado. O todo lo que sintetizan las primeras
impresiones en general al tratar por primera vez con un juez. Este tipo de producciones y su incidencia sobre
la intervención profesional que sigue,
constituye el meollo de este trabajo. Esa capacidad de oler las situaciones actualiza cierta tendencia a
sobrevalorar la práctica como mera acción, es decir como suplantación de su identidad de praxis. La praxis,
recuperando a Paulo Freire, es la reflexión y acción de los hombres sobre el mundo para transformarlo (Freire,
1975). La acción sin reflexión se reduce al mero activismo del mismo modo en que la reflexión supone un
modo especial, en cierta forma una repetición (re-flexión) sobre aquello que encontramos en el orden de lo
real. Dicho volver a flexionarse sobre algo, es decir repetir el análisis procurando la comprensión, es una
interpretación de eso, para lo cual es indispensable contar con aportes teóricos.
Esa cuestión también ofrece la posibilidad de revisar otra categoría, asociada a lo anterior. Se trata de la
experiencia. La mera repetición de acciones durante algún tiempo no necesariamente capitaliza en la tan
valiosa experticia profesional. En el tradicional sentido kantiano la experiencia es producto de la actividad
39
cognoscitiva condicionada por la subjetividad humana. Para que sea tal, debe cumplir con algunos requisitos
que no guardan necesariamente relación con el tiempo empleado. Lo experiencial está relacionado con la
experimentación y –de allí- con el aprendizaje. Pero el aprendizaje, por su parte, no equivale a la mera
habilidad o destreza para repetir algo ya conocido. Aprender supone incorporar esquemas de pensamiento-
acción que puedan ser transferidos a situaciones análogas pero nuevas. Las situaciones análogas no son
idénticas por lo que siempre esa extrapolación trae consigo algo de innovación. La mera repetición de una
fórmula anteriormente aplicada burocratiza la intervención, negando el sentido de la genuina experiencia.
La experticia remite entonces a nociones altamente dinámicas antes que estabilizantes, de constante
impregnación teórico-práctica que suponen, recordando en esto al viejo Jean Piaget en su Psicología de la
Inteligencia (1999), procesos de sucesivas asimilaciones y acomodaciones. Así, el olfato profesional articula
ingredientes difíciles de racionalizar, ubicados en zonas que podríamos asociar con la instancia psíquica
denominada inconsciente, pero que también podemos homologar con la zona donde imperan las
representaciones sociales, los valores, las decisiones políticas (que también tienen lugar en los escenarios
socio-judiciales), etc.. Esto funciona junto a otros elementos, de naturaleza lógica, provenientes de la
formación profesional más o menos rigurosa. Eso que irrumpe en la escena judicial, condicionado y
condicionando la matriz jurídica cuando pasa a la acción, suerte de chispazo ideatorio cuyas bases racionales
no se advierten, constituye un producto de la olfatividad profesional forense.
Entonces, si aceptamos considerar la posibilidad de su existencia, postulamos la necesidad de aplicar
esfuerzos al desarrollo de recursos teóricos, metodológicos y técnicos que permitan objetivar dicha habilidad
profesional, transformándola en punto de atención. Es cierto que, en cierta forma, esto está siempre
presente pero la sugerencia consiste en delimitar su identidad para explotar la enorme potencialidad que
encierra para Trabajo Social Forense como especialidad. En esta línea de trabajo, la revisión o supervisión
profesional aparece como un punto de urgencia.
La revisión de las producciones olfativas
Aunque no ingresaremos en las profundidades del potente debate respecto de la nominación de la
supervisión profesional, dejemos hecha una breve consideración al respecto. Claramente la expresión super-
visión insinúa una posición de poder distinta de otras tales como por ejemplo re-visión, co-visión, multi-visión
o inter-visión. La tarea de visar, según el lugar que ella ocupe, adquiere distintos sentidos con sus
fundamentos y consecuencias ético-políticas. No obstante, hemos elegido provisoriamente, para este
trabajo, la primera de las opciones: re-visar. No nos explayaremos, pero la decisión incluye consideraciones
respecto de algunas particularidades de lo forense, en términos de relaciones verticalista, también en la
construcción de saberes.
La posibilidad de visar más de una vez (revisar) supone entronizar el debate teórico-práctico en tanto parte
del ethos profesional. Las profesiones modernas, sabemos, dependen de la voz instituyente del Estado-
Nación. Siendo democrática esa voz, sólo pueden pensarse configuraciones profesionales en sintonía con
ella. La idea de revisar las intervenciones sin aceptar su sacralización por la mera presencia de la díada título-
matrícula está en línea con ese carácter democrático, pero más aún, si defendemos el carácter epistémico
de la democracia (Nino, 1990). En ella y, por lo tanto, en el Estado, la deliberación y la argumentación
constituyen elementos centrales, instituyentes de una ética profesional específica.
Ahora bien:
3.a. ¿Qué no revisar?
No estamos ante una propuesta de perfil terapéutico (socio ni psico) en relación con el olfato profesional
forense. Las dinámicas intra e intersubjetivas, o los comportamientos grupales quedan por fuera de la tarea
en tanto encuadre de las actuaciones de revisión. Esto no implica negar la necesidad de desarrollar soportes
40
de este tipo para fortalecer la condición profesional propiamente dicha, pero aquí no es ésa la referencia que
interesa substancialmente.
Tampoco homologamos esta tarea a alternativas muy en
boga del tipo cousenling, es decir de aconsejamiento, aún
con sus variantes respecto de las posiciones terapéuticas
que, inclusive, tienden a desarrollarse en Trabajo Social
en varios países de la región. Esta separación incluye a
otras expresiones tales como el coaching o
entrenamiento para conseguir el éxito en determinadas
tareas (muy vinculado al mundo empresarial).
La revisión no se orienta a estos planos de la actividad
profesional.
3.b. ¿Qué sí revisar?
Para desarrollar la validez del olfato profesional forense debemos ser enfáticos en diferenciarlo de la mera
ocurrencia, pero, también, de su condición de expresión pura de supuestos teóricos. El fortalecimiento de tal
distinción parece requerir de habilidades específicas dentro de las cuales sobresale la necesidad de
centrarnos en la revisión de los productos de ese olfato, en el marco de las intervenciones profesionales.
Se trata de una cuestión metodológica central pues lo que debe ser visado es aquello que el profesional
postula, es decir lo que puede traducir en su relato como apertura a subprocesos en la producción de
conocimientos para la intervención. La mirada revisora no debería centrarse en el profesional ni en su
capacidad olfativa. Y sí, en cambio, en cuestiones específicamente delimitadas, emergentes de ese olfato,
aun cuando sabemos de las dificultades que suelen presentarse para ello.
Ese producto, claro está, debe ser analizado teniendo a la intervención como vector de análisis
3.c. ¿Qué horizonte fijar?
Adoptamos el interpretativismo como paradigma epistemológico desde el inicio de este trabajo. Si creemos,
entonces, que en los escenarios forenses trabajamos con nuestras interpretaciones respecto de la realidad,
es central el modo en que organizamos las ideas respecto de esta. Ese modo de organización pocas veces
resulta en un objeto armónico y sí, las más de las veces, en una formulación ecléctica, es decir conjuntos de
ideas poco orgánicas.
Si aceptamos esas características como propias de lo complejo, podremos también asumir que tal mirada es
el producto de perspectivas negociadas. En definitiva, se trata de conceder cuotas de razonabilidad a otros
saberes, profesionales y no profesionales, para que ellos, reciprocidad mediante, se dispongan a realizar
análogas concesiones.
Por lo tanto, hemos de aceptar, como parte del horizonte hacia el cual marchar, que él no constituye una
muestra de pura lógica, según la tradición epistemológica occidental, de especial peso en las matrices
jurídicas. Por el contrario, se trata de no imaginar esa gran línea lejana (el horizonte) como un conjunto
pincelado en blanco y negro y sí de un escenario multicolor, difícil de clasificar de una vez y para siempre. El
olfato profesional forense expresa dicha complejidad, pero también las dificultades para aprehenderla. Así
puede aportar a configurar socio-jurídicamente los productos del monismo jurídico occidental, atravesado
por la linealidad y las relaciones causa-efecto.
41
3.d. ¿Sobre qué supuestos?: la magmática interdisciplinaria
Como sabemos, los vahos de inespecificidad en Trabajo Social han operado muchas veces motivando
sensaciones de insatisfacción epistemológica y teórica, con efectos identitarios contundentes. En cierta
forma la amplitud de lo social contribuye, paradójicamente, con el fortalecimiento de tal situación. La
insistencia respecto de que el desarrollo de teoría propia está vinculado con aportes externos pareciera no
haber sido todavía definitivo. No obstante asumir esa supuesta limitación como fortaleza especificante ha
permitido, poco a poco, comenzar a zanjar la cuestión. Los propios vaticinios de los teóricos de la
complejidad, anticipando el avance hacia saberes con fronteras desamuralladas (Najmanovich, 2012), han
generado condiciones mucho más satisfactorias para valorar aquella condición condición de hibridez
conceptual. También las propuestas centradas en la necesidad de desarrollar una “ecología de saberes”
(Santos, 1995:31) aparece en línea con esta perspectiva. Boaventura
invita, recordemos, a que las Ciencias Sociales se alejen del “pensamiento abismal” (Santos, 1995:31),
centrado en radicalizar las diferencias tan propias del pensamiento en blanco y negro.
Se trata entonces de reconocer, a futuro, un supuesto central para todas las disciplinas pero que en el caso
de Trabajo Social cuenta con los beneficios de que esa inespecificidad positiva es parte de su pasado y
presente.
Se trata de una suerte de lógica transdisciplinaria que –por el momento- ha sido cooptada por algunas figuras
cristalizadas e, inclusive, institucionalizadas. Es pertinente, nuevamente, advertir que con lo interdisciplinario
nos encontramos frente a una categoría atravesada por cierto esnobismo3
que, en definitiva, amenaza con
un vaciamiento de sentidos que puede impactar negativamente sobre la revisión del olfato profesional
forense. Ante ello cabe el esfuerzo por evitar tendencias a repetir copias acríticas respecto de lo
interdisciplinario, rescatándolo como una lógica que propone complejizar antes que simplificar.
Para ello conviene tener en cuenta algunos datos constitutivos. Así, nociones tales como intervención
interdisciplinaria, equipos interdisciplinarios, etc., son positivas en tanto tránsitos hacia la referida
flexibilización de las fronteras, pero raquitizan las relaciones entre distintos saberes toda vez que ellas son
ontologizadas, es decir enclaustradas en distintos protocolos. Esto es así pues su potencia reside más en el
tráfico creativo de influencias entre saberes que en dichas especies de cotos de caza disciplinares.
Los productos del olfato profesional forense necesariamente traen consigo esa lógica magmática, fundición
de saberes que deben ser defendidos, pero requieren, también, de revisiones que tengan presente esa
condición. Recordemos, en términos históricos, que la interdisciplina no es demasiado novedosa. Roberto
Follari (2005) sitúa el auge inicial de la discusión interdisciplinaria en los años setenta, enfatizando con ello
la necesidad de reconocer la historia para no repetirla. Cortocircuitos hacia adentro y hacia afuera forman
parte de ese trayecto, tanto que Follari subraya la notoria carga ideológica del concepto, y no duda en situarlo
como reacción controladora ante las rebeldías juveniles de Mayo del ’68 y sus expresiones en este campo. El
citado autor liga fuertemente el nacimiento de la perspectiva interdisciplinaria a las necesidades y exigencias
de la lógica empresarial, dotándola por ende de un fuerte sentido práctico. El olfato profesional forense se
ubica en una peligrosa zona dada su afinidad con lo práctico, rápido y utilitario, cuestión que llama a
especiales revisiones en tal sentido.
También conviene tener presente que la lógica interdisciplinaria no resuelve todos los problemas, razón por
la cual carece de fuerza toda sensación de omnipotencia que en ella pretenda asentarse. Podríamos sumar,
pues tiene impacto sobre los productos de ese olfato, que esta concepción de los saberes no constituye una
anti-disciplina sino un modo diferente de los saberes tradicionales, pero –también- una forma disciplinada
3
El Diccionario de la Real Academia Española define como esnob a la “persona que imita con afectación las maneras,
opiniones, etc., de aquellos a quienes considera distinguidos”.
42
de conocimiento. Y, en tanto disciplina, excluye lo indisciplinado, es decir lo que no puede asir desde su
perspectiva, como por caso los saberes que no nacen y/o no son legitimados académicamente pero que son
operativos como parte de la vida comunitaria. El olfato forense capta de manera indisciplinada, pero requiere
de marcos, tras lo cual corre el riesgo de ser nuevamente aprisionado por esos límites. Constituye, así, una
nueva reducción de reducciones previas que resiste desde su razón de ser el ideal de complejización
epistemológica. De todos modos, este límite a la potenciación deviene de la existencia de una demanda sobre
la cual trabajar que constituye, por su propia naturaleza, un conjunto de límites que dan forma a la misma.
3. Antecedentes conceptuales
Hemos postulado, recordemos, la necesidad de aplicar esfuerzos para la delimitación del olfato profesional
forense. Para llevar adelante dicha tarea contamos con algunos antecedentes conceptuales que aportan a la
referida legitimación y, a la par, diversos riesgos a tener presentes. De todos ellos señalaremos unos pocos.
4.a. La cuestión intuitiva
Las discusiones referidas a la intuición y su naturaleza atraviesan la historia de las ideas occidentales. Ella no
remite, cabe aclararlo, a significaciones que lograron notable fortaleza a partir de su naturalización (p.ej.: la
denominada intuición femenina). La tradición aristotélico-tomista, ubicada en las bases de los modos
occidentales de pensar, dedica muchas de sus energías a defender la posibilidad de un conocimiento directo
e inmediato de la realidad, incluyendo sus complejas relaciones. En esta línea, ya Aristóteles (retomado desde
la Escolástica Cristiana por Tomás de Aquino) presenta a la intuición como una dimensión de la inteligencia
humana, distinta de la estrictamente racional. Esta última es la entendida como aquella donde cursan los
razonamientos en sentido estricto, que requieren de tiempos para ello. La intuición, en cambio, es un tipo
de conocimiento espontáneo, libre de las determinaciones temporales y su organización en etapas, propia
de los procedimientos deductivos e inductivos (racionales, en sentido estricto, como quedó dicho). En
términos del clásico Gambra, se trata de un conocimiento de rango superior pues “lo verdadero sólo es lo
evidente, consistente en la intuición intelectual de una idea clara y distinta” (Gambra, 1979:88). El trabajo
profesional proporciona cotidianamente infinidad de experiencias que pueden abonar esta línea de
valorización de un tipo de saber que, estrictamente, es irracional, no razonado, no armado según los cánones
lógicos. La capacidad para reconocer de inmediato los estados de ánimo en sujetos con quienes trabajamos
durante la intervención profesional y en medio de los avatares propios de los sistemas judiciales con sus
impactos subjetivos, es un ejemplo que podría coincidir con ello.
Los pensadores de la Modernidad retomaron esta preocupación aristotélica. Así, por caso, Emannuel Kant
distingue la intuición sensible de la intuición formal. La primera se obtiene con intermediación de los sentidos
mientras que la segunda incorpora dimensiones empíricas tales como el tiempo y el espacio. Es por ello que
lo que se percibe mediante los sentidos necesita transformarse en conceptos y éstos requieren de las
intuiciones sensibles para existir.
Podríamos recurrir a otras líneas de pensamiento, pero bástenos con lo antedicho pues el objetivo es
subrayar cómo lo intuitivo es cuestión, por lo tanto, problema, en el pensamiento y la acción profesional. No
se trata de una categoría difusa y efímera, que no merece atención sino un núcleo decisivo para atender el
pensar cómo pensamos, según la fórmula utilizada por Mario Heler (2005), resumiendo el horizonte del hacer
epistemológico. La robustez de esta categoría no valida por sí el olfato profesional pero la existencia de
conceptos de este orden legitima nuestro ensayo y es ésa una razón central por la cual lo traemos aquí. En
definitiva, por tomar un ejemplo interesante, el riguroso método científico moderno marca caminos cuyo
inicio siempre incluye algo del orden de la intuición. También está presente luego, a lo largo de todo el
proceso, pero centralmente al momento de generar la idea de investigación. O bien podríamos pensar en la
meneada inspiración en los artistas, que viene de algún lugar desconocido pero que se muestra con
diferentes perfiles según quién la logre. Aunque obvio, cabe subrayar que los productos del olfato no
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constituyen diagnóstico social forense, pero aportan a él. A eso nos estamos refiriendo. En definitiva, a esas
ocurrencias, ideas o inspiraciones les podrían caber los presupuestos referidos aun cuando podrían
diferenciarse sus perfiles (del mismo modo en que –en Argentina- las inspiraciones humorísticas de Les
Luthiers difieren de las de Midachi).
4.b. El razonamiento abductivo (o retroductivo)
Si nos ajustamos a la mencionada tradición occidental respecto de los modos del pensar humano nos
encontramos con, por un lado, la dimensión de los procedimientos racionales y, por el otro, con la dimensión
de la intuición, tal como lo mencionamos en el punto anterior. Se trata de los caminos identificados por
Aristóteles, pero retomados en gran medida por la Escolástica en la Edad Media (filosofía aristotélico-
tomista) que en términos generales se conoce como parte de la lógica antigua.
Desde la perspectiva de la lógica moderna destacamos al filósofo Charles Sanders Peirce, reconocido como
importante exponente del pragmatismo norteamericano. Peirce sostiene que deducción e inducción son
modos de inferencia a los que agrega la abducción (también analizada por Aristóteles). Afirma que “la
deducción prueba que algo debe ser, la inducción muestra que algo es realmente operativo; la abducción
meramente sugiere que algo puede ser” (Soler Toscano, 2012:3).
Dicho a través de ejemplos:
• Si alguien tiene como premisa mayor que todos los pobres son delincuentes, al conocer que Juan es
pobre concluye en que Juan es delincuente. Ha procedido deductivamente.
• Si alguien constata un día que Juan es pobre y delincuente, otro día que María es pobre y delincuente,
y otro día que Dante es pobre y delincuente, concluye en que todos los pobres son delincuentes. Ha procedido
inductivamente.
• Si alguien, en cambio, afirma (supone, presume, etc.) que la delincuencia no existe hipotetiza un
enfoque que luego debe demostrar deductiva o inductivamente. Ha procedido abductiva o
retroductivamente.
Ubicados en este planteo, las abducciones son las conjeturas espontáneas de la razón, especies de destellos
de comprensión que –no obstante- son parte del razonamiento (a diferencia de la intuición en el sentido
aristotélico-tomista). Para Peirce la abducción es ni más ni menos que el primer paso del razonamiento
científico (Peirce, 1958) considerándola uno de los modos del pensar humano. Se trata de una conjetura
inicial, de una sospecha caracterizada por su inseguridad, pero, al mismo tiempo, camino decisivo para la
creación. En palabras de Soler Toscano “es la única operación lógica que introduce alguna idea nueva pues la
inducción no hace más que determinar un valor, y la deducción desarrolla meramente las consecuencias
necesarias de una pura hipótesis” (Soler Toscano, 2012:3).
Tendríamos allí, entonces, otro argumento de peso para fortalecer la estructura del olfato profesional
forense, procurando establecer si cuenta con un piso básico de legitimidad teórica para la intervención
profesional.
4.c. La retro-vigilancia
Marquemos otro haz de fortalezas. Ya conocemos la compleja relación teoría-práctica en Trabajo Social y sus
variadas producciones. Adherimos a los esfuerzos por alejarnos de los supuestos relacionados con la
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racionalidad instrumental que tienden a pensar a la práctica como espacio de aplicación de la teoría.
Siguiendo a Karsz (2006), evitaremos problematizar esa conflictividad en términos de relación entre ambos
polos (teoría y práctica) para pensar más cerca de las tradiciones de la praxis, donde la díada no evoca la
noción de partes que se relacionan y sí, en cambio, de unidad substancial de ambas, por tanto, partícipes de
una única identidad. La teoría, en todo caso, ubica al profesional en una posición ética y política desde la cual
piensa y actúa, constituyendo la singular gubernamentalidad del sujeto-profesional, con sus pensamientos y
acciones, pero sustancialmente unidas entre sí. La teoría no es algo que se aprende para aplicar sino aquello
que informa a quien la hace suya, transformándolo en alguien que ya no debe/puede pensar ni actuar
genuinamente por fuera de esa forma, si es que dicha aprehensión sucedió eficazmente. Nuevamente, en
términos del pensamiento científico occidental, no opera racionalmente entendiendo a esto como
construcción de razonamientos estrictamente lógicos.
La instancia del olfateo profesional forense, que hemos caracterizado como especie de destello analítico,
pone a prueba en ese instante la validez de complejos procesos de configuración y reconfiguración
identitaria. Aunque su eficacia no esté relacionada con la condición de instrumentos para la acción, los
supuestos teóricos pasan al acto con lo cual dejan de ser tales. Nunca operan de manera pura y sí, en cambio,
como magma subjetivado y subjetivante de la intervención. Ese magma también se funde con y en la
situación,
imponiendo la reflexividad (Guber, 2001), vía regia para oler profesionalmente suscomponentes, viabilizando
las operaciones necesarias.
El olfato permite revisar, desde su particular ordenamiento interior cercano a la noción de epifanía griega,
las construcciones conceptuales externas. No las descarta, pero las pone a prueba. Puede funcionar, cabe
repetirlo, como inspiración anticipatoria del camino a recorrer, a condición de que no se eleve cualquier
ocurrencia circunstancial al estatus de racionalidad profesional. Pero en esa suerte de manifestación socio-
jurídica vigila, desde un lugar no académico, la validez de producciones teóricas. Por caso, cuando desde
Trabajo Social Forense se escucha a un profesional que se refiere a un joven como toxicómano o adicto
(cuando no drogón), es posible que algo de aquello se ponga en funcionamiento para discernir cuál es la
situación de ese joven, pero, también, cuál es la posición del profesional que así lo clasifica.
5. Algunos riesgos
5.a. La mirada estereotipada
La existencia de fortalezas supone la presencia de debilidades, razón por la cual es importante el esfuerzo
por avanzar en su identificación. Rápidamente cabe sospechar, como riesgo negativo, que el olfato puede
servir para elevar cualquier ocurrencia al nivel de sustento para la intervención profesional, razón por la cual
debemos alejar riesgos de este tipo. Puntuaremos algunos de ellos, como es el de los conocidos estereotipos
y prejuicios, cuya omnipresencia en el campo de los comportamientos sociales es evidente.
Los primeros, recordemos, constituyen conjuntos de creencias sobre los atributos que caracterizan a un
grupo social y sobre las que existe un acuerdo básico (Mackie, 1973). Los segundos, en cambio, son juicios y
creencias de carácter negativo sobre un grupo social (González Gabaldón, 1999). Su razón de ser estriba en
los beneficios que proporcionan, que no son pocos. Por ejemplo, ahorran energías en la vinculación humana
pues proporciona mucha información en el origen de esta, funcionando como base para lo que sigue. Pero
junto con ellos trae todos los riesgos imaginables: segregacionismo, sectarismo, retraso en
la producción teórica, dificultades para percibir fuerzas y debilidades en la intervención, etc.
Una vez más, recordaremos que siempre pensamos y actuamos desde algún lugar cuyos supuestos exigen
ser constantemente revisados para evitar que las tendencias estereotipantes obturen la indispensable
creatividad, dada la singularidad de cada situación, en las cuales el olfato resulta harto relevante. Por caso,
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clasificar rápidamente a una madre-padre como abandónicos suele acarrear el impulso a procesos de
adopción que, no pocas veces, parten de valoraciones emitidas desde posiciones sociales dominantes
actualizando la vieja judicialización de la pobreza, no tan extinguida como solemos pensar.
En línea con dicha serie de elementos que nos permitirían achicar esta suerte de burocratización en las
matrices de pensamiento, podríamos traer ricos aportes desde las representaciones sociales (Carretero,
2010), con sus implicancias sobre la intervención. Es también posible sumar los aportes de Goffman (1986),
quien estableció con claridad que la estigmatización es un tipo de relación, en nuestro caso profesional. Sin
riesgo de exagerar, también podemos hipotetizar que dicha vinculación promueve la desaparición del otro a
manos de los supuestos profesionales que no deben –insistimos- confundirse con expresiones del genuino
olfato profesional forense. Los fundamentos ético-políticos más la teoría en ellos involucrada y derivada
constituyen la más elevada de las garantías de profesionalismo existentes. Revisar estas cuestiones,
insistimos, surge especialmente importante.
5.b. El sentido de toda profesión
Sumemos a lo anterior una cuestión que puede ser tachada de obvia, impugnación que descartamos pues
dicha condición no suele ser evidente en lo cotidiano. Se trata de la intervención como formación teórica
puesta en acción. La teoría, aunque no excluyentemente, constituye una dimensión especificante de la
condición profesional. Sin teoría no hay profesión, al menos en su acepción moderna. Este asunto no echa
por tierra la posibilidad de atender el olfato profesional pero sí de encontrar maneras de separar lo que
proviene de los referidos estereotipos –u otros elementos- de los que son producidos por la sedimentación
de contenidos teóricos, éticos y políticos. Por lo tanto, jerarquizar el olfato en Trabajo Social Forense no
equivale a, insistimos, dotar de estatus profesional a cualquier ocurrencia que se escude tras la condición
profesional.
Es por ello que nos encontramos, en este punto, con la necesidad de salvaguardar la formación teórica (y la
actualización constante de la misma) como condición sine qua non. El olfato forense religa saberes de distinta
procedencia entre sí, pero también funde en esa amalgama la posición ético-política del profesional en tanto
ciudadano, operación que se expresa en las intervenciones. Pero no es suficiente con que el Trabador Social
sea tal y cumpla esas funciones, sino que debe potenciar su condición profesional para que dicha cohesión
sea específica y especificante de las intervenciones. El olfato en Trabajo Social Forense sólo puede defenderse
a condición de que sea profesional.
5.c. La atención profesional como derecho
Un tercer riesgo para considerar es el siguiente. Las profesiones modernas surgen al amparo del Estado-
Nación y, por tanto, en perspectiva de derechos. Dicha meta-institución decide que algunas expresiones de
la cuestión social deben ser atendidas por unas profesiones específicas.
Decíamos en el punto anterior que la condición profesional depende de la formación teórica para ser tal. Por
lo tanto, carácter transitivo mediante, la atención a través de supuestos teóricos también constituye un
derecho ciudadano. Podría discutirse esto desde el plano socio-jurídico pero, como mínimo, señalemos que
también estamos frente a un problema ético cuando el ejercicio profesional se lleva adelante sin la referida
fundamentación. Pareciera entonces lógico que el olfato que no surge de dicha sedimentación teórica
(incluyendo el plano ético-político, lo metodológico, etc.) deteriora la correcta satisfacción de la atención
profesional como derecho ciudadano.
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6. El olfato profesional forense como hibridez cognitiva
En el aroma originario de esta cuestión se perciben las referidas pero también otras tensiones. Unas alientan
mientras otras sugieren precauciones. Algunas son tributarias de debates tradicionales en Ciencias Sociales,
tales como las derivadas de las críticas al pensamiento positivista. Conocidos y un tanto tradicionales epítetos
tales como cientificismo, academicismo o pragmatismo abren las puertas para enriquecer esta discusión,
procurando anudar conocimientos originados en distintos espacios. Más aún, la siempre vigente referencia
al sentido común como parte de nuestra condición profesional (recordemos el sentido común ilustrado de
García Salord) es parte activa en esta cuestión.
En tal sentido, el olfato profesional forense funciona como estructura estructurante, siguiendo la vieja
definición piagetiana (1947). Subrayando aspectos, se trata de una unidad compleja en la que coagulan
categorías conceptuales, posiciones políticas, etc., junto a prejuicios y supuestos, entre otros, que en
distintos grados, pero amalgamados, orientan el funcionamiento de la totalidad profesional. En definitiva, se
trata de una mezcla cuyo resultado final depende de la participación que cada componente tenga en ella. En
gran medida revisar los productos del olfato es revisar cuánta participación de cada componente incide en
ellos.
Ninguno de los antecedentes citados más arriba puede ser homologados con la mera ocurrencia
circunstancial. Aún la intuición aristotélica es, como decíamos, parte superior de la inteligencia pero debe
cumplir –en el pensamiento del estagirita- con diversos requisitos para ser tal. En este caso, tiene que
vincularse con lo real. Claro está que –puesto que nos apoyamos en el interpretativismo, como se advirtió al
inicio- no adherimos a la filosofía en la que se inscribe esto último, pero citarlo es necesario para defender la
legitimidad de la propuesta, es decir la premisa según la cual el olfato profesional forense no debería
confundirse con cualquier idea sin control alguno. Tampoco en el pensamiento de Peirce hay lugar para ese
tipo de ocurrencias pues no cabe dicha homologación con mágicas iluminaciones y sí, en cambio, se identifica
con una parte del proceso racional que en todo caso prescinde significativamente de las limitaciones del
tiempo, típicas del razonamiento propiamente dicho.
Para avanzar con el olfato tengamos presente que, en general, tendemos a pensar toda actividad cognitiva
como ligada al plano de la voluntad y –por tanto- de la consciencia. Esto, venimos diciendo, favorece la
sobrevaloración de lo profesional en tanto actividad plenamente presente en nuestra consciencia. Sin
embargo, es reconocido en teoría un importante plano del pensamiento al que se identifica como
inconsciente cognitivo, lo que supone la existencia de formas de cognición que funcionan por fuera de la
actividad volitiva. Tenemos aquí otro antecedente conceptual que bien puede sintetizar los anteriores,
fundiendo en su identidad tanto sus fortalezas como sus riesgos. Éste involucra el “desarrollo de procesos de
codificación y de representaciones de información” (Froufe, 1997) que pasan inadvertidos por el sujeto que
los activa involuntariamente. Por lo tanto, entonces, hay captación de datos que son sometidos a un proceso,
pero sin conciencia de este por parte del profesional. Inclusive algunos autores, entre los que se incluye el
citado Froufe, sostienen que existen registros neurológicos de tal actividad y que, más aún, se puede hablar
de percepciones, aprendizajes y memoria inconsciente. En dicho marco la rutinización de las intervenciones
empuja a la automatización de procedimientos teórico-prácticos que se transforman en inconscientes. Los
productos del olfato profesional forense son, en definitiva, emergentes de dicho magma.
7. Conclusiones
Tenemos muchas posibilidades de coincidir respecto de que los niveles de institucionalización de las prácticas
de revisión en los espacios profesionales son bajos. No estamos ante un elemento que podamos nominar
como característico de nuestra profesión aun cuando los esfuerzos por transformar dicha realidad son
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evidentes. El desarrollo de esas prácticas supone, más que nunca, esfuerzos deconstructivos, es decir
intentos por traducir bajo nuevas formas lo aparentemente dado de una vez y para siempre.
Revisar en Trabajo Social Forense exige, entonces, una laboriosa tarea orientada a aumentar la cantidad y
calidad de los contenidos teóricos que le dan sustento. El olfato profesional tiene posibilidades de inscribirse
en dicho camino. Su propia naturaleza remite al análisis de la intersubjetividad como vía regia para acceder
al mismo y revisar sus producciones. Ese camino nos coloca, indefectiblemente, frente a las implicancias del
positivismo sobre nuestros modos de pensar, fuertemente asentados sobre la natural inclinación a facilitar
la intervención mediante la aplicación de estereotipos. Así, las tendencias iterativas forman parte de este
debate, pero no para demonizarlas y -por tanto- descartarlas de plano sino para ubicarlas en un lugar
productivo. El olfato, entonces, es un tipo de saber profesional que suele mimetizarse con otros, más ligados
a la reiteración de fórmulas que han sido ya utilizadas anteriormente con mayor o menor éxito pero que, al
ser repetidas cierran las puertas de la singularidad. Lo singular, por su parte, llevado a medidas absolutas,
impide la intervención al postular que todo debe ser construido particularmente como si nada pudiera ser
analizado en su carácter de regularidad.
El análisis crítico del olfato profesional forense nos lleva por senderos que incluyen posibilidades de herir
susceptibilidades. La condición profesional, en muchos casos, depende de esas manifestaciones fuertemente
ligadas a representaciones respecto de la experiencia. Pero esos senderos también incluyen la factibilidad de
lastimar susceptibilidades académicas. En definitiva, el olfato reivindica la experticia profesional pero -según
aquí planteamos- exige también apertura a la permanente fecundación académica. Y viceversa, claro está.
Por lo tanto, rescatar los productos del olfato profesional forense identificando y conceptualizando su
estructura epistemológica supone evitar la idea de experiencia como mera acumulación de tiempo de trabajo
sobre situaciones aparentemente repetidas. Los procesos y contenidos olfativos no se encuentran en zonas
conscientemente manejables y sí, en cambio, en lugares gobernados por supuestos que deben ganar validez
a fuerza de constantes revisiones. Se trata de una estructura intrínsecamente híbrida que mezcla tiempos de
vida dedicados al trabajo profesional y tiempos de vida dedicados al estudio propiamente dicho.
Ilustrativamente, recordemos que Habermas produjo en contextos académicos sus aportes teóricos al
pensamiento occidental. San Martín, en cambio, produjo los suyos en medio de la acción guerrera, y pueden
ser encontrados en sus cartas (por caso, las dirigidas a Bolívar), fuertemente atravesadas por la acción.
En gran medida analizar los productos olfativos en las escenas forenses es intentar contestar a la pregunta
formulada por el Premio Nobel de Literatura 1998, José Saramago, cuando propone tratar de entender
“porqué pensamos lo que pensamos”.
8. Referencias bibliográficas
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Ceil/Conicet-Flacso-UBA.
49
De Artes y De Partes
Lic. Olga R. Zampar, Magister en Salud Mental
DESCARGAR ARTÍCULO
Ser Trabajador/a Social operativo en la provincia de Santa Fe implica, como lo indica el artículo 3º de la ley de
ejercicio profesional, que: “Sólo podrán ejercer la profesión de Asistente Social en la Provincia de Santa Fe,
previa obtención de la matrícula correspondiente: a) Las personas que tengan título de Asistentes Sociales
y/o trabajadores sociales, Licenciados en Servicio Social y/o Trabajo Social y/o Doctores en Servicio Social y/o
Trabajo Social, ...” (1). Pertenecer al Colegio es constitutivo del ejercicio profesional de las y los Trabajadores
Sociales, tomando como equivalentes, las expresiones Servicio Social y Trabajo Social.
El Colegio es un colectivo, una organización, constituída por los miembros matriculados. Está previsto en el
artículo 4º de la Ley antes citada, la subdivisión de la provincia de Santa Fe en dos jurisdicciones, y que “... En
cada una de las ciudades de Santa Fe y Rosario funcionará un Colegio, respectivamente, de Profesionales del
Servicio Social, los que tendrán a su cargo en las respectivas jurisdicciones que se les asigne, el contralor de
la profesión y el otorgamiento de la matrícula. Dichos Colegios estarán formados por todos los profesionales
domiciliados en cada jurisdicción aludida, siendo los mismos los únicos organismos oficialmente reconocidos
por el Gobierno Provincial a los efectos que sean necesarios. ...” (2). La organización es técnicamente una
Asociación civil sin fines de lucro, supeditada al contralor de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, que
se sostiene con el ingreso que proveen las cuotas societarias, acorde al último párrafo del artículo 1º del
Estatuto.
En cuanto tal, define por elección, en forma periódica, quienes, de aquellos que lo componen, dispondrán su
capacidad y esfuerzo a fin de regir un período de gobierno de la organización para tender a la realización de
los fines y funciones establecidos por el Estatuto, lo que, sumados a las gestiones corrientes de una
administración, constituyen un cúmulo de trabajo que es aconsejable asumir con responsabilizaciones
compartidas, y compartimentadas cuando ello es preciso. Y, ello no es un privilegio, sino una disposición de
servicio. La lectura de los artículos 2º y 3º del Estatuto, que definen Fines y Funciones, respectivamente, dan
cuenta de que se hallan pendientes de realización varios objetivos atinentes al ser profesional que certifica el
Colegio, direccionadas a la adquisición de conocimientos cualificantes de la profesión.
¿Qué parámetros dan cuenta de la cualificación en esta profesión?, sin que por ello sean excluyentemente
propios.
Dicho sin tecnicismos, es preciso lograr sensibilización para la detección y desnaturalización de las situaciones
de vulneración de derechos ciudadanos, pero, también, apropiarse de categorías teóricas conducentes a la
prelación (º) de situaciones en las cuales procede la restitución de derechos.
En este proceso de cualificación del ejercicio profesional es prioritario analizar aquellas convicciones
subjetivas que limitan la percepción de los derechos habidos de los sujetos cuya situación es objeto de la
acción profesional. Porque, “... el ser humano posee la característica de la reflexividad: puede identificar sus
propios chips (*), y puede evaluarlos, juzgarlos éticamente y desaprobarlos. ...”. (3)
Para avanzar hacia la visibilización de dichos derechos como tales, cada análisis de situación debe
contextualizarse, aplicando indicadores a las variables que la atraviesan. “... Esa conciencia
(º) En la defensa del interés superior del niño, hay que discernir si una situación obedece a carencias de índole asistencial o si hay condicionante/s
subjetivo/s de dificultosa reversión (consumo de sustancias que alteran la percepción, violencia y abuso sexual, los más frecuentes) en su referente
parental. O la omisión de información legal, ante embarazo que se manifiesta no deseado.
(*) Segato entiende la cultura como un conjunto de chips que nos programan, pero sin que sea de forma automática y necesaria, y que, así como
fueron instalados, infiere que también podrían desinstalarse.
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desnaturalizadora del orden vigente es la única fuerza que lo desestabiliza. Para ello hay una condición
indispensable: la mediatización de los derechos. La visibilidad de los derechos construye, persuasivamente,
la jurisdicción. ...” (4). No son las convicciones subjetivas las que deben prevalecer, sino lo que dispone la Ley
respecto de los sujetos con quienes se despliega la acción profesional, y ello está instituido en un cuerpo legal
que, partiendo de la Constitución Nacional va sumando cada vez más expresiones.
“... Por cierto, el hombre tiene derecho a la subsistencia, el derecho a la vida es una prerrogativa fundamental
de la humanidad, que ninguna sociedad puede transgredir. Pero la puesta en obra de este derecho se
desdobla, según sea que esos ´hombres sin medios de subsistencia´ sean capaces de trabajar o no.
… Los incapaces para el trabajo dependían del derecho al socorro. ...”, explicitó Castel, aludiendo a las
conclusiones del Comité de Mendicidad de la Asamblea Constituyente de Francia, 1790. (5) Que, si bien fue
una formulación superadora de la problemática atendida, luego dió lugar a aquella que plantea si realmente
todos los capaces llegarían a subsistir con el producto de su trabajo, o peor aún, si habrían de hallarlo.
Teniendo en cuenta que han pasado siglos y las cuestiones aludidas siguen vigentes, sirva esto para verificar
cuánto debe transitarse en materia de restitución de derechos.
La pertenencia al Colegio debe posibilitar un intercambio que suscite la cualificación y, a la vez, sea un ancla
de Salud Mental, dado que los embates de situaciones diversas producen impactos emocionales y desgastes
desalentadores en el transcurso de la acción profesional.
Todas, todos, todes, somos Colegio. Un grupo, circunstancialmente, ejerce su gobierno. La Delegación Zona
Norte es una extensión para acercarlo a quienes, en esta situación geográfica dentro de la provincia, distamos
significativamente de su asentamiento legal. Participar es la tarea.
Citas
(1) Legislatura de la provincia de Santa Fe, Ley Nº 7754, Santa Fe (Argentina),1975.
(2) Op cit.
(3) Segato, Rita Laura, Las estructuras elementales de la violencia, Ed. Prometeo Libros, C.A.B.A., segunda
edición 2010, pág. 141.
(4) Op cit, pág. 142.
(5) Castel, Robert, Las metamorfosis de la cuestión social – Una crónica del salariado, Ed. Paidós, Buenos
Aires, quinta edición 2009, pág. 184.
Bibliografía
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universitaria de la Universidad Nacional del Litoral sobre Organizaciones de la Sociedad Civil, sin datos.
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Colegio, Santa Fe (Argentina), 2007.
- Las metamorfosis de la cuestión social – Una crónica del salariado, Castel, Robert, Ed. Paidós, Buenos Aires,
quinta edición 2009.
- Las estructuras elementales de la violencia, Segato, Rita Laura, Ed. Prometeo Libros, C.A.B.A., segunda
edición 2010.
- Ley Nº 7754 de Ejercicio de la profesión de ... Legislatura de la provincia de Santa Fe, Santa Fe
(Argentina),1975.
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Un Campo En Construcción: El Trabajo Social En Un
Tribunal De Familia
Lic. Liliana Beatriz Bongi, T.S. Del Tribunal Colegiado de Familia N°3 de Santa Fe
Lic. Maricel Haydeé Salera. T.S. Del Tribunal Colegiado de Familia N°3 de Santa Fe
Lic. Silvana María Simioni. T.S. Del Tribunal Colegiado de Familia N°3 de Santa Fe
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ABSTRACT
En este artículo, apostamos a reflexionar sobre las intervenciones en cable teórica como
Trabajadores/as Sociales en el Fuero de Familia de la ciudad de Santa Fe, interpelando, problematizando el
lugar y la tarea históricamente asignado a nuestra profesión, ya sea desde los profesionales de la disciplina,
como así también de los otros/as agentes del sistema judicial.
Para ello, nos posicionamos desde la perspectiva de campo jurídico, sabiendo que el Derecho no es
exclusividad de una profesión (Abogados/as), sino de un conjunto de saberes que, desde una mirada
transdiciplinaria, intentan dar cuenta de su constitución y de su objeto, abordando el conflicto social para
lograr la integración.
Desentrañamos lo que consideramos ese objeto, conceptualizándolo como asunto judiciable,
desagregando y poniendo en cuestión categorías como: objeto de intervención, intervención, demanda,
institución judicial.
Palabras Claves
Intervención- Campo Jurídico. Objeto Judicial
Conceptualizando la función del campo socio-jurídico
El presente artículo tiene por objeto reflexionar teórica y epistemológicamente sobre lo que
consideramos acerca de la construcción de la intervención del Trabajo Social en el Fuero de Familia, desde
una perspectiva crítica y en base a la promoción de derechos, proyecto profesional que se intenta poner en
acto en el Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de la ciudad de Santa Fe, Sabemos que todo proceso profesional-
societal es producto de una construcción epocal, pero centralmente, de la puesta en acto de acciones
colectivas, siendo resultado de este ´proceso de continuidades y rupturas, el lugar que hoy ocupa TS en el
Fuero, así también cómo se piensan sus intervenciones, su rol por parte tanto de los/as propios profesionales
como de los otros/as actores del sistema. Por ello, la construcción del espacio profesional, es consecuencia
del resultado de un largo recorrido colectivo de disputas, más aún en un fuero donde la centralidad no está
puesta en Trabajo Social
Reforzando este planteo, coincidimos con autores reconocidos del Trabajo Social Forense (Marcón,
Nicolini, Robles, Kronpotic, Ponce de Leon, entre otros), que en sus trabajos sostienen “Se observan la casi
ausencia de trabajos que discutan o analicen la norma jurídica como construcción social lo que se traduce en
la consideración de la norma jurídica como elemento apriorístico o naturalizado de manera tal que lo social
aparece apenas en la aplicación, aplicación desigual o no aplicación de la ley, el riesgo asociado a esta manera
de analizar lo jurídico sería alimentar una neo-para-judicialización del trabajo Social, al aumentar la
dependencia epistemológica de la profesión respecto de los saberes y dispositivos dominantes del campo
jurídico.” (Krompotic. Ponce de León 2016- 2)
. Por ello, pensar y reflexionar sobre nuestra intervención como Trabajadores Sociales en el Fuero de Familia
implica desandar los estereotipos y posiciones que colocaron al Derecho como aspecto central en la
52
institucionalidad social, y a los saberes expertos responsables de su atención. Consideramos que existe una
hegemonía del derecho- con el objeto del abordaje de la cuestión social que se tramita en la Justicia de Familia
desde la complejidad de su constitución como problema, generando restricciones no sólo a nuestra disciplina,
sino fundamentalmente a la construcción compleja del objeto y al Servicio de Justicia desde la Perspectiva de
Derechos Humanos. Para poder comenzar a dar respuesta a esta preocupación, “se considera necesario
pensar el lugar que en la Modernidad (y que hoy se discute si se habla de pos-Modernidad, entre otras
categorías en debate), tiene la ciencia, el “saber experto”, en términos de Giddens, como constructores de
discursos y prácticas, y de ser el árbitro, el modelo justificatorio, que junto con su puesta en acto (la práctica
profesional), dan sentido al nuevo Dios que es la Razón, en su acepción accidental. Desde la matriz positivista,
la ciencia por sí misma debe construir sus criterios de validación, descontextualizada de las condiciones
históricas-políticas-sociales de producción de ese conocimiento.
En los contextos actuales, se señala que “no son necesarios los grandes relatos epistemológicos, sino que
la ciencia y la técnica hoy han devenido en ideología, produciendo sus propios procesos de legitimación” (Diaz
de Kobila, 2003:107)
En los dispositivos judiciales, entran en juego en la construcción de esos discursos, disciplinas diferentes, no
sólo desde su arqueología - sino por ello- también desde su lugar hegemónico. Estas entran en “disputa” en
el campo del saber, para definir quiénes adquieren la preeminencia en la construcción de ese discurso
justificatorio.
En el ámbito judicial, el Derecho como saber es hegemónico, y las otras disciplinas entran desde un
lugar de auxiliaridad, como marca de nacimiento. El Derecho es hoy (desde el proyecto epistemológico
dominante que lo sustenta, más allá de la disputa de otras perspectivas que siguen teniendo un lugar
subalterno) un campo del saber atravesado por la lógica positivista, donde hay una búsqueda permanente de
lo normado, un apego a los procesos como validantes de sus intervenciones, lo “probado”. Podemos entonces
decir, siguiendo el análisis del autor Osvaldo Marcon (2011) quien expresa que lo que caracteriza a esta
práctica es el apego a las formas, su sustrato altamente conservador.
Para fundamentar este desarrollo teórico, el autor Marcón cita al texto “Fuerza de Ley: el fundamento
místico de la autoridad”, de Derrida, quien sostiene que “el derecho es esencialmente deconstruible, ya sea
porque está fundado, construido sobre capas textuales interpretables y transformables (y esto es la historia
del derecho, la posible y necesaria transformación, o en ocasiones la mejora del derecho), ya sea porque su
último fundamento por definición no está fundado. Que el derecho sea deconstruible no es una desgracia.
Podemos incluso ver ahí la oportunidad política de todo progreso histórico, Pero la paradoja que me gustaría
someter a discusión es la siguiente: es esta estructura deconstruible del derecho o, si ustedes prefieren, de
la justicia como derecho, la que también asegura la posibilidad de la deconstrucción. La justicia es en sí misma,
si algo así existe fuera o más allá del derecho, la que también asegura la posibilidad de la deconstrucción, si
algo así existe. La deconstrucción es la justicia” (Marcon, 2011:191:192)
Si hay algo que las Ciencias Sociales -desde las corrientes críticas de principios del Siglo XX- han
aportado a los saberes y discursos, es precisamente cuestionar a la realidad como algo dado, natural, sino
como producto de una construcción histórico-ideológica. Por lo tanto. definir que es Ley (desde su acepción
como norma jurídica), qué es sanción, que es transgresión, surge de un proceso de disputa y negociación,
que se resuelve conforme a cada momento histórico. En el caso que nos ocupa, estas negociaciones están
fuertemente condicionadas con lo que una sociedad acepta y define como “normal”, y convertida en norma
que debe ser aceptada “obligatoriamente” por los sujetos, esto es, la ley jurídica” ... (Salera. 2012:1-2-3)
Por lo tanto, nos posicionamos desde una perspectiva crítica que señala que el derecho es un campo de
disputa.” En realidad, Cotterrell defiende con carácter general la necesidad de interpretar sociológicamente
las ideas jurídicas: “la tarea de la interpretación sociológica de las ideas jurídicas no es un complemento
deseable, sino un recurso esencial para la comprensión del derecho. Las ideas legales son medios a través de
53
los que se estructuran las dinámicas sociales. Para apreciarlas correctamente en este sentido y reconocer su
poder y sus límites, es necesario entenderlas sociológicamente” (2006a: 63). El planteamiento de Cotterrell
no deja lugar a dudas, por eso emplea y recalca el término “necesidad”. Ahora bien, aunque subraya la
necesidad de incorporar la perspectiva “sociológica”, su posición no es excluyente ni con respecto a la Teoría
del derecho ni en relación al conjunto de las ciencias sociales. Al contrario, concibe esta empresa como una
tarea transdisciplinar cuya finalidad sería la de ampliar las perspectivas de conocimiento y explicación de los
fenómenos jurídicos. En ese sentido concibe su propuesta como una propuesta incluyente, más que excluyente.
Incluso rechaza el término “Sociología del derecho” en favor de otros menos “disciplinares” como “perspectiva
sociológica” y “comprensión o interpretación sociológica” (García Calvo-2010:385-386)
En este sentido, Trabajo Social disputa la construcción del objeto judiciable desde la perspectiva de
campo jurídico con otras disciplinas, a partir de su constitución como profesión con status científico y
autoridad para “decir y hacer” en lo social problematizado, Esta autoridad disciplinar está legislada desde la
formulación de las competencias e incumbencias que asigna la Ley Federal de Trabajo Social N° 27072,
sancionada por el Congreso de la Nación el día 10 de diciembre de 2014. En términos generales, dichas
competencias encuadran el ejercicio profesional de Trabajo Social, a la “realización de tareas, actos, acciones
o prácticas derivadas como relaciones o encuadradas en una o varias de las incumbencias profesionales,
establecidas en esta ley”4
Dentro de este ejercicio, las incumbencias se refieren a las acciones que sólo una profesión está autorizada
a realizar, teniendo por lo tanto la exclusividad del campo profesional en relación a esa materia. Por lo tanto,
“Trabajo Social reúne un conjunto de competencias de naturaleza simbólica al promover la socialización de
expectativas respecto a la legitimidad de las normas legales, además de las funciones instrumentales y
políticas en torno al arbitraje de conflictos sociales. Esta práctica se inscribe entonces en el abordaje de la
conflictividad social frente a una heterogeneidad de situaciones, conflictos y agentes, lo que conlleva una
pluralización de instrumentos y prácticas.” (Cazzaniga-2009-12)”
Descubriendo nuestro objeto: la problematización de lo social en clave jurídica
Desde este posicionamiento epistemológico acerca del campo, y la especificidad de Trabajo Social en
la construcción y abordaje del mismo, resulta necesario detenernos reflexivamente para poder pensar
nuestro objeto Este objeto de intervención lo denominamos asunto judiciable, sabiendo que sobre él (desde
la especificidad del Trabajo Social) se tiene la obligación ética-epistemológica de conocer, comprender,
analizar e interpretar, en vistas a la resolución del conflicto planteado. Conceptualizamos asunto judiciable,
siguiendo los aportes de la Dra. Graciela Nicolini, (2011) “como aquellas relaciones sociales que se constituyen
en conflictos y que por su naturaleza necesita la intervención de la institución judicial para su resolución, ya
que de no ser así afectaría el cuerpo colectivo.” 5
(Nicolini 2011- 127)
Compartimos lo planteado por la Dra. Gonzalez Saibene que TS no construye su objeto autónomamente,
sino que su encuadre está dado por la naturaleza del problema que aborda, como así también los objetivos
de la institución en la cual trabaja, agregando además, con las lógicas y el status asignados a ellas. Y que esa
construcción es transdisciplinar (Marcón-2015), ya que, parafraseando a la autora, toda profesión enuncia a
pensar que el saber de su propia disciplina es suficiente para poder comprender el problema, debiendo desde
lo epistemológico, leer ese objeto, darle cuerpo desde el status teórico, que lo constituye en el caso de TS a
teoría social en su conjunto (Gonzalez Saibene). También al decir de Robles con argumentaciones e
interpretaciones desde categorías teóricas, desde un referente teórico que le otorga fundamento y validez.
Trabajo social, profesión con un status social asignado en la división socio-técnica del conocimiento,
interviene en el espacio judicial desde una autonomía relativa, sostenida por un saber teórico-metodológico
4 Ley Federal de Trabajo Social.
5 Graciela Nicolini, “Judicialización de la vida Familiar. Lectura desde el Trabajo Social, Ed Espacio, Bs. As., 2011
54
que le confiere autoridad a la hora de poder dar cuenta de las características de lo social problematizado, ya
sea a nivel comunitario, familiar e individual.
Singularizando este objeto en el campo que trabajamos, su propia denominación nos obliga a dar
cuenta categorialmente desde que posición definimos Familia. Entendida como construcción histórico social
que organiza los vínculos humanos, también es una institución política a partir de la cual el Estado moderno
define mecanismos de integración. Claudio Robles se refiere al concepto de familia tomándola en primer
lugar desde la acepción que el Derecho le ha significado, expresando que se trata de un conjunto de personas
entre las que existe un vínculo jurídico, con interdependencia y resultante de la unión intersexual, la
procreación y el parentesco. Se toma la acepción jurídica de esta categoría por cuanto el sistema judicial alude
a la familia como vínculos filiales paternos y asigna una responsabilidad directa sobre dicho vinculo.
La carga que el sistema imprime al rol paterno-materno, pocas veces es situada en las condiciones
concretas de existencia en que cada familia desarrolla la materialidad de su existencia, como producto
histórico cultural (De Jong 2001). Por ello se suscribe a esta noción de familia, entendida como concepto
polisémico históricamente situado y no tributario de modelos ideales
Construcción del Proyecto Profesional
El campo socio-jurídico de Familia en la organización institucional del Poder judicial, está normado por
el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina Ley 29994, las leyes procesales provinciales y la organización
de la Ley Orgánica de Tribunales de Santa Fe N° 10160.
Esta legislación de fondo, es la que define las competencias y las funciones del Fuero de Familia en el arbitraje
del conflicto social, los actores sociales participantes, y la forma en que el Estado convierte en cuestión
pública el Derecho de Familia, de los Niños, Niñas y Adolescentes, de la Mujer, etc. Es decir, como se regulan
y normatizan las relaciones entre los sujetos sociales en el ámbito de su mundo público-privado.
En relación a nuestro hacer profesional en este fuero, por la naturaleza de ser un proceso de acción
privada, es decir, por pedido de los sujetos particulares, la intervención de Trabajo Social surge y se delimita
a partir de la solicitud de los abogados/as de partes, y/o de los Jueces/zas de Familia, y/o de los Defensores/as
Oficiales. Con esto queremos significar que nuestra intervención se construye desde la demanda de otros/as
actores que “evalúan” la necesidad de una mirada diferente del conflicto social tramitado. Esta posición en
relación a la intervención “demandada” por otros, restringe nuestro campo de acción, y muchas veces -por
la hegemonía de esos actores institucionales y del status instituido en la institución judicial- la condiciona.
Concretamente, cuando se dispone nuestra intervención en un expediente tramitado en este Fuero, se
observa con preocupación que, desde el pedido de los/as profesionales de partes, se atenta en ciertas
oportunidades contra la autonomía profesional, puesto que solicitan acciones y técnicas que sólo un
Trabajador/ra Social, tiene el conocimiento y competencias para definirlas en el marco del proceso de
intervención profesional. En este sentido, la Dra. Susana Cazzaniga conceptualiza la intervención profesional,”
en tanto trabajo, quehacer o práctica específica, que intenta generar algún tipo de transformación o
modificación en relación con la situación que le es presentada, se expresa en una construcción metodológica,
en un conjunto de mediaciones que darán cuenta de la intencionalidad de transformación y de sus cómos
particulares”6
4 (Cazaniga 2009-12)
Es en este sentido, que la intervención profesional no se reduce a una acción, una técnica o un
instrumento, sino a la definición intencionada de un/a profesional, sostenida desde una matriz teórico-
epistemológica. La intervención por lo tanto puede considerarse un proceso de tensión entre categorías
teóricas y la empiria, que la recorta y focaliza.
Desde este status epistemológico del conocimiento, las técnicas de una disciplina (visita domiciliaria,
informe socio-ambiental), son acciones que sólo el/la profesional interviniente (con un saber acreditado por
6 íbidem
55
un título habilitante) porta la autoridad y autonomía para definirlas como necesarias en el encuadre de un
proceso mayor de intervención.
Proceso de intervención que constituye una estrategia en el marco de las diferentes dimensiones de
ese objeto en la institución judicial, que significa una apuesta singular y situada, desde la ética profesional y
del encuadre normativo. Estas dimensiones inter-relacionadas se refieren a: la naturaleza del conflicto a
conocer, las características y posición de los/as sujetos/as y actores/as involucrados/as, el momento del
proceso judicial, y el criterio del Juez/Jueza de trámite que dispone la intervención.
Si bien reconocemos esta participación en el proceso, (que implica que la demanda sea definida por
otros/as actores/as), sostenemos desde la autonomía profesional que la definición del cómo (proceso
metodológico), es responsabilidad de cada disciplina desde su saber hacer acreditado.
Acerca de la naturaleza del objeto judiciable: su singularidad en el Fuero de Familia en Santa Fe
Con relación a este objeto, sabemos que existe en el imaginario social una percepción bastante
estructurada y descontextualizada, de lo que se ocupa el Fuero de Familia. Por ello, consideramos necesario
dar a conocer acerca de los aspectos de la cuestión social de las cuales nos ocupamos en este campo, y
desde la función que en el aparato del Estado tiene el Poder Judicial.
Los problemas de los cuales se ocupa este campo son conceptualizados en el lenguaje jurídico como:
violencia familiar (medidas de distancia, exclusión del hogar), divorcios, curatelas-tutelas, regímenes de
comunicación, cuidados personales, alimentos, guardas, adopción, control de legalidad de las medidas de
protección tomadas por el Organismo del Poder Ejecutivo que se ocupa de Infancias y Adolescencias, entre
otros.
Desde la dimensión social, consideramos que esta traducción en lenguaje jurídico representa aquellos
aspectos de la cuestión social,7
en términos de los conflictos expresados en el ámbito de las relaciones
interpersonales, cuando estas se centran en los vínculos de lo que se considera familia en todas sus
expresiones, en un momento y tiempo determinado
En nuestra práctica profesional basada en la cultura institucional instituida observamos la existencia
de una forma de pensar la intervención de TS sostenida desde un rol estereotipado, definida a partir de
modelos interventivos -que desde el saber disciplinar- se fueron superando a partir de las rupturas
epistemológicas que se construyeron de nuestro saber-hacer autónomo
Esto lo podemos ejemplificar, a partir de la lectura analítica de los expedientes judiciales, donde
observamos:
1. La inexacta solicitud de la intervención profesional por parte de losl/las profesionales intervinientes en
cada uno de ellos, avalada por los Tribunales, y en otras, producto de una demanda interna (Secretarios/as,
Jueces/Juezas, otros/as profesionales) que no sólo está en contra de nuestra autonomía, sino que restringe
la capacidad de aporte de la disciplina del Trabajo Social como profesión, y también de la función social de
la institución judicial que debería ser brindar en Servicio de Justicia basado en todos los derechos y garantías.
A modo ilustrativo, transcribimos algunos ejemplos:
“Relevamiento social: a efectuarse por la Sra. Visitadora Social de este Tribunal y/o por quien V.S.8
6 designe,
en el domicilio paterno y materno a fin de determinar: medios y modos de vida, elementos de confort en los
hogares…pudiendo en su caso, y de ser necesario, consultar a los vecinos”
Constatación de elementos de decoración, ajuar, inspección ambiental. Relevamiento sobre modos de vida
entre los vecinos.
7 Cuestión Social, como dice Castel (1988) es un desafío que interroga, que pone en cuestión la capacidad de una
sociedad (o nación) de existir como un conjunto ligado por relaciones de interdependencia, esto es, por relaciones de
integración. Portyara Pereira, Cuestión Social
8 En el lenguaje de la institución Judicial, la forma de dirigirse a los Jueces (que surge desde la verticalidad del
Poder Judicial), VS es una abreviatura que se usa en los escritos que significa Vuestra Señoría.
56
Supervisión de los regímenes de visitas9
desde un rol de control, sin previa intervención del TS para evaluar
la organización del proceso.
Así mismo, en relación a los expedientes de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia
observamos: la indiscriminación en el objetivo de intervención del Trabajo Social, escasa coordinación con
los/as Trabajadores/as Sociales del Poder Ejecutivo y Poder Judicial, demoras en la resolución de situaciones
de los niños/as y jóvenes que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad y que requiere de
respuestas judiciales rápidas y coherentes a su historia.
La demanda de intervención por lo tanto está sostenida desde un rol de agente moral, de externalidad
de los procesos sociales y singulares objetos de nuestra intervención. Este rol de agente moral nos obliga a
emitir juicios desde un lugar universal, desde un sujeto no sujetado a sus condiciones concretas de existencia.
Nos solicitan una función de ser “ojos del juez”, sin comprender que nuestra intervención se sostiene desde
un saber hacer acreditado (no sostenido sólo desde la auxiliaridad), e inserto en condiciones históricas y
singulares de constitución.
2. Otro aspecto que observamos con preocupación, es cuando se ordena que recabemos información
diagnóstica que excede ampliamente nuestras incumbencias, violando la ética profesional del legítimo
ejercicio del Trabajo Social. A modo de ejemplo, la solicitud de situación médico-sanitaria, situación subjetiva
(si puede interaccionar con su entorno, cuadro de afección psíquica,), si puede administrar sus bienes,
aspectos que tienen que ver con otro saber disciplinar.
Desde nuestra perspectiva, esta situación implica que se nos exija intervenir en aspectos de lo social
problematizado que corresponden a otras disciplinas, que portan el saber teórico legitimado y legalizado para
“categorizar”, conceptualizar y construir ese aspecto de la cuestión social que se convierte en objeto judicial.
Este límite en nuestras incumbencias no es sólo del orden de la división socio-técnica de las ciencias,
sino -más aún en una institución judicial- del orden de lo normativo. Es decir, el corpus legal ordena quien se
ocupa, y desde que perspectiva se ocupa de las cuestiones referentes a la salud mental. La legislación en
relación a esta materia (Ley Nacional de Salud Mental 26657 y Ley Provincial de Salud Mental 10772) son
claras al respecto, definiendo la Ley Nacional de Salud Mental N°26657, en su art.5:” la existencia de
diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso presumir riesgo de daño o incapacidad,
lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un
momento determinado”810
Acerca de la intervención del trabajo social en el fuero de familia
En este desarrollo se analiza la categoría intervención social desde una perspectiva historiográfica,
necesitando vincularlas a otras categorías que nos va permitir la comprensión y la elucidación de la misma.
Estas reflexiones están ancladas en las perspectivas teórico-epistemológicas que entienden a lo social como
producto de múltiples determinaciones donde el aspecto estructural toma cuerpo; no obstante, la acción de
los sujetos se torna central. Por otra parte, se considera a lo social como un todo complejo y abierto, posible
de ser conocido desde la problematización constante que pone en tensión categorías teóricas y empírica para
construir mediaciones conceptuales
Desde esta perspectiva, la intervención social se configura en tanto proceso social como resultado del
movimiento tensional entre espacios y formatos organizativos, dónde se disputan intereses materiales y
9 Siendo el objetivo el Régimen de Comunicación garantizar al padre no conviviente participar en la vida de los
hijos y a estos el de ejercer el derecho de libre contacto con ambos padres (Robles 2004). Cuando hay conflictividad en
la vinculación, la asistencia de la misma aparece como una alternativa que propone como uno de sus primeros objetivos
la evitación o control de tal conflicto, es decir, de las confrontaciones entre los padres en el espacio de la vinculación
con los hijos (Alday, Bratti, Nicolini 2001). Como señala Robles, otros objetivos que se observan son el de ejercer alguna
forma de control, límite y censura en el comportamiento de padres incumplidores, y/o restablecer un orden perdido o
vituperado por los integrantes del sistema familiar (Robles 2004). tomado de Nicolini, Graciela y otros, “Régimen de
Visitas Asistido: Encrucijada para el Trabajo Social en la Justica, Bs. As, Ed. Espacio, 2011.
10 El resalto es nuestro
57
simbólicos que se expresan en politicidades que adquieren características particulares según tiempo y espacio.
(Salera -Pieruzini 2018)
Entendemos que nuestra intervención como Trabajadores Sociales en el Fuero de Familia, se inscribe en la
lógica de campo jurídico. En este sentido, compartimos la argumentación de Krompotic y Ponce de León
quienes definen a “la intervención socio-jurídica será entendida como una especialidad profesional centrada
en la interface entre los sistemas legales y humanos de una sociedad (Barker y Branson, 2000) con la finalidad
de conocer, comprender, explicar y evaluar situaciones presentes y pasadas y anticipar situaciones futuras, a
partir de estudio sociales, pericias, evaluaciones y diagnósticos, los que no se restringen ni al ámbito judicial
pues incluye instancias pre y post-judiciales, ni a la realización de pericias, sino que están presentes en toda
circunstancia en que se hallan comprometidos derechos y obligaciones”(Krompotic y Ponce de León, 2017:2-
3)
En este sentido, compartimos con los mencionados autores que como Trabajadores Sociales construimos
intervenciones sociales en el sentido más amplio de su término, que permite desde un saber teórico
epistemológico, definir que abordamos una materia prima que significa una situación a ser descubierta (en
términos de Saul Karsz 2007), trabajamos con sujetos, y por lo tanto, la misma tiene implicancias en el plano
de lo ético, al producirse efectos en la vida de los mismos. Más aún, desde la institución judicial estos efectos
son más profundos, ya que la producción de su intervención en términos de sentencias adquiere valor de
fuerza normativa impuesta.
Desde nuestro saber disciplinar -que nos habilita a la realización de análisis institucionales-, podemos
observar al interior del Poder Judicial una identidad organizacional sostenida desde las rutinas burocráticas,
que hace muy difícil -y por momentos- hasta inviable el trabajo en equipo, la cooperación e interrelación
entre los diferentes actores. Entendemos como trabajo interdisciplinario e inter-actoral al conjunto de
procesos, saberes, acciones, lenguajes diferentes que sostienen la práctica de una institución para el
cumplimiento eficaz y eficiente de su objetivo. Dicho trabajo implica un esfuerzo de mancomunar discursos,
lógicas, acuerdos a fin de profundizar en el conocimiento del asunto judiciable y la definición de la estrategia
para un mejor abordaje e intervención.
La posibilidad de la interdisciplina se inscribe en las lógicas de las diferentes organizaciones institucionales,
donde sus dinámicas e identidades pueden favorecerla u obstaculizarla.
Desde esta fundamentación y argumentación teórica, consideramos que al interior del Tribunal resulta
muy difícil -y por momentos frustrante- el trabajo cooperativo. La posibilidad de realizar que cada actor/ra
desempeñe un trabajo eficiente, se sostiene en la comunicación, la mirada compleja del expediente, aspectos
de la dinámica institucional que no se encuentran muchas veces presentes en la lógica actual de nuestra
institución. Acciones mínimas como: acercarnos los datos precisos para nuestra intervención disciplinar
(datos tanto del abogado/a y/o defenso/rar, como sus representados/as, a saber: teléfono actualizado, correo
electrónico, domicilio del sujeto/a actualizado), resultan indispensables para “hacer” nuestra tarea. La
comunicación verbal (no sólo mediante la formalidad escrita) entre los secretarios/as y los integrantes del
Trabajo Social, resulta indispensable no sólo para acordar y construir el objetivo de nuestra intervención en
la lógica mayor del expediente y del momento procesal.
Estas pequeñas modificaciones en el “status quo” institucional, abonaría a un trabajo inter-actoral e
interdisciplinario, que no sólo aportaría a un mejor proceso de intervención desde el Trabajo Social, sino
conduciría a un mejor servicio de Justicia, objetivo que de hecho compartimos todos los que formamos parte
de este Tribunal.
A modo de cierre
El Trabajo Social se inscribe dentro de las profesiones con status y saberes autorizados en el campo
jurídico para el abordaje de los conflictos interpersonales, desde su autonomía relativa. Esta autonomía
58
significa que el encuadre en la construcción de su objeto está dado por los objetivos del Fuero de Familia,
pero estos no encorsetan ni definen los cómo, ni la construcción de los sobre qué (lecturas teóricas
epistemológicas de ese objeto), por otros agentes o profesionales.
En este sentido, esta perspectiva implica la construcción de un espacio profesional en el ámbito
judicial, que se constituye en una apuesta política-profesional epocal, siendo responsabilidad de los/as
profesionales que trabajamos en los sistemas de Justicia dar contenido a un rol autónomo, sostenido desde
nuestra expertiz y de las incumbencias profesionales, y no atado a los que los otros/as agentes demanden de
nuestra intervención.
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• Código Civil y Comercial de la Nación Argentina Ley 29994
• Ley Orgánica de Tribunales de Santa Fe N° 10160.
• Ley Nacional de Salud Mental 26657.
• Ley Pcial de Salud Mental 10772)
59
Abordajes constructivos, colaborativos e interdisciplinarios de
los conflictos en sus diversos ámbitos”.
Encuentro de miradas: Trabajo Social y Abogacía.
DESCARGAR ARTÍCULO
Autores.
Anabella CORDOBA
Lic. en Servicio Social (Facultad de Trabajo Social-UNER), Mediadora (Facultad de Ciencias Jurídicas y
Sociales- UNL). Fue Docente de nivel terciario superior ex Escuela de Servicio Social de Santa Fe. Ejerce la
docencia universitaria en la IUNIR (Rosario) Miembro fundadora de la Cooperativa de trabajo
interdisciplinario EMPATIO Ltda y docente en la Entidad Formadora.
Leticia TAULAMET
Abogada (Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales- UNL. Mediadora (Facultad de Ciencias Jurídicas y
Sociales- UNL). Miembro fundadora de la Cooperativa de trabajo interdisciplinario EMPATIO Ltda.
Resumen:
Los profesionales del Trabajo social en la actualidad nos encontramos con una multiplicidad de escenarios
escindidos, donde las interrelaciones sujeto(s) conflictividad cobran relevancia por el impacto negativo
que genera directamente en las partes intervinientes de los conflictos, sea cual fuere su ámbito, e
indirectamente en toda la sociedad argentina.
El mayor desafío de quienes apostamos a la construcción de procesos de pacificación es propiciar y
promover relaciones saludables en un marco de colaboración y respeto a las diferencias, propósito que
compartimos con otras disciplinas sociales y que nos remite a posibilitar espacios de encuentro y de acción
multiactoral e interdisciplinaria.
En nuestro territorio, la aplicación de métodos no adversariales de resolución de conflictos desde el Estado,
se instaura y se instala en la agenda pública como una política que permite abordarlos colaborativa y
constructivamente desde hace pocos años.
En este marco, en nuestro país se reconoce desde la legalidad a una sola profesión: la abogacía para el
ejercicio de la mediación prejudicial obligatoria y el resto de las profesiones quedamos subordinadas desde
el punto de vista procesal.
Comprendiendo que los conflictos son procesos complejos y deben ser abordados integralmente, nos
interpelamos desde nuestros posicionamientos teóricos y valorativos a partir de prácticas situadas en
diversos ámbitos y niveles donde un equipo de mediadores de diversas disciplinas nos desempeñamos
desde hace varios años.
TRES PALABRAS CLAVE: Conflictos –abordaje constructivo- interdisciplina- Trabajo Social - Abogacía
Summary
Currently, Social Work professionals are faced with a multiplicity of divided scenarios, where the
interrelations of subject(s)-conflictivity become relevant due to the negative impact that it generates directly
on the parties involved in the conflicts, whatever their scope, and indirectly throughout Argentine society.
The greatest challenge for those of us who are committed to the construction of peace processes is to favor
and promote healthy relationships within a framework of collaboration and respect for differences, a
purpose that we share with other social disciplines and that leads us to open spaces for meeting and
multiactoral and interdisciplinary action.
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In our territory, the application of non-adversarial methods of conflict resolution from the State has been
established and installed in the public agenda as a policy that allows them to address them collaboratively
and constructively for a few years.
In this context, in our country, only one profession is recognized from the legality: the advocacy for the
exercise of compulsory pre-judicial mediation, and so the rest of the professions are subordinated from the
procedural point of view.
Understanding that conflicts are complex processes and must be addressed comprehensively, we question
ourselves from our theoretical and evaluative positions based on practices located in different areas and
levels where a team of mediators from different disciplines have been working for several years.
TREE KEY WORDS: Conflicts - constructive approach - interdiscipline - Social Work - Advocacy
Introducción
El campo societal en la contemporaneidad está signado por situaciones de violencias, intolerancias,
discriminaciones, entendidas como manifestaciones de la cuestión social que expresan el escalamiento del
conflicto social anidado en la trama de relaciones e interacciones humanas de los actores sociales. En una
coyuntura donde el Estado Argentino está perdiendo su rol activo desde que se está volviendo a instalar la
lógica neoliberal cobra centralidad lo privado sobre lo público en todas las políticas públicas (económicas, de
empleo, sociales, culturales).
Los avances en materia de reconocimiento, restitución y promoción de derechos logrados en la última
década, se están des integrando rápidamente por las medidas de supuestas reformas adoptadas por el actual
gobierno, perfilando un escenario atravesado por conflictos intersectoriales, interactorales, multipartes. El
regreso a políticas neoliberales similares a las adoptadas en la década del 90 implica sustancialmente
acentuar las desigualdades entre ricos y pobres, mayor exclusión, marginación y conflictos en todos los
ámbitos (familiar, socio dinámico o grupal, institucional y comunitario).
Resulta imprescindible poner en debate la temática de este trabajo, como lo expresa Hugo Zemermann
(2000) “…el esfuerzo por impulsar construcciones sociales diferentes, conforman un eje estructurador
sustantivo de la realidad social: el conflicto en todas sus manifestaciones, espacios y temporalidades.” “…. Y
que no es sino la expresión fenoménica de la capacidad de activación de los sujetos y de sus distintas
proyecciones históricas y por ello para dar cuenta de estas situaciones no se puede prescindir del análisis
crítico de la relación sujeto conflictividad”.
En este contexto, la complejidad de los conflictos en cada área y nivel es acorde el incremento de amenazas,
vulnerabilidades e incertidumbres, desigualdades materiales y simbólicas que padece una sociedad que
vertiginosamente se va empobreciendo día a día. La relación sujeto- conflictividad se enmarca en procesos
sociales que, por insuficiente o inefectiva intervención, pueden llegar a umbrales destructivos inimaginables.
En este marco surge la necesidad de diseñar, implementar, evaluar acciones intencionadas preventivas,
interventivas que aborden los conflictos de manera constructiva y colaborativa, abarcativas de la totalidad
social cuyo eje sea la convivencia pacífica, no como mero paliativo para contener los conflictos sino para
lograr mayores grados de desarrollo humano.
Es así que, después de veinte años de instrumentación en el país de los métodos de resolución de conflictos,
el Parlamento de la provincia de Santa Fe sanciona la Ley Nro. 13151/2010 “Ley de mediación prejudicial
obligatoria” como alternativa para ampliar el acceso a la justicia, reducir los costos del sistema judicial y
contribuir a la pacificación social. Esta normativa habilita solo a abogados y procuradores a ejercer la
mediación, siendo las otras profesiones co-mediadores.
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A seis años de su implementación en todo el territorio provincial, los actores involucrados reclaman su
modificación desde diferentes espacios de poder, intereses y posiciones. La disputa manifiesta entre
abogados litigadores y abogados mediadores está instalada en la agenda societal sin tener presencia las voces
de otras profesiones que tienen legalizada la mediación como incumbencia desde hace más de veinte años
como es el caso del Trabajo Social. (Ej. Incumbencias sancionadas a partir de las Leyes de ejercicio profesional
que datan de 1986 y recientemente la Ley Federal de Trabajo Social Nro. 27.072 /2014). Hoy el debate
transita entre dos posturas contrapuestas: leyes más amplias que permitan un sistema abierto y la mediación
como antesala del proceso judicial- sistema cerrado.
Trascender esta disputa implica adentrarse en la verdadera naturaleza jurídica de algunas instituciones, como
es el caso de la mediación, que se pretende encorsetar a veces, dentro de una normativa cuyo objetivo de
máxima, dista mucho de las oportunidades urgentes de políticas legislativas, generando de esta manera una
vez más como otras tantas, estas especies de sistemas jurídicos productores de inconstancias, vacíos,
incertidumbres y derivaciones falaces que, muchas veces, provocan la conclusión por insustentable de un
instituto que, paradójicamente se vuelve cada vez más indispensable, dentro del conjunto de los procesos
de gestión colaborativa de conflictos.
En este trabajo intentaremos poner foco y echar luz sobre el abordaje constructivo de conflictos a través de
la implementación de diversos métodos de resolución como la mediación, facilitación, conciliación desde el
abordaje interdisciplinario, recuperando los tránsitos desde dos disciplinas Trabajo Social y Abogacía que
componen y trabajan en equipo en la implementación de procesos de resolución de conflictos en diversos
ámbitos y niveles, intentando trascender la disputa enunciada y avanzar en propuestas integradoras; como
así también centrar nuestra atención en los lugares sociales donde se previene, aborda y contiene los
conflictos- familia, instituciones sociales, sindicatos, organizaciones de la sociedad civil, entre otras.
Desarrollo:
La multiplicidad de expresiones de la Cuestión Sociali
dan cuenta de la dinámica histórica social de los
procesos antagónicos y disyuntivos del sistema capitalista periférico en todas sus dimensiones: socio cultural,
económico, político, ambiental. Estas influyen directamente en las diversas modalidades de respuestas que
se generan para abordarlas que, según María Silvina Cavalleri (2008:41) son las políticas sociales, la represión
y la naturalización. Dada la presencia en estos procesos de varios modos adoptados, existe una coexistencia
de conflictos marcados inherentes a las disputas por el reconocimiento de diferencias de género, étnicas, en
la constitución de las familias, grupos y comunidades, modos de habitar u ocupación del territorio por una
parte; y por otra por las disputas por mayores logros de igualdad frente a las desigualdades crecientes de los
sujetos sociales, que los limita en calidad diferenciada a mayor y mejor alimentación, educación, salud,
seguridad y justicia, entre otras.
Estos conflictos suponen, respectivamente, la presencia de injusticias culturales y socioeconómicas, las
cuales se pueden presentar en un mismo sujeto, individual o colectivo, de manera separada o articulada.”
(Fraser en Mallardi, M.; 2013: 5). Al considerar la dimensión política, cultural e ideológica de los procesos
sociales es posible identificar las visiones que el sujeto tiene y el grado de problematización o naturalización
que le permite o le niega vincular su situación a una cuestión de derechos vulnerados o cuestiones fortuitas,
respectivamente…” (Mallardi, M.; 2013: 12) o meritocráticas donde desde la sociedad se deposita en el sujeto
la culpa de no haber podido lograr determinado objetivo o meta.
La reconstrucción analítica y reflexiva de la situación problemática que se manifiesta en el conflicto, desde el
punto de vista de los protagonistas, se constituye en el punto de partida que permite transitar un camino de
gestión y transformación de los conflictos encausados desde la arena pública de la mano de profesionales
idóneos. Por lo dicho, debemos definir qué se entiende por violencia diferenciándola del término conflicto
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ya que usualmente se los utiliza como sinónimos, sin embargo, tienen diferentes significados. Al respecto la
academia en los últimos años se ha esforzado en describir y comprender la naturaleza social de las violencias
por una parte y por otra indagar sobre los diversos modos de encarar la gestión pública para enfrentar las
mismas, sus efectos de primero y segundo nivel, como inciden en la producción y la reproducción de la vida
social.
La(s) violencia(s) ha sido definida, por ejemplo por Barbeito y Caireta (2005:8), como “Actitud o
comportamiento que constituye una violación o privación al ser humano de una cosa que le es esencial como
persona, como su integridad física, psíquica y moral, o sus derechos y libertades.” Otros autores se refieren a
su aspecto indirecto o estructural, referido a su dimensión económico-social de las injusticias sociales, como
la marginalidad, o la inaccesibilidad a los recursos, o a los medios, entre los que se encuentran los servicios
públicos de salud, educación y justicia, para una gran parte de la población. Se trata de una visión de la(s)
violencia(s) como factor impediente del desarrollo de las potencialidades de la persona en relación a su
contexto socio-cultural, como lo señala por ejemplo Lederach (1998:98): “…es preciso enfocar la violencia
como causa de la diferencia entre lo que las personas podrían ser pero no son… en cuanto a lo que se refiere
a la realización de una vida mínimamente humana. Por ello tenemos que enfocar la violencia… en términos
de autorrealización del individuo…”Este autor propone reducir la violencia y “…hacer crecer la justicia en las
interacciones directas y las estructuras sociales” respondiendo a los problemas reales de las relaciones
humanas a través de la transformación de los conflictos, significando con esto “prevenir los flujos y reflujos
de los conflictos sociales y responder con oportunidades vivificantes para crear procesos hacia un cambio
constructivo”(2003: 21).
Al respecto se debe hacer mención que existen diversas clases de violencias condicionadas a criterios
situacionales (aquellas que tienen en cuenta la relación con las víctimas- los actores involucrados o el ámbito
y espacio social donde se produce, las motivaciones para que emerjan (política, social, económica,
intrafamiliar, de género, institucional, intercultural entre otras y en sus diversos niveles (familiar, grupal,
comunitaria, institucional, laboral y ambiental). Franco Conforti expresa que Freud en su estudio sobre la
violencia en la historia de la humanidad afirma que esta ha tenido un papel resolutor, es decir que “…se
manifiesta en un conflicto cuando no se ha logrado contener o controlar la escalada y será el más fuerte de
los contendientes el que gane la disputa”. (2014: 24) donde el otro más débil debe ser destruido, negándole
todo derecho como ser humano.
En relación al término conflicto el mismo proviene del latín “coflagere”, unidos en el sufrimiento, en un
proceso de co-construcción con el otro, en el cual las acciones de los protagonistas y sus contextos,
condicionan su devenir. Así es definido por Marinés Suares (2012:78) como: “ Un proceso interaccional, que
como tal nace, crece, se desarrolla… puede transformarse, desaparecer y/o disolverse ó permanecer
relativamente estacionario; que se da entre dos o más partes…personas…grupos; en el que predominan las
interacciones antagónicas sobre las interacciones atrayentes; en las cuales las personas que intervienen lo
hacen como seres totales con sus acciones, pensamientos, afectos y discursos; que algunas veces, pero no
necesariamente, pueden ser procesos conflictivos agresivos; que se caracteriza por ser un proceso co-
construido por las partes y que puede ser conducido por ellas mismas o por un tercero; por lo cual decimos
que es un proceso complejo…”
Baruch y Folger (2008:129) plantean que debemos definir a los conflictos no como problemas sino como
oportunidades de crecimiento y transformación de la capacidad humana para afrontar “… las dificultades de
toda clase comprometiéndose en la reflexión, la decisión y la acción como actos conscientes e intencionales”,
relacionando la integración de la autonomía del sujeto, la preocupación y la comprensión de otros en la
mejora de la convivencia social. Relación intersubjetiva con el otro que es un legítimo otro, en donde ese
otro tiene presencia, es otro reconocido y considerado en la relación, por ello para gestionar el conflicto
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necesito imperiosamente de la cooperación o colaboración de ese otro que junto a nosotros comprende y
reflexiona para lograr acuerdos sustentables.
En este sentido, el conflicto no es entonces necesariamente como se piensa en una aproximación a priori,
algo negativo en sí mismo, destinado a eliminarse o negarse, sino más bien una interacción necesaria en la
vida cotidiana de los sujetos. Es así que continuamente estamos en relación con un “otro”, desde la misma
noción de otredad, estamos invitados al conflicto con lo diverso (aquello que no soy yo, sino que es otro
diferente). Por otro lado, y no menos relevante, nos reconocemos como sujetos del lenguaje, por lo cual
también allí estaremos sometidos a los conflictos devenidos de su uso, la emocionalidad y la intencionalidad
que ello implica.
Al respecto Marinés Suares (2012: 74) expresa “…en toda interacción se entretejen sentires, pensares y
haceres. Pensar en la interacción como únicamente conducta, acción, dejando de lado el pensar y el sentir, es
volver hacia atrás el conocimiento científico, es volver a la división cartesiana entre cuerpo y mente, que tanto
ha empantanado a nuestros conocimientos acerca del ser humano.” Es decir, que pueden tener basamento
en diferencias de sistemas comunicacionales, emocionales o de percepciones o de recursos; atravesados por
el contexto socio cultural.
La institucionalización de los métodos de resolución de conflictos en el espacio público:
Para poder relacionar las diversas situaciones de conflictos y sus intervenciones que, desde el espacio público
se institucionalizaron para abordar constructiva y pacíficamente los mismos, resulta necesario recuperar
brevemente su proceso histórico.
Los métodos de resolución de conflictos surgen en los Estados Unidos por la insatisfacción que producía la
aplicación de forma exclusiva y excluyente de los mecanismos jurisdiccionales, lo que originó a comienzos de
los años 70: la aparición, clasificación e institucionalización de otras formas de tratar con los conflictos
llamadas alternativas respecto del litigio. La demanda social apuntaba, y aún hoy es así, no sólo a la mejora
del funcionamiento del sistema tradicional: los tribunales, sino además hacia los contenidos y el fondo de las
soluciones adjudicadas por la magistratura.
En ese contexto la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluía el tema como uno de los factores que
hacen a la salud. Por ejemplo, la tercera Conferencia Internacional sobre Promoción de la Salud: Entornos
Propicios para la Salud (Conferencia de Sundsvall - 1977) habla de cuatro dimensiones de la acción para crear
“entornos propicios para la salud”, en el sentido de los aspectos físicos, espirituales, económicos, políticos y
sociales del medio que nos rodea (lugar para vivir, ambiente de trabajo, recreación, acceso a recursos para
vivir y posibilidades de obtener medios para accionar); que deben articularse en una interacción dinámica.
De esta manera los menciona y describe:
• “La dimensión social, es decir la forma en que las normas, las costumbres y los esquemas sociales
influyen en la salud. En numerosas sociedades, la evolución de las relaciones sociales tradicionales
representa una amenaza para la salud, por ejemplo, al aumentar el aislamiento social, restándole
sentido y coherencia a la vida, atacando los valores y la herencia cultural tradicionales.
• La dimensión política que obliga a los gobiernos a garantizar una participación democrática en la
toma de decisiones y la descentralización de las responsabilidades y los recursos. Ella supone también
un compromiso en favor de los derechos humanos, de la paz y de la renuncia a la carrera
armamentista.
• La dimensión económica, que supone una redistribución de los recursos en favor de la salud para
todos y de un desarrollo durable, y principalmente la transferencia de una tecnología segura y
confiable
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• . La necesidad de reconocer y de utilizar las competencias y los conocimientos de las mujeres en todos
los ámbitos, en especial en la economía y la política, para poner en práctica infraestructuras que
favorezcan los entornos propicios a la salud.”
Precisamente emerge en un momento histórico donde se produce la crisis del paradigma dominante y se
ponen en cuestión los fundamentos teóricos, epistemológicos, metodológicos de todas las disciplinas y
profesiones “…se estructuraban y aún lo hacen a partir de un espacio de estructuración teórica alrededor de
un objeto particular que guía las prácticas profesionales” (Cazzaniga, 2015:97). Es por ello que en la
contemporaneidad reconocemos que los conflictos, por su complejidad, desbordan las fronteras
disciplinares, por lo cual estamos frente a un gran desafío. Las disciplinas circunscriben dominios de
competencias y por ello, actuar solo desde una profesión específica es cercar una parte de la realidad e
intentar abordarla con recursos y técnicas que dentro de su marco teórico sustentan dicha acción. Esta
situación ha dado paso a nuevas disciplinas y /o al necesario abordaje interdisciplinario de las problemáticas
societales.
En nuestro país, la comprensión, recepción y difusión del instituto de mediación, tal como la conocemos hoy,
se remonta a la década del 90, cuando se realiza una experiencia piloto de Mediación en la ciudad de Buenos
Aires. Hasta entonces se habían dado algunos desarrollos aislados por ejemplo en el ámbito familiar,
articulados a la terapia y asistencia.
Por decreto Nacional Nro 1480/ 1992 se declara de interés nacional la institucionalidad y el desarrollo de la
mediación como método alternativo de resolución de conflictos.
Con la sanción y promulgación de la ley nacional Nro. 24.573 de 1995 se instituye la Mediación prejudicial
obligatoria y la conciliación, en Capital Federal, dándose un impulso notable a la instauración de los métodos
A.D.R. y R.A.D. (Alternative Dispute Resolution o Resolución Alternativa de Disputas); en el 2011 se sanciona
la Ley Nacional Nro. 26589.
En Santa Fe con la sanción de la Ley 13151 del 2010 se institucionaliza la mediación prejudicial obligatoria en
todo el ámbito de la provincia, siendo legitimados como mediadores los abogados y procuradores, quedando
las otras profesiones como “para-jurídicas” en la medida que son los abogados quienes discrecionalmente
pueden habilitar a las demás para ejercer la “co- mediación”.
En este sentido, la normativa santafesina, entre otras novedades, introduce la idea de “co-mediación” en un
sentido muy diferente a lo que entiende la doctrina como tal, y estableciendo además, un disvalor a la figura
de los “co-mediadores” que nada tiene que ver con la riqueza que a todas luces implica el ejercicio de la
misma; derivado por un lado, de la diferenciación de profesiones de base como requisito para constituirse
en mediador y también co-mediador- excluyendo aquellas profesiones que no tienen colegiatura específica-
, por supuesto a todas aquellas personas que tienen una expertiz u oficio particular; por otro lado, pasando
por cuestiones procedimentales como el requisito de tener que ser el co-mediador invitado especialmente
por el mediador o las partes para poder participar, así como obtener una remuneración equivalente al tercio
de la que corresponde al mediador abogado. Aparentemente suele ser un factor común en varias
legislaciones de nuestro país, que no hacen más que obstaculizar la tarea de establecer y mantener la
institución Mediación con un estándar de calidad alto. Al respecto Florencia Brandoni señala “Estos años
estuvieron dedicados a dar inicio e instalar esta práctica, a la forma en que esta se materializaba, a las luchas
por la pertenencia o asimilación de la mediación a diversos discursos disciplinares, por la búsqueda de
reconocimiento social del dispositivo, a la inclusión o exclusión de distintas profesiones, a los requisitos para
ser mediador y a su profesionalización. En medio de esta complejidad, la preocupación por la calidad ha
quedado rezagada y es una materia pendiente. Esto ha sido así, toda vez que la institucionalización judicial
de la mediación se adelantó a la construcción de un corpus teórico y a su arraigo como una práctica social y
un campo de saber sobre la conflictividad social.” (Brandoni, 2011: 15).
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Recuperando el valor de la mediación prejudicial, aun con sus inconsistencias ya mencionadas, podemos
señalar el enorme aporte que ha significado en cuanto a la masificación de su conocimiento como instituto
factible, viable y el acoplamiento lento del mismo a la cultura santafesina. Sin embargo, si a este proceso lo
encararíamos desde diversas disciplinas desde una construcción de la mirada y el abordaje integral e
interdisciplinario los mismos tendrían otro impacto.
Los métodos de resolución de conflictos ¿para qué?
Existen varios enfoques del movimiento mediador en el mundo que definen a los métodos de resolución de
conflictos como herramientas destinadas a aliviar la congestión judicial y a suministrar una justicia de más
elevada calidad; otros la miran como un medio para organizar a las personas y comunidades y conseguir
acuerdos equitativos; otros como un medio disimulado de control social. Estos enfoques son diferentes y
divergentes por lo cual el movimiento mediador no es monolítico, sino que es pluralista a partir de los
diversos posicionamientos teóricos, epistemológicos y ético-valorativos de los mediadores.
Profundicemos sobre los enfoques nombrados: el proceso mediador es una herramienta poderosa para
satisfacer las necesidades humanas auténticas de los sujetos en sus disputas individuales, grupales y
comunitarios, facilitando la resolución de problemas mediante la colaboración y la integración “…significando
mayor satisfacción general para los consumidores individuales del sistema judicial” (Folger, 2008: 42).
Otros dos enfoques que resultan complementarios: el primero plantea que la mediación ofrece un modo
eficaz de organizar a los sujetos sociales en función de intereses comunes y de este modo crear vínculos
comunitarios más sólidos para lograr mayor justicia social. El otro, denominado transformativo, define que
la mediación contribuye a transformar el carácter de las relaciones antagónicas presentes en una sociedad,
trabajando con mucha fuerza la revalorización y reconocimiento de los actores, el autorespeto y la confianza
en el otro diferente a mí que conlleva la mutua comprensión y empatía.
El cuatro enfoque denominado de control social es analizado por el movimiento mediador como “...Un
instrumento para aumentar el poder de los fuertes para que se aprovechen de los más débiles” (Folger, 2008:
50).
Existen innumerables ejemplos en relación a este último enfoque cuando la utilización de este instrumento
permite que, desde esta perspectiva el mediador aborde por ejemplo en las mediaciones familiares, la
situaciones de las mujeres que quedan expuestas al regateo coercitivo y manipulador de los hombres que
desemboca en acuerdos injustos acerca de la propiedad, el tiempo compartido y la asistencia alimentaria de
los hijos; similar a lo que ocurre en las disputas comerciales entre empresas, con acuerdos en detrimento de
los consumidores o trabajadores.
Asimismo, se podría avanzar en la implementación de la mediación comunitaria, sin embargo, la misma no
está reglamentada aún.
Las disciplinas y el abordaje interdisciplinario:
Como cooperativa de trabajo de mediadores conformada por profesionales de diversas disciplinas: trabajo
social, derecho, economía, psicología venimos desde hace cuatro años aportando a un trabajo
interdisciplinario en resolución de conflictos.
Nos posicionamos como equipo desde el paradigma de protección, promoción y restitución de derechos de
los sujetos sociales individuales, grupales y colectivos apelando a un conjunto de procedimientos que les
permite a los mismos ser protagonistas en la resolución de sus propios conflictos, sin la intervención de un
tercero- el juez- que decide por ellos y cuya sentencia, en muchas ocasiones impacta negativamente en sus
vidas, porque la lógica es que hay una parte que gana y otra que pierde en el proceso (competencia). En este
sentido los aportes del modelo circular narrativo y el transformativo (Baruch y Folger) nos permiten generar
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procesos de prevención, transformación y gestión de conflictos a través de medios colaborativos y pacíficos,
que coadyuvan al fortalecimiento del capital social entendido como el conjunto de normas de confianza,
valores, actitudes y redes entre personas e instituciones, que define el grado de asociatividad entre los
diferentes actores sociales y facilita acciones colectivas y de cooperación.
Resulta interesante recuperar lo planteado por Arechaga y otras (2004) “…el derecho aborda el conflicto con
una lógica diferente a la mediación ya que intenta responder a la pregunta de quién tiene la razón y su meta
en el proceso judicial es la construcción de la verdad formal única como resultado de la confrontación de
pruebas que recrean el pasado.
En el caso del trabajo Social la mediación es una categoría constitutiva que permite pensar los fundamentos
teóricos prácticos de la intervención inmediata (instrumentos teóricos, técnicos y políticos) y en donde lo
metodológico-operativo-instrumental queda subordinado a los fines profesionales. Cabe hacer mención que
ya en la década del 90 hasta la actualidad, autoras como Claudia Danani (1993) plantea que el Trabajo social
realiza una mediación en la realidad y con los actores que en ella intervienen desde una posición mediada
con una intencionalidad definida; Vélez Restrepo ( 2003) entiende que la mediación es una práctica
instrumental que desarrolla el Trabajo Social para vincular necesidades y satisfactores, donde el profesional
realiza “…tránsitos reflexivos entre lo singular y lo genérico” ( pag.87), Susana Cazzaniga ( 2009) plantea que
el método del trabajo social es una mediación entre la teoría y la práctica donde se entraman supuestos
teóricos, ideológicos, epistemológicos y éticos que permiten comprender la realidad para contribuir a su
modificación. Los aportes incluidos permiten pensar que la mediación se ubica en la dimensión técnica
operativa instrumental subordinada a valores y fines inherentes al proyecto ético político profesional. Bibiana
Travi (2006:17) expresa la existencia de una clara dependencia de lo técnico- instrumental respecto de las
opciones teóricas, valores y principios que orientan el quehacer profesional.
Es en este marco que desde el año 1986 se instituyó a la mediación como incumbencia profesional, ratificada
por Ley Nacional de Trabajo Social Nro. 27072/ 2014. Entendida como herramienta subvierte la concepción
que tiene el derecho y se aproxima a lo definido en el campo profesional del Trabajo Social, porque es un
proceder que se juega con el discurso y en donde los sujetos involucrados intentan co - construir una verdad
relativa. Es así que un(os) sujeto(s) ha(n) comprendido el valor del dialogo y con este el de la comunicación,
hecha vínculos y genera un nosotros de posibilidades.
En este sentido se reconoce por una parte que tanto el derecho como el trabajo social han tenido diferentes
procesos de profesionalización ligados a la capacidad que ha tenido cada uno para controlar su propio
trabajo, definir su objeto de intervención, organizar un conjunto de instituciones y la relación de poder que
se establece sobre dos ejes: profesión (controlar su propio trabajo) y Estado conforme con criterios sociales,
económicos, políticos otorgando ubicaciones diferenciales a los profesionales en el mercado ocupacional.
En este devenir se ha generado una conflictiva relación de poder en el proceso de construcción profesional
donde se juegan procesos de exclusión, subordinación, hegemonía y usurpación que los grupos profesionales
despliegan hacia otras profesiones y ocupaciones, a fin de asegurarse un nicho exclusivo del mercado; por el
cual algunas son hegemónicas y monopolizan, otras quedan subordinadas. La pertenencia a una u otra de
estas categorías incide fuertemente en los modos de inserción en el mercado laboral y en la capacidad de la
profesión de demostrar la superioridad en el manejo de la cuestión que aborda, visibles concretamente en
las diferenciaciones materiales y simbólicas que atribuyen las organizaciones públicas y privadas.
Consideramos que la abogacía se ubica en las profesiones hegemónicas y el Trabajo Social se ubica en el
plano de las profesiones subordinadas (por sus dificultades para consolidar su proceso de autonomía y de
construcción de un monopolio profesional), lo cual puede comprenderse apelando a su génesis, pero
también a la constitución actual de su campo.
Mientras el derecho aporta el conocimiento y práctica sobre las normativas vigentes, los usos y costumbres
consuetudinarias, el Trabajo Social aporta a la compresión de los intereses, necesidades y valores de los
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sujetos en conflicto; la psicología aporta a la comprensión de la construcción intersubjetiva de los vínculos,
las percepciones que se ponen en juego, la comunicadora social aporta a la comprensión de los procesos de
diálogo y entrelazados nuestros conocimientos, saberes y experiencias se construye la intervención fundada
y efectiva.
Ahora bien, cuando estas profesiones se encuentran y se reconocen a partir de finalidades en común, valores,
metodologías, pensamientos convergentes y divergentes que enriquecen los debates, las miradas y las
acciones, consideramos que podemos pensar en trasvasar la disciplina y construir en la interdisciplina.
Trabajar como equipo en nuestro territorio, donde la mediación esta encarada como herramienta para la
satisfacción de necesidades buscando respuestas individuales a los conflictos, constituye un gran desafío ya
que, al estar cotidianamente monopolizada por una sola disciplina, quien presenta como lo podría presentar
cualquier otra, demuestra dificultades para abordar la complejidad y la integralidad, esto se pone en
evidencia las limitaciones que se traducen en los resultados logrados hasta el momento.
Nominadas estas dificultades y desde este encuadre nos parece relevante afirmar que nos reconocemos
como profesionales provenientes de diferentes disciplinas con diversas trayectorias y recorridos donde, en
ese proceso, unas han tenido mayor reconocimiento y legitimidad pero que, en la actualidad nos
encontramos en espacios comunes para construir colaborativamente la intervención integral desde la
interdisciplina.
Al respecto, podemos afirmar que el trabajo interdisciplinario se define a partir de la confrontación y el
diálogo de distintas visiones de mundo traducidas en conocimiento. “…es la interacción existente entre dos
o más disciplinas, que mantienen diversos canales de comunicación. Esta interacción puede ir de la simple
comunicación de ideas hasta la integración mutua de conceptos directores, de la epistemología, de la
terminología, de la metodología, de los procesos, de los datos y la organización de la investigación y de la
enseñanza correspondiente.” (Apostel, Briggs y GuyMichaud (1972: 23-24)
Resulta importante mencionar que partimos de una mirada que no niega lo disciplinar y endiosa la
interdisciplina, sino que ésta debe trascender la mirada reduccionista e ir integrando críticamente los avances
que desde los campos disciplinares se han ido logrando. Al respecto Follari (2008:122) expresa: “… es
complementaria al enfoque disciplinario; hace emerger de la confrontación de las disciplinas nuevos datos
que las articulan entre sí, y nos ofrece una nueva visión de la naturaleza y de la realidad. No busca el dominio
de muchas disciplinas, sino la apertura de todas las disciplinas a aquellos que las atraviesan y las trascienden”.
Las experiencias desarrolladas por el equipo en abordajes colaborativos en escenarios urbanos y ámbitos
complejos, nos permite afirmar que los factores que constituyen el conflicto son de diversa índole,
simultáneos y propios del contexto, real o simbólico, en que estos se desarrollan. Es por ello que el análisis
de la relación o proceso conflictivo con acento en los intereses resulta insuficiente tanto para comprender
su estructura y su dinámica, como para diseñar una adecuada intervención. Para ampliar la comprensión del
fenómeno conflictivo es preciso reparar en la concepción que subraya la multidimensionalidad y/o
multicentralidad del conflicto. Estas establecen una interrelación compleja y dinámica que debemos saber
descifrar para intervenir efectivamente en el campo de las relaciones humanas. Analizar y comprender las
“condiciones de posibilidad” que dan lugar a la aparición del conflicto en las relaciones entre los sujetos o
grupos de sujetos es sustantivo al interior del equipo a saber: • incompatibilidad de intereses o dificultades
en comprender la complementariedad de los mismos • contradicciones entre “satisfactores finitos-infinitos
deseos” • debilidad de los imaginarios colectivos en los integrantes de la sociedad • dificultades para lograr
el respeto mutuo • exigua capacidad de reconocimiento de la diferencia” por parte de esa sociedad y/o de
sus integrantes • anomia • representaciones sociales negativas, discriminación • dificultades en el logro de
procesos de comunicación efectiva y asertiva • cuestiones alrededor de la “legitimidad” de quienes detentan
el poder, •falencias del proceso de educación formal en el manejo de emociones y desarrollo de la escucha
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activa; • dificultades de reconocimiento de las responsabilidades que como ciudadanos tenemos en cuanto
a la solución de aquellas situaciones conflictivas que generamos.
La forma en que pensemos, diseñemos, mejoremos estos espacios, facilitará u obstaculizará los procesos de
socialización que en ellos se materializan.
Entonces, es necesario construir espacios y vías de encuentros diferentes, pero a su vez convergentes,
confluentes, sin perder el sentido colectivo del barrio, el pueblo o la ciudad, el grupo de pertenencia, entre
otros, donde los lugares sociales son los propicios para anclar estos procesos (la vecinal, el sindicato, la
escuela, el club, el centro de salud, entre otros).
Conclusión
La contemporaneidad se presenta como un conjunto de escenarios signados por conflictos que llegan a
desencadenar preocupantes situaciones de violencias. En este contexto los profesionales de diversas
disciplinas estamos comprometidos en construir miradas y abordar los conflictos trascendiendo lo disciplinar.
La incorporación a la agenda pública santafesina de la mediación como herramienta para la resolución de
conflictos prejudiciales (familiares, patrimoniales) habilita solo a los abogados como mediadores y al resto
de las profesiones las coloca en un lugar de subordinación y al arbitrio del reconocimiento de los
profesionales del derecho de las propias limitaciones que puedan tener en los procesos y sus resultados.
Reconociendo la complejidad de las situaciones conflictivas y la necesaria intervención integral, ponemos en
debate esta institución que es nueva en nuestra provincia y que requiere a todas luces ser modificada para
mejorar su aplicación, a la brevedad posible. También se hace mención que la mediación prejudicial
constituye tan sólo uno de los ámbitos de aplicación de este modo de resolución de conflictos, que tiene la
mayor difusión en la comunidad debido a la decisión del legislador de darle la característica de
“obligatoriedad”; pero al mismo tiempo, tal vez sea el más limitado por su naturaleza (“pre-judicial”) al estar
reglamentado de tal manera que su estructura sea compatible y pueda ser incorporado al sistema de
resolución judicial. Esto implica dejar afuera una importante cantidad de intervenciones en otros niveles y
ámbitos que a nuestro entender constituyen espacios sociales vastos muy ricos, donde trabajar en
prevención, contención y abordaje de los conflictos grupales, institucionales, comunitarios, entre otros.
Tal como expresa Nató (2008:49) “Debemos preservar, reconstruir o inventar espacios que propicien la
comunicación y las acciones contributivas de los individuos y de los grupos de individuos. Ámbitos como el
espacio urbano, la escuela pública, los espectáculos públicos o los centros de acción comunitaria son
inestimables en este sentido. Estimular la participación y el compromiso de amplios colectivos sociales en el
desarrollo de actividades de diálogo que conduzcan a diseñar programas de prevención de la violencia y de
promoción de una cultura de la inclusión es un desafío y, para nosotros, una obligación. Debemos considerar
propuestas de acción orientadas a promover ese “lugar intermedio” que permite a los ciudadanos cooperar
para crear, día tras día, un colectivo. Un espacio donde la sociedad y sus integrantes puedan pensarse a sí
mismos desde una concepción que promueva “la dignidad de todo ser humano en su vida cotidiana”.
Como profesionales tenemos entonces un imperativo social que nos llama a comprometernos en esta tarea
de gestar juntos espacios de escucha activa y dialogo que propicien la participación en procesos de resolución
colaborativa de conflictos. Y en este sentido, el punto de partida no puede ser otro más que la inclusión en
la práctica profesional de los métodos de resolución de conflictos como herramientas, construyendo redes
que traspasen lo disciplinar y atienda en nuestro cotidiano a la construcción y reconstrucción permanente
del entramado social.
69
Bibliografía
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70
Experiencia en el Proyecto Bien Activos
Juliana Baroni - Vanesa Costa
Acceso Publicación: Vejez en tiempos de pandemia: una cuestión de derechos
A través de la experiencia en el Proyecto Bien Activos se pudo observar que el envejecimiento de la población
presiona a las instituciones con las necesidades propias de esta etapa del ciclo vital en temas referidos a la
salud, cuidados, necesidades edilicias, ocio, participación comunitaria, recreación, entre otras.
El escenario actual de pandemia y aislamiento social obligatorio dio lugar no solo a centrar
fundamentalmente la mirada en los adultos mayores a nivel mundial, sino también a nivel local, exigiendo la
re funcionalización de los roles del equipo en el rediseño de la propuesta de Bien Activos. Se continuó
trabajando y manteniendo contacto con las personas mayores, prioritariamente con aquellas que no poseían
red de contención o en donde la misma era escasa. Garantizando los talleres a través de una modalidad
domiciliaria, con el objetivo de contribuir a la salud mental de este colectivo, sosteniendo actividades que
aportaban ocupación y bienestar.
En general las y los participantes lograron adaptarse con paciencia y humor, tratando de interactuar a
través de esta modalidad no presencial, utilizando como principal herramienta el teléfono ya sea para vínculo
entre pares o con el equipo.
Ante la experiencia del Programa Nacional Bien Activos, dependiente de DINAPAM en la localidad de
Emilia, se puedo observar y trabajar asimismo sobre una temática sumamente importante en el campo de la
gerontología que es la SOLEDAD de nuestros adultos mayores.
Como lo refleja el artículo publicado por el Boletín N°20 del Programa Iberoamericano de
Cooperación sobre la situación de las personas adultas mayores” en donde recoge la experiencia en la
localidad de Emilia, es importante agregar que este proyecto fue más allá de los propios objetivos, es decir
que al tratarse de adultos mayores de zona rural, la soledad es mucha veces fuertemente marcada, ya que
sus familias generalmente por diversas cuestiones migraron a otras localidades o se encuentran fuera de la
misma todo el día.
También es cierto que a veces hay una fantasía de que vivir con la familia es lo mejor que le puede
pasar: gracias a las investigaciones de la UCA, que trabajaron seriamente este tema, una persona puede sentir
la soledad o el aislamiento aun cuando está con su familia si nadie le presta atención, o si nadie le responde
cuando habla, o si no la tratan bien. Y ambas cosas, la soledad y el aislamiento, producen efectos patológicos.
Coincidiendo con las palabras del Dr. Ricardo Iacub (Iacub, 2019),” hoy la soledad es un gran
problema para los adultos mayores y es un tema internacional: una investigación hecha en el Reino Unido
demostró que casi 10 millones de personas se sentían solas o muy solas. La mayoría son adultos mayores
porque quedan viudos -que es uno de los grandes motivos de soledad- o tienen problemas para moverse, o
ya no están trabajo -y muchos de nuestros encuentros sociales pasan por el trabajo-, o porque tienen
problemas auditivos”.
Generalmente normalizamos y naturalizamos que nuestros padres o abuelos no tengan nada que hacer.
“Pero sepamos que hay un límite de soledad que admite cada ser humano, un límite clarísimo que tenemos
que prevenir porque se está volviendo epidémico, en el sentido de que está produciendo muchas
enfermedades” (Iacub, 2019).
Finalmente destacamos que es una responsabilidad de todos generar propuestas, ya que si una
persona mayor quiere hacer algo y no hay un espacio en la localidad: en la vecinal, en centro de jubilados,
bibliotecas populares, etc., lo más probable es que no pueda hacer nada, y esa soledad comience a
complejizarse.
La localidad de Emilia desde su gobierno comunal junto con la Dirección de Políticas para Adultos
Mayores (DINAPAM) y sus coordinadoras se buscó generar alternativas y propuestas para trabajar y prevenir
las dificultades que enfrentan los adultos mayores de la localidad.
71
Comunicado CPAS
Repudio a las manifestaciones en Plaza de Mayo
El 27 de febrero se realizó una manifestación en contra del actual gobierno. En ese contexto los
manifestantes decidieron expresarse depositando bolsas mortuarias reproduciendo
simbólicamente acciones de épocas nefastas del pasado. En tal sentido el CPAS emitió un
pronunciamiento repudiando dicho accionar.
Desde el Colegio Profesional de Asistentes Sociales de Santa Fe (1ª circunscripción) queremos manifestar
nuestro más enérgico repudio a los acontecimientos producidos en Plaza de Mayo defendiendo siempre la
premisa de los Derechos Humanos como incumbencia de nuestra profesión.
El nivel de violencia en las imágenes reproducidas, representado simbólicamente en la muerte de personas
vinculadas a sectores políticos diferentes al de los manifestantes, refleja un grado de intolerancia e
impunidad que nos retrotraen a hechos del pasado vinculados con crímenes de lesa humanidad y que son
inadmisibles en tiempos de democracia.
Desde este Colegio bregamos por la defensa de los Derechos Humanos y los valores representativos de la
democracia, decimos NUNCA MÁS rechazando todo acto o manifestación que atente contra estos principios.
72
73
Asamblea General Ordinaria
El lunes 29 de marzo, Se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria de la cual se emitió el siguiente comunicado de los
temas tratados:
El Colegio Profesional de Asistentes Sociales de la Provincia de Santa Fe 1° circunscripción
comunica a les colegiades que el día lunes 29 de marzo del año en curso se realizó la Asamblea
Anual Ordinaria,
- se dio lectura y aprobación por unanimidad a los Balances de los años 2019 y 2020.
- se procedió a la lectura de las Memorias de los mismos años, las cuales fueron aprobadas
por unanimidad luego de realizar aclaraciones correspondientes.
- se aprobó la actualización del costo de la cuota de la matricula mensual en dos tramos, a
partir de abril tendrá un valor de $310 y el costo de matriculación será de $2170; y a partir
de agosto tendrá un valor de $360 y el costo de matriculación será de $2520.
- se conformó la Junta Electoral de la siguiente manera: Lic. Jorgelina Gandini Mat. 248 y Lic.
Graciela Cassina Mat. 232, en representación del actual Directorio; y Lic. Lilia De Llac Mat.
1079, Lic. Alicia Richiger Mat. 233 y Lic. Margarita Cascio Mat 843; y como suplentes, Lic.
María Inés Cavalie Mat 095 y Lic. Patricia Clott Mat. 059
- Se aprobó por unanimidad la modificación temporal del art. 13) del reglamento electoral,
reduciendo el plazo a 30 días.
74
El Concejo Municipal declaró de interés público a la Red de Áreas de
Género de los Colegios Profesionales.
El Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe declaró de interés público a la Red de Áreas de Género
de los Colegios Profesionales. En el acto y en representación del CPAS estuvo presente la Lic. Mary
País recibiendo junto a todas las integrantes de la red, el diploma de este importante
reconocimiento. A continuación, compartimos el comunicado emitido por la Red de Género:
"Hoy recibimos la Declaración de Interés por parte del Honorable Concejo Municipal de la Ciudad
de Santa Fe de la Vera Cruz.
Una jornada especial que reafirma nuestro interés y compromiso en articular la transversalidad de
las políticas públicas en clave de género y derechos humanos, como así también la tarea en Red
como potencia abierta a dialogar y unir esfuerzos con otras Organizaciones.
Agradecemos a la Concejala Laura Mondino, quien impulsó este reconocimiento y a los Concejales
presentes; Presidente Leandro González, María Laura Spina, Mercedes Benedetti y a Soledad Artigas
de la Dirección de Mujeres y Disidencias de la Municipalidad de Santa Fe, por sus palabras de apoyo
y compromiso para con las acciones que llevamos adelante."
75
Audiencia del CPAS con IAPOS
El CPAS participó de una audiencia realizada con IAPOS junto al colega Juan Manuel Monti
de la Comisión de Asuntos Laborales y la colega Analía Annoni integrante de IAPOS. En la
misma se concretaron avances en el convenio entre el colegio y la obra social por la
prestación de servicios de colegas en el interior.
Servicios que presta
nuestro Colegio
*Otorgamiento de la matrícula profesional
*Control del ejercicio profesional.
*Tribunal de disciplina
*Defensa de los intereses profesionales a nivel
General y particular.
*Asesoramiento gremial y jurídico.
*Biblioteca de consulta gratuita para los colegiados.
*Organización de jornadas de capacitación,
actualización y especialización.
*Organización y coordinación para eventos
especiales.
*Convenios con diferentes instituciones.
*Pago de cuota a través de débito bancario.
*Planes de pago por cuotas adeudadas.
*Información institucional a través de página web,
redes y newsletter
Seguinos en nuestras redes
Consideramos que el intercambio y la comunicación es
importante para un mayor acercamiento a lxs colegas, es
por eso que trabajamos en facilitar las herramientas que
permitan un mejor vínculo. Recordamos nuestras vías de
comunicación:
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Mural: Los Derechos Humanos y el Arte:
«Espejos de Nuestra Historia»
El hecho artístico se está desarrollando en la pared lateral del ingreso al edificio del Colegio (Luciano
Torrent 2419). El mismo es resultado del primer Concurso denominado Los Derechos Humanos y el
Arte: «Espejos de Nuestra Historia». Los ejes temáticos elegidos fueron Memoria, Verdad y Justicia;
Derechos Humanos y Trabajo Social. El objetivo de esta iniciativa es plasmar a través del hecho
artístico y dejar como registro histórico, el vínculo inseparable y fundamental que liga y ha ligado a
la profesión de Trabajo Social con la defensa irrestricta de los derechos humanos, la democracia y
la construcción de una memoria colectiva que transcienda en el tiempo.
Actividades de colegas en
el Mes de la mujer
En el mes de la Mujer el CPAS propuso a lxs
colegas que nos envíen fotos de las
distintas actividades que realizaron en
diversos lugares. Les presentamos en el
siguiente video (hacer click en la imagen)
el resultado que refleja la lucha colectiva
en cada uno de los espacios
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Comunicado del CPAS en torno a los recurrentes
casos de femicidio
Desde el área de género de este colegio profesional y su comisión directiva, urge reflexionar en tanto somos
profesionales del Trabajo Social.
Somos parte de la sociedad patriarcal en la que vivimos y actuamos cotidianamente. Retomamos los ejes
éticos de libertad, justicia y derechos humanos. Estos valores imponen definir posicionamientos y proponer
acciones posibles en el quehacer de nuestras intervenciones profesionales.
Las violencias de géneros se han apropiado de cuanto espacio ocupamos las mujeres y/o las identidades
diversas. Se trasponen los límites racionales, legales e institucionales, despreciando el derecho a la vida digna
que nos merecemos.
Cada femicidio nos interpela, se engrosan las estadísticas provocando desde indignación hasta estallidos,
puebladas y peor aún, hartazgo ante lo que debiera evitarse.
Hemos avanzado a fuerza de luchas colectivas, pero es insuficiente. El compromiso y la voluntad solidaria
de muchas y muches, se topa con los muros de indiferencia de quienes debieran tomar decisiones
oportunas y/o poner en vigencia las legislaciones existentes.
En todos los campos existentes (lo cotidiano, familiar, lo educacional, laboral, tiempo libre y otros), sin
desmedro de toda construcción colectiva realizable, nuestras intervenciones profesionales aquí y ahora,
requieren señalar algunos faltantes, lo exigible y perentorio.
-Cumplimiento efectivo de la Ley de Educación Sexual Integral. Les niñes y adolescentes lo piden. El Estado no
debe dejarlo al arbitrio de personas o grupos.
-Implementación de la Ley Micaela con continuidad y seguimiento del ejercicio profesional de quienes
actúan en áreas de injerencia.
-Instalar áreas específicas e interdisciplinares para asistencia en territorios ante las situaciones de violencias
(bajo responsabilidad de provincia, municipios y comunas).
-A corto plazo, asignar recursos colocando tobilleras electrónicas y seguimiento de violentos que hayan sido
denunciados y tengan restricción perimetral.
-Asignar asistencia letrada gratuita, especializada en perspectivas de géneros a todas las posibles víctimas.
En síntesis, prevenir, llegar eficazmente con todas las políticas públicas concretas porque no hay muerte que
pueda resarcirse si no es con Verdad y Justicia. En contexto de pandemia, la vulnerabilidad se expande. Los
femicidios, travesticidios y todas las violencias de géneros no constituyen una pandemia, son violencias
propias del sano patriarcado. Estas situaciones no se ahuyentan con punitivismo ni discursos deseables, sino
con eficiencia y eficacia del accionar estatal en todos los ámbitos.
Santa fe, 24 de febrero de 2021
78
Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social
Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual
Noveno pronunciamiento (febrero de 2021)
Emergencia Nacional por el incremento de femicidios
Al fin y al cabo, el miedo de la
mujer a la violencia del hombre
es el espejo
del miedo del hombre a la mujer sinmiedo.
Eduardo Galeano
Desde el Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual de la Federación Argentina de Asociaciones
Profesional de Servicio Social (FAAPSS), una vez más, repudiamos las violentas muertes de mujeres dentro
de nuestro territorio argentino. Úrsula Bahillo, una joven de 18 años, de la provincia de Buenos Aires, Mirna
Elizabeth Palma, de 44 años, de la provincia de Formosa, Silvia Rojas, de 31 años y su hermana, Silvana
Natalia, de 35 años, ambas de la provincia de Santiago del Estero, Ivana Módica, de 47 años, de la provincia
de Córdoba, se suman (entre otras) a la lista de los más de 48 femicidios ocurridos durante lo que va del
año 20211
.
El común denominador en ellas fue el pedido de auxilio materializado en denuncias ante una fuerza de
seguridad y una justicia que las desoyó2
. En varios de los casos los femicidas pertenecen a la fuerza policial o
militar. Úrsula fue asesinada por su ex novio (Matías Ezequiel Martínez), un agente de la policía bonaerense,
quien recibió toda la protección del Estado, otorgándole licencia psiquiátrica luego de un derrotero de
delitos infringidos hacia otras mujeres (incluso por presunto delito de abuso sexual hacia una adolescente
con discapacidad). Para este sujeto hubo sanciones administrativas, licencias reiteradas, retiro de arma
reglamentaria, juntas médicas, carpetas psiquiátricas (sin suspensión de haberes), todos hechos que dan
cuenta que la fuerza policial “lo contuvo” y la justicia avaló (de una u otra forma) todo su accionar. Muy
diferente fue la respuesta de la política pública para Úrsula. Para ella no hubo Estado ni Ley alguna que la
protegiera, aún con las 18 denuncias efectuadas. Mirna fue asesinada por Carlos Medina, un oficial retirado
de la policía formoseña. Silvia había realizado una exposición policial, comunicando los conflictos con su
pareja. Ivana fue asesinada por su pareja, Javier Galván, vicecomodoro de la Fuerza Aérea (y podríamos
seguir).
Además, detrás de estas muertes, otras víctimas directas surgen: niñeces que deben atravesar los episodios
traumáticos ante la pérdida de sus madres y hasta incluso, presenciar el asesinato de ellas en manos de sus
progenitores, como ocurrió en Santiago del Estero. Así, como cada 23 horas muere una mujer, cada 23 horas
une niñe queda en situación de orfandad en nuestro país.
Consideramos importante tenerpresente quetambiénexistensituacionesquemuestranel comienzo de una
denuncia por violencia de género, como el caso de la Provincia de Santa Cruz, ocurrido el pasado 17 de
febrero de 2021, en el que un hombre arrastró con el auto a su expareja (la mujer intentaba evitar que se
llevara las llaves de la vivienda donde vivía con sus hijes). Esta situación fue presenciadaporvecines,quienes
se sumaron a testificar en la denuncia realizada ante la justicia. Para
1
Datos actualizados del informe presentado por el Observatorio de Femicidios “Adriana M. Zambrano”. Disponible
en https://www.facebook.com/la.delencuentro/
2
Imposible no recordar el femicidio de Paola Tacacho (32 años), profesora de inglés, ocurrido en Tucumán el 30 de
octubre del año 2020, a manos del femicida Mauricio Parada Parejas (quien la apuñaló en la vía pública). Las
semejanzas con el femicidio de Úrsula son contundentes: el accionar de la justicia patriarcal, ya que Paola también
había realizado múltiples denuncias durante cinco años, en los cuales vivió bajo el constante hostigamiento y acoso
por parte de su femicida.
79
que no queden impunes estas denuncias -y todas las que día a día realizan las mujeres en toda la Argentina-
, exigimos al sistema judicial que actúe con celeridad, resuelva rápidamente y sin dilaciones, de manera que
se provea justicia ante todos estos hechos.
Es entonces por todo lo antes referido que ratificamos la necesidad de dar efectivo cumplimiento efectivo
de las normativas nacionales e internacionales que velan por la integridad de las mujeres en todos los
ámbitos de sus vidas. En ellas, hacemos especial énfasis en la implementación de la Ley Nacional 27.499,
conocida como Ley Micaela, para que todes les funcionaries que se desempeñan en los tres Poderes del
Estado y en todos los niveles jerárquicos sean capacitades en perspectiva de géneros y disidencias sexuales,
principalmente para quienes se desempeñan en el ámbito de la Justicia y de las Fuerzas de Seguridad,
instituciones cuya función social es la de proteger y hacer justicia legítima. Estos organismos deben ser los
primeros en incorporar la perspectiva de géneros, disidencias sexuales y Derechos Humanos en el accionar
cotidiano que desarrollan y en los procesos formativos de noveles agentes, pues -de lo contrario- terminan
reproduciendo una violencia institucional que ya debería haber sido desterrada, con los significativos
avances alcanzados en materia Derechos Humanos de mujeres y disidencias sexuales.
Es imperioso que como sociedad tengamos un rol activo contra las violencias machistas en lo cotidiano y
que aprendamos a no permanecer indiferentes. La justicia penal sólo interviene ante los hechos
consumados, la sociedad debe hacerlo mucho antes, para prevenirlos. La indiferencia y el silencio social se
constituyenenunacomplicidadque tambiénmata.Debemosrepensaryactuarpara cambiar la popularizada
frase de “crónica de una muerte anunciada” por acciones concretas que despojen a la cultura
heteropatriarcal de sus validados mecanismos de imposición.
Como profesionales del trabajo social, es nuestra responsabilidad continuar trabajando en la
deconstrucción de estereotipos y patrones de masculinidad y feminidad basados en la heteronormatividad,
el binarismo, el patriarcalismo y el sexismo, en nuestras vidas y en cada una de nuestras intervenciones
profesionales3
.Debemosinvolucrarnosconlaspersonasyconlasestructuras sociales (en los diversos campos
del ejercicio profesional) para hacer frente a los desafíos de la vida y aumentar el bienestar (Ley Federal de
Trabajo Social 27.072, art. 4), en este caso de las mujeres. Porque vivas, libres y sin miedos las (nos)
queremos.
Que el deseo expresado por Úrsula días previos a ser asesinada sea como un faro que nos oriente, para
nunca bajar los brazos:
#niunamenos #vivasnosqueremos #elEstadoesresponsable #bastadecomplicidadpolicial
#esAHORA #esURGENTE #bastadeFEMICIDIOS #emergencianacional
3
La Educación Sexual Integral (ESI) es, sin duda, un valioso dispositivo de trabajo del que debemos apropiarnos, sea
que nos desempeñemos directamente en el campo educativo o no. Los ejes conceptuales de la ESI (Ley 26.150)
contribuyen al abordaje integral de la sexualidad en cualquier campo, y debemos propiciar el no silenciamiento de
ninguno de ellos, a saber: perspectiva de Derechos Humanos, emocionalidad y afectividad, cuidado del cuerpo y la
salud, perspectiva de género yrespeto porladiversidad.LaESInoes sóloparalaescuela.LaESIes paralavida.Debemos
conocer y apropiarnos de este dispositivo de la política pública, esencial para la prevención de la violencia de género.
80
Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social
Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual
Décimo pronunciamiento (abril de 2021)
Contra los actos de odio y asesinatos hacia personas trans
Háganse cargo de habernos perseguido por no habersido
lo que ustedes queríanque fuéramos, háganse cargo de este
genocidio trans que llevan acabo
y sostienen y quieren ocultar desde hace cuántotiempo ya. Háganse cargo de habernos
mutilado, abusado yultrajado
desde tantos planos y detantas formas que ya no tiene sentido seguir
contándolo.Háganse cargo. Carolina Unrein (“Fatal. Una crónica trans”)
28 de Marzo 2021
En Honduras, Vanessa Zúniga de 43 años, una mujer trans que trabajaba como voluntaria en la Asociación
de Prevención y Educación en Salud, Sexualidad, Sida y Derechos Humanos, fue hallada golpeada,
semidesnuda y degollada en un solar baldío del puerto de Tela, en el litoral atlántico de Honduras. Las
autoridades nacionales de ese país tienen varias hipótesis del hecho, pero en la escena donde fue hallado
el cuerpo no lograron encontrar ninguna evidencia, como tampoco en las cámaras de seguridad cercanas
ni testigos presenciales del hecho. Según el Observatorio de Muertes Violentas de Personas LGBTI de la
Red Lésbica hondureña Cattrachas, 2020 finalizó con 20 crímenes de odio. En lo que va del 2021 se
registran en ese país dos asesinatos de homosexuales y el de Vanessa (primero del año registrado contra
una mujer trans).
2 de abril 2021
En Santiago del Estero la joven trans militante Sofía Micaela Catan fue prendida fuego por su novio (quien
se dio a la fuga). Micaela se encuentra internada en el Hospital Regional de Santiago del Estero, en terapia
intensiva en estado crítico, con quemaduras en más del 50 % de su cuerpo y con los pulmones
comprometidos. Su vida corre peligro.
6 de abril 2021
Tehuel de la Torre, joven trans de 22 años de edad continúa desaparecido desde el 11 de marzo del 2021
en la localidad de Alejandro Korn (provincia de Buenos Aires). La última vez que lo vieron fue cuando salió
de su casa para dirigirse a una entrevista laboral. Con el correr de los días crece la incertidumbre sobre su
paradero y nadie puede aportar dato alguno de su situación. Se realizaron manifestaciones organizadas
por activistas de poblaciones trans junto a familiares y amistades, reclamando que se implementen
acciones para su búsqueda. Existen en la actualidad dos personas detenidas por la causa de
“desaparición”; sin embargo, aún no se han encontrado respuestas claras sobre los episodios sucedidos.
Corre abril de 2021 y aún se espera la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
por la ejecución de Vicky Hernández, la mujer trans de 26 años de edad asesinada entre el 28 y el 29 de
junio de 2009, en pleno toque de queda por el golpe de Estado en Honduras que depuso al entonces
mandatario Manuel Zelaya.
Por su parte, en el año 2020 se perpetraron en Argentina ciento cincuenta y dos (152) crímenes de odio,
en los que la orientación sexual, la identidad y/o la expresión de género de todas las víctimas fueron
utilizadas como pretexto discriminatorio para la vulneración de derechos y la violencia, según reporta el
informe elaborado porel Observatorio Nacional de Crímenes de odiode laFederación Argentina LGBT (dado
a conocer el 28 de enero pasado)1
.
1 Puede consultarse el informe completo aquí: http://falgbt.org/ultimo-informe/?utm_campaign=informe-del-observatorio-
nacional- de-crimenes-de-odio-lgbt-2020&utm_medium=email&utm_source=acumbamail
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Esta Crónica del horror está compuesta por fragmentos de la realidad que se insiste en ocultar, modificar
y diluir, el estallido máximo de las voces silenciadas, torturadas y corroídas por un patriarcado que no para
de reinventarse para subyugar(nos). El silencio sobre las desapariciones, la negación de los medios de
comunicación y el ocultamiento de la información deberían transformarse en grito colectivo y en acciones
concretas que provoquen mayor sensibilización, visibilización y reflexión al respecto.
Si bien hubo avances en Argentina a nivel de normativas que protegen y apoyan el acceso a los todos los
Derechos de las personas que pertenecen a poblaciones LGBTIQ+, constatamos día a día un aumento
sensible de actitudes de odio, agresiones y hostilidades hacia poblaciones sexogenéricas disidentes.
Recordamos que el pasado 31 de marzo conmemoramos el día de la visibilidad trans, ocasión en la que se
procura cada año sensibilizar a la sociedad en contra de la discriminación y exigir el mejoramiento de las
condiciones de vida de la población trans. A pesar de los avances legales que aludíamos arriba, las
identidades sexogenéricas disidentes (especialmente las identidades trans) siguen siendo negadas y no
reconocidas por la sociedad, invisibilizando así las múltiples violencias que estas sufren en lo cotidiano. Por
ello, consideramos urgente no sólo el reconocimiento de la legítima existencia de dichas identidades, sino
la reparación histórica por parte de las instituciones del Estado en materia de igualdad de oportunidades.
Estas situaciones nos interpelan como profesionales de trabajo social y renuevan nuestro compromiso de
bregar por la justicia social, los derechos humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad,
tal como se plantea en nuestra ley Federal de Trabajo Social (Ley 27.072, art. 4). Un compromiso que
debemos traducir en hacer efectiva, por ejemplo: nuestra insistencia para que todas las medidas
dispuestas a nivel nacional y jurisdiccional en materia de lo que se conoce como “cupo laboral trans”
(inclusión laboral) se cumplan; el trato digno en las instituciones públicas, cuando sabemos que muchas
veces son les mismes empleades del Estado quienes ejercen violencia (en sus variadas formas) contra las
personastrans;laexigenciaen la provisión de justicia a tiempo ante situaciones de vulneración de derechos
de personas trans; nuestro involucramiento en los procesos situados de implementación de la ESI; la
inclusióndelaperspectivadegéneros y diversidad sexual en nuestros Colegios y Consejos profesionales (en
todos los espacios de gestión y estamentos); el debate que podamos dar en nuestros espacios laborales
cuando identificamos la emergencia de prejuicios y resistencias al desarrollo de prácticas inclusivas y
respetuosas de todas las identidades de género, entre otras. Frente a escenarios hostiles y de altos niveles
de resistencia a estas temáticas, nuestras mediaciones profesionales -en base a la normativa vigente-
devienen imprescindibles.
Es también nuestra responsabilidad, en diálogo con otros saberes y disciplinas, contribuir en el diseño y
efectivización de los acompañamientos requeridos por familiares, amistades y compañeres, en todo lo
que sea necesario para enfrentar el lento accionar de las instituciones (sobre todo las estatales)
impregnadas de una clara ideología patriarcal, como así también advertir y comprender el daño emocional
que sufren quienes están esperando respuestas en un escenario de indefensión, vulneración y
precarización de las garantías más elementales.
Así, de cara a un recorte de la realidad que no puede más que desarmarnos en partes y armarnos de fuerza,
es que invitamos a transformar el silencio en grito, en acciones que aporten desde nuestra especificidad
profesional herramientas concretas de visibilización y vehiculicen la accesibilidad a todos los derechos
vulnerados, haciendo así de las vidas, vidas vivibles.
#BastaDeTransodio
#AparicionConVidaDeT
ehuel
#BastaDeTransfemicidi
os #NosMatan
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Atención al público en la oficina del CPAS
Cumpliendo con los protocolos y recomendaciones preventivas generales de atención en oficinas, el
colegio está realizando su trabajo presencial y de atención de les colegas de lunes a viernes de 9:00 hs
a 16:00 hs. Ante cualquier inquietud comunicarse a los teléfonos institucionales:
0342 4540719/ 4520370
WhatsApp 3426101271
mail info@trabajosocialsantafe.org.
Para ingresar a la institución se recomienda el uso de cubre boca o barbijo. Continúan restringidas
dentro del local todas las actividades que impliquen aglomeración de personas como reuniones,
actividades de formación, eventos, entre otras.
Los sorteos de los libros se realizan según los dos
primeros números de la Quiniela Nacional Nocturna del
primer viernes de cada mes. Se toman en cuenta sólo
los colegas matriculados con la cuota al día. En la sede
del Colegio se encuentra a disposición un catálogo para
la elección de los mismos. El plazo para retirar los libros
es de 30 días, a partir de la fecha de sorteo, para los
ganadores de la ciudad de Santa Fe y 60 días para lxs
colegidxs del interior de la provincia.
Más de 500 libros disponibles en la
biblioteca digital
El Colegio sigue trabajando en la actualización de la biblioteca
digital interna. Actualmente contamos con más de 520
libros digitalizados de interés disponible para todxs los
colegiados.
Es importante destacar que los libros son exclusivamente para
uso interno para apropiación de los conocimientos socialmente
producidos. En caso de utilizar el contenido de los autores se
deberán tener los recaudos establecidos por las normas APA
para su reproducción. Para adquirirlos deben ser solicitados vía
mail al correo: bibliotecadigitalcolegio@gmail.com
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Coraggio y Arancibia (2004:1) definen “la cuestión social en una sociedad capitalista con formas democráticas como el
entramado de problemas interdependientes con significado social, jerarquizados y articulados que amenazan la cohesión de la
sociedad como tal”. Ese entramado interpela y desafía a los actores políticos que inciden en la constitución de la agenda pública
e intervienen en la gestión. Por ello estos autores afirman que la cuestión social es un proceso abierto de construcción social.
Pereira (2003; 83) explica que una cuestión es un problema por resolver, un punto de partida del conocimiento, que implica
resolución cognitiva y práctica.

Revista Trayectoria Colectiva 2021

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    1 E D IT O R I A L Escribir esta editorial a un año de iniciado este proyecto, cuando seguimos atravesados por una pandemia de dimensiones inusitadas, imponderable, con dificultades de evaluar todos los efectos e impactos negativos que producirán en nuestra sociedad, nos moviliza en nuestro sentir, pensar, estar y hacer. Esta situación nos sigue interpelando como institución que representa un colectivo que viene poniendo sus saberes, conocimientos, experiencias al servicio: de las instituciones implementadoras de políticas públicas, de los sujetos individuales, grupales y colectivos vulnerados y vulnerables de nuestra sociedad, siempre de frente, con la escucha asertiva y la mirada atenta, preocupados y ocupados de ser efectivos en nuestras intervenciones. En cada texto o espacio institucional en un contexto turbulento e incierto les colegues siguen trabajando desde el compromiso y responsabilidad, cuidándose y cuidando, reflexionando, haciendo aportes a la construcción colectiva disciplinar. Este espacio pretende valorizar, reconocer, compartir, socializar cada uno de los mismos como fructífera e incipiente cosecha de este año, agradeciendo cada uno de los escritos de les colegues que dan cuenta de sus tránsitos y caminos, sus interrogantes, sus aportes y apuestas desde su mirada singular, con otrxs colegues, en interdisicplina. Como la canta autora “... merecer la vida es erguirse vertical más allá del mal de las caídas, es igual que darle a la verdad y a nuestra propia libertad la bienvenida. Es una virtud de dignidad y la actitud de identidad más definida" Lic. Anabella Córdoba Colegio Profesional de Asistentes Sociales de la Provincia de Santa Fe Ley 7754/75. Primera Circunscripción Miembro de la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales en Trabajo Social o Servicio Social Luciano Torrent 2419 C.P. 3000 Santa Fe Tel./Fax: 0342-4540719 E-mail:info@trabajosocial.com.ar DIRECTORIO PRESIDENTA Lic. Córdoba Anabella Ester VICEPRESIDENTE Lic. Magnago Guillermo SECRETARIA GENERAL Ceresa Carla PRO SECRETARIA GENERAL Lic. Salera Maricel Haydee TESORERO Lic. Zehringer Diego PROSECRETARIADEHACIENDA Lic. Gandini María Jorgelina VOCALES 1° vocal titular: Monti, Juan Manuel 2° vocal titular: Rodríguez, Andrea 3° vocal titular: Vela Antille, Natalia 4° vocal titular: Zampar, Olga Rosa 5° vocal titular: Audicio, Susana Ester 1° vocal suplente: Aguiar, Carla Paola 2° vocal Suplente: Fantin, María Ana 3° vocal suplente: Roppulo, Silvana 4° vocal suplente: Vega Escalante, Silvia E. TRIBUNAL DE ETICA 1° miembro titular: Cortese, Guillermina 2° miembro titular: Manarin, Flavia 3° miembro titular: Cassina, Graciela 1° miembro suplente: Somaglia, Marisel 2° miembro suplente: Schneider, Silvina 3° miembro suplente: Abad, María José 1° fiscal titular: Preti, Valeria 2° fiscal titular: Angulo, Laura 3° fiscal titular: Jullier, María Soledad 1° fiscal suplente: Díaz, Gabriela 2° fiscal suplente: Cabruja, Gonzalo 3° fiscal suplente: Erpen, Soledad SÍNDICOS Síndico Titular: Garnero, Mónica Beatriz 1º Sindico Suplente: Cruz, María Virginia 2º Síndico Suplente: Gomez, María A Comunicación PRODUCCIÓN GENERAL: Silvina Schneider RESPONSABLE EDITORIAL: Lic. Córdoba Anabella Lic. Silvina Schneider REDACCIÓN, DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN: Tec. Sup. Luciana Muñoz
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    2 “Nociones que dierony dan sustento a intervenciones de Trabajo Social enel campo socio-jurídico de familia” Por Graciela Nicolini DESCARGAR ARTÍCULO Resumen El campo socio-jurídico de familia, nutriéndose de diversos saberes, convoca disciplinas entre las que se incluye Trabajo Social. Éstas, al momento de caracterizar situaciones concretas, apelan a nociones teóricas destacándose la de peligrosidad, prácticamente hoy superada, la de situación de riesgo y la de vulnerabilidad, estrechamente ligada a la lógica de derechos. La aplicación de estas categorías a situaciones de la práctica con fines descriptivos puede prescindir de elementos conceptuales correspondientes a las problemáticas subyacentes o presentarse articuladas exclusivamente al discurso de derechos y/o a enunciados normativos. Con estos sesgos, dichas nociones, consignadas en evaluaciones referidas a temáticas de niñez y padecimiento mental, plantean desafíos en el plano del interjuego entre lo judicial y lo asistencial, máxime la potencialidad de dar fundamento a intervenciones proteccionales. En este contexto el presente trabajo se propone como objetivo desentrañar los significados atribuidos a dichas nociones y las implicancias en términos de intervención. Palabras clave Peligrosidad – Riesgo – Vulnerabilidad – Vulneración de derechos Abstract The family socio-legal field, drawing on diverse knowledge, calls diverse disciplines including Social Work. These disciplines, during the characterization of specific situations, appeal to theoretical notions, among which stand out the dangerousness, practically surpassed nowadays, the risk situation and the vulnerability, closely linked to the rhetoric of human rights. The usage of these notions for the characterization of concrete situations may leave aside conceptual elements corresponding to the underlying problems, or present itself exclusively articulated to the rhetoric of human rights and/or the legislation. With these biases, these notions, recorded in evaluations related to childhood and mental illness issues, pose challenges at the level of the interplay between the judiciary system and the health and social assistance institutions. This is particularly relevant given the potentiality to give a foundation to protective interventions. In this context, the present work aims to unravel the meanings attributed to these notionsand the implications in its deployment during interventions. Keywords Dangerousness - Risk - Vulnerability – Rights violations
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    3 Introducción Pensar la prácticade Trabajo Social en el campo socio-jurídico abocado a temas de familia implica conjugar, junto a marcos teóricos y tecnologías de intervención, la legislación y las particularidades del dispositivo institucional (Krmpotic, 2020). Haciendo foco en los marcos teóricos y en cómo estos influyen en las prácticas, incluso desde documentos como los informes sociales, vemos actualmente la protagónica alusión a riesgo y a vulnerabilidad. Estas nociones, enunciadas en evaluaciones referidas a temáticas de niñez y padecimientomental, en el marco del campo socio-judicial, tienen la capacidad de dar fundamento a intervenciones tanto de trabajadores sociales como de otras disciplinas; aludimos a la implementación de medidas llamadas generalmente de protección. Se trata de términos difusos, que no tienen un significado unívoco. Su enunciación puede aparecer asociada exclusivamente a un lenguaje de derechos y/o sin la necesaria fundamentación o desagregación de componentes que, con base en el conocimientoteórico de las problemáticas involucradas, caractericen la situación particular. En atención a ello se propone precisar los sentidos atribuidos a estas nociones y a otras con las que, precedente o contemporáneamente, articulan. El análisis, contextualizado en un campo con marcada persistencia de la lógica de poder disciplinar (Foucault, 2005), abarca el interjuego entre las aludidas categorías y los marcos conceptuales de las profesiones que participan, las normas legales y los discursos surgidos del paradigma de derechos. Para ello, inicialmente se introduce la cuestión de cómo la intervención dirigida a las familias en el campo socio-jurídico recorta colectivos necesitados de cuidado a los que aborda con la participación de profesiones diversas. Se destacará la pregnancia de saberespsi y su incidencia en términos de un enfoque en clave personal y/o familiar. Este sesgo se reconocerá también en la modalidad de uso de las nociones en análisis. Respecto de ellas, además de atender a aspectos de su origen, se desplegará lo atinente a las distintas vertientes (teóricas y de la lógica de derechos) que han ido conformando sus significados y aplicaciones no siempre unívocos. Metodológicamente la propuesta es de tipo cualitativo, apelando al análisis de fuentes primarias. Con un criterio interdisciplinar, se recuperan aportes de distintos autores, proponiendo un diálogo y articulación entre ellos, lo cual se conjuga con reflexionessurgidas de la trayectoria profesional en el entramado del campo socio-jurídico de familia. Saberes que confluyen en el campo socio jurídico de familia. La intervención estatal respecto de las familias, luego de la etapa filantrópica y en elmarco de la organización y posterior apogeo del Estado de Bienestar, se dio en el marcode un progresivo Y sostenido proceso de profesionalización (Grassi, 1998: 99-100). Se inscribe allí la participación de las ciencias psi desde las que se caracterizaba una cierta familia como normal a la par que aquellas
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    4 que salían deese modelo, vistas como líneas de fuga del mismo (Nicolini, 2011), eran objeto de intervenciones estatales. Estas intervenciones, si bien con foco en ciertas familias, desplegadas con notorio protagonismo del campo socio-jurídico1 , fueron conformando dispositivos dirigidos a colectivos de sujetos que, más allá de sus diferencias, han sido categorizados como necesitados de cuidado (Nicolini,2011), o como pasibles de algún tipo de tutela estatal, noción recuperada de Carla Villalta (2005). Se alude a colectivos tales como el de la niñez, pensada como naturalmente tutelable, y el de las personas afectadas por padecimientos mentales (Nicolini, 2011). Respecto de éstas,a pesar que las actuales normativas hablan de restricciones a la capacidad (Código Civil y Comercial de la Nación2 , arts. 31 a 50), al momento de la intervención no acaba de superarse la tensión entre cuidados y apoyos frente a limitaciones en las capacidades del sujeto y la impronta propia de Trabajo Social de pivotear en dichas capacidades propiciando grados crecientes de autonomía. Precisando el aporte de la profesionalización arriba aludida en la administración de la justicia de familia (que integra el campo socio-jurídico), se encuentra que, junto al derecho, saber central, hegemónico, se ha dado la convocatoria a otras disciplinas (entre las que se encuentra Trabajo Social y las disciplinas psi) las cuales, en su carácter de expertos, contribuyen a dar fundamento a decisiones e intervenciones del ámbito (Nicolini, 2011). Esta participación de saberes extra jurídicos en ámbitos del campo socio-jurídico de familia, en la actualidad se amplifica a partir de la apelación a intervenciones interdisciplinarias propiciadas por leyes específicas (de niñez, de salud mental, entre otras) y particularmente por el C.C.C.N.. Seguidamente se aludirá a aspectos que contribuyeron a modelar la aludida participación. Protagonismo del saber psi Las ciencias psi han nutrido a diversas profesiones para pensar e intervenir respecto de lasfamilias y de colectivos pasibles de cuidado. Su incidencia y las pregnancias generadas no siempre son visualizadas en toda su complejidad y alcances. Valeria Llobet (2014), en una investigación sobre la participación de los saberes psi en los dispositivos de atención a la infancia, ha señalado que fueron no sólo psicólogos sino también trabajadores sociales e incluso abogados3 quienes, en sus diversas inserciones en 1 Acotando a cuestiones de familia hablar de campo socio jurídico lleva a extender la mirada, más allá de la administración de la justicia de familia, abarcando intervenciones de órganos de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes y determinados servicios asistenciales (de salud, educativos, etc.) y/u organismos no gubernamentales relacionados a la temática. 2 En adelante C.C.C.N. 3 Puede agregarse médicos, docentes y otros educadores.
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    5 dichos dispositivos, introdujeronese saber para pensar, fundamentar y sostener las intervenciones4 . Ello evidencia puntos de contacto con los desarrollos de Donzelot (1998). Esta pregnancia del discurso psi también se encuentra en diversas disciplinas que confluyen en la intervención respecto del padecimiento mental. En términos de infancia la imbricación de los saberes psi en las culturas institucionales, permitió redefinir el “abandono moral y material”, brindando argumentos para enfrentar la lógica del patronato; en el contexto de institucionalización de la Convención de los Derechos del Niño, posibilitó cuestionamientos a tratos autoritarios o deshumanizados, propiciando acciones de ampliación de derechos sustentadas en la concepción de “niño- sujeto-de-derechos” (Llobet, 2014). Cabe destacar que, en ese proceso de cuestionamiento al paradigma tutelar dado con aportes del discurso psi, Trabajo Social tuvo una protagónica participación. Ejemplo deello es su inclusión en programas implementados por la Secretaria de Niñez Adolescenciay Familia5 y en juzgados abocados a temas de familia ocurrida en las últimas décadas del siglo pasado en diversas jurisdicciones del país. Según Llobet (2014) la pregnancia de los saberes psi en instituciones de infancia, evidenciando matices y contradicciones, dio lugar a modalidades interventivas como el modelo de tratamiento terapéutico y el trabajo “caso a caso” (englobadas como intervenciones “micro”) las cuales, si bien fueron herramientas orientadas a implementar los derechos del niño, no estuvieron exentas de conformar una imbricación cada vez menos problematizada entre prácticas de salud mental y políticas de protección de derechos, incidiendo en lo que la autora nomina como patologización de los hechos sociales que traduce un hecho de orden social a un hecho de orden psicológico, promoviendo prácticas de cura (Llobet, 2009)6 . Como otro efecto contradictorio de las intervenciones micro alude a lo que llama la“familiarización del conflicto” en tanto no se interpela la práctica institucional ni la formulación de políticas por parte del Estado, sino que el conflicto es traducido en “drama y dramática familiar” (Llobet, 2009)7 . Desde el análisis de documentos, tales como informes sociales producidos por trabajadores sociales, puede agregarse que este efecto de familiarización del conflicto combina saberes psi con el discurso de derechos (Nicolini, 2018). El hecho de que un problema complejo que afecta a niños, niñas y/o adolescentes o a sujetos con padecimiento mental sea leído como problemática familiar (“drama y 4 La autora, preguntándose por cómo la institucionalización del paradigma de derechos de niños/as y adolescentes, en tanto nueva epistemología para comprender la infancia, se imbricó en las culturas institucionales ya establecidas, muestra que dicho proceso, complejo en sí mismo, fue mediado por saberes psi (Llobet, 2014, p. 211). 5 Se alude a programas tales como el de Prevención del Abandono (conocido como PPA), el de Fortalecimiento de Vínculos Familiares y Comunitarios, el de Libertad Asistida. 6 La autora ejemplifica aludiendo a que hubo alguna línea de la psicología desde la cual se leían como expresión de un déficit centrado en el sujeto a manifestaciones de disconformidad social, hechos delictivos y consumos de sustancias por personas menores de edad. 7 Ejemplifica señalando que, frente a niños en situación de calle, a fin de explicar la problemática se pone el acento en cuestiones familiares sin problematizar, por ejemplo, la expulsión del sistema escolar del que han sido objeto esos niños.
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    6 dramática familiar” entérminos de Llobet) suele incluir en sus fundamentaciones nociones tales como la de situación de riesgo o de vulnerabilidad. Desde esta línea interpretativa y argumentativa se conforman intervenciones en las que, poniendo el acento en la carencia, subyace una consideración de la familia como unívoca responsable de dotar a los individuos de los recursos simbólicos, sociales y materiales parala gestión de una mejor integración social. Ello elude la crítica a procesos de concentraciónde desventajas en determinados conjuntos sociales y, en definitiva, opaca las responsabilidades del Estado. Muchas de las intervenciones implementadas en el campo socio-jurídico (por trabajadoressociales, psicólogos, educadores, abogados, etc.) en temas de infancia y de salud mental, generadas y sostenidas en un discurso psi combinado con un discurso de derechos, argumentadas desde nociones como la de riesgo o vulnerabilidad, remiten a situaciones que son claro efecto de la concentración de desigualdades en determinado grupo social pero sin embargo se propone abordarlas en clave personal y/o familiar. De allí la necesidad de visibilizar los significados subyacentes en las aludidas nociones. Nociones / Categorías, sustento de intervenciones Un rastreo realizado en informes producidos por distintas profesiones en el campo socio- jurídico de familia (Nicolini 2011) permitió visibilizar el uso de categorías (“situación de alto riesgo”, “situación de crisis con importante riesgo para sí mismo y para terceros”), caracterizaciones (“conflicto familiar”, “consumo de drogas”, “dificultades comunicacionales”) o alusión conductas o factores que se han establecido como indicadores de problemáticas (“adaptación conflictiva al medio”, “compulsión a la ingesta”). La enunciación de dichas categorías, conductas o problemáticas (incluso sin ser teóricamente definidas) en relación a una situación particular, más allá de lo potencial quealbergan, disparan decisiones que afectan a los sujetos, fundan medidas, intervenciones, en el aquí y ahora, marcan la historia de los sujetos y de las familias. En estas enunciaciones subyacen nociones que contribuyen a caracterizar y/o rotular poblaciones que se han construido como necesitadas de cuidado, como así también a una definición de los problemas que las afectan. No siempre sostenidas teóricamente, surgiendo desde las ciencias psi o sociales, poseen un halo científico que permite a saberes como el derecho fundamentar intervenciones. Seguidamente se realiza un análisis orientado a desentrañar significados y aportar precisiones en torno a estas nociones y sus efectos pragmáticos. La precursora noción de peligrosidad Esta noción8 , si bien se enuncia superada, ha signado por más de un siglo la concepción yla intervención estatal respecto de las personas con padecimiento mental (entre otras). 8 El surgimiento de la noción se inscribe en el marco de la criminología. El origen de la palabra se atribuye a Raffaele Garofalo, criminólogo italiano, quien en un artículo de 1878 usó el término “temeritá: perversidad constante y activa”.
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    7 Pensar esta problemáticacomo una amenaza de peligro “para sí o para terceros”, desde la articulación entre medicina y derecho, dio lugar a un estigma aún presente respecto de lossujetos con problemas mentales. Como señalan Angelini y Larrie (2016) la idea de la temibilidad del sujeto está enfocada desde la sociedad y no desde la persona. Conforme una visión de sujeto determinado por aspectos biológicos (hipótesis no constatada científicamente), la apelación a la peligrosidad de la persona ha sido fundamento para el encierro tanto penal como sanitario, por lo que debe entendérsela dirigida a la protección del organismo social. Es una construcción que ha aportado sentidos e imágenes en relación a la intervención estatal desde principios del siglo pasado respecto no sólo de personas con problemas de salud mental sino también, desde lo ambiguo y difuso de la categoría, en relación con aspectos y sujetos de sectores pobres que debían ser objeto de control e intervención (inmigrantes, niños “en peligro moral” – término usado en la Ley Nacional Nº10.903–, etc.). En pos de caracterizar la noción de peligrosidad es relevante el aporte de Foucault para quien su uso “significa que el individuo debe ser considerado por la sociedad según sus virtualidades y no por sus actos; no por las infracciones efectivas de una ley también efectiva, sino por las virtualidades de comportamiento que ellas representan” (2003, p. 102). De allí que aludir a peligrosidad remite a la idea de intervenir sobre virtualidades e implica que el saber sobre el sujeto no se organiza sobre el conocimiento de si éste hizo o no algo, sino sobre un saber organizado alrededor de la norma (Foucault 2003, p. 105) justificando luego la intervención educativo-preventiva, en fin, correctiva. Como sintetiza Julieta Grinberg (2008), en la noción de peligrosidad está implícita “una hipótesis de relación entre unos síntomas y unos comportamientos”. Deslizamiento de la noción de peligrosidad a la de riesgo Normativas surgidas a principios del siglo XX y que lo recorrieron hasta bien entrado el mismo hablaban de niños en peligro material o moral, también de personas peligrosas para sí para terceros. Pero progresivamente el uso de la noción de peligrosidad ha ido restringiéndose. Como señala Robert Castel, a lo largo del siglo XX se ha producido un “deslizamiento de la noción de peligrosidad hacia la de riesgo” (2012, p. 31). A nivel local ello cobra expresión en las normativas que actualmente remiten mayormentea la noción de riesgo definido como “amenaza o violación de derechos”, en caso de niños,niñas y adolescentes (Ley Nacional Nº26.061, art. 37), o aludiendo a “riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”, en situaciones de padecimiento mental (Ley Nacional Nº26.657, art. 20). En términos de esta temática, ese pasaje de la noción de peligrosidad a la de riesgo, siguiendo a Angelini y Larrieu (2016), permite trascender el determinismo biologicista queresponsabiliza al sujeto por su carga biológica, para, desde la concepción de riesgo, dar cuenta de una situación vincular y social que el sujeto atraviesa en el aquí y ahora.
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    8 Si bien podríapensarse que la noción de riesgo se ha independizado ya de la de peligro, nopuede obviarse, como sugiere Robert Castel (2012) que, al ser tributaria de su antecesora, alberga la posibilidad de persistencia de aspectos e ideas asociadas, opacadas o invisibilizadas de la precedente. Situación de riesgo: nominación para lo potencial pero también para daños presentes. La categoría de riesgo ha sido esbozada en relación a niños, niñas o adolescentes ytambién se incluyó en la Ley Nacional de Salud Mental. Siguiendo a Julieta Grinberg esta categoría implica “un juicio a futuro, un pronóstico realizado en base a la observación de ciertos factores a partir de los cuales, si no se toman medidas necesarias, ‘algo malo’ le ocurrirá al niño” (2008, p. 159). Pero como señalara la autora, lo expansivo de esta noción ha llevado a que permita referir no sólo a situaciones donde se sospecha que algo indeseado puede ocurrir sino también a aquellas en que ya ocurrió. Así puede hablarse de que un niño, niña o adolescente víctima de abuso sexual infantil se encuentra en situación de riesgo y, desde esta nominación, solicitarse la implementación de una medida excepcional9 . Usado para advertir de un posible daño o cuando ya ocurrió un daño, se trata de un enunciado caracterizado por una impronta de apelación a intervenciones anticipatorias (Daich, 2004, p. 373). Conceptos de “en riesgo” o “peligroso”, caracterizados por la remisión a un virtual comportamiento o a una potencial situación que pudiera ocurrir y que debe ser anticipado y corregido, suponen lo que Cohen (1988, citado en Daich, 2004) llama síndrome de anticipación, por el cual “si algo no se trata adecuadamente, conducirá a algo peor”. Entonces, hablar ayer de peligrosidad y hoy de riesgo es lo que, por ejemplo, en la administración de justicia y en otras instituciones que conforman el campo socio-jurídico, habilita a implementar acciones para evitar algo no deseado que podría llegar a ocurrir. En pos de anticipar un riesgo pueden realizarse acciones precipitadas que resulten limitativas de la autonomía o los derechos de los sujetos. Pensemos en las subcategorías que suelen formularse al interior de la categoría de riesgo: altísimo, alto, medio, bajo. Las mismas pueden reflejar valoraciones estandarizadas en el marco de un protocolo. Consignadas en informes que deban orientar decisiones judiciales como la implementación de medidas de protección urgentes (por ejemplo, en el marco de denuncias de violencia doméstica), van a incidir con peso propio en la toma de tales decisiones. Relativizando esa necesidad de anticipación con su imperativo de intervención presenteen la categoría de riesgo, desde la teoría sistémica se ha postulado que “un conflicto familiar pasa por muchas etapas antes de alcanzar un nivel realmente peligroso” (Minuchin, Colapinto, Minuchin, 2000, p. 74). En relación a la impronta de intervención que acompaña a la noción de riesgo Robert Castel llama la atención sobre los posibles objetivos subyacentes dado que razonar en términos de “factores de riesgo” promueve una modalidad inédita de intervención, da lugar al nacimiento de profesionales signados como expertos; implica la construcción de datos, recorte de informaciones, construcción de perfiles. Pero queda pendiente la pregunta de “¿quién construye esos datos, quien los controla, y cuáles son los objetivos perseguidos” (2010, pp. 32-33). 9 Ley de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, Nº 26.061, art. 39.
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    9 Recordemos en estepunto la existencia de una cierta selección cultural y social de peligros, y consecuentes riesgos, que lleva a que unos sean advertidos mientras otros pasan desapercibidos o tolerados, cuestión íntimamente ligada a “la pertenencia de clase, la inscripción profesional y las vivencias personales” de los profesionales (Grimberg, 2008, p. 159). “Situación de riesgo cierto e inminente”, enunciado que enlaza salud y derecho En el abordaje del padecimiento mental, puntualmente desde la legislación específica, aparece la alusión a “situación de riesgo cierto e inminente”. La Ley Nacional de Salud Mental Nº26.657, en su art. 20, considerando la internación involuntaria de una persona como “recurso terapéutico excepcional”, establece que “sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.” Por su parte, el Decreto Nº663/13, reglamentario de la aludida norma, define dicha noción: “Entiéndese por riesgo cierto e inminente a aquella contingencia o proximidad de un daño que ya es conocido como verdadero, seguro e indubitable que amenace o causa perjuicio a la vida e integridad física de la persona o de terceros” (art. 20). Esta definición formulada en la normativa no evita que sea un concepto polémico, particularmente en la práctica asistencial donde se plantea su dilucidación en situaciones concretas. Desde disciplinas psi se recoge que “se trataría de algo que pone en juego la integridad física –es decir que pone enfrente el tema del suicidio– o cause perjuicio a la vida” (Gamaldi, 2016). Sería un atributo de estado, una situación dada de la que el sujeto puede salir (Toro Martínez, 2011). La atribución que la normativa hace al equipo de salud para dilucidar si una situación es deriesgo cierto e inminente puede entenderse como expresión del encuentro entre dos universos discursivos diferentes y en cierta forma antinómicos: por un lado, el Derecho, normativo, estático, que busca precisiones, y por otro, la psiquiatría (y podría hacerse extensivo a la psicología) que, abocada a la vida, a lo cambiante, a lo psíquico –con su dificultad de aprehenderlo, mensurarlo y objetivarlo–, tiende a respuestas presuntivas (Ghioldi y Toro Martínez, 2011). En este punto cabe pensar el lugar de Trabajo Social en el aludido entrecruzamiento de discursos. Si bien esta profesión se incluye en el equipo de salud10 , al momento deldiagnóstico interdisciplinario en el marco de la internación11 su participación no es determinante como sí lo es la del psicólogo o el médico psiquiatra. Pero su aporte es significativo pues, tal como se señala desde la especialidad forense, posibilita el conocimiento y evaluación de situaciones pasadas y presentes, y también futuras (Krmpotic, 2012, p. 73). A su vez, abordando situaciones de crisis y padecimiento subjetivoy social, puede formular diagnósticos sociales que integran y relacionan dinámicamente aspectos del entorno social (económicos, materiales) como así también aspectos subjetivos, psicológicos, culturales (Travi, 2017). Ello evidencia que la especificidad de Trabajo Social, desde la indagación y caracterización de los aspectos aludidos en el precedente párrafo, permite evaluar crisis agudas en forma integral y contextualizada, en su historicidad y con vistas a la evolución a futuro. 10 Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.658, art. 8. 11 Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.658, art. 16.
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    10 La noción de“vulnerabilidad”. Su ligazón a la lógica de derechos. Otra nominación que ha cobrado protagonismo en las últimas décadas en diagnósticos y evaluaciones de la disciplina generados a partir de intervenciones en instituciones asistenciales y judiciales, es la referencia a situaciones de vulnerabilidad que afectan a sujetos pertenecientes a colectivos pasibles de medidas de cuidado (prevalentemente el de niños, niñas y adolescentes). Esta forma de caracterizar situaciones también se observa en textos académicos y en ponencias en eventos científicos. Es una nominación que puede aparecer como unívocamente fundante de medidas “de protección”, incluso sin estar acompañada de alguna desagregación que oriente sobre la expresión concreta que asume la vulneración o vulnerabilidad en la situación que es foco de la intervención (Nicolini, 2018). Hurgando en los sentidos subyacentes en esta noción Claudia Krmpotic (2019) detecta el uso de la condición de vulnerabilidad para caracterizar, casi en exclusividad, la situación vital del sujeto. Señala en esta modalidad descriptiva un sesgo en tanto, al centrarse casi como muletilla en su carácter de sujeto de derechos, se está remitiendo a una identidad politizada, arraigada en el discurso universalista de la teoría jurídica liberal, clara expresión del sujeto moderno, adulto, racional, autónomo. Asimismo, es significativo recuperar el aporte de Boaventura De Souza Santos dada la imbricación que en la práctica se observa entre la noción de vulnerabilidad y el discurso dederechos. El autor, destacando el carácter culturalmente occidentocéntrico de los derechos humanos señala que, en tanto gramática hegemónica de la dignidad humana, se torna un planteo universalista, independiente del contexto social, político y cultural, evidenciando como fragilidad el albergar concepciones que pueden tender a reproducir el orden capitalista, colonialista y sexista de nuestro tiempo (2014, p. 11). Lo señalado por los autores aquí citados cobra relevancia en virtud de ser Trabajo Social una profesión con tendencia a sostener la intervención centralmente desde la defensa y accesibilidad a los derechos humanos (Nicolini, 2014), remitiendo por ello a un sujeto de derechos. Esta tendencia, consistente con la hegemonía de los humanismos en la formación teórico práctica en Latinoamérica, propiciaría, como contrapartida, un vacío teórico para interpretar y actuar en la realidad, con el riesgo de reemplazar el análisis conceptual de las situaciones por evaluaciones valorativas (Pessolano, 2013, p. 160). Así, ante las carencias de formación conceptual (de grado y de pos grado), pivoteando en una retórica alusiva a la lógica de derechos, se recurre a muletillas discursivas que en ocasiones no superan el sentido común y que conllevan el riesgo de, por su polifuncionalidad, avalar intervenciones que no siempre se traducen en saltos cualitativos para los sujetos (Nicolini, 2014) o, incluso, llevan a sostener antiguas intervenciones tutelares (Krmpotic 2012: 57). En este punto es significativa la advertencia de De Souza Santos respecto a que “la gran mayoría de la población mundial no constituye el sujeto de los derechos humanos sino más bien el objeto de los discursos sobre derechos humanos” (2014, p. 13). En términos de la intervención profesional, el uso de la categoría de vulneración/vulnerabilidad no contempla lo que se presenta a los trabajadores sociales nombrado por Claudia Krmpotic (2019) como “lo fáctico”. Es allí donde, alejándose de efectos normativos e ideales, se abordan “experiencias de familias, con vivencias encarnadas en sujetos y contextos particulares, en los que la familia adquiere un grado de
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    11 significatividad”. El unívocouso de la categoría para dar cuenta de “comportamientos disonantes”, según la autora, lleva implícito el riesgo de definir a los sujetos involucrados como personas problemáticas a las que hay que monitorear. Esta definición guarda estrechos puntos de contacto con la de sujetos necesitados de cuidado y/o pasibles de tutela (Nicolini, 2011). Conforme lo precedente, a fin de evitar un uso no esquemático y simplista de la noción de vulnerabilidad, destacamos que, junto al concepto de pobreza y el de exclusión/inclusión, ha sido foco de desarrollos en la ciencia social desde la década de los 90´, fundamentalmente en países de Europa, teniendo como referencia, como ya se introdujo, la problemática de los derechos civiles, políticos y sociales. Entre esos desarrollos ha sido nodal el de Robert Castel (1997) quien, a partir de relacionar los ejes de integración al trabajo y de sociabilidad socio familiar define tres zonas: de integrados estables, de vulnerabilidad y de exclusión. El autor habla de vulnerabilidad social considerándola “una zona intermedia, inestable, que conjuga la precariedad del trabajo y la fragilidad de los soportes de proximidad” (op. cit., p. 15). Evidenciando una causalidad que excede la responsabilidad de la familia, el desarrollo de Castel señala que abarca la carencia de recursos materiales vinculándose a la precaria situación laboral, al debilitamiento o ruptura de redes familiares, comunitarias y sociales y a la fragilidad de funciones protectoras del Estado y de organizaciones de la sociedad civil. La categoría engloba tanto los "vulnerados" (que “ya padecen una carencia efectiva que implica la imposibilidad actual de sostenimiento y desarrollo y una debilidad a futuro a partir de esta incapacidad”) como los "vulnerables" (personas en quienes el deterioro de sus condiciones de vida “aparece como una situación de alta probabilidad en un futuro cercano a partir de las condiciones de fragilidad que los afecte”) (Perona, Crucella, Rocchiy Robin, 2000). Unos y otros vienen a conformar los llamados grupos vulnerables en los cuales la pobreza, el origen étnico, el estado de salud, la edad, el género o una discapacidad coloca a los sujetos que los integran en una situación de mayor indefensión con alto riesgo de verse limitados en el ejercicio de sus derechos (Pérez Contreras, 2005). Como características de la vulnerabilidad resalta su multidimensional abarcando aspectos como las condiciones habitacionales, los tipos y formas de organización familiares, las características educacionales, el ámbito laboral y cuestiones previsionales (dada la condición laboral en retroceso) y la red de relaciones y sistemas de sociabilidad (Perona, Crucella, Rocchi y Robin, 2000). Otras características son la de integralidad (su existencia afecta varios aspectos de la vida de las personas) y la de progresividad atento la posibilidad de acumularse y aumentar de intensidad (Pérez Contreras, 2005). Dicha progresividad es la que puede llevar a un círculo perverso que reproduce y aumenta condiciones de vulnerabilidad y, por ende, de marginalidad. Un ejemplo de cómo se conjugan estas características en situaciones familiares se encuentra en lo que, desde el enfoque sistémico, se define como familias multiproblemáticas (Pakman, 2006) o familias institucionales, aludiendo a pobresafectados por crisis múltiples (Minuchin et al., 2000). La multidimensionalidad e integralidad de los problemas que confluyen en estas familias (cuestiones médicas, de salud mental, de dependencia de sustancias químicas, dificultades en el empleo, la
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    12 educación, violencia, pobreza)derivan en una progresividad y agravamiento de las crisis, dada la conjunción o sucesión de las mismas. Por lo aquí expuesto la sola mención a situación de vulnerabilidad o de que el sujeto sobreel cual se dirigirá una intervención profesional tiene derechos vulnerados requiere de un análisis integral de las distintas dimensiones de la situación (y la posibilidad de progresividad) como así también trascender la referencia al sujeto para inscribirlo en una familia, en un determinado grupo vulnerable/vulnerado, y todo ello en un contexto socio- histórico. No bastará enunciar los derechos que se podrían estar vulnerando al sujeto concreto pues tras ello podría estar opacándose su pertenencia a un grupo (familiar,social, étnico, etc.) también en situación de desventaja o indefensión. Como señalara Antonio Madrid (s.f.), cuando se habla de vulnerable y de vulnerabilidad (a diferencia del término “vulnerar” que permite identificar el sujeto activo y el sujeto pasivo, y por ende identificar responsabilidades) se está aludiendo a personas y a situaciones en las que se identifican elementos que pueden tornar vulnerables a dichas personas. Ello introduce el peligro de “pensar que la vulnerabilidad es un rasgo de la persona y no de las estructuras en las que viven las personas” haciendo que lo que es una consecuencia sea visto como una causa. Lleva a pensar que el problema está en el receptor y no en el actor. Como bien señala Madrid, invisibiliza que generalmente “la persona es vulnerable porque previamente se le ha vulnerado”. Por eso lo ya sugerido respecto de la necesidad de trascender el rótulo de “situación de vulnerabilidad” y de identificar las distintas dimensiones afectadas de la persona y de su entorno familiar y social, las relaciones entre ellas y su potencial progresividad. Todas estas cuestiones remiten al papel de la teoría en el proceso de intervención. Siguiendo a Travi (2008) la teoría nutre dicho proceso tanto desde categorías básicas de la disciplina como desde las de las problemáticas sobre las que se realizan las prácticas. La teoría será particularmente relevante en el diagnóstico dado que este debe permitircomprender, describir y analizar la situación problema dando cuenta de cómo una expresión particular y concreta afecta a una persona o grupo, inscribiéndola en el contexto más amplio (Travi 2012). Para ello la teoría y particularmente los principales conceptos presentes en la demanda serán las herramientas necesarias (Travi, 2004). Por último, como una acotada mención a efectos interventivos de la categoría de vulnerabilidad se recupera el rastreo que realizó Valeria Llobet (2009) de dicha concepciónen el texto de políticas sociales de infancia. La autora encontró que los programas sociales de dichas políticas planteaban la necesidad de intervención en función centralmente de dos tipos de vulnerabilidad a las que definió como “vulnerabilidad social y familiar” y “vulnerabilidad psicosocial”. Según la autora la primera, de orden afectivo, busca detectar sistemas vinculares y constelaciones familiares disfuncionales o inapropiadas, interviniendo en pos de la reparación de esa dimensión relacional, mediante vías supletorias o suplementarias (por ejemplo, la convivencia en los llamados pequeños hogares). La segunda, de orden psicosocial, remite a modalidades diagnósticas de desadaptación, desvío, criminalidad, subculturas que propician circuitos de normalización a nivel de las prácticas: reaprendizajede formas de subjetividad, pautas de convivencia, modalidades culturales, estrategias de reapropiación del yo. Lo precedente muestra que el uso de la categoría sesga y da forma a mecanismos de intervención en los que subyacen modelos idealizados de superación del problema (de sesgo individual o familiar) que no parecen contemplar las distintas instancias
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    13 involucradas y susresponsabilidades, ni las múltiples dimensiones que confluyen en las situaciones de vulnerabilidad, su articulación y la posibilidad de retroalimentación en un círculo perverso. “Lo intolerable”, una noción transversal Las nociones de riesgo (relacionada a la de peligrosidad) y de vulnerabilidad comparten el ser difusas y variar según contextos históricos, sociales e institucionales. Esa variabilidad, particularmente en términos de la movilización que pueden o no producir en pos de acciones concretas, tiene entre sus explicaciones la intrínseca ligazón con la noción de "lo intolerable". Para abordarla se recurre a dos trabajos de Julieta Grinberg (2008; 2010) quien recuperael desarrollo de Bourdelais y Fassin (2005) al buscar explicar los cambios en los juicios de valor y en los sentimientos que provocaron ciertos comportamientos hacia los niños, los cuales, pasaron de ser invisibilizados o naturalizados a ser considerados, en tanto maltratoinfantil, objeto de estudio e intervención estatal. Según Grinberg, Bourdelais y Fassin sostienen que "un intolerable" "es una norma y un límite históricamente construido y por ende sujeto a modificaciones” (2010, p. 73) variando en cada sociedad y momento histórico. Dicho límite es clave en tanto da forma a esquemas perceptivos que guiarán lecturas e intervenciones de los profesionales. Tienen carácter de construcción, siendo influidos por la trayectoria familiar y profesional, los marcos teóricos e ideológicos y la inserción institucional, entre otras variables (Grinberg, 2010). Estos atravesamientos, conformando criterios valorativos de los profesionales, pueden llevar a definir una situación como intolerable, con sus consecuencias de impronta interventiva y, contrapuestamente, llevar a sostener actitudes de naturalización, minimización, aceptación, resignación o invisibilización frente a otras situaciones. La variabilidad de lecturas y valoraciones aludida exige, como propone Grinberg, un análisis dialéctico en relación al par conformado por "lo intolerable" y "la tolerancia de lo intolerable", tolerancia que a veces discurre opacada en el cotidiano institucional frecuentemente desbordado por demandas que superan la capacidad operativa del servicio. Formular dicho análisis contribuirá a la comprensión de procesos de intervención en marcos organizacionales como los abarcados en el campo socio- jurídico, tanto entérminos de acciones como de inacciones. Reflexiones finales Ayer peligrosidad y hoy privilegiadamente riesgo y situación de vulnerabilidad, son nociones que se encuentran en la base y fundamentación de acciones preventivas anticipatorias. Acciones muchas veces propiciadas desde informes de trabajadores sociales con diversa inserción institucional en el campo socio-jurídico de familia. Ligando aspectos o situaciones observadas en el presente con lo que en el futuro pudiera ocurrir, desde lo vasto e impreciso que pueden abarcar, expresándose incluso sin otros fundamentos, brindan a los profesionales la posibilidad nominar con cierto cariz de cientificidad situaciones diversas. Por lo que de potencial y virtual guardan estas nociones encierran un quantum de aleatoriedad y, por ende de que, al aplicarse sin la adecuada caracterización y análisis de la complejidad de las situaciones evaluadas, se tomen decisiones y se implementen acciones o medidas arbitrarias y/o iatrogénicas.
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    14 Particularizando en lanoción de riesgo destaca su variabilidad conforme contextos históricos, sociales e institucionales, con estrecha ligazón a la percepción de "lo intolerable". Esta incide en criterios valorativos de los profesionales y muy especialmente en la movilización de éstos y de autoridades burocráticas, llevando a motorizar intervenciones, a veces casi compulsivamente. Por su parte la alusión a situación de vulnerabilidad no siempre es pensada como categoría ligada a condiciones de inclusión/exclusión, desdibujando así incumbencias estatales y aspectos estructurales. Asimismo, desde la ausencia de la desagregación de las distintas variables y dimensiones que la conforman se omiten lecturas que permitirían distinguir responsabilidades y, fundamentalmente, orientar un proceso superador que trascienda lo meramente individual y familiar. Para superar lo amplio y difuso que abracan las nociones en análisis y ciertos usos facilistas y esquemáticos de las mismas resulta imprescindible trascender una enunciación fundada exclusivamente en la normativa legal o incluso en un discurso encuadrado en la lógica de derechos. Dicho discurso debe ser contemplado, pero cuidando de no incurrir en una retórica que encubra la persistencia de antiguas prácticas contrarias a la misma. Asimismo, se requiere una solvente formación profesional que, conforme marcos conceptuales de la disciplina y de las distintas problemáticas que afectan al sujeto o la familia y su contexto, brinde elementos teóricos y metodológicos para caracterizar la situación concreta, con sus dimensiones, su complejidad. Desde allí, conforme la especificidad de Trabajo Social, se podrá trascender una impronta exclusivamente evaluativa –sobrevalorada en el campo socio-jurídico– dando lugar a la detección de los espacios estratégicos que guíen la acción transformadora, elemento que define a esta profesión. Referencias bibliográficas Angelini, S. y Larrieu, A. (2016). Consideraciones sobre los conceptos de Peligrosidad y de Riesgo cierto e inminente. Implicaciones para las medidas de seguridad. 5º Jornadas de Investigación, Facultad de Psicología (UNLP), pp. 48-56. Castel, R. (1997). Las Metamorfosis de la Cuestión Social: Una Crónica del Salariado. Buenos Aires. Paidós. (2010). El ascenso de las incertidumbres. Trabajo, protecciones, estatuto del individuo. Buenos Aires. Fondo de Cultura Económica. Daich, D. (2004). Los procedimientos judiciales en los casos de violencia familiar. En Tiscornia, S. (comp.) Burocracias y violencias. Estudios de antropología jurídica. Buenos Aires. Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires. De Souza Santos, B. (2014). Si Dios fuese un activista de los derechos humanos. Madrid,Editorial Trotta. Foucault, M. (2003). La verdad y las formas jurídicas. Gedisa Editorial. Barcelona. (2005). El poder psiquiátrico. Fondo de Cultura Económica. Buenos Aires.
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    15 Gamaldi, V. (2016).Evaluación de riesgo cierto e inminente. Aportes transferenciales. VIII Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología XXIII Jornadas de Investigación XII Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur. Facultad de Psicología - Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires. Ghioldi, L. y Toro Martínez, E. (2011). Riesgo grave, cierto e inminente de daño: único fundamento de la indicación interdisciplinaria basada en la peligrosidad para sí o terceros. En Cuadernos de Medicina Forense Argentina, Año 2 – Nº 1, pp. 25-35. Grassi, E. (1998). La familia: un objeto polémico. Cambios en la dinámica de la vida familiary cambios de orden social. En Neufeld, Grimberg, Tiscornia, Wallace (comps). Antropología social y política. Hegemonía y poder: el mundo en movimiento. EUDEBA. Buenos Aires. Grinberg, J. (2008). Transformaciones en el tratamiento de la niñez en riesgo. Reflexiones sobre un dispositivo de protección a la infancia en la Ciudad de Buenos Aires. En Cuadernos de Antropología Social Nº 27. Buenos Aires. (2010). De ‘malos tratos’, ‘abusos sexuales’ y ‘negligencias’. Reflexiones en torno al tratamiento estatal de las violencias hacia los niños en la Ciudad de Buenos Aires. En: Villalta, C. (comp) Infancia, justicia y derechos humanos (pp. 73-108).. Buenos Aires. Universidad Nacional de Quilmes. Krmpotic, C. (2012). El Trabajo Social Forense como campo de actuación en la intersecciónentre bien social y bien jurídico. En Trabajo Social Forense. Balance y perspectivas. Volumen I (pp. 55- 74). Buenos Aires. Espacio Editorial. (2019). Nada más que palabras, sí, pero no menos que palabras. http://www.cuestionsocial.com.ar/intranet.blog.php?id=8 (2020). La agenda 2030 del Trabajo Social Forense. En Krmpotic, Marcon, Ponce de León (coords.): Trabajo Social Forense. Producción de conocimiento com fines de investigación y arbitraje (pp.119-124). Buenos Aires. Espacio Editorial. Llobet, V. (2009). Las políticas sociales para la infancia, la psicología y el problema del reconocimiento. http://www.aacademica.com/valeria.llobet/74.pdf (2014). “La producción de la categoría “niño-sujeto-de-derechos” y el discurso psi en las políticas sociales en Argentina. Una reflexión sobre el proceso de transición institucional.” En Llobet, V. (Comp.) Pensar la infancia desde América Latina. Un estado de la cuestión.(pp. 209-235) CLACSO. Buenos Aires. http://biblioteca.clacso.edu.ar/clacso/posgrados/20140416023412/PensarLaInfanc ia.pdf Madrid, A. (s.f.) Vulneración y vulnerabilidad: el orden de las cosas. Barcelona.www.fundaciónalternativa.cat Minuchin, P.; Colapinto; Minuchin, S. (2000). Pobreza, institución, familia. Buenos Aires. Amorrortu. Nicolini, G. (2011). Judicialización de la vida familiar. Lectura desde el Trabajo social. Buenos Aires. Espacio Editorial. (2014). Tenemos teoría, tenemos derechos, pero… Desafíos a la intervención con familias en el ámbito judicial en tiempos de cambios paradigmáticos. Revista “Debate Público. Reflexión de Trabajo Social” (publicación de la Carrera de Trabajo Social de la Universidad de Buenos Aires. Año 4 Nº 8, noviembre de 2014.
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    16 (2018). Derechos deniños, niñas y adolescentes, vehículo para la intervención con familias. Matices y tensiones. Ponencia presentada en el Encuentro Interuniversitario y Profesional de Trabajo Social con Familias “Historia Identidad e Intervención Profesional”, Mar del Plata 30 de Noviembre y 1° de Diciembre de 2018. Pakman, M. (2006). Reducción del riesgo, en familias múltiproblemáticas: La micropolíticade la Justicia Social en la Asistencia en salud mental”. https://docplayer.es/10756957-Reduccion-del-riesgo-en-familias- multiproblematicas-la-micropolitica- de-la-justicia-social-en-la-asistencia-en-salud- mental.htmle Pérez Contreras, M. (2005). Aproximación a un estudio sobre vulnerabilidad y violencia familiar. Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, año XXXVIII, núm. 113, mayo-agosto de 2005, pp. 845-867. Perona, N.; Crucella, C.; Rocchi, G. y Robin S. (2000). Vulnerabilidad y Exclusión social. Una propuesta metodológica para el estudio de las condiciones de vida de los hogares. Presentado en el Congreso Internacional de Políticas Sociales. Universidad del Bío- Bío. Chile. Pessolano, D. (2013). Teorías comparadas para (re)pensar los fundamentos teóricos y filosóficos de la intervención en trabajo social. La Corriente Crítica Brasilera y Saül Karsz. Revista Trabajo Social 15: 143-163. Bogotá: Departamento de Trabajo Social,Facultad de Ciencias Humanas, Universidad Nacional de Colombia. Toro Martínez, E. (2011). “La noción de ‘situación de riesgo cierto e inminente’ en la Ley 26657/10: acerca de la diferencia entre ‘estar’ y ‘ser’ y sus consecuencias médico legales”. En Revista Psiquiatría, 16, pp. 19-26. Travi, B. (2004). El papel de la teoría en el proceso de elaboración de diagnósticos sociales y la construcción de la legitimidad de la intervención profesional. Ponencia presentada en el Seminario Internacional “Intervención Profesional: Legitimidad endebate”. Facultad de Trabajo Social, Universidad Nacional de Entre Ríos. Paraná, Entre Ríos, Argentina. Noviembre de 2004. (2008). El desarrollo del proceso metodológico, el papel de la teoría y el rol docenteen las prácticas de formación profesional. En Di Carlo. Grupo EiMETS. El Método deTrabajo Social Profesional. Un aporte a su pedagogía universitaria. Fundación Paideia. (2012). “El diagnóstico y el proceso de intervención en Trabajo social: hacia un enfoque comprehensivo”. En: Ponce De León, Krmpotic (coord.) Trabajo Social Forense. Balance y perspectivas. Volumen I. Buenos Aires: Espacio Editorial. (2017). El Diagnóstico Social y la noción de integralidad en la política social. Tradiciones disciplinares y desafíos actuales. Revista “Debate Público. Reflexión de Trabajo Social”. Año 7. Nros. 13 y 14, pp. 21-29. Villalta, C. (2005). ¿De quién son los niños pobres? Los debates por la tutela administrativa, judicial o caritativa en Buenos Aires de fin de siglo pasado. En Tiscornia, S. y Pita, M. (comps.) Derechos humanos, tribunales y policía en Argentina y Brasi, pp. 71-88. Buenos Aires, Antropofagia/ Facultad de Filosofía y Letras, Colección de Antropología Social. Trabajo Social es Profesión Esencial En los tiempos difíciles que venimos transitando y los que se avecinan agradecemos y felicitamos a todes les colegas que día a día nos enorgullecen con su labor profesional, siendo Trabajo Social una profesión esencial en esta pandemia. ¡GRACIAS Y FUERZA!
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    17 La escucha ysus derivas en la intervención profesional de Trabajo Social1 Ivon Frank. Facultad de Trabajo Social. UNER. Lic. en Trabajo Social. Florencia Serra. Facultad de Trabajo Social. UNER. Mag. en Trabajo Social. Silvina Bolcatto. Facultad de Trabajo Social. UNER- Lic. en Trabajo Social. DESCARGAR ARTÍCULO Resumen: El presente artículo contiene reflexiones producidas en el marco del proyecto de investigación: “Construcción de las intervenciones profesionales. Un estudio a partir de las prácticas relatadas por trabajadores sociales de Santa Fe y Paraná”. El mismo procuró reconocer y comprender lo que sucede en la “cocina” o “trastienda de la intervención”, considerando que las intervenciones profesionales de las y los trabajadoras/es sociales escapan a cualquier aprehensión que considere sólo su dimensión técnica-instrumental. La resolución metodológica se inspiró en la propuesta de la Intervención Sociológica (Touraine, 1983, 1986; Dubet, 1987, 2006) a partir de la cual se desarrollaron sesiones de debate con trabajadoras y trabajadores sociales de las ciudades de Paraná y Santa Fe. De las diferentes hipótesis que fueron trabajadas en el transcurso del proceso de investigación, para este artículo se decide poner el foco en el análisis de un tópico que se reveló central en los procesos de intervención profesional: la escucha. Palabras claves: trabajo social, intervención profesional, escucha Resumo: Este artigo contém reflexões produzidas no âmbito do projeto de investigação: “Construçãode intervenções profissionais. Um estudo a partir das práticas relatadas por assistentes sociais de Santa Fé e do Paraná ”. Ele mesmo procurou reconhecer e compreender o que se passa na "cozinha" ou "sala dos fundos da intervenção", considerando que as intervenções profissionaisdos assistentes sociais escapam a qualquer apreensão que considere apenas a sua dimensão técnico-instrumental. A resolução metodológica foi inspirada na proposta da Intervenção Sociológica (Touraine, 1983, 1986; Dubet, 1987, 2006) a partir da qual foram desenvolvidas sessões de debate com assistentes sociais das cidades do Paraná e Santa Fé. Que foram trabalhadas durante a pesquisa processo, para este artigo optou-se por focar na análise de um tema que foi central para os processos de intervenção profissional: a escuta. Palavras-chave: serviço social, intervenção profissional, escuta. 1 Las reflexiones contenidas en este artículo son producto del Proyecto de investigación “Construcción de las intervenciones profesionales. Un estudio a partir de las prácticas relatadas por trabajadores sociales de Santa Fe y Paraná” radicado en la Facultad de Trabajo Social de la UNER y tienen como principal insumo el valioso aporte de las y los trabajadores sociales de las ciudades de Paraná y Santa Fe que participaron de las diversas sesiones de debate contempladas en el transcurso de la investigación. Asimismo, se destaca el apoyo brindado y el compromiso asumido por el Colegio de Profesionales de Trabajo Social de la 2da circunscripción de la provincia de Santa Fe en lo referente a la difusión del proyecto, la convocatoria de las y los colegas y la disposición del espacio de la sede institucional para llevar a cabo las distintas sesiones de trabajo.
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    18 Introducción El presente artículoaborda una serie de reflexiones que tienen su origen en el Proyecto de Investigación: “Construcción de las intervenciones profesionales. Un estudio a partir de las prácticas relatadas por trabajadores sociales de Santa Fe y Paraná” radicado en la Facultad de Trabajo Social de la UNER2 . En el mismo se procuró reconocer y comprender lo que sucede en la “cocina” o “trastienda de la intervención”3 y para ello, se partió de considerar que las intervenciones profesionales de las y los trabajadoras/es sociales escapan a cualquier aprehensión que considere sólo su dimensión técnica-instrumental. Asimismo, se sostuvo que las modalidades que asumen las intervenciones profesionales dan cuenta de un conjunto de factores y actores que se ponen a jugar en el propio proceso, por lo que fue necesario distanciarse de aquellas propuestas en las que lo metodológico queda subsumido al cumplimiento de etapas. La resolución metodológica se orientó en la propuesta denominada Intervención Sociológica 4 (Touraine, 1983, 1986; Dubet, 1987, 2006), la cual posibilitó el despliegue de diferentes acciones y estrategias dentro de las cuales las sesiones grupales y entrevistas con trabajadoras y trabajadores sociales de las ciudades de Paraná y Santa Fe5 fueron centrales para construirel proceso de análisis en la búsqueda de dar respuestas a la pregunta de investigación. De las múltiples hipótesis que fueron trabajadas en el transcurso del proceso de investigación, para este artículo se decide poner el foco en el análisis de un tópico que se reveló central enlos procesos de intervención profesional: la escucha. En las diferentes instancias del trabajo de campo que incluyó la investigación se observa enlos relatos y debates de las y los profesionales participantes una referencia persistente e insistente a la práctica de la escucha. El Trabajo Social es representado por ellas y ellos como un oficio que tiene como materia primera el encuentro con otras y otros, y la escucha en ese encuentro se revela como imprescindible. 2 La investigación se desarrollo en el período 2017-2020, y el quipo de investigación se encuentra integrado por: Mg. Carmen Inés Lera (directora), Mg. M. Florencia Serra (co-directora) , Lic. Silvina Bolcatto, Lic. Ivón Frank, Mg. Alicia Genolet, Lic. Lorena Guerriera, Dra. Griselda Parera, Mg. Verónica Rocha, Lic. Zunilda Schoenfeld. 3 Siguiendo las motivaciones expuestas en la trastienda de la investigación de Wainnerman y Sautu, (2001) 4 La Intervención Sociológica es un método de investigación social que surge en Francia en la década del 70 y el contexto de surgimiento se sitúa en el movimiento del mayo francés de 1968. Touraine define a este método como un nuevo tipo de trabajo teórico y empírico en torno a los movimientos sociales. Su propuesta no apunta a describir lo que acontecía, sino fundamentalmente a captar el sentido de las acciones. Este método en su devenir fue incorporando nuevos campos de conocimiento (el terrorismo, el racismo, del antisemitismo diversas formas de violencia, los jóvenes de los barrios populares, los estudiantes, los profesionales del trabajo sobre los demás (trabajadores sociales, enfermeras, docentes…), los enfermos del cáncer, entre otros) y consolidando una tradición que se resignifica a partir de las contribuciones de diferentes autores. Tradición que mantiene aún escasa visibilidad en el terreno de las ciencias sociales
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    19 Aunque reconocer lacentralidad de la escucha puede resultar una obviedad, esa mismaobviedad podría explicar las razones por las que dicha categoría se encuentra escasamente tematizada al interior de las producciones específicas de Trabajo Social y naturalizada en el cotidiano del ejercicio del oficio. En consideración a ello las reflexiones que se despliegan a continuación se inscriben en un intento de interrogar la práctica de la escucha en la intervención de trabajadoras/es sociales y apuntar algunas claves para su tematización. 1- La centralidad de la escucha: ¿para qué y desde dónde escucha un trabajador social? Es innegable que la escucha no es privativa de la profesión de Trabajo Social. Es más,podríamos preguntar si existe profesión de lo social que prescinda en su ejercicio de la práctica de la escucha. La pregunta sería entonces ¿qué es lo que distingue a la escucha que hace un trabajador social respecto de otras escuchas profesionales? Si tomamos el caso de la escucha psicoanalítica, de un modo muy básico, podemos identificarqué es lo que la distingue de otras prácticas de escucha. Un cuerpo conceptual a partir del cualse decodifica la escucha: la teoría psicoanalítica, un tipo de relación paciente-analista y un objetivo: la cura analítica. Para el caso del Trabajo Social, Saül Karsz (2007) expresa que a los públicos se les oye, no con los oídos, sino con “tablas de escucha” adecuadamente preparadas. La escucha debe estar instruida y tan lúcida como sea posible. El autor refiere al esfuerzo de comprender qué teorías obran en la práctica profesional y qué prácticas son posibles o imposibles según la teoría con la que se está operando. En este sentido, expresa que el problema real consiste en comprender cómo y por qué, en el ejercicio del oficio, teoría y práctica están siempre unidas, ligadas y las situaciones desde allí son descifradas, categorizadas y significadas. “Importa la palabra cargada de sentido, portadora de significados” y agrega: “El devenir de los usuarios depende de la práctica teórica que agentes e instituciones acepten o no realizar” (2007:63) Sin embargo, en las sesiones grupales observamos en los relatos de las y los trabajadoras/es sociales que no resulta tan sencillo efectuar tales distinciones, lo que de ningún modo supone que se trata de una escucha vacía de sentidos o ecléctica en relación al desde dónde se produce y para qué. Al seguir algunas pistas en torno a la pregunta ¿desde dónde escucha un trabajador social? reconocimos múltiples adjetivaciones que las y los profesionales le atribuyen a la escucha: atenta, amplia, activa, respetuosa, generadora de confianza, no inquisidora, no sancionatoria. Una escucha que interroga y que se interroga a sí misma, que no debe hacerse esperar, que seacapaz de sorprender al profesional una y otra vez, porque si no, como advierte una participante, si todo nos da igual nos estancamos. Además, para estos profesionales la escucha se presenta como condición para generar un clima y espacio que le permita al otro sentirse reconocido, respetado, valorado en su discurso, sus trayectorias y experiencias cotidianas. Proceso activo que conlleva gestos, silencios, expresiones, posturas, entre otras acciones y palabras que ponen en juego todos los sentidos. Que el otro pueda saber y sentir que para mí es importante lo que le está pasando”, “en la manera como uno abre el diálogo va captando, procesando y comprendiendo lo que le pasa al otro, son algunas de las expresiones que dan cuenta de ello. 5 En estas instancias participaron trabajadoras y trabajadores sociales que se desempeñan en diferentes ámbitos socio-ocupacionales: salud, salud mental, educación, niñez, seguridad social y justicia; selección que se conformó atendiendo a la heterogeneidad de las problemáticas que aborda el Trabajo Social. Para ello, y a los fines de conformar los grupos, se llevó a cabo una exploración de la demografía de profesionales en ejercicio en cada una de las ciudades mencionadas.
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    20 Una trabajadora socialmanifiesta que, ante demandas complejas y heterogéneas, en la escuchase propone investigar cada una de ellas intentando abordar interrogantes como los siguientes: ¿por qué llegan?, ¿quién deriva?, ¿cuáles han sido los recorridos institucionales de esas personas? (...) mi posicionamiento hace que escuche al otro desde una perspectiva integral… es preciso des-encorsetar aquellas miradas que clasifican al otro. Una escucha orientada a elaborar un diagnóstico integral, no fragmentado de la situación, en donde lo que le sucede a ese otro, cómo transita y tramita eso que le sucede, qué siente, cómo se siente, qué desea, qué recursos (tanto materiales como simbólicos) dispone para enfrentarsu problemática, va a tener efectos en la estrategia de intervención propuesta. De este modo comienzan a delinearse algunos para qué de la escucha, vinculados al conocimiento de la situación a intervenir, y también algunos desde dónde, vinculados a la posición que se le otorga al otro como sujeto co-implicado en la producción de la estrategia deintervención. Da cuenta de ello la expresión de otra profesional cuando afirma que el trabajador social no da consejos, al estilo te resuelvo la vida en cinco minutos. Advertimos que, aún en sus imprecisiones, la escucha alude tanto a un procedimiento orientado al conocimiento/diagnóstico de la situación que demanda la intervención, como aun modo particular de producir, modificar aquello que se está apuntando conocer. 2- Derivas de la escucha. Tomando como insumos las producciones y discusiones de las y los profesionales en las sesiones grupales elaboramos una serie de tópicos que intentan condensar algunos discursos y orientaciones que puede asumir la escucha en la intervención profesional. Tópicos que no configuran modelos nítidos y excluyentes, sino que constituyen posiciones compartidas por algunos y discutidas por otros. 3.1- Una escucha que hace lazos La práctica de escucha siempre remite a un otro. Para las y los profesionales de nuestro estudio ese otro es representado en los destinatarios de sus intervenciones, como así también en colegas y profesionales de otras disciplinas con los que comparten su labor. En este punto nos disponemos a pensar en la relación con los primeros. Escuchar para comprender lo que le sucede a ese otro, escuchar para habilitar al otro a que pueda reconocerse en sus deseos, intereses, son algunos de las expresiones que se orientan a dar cuenta del sentido que asume la escucha en el contexto de la intervención profesional. Una escucha que se presenta como medio y como fin, como continente y como contenido. Una de las participantes hace referencia a la escasez de escucha del otro. El no ejercicio de la escucha, la indiferencia, el hablar encima del otro, la dificultad para tener empatía con el otro, son definidos como rasgos del modo contemporáneo de vivir en sociedad, rasgos que parecen interpelar la práctica de los trabajadores sociales, a la vez de marcarle su condición de posibilidad: hacer lazo con el otro. Afirmar que en la intervención profesional la escucha del otro se orienta a hacer lazo, requiere necesariamente interrogar ¿qué tipo de lazo se hace? Y aquí las argumentaciones se tornan más complejas en su elucidación.
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    21 Decíamos que unode los modos de adjetivar la escucha por parte de las y los profesionales es el de escucha activa. Ello, según sus dichos implica reconocer algo que se pone en juego en esa relación, un ida y vuelta La escucha es escenificada en el encuentro, en el acompañamiento y en la posibilidad de pensar alternativas de acción a la situación que deriva dicho encuentro. Tal como manifiesta una profesional no es solo la escucha, es también la respuesta, desde el lugar que nosotros intervenimos para que el otro nos escuche. Si yo lo escucho y sólo lo escucho, no es nada. Desde este mismo puesto de observación Carballeda sostiene que «la denominada “escucha activa” implica un interesarse por ese Otro, estar disponible, aceptándolo como es, dandolugar a otras perspectivas o formas de comprensión y explicación» (2015: 58-59). Y agrega «la ausencia de estos lugares, actividades, espacios que faciliten la posibilidad de escuchar, explica la exclusión y la ratifica, generando otro tipo de identidades y pertenencias efímeras, en soledad» (2015: 58) En este sentido la escucha supone para las y los profesionales de nuestro estudio un modo de hacer lazo en dos sentidos: por un lado, estar al lado de, reconocerlo en tanto sujeto libre, con intereses, deseos y, por otro lado, ciertos horizontes hacia donde se debe acompañar a ese otro: que sea menos sujeto y más actor social, que se autonomice, que ejerza sus derechos, sea más libre incluso, aclara una participante, más libre de nosotros mismos. Y es en ello que se dirimen los sentidos que asume la intervención profesional. Carballeda argumenta que escuchar es una necesidad y por lo tanto se constituye en un derecho. Derecho a ser escuchado, pero en una escucha activa que implica interesarse por ese otro. Aquí resulta interesante detenernos a reflexionar en las referencias que hacen las y lostrabajadoras/es sociales a una posición de disponibilidad de escucha al otro. ¿Qué significa pensarse disponible para un otro?, ¿cuáles son los alcances y los límites de dicha disponibilidad? Disponer de un tiempo para la escucha supone para estos profesionales la posibilidad de detenerse a pensar en el otro y habilitarlo en su palabra. Supone desafiar un contexto de extremo individualismo, de fragilidad del lazo social y de una racionalidad neoliberal que atraviesa y configura los modos de estar y relacionarse con los otros. Así, en la lectura de los relatos es posible inventariar una serie de verbos que giran en torno a la práctica de escucha: orientar, ordenar, encauzar, satisfacer, aconsejar, contener, asistir, derivar, ayudar, dar una respuesta, creer, controlar, ir más allá…Acciones que siempre implican hacer lazo, pero cuyos bordes se presentan difusos y demandarán ser precisados. Cuando decimos precisar no nos referimos a buscar una certeza en torno a cada uno de los verbos aludidos, tampoco al trazado de una frontera que de antemano señale hasta dónde el trabajador social estará disponible para el otro. Sino que estamos apelando a la “definición de unas coordenadas que se modificarán con un recorrido, pero sin las cuales no habrá recorrido posible” (Frigerio, 2017:43). Entonces, pensar a Trabajo Social como un oficio del lazo nos convoca a asumir sus modalidades múltiples, las potencias que derivan de la diversidad de campos problemáticos e instituciones en las que se inserta y de la variedad de prácticas que se ponen en juego en ellas. A la vez, sus efectos deberán ser considerados siempre en cada situación singular. Y es precisamente en estas referencias que reconocemos pistas que nos acercan a los haceres y los estar siendo6 de este oficio.
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    22 3.2- Una escucha¿específica? Las y los profesionales no dudan en admitir que Trabajo Social ejerce una escucha que le es específica y que se distingue de las escuchas que practican otras profesiones. ¿Qué es los que la distingue?, es una de las preguntas a desandar que convoca las sesiones con los profesionales. Aquí los debates se deslizan en argumentaciones cuyo punto de partida es la oposición, o sea lo que la escucha del trabajador social no es… porque por ejemplo el médico atento a lo que escucha de la persona diagnostica y médica. La persona, el enfermo no tiene derecho a refutar lo que dice el médico. En cambio, nosotros, con la intervención con el otro es un ida y vuelta... Incluso, para poner un ejemplo más del psicoanálisis lacaniano, esto del diván… unoya corporalmente está acostado, que también se le dice paciente En estas expresiones identificamos dos cuestiones a destacar. Por un lado, podemos advertir ciertos modos estereotipados de representar la escucha de las otras profesiones, a partir de las cuales se busca demarcar la escucha propia. Y por otro lado, la dificultad de capturar qué seríaaquello que distingue a ésta última. Un tipo de escucha que se sabe específica pero no se termina de alcanzar a precisar, entonces la definición por la negativa parece resultar un modo de aproximarse a aquello que se vuelve escurridizo en su aprehensión. Dubet en su estudio sobre las experiencias de trabajadores sociales advierte esta misma operatoria: “A lo largo de gran cantidad de sesiones de trabajo, el oficio- o más bien la vocación- se define por la negativa, por aquello que él nos es (…) (2006:275), “(…) nunca se sabe en verdad de modo positivo qué es esa especificidad profesional a cuyo respecto nadie tiene dudas, pero que nadie puede definir sin rodeos, ya que toda fórmula cerrada estáinevitablemente destinada al fracaso.” (2006:278) En nuestro caso, esta suerte de porosidad en la especificidad de Trabajo Social parece no sólo expresarse en la autoimagen que las y los profesionales tienen de sí mismos, sino que además es atribuida a los modos como sienten que son representados por los otros. “Es la representación social de la profesión en comparación con otros. Como, por ejemplo, elabogado, se sabe qué hace el abogado, el médico qué hace el médico, nosotros es como que hacemos todismos, somos todólogos… y me parece que esa es la representación social que tienen los demás de nosotros… Retomando a Dubet en la cita que antecede “toda fórmula cerrada está inevitablementedestinada al fracaso”, sería posible argumentar que los rodeos al momento de dar cuenta de la especificidad, lejos de planteárselo al trabajador social como una debilidad o un déficit, podrían ser pensados en la potencia de aquello que se resiste a ser clausurado. 3.3. Un olfato para escuchar Las referencias de las y los trabajadoras/es sociales en torno a lo que supone para ellas/os la práctica de la escucha deja entrever modos en los que pareciera ponerse en acto un cierto “olfato” adquirido en el propio ejercicio del oficio. Es la intuición, la práctica, la experiencia que nos ha dado que ciertas cuestiones que dice o hace que a vos te da cierta suspicacia, que te hace ruido, que te hace repensar ¿Estarán diciendo todo? ¿Estarán diciendo la verdad? 6 términos tomados de Adriana Frigerio en “Oficios del lazo: mapas de asociaciones e ideas sueltas” (2017:48)
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    23 ¿Falta algo? Intuición, práctica,experiencia, suspicacia, se presentan como términos que intentan nombrar aquello que no se encuentra en los saberes que se enseñan en la academia- y que por ello resulta difícil de delimitar-, aquello que se aprende y se desarrolla en la experiencia, la misma experiencia que hace oficio. La figura del baqueano, metáfora que introduce Fernando Ulloa al pensar el trabajo clínico en las instituciones, es recuperada por Daniel Korinfeld para pensar los oficios del lazo. Baqueano alude a “una relación particular con el territorio, un conocimiento adquirido producto de la experiencia, un conocimiento que se nutre de encontrar y poder leer ciertos signos, reconocer huellas, a veces inhallables e inadvertidas para otros (…)” (2017:30).“Mirá, ni me digas a qué venís…” Es parte del folclore de la oficina… Mirá, viene a pedir un subsidio… mirá la llave del auto, es importado… esas cosas están todo el tiempo…hay un olfato en las intervenciones de hacia dónde van dirigidos, o hacia dónde está pensando esta persona y su demanda que no siempre está expresada de manera lineal. A veces tampoco las personas la tienen muy claro, y uno puede y a lo largo de los años va encontrando ese “a quévino”. Imágenes de un trabajador social que deviene baqueano, en tanto dispone de una escucha entrenada, una mirada aguda que rastrea señales, detecta indicios, “que sabe vislumbrar el horizonte y el clima y que se posa en los detalles porque allí encuentra algunas claves para seguir el camino". (Korinfeld, 2017:30) Si bien la experiencia es el continente donde se desarrolla este 'olfato' para la escucha, es preciso reconocer que su contenido no se nutre sólo de la experiencia. En este punto, Karsz (2007) refiere a la “escucha abierta” del trabajador social como un dispositivo cuyo manejo supone aprendizajes teóricos y técnicos, incluyendo además el trabajo de la propia subjetividad de quien la ejerce. “Es una determinada postura que se adquiere nunca por completo, ni sin contradicciones, en el curso de una práctica profesional más o menos prolongada” (2017:133). Entonces mientras vas haciendo la escucha, sabés con qué recursos contás, que además, no son siempre los mismos …. Y la escucha también te permite tener un olfato de cómo ir haciendo esas intervenciones. Es re complicado. “Escuchar con el tercer oído” es una expresión empleada por los músicos y Richard Sennet la evoca en el relato de sus primeras incursiones en el oficio de sociólogo. “En música, esta experiencia es difícil, pero simple; un chelista corrige el sonido a medida que lo produce, por ejemplo, modulando la presión del arco apenas comienza a oírse el sonido” (2003: 50). Algo así parece suceder en la práctica de la escucha de las y los trabajadoras/es sociales. Siempre es singular y no puede transferirse, y ante cualquier intento de definir, sistematizar o formalizar en un saber específico pierde su potencia en la medida que se fija en un “es” para dejar de “estar siendo”. Y de aquí que la intención de conocer más sobre el modo como ella seejerce encuentra su límite. ¿Cómo conocer un saber hecho de hipótesis que se ponen a prueba una y otra vez en cada situación singular y que además siempre está dispuesto a reformularse?
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    24 3.4 Más acáy más allá de la escucha La heterogeneidad de las narrativas que circularon en las sesiones de la investigación ponende relieve figuras de la escucha que, aun reconociéndose siempre condicionada, se configura como medio, como fin y también más. Los mandatos institucionales, la disponibilidad o no de recursos, las lógicas políticas muchas veces a contramano de los intereses y necesidades de las y los destinatarias/os de las intervenciones, los expedientes que ponen etiquetas que se anticipan al encuentro con el otro, la propia subjetividad puesta en juego, son algunos de los múltiples escollos en los que, segúnlas y los profesionales, se tramita la escucha en el marco del ejercicio del oficio. Escuchamos en contextos y escenarios que tienen sus propias tonalidades, sonidos y silencios,éstos constituyen el telón de fondo de ese acto. Pueden ser hostiles o acogedores, facilitando uobstruyendo la interacción de quienes hablan. La escucha implica entendimiento, selección dela información que surge de la palabra del Otro, intento de captar su lógica discursiva, determinación de los detalles importantes del relato, reflexión sobre el contenido de éste y análisis del sentido de lo dicho (Carballeda, 2015) En los modos singulares de enfrentar estos escollos cohabitan, no sin disputas, los sentidos que puede asumir la escucha. Escucha que no es neutral, siempre está condicionada, por el contexto, las lógicas institucionales y las subjetividades que se ponen en juego en esa relación. Escucha que no es reglada. No hay pautas que la protocolicen, ni manuales para la escucha. Y vas, como yo digo, artesonando todo el tiempo y buscando con el otro una solución a ese problema… Escucha que no es unidireccional. Es comunicación, interacción, intersubjetividad. Escucha que busca no juzgar al otro y que es interpelada cuando prejuzga. Escucha activa, abierta, entrenada. Punto de partida de la intervención, medio para conocer lo que le pasa al otro, pero también, en algunos casos y para algunos profesionales, un fin en sí mismo. Escucha que es intervención profesional. Escucha que desde las posiciones de algunos profesionales, cuando se presenta aislada, puede ser un espacio de contención emocional, pero no es una intervención profesional. Escucha, además, que en ocasiones es lo único posible. 3- Conclusiones Los tópicos abordados aquí de ningún modo agotan la riqueza de los debates dados en las sesiones grupales con las y los profesionales que abarcó el proceso investigativo. Dichos tópicos revelan la multiplicidad de formas y capas de sentidos que puede asumir la práctica dela escucha en Trabajo Social, a la vez que nos señalan pistas para seguir pensando cómo se configuran las intervenciones profesionales. Ante todo nos enfrentamos ante una práctica que “es” siendo y que en su puesta en acto involucra saberes, técnicas, fundamentos teóricos y ético políticos que se conjugan con aquellas destrezas adquiridas en la propia experiencia.
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    25 Identificamos la escuchacomo un modo de hacer lazo, pusimos en interrogación la especificidad de la escucha, reconocimos el desarrollo de un olfato para la escucha e intentamos bucear más acá y más allá de la escucha. Múltiples derivas de la escucha, escuchas que no quedan, ni pueden, quedar a la deriva. Práctica que renuncia a ser reglada, que insiste en la pregunta que siempre abre y resiste a suclausura. Práctica que se reinventa una y otra vez en la singularidad de cada caso-situacióncon la que las y los profesionales se encuentran, en cada contexto particular en que la mismase despliega. Referencias bibliográficas Carballeda, A. (2015). La escucha como proceso. Una perspectiva desde la intervención social, en S. Faraone et al. (Comps.) Determinantes sociales de la salud mental en ciencias sociales. Actores, conceptualizaciones, políticas y prácticas en el marco de la Ley 26657. Sociales-UBA, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Carballeda, A. (2012). La intervención en lo social como proceso. Editorial Espacio, Buenos Aires. Carballeda, A. (2008). Escuchar las prácticas. Editorial Espacio, Buenos Aires. Dubet, F., & Bradu, F. (1987). Los criterios de validación en la intervención sociológica. Estudios Sociológicos, 5(15), 555-573. Retrieved February 13, 2021, from http://www.jstor.org/stable/40419948 Dubet, F. (2006). El declive de la institución. Profesiones, sujetos e individuos en la modernidad. Editorial Gedisa, Barcelona. Karsz, S. (2007). Problematizar el trabajo social. Definición, figuras, clínica. Gedisa, Barcelona. Korinfeld, D. (2017). De Pandora, baqueanos e instituciones. Tres notas desde los Ateneos de Pensamiento Clínico, en G. Frigerio, D. Korinfeld y C.Rodriguez, Trabajar en instituciones: los oficios del lazo (pp. 15-40). Noveduc, Buenos Aires. Sennet, R. (2003). El respeto. Sobre la dignidad del hombre en un mundo desigual. Edit. Anagrama, Barcelona. Touraine, A. (1986). Introducción al método de la Intervención Sociológica. EstudiosSociológicos IV. Recuperado el 12 de diciembre de 2020, de estudiossociologicos.colmex.mx/index.php/es/article/view/1212/1212 Touraine, A. (1983). La intervención sociológica. Revista Punto de Vista, N° VI N°19.Buenos Aires. WSWD2021 Día Mundial del Trabajo Social. UBUNTU, yo soy porque nosotros somos Fortaleciendo la solidaridad social y la conectividad global El Día Mundial del Trabajo Social es el 16 de marzo de 2021. Es el día clave del año en el que los y las trabajadores sociales de todo el mundo se unen para promover nuestro mensaje común a nivel mundial. Este año, el Día Social Mundial 2021 destaca Ubuntu: Yo soy porque nosotros somos. Este es el primer tema de la Agenda Global 2020-2030 para el Trabajo Social y el Desarrollo Social
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    26 Pronunciamiento de FAAPSSen disconformidad con la actividad "El Rol del Trabajo Social en contexto de Encierro" en la Universidad de Lomas de Zamora Desde la Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Trabajo Social expresamos nuestra total disconformidad con la actividad a realizarse por diversos actores institucionales de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Lomas de Zamora denomina *"El Rol del Trabajo Social en contexto de Encierro". Advertimos con preocupación que en dicha actividad virtual no participen como expositores profesionales del Trabajo Social. Es inadmisible que buscando visibilizar la necesidad y pertinencia del desarrollo del rol profesional en el contexto de encierro, se cercena nuestra palabra y sea OTRO/OTRA profesión quien hable por nosotres. El desarrollo histórico, los fundamentos teóricos metodológicos y los posicionamientos éticos políticos que desde sus inicios ha desarrollado el Trabajo Social son sustentos suficientes para asumir un rol protagónico y hablar en primera persona. En este mismo sentido, tanto la Ley Federal de Trabajo Social Nro. 27072 como cada una de las leyes provinciales son clara en definir y resguardar las incumbencias, los derechos y los deberes profesional. Por todo esto invitamos a las autoridades y disertantes convocades a reconfigurar la propuesta toda vez que constituye una injerencia. Asimismo, acompañamos al colectivo provincial y local en las acciones y gestiones por elles iniciadas.
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    27 Representaciones Sociales delos Adolescentes sobre la Violencia Escolar González, Darío Alfredo. *1 Mariani, Lucio A.* DESCARGAR ARTÍCULO Resumen Esta producción intenta socializar sintéticamente el trabajo realizado en el año 2019 cuyo objetivo fue conocer las representaciones sociales de los estudiantes del último año de una Escuela Técnica de la Ciudad de Corrientes sobre la violencia escolar. Para ello se propusieron tres ejes: describir las representaciones sociales sobre la violencia escolar de los estudiantes; caracterizar las situaciones de violencia escolar percibidas por los estudiantes e identificar las estrategias de prevención, abordaje resolución de situaciones de violencia escolar empleadas por la institución educativa, durante el ciclo escolar. Surge como interrogante central entonces ¿Cuáles son las representaciones sociales sobre violencia escolar de los estudiantes de esta Escuela Técnica de la Ciudad de Corrientes?. Este interrogante medular, intenta entender acerca de construcciones colectivas, desde un plano simbólico a través de las verbalizaciones de los propios actores. Los resultados son puestos en análisis para finalmente concluir con reflexiones que permitan contribuir en las intervenciones sociales situadas en ese contexto educativo. Palabras Claves: Trabajo Social. Violencia Escolar. Representaciones Sociales Resumo Esta produção tenta socializar sinteticamente o trabalho realizado em 2019 cujo objetivo era conhecer as representações sociais dos alunos do último ano de uma Escola Técnica da Cidade de Corrientes sobre violência escolar. Três eixos foram propostos para fazer isso: descrever representações sociais sobre a violência escolar dos alunos; caracterizar as situações de violência escolar percebidas pelos alunos e identificar estratégias de prevenção, abordar a resolução de situações de violência escolar empregadas pela escola, durante o ano letivo. Surge como uma questão central, então Quais são as representações sociais sobre a violência escolar dos alunos desta Escola Técnica da Cidade de Corrientes?. Essa questão medular tenta compreender sobre construções coletivas, desde um plano simbólico até as verbalizações dos próprios atores. Os resultados são colocados em análise para concluir com reflexões que permitam contribuir para as intervenções sociais localizadas nesse contexto educacional. Palavras-chave: Violência escolar. Representações Sociais. Trabalho Social 1 Profesores Universitarios en Trabajo Social. Docentes del Instituto Superior de Servicio Social “Remedios de Escalada de San Martin”. Corrientes
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    28 I.-El Trabajo Socialen contextos educativos Las instituciones escolares, representan espacios vertebradores de procesos de socialización de niños, niñas y adolescentes. Que a su vez se insertan el sistema educativo, no solo como parte de su desarrollo y formación; sino también, aspiran a mejorar la calidad de vida de los actores que diariamente transitan esos espacios. Si bien el rol de primeros educadores lo asumen los padres en el seno familiar; es en la escuela donde se consolidan procesos de socialización de los educandos. Así también, la escuela ha experimentado cambios sustanciales, devenidos de procesos sociales, económicos, históricos y culturales, por ejemplo: hacia dentro de las instituciones se aspira a modelos educativos más participativos, se han producido importantes innovaciones pedagógicas en el proceso de enseñanza – aprendizaje. Y por otra parte, la escuela se inserta en un contexto local que le imprime características propias, y como toda organización es permeable a las transformaciones sociales. Es así que, la Federación Internacional de Trabajadores Sociales, considera a la escuela como uno de los pilares de prevención; espacio por excelencia donde es posible detectar problemas familiares y sociales emergentes, lo cual facilita una intervención temprana. Para Bruno, Lapides y Veloso (1999) el rol del Trabajador Social surge históricamente como una extensión de lo normativo, del control social, que en la Argentina, así como en otros países, supo construir categorías para identificar, clasificar, encasillar y etiquetar procesos, familias, situaciones. Esto último, fue superado a la luz de nuevas teorías y reglamentaciones en torno a la profesión. A su vez, el ejercicio y las incumbencias profesionales, en la Argentina, se encuentra reglamentado a través de la Ley N° 27.072, entiende el Trabajo Social “a la profesión basada en la práctica y una disciplina académica que promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social, y el fortalecimiento y la liberación de las personas” (art. 4° de la Ley 27.072) La incorporación de principios rectores como “los derechos humanos, la justicia social, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad” (art. 4° de la Ley 27.072) otorgan un marco de inserción profesional de mayor complejidad. Mientras que las instituciones educativas, si bien conservan un cierto grado de autonomía, son estructuras verticalistas, donde predomina lo normativo, lo establecido, aquello instituido por sobre lo instituyente. El Trabajo Social, no debe replegarse sólo a lo normado, sino que debe indagar en los intersticios, desestructurar estigmas y deconstruir el objeto de la práctica diaria; labor, tiempo y espacio se conjugan en la acción. Es así, que entender miradas y posicionarse en la cuestión social desde las propias interpretaciones de los sujetos cobra relevancia para conocer y abordar una problemática multicausal como es la violencia en las escuelas. En ese sentido, las representaciones sociales es una herramienta valiosa, no solo dentro del campo de la psicología social, sino también para otras disciplinas que intervienen en lo social; en ella se unifican dos dimensiones lo individual y lo colectivo, en una dinámica de interacción simbólica de pensamiento y acción. II.- Las representaciones sociales A medio siglo del surgimiento de la teoría de las representaciones sociales, se ha consolidado como corriente epistemológica para pensar e investigar el conocimiento del sentido común. Petracci y Kornblit (1998) mencionan que esta idea tiene su principal vertiente en las teorías de Emilie Durkheim quien planteó que la existencia de representaciones colectivas que se imponen a las personas como naturales; así también
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    29 sumaron Heider (1985)acerca de la psicología ingenua; Schutz (1973) sobre la fenomenología; el interaccionismo simbólico de Berger y Luckman (1968), son algunas teorías desde donde se posicionó Serge Moscovici (1961) para desarrollar tres aspectos: • El carácter productor del conocimiento, es producido de forma inmanente con los objetos sociales conocidos. • La naturaleza social del conocimiento, la comunicación e interacción entre sujetos, grupos e instituciones • La importancia del lenguaje y la comunicación, a través de los cuales se transmite y crea realidad; así como también el marco en que la realidad adquiere sentido. Jodelet (1984) refiere que representar es un equivalente del objeto, no es igual, sino que es algo mediado por una figura similar. Y en la representación es donde emerge el contenido correspondiente. De este modo, las RS “constituyen sistemas cognitivos en los que es posible reconocer la presencia de estereotipos, opiniones, creencias, valores y normas que suelen tener una orientación actitudinal positiva o negativa” (Araya Umaña; 2002, p. 11) Al respecto, Petracci y Kornblit (1998) establecen que los actos del pensamiento que produce la relación del sujeto con el objeto tienen dos momentos: la objetivación y el anclaje. En ese sentido, la objetivación, según Jodelet (1986) es una “operación de imagen y estructurante”; para Moscovici este proceso conforma el núcleo de la verdadera representación social. Y a su vez convergen tres pasos: • Construcción selectiva: cuando el sujeto se apropia de la información circulante sobre una teoría. • Esquematización estructurante: es el proceso por el cual las informaciones circulantes, que han sido incorporadas (tomadas) selectivamente por el sujeto se organizan para dar una imagen del objeto. • Naturalización: cuando este modelo figurativo adquiere el status de evidencia. El anclaje, refiere al momento en que esos elementos objetivados se integran a los esquemas de pensamiento y se enraíza al sistema de significaciones –culturales, sociales, ideologías- adquiere un valor y a partir de allí orienta las prácticas sociales. Petracci y Kornblit (1998) Las RS no se tratan de opiniones momentáneas y fragmentada, se trata de construcciones figurativas y simbólicas; de categorización y clasificación, material y social del mundo que legitiman y preservan un orden establecido. Conceptos afines a las Representaciones Sociales Como se ha expresado en el apartado anterior, las producciones mentales que se originan desde el colectivo social son varias. Las cuales tienen una base cultural e histórica, que tienen la función de orientar la interpretación de la realidad; que en oportunidades se utilizan como sinónimos de RS, sin embargo, son producciones que asumen otras formas, campos e interpretaciones. Al respecto, se sucinta en el cuadro siguiente:
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    30 Términos Definición Relacióncon las Representaciones Sociales Ideología Es el pronunciamiento explícito de ciertos grupos políticos, religiosos, etc. Que están en el poder Si se expanden y se convierten en implícitamente compartidas se las podría considerar en términos de RS Imagen Es una reproducción pasiva de un exterior en un interior. Esto equivale a decir que la imagen se construye esencialmente como reproducción mental de un objeto exterior y se relaciona básicamente con los mecanismos perceptivos. Las RS, lejos de constituir una reproducción especular de cierto objeto exterior, consiste en un proceso de construcción mental de un objeto cuya existencia depende en parte del propio proceso de representación Creencias Implican un compromiso explícito y reflexivo con algo. El contenido de una creencia puede: a) describir el objeto de la creencia como verdadero o falso, correcto o incorrecto; b) evaluarlo como bueno o malo; c) instar un cierto curso de acción, como tendencia, predisponían, orientación. Es uno de los elementos que conforman el campo de la representación Percepción Los estudios de percepción social se centran en los mecanismos de respuestas sociales y de procesamiento de la información Las RS son los modos de conocimiento y los procesos simbólicos en su relación con la visión de mundo y la actuación social de los seres humanos Estereotipos Refieren a modos de conocimiento y los procesos simbólicos en su relación con la visión de mundo y la actuación social de los seres humanos. Las RS se diferencia de los estereotipos por su función: los estereotipos son el primer paso en el origen de una representación; cuando se obtiene información de algo o de alguien se adscribe en el grupo o situación a las cuales ese grupo o situación pertenece, o sea los estereotipos cumplen una función de “economía psíquica” en el proceso de categorización social. Opinión Es una fórmula socialmente valorizada a la que las personas se adhieren y, por otra parte, una toma de posición acerca de un problema controvertido de la sociedad o de objetos sociales cuyo interés es compartido por el grupo. Los estudios de opinión se refieren a la toma de posición frente a cuestiones sociales de relevancia La diferencia entre la opinión y la RS es que esta última informa del contexto, de los criterios de juicio y de los conceptos subyacentes en la opinión, mientras que la opinión solo informa sobre la reacción de las personas hacia los objetos dados desde afuera independientemente de los y las actoras sociales.
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    31 Cuadro N°1. Términosasociados a las RS. Fuentes: Marková; 1996, pp 178- 179. Araya Umaña; 2001, pp 42- 48. De elaboración propia. III.- Las instituciones escolares y violencia La violencia institucional es una de las formas de la violencia social, esta última se experimenta en aquel acto de hostilidad y de agresión que se produce en el encuentro con el semejante. Y esto se da por excelencia en el seno de las instituciones y organizaciones que el sujeto conforma. Ahora bien, la noción de violencia escolar es una construcción social. Es un concepto fundado desde el colectivo social e impuesto por la opinión pública a partir de los medios masivos de comunicación, las redes sociales, entre otros. Y esta construcción social es solidaria con la responsabilidad que les cabe a las comunidades, que son las que construyen este tipo de nociones. El fenómeno de la violencia escolar se implanta como un discurso que permite construir una imagen sobre la realidad social. Esta imagen hace las veces de una envoltura formal de la problemática. Lo que se piensa en la actualidad con respecto a la violencia desplegada dentro del ámbito educativo tiene como potenciales culpables a los chicos violentos y a los padres violentos. Y también se piensa que este fenómeno se desarrolla activamente por negligencia de los docentes. La noción de violencia escolar define los procesos antidemocráticos provocados por el sistema educativo. Así, lo sostienen Imbert y Dottori (2013, p. 158) “El enfoque que adjudica la violencia escolar a una problemática de orden estrictamente individual o familiar depositada en los alumnos, elude su componente y compromiso colectivo”. Estas cuestiones vertidas, en la Argentina, cobraron relevancia a partir del año 2004, cuando el Ministerio de Educación de la Nación crea el Observatorio Argentino de Violencia en las Escuelas dependiente de dicha cartera. Esta entidad socializó información acerca del tema violencia en las escuelas de Nivel Primario y Secundario. Ejecutó un relevamiento que abarca el periodo 2005-2006 y otro en el tándem 2007-2008. Sistematizó los datos como también construyó material de apoyo y orientación para las instituciones escolares. Además, aportó un término interesante, el de incivilidades como el conjunto acciones que producen algún tipo de daño o bien lesionan intereses y valores sostenidos en el marco de reglamentaciones vigentes en códigos de convivencia escolar o reglamentos institucionales existentes en cada comunidad educativa. A modo de ejemplo se pueden mencionar: la rotura de útiles escolares, agresiones verbales (burlas e insultos), portar algún tipo de arma, hasta las pintadas o pegatinas en paredes de la escuela. (Ministerio de Educación; 2010)
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    32 Violencia dirigida ala institución escolar Se produce un daño material hacia la institución, consiste en destruir, inutilizar o dañar un objeto ajeno, en este caso es un bien de uso público. La mayoría de las escuelas sufren esta modalidad de violencia que provoca múltiples daños a las instalaciones y al mobiliario: paredes, bancos, sillas, pizarrones, ventanas, puertas, lámparas, material de libros e ilustraciones como mapas, afiches, armarios con material escolar, pintadas en las paredes. Las áreas más perjudicadas se registran en las aulas y zonas de baños. Para este caso se debe distinguir entre los daños provocados desde el interior de la propia escuela de aquellos provocados desde el exterior de la misma, especialmente en horas en que permanece cerrada. Violencia de los estudiantes dirigida a estudiantes De un tiempo a esta parte ha cobrado inusitada relevancia entre los estudiantes, más aún muchos asocian la violencia en las escuelas sólo con este tipo de situaciones, se lo conoce con el nombre de bulling o bullying. Aunque por el nombre parece algo reciente es un hecho que viene de lejos. Frases como “si te pegan vos dale más fuerte”, “tenés que aprender a defenderte solo”, muestran como la conflictividad entre adolescentes, niños o niñas más pequeños/as, está fuertemente enraizado en la cultura. Donde la violencia es una estrategia o medio para conseguir determinados objetivos, o por simple diversión. La definición de bullying refiere a intimidación y maltrato entre escolares, de forma repetida y mantenida, casi siempre, lejos de los ojos de los adultos, con la intención de humillar y de someter abusivamente a una víctima indefensa, por parte de uno o varios agresores a través de agresiones físicas, verbales y/o sociales, con resultados de victimización psicológica y rechazo grupal. Las formas en las que este puede presentarse son de varios tipos: • Intimidaciones verbales: insultos, motes, hablar mal de alguien, sembrar rumores. • Intimidaciones psicológicas: amenazas para provocar miedo, para lograr algún objeto o dinero, o simplemente obligar a la víctima a hacer cosas. • Agresiones físicas: peleas, golpes, palizas o destrozo de materiales personales, pequeños hurtos. • Aislamiento social: bien impidiendo al joven participar, ignorando su presencia y no contando con él en las actuaciones normales entre amigos y compañeros de clase. • También está el acoso de tipo racista, cuyo objetivo son las minorías étnicas o culturales. • Acoso sexual que hace que la víctima se sienta incómoda y humillada. • Y actualmente se da el acoso anónimo mediante el móvil o el mail con amenazas o palabras ofensivas. La víctima sufre repetidas veces violencia por parte del mismo agresor, lo que daña su autoestima y su identidad personal. Y lo más grave es que los agresores y las víctimas están condenados a convivir. Este hecho de no poder escapar del agresor, provoca en la víctima gran ansiedad y estrés, un miedo continuo, que les lleva incluso a desarrollar también respuestas agresivas y, en casos extremos, pensar en el suicidio.
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    33 La víctima asíconsiderada, sufrirá debido al bullying una falta de autoestima social, altas dosis de fracaso escolar, una ansiedad anticipatoria ya que cuando sale del colegio no termina el problema, sino que ya comienza a anticipar lo que se será el infierno de mañana, mostrando por tanto un rechazo al entorno escolar que se traduce en estrés. El niño, niña o adolescente tenderá a sentirse indefenso, tendrá una creciente fobia a la escolarización, tendencia a la depresión e impulsos suicidas. En algunos casos se llega a culpabilizar a la propia víctima de la situación que vive. Los espectadores (suelen ser otros estudiantes) de los casos de maltrato en la escuela miran hacia otro lado, lo que hace que lleguen a creerse que el fuerte tiene poder, y que es justo que así sea o que se meten con ese niño porque es raro, traga libros, entre otros calificativos. Puede llevar a los niños a una anestesia sobre la violencia que ocurre a su alrededor, llegando a una cierta insensibilización. El bullying tiene tres actores: victima, victimarios y el espectador. Es un fenómeno grupal y su abordaje grupal es la mejor manera de enfrentarlo. Enseñar al grupo a rechazar la violencia, darle herramientas para resolver los conflictos, ayudarle a desarrollar la empatía, el respeto mutuo, etc., son las claves para prevenir y afrontar el acoso escolar. No todo acto agresivo entra en la categoría de bullying, para que se cumplan se tienen que dar una serie de condiciones: ✓ Una víctima, casi siempre indefensa, que es objeto de ataques reiterados de parte de uno o varios compañeros. ✓ Desigualdad de poder, ya que siempre hay un “fuerte” que se impone a un “débil”. ✓ Repetición: el acto agresivo se reitera, sucede durante un tiempo largo y de forma reiterada. Es evidente que la violencia de estudiantes dirigidas a estudiantes implica algunas consideraciones que refuerzan aún más estas conductas: ✓ Cuando el personal docente y no docente no advierte los comportamientos agresivos y sus consecuencias, esto lleva a una reacción tardía y quedan superados por la extrema gravedad de los hechos de violencia. ✓ Las respuestas institucionales no contienen los comportamientos violentos ni los atenúan porque el personal docente, a su vez, se siente aislado y sin apoyo de las autoridades. ✓ Los alumnos que imitan conductas agresivas incorporadas desde la estructura familiar, desde los medios de comunicación, de una cultura violenta. ✓ Otras problemáticas que atraviesan a la sociedad como por ejemplo: la drogodependencia, posibilita el descontrol, el deterioro de la personalidad, que puede conducir a comportamientos violentos. ✓ El uso de armas. ✓ La falta de comunicación del personal docente y los padres de los alumnos sobre lo que acontece en la escuela. ✓ Las respuestas institucionales inadecuadas y reiteradas, por ejemplo: el castigo “ejemplificador” sin asegurar la verdad de los hechos o escuchar a todos los involucrados; la expulsión del estudiante. ✓ Inadecuado diagnóstico de la situación de violencia, necesario para una adecuada prevención.
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    34 Violencia de losestudiantes hacia el docente Esta especial violencia de los alumnos hacia el personal docente, comprende distintas modalidades del conflicto con la autoridad educativa. Conductas de hurtos, robos, amenazas, gestos obscenos, golpes. Violencia motivada por problemas en el sistema de calificaciones, alumnos que sienten que son perjudicados, inasistencias y conflictos reiterados en el vínculo maestro- alumnos. La violencia de alumnos al personal docente, como gran parte de la violencia escolar, está silenciada. El personal docente ante la violencia responde con inasistencia o solicitando el traslado a otra escuela. El cambio frecuente del personal docente agrava y reitera la violencia. Se debe agregar también, la implicancia de los medios de difusión masiva, el uso de celulares, Internet, entre otros, configuran una situación hace 10 años impensada. Donde la agresión hacia el docente (u otros actores de la institución) son objeto de conductas violentas a fin de tener los “15 minutos de fama”, “hacer algo para mostrar en la red”. En ese sentido, la inusitada relevancia que le otorgan los medios a estas situaciones, donde más que actitud de reprobación sobresale el morbo y abre el camino para estimular conductas semejantes. Las situaciones de violencia escolar percibidas por los estudiantes La violencia en una institución escolar presenta una cierta ambivalencia, entre producción y reproducción. En la escuela se reproducen patrones socioculturales de saberes, de valores, de creencias, de prácticas sociales, que plantean un campo en permanente tensión. Así también es conflictos y cambios. Acerca del ambiente escolar. Lo expresado por los estudiantes entrevistados dan cuenta de un cierto grado de disgusto en relación a aspectos edilicios, falta de higiene y jornadas escolares extensas (atribuida a la modalidad: técnica). Al respecto, el contexto escolar se inscribe en una institución que alberga a poco más de 1000 alumnos en dos turnos. Este dato no es menor, porque permite resignificar aspectos, quizás naturalizados, acerca de los espacios compartidos. Un espacio, en cuanto contexto territorial, que resulta poco agradable, que no es sentido como propio, supone a su vez un contexto que no es amigable ni significativo para quienes no habitan. Acerca de las situaciones de violencia, de los entrevistados la mayoría de ellos tienen por experiencia haber participado en situaciones de violencia escolar. Todos los entrevistados sostuvieron no haber presenciado en la escuela, en el último año, situaciones de violencia entre adultos (entre docentes, o docentes y padres); así como tampoco por parte de docente/adulto hacia un estudiante/ adolescente. Por otra parte, la mayoría de los estudiantes entrevistados han observado situaciones de violencia de parte de los alumnos hacia docentes. Los modos de violencia relatados por los estudiantes, de los alumnos hacia los docentes refieren a un modo de violencia verbal, refieren a insultos, falta de respeto. En ese sentido, vale destacar que la agresión descripta por los estudiantes se caracteriza por el hecho de que no sería una acción abiertamente confrontativa, sino más bien de queja y rechazo, ello es así porque cuando se suceden los “insultos” a los docentes es “en la espalda” … “se dan vuelta y detrás de él” … “le hablan mal en la espalda”
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    35 Por otra parte,los estudiantes, refirieron situaciones de violencia entre pares. En lugares tales como: el salón de clases, el patio, sanitarios y fuera del edificio escolar: parada de autobuses, vereda. Así también de los entrevistados, solo uno de ellos expresó haber manifestado una conducta violenta hacia otro compañero, argumentando que de la otra parte hubo amenazadas de golpiza. Las Representaciones Sociales sobre violencia escolar de los estudiantes Las voces analizadas emergen desde un escenario situado en el aquí y ahora, concreto, tangible. Verbalizaciones que se asumen como propias, reflexivas, de parte de actores perfectamente definidos: estudiantes. Definidos en cuanto a sus roles, posiciones, funciones y acciones en un escenario en común: la escuela. Al respecto se plantean algunas cuestiones, la primera de ellas es en relación a los roles esperables del “buen estudiante” Las estrategias de prevención de la violencia escolar Acerca de las estrategias para abordar situaciones de violencia escolar, los entrevistados coincidieron en un organismo en particular el DISEPA “Dirección de Servicio de Prevención y Apoyo”, dependiente del Ejecutivo –Ministerio de Educación de la Provincia, al respecto es un organismo con un alto grado de independencia de la institución educativa, es itinerante –un solo equipo interviene en al menos 4 instituciones educativas-. IV.- Conclusiones provisorias Esta síntesis comunicativa muestra los hallazgos en cuanto a las representaciones sociales de estudiantes sobre violencia escolar, los cuales presentan sus singularidades desde la visión de cada sujeto entrevistado. Las voces de los entrevistados tienen un patrón común, las situaciones de violencia escolar experimentada cotidianamente genera un clima enrarecido por lo tanto estructura y condiciona los procesos de enseñanza aprendizaje. La violencia escolar es una construcción social en el que concurren para su edificación las representaciones sociales tanto de los estudiantes y demás actores institucionales, entre otros, sin embargo las condiciones y su dinámica institucional escolar, es decir los dispositivos del edificio, techos, aulas, sanitarios, patios, salones multiusos, gimnasios, las condiciones ambientales, pintura, higiene, amueblamiento, confort, etc., son parte de esa construcción social en el que suma o morigera climas o situaciones de violencia escolar. Por último, referir a las intervenciones de estudiantes en hechos de violencia escolar, las normas y los correctivos, las ayudas o cooperaciones de los profesionales del DISEPA no son suficientes, pues la comunidad educativa sus actores: padres, tutores, familias, docentes estudiantes y directivos deberán tener la oportunidad de revisar y reflexionar acerca de; sus opiniones, creencias, conocimientos, valoraciones y sentido común en torno al tema. El concepto de violencia escolar se reitera es construcción social y requiere entonces un abordaje colectivo.
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    36 Bibliografía Abramovay, M. (2005).Violencia en las escuelas: Un gran desafío. Revista Iberoamericana De Educación, 38, 53-66. Recuperado a partir de https://rieoei.org/RIE/article/view/830 Araya Umaña, Sandra (2002). Las representaciones sociales: Ejes teóricos para su discusión. FLACSO Costa Rica. Averbuj, G. y Otros (2007). Violencia y Escuelas. Propuestas para comprender y actuar. Aique Nuevos Escenarios. Buenos Aires Botero Gómez, Patricia (2008). Representaciones y Ciencias Sociales. Una perspectiva epistemológica y metodológica. Editorial Espacio. Buenos Aires Eljach, S. (2011). Violencia escolar en América Latina y el Caribe: Superficie y fondo. Panamá, UNICEF. Imbert, Bibiana L y Dottori Silvia P. (2013). A falta de palabra… sobre la violencia escolar y el lazo social del púber agresivo. La Hendija. Entre Ríos. Jodelet, Denise (1986). La Representación social: fenómenos, concepto y teoría en Moscovici, Serge: Psicología Social II. Pensamiento y vida social. Psicología y Problemas Sociales. Paidos. Kornblit A. y Petracci M. (2004). Representaciones Sociales: una teoría metodológica pluralista en Kornblit A. (Coord) “Metodologías Cualitativas en Ciencias Sociales” Biblos. Buenos Aires. Lloyd, B. y Duveen G. (2003). Un análisis semiótico del desarrollo de las representaciones sociales de género, en J.A. Castorina (Comp) Representaciones sociales. Problemas Teóricos y conocimientos infantiles. Gedisa. Buenos Aires. Manziones, Ana María y Otros (2012). Educación, infancia(s) y juventud(es) en diálogo. Saberes y representaciones y prácticas sociales. Editorial La Colmena. Buenos Aires Ministerio de Educación. Presidencia de la Nación. (2010) “La violencia en las escuelas. Un relevamiento desde la mirada de los alumnos” Observatorio Argentino de Violencia en las Escuelas. Rodríguez, Nora (2004). Guerra en las aulas. Temas de Hoy. Buenos Aires Tenti Fafani, E. (2000). Culturas juveniles y cultura escolar. Buenos Aires. UNESCO. Zysman, María (2014). Bullying. Como prevenir e intervenir en situaciones de acoso escolar. Editorial Paidos. Buenos Aires Sitios Web http://unesdoc.unesco.org/images/0024/002469/246984s.pdf https://www.youtube.com/watch?v=OzbMuhjYs8s
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    37 El “Olfato Profesional”En Trabajo Social Forense2: Prospectivas conceptuales Dr. Osvaldo Agustín Marcón DESCARGAR ARTÍCULO 1. Introducción: comentarios preliminares Dejamos inicialmente explicitado que ofrecemos esta producción desde una perspectiva epistemológica interpretativista. Dicha mirada, con incipientes desarrollos en Trabajo Social, remite a toda una tradición en el campo de la formación en investigación para la producción de conocimiento (Vasilachis, 1992), pero también a disciplinas fuertemente etnográficas como es el caso de la antropología (Geertz, 1988). Básicamente este enfoque postula que la comprensión -para ser tal- debe necesariamente considerar las posiciones subjetivas de los actores involucrados en las situaciones socio-judiciales. Esto incluye a quienes forman parte como víctimas o victimarios, de las situaciones sobre las que se interviene. Pero también abarca a quienes sobre ellas pretenden intervenir (los trabajadores sociales forenses, en nuestro caso). Esta perspectiva, junto a otras como –por ejemplo- el constructivismo, forma parte de un importante esfuerzo de diferenciación respecto de los postulados positivistas centrados en tratar los problemas sociales con métodos propios de las ciencias físico-naturales. En cambio, la perspectiva interpretativista se caracteriza por considerar decisivas las significaciones que los individuos dan a sus acciones. En el campo forense es bastante evidente que la intervención se asienta fuertemente en lo que se piensa y siente respecto de algo que sucedió, está sucediendo –también- puede suceder. Un último comentario preliminar: elegimos, en este trabajo, apelar al género ensayo científico teniendo presente su subalternidad en tanto modo de producción de conocimiento académico frente a la hegemonía del método científico y sus productos. Lo hacemos convencidos de que el ensayo ha realizado enormes aportes a la historia de las ideas, razón por la cual no es necesaria una defensa más profunda del mismo. Sólo recordemos El Príncipe, de Nicolás Maquiavelo; El Origen de las Especies, de Charles Darwin; El Capital, de Carlos Marx o La Rebelión de las Masas, de José Ortega y Gasset, entre muchos otros constructos célebres. El ensayo, como género, no sustituye las producciones metodológicamente científicas, sino que ocupa un lugar específico desde una racionalidad pluralista. 2. El olfato profesional forense Este concepto se inspira en otro, todavía incipiente, que hace sus primeras apariciones en el campo de los saberes criminológicos. Se trata del denominado olfato policial, aceptado como una destreza que permitiría a los policías distinguir entre quienes son delincuentes y quienes no lo son (Garriga Zucal, 2013). Dicho de otro modo, y dicho desde el pensamiento policial-represivo oficial, se trataría de una especie de habilidad para identificar sospechosos, inclusive con pretensiones de individualización de criminales. Haciendo el esfuerzo por controlar el rechazo que suele producir todo parentesco con categorías del campo represivo, y tomando lo profesional en un sentido amplio, podemos considerar a ésta como suerte de protoforma de la que aquí nos interesa, es decir el olfato profesional en Trabajo Social Forense. 2 Producción basada en la ponencia presentada por el autor ante el XXIV Congreso Nacional de Trabajo Social (Santa Fe, 2018).
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    38 En este casopensamos la cuestión desde la perspectiva socio-jurídica y en robusta clave de Derechos Humanos, aun cuando pueda ser aplicada también a otros ámbitos profesionales. No hemos hallado equivalentes directos en el campo de Trabajo Social, pero se advierte la persistencia de un ideario profusamente vinculado a esta matriz de pensamiento-aacción. En tal sentido, la apelación a diversas expresiones como, por ejemplo, aquella que coloca la experiencia en el barrio (campo) o -metafóricamente- la idea de embarrarse los zapatos como modo de fogueo profesional, remite en algún punto a jerarquizaciones vinculadas con aquel olfato. Tales apelaciones cotidianas constituyen soportes de validación identitaria, indispensables en la vinculación con otras profesiones y otros actores en las escenas tribunalicias. Pero también son claves frente a pares Trabajadores Sociales ante los cuales se desarrollan escalones de jerarquización simbólica. Así, a mayor historial de trabajo en el barro, mayor jerarquía. Y, a la inversa, profesionales más vinculados a la argumentación teórico-académica, tienden a visualizar estas habilidades como expresiones de menor solvencia profesional por considerar insuficiente el referido barro. De tal modo estas ideas que podemos relacionar con el olfato profesional operan como habilidades que jerarquizan o disminuyen simbólicamente según posiciones en el escenario. La capacidad de olfatear qué es lo que sucede en la situación de intervención socio-judicial articula recursos cognitivos, emocionales, éticos, políticos, etc., que exceden la condición profesional en su acepción estricta. En diversas medidas el olfato mezcla esos elementos con destrezas específicamente profesionales (p.ej. aplicación de entrevistas) que quedan claramente subsumidas en aquellos recursos, cuya fuerza deviene de contextos en los que esa dinámica no es controlada desde los colectivos profesionales. Nos referimos a maneras de pensar, valoraciones, etc, enraizadas en trayectorias personales, comunitarias o culturales. Se trata, antes que nada, de un esquema de percepciones ensamblado con algunas técnicas colocadas a su servicio desde la formación profesional. En cuanto tal, constituye un desarrollo inseparable de cada profesional desde su condición de sujeto relacional. Consecuentemente, se trata de una habilidad intransferible, difícil de enseñar como parte específica de la formación académica. Y, como decíamos, se presume que ese olfato puede nacer y desarrollarse con la acumulación de barro en los zapatos. A título ilustrativo, recordemos aquellas situaciones en las cuales el profesional supone, lo verbalice o no, la existencia -por ejemplo- de conductas violentas en un entrevistado. O todo lo que sintetizan las primeras impresiones en general al tratar por primera vez con un juez. Este tipo de producciones y su incidencia sobre la intervención profesional que sigue, constituye el meollo de este trabajo. Esa capacidad de oler las situaciones actualiza cierta tendencia a sobrevalorar la práctica como mera acción, es decir como suplantación de su identidad de praxis. La praxis, recuperando a Paulo Freire, es la reflexión y acción de los hombres sobre el mundo para transformarlo (Freire, 1975). La acción sin reflexión se reduce al mero activismo del mismo modo en que la reflexión supone un modo especial, en cierta forma una repetición (re-flexión) sobre aquello que encontramos en el orden de lo real. Dicho volver a flexionarse sobre algo, es decir repetir el análisis procurando la comprensión, es una interpretación de eso, para lo cual es indispensable contar con aportes teóricos. Esa cuestión también ofrece la posibilidad de revisar otra categoría, asociada a lo anterior. Se trata de la experiencia. La mera repetición de acciones durante algún tiempo no necesariamente capitaliza en la tan valiosa experticia profesional. En el tradicional sentido kantiano la experiencia es producto de la actividad
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    39 cognoscitiva condicionada porla subjetividad humana. Para que sea tal, debe cumplir con algunos requisitos que no guardan necesariamente relación con el tiempo empleado. Lo experiencial está relacionado con la experimentación y –de allí- con el aprendizaje. Pero el aprendizaje, por su parte, no equivale a la mera habilidad o destreza para repetir algo ya conocido. Aprender supone incorporar esquemas de pensamiento- acción que puedan ser transferidos a situaciones análogas pero nuevas. Las situaciones análogas no son idénticas por lo que siempre esa extrapolación trae consigo algo de innovación. La mera repetición de una fórmula anteriormente aplicada burocratiza la intervención, negando el sentido de la genuina experiencia. La experticia remite entonces a nociones altamente dinámicas antes que estabilizantes, de constante impregnación teórico-práctica que suponen, recordando en esto al viejo Jean Piaget en su Psicología de la Inteligencia (1999), procesos de sucesivas asimilaciones y acomodaciones. Así, el olfato profesional articula ingredientes difíciles de racionalizar, ubicados en zonas que podríamos asociar con la instancia psíquica denominada inconsciente, pero que también podemos homologar con la zona donde imperan las representaciones sociales, los valores, las decisiones políticas (que también tienen lugar en los escenarios socio-judiciales), etc.. Esto funciona junto a otros elementos, de naturaleza lógica, provenientes de la formación profesional más o menos rigurosa. Eso que irrumpe en la escena judicial, condicionado y condicionando la matriz jurídica cuando pasa a la acción, suerte de chispazo ideatorio cuyas bases racionales no se advierten, constituye un producto de la olfatividad profesional forense. Entonces, si aceptamos considerar la posibilidad de su existencia, postulamos la necesidad de aplicar esfuerzos al desarrollo de recursos teóricos, metodológicos y técnicos que permitan objetivar dicha habilidad profesional, transformándola en punto de atención. Es cierto que, en cierta forma, esto está siempre presente pero la sugerencia consiste en delimitar su identidad para explotar la enorme potencialidad que encierra para Trabajo Social Forense como especialidad. En esta línea de trabajo, la revisión o supervisión profesional aparece como un punto de urgencia. La revisión de las producciones olfativas Aunque no ingresaremos en las profundidades del potente debate respecto de la nominación de la supervisión profesional, dejemos hecha una breve consideración al respecto. Claramente la expresión super- visión insinúa una posición de poder distinta de otras tales como por ejemplo re-visión, co-visión, multi-visión o inter-visión. La tarea de visar, según el lugar que ella ocupe, adquiere distintos sentidos con sus fundamentos y consecuencias ético-políticas. No obstante, hemos elegido provisoriamente, para este trabajo, la primera de las opciones: re-visar. No nos explayaremos, pero la decisión incluye consideraciones respecto de algunas particularidades de lo forense, en términos de relaciones verticalista, también en la construcción de saberes. La posibilidad de visar más de una vez (revisar) supone entronizar el debate teórico-práctico en tanto parte del ethos profesional. Las profesiones modernas, sabemos, dependen de la voz instituyente del Estado- Nación. Siendo democrática esa voz, sólo pueden pensarse configuraciones profesionales en sintonía con ella. La idea de revisar las intervenciones sin aceptar su sacralización por la mera presencia de la díada título- matrícula está en línea con ese carácter democrático, pero más aún, si defendemos el carácter epistémico de la democracia (Nino, 1990). En ella y, por lo tanto, en el Estado, la deliberación y la argumentación constituyen elementos centrales, instituyentes de una ética profesional específica. Ahora bien: 3.a. ¿Qué no revisar? No estamos ante una propuesta de perfil terapéutico (socio ni psico) en relación con el olfato profesional forense. Las dinámicas intra e intersubjetivas, o los comportamientos grupales quedan por fuera de la tarea en tanto encuadre de las actuaciones de revisión. Esto no implica negar la necesidad de desarrollar soportes
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    40 de este tipopara fortalecer la condición profesional propiamente dicha, pero aquí no es ésa la referencia que interesa substancialmente. Tampoco homologamos esta tarea a alternativas muy en boga del tipo cousenling, es decir de aconsejamiento, aún con sus variantes respecto de las posiciones terapéuticas que, inclusive, tienden a desarrollarse en Trabajo Social en varios países de la región. Esta separación incluye a otras expresiones tales como el coaching o entrenamiento para conseguir el éxito en determinadas tareas (muy vinculado al mundo empresarial). La revisión no se orienta a estos planos de la actividad profesional. 3.b. ¿Qué sí revisar? Para desarrollar la validez del olfato profesional forense debemos ser enfáticos en diferenciarlo de la mera ocurrencia, pero, también, de su condición de expresión pura de supuestos teóricos. El fortalecimiento de tal distinción parece requerir de habilidades específicas dentro de las cuales sobresale la necesidad de centrarnos en la revisión de los productos de ese olfato, en el marco de las intervenciones profesionales. Se trata de una cuestión metodológica central pues lo que debe ser visado es aquello que el profesional postula, es decir lo que puede traducir en su relato como apertura a subprocesos en la producción de conocimientos para la intervención. La mirada revisora no debería centrarse en el profesional ni en su capacidad olfativa. Y sí, en cambio, en cuestiones específicamente delimitadas, emergentes de ese olfato, aun cuando sabemos de las dificultades que suelen presentarse para ello. Ese producto, claro está, debe ser analizado teniendo a la intervención como vector de análisis 3.c. ¿Qué horizonte fijar? Adoptamos el interpretativismo como paradigma epistemológico desde el inicio de este trabajo. Si creemos, entonces, que en los escenarios forenses trabajamos con nuestras interpretaciones respecto de la realidad, es central el modo en que organizamos las ideas respecto de esta. Ese modo de organización pocas veces resulta en un objeto armónico y sí, las más de las veces, en una formulación ecléctica, es decir conjuntos de ideas poco orgánicas. Si aceptamos esas características como propias de lo complejo, podremos también asumir que tal mirada es el producto de perspectivas negociadas. En definitiva, se trata de conceder cuotas de razonabilidad a otros saberes, profesionales y no profesionales, para que ellos, reciprocidad mediante, se dispongan a realizar análogas concesiones. Por lo tanto, hemos de aceptar, como parte del horizonte hacia el cual marchar, que él no constituye una muestra de pura lógica, según la tradición epistemológica occidental, de especial peso en las matrices jurídicas. Por el contrario, se trata de no imaginar esa gran línea lejana (el horizonte) como un conjunto pincelado en blanco y negro y sí de un escenario multicolor, difícil de clasificar de una vez y para siempre. El olfato profesional forense expresa dicha complejidad, pero también las dificultades para aprehenderla. Así puede aportar a configurar socio-jurídicamente los productos del monismo jurídico occidental, atravesado por la linealidad y las relaciones causa-efecto.
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    41 3.d. ¿Sobre quésupuestos?: la magmática interdisciplinaria Como sabemos, los vahos de inespecificidad en Trabajo Social han operado muchas veces motivando sensaciones de insatisfacción epistemológica y teórica, con efectos identitarios contundentes. En cierta forma la amplitud de lo social contribuye, paradójicamente, con el fortalecimiento de tal situación. La insistencia respecto de que el desarrollo de teoría propia está vinculado con aportes externos pareciera no haber sido todavía definitivo. No obstante asumir esa supuesta limitación como fortaleza especificante ha permitido, poco a poco, comenzar a zanjar la cuestión. Los propios vaticinios de los teóricos de la complejidad, anticipando el avance hacia saberes con fronteras desamuralladas (Najmanovich, 2012), han generado condiciones mucho más satisfactorias para valorar aquella condición condición de hibridez conceptual. También las propuestas centradas en la necesidad de desarrollar una “ecología de saberes” (Santos, 1995:31) aparece en línea con esta perspectiva. Boaventura invita, recordemos, a que las Ciencias Sociales se alejen del “pensamiento abismal” (Santos, 1995:31), centrado en radicalizar las diferencias tan propias del pensamiento en blanco y negro. Se trata entonces de reconocer, a futuro, un supuesto central para todas las disciplinas pero que en el caso de Trabajo Social cuenta con los beneficios de que esa inespecificidad positiva es parte de su pasado y presente. Se trata de una suerte de lógica transdisciplinaria que –por el momento- ha sido cooptada por algunas figuras cristalizadas e, inclusive, institucionalizadas. Es pertinente, nuevamente, advertir que con lo interdisciplinario nos encontramos frente a una categoría atravesada por cierto esnobismo3 que, en definitiva, amenaza con un vaciamiento de sentidos que puede impactar negativamente sobre la revisión del olfato profesional forense. Ante ello cabe el esfuerzo por evitar tendencias a repetir copias acríticas respecto de lo interdisciplinario, rescatándolo como una lógica que propone complejizar antes que simplificar. Para ello conviene tener en cuenta algunos datos constitutivos. Así, nociones tales como intervención interdisciplinaria, equipos interdisciplinarios, etc., son positivas en tanto tránsitos hacia la referida flexibilización de las fronteras, pero raquitizan las relaciones entre distintos saberes toda vez que ellas son ontologizadas, es decir enclaustradas en distintos protocolos. Esto es así pues su potencia reside más en el tráfico creativo de influencias entre saberes que en dichas especies de cotos de caza disciplinares. Los productos del olfato profesional forense necesariamente traen consigo esa lógica magmática, fundición de saberes que deben ser defendidos, pero requieren, también, de revisiones que tengan presente esa condición. Recordemos, en términos históricos, que la interdisciplina no es demasiado novedosa. Roberto Follari (2005) sitúa el auge inicial de la discusión interdisciplinaria en los años setenta, enfatizando con ello la necesidad de reconocer la historia para no repetirla. Cortocircuitos hacia adentro y hacia afuera forman parte de ese trayecto, tanto que Follari subraya la notoria carga ideológica del concepto, y no duda en situarlo como reacción controladora ante las rebeldías juveniles de Mayo del ’68 y sus expresiones en este campo. El citado autor liga fuertemente el nacimiento de la perspectiva interdisciplinaria a las necesidades y exigencias de la lógica empresarial, dotándola por ende de un fuerte sentido práctico. El olfato profesional forense se ubica en una peligrosa zona dada su afinidad con lo práctico, rápido y utilitario, cuestión que llama a especiales revisiones en tal sentido. También conviene tener presente que la lógica interdisciplinaria no resuelve todos los problemas, razón por la cual carece de fuerza toda sensación de omnipotencia que en ella pretenda asentarse. Podríamos sumar, pues tiene impacto sobre los productos de ese olfato, que esta concepción de los saberes no constituye una anti-disciplina sino un modo diferente de los saberes tradicionales, pero –también- una forma disciplinada 3 El Diccionario de la Real Academia Española define como esnob a la “persona que imita con afectación las maneras, opiniones, etc., de aquellos a quienes considera distinguidos”.
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    42 de conocimiento. Y,en tanto disciplina, excluye lo indisciplinado, es decir lo que no puede asir desde su perspectiva, como por caso los saberes que no nacen y/o no son legitimados académicamente pero que son operativos como parte de la vida comunitaria. El olfato forense capta de manera indisciplinada, pero requiere de marcos, tras lo cual corre el riesgo de ser nuevamente aprisionado por esos límites. Constituye, así, una nueva reducción de reducciones previas que resiste desde su razón de ser el ideal de complejización epistemológica. De todos modos, este límite a la potenciación deviene de la existencia de una demanda sobre la cual trabajar que constituye, por su propia naturaleza, un conjunto de límites que dan forma a la misma. 3. Antecedentes conceptuales Hemos postulado, recordemos, la necesidad de aplicar esfuerzos para la delimitación del olfato profesional forense. Para llevar adelante dicha tarea contamos con algunos antecedentes conceptuales que aportan a la referida legitimación y, a la par, diversos riesgos a tener presentes. De todos ellos señalaremos unos pocos. 4.a. La cuestión intuitiva Las discusiones referidas a la intuición y su naturaleza atraviesan la historia de las ideas occidentales. Ella no remite, cabe aclararlo, a significaciones que lograron notable fortaleza a partir de su naturalización (p.ej.: la denominada intuición femenina). La tradición aristotélico-tomista, ubicada en las bases de los modos occidentales de pensar, dedica muchas de sus energías a defender la posibilidad de un conocimiento directo e inmediato de la realidad, incluyendo sus complejas relaciones. En esta línea, ya Aristóteles (retomado desde la Escolástica Cristiana por Tomás de Aquino) presenta a la intuición como una dimensión de la inteligencia humana, distinta de la estrictamente racional. Esta última es la entendida como aquella donde cursan los razonamientos en sentido estricto, que requieren de tiempos para ello. La intuición, en cambio, es un tipo de conocimiento espontáneo, libre de las determinaciones temporales y su organización en etapas, propia de los procedimientos deductivos e inductivos (racionales, en sentido estricto, como quedó dicho). En términos del clásico Gambra, se trata de un conocimiento de rango superior pues “lo verdadero sólo es lo evidente, consistente en la intuición intelectual de una idea clara y distinta” (Gambra, 1979:88). El trabajo profesional proporciona cotidianamente infinidad de experiencias que pueden abonar esta línea de valorización de un tipo de saber que, estrictamente, es irracional, no razonado, no armado según los cánones lógicos. La capacidad para reconocer de inmediato los estados de ánimo en sujetos con quienes trabajamos durante la intervención profesional y en medio de los avatares propios de los sistemas judiciales con sus impactos subjetivos, es un ejemplo que podría coincidir con ello. Los pensadores de la Modernidad retomaron esta preocupación aristotélica. Así, por caso, Emannuel Kant distingue la intuición sensible de la intuición formal. La primera se obtiene con intermediación de los sentidos mientras que la segunda incorpora dimensiones empíricas tales como el tiempo y el espacio. Es por ello que lo que se percibe mediante los sentidos necesita transformarse en conceptos y éstos requieren de las intuiciones sensibles para existir. Podríamos recurrir a otras líneas de pensamiento, pero bástenos con lo antedicho pues el objetivo es subrayar cómo lo intuitivo es cuestión, por lo tanto, problema, en el pensamiento y la acción profesional. No se trata de una categoría difusa y efímera, que no merece atención sino un núcleo decisivo para atender el pensar cómo pensamos, según la fórmula utilizada por Mario Heler (2005), resumiendo el horizonte del hacer epistemológico. La robustez de esta categoría no valida por sí el olfato profesional pero la existencia de conceptos de este orden legitima nuestro ensayo y es ésa una razón central por la cual lo traemos aquí. En definitiva, por tomar un ejemplo interesante, el riguroso método científico moderno marca caminos cuyo inicio siempre incluye algo del orden de la intuición. También está presente luego, a lo largo de todo el proceso, pero centralmente al momento de generar la idea de investigación. O bien podríamos pensar en la meneada inspiración en los artistas, que viene de algún lugar desconocido pero que se muestra con diferentes perfiles según quién la logre. Aunque obvio, cabe subrayar que los productos del olfato no
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    43 constituyen diagnóstico socialforense, pero aportan a él. A eso nos estamos refiriendo. En definitiva, a esas ocurrencias, ideas o inspiraciones les podrían caber los presupuestos referidos aun cuando podrían diferenciarse sus perfiles (del mismo modo en que –en Argentina- las inspiraciones humorísticas de Les Luthiers difieren de las de Midachi). 4.b. El razonamiento abductivo (o retroductivo) Si nos ajustamos a la mencionada tradición occidental respecto de los modos del pensar humano nos encontramos con, por un lado, la dimensión de los procedimientos racionales y, por el otro, con la dimensión de la intuición, tal como lo mencionamos en el punto anterior. Se trata de los caminos identificados por Aristóteles, pero retomados en gran medida por la Escolástica en la Edad Media (filosofía aristotélico- tomista) que en términos generales se conoce como parte de la lógica antigua. Desde la perspectiva de la lógica moderna destacamos al filósofo Charles Sanders Peirce, reconocido como importante exponente del pragmatismo norteamericano. Peirce sostiene que deducción e inducción son modos de inferencia a los que agrega la abducción (también analizada por Aristóteles). Afirma que “la deducción prueba que algo debe ser, la inducción muestra que algo es realmente operativo; la abducción meramente sugiere que algo puede ser” (Soler Toscano, 2012:3). Dicho a través de ejemplos: • Si alguien tiene como premisa mayor que todos los pobres son delincuentes, al conocer que Juan es pobre concluye en que Juan es delincuente. Ha procedido deductivamente. • Si alguien constata un día que Juan es pobre y delincuente, otro día que María es pobre y delincuente, y otro día que Dante es pobre y delincuente, concluye en que todos los pobres son delincuentes. Ha procedido inductivamente. • Si alguien, en cambio, afirma (supone, presume, etc.) que la delincuencia no existe hipotetiza un enfoque que luego debe demostrar deductiva o inductivamente. Ha procedido abductiva o retroductivamente. Ubicados en este planteo, las abducciones son las conjeturas espontáneas de la razón, especies de destellos de comprensión que –no obstante- son parte del razonamiento (a diferencia de la intuición en el sentido aristotélico-tomista). Para Peirce la abducción es ni más ni menos que el primer paso del razonamiento científico (Peirce, 1958) considerándola uno de los modos del pensar humano. Se trata de una conjetura inicial, de una sospecha caracterizada por su inseguridad, pero, al mismo tiempo, camino decisivo para la creación. En palabras de Soler Toscano “es la única operación lógica que introduce alguna idea nueva pues la inducción no hace más que determinar un valor, y la deducción desarrolla meramente las consecuencias necesarias de una pura hipótesis” (Soler Toscano, 2012:3). Tendríamos allí, entonces, otro argumento de peso para fortalecer la estructura del olfato profesional forense, procurando establecer si cuenta con un piso básico de legitimidad teórica para la intervención profesional. 4.c. La retro-vigilancia Marquemos otro haz de fortalezas. Ya conocemos la compleja relación teoría-práctica en Trabajo Social y sus variadas producciones. Adherimos a los esfuerzos por alejarnos de los supuestos relacionados con la
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    44 racionalidad instrumental quetienden a pensar a la práctica como espacio de aplicación de la teoría. Siguiendo a Karsz (2006), evitaremos problematizar esa conflictividad en términos de relación entre ambos polos (teoría y práctica) para pensar más cerca de las tradiciones de la praxis, donde la díada no evoca la noción de partes que se relacionan y sí, en cambio, de unidad substancial de ambas, por tanto, partícipes de una única identidad. La teoría, en todo caso, ubica al profesional en una posición ética y política desde la cual piensa y actúa, constituyendo la singular gubernamentalidad del sujeto-profesional, con sus pensamientos y acciones, pero sustancialmente unidas entre sí. La teoría no es algo que se aprende para aplicar sino aquello que informa a quien la hace suya, transformándolo en alguien que ya no debe/puede pensar ni actuar genuinamente por fuera de esa forma, si es que dicha aprehensión sucedió eficazmente. Nuevamente, en términos del pensamiento científico occidental, no opera racionalmente entendiendo a esto como construcción de razonamientos estrictamente lógicos. La instancia del olfateo profesional forense, que hemos caracterizado como especie de destello analítico, pone a prueba en ese instante la validez de complejos procesos de configuración y reconfiguración identitaria. Aunque su eficacia no esté relacionada con la condición de instrumentos para la acción, los supuestos teóricos pasan al acto con lo cual dejan de ser tales. Nunca operan de manera pura y sí, en cambio, como magma subjetivado y subjetivante de la intervención. Ese magma también se funde con y en la situación, imponiendo la reflexividad (Guber, 2001), vía regia para oler profesionalmente suscomponentes, viabilizando las operaciones necesarias. El olfato permite revisar, desde su particular ordenamiento interior cercano a la noción de epifanía griega, las construcciones conceptuales externas. No las descarta, pero las pone a prueba. Puede funcionar, cabe repetirlo, como inspiración anticipatoria del camino a recorrer, a condición de que no se eleve cualquier ocurrencia circunstancial al estatus de racionalidad profesional. Pero en esa suerte de manifestación socio- jurídica vigila, desde un lugar no académico, la validez de producciones teóricas. Por caso, cuando desde Trabajo Social Forense se escucha a un profesional que se refiere a un joven como toxicómano o adicto (cuando no drogón), es posible que algo de aquello se ponga en funcionamiento para discernir cuál es la situación de ese joven, pero, también, cuál es la posición del profesional que así lo clasifica. 5. Algunos riesgos 5.a. La mirada estereotipada La existencia de fortalezas supone la presencia de debilidades, razón por la cual es importante el esfuerzo por avanzar en su identificación. Rápidamente cabe sospechar, como riesgo negativo, que el olfato puede servir para elevar cualquier ocurrencia al nivel de sustento para la intervención profesional, razón por la cual debemos alejar riesgos de este tipo. Puntuaremos algunos de ellos, como es el de los conocidos estereotipos y prejuicios, cuya omnipresencia en el campo de los comportamientos sociales es evidente. Los primeros, recordemos, constituyen conjuntos de creencias sobre los atributos que caracterizan a un grupo social y sobre las que existe un acuerdo básico (Mackie, 1973). Los segundos, en cambio, son juicios y creencias de carácter negativo sobre un grupo social (González Gabaldón, 1999). Su razón de ser estriba en los beneficios que proporcionan, que no son pocos. Por ejemplo, ahorran energías en la vinculación humana pues proporciona mucha información en el origen de esta, funcionando como base para lo que sigue. Pero junto con ellos trae todos los riesgos imaginables: segregacionismo, sectarismo, retraso en la producción teórica, dificultades para percibir fuerzas y debilidades en la intervención, etc. Una vez más, recordaremos que siempre pensamos y actuamos desde algún lugar cuyos supuestos exigen ser constantemente revisados para evitar que las tendencias estereotipantes obturen la indispensable creatividad, dada la singularidad de cada situación, en las cuales el olfato resulta harto relevante. Por caso,
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    45 clasificar rápidamente auna madre-padre como abandónicos suele acarrear el impulso a procesos de adopción que, no pocas veces, parten de valoraciones emitidas desde posiciones sociales dominantes actualizando la vieja judicialización de la pobreza, no tan extinguida como solemos pensar. En línea con dicha serie de elementos que nos permitirían achicar esta suerte de burocratización en las matrices de pensamiento, podríamos traer ricos aportes desde las representaciones sociales (Carretero, 2010), con sus implicancias sobre la intervención. Es también posible sumar los aportes de Goffman (1986), quien estableció con claridad que la estigmatización es un tipo de relación, en nuestro caso profesional. Sin riesgo de exagerar, también podemos hipotetizar que dicha vinculación promueve la desaparición del otro a manos de los supuestos profesionales que no deben –insistimos- confundirse con expresiones del genuino olfato profesional forense. Los fundamentos ético-políticos más la teoría en ellos involucrada y derivada constituyen la más elevada de las garantías de profesionalismo existentes. Revisar estas cuestiones, insistimos, surge especialmente importante. 5.b. El sentido de toda profesión Sumemos a lo anterior una cuestión que puede ser tachada de obvia, impugnación que descartamos pues dicha condición no suele ser evidente en lo cotidiano. Se trata de la intervención como formación teórica puesta en acción. La teoría, aunque no excluyentemente, constituye una dimensión especificante de la condición profesional. Sin teoría no hay profesión, al menos en su acepción moderna. Este asunto no echa por tierra la posibilidad de atender el olfato profesional pero sí de encontrar maneras de separar lo que proviene de los referidos estereotipos –u otros elementos- de los que son producidos por la sedimentación de contenidos teóricos, éticos y políticos. Por lo tanto, jerarquizar el olfato en Trabajo Social Forense no equivale a, insistimos, dotar de estatus profesional a cualquier ocurrencia que se escude tras la condición profesional. Es por ello que nos encontramos, en este punto, con la necesidad de salvaguardar la formación teórica (y la actualización constante de la misma) como condición sine qua non. El olfato forense religa saberes de distinta procedencia entre sí, pero también funde en esa amalgama la posición ético-política del profesional en tanto ciudadano, operación que se expresa en las intervenciones. Pero no es suficiente con que el Trabador Social sea tal y cumpla esas funciones, sino que debe potenciar su condición profesional para que dicha cohesión sea específica y especificante de las intervenciones. El olfato en Trabajo Social Forense sólo puede defenderse a condición de que sea profesional. 5.c. La atención profesional como derecho Un tercer riesgo para considerar es el siguiente. Las profesiones modernas surgen al amparo del Estado- Nación y, por tanto, en perspectiva de derechos. Dicha meta-institución decide que algunas expresiones de la cuestión social deben ser atendidas por unas profesiones específicas. Decíamos en el punto anterior que la condición profesional depende de la formación teórica para ser tal. Por lo tanto, carácter transitivo mediante, la atención a través de supuestos teóricos también constituye un derecho ciudadano. Podría discutirse esto desde el plano socio-jurídico pero, como mínimo, señalemos que también estamos frente a un problema ético cuando el ejercicio profesional se lleva adelante sin la referida fundamentación. Pareciera entonces lógico que el olfato que no surge de dicha sedimentación teórica (incluyendo el plano ético-político, lo metodológico, etc.) deteriora la correcta satisfacción de la atención profesional como derecho ciudadano.
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    46 6. El olfatoprofesional forense como hibridez cognitiva En el aroma originario de esta cuestión se perciben las referidas pero también otras tensiones. Unas alientan mientras otras sugieren precauciones. Algunas son tributarias de debates tradicionales en Ciencias Sociales, tales como las derivadas de las críticas al pensamiento positivista. Conocidos y un tanto tradicionales epítetos tales como cientificismo, academicismo o pragmatismo abren las puertas para enriquecer esta discusión, procurando anudar conocimientos originados en distintos espacios. Más aún, la siempre vigente referencia al sentido común como parte de nuestra condición profesional (recordemos el sentido común ilustrado de García Salord) es parte activa en esta cuestión. En tal sentido, el olfato profesional forense funciona como estructura estructurante, siguiendo la vieja definición piagetiana (1947). Subrayando aspectos, se trata de una unidad compleja en la que coagulan categorías conceptuales, posiciones políticas, etc., junto a prejuicios y supuestos, entre otros, que en distintos grados, pero amalgamados, orientan el funcionamiento de la totalidad profesional. En definitiva, se trata de una mezcla cuyo resultado final depende de la participación que cada componente tenga en ella. En gran medida revisar los productos del olfato es revisar cuánta participación de cada componente incide en ellos. Ninguno de los antecedentes citados más arriba puede ser homologados con la mera ocurrencia circunstancial. Aún la intuición aristotélica es, como decíamos, parte superior de la inteligencia pero debe cumplir –en el pensamiento del estagirita- con diversos requisitos para ser tal. En este caso, tiene que vincularse con lo real. Claro está que –puesto que nos apoyamos en el interpretativismo, como se advirtió al inicio- no adherimos a la filosofía en la que se inscribe esto último, pero citarlo es necesario para defender la legitimidad de la propuesta, es decir la premisa según la cual el olfato profesional forense no debería confundirse con cualquier idea sin control alguno. Tampoco en el pensamiento de Peirce hay lugar para ese tipo de ocurrencias pues no cabe dicha homologación con mágicas iluminaciones y sí, en cambio, se identifica con una parte del proceso racional que en todo caso prescinde significativamente de las limitaciones del tiempo, típicas del razonamiento propiamente dicho. Para avanzar con el olfato tengamos presente que, en general, tendemos a pensar toda actividad cognitiva como ligada al plano de la voluntad y –por tanto- de la consciencia. Esto, venimos diciendo, favorece la sobrevaloración de lo profesional en tanto actividad plenamente presente en nuestra consciencia. Sin embargo, es reconocido en teoría un importante plano del pensamiento al que se identifica como inconsciente cognitivo, lo que supone la existencia de formas de cognición que funcionan por fuera de la actividad volitiva. Tenemos aquí otro antecedente conceptual que bien puede sintetizar los anteriores, fundiendo en su identidad tanto sus fortalezas como sus riesgos. Éste involucra el “desarrollo de procesos de codificación y de representaciones de información” (Froufe, 1997) que pasan inadvertidos por el sujeto que los activa involuntariamente. Por lo tanto, entonces, hay captación de datos que son sometidos a un proceso, pero sin conciencia de este por parte del profesional. Inclusive algunos autores, entre los que se incluye el citado Froufe, sostienen que existen registros neurológicos de tal actividad y que, más aún, se puede hablar de percepciones, aprendizajes y memoria inconsciente. En dicho marco la rutinización de las intervenciones empuja a la automatización de procedimientos teórico-prácticos que se transforman en inconscientes. Los productos del olfato profesional forense son, en definitiva, emergentes de dicho magma. 7. Conclusiones Tenemos muchas posibilidades de coincidir respecto de que los niveles de institucionalización de las prácticas de revisión en los espacios profesionales son bajos. No estamos ante un elemento que podamos nominar como característico de nuestra profesión aun cuando los esfuerzos por transformar dicha realidad son
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    47 evidentes. El desarrollode esas prácticas supone, más que nunca, esfuerzos deconstructivos, es decir intentos por traducir bajo nuevas formas lo aparentemente dado de una vez y para siempre. Revisar en Trabajo Social Forense exige, entonces, una laboriosa tarea orientada a aumentar la cantidad y calidad de los contenidos teóricos que le dan sustento. El olfato profesional tiene posibilidades de inscribirse en dicho camino. Su propia naturaleza remite al análisis de la intersubjetividad como vía regia para acceder al mismo y revisar sus producciones. Ese camino nos coloca, indefectiblemente, frente a las implicancias del positivismo sobre nuestros modos de pensar, fuertemente asentados sobre la natural inclinación a facilitar la intervención mediante la aplicación de estereotipos. Así, las tendencias iterativas forman parte de este debate, pero no para demonizarlas y -por tanto- descartarlas de plano sino para ubicarlas en un lugar productivo. El olfato, entonces, es un tipo de saber profesional que suele mimetizarse con otros, más ligados a la reiteración de fórmulas que han sido ya utilizadas anteriormente con mayor o menor éxito pero que, al ser repetidas cierran las puertas de la singularidad. Lo singular, por su parte, llevado a medidas absolutas, impide la intervención al postular que todo debe ser construido particularmente como si nada pudiera ser analizado en su carácter de regularidad. El análisis crítico del olfato profesional forense nos lleva por senderos que incluyen posibilidades de herir susceptibilidades. La condición profesional, en muchos casos, depende de esas manifestaciones fuertemente ligadas a representaciones respecto de la experiencia. Pero esos senderos también incluyen la factibilidad de lastimar susceptibilidades académicas. En definitiva, el olfato reivindica la experticia profesional pero -según aquí planteamos- exige también apertura a la permanente fecundación académica. Y viceversa, claro está. Por lo tanto, rescatar los productos del olfato profesional forense identificando y conceptualizando su estructura epistemológica supone evitar la idea de experiencia como mera acumulación de tiempo de trabajo sobre situaciones aparentemente repetidas. Los procesos y contenidos olfativos no se encuentran en zonas conscientemente manejables y sí, en cambio, en lugares gobernados por supuestos que deben ganar validez a fuerza de constantes revisiones. Se trata de una estructura intrínsecamente híbrida que mezcla tiempos de vida dedicados al trabajo profesional y tiempos de vida dedicados al estudio propiamente dicho. Ilustrativamente, recordemos que Habermas produjo en contextos académicos sus aportes teóricos al pensamiento occidental. San Martín, en cambio, produjo los suyos en medio de la acción guerrera, y pueden ser encontrados en sus cartas (por caso, las dirigidas a Bolívar), fuertemente atravesadas por la acción. En gran medida analizar los productos olfativos en las escenas forenses es intentar contestar a la pregunta formulada por el Premio Nobel de Literatura 1998, José Saramago, cuando propone tratar de entender “porqué pensamos lo que pensamos”. 8. Referencias bibliográficas Carretero, Ángel (2010). Para una tipología de las ‘representaciones sociales’. Una lectura desde sus implicancias epistemológicas. Empiria, Revista de Metodología de Ciencias Sociales. N° 20, 2010, pp. 87- 108. Madrid, Uned. Follari, Roberto (2005). La interdisciplina revisitada. En: Andamios. Revista de Investigación Socialde la Universidad Autónoma de México. Año 1, Vol. 1, p.p. 7-17. Freire, Paulo (1975). Pedagogía del Oprimido. Madrid: Siglo Veintiuno. Gambra, Rafael (1979). Historia sencilla de la Filosofía. Madrid: Rialp. García Salord, Susana (1993). Especificidad y rol en Trabajo Social. Currículumn, Saber, Formación. Buenos Aires, Hvmanitas.
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    48 Garriga Zucal, José(2013). Uso y representaciones del ‘olfato policial’ entre los miembros de la policía bonaerense. Publicado en Dilemas: Revista de Estudios del Conflicto y el Control Social. Vol. 6, n° 3, 2013. Pp. 489-509 Geertz, Clifford (1998). Interpretación de las Culturas. Barcelona: Gedisa. Guber, Rosana (2001). La etnografía. Método, campo y reflexividad. Bogotá: Norma. Foucault, Michel (1973). La verdad y las formas jurídicas. Barcelona: Gedisa. Froufe, Manuel (1997). El inconsciente cognitivo: la cara oculta de la mente. Madrid, Biblioteca Nueva. González Gabaldón, Blanca (1999). Los estereotipos como factor de socialización en el género. Comunicar 12, pp. 79-88. Sevilla. Goffman, Erving (1986). Estigma. La identidad deteriorada. Buenos Aires: Amorrortu. Heler, Mario (2005). Ciencia incierta. La producción social del conocimiento. Buenos Aires: Biblos. Kant, Immanuel (2005). Crítica de la Razón Pura. México: Porrua. Karz Saul (2006).Pero ¿qué es el Trabajo Social? En: La investigación en trabajo social. Volumen V. Publicación Pos jornadas. Paraná: Facultad de Trabajo Social. UNER. Mackie, Marlene (1973). Arriving at TruthbyDefinition: Case ofStereotypeInnacuracy en Social Problems. 20, 431-447. Najmanovich, Denise (2012). Desamurallar la educación: hacia nuevos paisajes educativos. Recuperado el 27-01-18 en: denisenajmanovich.com.ar/esp/desamurallar-la-educacion/ Nino, Carlos (1990). La Democracia Epistémica puesta a prueba. Respuesta a Rosenkrantz y Ródenas. Publicado en: Ética y derechos humanos. Barcelona, Ariel. Peirce, Charles S.: CollectedPapersof Charles Sanders Peirce. Volúmenes 1–6 editados por C. Hartshorne, P. Weiss. Cambridge, Harvard University Press, 1931–1935; volúmenes 7–8 editados por A.W. Burks. Cambridge,Harvard University Press, 1958. Piaget, Jean (1999). La Psicología de la Inteligencia. Barcelona: Planeta. Real Academia Española (2014). Diccionario de la Lengua Española. Barcelona, Espasa-Calpe. Soler Toscano, Fernando (2012). Razonamiento Abductivo en la lógica clásica. Cuadernos de Lógica, Epistemología y Lenguaje. Volumen 2. Londres, CollegePubications. Santos, Boaventura de Sousa (1995). Más allá del pensamiento abismal: de las líneas globales a una ecología de saberes. Recuperado el 27-02-18 en: biblioteca.clacso.edu.ar/ar/libros/coedicion/olive/05santos.pdf Vasilachis, Irene (1992). Métodos Cualitativos I. Los problemas teórico-epistemológicos. Buenos Aires: Ceil/Conicet-Flacso-UBA.
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    49 De Artes yDe Partes Lic. Olga R. Zampar, Magister en Salud Mental DESCARGAR ARTÍCULO Ser Trabajador/a Social operativo en la provincia de Santa Fe implica, como lo indica el artículo 3º de la ley de ejercicio profesional, que: “Sólo podrán ejercer la profesión de Asistente Social en la Provincia de Santa Fe, previa obtención de la matrícula correspondiente: a) Las personas que tengan título de Asistentes Sociales y/o trabajadores sociales, Licenciados en Servicio Social y/o Trabajo Social y/o Doctores en Servicio Social y/o Trabajo Social, ...” (1). Pertenecer al Colegio es constitutivo del ejercicio profesional de las y los Trabajadores Sociales, tomando como equivalentes, las expresiones Servicio Social y Trabajo Social. El Colegio es un colectivo, una organización, constituída por los miembros matriculados. Está previsto en el artículo 4º de la Ley antes citada, la subdivisión de la provincia de Santa Fe en dos jurisdicciones, y que “... En cada una de las ciudades de Santa Fe y Rosario funcionará un Colegio, respectivamente, de Profesionales del Servicio Social, los que tendrán a su cargo en las respectivas jurisdicciones que se les asigne, el contralor de la profesión y el otorgamiento de la matrícula. Dichos Colegios estarán formados por todos los profesionales domiciliados en cada jurisdicción aludida, siendo los mismos los únicos organismos oficialmente reconocidos por el Gobierno Provincial a los efectos que sean necesarios. ...” (2). La organización es técnicamente una Asociación civil sin fines de lucro, supeditada al contralor de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, que se sostiene con el ingreso que proveen las cuotas societarias, acorde al último párrafo del artículo 1º del Estatuto. En cuanto tal, define por elección, en forma periódica, quienes, de aquellos que lo componen, dispondrán su capacidad y esfuerzo a fin de regir un período de gobierno de la organización para tender a la realización de los fines y funciones establecidos por el Estatuto, lo que, sumados a las gestiones corrientes de una administración, constituyen un cúmulo de trabajo que es aconsejable asumir con responsabilizaciones compartidas, y compartimentadas cuando ello es preciso. Y, ello no es un privilegio, sino una disposición de servicio. La lectura de los artículos 2º y 3º del Estatuto, que definen Fines y Funciones, respectivamente, dan cuenta de que se hallan pendientes de realización varios objetivos atinentes al ser profesional que certifica el Colegio, direccionadas a la adquisición de conocimientos cualificantes de la profesión. ¿Qué parámetros dan cuenta de la cualificación en esta profesión?, sin que por ello sean excluyentemente propios. Dicho sin tecnicismos, es preciso lograr sensibilización para la detección y desnaturalización de las situaciones de vulneración de derechos ciudadanos, pero, también, apropiarse de categorías teóricas conducentes a la prelación (º) de situaciones en las cuales procede la restitución de derechos. En este proceso de cualificación del ejercicio profesional es prioritario analizar aquellas convicciones subjetivas que limitan la percepción de los derechos habidos de los sujetos cuya situación es objeto de la acción profesional. Porque, “... el ser humano posee la característica de la reflexividad: puede identificar sus propios chips (*), y puede evaluarlos, juzgarlos éticamente y desaprobarlos. ...”. (3) Para avanzar hacia la visibilización de dichos derechos como tales, cada análisis de situación debe contextualizarse, aplicando indicadores a las variables que la atraviesan. “... Esa conciencia (º) En la defensa del interés superior del niño, hay que discernir si una situación obedece a carencias de índole asistencial o si hay condicionante/s subjetivo/s de dificultosa reversión (consumo de sustancias que alteran la percepción, violencia y abuso sexual, los más frecuentes) en su referente parental. O la omisión de información legal, ante embarazo que se manifiesta no deseado. (*) Segato entiende la cultura como un conjunto de chips que nos programan, pero sin que sea de forma automática y necesaria, y que, así como fueron instalados, infiere que también podrían desinstalarse.
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    50 desnaturalizadora del ordenvigente es la única fuerza que lo desestabiliza. Para ello hay una condición indispensable: la mediatización de los derechos. La visibilidad de los derechos construye, persuasivamente, la jurisdicción. ...” (4). No son las convicciones subjetivas las que deben prevalecer, sino lo que dispone la Ley respecto de los sujetos con quienes se despliega la acción profesional, y ello está instituido en un cuerpo legal que, partiendo de la Constitución Nacional va sumando cada vez más expresiones. “... Por cierto, el hombre tiene derecho a la subsistencia, el derecho a la vida es una prerrogativa fundamental de la humanidad, que ninguna sociedad puede transgredir. Pero la puesta en obra de este derecho se desdobla, según sea que esos ´hombres sin medios de subsistencia´ sean capaces de trabajar o no. … Los incapaces para el trabajo dependían del derecho al socorro. ...”, explicitó Castel, aludiendo a las conclusiones del Comité de Mendicidad de la Asamblea Constituyente de Francia, 1790. (5) Que, si bien fue una formulación superadora de la problemática atendida, luego dió lugar a aquella que plantea si realmente todos los capaces llegarían a subsistir con el producto de su trabajo, o peor aún, si habrían de hallarlo. Teniendo en cuenta que han pasado siglos y las cuestiones aludidas siguen vigentes, sirva esto para verificar cuánto debe transitarse en materia de restitución de derechos. La pertenencia al Colegio debe posibilitar un intercambio que suscite la cualificación y, a la vez, sea un ancla de Salud Mental, dado que los embates de situaciones diversas producen impactos emocionales y desgastes desalentadores en el transcurso de la acción profesional. Todas, todos, todes, somos Colegio. Un grupo, circunstancialmente, ejerce su gobierno. La Delegación Zona Norte es una extensión para acercarlo a quienes, en esta situación geográfica dentro de la provincia, distamos significativamente de su asentamiento legal. Participar es la tarea. Citas (1) Legislatura de la provincia de Santa Fe, Ley Nº 7754, Santa Fe (Argentina),1975. (2) Op cit. (3) Segato, Rita Laura, Las estructuras elementales de la violencia, Ed. Prometeo Libros, C.A.B.A., segunda edición 2010, pág. 141. (4) Op cit, pág. 142. (5) Castel, Robert, Las metamorfosis de la cuestión social – Una crónica del salariado, Ed. Paidós, Buenos Aires, quinta edición 2009, pág. 184. Bibliografía . - Clase presencial sobre Formulación de escenarios de contexto, Arrillaga, Hugo. Curso de extensión universitaria de la Universidad Nacional del Litoral sobre Organizaciones de la Sociedad Civil, sin datos. - Estatuto del Colegio de Trabajadores Sociales de la 1º Circunscripción Santa Fe, Asamblea extraordinaria del Colegio, Santa Fe (Argentina), 2007. - Las metamorfosis de la cuestión social – Una crónica del salariado, Castel, Robert, Ed. Paidós, Buenos Aires, quinta edición 2009. - Las estructuras elementales de la violencia, Segato, Rita Laura, Ed. Prometeo Libros, C.A.B.A., segunda edición 2010. - Ley Nº 7754 de Ejercicio de la profesión de ... Legislatura de la provincia de Santa Fe, Santa Fe (Argentina),1975.
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    51 Un Campo EnConstrucción: El Trabajo Social En Un Tribunal De Familia Lic. Liliana Beatriz Bongi, T.S. Del Tribunal Colegiado de Familia N°3 de Santa Fe Lic. Maricel Haydeé Salera. T.S. Del Tribunal Colegiado de Familia N°3 de Santa Fe Lic. Silvana María Simioni. T.S. Del Tribunal Colegiado de Familia N°3 de Santa Fe DESCARGAR ARTÍCULO ABSTRACT En este artículo, apostamos a reflexionar sobre las intervenciones en cable teórica como Trabajadores/as Sociales en el Fuero de Familia de la ciudad de Santa Fe, interpelando, problematizando el lugar y la tarea históricamente asignado a nuestra profesión, ya sea desde los profesionales de la disciplina, como así también de los otros/as agentes del sistema judicial. Para ello, nos posicionamos desde la perspectiva de campo jurídico, sabiendo que el Derecho no es exclusividad de una profesión (Abogados/as), sino de un conjunto de saberes que, desde una mirada transdiciplinaria, intentan dar cuenta de su constitución y de su objeto, abordando el conflicto social para lograr la integración. Desentrañamos lo que consideramos ese objeto, conceptualizándolo como asunto judiciable, desagregando y poniendo en cuestión categorías como: objeto de intervención, intervención, demanda, institución judicial. Palabras Claves Intervención- Campo Jurídico. Objeto Judicial Conceptualizando la función del campo socio-jurídico El presente artículo tiene por objeto reflexionar teórica y epistemológicamente sobre lo que consideramos acerca de la construcción de la intervención del Trabajo Social en el Fuero de Familia, desde una perspectiva crítica y en base a la promoción de derechos, proyecto profesional que se intenta poner en acto en el Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de la ciudad de Santa Fe, Sabemos que todo proceso profesional- societal es producto de una construcción epocal, pero centralmente, de la puesta en acto de acciones colectivas, siendo resultado de este ´proceso de continuidades y rupturas, el lugar que hoy ocupa TS en el Fuero, así también cómo se piensan sus intervenciones, su rol por parte tanto de los/as propios profesionales como de los otros/as actores del sistema. Por ello, la construcción del espacio profesional, es consecuencia del resultado de un largo recorrido colectivo de disputas, más aún en un fuero donde la centralidad no está puesta en Trabajo Social Reforzando este planteo, coincidimos con autores reconocidos del Trabajo Social Forense (Marcón, Nicolini, Robles, Kronpotic, Ponce de Leon, entre otros), que en sus trabajos sostienen “Se observan la casi ausencia de trabajos que discutan o analicen la norma jurídica como construcción social lo que se traduce en la consideración de la norma jurídica como elemento apriorístico o naturalizado de manera tal que lo social aparece apenas en la aplicación, aplicación desigual o no aplicación de la ley, el riesgo asociado a esta manera de analizar lo jurídico sería alimentar una neo-para-judicialización del trabajo Social, al aumentar la dependencia epistemológica de la profesión respecto de los saberes y dispositivos dominantes del campo jurídico.” (Krompotic. Ponce de León 2016- 2) . Por ello, pensar y reflexionar sobre nuestra intervención como Trabajadores Sociales en el Fuero de Familia implica desandar los estereotipos y posiciones que colocaron al Derecho como aspecto central en la
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    52 institucionalidad social, ya los saberes expertos responsables de su atención. Consideramos que existe una hegemonía del derecho- con el objeto del abordaje de la cuestión social que se tramita en la Justicia de Familia desde la complejidad de su constitución como problema, generando restricciones no sólo a nuestra disciplina, sino fundamentalmente a la construcción compleja del objeto y al Servicio de Justicia desde la Perspectiva de Derechos Humanos. Para poder comenzar a dar respuesta a esta preocupación, “se considera necesario pensar el lugar que en la Modernidad (y que hoy se discute si se habla de pos-Modernidad, entre otras categorías en debate), tiene la ciencia, el “saber experto”, en términos de Giddens, como constructores de discursos y prácticas, y de ser el árbitro, el modelo justificatorio, que junto con su puesta en acto (la práctica profesional), dan sentido al nuevo Dios que es la Razón, en su acepción accidental. Desde la matriz positivista, la ciencia por sí misma debe construir sus criterios de validación, descontextualizada de las condiciones históricas-políticas-sociales de producción de ese conocimiento. En los contextos actuales, se señala que “no son necesarios los grandes relatos epistemológicos, sino que la ciencia y la técnica hoy han devenido en ideología, produciendo sus propios procesos de legitimación” (Diaz de Kobila, 2003:107) En los dispositivos judiciales, entran en juego en la construcción de esos discursos, disciplinas diferentes, no sólo desde su arqueología - sino por ello- también desde su lugar hegemónico. Estas entran en “disputa” en el campo del saber, para definir quiénes adquieren la preeminencia en la construcción de ese discurso justificatorio. En el ámbito judicial, el Derecho como saber es hegemónico, y las otras disciplinas entran desde un lugar de auxiliaridad, como marca de nacimiento. El Derecho es hoy (desde el proyecto epistemológico dominante que lo sustenta, más allá de la disputa de otras perspectivas que siguen teniendo un lugar subalterno) un campo del saber atravesado por la lógica positivista, donde hay una búsqueda permanente de lo normado, un apego a los procesos como validantes de sus intervenciones, lo “probado”. Podemos entonces decir, siguiendo el análisis del autor Osvaldo Marcon (2011) quien expresa que lo que caracteriza a esta práctica es el apego a las formas, su sustrato altamente conservador. Para fundamentar este desarrollo teórico, el autor Marcón cita al texto “Fuerza de Ley: el fundamento místico de la autoridad”, de Derrida, quien sostiene que “el derecho es esencialmente deconstruible, ya sea porque está fundado, construido sobre capas textuales interpretables y transformables (y esto es la historia del derecho, la posible y necesaria transformación, o en ocasiones la mejora del derecho), ya sea porque su último fundamento por definición no está fundado. Que el derecho sea deconstruible no es una desgracia. Podemos incluso ver ahí la oportunidad política de todo progreso histórico, Pero la paradoja que me gustaría someter a discusión es la siguiente: es esta estructura deconstruible del derecho o, si ustedes prefieren, de la justicia como derecho, la que también asegura la posibilidad de la deconstrucción. La justicia es en sí misma, si algo así existe fuera o más allá del derecho, la que también asegura la posibilidad de la deconstrucción, si algo así existe. La deconstrucción es la justicia” (Marcon, 2011:191:192) Si hay algo que las Ciencias Sociales -desde las corrientes críticas de principios del Siglo XX- han aportado a los saberes y discursos, es precisamente cuestionar a la realidad como algo dado, natural, sino como producto de una construcción histórico-ideológica. Por lo tanto. definir que es Ley (desde su acepción como norma jurídica), qué es sanción, que es transgresión, surge de un proceso de disputa y negociación, que se resuelve conforme a cada momento histórico. En el caso que nos ocupa, estas negociaciones están fuertemente condicionadas con lo que una sociedad acepta y define como “normal”, y convertida en norma que debe ser aceptada “obligatoriamente” por los sujetos, esto es, la ley jurídica” ... (Salera. 2012:1-2-3) Por lo tanto, nos posicionamos desde una perspectiva crítica que señala que el derecho es un campo de disputa.” En realidad, Cotterrell defiende con carácter general la necesidad de interpretar sociológicamente las ideas jurídicas: “la tarea de la interpretación sociológica de las ideas jurídicas no es un complemento deseable, sino un recurso esencial para la comprensión del derecho. Las ideas legales son medios a través de
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    53 los que seestructuran las dinámicas sociales. Para apreciarlas correctamente en este sentido y reconocer su poder y sus límites, es necesario entenderlas sociológicamente” (2006a: 63). El planteamiento de Cotterrell no deja lugar a dudas, por eso emplea y recalca el término “necesidad”. Ahora bien, aunque subraya la necesidad de incorporar la perspectiva “sociológica”, su posición no es excluyente ni con respecto a la Teoría del derecho ni en relación al conjunto de las ciencias sociales. Al contrario, concibe esta empresa como una tarea transdisciplinar cuya finalidad sería la de ampliar las perspectivas de conocimiento y explicación de los fenómenos jurídicos. En ese sentido concibe su propuesta como una propuesta incluyente, más que excluyente. Incluso rechaza el término “Sociología del derecho” en favor de otros menos “disciplinares” como “perspectiva sociológica” y “comprensión o interpretación sociológica” (García Calvo-2010:385-386) En este sentido, Trabajo Social disputa la construcción del objeto judiciable desde la perspectiva de campo jurídico con otras disciplinas, a partir de su constitución como profesión con status científico y autoridad para “decir y hacer” en lo social problematizado, Esta autoridad disciplinar está legislada desde la formulación de las competencias e incumbencias que asigna la Ley Federal de Trabajo Social N° 27072, sancionada por el Congreso de la Nación el día 10 de diciembre de 2014. En términos generales, dichas competencias encuadran el ejercicio profesional de Trabajo Social, a la “realización de tareas, actos, acciones o prácticas derivadas como relaciones o encuadradas en una o varias de las incumbencias profesionales, establecidas en esta ley”4 Dentro de este ejercicio, las incumbencias se refieren a las acciones que sólo una profesión está autorizada a realizar, teniendo por lo tanto la exclusividad del campo profesional en relación a esa materia. Por lo tanto, “Trabajo Social reúne un conjunto de competencias de naturaleza simbólica al promover la socialización de expectativas respecto a la legitimidad de las normas legales, además de las funciones instrumentales y políticas en torno al arbitraje de conflictos sociales. Esta práctica se inscribe entonces en el abordaje de la conflictividad social frente a una heterogeneidad de situaciones, conflictos y agentes, lo que conlleva una pluralización de instrumentos y prácticas.” (Cazzaniga-2009-12)” Descubriendo nuestro objeto: la problematización de lo social en clave jurídica Desde este posicionamiento epistemológico acerca del campo, y la especificidad de Trabajo Social en la construcción y abordaje del mismo, resulta necesario detenernos reflexivamente para poder pensar nuestro objeto Este objeto de intervención lo denominamos asunto judiciable, sabiendo que sobre él (desde la especificidad del Trabajo Social) se tiene la obligación ética-epistemológica de conocer, comprender, analizar e interpretar, en vistas a la resolución del conflicto planteado. Conceptualizamos asunto judiciable, siguiendo los aportes de la Dra. Graciela Nicolini, (2011) “como aquellas relaciones sociales que se constituyen en conflictos y que por su naturaleza necesita la intervención de la institución judicial para su resolución, ya que de no ser así afectaría el cuerpo colectivo.” 5 (Nicolini 2011- 127) Compartimos lo planteado por la Dra. Gonzalez Saibene que TS no construye su objeto autónomamente, sino que su encuadre está dado por la naturaleza del problema que aborda, como así también los objetivos de la institución en la cual trabaja, agregando además, con las lógicas y el status asignados a ellas. Y que esa construcción es transdisciplinar (Marcón-2015), ya que, parafraseando a la autora, toda profesión enuncia a pensar que el saber de su propia disciplina es suficiente para poder comprender el problema, debiendo desde lo epistemológico, leer ese objeto, darle cuerpo desde el status teórico, que lo constituye en el caso de TS a teoría social en su conjunto (Gonzalez Saibene). También al decir de Robles con argumentaciones e interpretaciones desde categorías teóricas, desde un referente teórico que le otorga fundamento y validez. Trabajo social, profesión con un status social asignado en la división socio-técnica del conocimiento, interviene en el espacio judicial desde una autonomía relativa, sostenida por un saber teórico-metodológico 4 Ley Federal de Trabajo Social. 5 Graciela Nicolini, “Judicialización de la vida Familiar. Lectura desde el Trabajo Social, Ed Espacio, Bs. As., 2011
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    54 que le confiereautoridad a la hora de poder dar cuenta de las características de lo social problematizado, ya sea a nivel comunitario, familiar e individual. Singularizando este objeto en el campo que trabajamos, su propia denominación nos obliga a dar cuenta categorialmente desde que posición definimos Familia. Entendida como construcción histórico social que organiza los vínculos humanos, también es una institución política a partir de la cual el Estado moderno define mecanismos de integración. Claudio Robles se refiere al concepto de familia tomándola en primer lugar desde la acepción que el Derecho le ha significado, expresando que se trata de un conjunto de personas entre las que existe un vínculo jurídico, con interdependencia y resultante de la unión intersexual, la procreación y el parentesco. Se toma la acepción jurídica de esta categoría por cuanto el sistema judicial alude a la familia como vínculos filiales paternos y asigna una responsabilidad directa sobre dicho vinculo. La carga que el sistema imprime al rol paterno-materno, pocas veces es situada en las condiciones concretas de existencia en que cada familia desarrolla la materialidad de su existencia, como producto histórico cultural (De Jong 2001). Por ello se suscribe a esta noción de familia, entendida como concepto polisémico históricamente situado y no tributario de modelos ideales Construcción del Proyecto Profesional El campo socio-jurídico de Familia en la organización institucional del Poder judicial, está normado por el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina Ley 29994, las leyes procesales provinciales y la organización de la Ley Orgánica de Tribunales de Santa Fe N° 10160. Esta legislación de fondo, es la que define las competencias y las funciones del Fuero de Familia en el arbitraje del conflicto social, los actores sociales participantes, y la forma en que el Estado convierte en cuestión pública el Derecho de Familia, de los Niños, Niñas y Adolescentes, de la Mujer, etc. Es decir, como se regulan y normatizan las relaciones entre los sujetos sociales en el ámbito de su mundo público-privado. En relación a nuestro hacer profesional en este fuero, por la naturaleza de ser un proceso de acción privada, es decir, por pedido de los sujetos particulares, la intervención de Trabajo Social surge y se delimita a partir de la solicitud de los abogados/as de partes, y/o de los Jueces/zas de Familia, y/o de los Defensores/as Oficiales. Con esto queremos significar que nuestra intervención se construye desde la demanda de otros/as actores que “evalúan” la necesidad de una mirada diferente del conflicto social tramitado. Esta posición en relación a la intervención “demandada” por otros, restringe nuestro campo de acción, y muchas veces -por la hegemonía de esos actores institucionales y del status instituido en la institución judicial- la condiciona. Concretamente, cuando se dispone nuestra intervención en un expediente tramitado en este Fuero, se observa con preocupación que, desde el pedido de los/as profesionales de partes, se atenta en ciertas oportunidades contra la autonomía profesional, puesto que solicitan acciones y técnicas que sólo un Trabajador/ra Social, tiene el conocimiento y competencias para definirlas en el marco del proceso de intervención profesional. En este sentido, la Dra. Susana Cazzaniga conceptualiza la intervención profesional,” en tanto trabajo, quehacer o práctica específica, que intenta generar algún tipo de transformación o modificación en relación con la situación que le es presentada, se expresa en una construcción metodológica, en un conjunto de mediaciones que darán cuenta de la intencionalidad de transformación y de sus cómos particulares”6 4 (Cazaniga 2009-12) Es en este sentido, que la intervención profesional no se reduce a una acción, una técnica o un instrumento, sino a la definición intencionada de un/a profesional, sostenida desde una matriz teórico- epistemológica. La intervención por lo tanto puede considerarse un proceso de tensión entre categorías teóricas y la empiria, que la recorta y focaliza. Desde este status epistemológico del conocimiento, las técnicas de una disciplina (visita domiciliaria, informe socio-ambiental), son acciones que sólo el/la profesional interviniente (con un saber acreditado por 6 íbidem
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    55 un título habilitante)porta la autoridad y autonomía para definirlas como necesarias en el encuadre de un proceso mayor de intervención. Proceso de intervención que constituye una estrategia en el marco de las diferentes dimensiones de ese objeto en la institución judicial, que significa una apuesta singular y situada, desde la ética profesional y del encuadre normativo. Estas dimensiones inter-relacionadas se refieren a: la naturaleza del conflicto a conocer, las características y posición de los/as sujetos/as y actores/as involucrados/as, el momento del proceso judicial, y el criterio del Juez/Jueza de trámite que dispone la intervención. Si bien reconocemos esta participación en el proceso, (que implica que la demanda sea definida por otros/as actores/as), sostenemos desde la autonomía profesional que la definición del cómo (proceso metodológico), es responsabilidad de cada disciplina desde su saber hacer acreditado. Acerca de la naturaleza del objeto judiciable: su singularidad en el Fuero de Familia en Santa Fe Con relación a este objeto, sabemos que existe en el imaginario social una percepción bastante estructurada y descontextualizada, de lo que se ocupa el Fuero de Familia. Por ello, consideramos necesario dar a conocer acerca de los aspectos de la cuestión social de las cuales nos ocupamos en este campo, y desde la función que en el aparato del Estado tiene el Poder Judicial. Los problemas de los cuales se ocupa este campo son conceptualizados en el lenguaje jurídico como: violencia familiar (medidas de distancia, exclusión del hogar), divorcios, curatelas-tutelas, regímenes de comunicación, cuidados personales, alimentos, guardas, adopción, control de legalidad de las medidas de protección tomadas por el Organismo del Poder Ejecutivo que se ocupa de Infancias y Adolescencias, entre otros. Desde la dimensión social, consideramos que esta traducción en lenguaje jurídico representa aquellos aspectos de la cuestión social,7 en términos de los conflictos expresados en el ámbito de las relaciones interpersonales, cuando estas se centran en los vínculos de lo que se considera familia en todas sus expresiones, en un momento y tiempo determinado En nuestra práctica profesional basada en la cultura institucional instituida observamos la existencia de una forma de pensar la intervención de TS sostenida desde un rol estereotipado, definida a partir de modelos interventivos -que desde el saber disciplinar- se fueron superando a partir de las rupturas epistemológicas que se construyeron de nuestro saber-hacer autónomo Esto lo podemos ejemplificar, a partir de la lectura analítica de los expedientes judiciales, donde observamos: 1. La inexacta solicitud de la intervención profesional por parte de losl/las profesionales intervinientes en cada uno de ellos, avalada por los Tribunales, y en otras, producto de una demanda interna (Secretarios/as, Jueces/Juezas, otros/as profesionales) que no sólo está en contra de nuestra autonomía, sino que restringe la capacidad de aporte de la disciplina del Trabajo Social como profesión, y también de la función social de la institución judicial que debería ser brindar en Servicio de Justicia basado en todos los derechos y garantías. A modo ilustrativo, transcribimos algunos ejemplos: “Relevamiento social: a efectuarse por la Sra. Visitadora Social de este Tribunal y/o por quien V.S.8 6 designe, en el domicilio paterno y materno a fin de determinar: medios y modos de vida, elementos de confort en los hogares…pudiendo en su caso, y de ser necesario, consultar a los vecinos” Constatación de elementos de decoración, ajuar, inspección ambiental. Relevamiento sobre modos de vida entre los vecinos. 7 Cuestión Social, como dice Castel (1988) es un desafío que interroga, que pone en cuestión la capacidad de una sociedad (o nación) de existir como un conjunto ligado por relaciones de interdependencia, esto es, por relaciones de integración. Portyara Pereira, Cuestión Social 8 En el lenguaje de la institución Judicial, la forma de dirigirse a los Jueces (que surge desde la verticalidad del Poder Judicial), VS es una abreviatura que se usa en los escritos que significa Vuestra Señoría.
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    56 Supervisión de losregímenes de visitas9 desde un rol de control, sin previa intervención del TS para evaluar la organización del proceso. Así mismo, en relación a los expedientes de la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia observamos: la indiscriminación en el objetivo de intervención del Trabajo Social, escasa coordinación con los/as Trabajadores/as Sociales del Poder Ejecutivo y Poder Judicial, demoras en la resolución de situaciones de los niños/as y jóvenes que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad y que requiere de respuestas judiciales rápidas y coherentes a su historia. La demanda de intervención por lo tanto está sostenida desde un rol de agente moral, de externalidad de los procesos sociales y singulares objetos de nuestra intervención. Este rol de agente moral nos obliga a emitir juicios desde un lugar universal, desde un sujeto no sujetado a sus condiciones concretas de existencia. Nos solicitan una función de ser “ojos del juez”, sin comprender que nuestra intervención se sostiene desde un saber hacer acreditado (no sostenido sólo desde la auxiliaridad), e inserto en condiciones históricas y singulares de constitución. 2. Otro aspecto que observamos con preocupación, es cuando se ordena que recabemos información diagnóstica que excede ampliamente nuestras incumbencias, violando la ética profesional del legítimo ejercicio del Trabajo Social. A modo de ejemplo, la solicitud de situación médico-sanitaria, situación subjetiva (si puede interaccionar con su entorno, cuadro de afección psíquica,), si puede administrar sus bienes, aspectos que tienen que ver con otro saber disciplinar. Desde nuestra perspectiva, esta situación implica que se nos exija intervenir en aspectos de lo social problematizado que corresponden a otras disciplinas, que portan el saber teórico legitimado y legalizado para “categorizar”, conceptualizar y construir ese aspecto de la cuestión social que se convierte en objeto judicial. Este límite en nuestras incumbencias no es sólo del orden de la división socio-técnica de las ciencias, sino -más aún en una institución judicial- del orden de lo normativo. Es decir, el corpus legal ordena quien se ocupa, y desde que perspectiva se ocupa de las cuestiones referentes a la salud mental. La legislación en relación a esta materia (Ley Nacional de Salud Mental 26657 y Ley Provincial de Salud Mental 10772) son claras al respecto, definiendo la Ley Nacional de Salud Mental N°26657, en su art.5:” la existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado”810 Acerca de la intervención del trabajo social en el fuero de familia En este desarrollo se analiza la categoría intervención social desde una perspectiva historiográfica, necesitando vincularlas a otras categorías que nos va permitir la comprensión y la elucidación de la misma. Estas reflexiones están ancladas en las perspectivas teórico-epistemológicas que entienden a lo social como producto de múltiples determinaciones donde el aspecto estructural toma cuerpo; no obstante, la acción de los sujetos se torna central. Por otra parte, se considera a lo social como un todo complejo y abierto, posible de ser conocido desde la problematización constante que pone en tensión categorías teóricas y empírica para construir mediaciones conceptuales Desde esta perspectiva, la intervención social se configura en tanto proceso social como resultado del movimiento tensional entre espacios y formatos organizativos, dónde se disputan intereses materiales y 9 Siendo el objetivo el Régimen de Comunicación garantizar al padre no conviviente participar en la vida de los hijos y a estos el de ejercer el derecho de libre contacto con ambos padres (Robles 2004). Cuando hay conflictividad en la vinculación, la asistencia de la misma aparece como una alternativa que propone como uno de sus primeros objetivos la evitación o control de tal conflicto, es decir, de las confrontaciones entre los padres en el espacio de la vinculación con los hijos (Alday, Bratti, Nicolini 2001). Como señala Robles, otros objetivos que se observan son el de ejercer alguna forma de control, límite y censura en el comportamiento de padres incumplidores, y/o restablecer un orden perdido o vituperado por los integrantes del sistema familiar (Robles 2004). tomado de Nicolini, Graciela y otros, “Régimen de Visitas Asistido: Encrucijada para el Trabajo Social en la Justica, Bs. As, Ed. Espacio, 2011. 10 El resalto es nuestro
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    57 simbólicos que seexpresan en politicidades que adquieren características particulares según tiempo y espacio. (Salera -Pieruzini 2018) Entendemos que nuestra intervención como Trabajadores Sociales en el Fuero de Familia, se inscribe en la lógica de campo jurídico. En este sentido, compartimos la argumentación de Krompotic y Ponce de León quienes definen a “la intervención socio-jurídica será entendida como una especialidad profesional centrada en la interface entre los sistemas legales y humanos de una sociedad (Barker y Branson, 2000) con la finalidad de conocer, comprender, explicar y evaluar situaciones presentes y pasadas y anticipar situaciones futuras, a partir de estudio sociales, pericias, evaluaciones y diagnósticos, los que no se restringen ni al ámbito judicial pues incluye instancias pre y post-judiciales, ni a la realización de pericias, sino que están presentes en toda circunstancia en que se hallan comprometidos derechos y obligaciones”(Krompotic y Ponce de León, 2017:2- 3) En este sentido, compartimos con los mencionados autores que como Trabajadores Sociales construimos intervenciones sociales en el sentido más amplio de su término, que permite desde un saber teórico epistemológico, definir que abordamos una materia prima que significa una situación a ser descubierta (en términos de Saul Karsz 2007), trabajamos con sujetos, y por lo tanto, la misma tiene implicancias en el plano de lo ético, al producirse efectos en la vida de los mismos. Más aún, desde la institución judicial estos efectos son más profundos, ya que la producción de su intervención en términos de sentencias adquiere valor de fuerza normativa impuesta. Desde nuestro saber disciplinar -que nos habilita a la realización de análisis institucionales-, podemos observar al interior del Poder Judicial una identidad organizacional sostenida desde las rutinas burocráticas, que hace muy difícil -y por momentos- hasta inviable el trabajo en equipo, la cooperación e interrelación entre los diferentes actores. Entendemos como trabajo interdisciplinario e inter-actoral al conjunto de procesos, saberes, acciones, lenguajes diferentes que sostienen la práctica de una institución para el cumplimiento eficaz y eficiente de su objetivo. Dicho trabajo implica un esfuerzo de mancomunar discursos, lógicas, acuerdos a fin de profundizar en el conocimiento del asunto judiciable y la definición de la estrategia para un mejor abordaje e intervención. La posibilidad de la interdisciplina se inscribe en las lógicas de las diferentes organizaciones institucionales, donde sus dinámicas e identidades pueden favorecerla u obstaculizarla. Desde esta fundamentación y argumentación teórica, consideramos que al interior del Tribunal resulta muy difícil -y por momentos frustrante- el trabajo cooperativo. La posibilidad de realizar que cada actor/ra desempeñe un trabajo eficiente, se sostiene en la comunicación, la mirada compleja del expediente, aspectos de la dinámica institucional que no se encuentran muchas veces presentes en la lógica actual de nuestra institución. Acciones mínimas como: acercarnos los datos precisos para nuestra intervención disciplinar (datos tanto del abogado/a y/o defenso/rar, como sus representados/as, a saber: teléfono actualizado, correo electrónico, domicilio del sujeto/a actualizado), resultan indispensables para “hacer” nuestra tarea. La comunicación verbal (no sólo mediante la formalidad escrita) entre los secretarios/as y los integrantes del Trabajo Social, resulta indispensable no sólo para acordar y construir el objetivo de nuestra intervención en la lógica mayor del expediente y del momento procesal. Estas pequeñas modificaciones en el “status quo” institucional, abonaría a un trabajo inter-actoral e interdisciplinario, que no sólo aportaría a un mejor proceso de intervención desde el Trabajo Social, sino conduciría a un mejor servicio de Justicia, objetivo que de hecho compartimos todos los que formamos parte de este Tribunal. A modo de cierre El Trabajo Social se inscribe dentro de las profesiones con status y saberes autorizados en el campo jurídico para el abordaje de los conflictos interpersonales, desde su autonomía relativa. Esta autonomía
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    58 significa que elencuadre en la construcción de su objeto está dado por los objetivos del Fuero de Familia, pero estos no encorsetan ni definen los cómo, ni la construcción de los sobre qué (lecturas teóricas epistemológicas de ese objeto), por otros agentes o profesionales. En este sentido, esta perspectiva implica la construcción de un espacio profesional en el ámbito judicial, que se constituye en una apuesta política-profesional epocal, siendo responsabilidad de los/as profesionales que trabajamos en los sistemas de Justicia dar contenido a un rol autónomo, sostenido desde nuestra expertiz y de las incumbencias profesionales, y no atado a los que los otros/as agentes demanden de nuestra intervención. BIBLIOGRAFÍA • Cazzaniga, Susana, (1997) El abordaje desde la singularidad. Revista. Desde el Fondo UNER. Paraná. (20011) Entramados Conceptuales en Trabajo Social. Categorías y problemas de la intervención profesional, Prólogo, Ed. Fundación La Hendija, Entre Ríos. • (2011) La Inscripción Social como horizonte d sentido de la intervención de los Trabajadores Sociales, en “Entramados Conceptuales en Trabajo Social. Categorías y problemas de la intervención profesional, Ed. Fundación La Hendija, Entre Ríos, • Donzelot, Jacques, (2008) La Policía de las Familias, Ed. Nueva Visión, Bs. As., • García Calvo, Manuel (2010) Cabe el enfoque socio-jurídico en la teoría del derecho?, University of Zaragoza, consultado el día 11 de marzo de 2021 en https://www.academia.edu/8148503. • Gonzalez Saibene, Alicia (2011), Conocimiento, intervención, transformación en, en Entramados Conceptuales en Trabajo Social. Categorías y problemas de la intervención profesional, Ed. Fundación La Hendija, Entre Ríos • Krmpotic, Claudia. (2015) “Cap. III. Trabajo Social Forense como campo de actuación en la intersección entre bien social y bien jurídico”. Clases del Posgrado de Trabajo Social Forense, UNL Santa Fe (2013) “El Trabajo Social Forense como campo de actuación en el arbitraje de lo social” TRABAJO SOCIAL GLOBAL- • Malacalza, Susana Leonor (2003), Desde el imaginario Social del Siglo XXI. Repensar el Trabajo Social, Ed Espacio, Bs.As. • Marcón, Osvaldo (2015), La Cuestión Interdisciplinaria en Perspectiva de Derechos: Aportes para una nueva racionalidad socio-judicial, en revista III Derecho Penal Juvenil. “, Ed Induvio, Bahía Blanca, • Nicolinni, Graciela, (2011). Rastreando los atravesamientos del espacio judicial sobre las familias. Un análisis de negociaciones tácitas en los márgenes de la autonomía familiar, Revista Debate Público, Reflexión de Trabajo Social, UBA (2011), Judicialización de la Vida Familiar. Lectura desde el Trabajo Social, Ed. Espacio, Bs. As. • PIERUZZINI, Rosana; SALERA, Maricel and FRANK, Judit Evelyn. Intervención social y los giros en la política. Rev. katálysis [online]. 2019, vol.22, n.1, pp.129-141. Epub May 09, 2019. ISSN 1982- 0259. http://dx.doi.org/10.1590/1982-02592019v22n1p129 • Robles, Claudio.y Di Ieso, Lía. (2012) El concepto de familia y la formación académica en Trabajo Social. Rev. Debate Público - Ed. UBA, Bs. As. • Robles, Claudio (Coordinador), (2013) Trabajo Social en el Campo Jurídico, Ed. Espacio, Bs.As. • Salera, Maricel Haydeé, “Trabajo del Seminario de Epistemología”, Maestría en Trabajo Social, UNER, 2012, inédito. Leyes y Normativas. • Código Civil y Comercial de la Nación Argentina Ley 29994 • Ley Orgánica de Tribunales de Santa Fe N° 10160. • Ley Nacional de Salud Mental 26657. • Ley Pcial de Salud Mental 10772)
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    59 Abordajes constructivos, colaborativose interdisciplinarios de los conflictos en sus diversos ámbitos”. Encuentro de miradas: Trabajo Social y Abogacía. DESCARGAR ARTÍCULO Autores. Anabella CORDOBA Lic. en Servicio Social (Facultad de Trabajo Social-UNER), Mediadora (Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales- UNL). Fue Docente de nivel terciario superior ex Escuela de Servicio Social de Santa Fe. Ejerce la docencia universitaria en la IUNIR (Rosario) Miembro fundadora de la Cooperativa de trabajo interdisciplinario EMPATIO Ltda y docente en la Entidad Formadora. Leticia TAULAMET Abogada (Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales- UNL. Mediadora (Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales- UNL). Miembro fundadora de la Cooperativa de trabajo interdisciplinario EMPATIO Ltda. Resumen: Los profesionales del Trabajo social en la actualidad nos encontramos con una multiplicidad de escenarios escindidos, donde las interrelaciones sujeto(s) conflictividad cobran relevancia por el impacto negativo que genera directamente en las partes intervinientes de los conflictos, sea cual fuere su ámbito, e indirectamente en toda la sociedad argentina. El mayor desafío de quienes apostamos a la construcción de procesos de pacificación es propiciar y promover relaciones saludables en un marco de colaboración y respeto a las diferencias, propósito que compartimos con otras disciplinas sociales y que nos remite a posibilitar espacios de encuentro y de acción multiactoral e interdisciplinaria. En nuestro territorio, la aplicación de métodos no adversariales de resolución de conflictos desde el Estado, se instaura y se instala en la agenda pública como una política que permite abordarlos colaborativa y constructivamente desde hace pocos años. En este marco, en nuestro país se reconoce desde la legalidad a una sola profesión: la abogacía para el ejercicio de la mediación prejudicial obligatoria y el resto de las profesiones quedamos subordinadas desde el punto de vista procesal. Comprendiendo que los conflictos son procesos complejos y deben ser abordados integralmente, nos interpelamos desde nuestros posicionamientos teóricos y valorativos a partir de prácticas situadas en diversos ámbitos y niveles donde un equipo de mediadores de diversas disciplinas nos desempeñamos desde hace varios años. TRES PALABRAS CLAVE: Conflictos –abordaje constructivo- interdisciplina- Trabajo Social - Abogacía Summary Currently, Social Work professionals are faced with a multiplicity of divided scenarios, where the interrelations of subject(s)-conflictivity become relevant due to the negative impact that it generates directly on the parties involved in the conflicts, whatever their scope, and indirectly throughout Argentine society. The greatest challenge for those of us who are committed to the construction of peace processes is to favor and promote healthy relationships within a framework of collaboration and respect for differences, a purpose that we share with other social disciplines and that leads us to open spaces for meeting and multiactoral and interdisciplinary action.
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    60 In our territory,the application of non-adversarial methods of conflict resolution from the State has been established and installed in the public agenda as a policy that allows them to address them collaboratively and constructively for a few years. In this context, in our country, only one profession is recognized from the legality: the advocacy for the exercise of compulsory pre-judicial mediation, and so the rest of the professions are subordinated from the procedural point of view. Understanding that conflicts are complex processes and must be addressed comprehensively, we question ourselves from our theoretical and evaluative positions based on practices located in different areas and levels where a team of mediators from different disciplines have been working for several years. TREE KEY WORDS: Conflicts - constructive approach - interdiscipline - Social Work - Advocacy Introducción El campo societal en la contemporaneidad está signado por situaciones de violencias, intolerancias, discriminaciones, entendidas como manifestaciones de la cuestión social que expresan el escalamiento del conflicto social anidado en la trama de relaciones e interacciones humanas de los actores sociales. En una coyuntura donde el Estado Argentino está perdiendo su rol activo desde que se está volviendo a instalar la lógica neoliberal cobra centralidad lo privado sobre lo público en todas las políticas públicas (económicas, de empleo, sociales, culturales). Los avances en materia de reconocimiento, restitución y promoción de derechos logrados en la última década, se están des integrando rápidamente por las medidas de supuestas reformas adoptadas por el actual gobierno, perfilando un escenario atravesado por conflictos intersectoriales, interactorales, multipartes. El regreso a políticas neoliberales similares a las adoptadas en la década del 90 implica sustancialmente acentuar las desigualdades entre ricos y pobres, mayor exclusión, marginación y conflictos en todos los ámbitos (familiar, socio dinámico o grupal, institucional y comunitario). Resulta imprescindible poner en debate la temática de este trabajo, como lo expresa Hugo Zemermann (2000) “…el esfuerzo por impulsar construcciones sociales diferentes, conforman un eje estructurador sustantivo de la realidad social: el conflicto en todas sus manifestaciones, espacios y temporalidades.” “…. Y que no es sino la expresión fenoménica de la capacidad de activación de los sujetos y de sus distintas proyecciones históricas y por ello para dar cuenta de estas situaciones no se puede prescindir del análisis crítico de la relación sujeto conflictividad”. En este contexto, la complejidad de los conflictos en cada área y nivel es acorde el incremento de amenazas, vulnerabilidades e incertidumbres, desigualdades materiales y simbólicas que padece una sociedad que vertiginosamente se va empobreciendo día a día. La relación sujeto- conflictividad se enmarca en procesos sociales que, por insuficiente o inefectiva intervención, pueden llegar a umbrales destructivos inimaginables. En este marco surge la necesidad de diseñar, implementar, evaluar acciones intencionadas preventivas, interventivas que aborden los conflictos de manera constructiva y colaborativa, abarcativas de la totalidad social cuyo eje sea la convivencia pacífica, no como mero paliativo para contener los conflictos sino para lograr mayores grados de desarrollo humano. Es así que, después de veinte años de instrumentación en el país de los métodos de resolución de conflictos, el Parlamento de la provincia de Santa Fe sanciona la Ley Nro. 13151/2010 “Ley de mediación prejudicial obligatoria” como alternativa para ampliar el acceso a la justicia, reducir los costos del sistema judicial y contribuir a la pacificación social. Esta normativa habilita solo a abogados y procuradores a ejercer la mediación, siendo las otras profesiones co-mediadores.
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    61 A seis añosde su implementación en todo el territorio provincial, los actores involucrados reclaman su modificación desde diferentes espacios de poder, intereses y posiciones. La disputa manifiesta entre abogados litigadores y abogados mediadores está instalada en la agenda societal sin tener presencia las voces de otras profesiones que tienen legalizada la mediación como incumbencia desde hace más de veinte años como es el caso del Trabajo Social. (Ej. Incumbencias sancionadas a partir de las Leyes de ejercicio profesional que datan de 1986 y recientemente la Ley Federal de Trabajo Social Nro. 27.072 /2014). Hoy el debate transita entre dos posturas contrapuestas: leyes más amplias que permitan un sistema abierto y la mediación como antesala del proceso judicial- sistema cerrado. Trascender esta disputa implica adentrarse en la verdadera naturaleza jurídica de algunas instituciones, como es el caso de la mediación, que se pretende encorsetar a veces, dentro de una normativa cuyo objetivo de máxima, dista mucho de las oportunidades urgentes de políticas legislativas, generando de esta manera una vez más como otras tantas, estas especies de sistemas jurídicos productores de inconstancias, vacíos, incertidumbres y derivaciones falaces que, muchas veces, provocan la conclusión por insustentable de un instituto que, paradójicamente se vuelve cada vez más indispensable, dentro del conjunto de los procesos de gestión colaborativa de conflictos. En este trabajo intentaremos poner foco y echar luz sobre el abordaje constructivo de conflictos a través de la implementación de diversos métodos de resolución como la mediación, facilitación, conciliación desde el abordaje interdisciplinario, recuperando los tránsitos desde dos disciplinas Trabajo Social y Abogacía que componen y trabajan en equipo en la implementación de procesos de resolución de conflictos en diversos ámbitos y niveles, intentando trascender la disputa enunciada y avanzar en propuestas integradoras; como así también centrar nuestra atención en los lugares sociales donde se previene, aborda y contiene los conflictos- familia, instituciones sociales, sindicatos, organizaciones de la sociedad civil, entre otras. Desarrollo: La multiplicidad de expresiones de la Cuestión Sociali dan cuenta de la dinámica histórica social de los procesos antagónicos y disyuntivos del sistema capitalista periférico en todas sus dimensiones: socio cultural, económico, político, ambiental. Estas influyen directamente en las diversas modalidades de respuestas que se generan para abordarlas que, según María Silvina Cavalleri (2008:41) son las políticas sociales, la represión y la naturalización. Dada la presencia en estos procesos de varios modos adoptados, existe una coexistencia de conflictos marcados inherentes a las disputas por el reconocimiento de diferencias de género, étnicas, en la constitución de las familias, grupos y comunidades, modos de habitar u ocupación del territorio por una parte; y por otra por las disputas por mayores logros de igualdad frente a las desigualdades crecientes de los sujetos sociales, que los limita en calidad diferenciada a mayor y mejor alimentación, educación, salud, seguridad y justicia, entre otras. Estos conflictos suponen, respectivamente, la presencia de injusticias culturales y socioeconómicas, las cuales se pueden presentar en un mismo sujeto, individual o colectivo, de manera separada o articulada.” (Fraser en Mallardi, M.; 2013: 5). Al considerar la dimensión política, cultural e ideológica de los procesos sociales es posible identificar las visiones que el sujeto tiene y el grado de problematización o naturalización que le permite o le niega vincular su situación a una cuestión de derechos vulnerados o cuestiones fortuitas, respectivamente…” (Mallardi, M.; 2013: 12) o meritocráticas donde desde la sociedad se deposita en el sujeto la culpa de no haber podido lograr determinado objetivo o meta. La reconstrucción analítica y reflexiva de la situación problemática que se manifiesta en el conflicto, desde el punto de vista de los protagonistas, se constituye en el punto de partida que permite transitar un camino de gestión y transformación de los conflictos encausados desde la arena pública de la mano de profesionales idóneos. Por lo dicho, debemos definir qué se entiende por violencia diferenciándola del término conflicto
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    62 ya que usualmentese los utiliza como sinónimos, sin embargo, tienen diferentes significados. Al respecto la academia en los últimos años se ha esforzado en describir y comprender la naturaleza social de las violencias por una parte y por otra indagar sobre los diversos modos de encarar la gestión pública para enfrentar las mismas, sus efectos de primero y segundo nivel, como inciden en la producción y la reproducción de la vida social. La(s) violencia(s) ha sido definida, por ejemplo por Barbeito y Caireta (2005:8), como “Actitud o comportamiento que constituye una violación o privación al ser humano de una cosa que le es esencial como persona, como su integridad física, psíquica y moral, o sus derechos y libertades.” Otros autores se refieren a su aspecto indirecto o estructural, referido a su dimensión económico-social de las injusticias sociales, como la marginalidad, o la inaccesibilidad a los recursos, o a los medios, entre los que se encuentran los servicios públicos de salud, educación y justicia, para una gran parte de la población. Se trata de una visión de la(s) violencia(s) como factor impediente del desarrollo de las potencialidades de la persona en relación a su contexto socio-cultural, como lo señala por ejemplo Lederach (1998:98): “…es preciso enfocar la violencia como causa de la diferencia entre lo que las personas podrían ser pero no son… en cuanto a lo que se refiere a la realización de una vida mínimamente humana. Por ello tenemos que enfocar la violencia… en términos de autorrealización del individuo…”Este autor propone reducir la violencia y “…hacer crecer la justicia en las interacciones directas y las estructuras sociales” respondiendo a los problemas reales de las relaciones humanas a través de la transformación de los conflictos, significando con esto “prevenir los flujos y reflujos de los conflictos sociales y responder con oportunidades vivificantes para crear procesos hacia un cambio constructivo”(2003: 21). Al respecto se debe hacer mención que existen diversas clases de violencias condicionadas a criterios situacionales (aquellas que tienen en cuenta la relación con las víctimas- los actores involucrados o el ámbito y espacio social donde se produce, las motivaciones para que emerjan (política, social, económica, intrafamiliar, de género, institucional, intercultural entre otras y en sus diversos niveles (familiar, grupal, comunitaria, institucional, laboral y ambiental). Franco Conforti expresa que Freud en su estudio sobre la violencia en la historia de la humanidad afirma que esta ha tenido un papel resolutor, es decir que “…se manifiesta en un conflicto cuando no se ha logrado contener o controlar la escalada y será el más fuerte de los contendientes el que gane la disputa”. (2014: 24) donde el otro más débil debe ser destruido, negándole todo derecho como ser humano. En relación al término conflicto el mismo proviene del latín “coflagere”, unidos en el sufrimiento, en un proceso de co-construcción con el otro, en el cual las acciones de los protagonistas y sus contextos, condicionan su devenir. Así es definido por Marinés Suares (2012:78) como: “ Un proceso interaccional, que como tal nace, crece, se desarrolla… puede transformarse, desaparecer y/o disolverse ó permanecer relativamente estacionario; que se da entre dos o más partes…personas…grupos; en el que predominan las interacciones antagónicas sobre las interacciones atrayentes; en las cuales las personas que intervienen lo hacen como seres totales con sus acciones, pensamientos, afectos y discursos; que algunas veces, pero no necesariamente, pueden ser procesos conflictivos agresivos; que se caracteriza por ser un proceso co- construido por las partes y que puede ser conducido por ellas mismas o por un tercero; por lo cual decimos que es un proceso complejo…” Baruch y Folger (2008:129) plantean que debemos definir a los conflictos no como problemas sino como oportunidades de crecimiento y transformación de la capacidad humana para afrontar “… las dificultades de toda clase comprometiéndose en la reflexión, la decisión y la acción como actos conscientes e intencionales”, relacionando la integración de la autonomía del sujeto, la preocupación y la comprensión de otros en la mejora de la convivencia social. Relación intersubjetiva con el otro que es un legítimo otro, en donde ese otro tiene presencia, es otro reconocido y considerado en la relación, por ello para gestionar el conflicto
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    63 necesito imperiosamente dela cooperación o colaboración de ese otro que junto a nosotros comprende y reflexiona para lograr acuerdos sustentables. En este sentido, el conflicto no es entonces necesariamente como se piensa en una aproximación a priori, algo negativo en sí mismo, destinado a eliminarse o negarse, sino más bien una interacción necesaria en la vida cotidiana de los sujetos. Es así que continuamente estamos en relación con un “otro”, desde la misma noción de otredad, estamos invitados al conflicto con lo diverso (aquello que no soy yo, sino que es otro diferente). Por otro lado, y no menos relevante, nos reconocemos como sujetos del lenguaje, por lo cual también allí estaremos sometidos a los conflictos devenidos de su uso, la emocionalidad y la intencionalidad que ello implica. Al respecto Marinés Suares (2012: 74) expresa “…en toda interacción se entretejen sentires, pensares y haceres. Pensar en la interacción como únicamente conducta, acción, dejando de lado el pensar y el sentir, es volver hacia atrás el conocimiento científico, es volver a la división cartesiana entre cuerpo y mente, que tanto ha empantanado a nuestros conocimientos acerca del ser humano.” Es decir, que pueden tener basamento en diferencias de sistemas comunicacionales, emocionales o de percepciones o de recursos; atravesados por el contexto socio cultural. La institucionalización de los métodos de resolución de conflictos en el espacio público: Para poder relacionar las diversas situaciones de conflictos y sus intervenciones que, desde el espacio público se institucionalizaron para abordar constructiva y pacíficamente los mismos, resulta necesario recuperar brevemente su proceso histórico. Los métodos de resolución de conflictos surgen en los Estados Unidos por la insatisfacción que producía la aplicación de forma exclusiva y excluyente de los mecanismos jurisdiccionales, lo que originó a comienzos de los años 70: la aparición, clasificación e institucionalización de otras formas de tratar con los conflictos llamadas alternativas respecto del litigio. La demanda social apuntaba, y aún hoy es así, no sólo a la mejora del funcionamiento del sistema tradicional: los tribunales, sino además hacia los contenidos y el fondo de las soluciones adjudicadas por la magistratura. En ese contexto la Organización Mundial de la Salud (OMS) incluía el tema como uno de los factores que hacen a la salud. Por ejemplo, la tercera Conferencia Internacional sobre Promoción de la Salud: Entornos Propicios para la Salud (Conferencia de Sundsvall - 1977) habla de cuatro dimensiones de la acción para crear “entornos propicios para la salud”, en el sentido de los aspectos físicos, espirituales, económicos, políticos y sociales del medio que nos rodea (lugar para vivir, ambiente de trabajo, recreación, acceso a recursos para vivir y posibilidades de obtener medios para accionar); que deben articularse en una interacción dinámica. De esta manera los menciona y describe: • “La dimensión social, es decir la forma en que las normas, las costumbres y los esquemas sociales influyen en la salud. En numerosas sociedades, la evolución de las relaciones sociales tradicionales representa una amenaza para la salud, por ejemplo, al aumentar el aislamiento social, restándole sentido y coherencia a la vida, atacando los valores y la herencia cultural tradicionales. • La dimensión política que obliga a los gobiernos a garantizar una participación democrática en la toma de decisiones y la descentralización de las responsabilidades y los recursos. Ella supone también un compromiso en favor de los derechos humanos, de la paz y de la renuncia a la carrera armamentista. • La dimensión económica, que supone una redistribución de los recursos en favor de la salud para todos y de un desarrollo durable, y principalmente la transferencia de una tecnología segura y confiable
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    64 • . Lanecesidad de reconocer y de utilizar las competencias y los conocimientos de las mujeres en todos los ámbitos, en especial en la economía y la política, para poner en práctica infraestructuras que favorezcan los entornos propicios a la salud.” Precisamente emerge en un momento histórico donde se produce la crisis del paradigma dominante y se ponen en cuestión los fundamentos teóricos, epistemológicos, metodológicos de todas las disciplinas y profesiones “…se estructuraban y aún lo hacen a partir de un espacio de estructuración teórica alrededor de un objeto particular que guía las prácticas profesionales” (Cazzaniga, 2015:97). Es por ello que en la contemporaneidad reconocemos que los conflictos, por su complejidad, desbordan las fronteras disciplinares, por lo cual estamos frente a un gran desafío. Las disciplinas circunscriben dominios de competencias y por ello, actuar solo desde una profesión específica es cercar una parte de la realidad e intentar abordarla con recursos y técnicas que dentro de su marco teórico sustentan dicha acción. Esta situación ha dado paso a nuevas disciplinas y /o al necesario abordaje interdisciplinario de las problemáticas societales. En nuestro país, la comprensión, recepción y difusión del instituto de mediación, tal como la conocemos hoy, se remonta a la década del 90, cuando se realiza una experiencia piloto de Mediación en la ciudad de Buenos Aires. Hasta entonces se habían dado algunos desarrollos aislados por ejemplo en el ámbito familiar, articulados a la terapia y asistencia. Por decreto Nacional Nro 1480/ 1992 se declara de interés nacional la institucionalidad y el desarrollo de la mediación como método alternativo de resolución de conflictos. Con la sanción y promulgación de la ley nacional Nro. 24.573 de 1995 se instituye la Mediación prejudicial obligatoria y la conciliación, en Capital Federal, dándose un impulso notable a la instauración de los métodos A.D.R. y R.A.D. (Alternative Dispute Resolution o Resolución Alternativa de Disputas); en el 2011 se sanciona la Ley Nacional Nro. 26589. En Santa Fe con la sanción de la Ley 13151 del 2010 se institucionaliza la mediación prejudicial obligatoria en todo el ámbito de la provincia, siendo legitimados como mediadores los abogados y procuradores, quedando las otras profesiones como “para-jurídicas” en la medida que son los abogados quienes discrecionalmente pueden habilitar a las demás para ejercer la “co- mediación”. En este sentido, la normativa santafesina, entre otras novedades, introduce la idea de “co-mediación” en un sentido muy diferente a lo que entiende la doctrina como tal, y estableciendo además, un disvalor a la figura de los “co-mediadores” que nada tiene que ver con la riqueza que a todas luces implica el ejercicio de la misma; derivado por un lado, de la diferenciación de profesiones de base como requisito para constituirse en mediador y también co-mediador- excluyendo aquellas profesiones que no tienen colegiatura específica- , por supuesto a todas aquellas personas que tienen una expertiz u oficio particular; por otro lado, pasando por cuestiones procedimentales como el requisito de tener que ser el co-mediador invitado especialmente por el mediador o las partes para poder participar, así como obtener una remuneración equivalente al tercio de la que corresponde al mediador abogado. Aparentemente suele ser un factor común en varias legislaciones de nuestro país, que no hacen más que obstaculizar la tarea de establecer y mantener la institución Mediación con un estándar de calidad alto. Al respecto Florencia Brandoni señala “Estos años estuvieron dedicados a dar inicio e instalar esta práctica, a la forma en que esta se materializaba, a las luchas por la pertenencia o asimilación de la mediación a diversos discursos disciplinares, por la búsqueda de reconocimiento social del dispositivo, a la inclusión o exclusión de distintas profesiones, a los requisitos para ser mediador y a su profesionalización. En medio de esta complejidad, la preocupación por la calidad ha quedado rezagada y es una materia pendiente. Esto ha sido así, toda vez que la institucionalización judicial de la mediación se adelantó a la construcción de un corpus teórico y a su arraigo como una práctica social y un campo de saber sobre la conflictividad social.” (Brandoni, 2011: 15).
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    65 Recuperando el valorde la mediación prejudicial, aun con sus inconsistencias ya mencionadas, podemos señalar el enorme aporte que ha significado en cuanto a la masificación de su conocimiento como instituto factible, viable y el acoplamiento lento del mismo a la cultura santafesina. Sin embargo, si a este proceso lo encararíamos desde diversas disciplinas desde una construcción de la mirada y el abordaje integral e interdisciplinario los mismos tendrían otro impacto. Los métodos de resolución de conflictos ¿para qué? Existen varios enfoques del movimiento mediador en el mundo que definen a los métodos de resolución de conflictos como herramientas destinadas a aliviar la congestión judicial y a suministrar una justicia de más elevada calidad; otros la miran como un medio para organizar a las personas y comunidades y conseguir acuerdos equitativos; otros como un medio disimulado de control social. Estos enfoques son diferentes y divergentes por lo cual el movimiento mediador no es monolítico, sino que es pluralista a partir de los diversos posicionamientos teóricos, epistemológicos y ético-valorativos de los mediadores. Profundicemos sobre los enfoques nombrados: el proceso mediador es una herramienta poderosa para satisfacer las necesidades humanas auténticas de los sujetos en sus disputas individuales, grupales y comunitarios, facilitando la resolución de problemas mediante la colaboración y la integración “…significando mayor satisfacción general para los consumidores individuales del sistema judicial” (Folger, 2008: 42). Otros dos enfoques que resultan complementarios: el primero plantea que la mediación ofrece un modo eficaz de organizar a los sujetos sociales en función de intereses comunes y de este modo crear vínculos comunitarios más sólidos para lograr mayor justicia social. El otro, denominado transformativo, define que la mediación contribuye a transformar el carácter de las relaciones antagónicas presentes en una sociedad, trabajando con mucha fuerza la revalorización y reconocimiento de los actores, el autorespeto y la confianza en el otro diferente a mí que conlleva la mutua comprensión y empatía. El cuatro enfoque denominado de control social es analizado por el movimiento mediador como “...Un instrumento para aumentar el poder de los fuertes para que se aprovechen de los más débiles” (Folger, 2008: 50). Existen innumerables ejemplos en relación a este último enfoque cuando la utilización de este instrumento permite que, desde esta perspectiva el mediador aborde por ejemplo en las mediaciones familiares, la situaciones de las mujeres que quedan expuestas al regateo coercitivo y manipulador de los hombres que desemboca en acuerdos injustos acerca de la propiedad, el tiempo compartido y la asistencia alimentaria de los hijos; similar a lo que ocurre en las disputas comerciales entre empresas, con acuerdos en detrimento de los consumidores o trabajadores. Asimismo, se podría avanzar en la implementación de la mediación comunitaria, sin embargo, la misma no está reglamentada aún. Las disciplinas y el abordaje interdisciplinario: Como cooperativa de trabajo de mediadores conformada por profesionales de diversas disciplinas: trabajo social, derecho, economía, psicología venimos desde hace cuatro años aportando a un trabajo interdisciplinario en resolución de conflictos. Nos posicionamos como equipo desde el paradigma de protección, promoción y restitución de derechos de los sujetos sociales individuales, grupales y colectivos apelando a un conjunto de procedimientos que les permite a los mismos ser protagonistas en la resolución de sus propios conflictos, sin la intervención de un tercero- el juez- que decide por ellos y cuya sentencia, en muchas ocasiones impacta negativamente en sus vidas, porque la lógica es que hay una parte que gana y otra que pierde en el proceso (competencia). En este sentido los aportes del modelo circular narrativo y el transformativo (Baruch y Folger) nos permiten generar
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    66 procesos de prevención,transformación y gestión de conflictos a través de medios colaborativos y pacíficos, que coadyuvan al fortalecimiento del capital social entendido como el conjunto de normas de confianza, valores, actitudes y redes entre personas e instituciones, que define el grado de asociatividad entre los diferentes actores sociales y facilita acciones colectivas y de cooperación. Resulta interesante recuperar lo planteado por Arechaga y otras (2004) “…el derecho aborda el conflicto con una lógica diferente a la mediación ya que intenta responder a la pregunta de quién tiene la razón y su meta en el proceso judicial es la construcción de la verdad formal única como resultado de la confrontación de pruebas que recrean el pasado. En el caso del trabajo Social la mediación es una categoría constitutiva que permite pensar los fundamentos teóricos prácticos de la intervención inmediata (instrumentos teóricos, técnicos y políticos) y en donde lo metodológico-operativo-instrumental queda subordinado a los fines profesionales. Cabe hacer mención que ya en la década del 90 hasta la actualidad, autoras como Claudia Danani (1993) plantea que el Trabajo social realiza una mediación en la realidad y con los actores que en ella intervienen desde una posición mediada con una intencionalidad definida; Vélez Restrepo ( 2003) entiende que la mediación es una práctica instrumental que desarrolla el Trabajo Social para vincular necesidades y satisfactores, donde el profesional realiza “…tránsitos reflexivos entre lo singular y lo genérico” ( pag.87), Susana Cazzaniga ( 2009) plantea que el método del trabajo social es una mediación entre la teoría y la práctica donde se entraman supuestos teóricos, ideológicos, epistemológicos y éticos que permiten comprender la realidad para contribuir a su modificación. Los aportes incluidos permiten pensar que la mediación se ubica en la dimensión técnica operativa instrumental subordinada a valores y fines inherentes al proyecto ético político profesional. Bibiana Travi (2006:17) expresa la existencia de una clara dependencia de lo técnico- instrumental respecto de las opciones teóricas, valores y principios que orientan el quehacer profesional. Es en este marco que desde el año 1986 se instituyó a la mediación como incumbencia profesional, ratificada por Ley Nacional de Trabajo Social Nro. 27072/ 2014. Entendida como herramienta subvierte la concepción que tiene el derecho y se aproxima a lo definido en el campo profesional del Trabajo Social, porque es un proceder que se juega con el discurso y en donde los sujetos involucrados intentan co - construir una verdad relativa. Es así que un(os) sujeto(s) ha(n) comprendido el valor del dialogo y con este el de la comunicación, hecha vínculos y genera un nosotros de posibilidades. En este sentido se reconoce por una parte que tanto el derecho como el trabajo social han tenido diferentes procesos de profesionalización ligados a la capacidad que ha tenido cada uno para controlar su propio trabajo, definir su objeto de intervención, organizar un conjunto de instituciones y la relación de poder que se establece sobre dos ejes: profesión (controlar su propio trabajo) y Estado conforme con criterios sociales, económicos, políticos otorgando ubicaciones diferenciales a los profesionales en el mercado ocupacional. En este devenir se ha generado una conflictiva relación de poder en el proceso de construcción profesional donde se juegan procesos de exclusión, subordinación, hegemonía y usurpación que los grupos profesionales despliegan hacia otras profesiones y ocupaciones, a fin de asegurarse un nicho exclusivo del mercado; por el cual algunas son hegemónicas y monopolizan, otras quedan subordinadas. La pertenencia a una u otra de estas categorías incide fuertemente en los modos de inserción en el mercado laboral y en la capacidad de la profesión de demostrar la superioridad en el manejo de la cuestión que aborda, visibles concretamente en las diferenciaciones materiales y simbólicas que atribuyen las organizaciones públicas y privadas. Consideramos que la abogacía se ubica en las profesiones hegemónicas y el Trabajo Social se ubica en el plano de las profesiones subordinadas (por sus dificultades para consolidar su proceso de autonomía y de construcción de un monopolio profesional), lo cual puede comprenderse apelando a su génesis, pero también a la constitución actual de su campo. Mientras el derecho aporta el conocimiento y práctica sobre las normativas vigentes, los usos y costumbres consuetudinarias, el Trabajo Social aporta a la compresión de los intereses, necesidades y valores de los
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    67 sujetos en conflicto;la psicología aporta a la comprensión de la construcción intersubjetiva de los vínculos, las percepciones que se ponen en juego, la comunicadora social aporta a la comprensión de los procesos de diálogo y entrelazados nuestros conocimientos, saberes y experiencias se construye la intervención fundada y efectiva. Ahora bien, cuando estas profesiones se encuentran y se reconocen a partir de finalidades en común, valores, metodologías, pensamientos convergentes y divergentes que enriquecen los debates, las miradas y las acciones, consideramos que podemos pensar en trasvasar la disciplina y construir en la interdisciplina. Trabajar como equipo en nuestro territorio, donde la mediación esta encarada como herramienta para la satisfacción de necesidades buscando respuestas individuales a los conflictos, constituye un gran desafío ya que, al estar cotidianamente monopolizada por una sola disciplina, quien presenta como lo podría presentar cualquier otra, demuestra dificultades para abordar la complejidad y la integralidad, esto se pone en evidencia las limitaciones que se traducen en los resultados logrados hasta el momento. Nominadas estas dificultades y desde este encuadre nos parece relevante afirmar que nos reconocemos como profesionales provenientes de diferentes disciplinas con diversas trayectorias y recorridos donde, en ese proceso, unas han tenido mayor reconocimiento y legitimidad pero que, en la actualidad nos encontramos en espacios comunes para construir colaborativamente la intervención integral desde la interdisciplina. Al respecto, podemos afirmar que el trabajo interdisciplinario se define a partir de la confrontación y el diálogo de distintas visiones de mundo traducidas en conocimiento. “…es la interacción existente entre dos o más disciplinas, que mantienen diversos canales de comunicación. Esta interacción puede ir de la simple comunicación de ideas hasta la integración mutua de conceptos directores, de la epistemología, de la terminología, de la metodología, de los procesos, de los datos y la organización de la investigación y de la enseñanza correspondiente.” (Apostel, Briggs y GuyMichaud (1972: 23-24) Resulta importante mencionar que partimos de una mirada que no niega lo disciplinar y endiosa la interdisciplina, sino que ésta debe trascender la mirada reduccionista e ir integrando críticamente los avances que desde los campos disciplinares se han ido logrando. Al respecto Follari (2008:122) expresa: “… es complementaria al enfoque disciplinario; hace emerger de la confrontación de las disciplinas nuevos datos que las articulan entre sí, y nos ofrece una nueva visión de la naturaleza y de la realidad. No busca el dominio de muchas disciplinas, sino la apertura de todas las disciplinas a aquellos que las atraviesan y las trascienden”. Las experiencias desarrolladas por el equipo en abordajes colaborativos en escenarios urbanos y ámbitos complejos, nos permite afirmar que los factores que constituyen el conflicto son de diversa índole, simultáneos y propios del contexto, real o simbólico, en que estos se desarrollan. Es por ello que el análisis de la relación o proceso conflictivo con acento en los intereses resulta insuficiente tanto para comprender su estructura y su dinámica, como para diseñar una adecuada intervención. Para ampliar la comprensión del fenómeno conflictivo es preciso reparar en la concepción que subraya la multidimensionalidad y/o multicentralidad del conflicto. Estas establecen una interrelación compleja y dinámica que debemos saber descifrar para intervenir efectivamente en el campo de las relaciones humanas. Analizar y comprender las “condiciones de posibilidad” que dan lugar a la aparición del conflicto en las relaciones entre los sujetos o grupos de sujetos es sustantivo al interior del equipo a saber: • incompatibilidad de intereses o dificultades en comprender la complementariedad de los mismos • contradicciones entre “satisfactores finitos-infinitos deseos” • debilidad de los imaginarios colectivos en los integrantes de la sociedad • dificultades para lograr el respeto mutuo • exigua capacidad de reconocimiento de la diferencia” por parte de esa sociedad y/o de sus integrantes • anomia • representaciones sociales negativas, discriminación • dificultades en el logro de procesos de comunicación efectiva y asertiva • cuestiones alrededor de la “legitimidad” de quienes detentan el poder, •falencias del proceso de educación formal en el manejo de emociones y desarrollo de la escucha
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    68 activa; • dificultadesde reconocimiento de las responsabilidades que como ciudadanos tenemos en cuanto a la solución de aquellas situaciones conflictivas que generamos. La forma en que pensemos, diseñemos, mejoremos estos espacios, facilitará u obstaculizará los procesos de socialización que en ellos se materializan. Entonces, es necesario construir espacios y vías de encuentros diferentes, pero a su vez convergentes, confluentes, sin perder el sentido colectivo del barrio, el pueblo o la ciudad, el grupo de pertenencia, entre otros, donde los lugares sociales son los propicios para anclar estos procesos (la vecinal, el sindicato, la escuela, el club, el centro de salud, entre otros). Conclusión La contemporaneidad se presenta como un conjunto de escenarios signados por conflictos que llegan a desencadenar preocupantes situaciones de violencias. En este contexto los profesionales de diversas disciplinas estamos comprometidos en construir miradas y abordar los conflictos trascendiendo lo disciplinar. La incorporación a la agenda pública santafesina de la mediación como herramienta para la resolución de conflictos prejudiciales (familiares, patrimoniales) habilita solo a los abogados como mediadores y al resto de las profesiones las coloca en un lugar de subordinación y al arbitrio del reconocimiento de los profesionales del derecho de las propias limitaciones que puedan tener en los procesos y sus resultados. Reconociendo la complejidad de las situaciones conflictivas y la necesaria intervención integral, ponemos en debate esta institución que es nueva en nuestra provincia y que requiere a todas luces ser modificada para mejorar su aplicación, a la brevedad posible. También se hace mención que la mediación prejudicial constituye tan sólo uno de los ámbitos de aplicación de este modo de resolución de conflictos, que tiene la mayor difusión en la comunidad debido a la decisión del legislador de darle la característica de “obligatoriedad”; pero al mismo tiempo, tal vez sea el más limitado por su naturaleza (“pre-judicial”) al estar reglamentado de tal manera que su estructura sea compatible y pueda ser incorporado al sistema de resolución judicial. Esto implica dejar afuera una importante cantidad de intervenciones en otros niveles y ámbitos que a nuestro entender constituyen espacios sociales vastos muy ricos, donde trabajar en prevención, contención y abordaje de los conflictos grupales, institucionales, comunitarios, entre otros. Tal como expresa Nató (2008:49) “Debemos preservar, reconstruir o inventar espacios que propicien la comunicación y las acciones contributivas de los individuos y de los grupos de individuos. Ámbitos como el espacio urbano, la escuela pública, los espectáculos públicos o los centros de acción comunitaria son inestimables en este sentido. Estimular la participación y el compromiso de amplios colectivos sociales en el desarrollo de actividades de diálogo que conduzcan a diseñar programas de prevención de la violencia y de promoción de una cultura de la inclusión es un desafío y, para nosotros, una obligación. Debemos considerar propuestas de acción orientadas a promover ese “lugar intermedio” que permite a los ciudadanos cooperar para crear, día tras día, un colectivo. Un espacio donde la sociedad y sus integrantes puedan pensarse a sí mismos desde una concepción que promueva “la dignidad de todo ser humano en su vida cotidiana”. Como profesionales tenemos entonces un imperativo social que nos llama a comprometernos en esta tarea de gestar juntos espacios de escucha activa y dialogo que propicien la participación en procesos de resolución colaborativa de conflictos. Y en este sentido, el punto de partida no puede ser otro más que la inclusión en la práctica profesional de los métodos de resolución de conflictos como herramientas, construyendo redes que traspasen lo disciplinar y atienda en nuestro cotidiano a la construcción y reconstrucción permanente del entramado social.
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    69 Bibliografía -Apostel, L., Briggs,A. y Michaud, G. (1979). Interdisciplinariedad. Problemas de la enseñanza y de la investigación en las universidades. ANUIES. México -Arias, Ana; Zunino, Elena; Garallo, Silvina (2013) “El proceso metodológico, los métodos de intervención profesional: la impronta de la direccionalidad instrumental y su revisión conceptual” 1|° Edición. Facultad de Derechos y Ciencias Sociales (UBA). E Book. -Barbeito, C. y Caireta, M. (2005). Introducción de conceptos: paz, violencia, conflicto. Cuadernos de Educación para la Paz. Disponible en línea: http://www.pangea.org/unescopau/img/programas/educacion/publicacion002e.pdf (consultado en fecha 24 de noviembre de 2017) -Baruch Bush, R.A y Folger, J.P. (2008) “La promesa de la mediación”. Buenos Aires. Editorial Granica. -Brandoni, Florencia (2011) “Hacia una mediación de calidad”, Bs As Ed. Paidós, -Cavalleri, María Silvina (2008). “Repensando el concepto de `problemas sociales´. La noción de `situaciones problemáticas´” en Castronovo, R.; Cavalleri, M. S. (coords.) Compartiendo notas: el Trabajo Social en la contemporaneidad. Remedios de Escalada, De la UNLa- Universidad Nacional de Lanús. -Cazzaniga, S. (2009) El abordaje desde la singularidad. Cuadernillo temático desde el FondoNº 22. Centro de Documentación. FTS. UNER. -(2015) “Trabajo social: miradas teóricas, epistemológicas y políticas” artículo en Revista Debates Públicos. FTS –UBA. http://trabajosocial.sociales.uba.ar/wpcontent/uploads/sites/13/2016/03/09_Cazzaniga_9.pdf. Consultado el 20 de noviembre de 2017. -Conforti, Carlos Daniel Franco (2010) Comentando el libro “transformación de los conflictos” pequeño manual de uso en www.acuerdojusto.com. -(2014) “La incidencia de la mediación de conflictos en la tutela judicial efectiva” Documento de tesis doctoral de la Universidad de Castilla- La Mancha. Facultad de Derecho. Departamento de Ciencias Jurídica y Derecho Público. -Coraggio, José Luis y Arancibia, Inés (2014) “Recuperando la economía: entre la cuestión social y la intervención social” artículo en Cuadernos de Trabajo Social.ISSN: 0214-0314Vol.27-1.pps.211-221 http://dx.doi.org/10.5209/rev_CUTS.2014.v27.n1.40153 Danani, Claudia (1993) Límites y posibilidades del Trabajo Social. En Revista Servicio Social & Sociedade Nº 42- Año XIV. Sao Paulo: Cortez. -Follari, Roberto (2008) “Relevo en las ciencias sociales latinoamericanas. Estudios culturales transdisciplinariedad y multidisciplinariedad”. Diálogos de la comunicación. Federación Latinoamericana de Facultades de Comunicación Social, s.f. Recuperado de http://www.dialogosfelafacs.net/articulos/pdf/63RobertoFollari.pdf. (14/2/2017) -Lederach, John Paul, (1998) Cuadernos de Educación para la Paz. Construyendo la paz. Reconciliación sostenible en sociedades divididas. -(2003) “El pequeño libro de la transformación de los conflictos” Good books en www.goodbks.com -Mallardi, Manuel. (2013). “Procesos de intervención en Trabajo Social: Aportes para comprender su particularidad”. Tandil, CEIPIL -BarbeitoThonon, Cécile yCairetaSampere,Marina (2005) Cuadernos de Educación para la Paz, Universidad Autónoma de Barcelona; Escola de Cultura de Pau Universidad Autónoma de Barcelona, -Nató, Alejandro; Rodríguez Guerejazu, María G; Carabajal, Liliana (2006) “Mediación Comunitaria” Buenos Aires. Editorial Universidad. -Suares, Marinés, Mediación: conducción de disputas, comunicación y técnicas, Ed. Paidós, 2012. -Travi, Bibiana (2006) La dimensión técnico instrumental en Trabajo Social. Reflexiones y propuestas de la entrevista, la observación, el registro y el informe social. 1° edición - Buenos Aires. Espacio Editorial, 2006. -Vélez Restrepo, Olga (2003) Reconfigurando el trabajo social: perspectivas y tendencias contemporáneas - 1° edición - Buenos Aires: Espacio Editorial -Zemermann, Hugo (2000) “Conocimiento social y conflicto en América Latina. Artículo en OSAL. ///H:/Interdisciplina%20y%20complejidad/zemerman.pdf
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    70 Experiencia en elProyecto Bien Activos Juliana Baroni - Vanesa Costa Acceso Publicación: Vejez en tiempos de pandemia: una cuestión de derechos A través de la experiencia en el Proyecto Bien Activos se pudo observar que el envejecimiento de la población presiona a las instituciones con las necesidades propias de esta etapa del ciclo vital en temas referidos a la salud, cuidados, necesidades edilicias, ocio, participación comunitaria, recreación, entre otras. El escenario actual de pandemia y aislamiento social obligatorio dio lugar no solo a centrar fundamentalmente la mirada en los adultos mayores a nivel mundial, sino también a nivel local, exigiendo la re funcionalización de los roles del equipo en el rediseño de la propuesta de Bien Activos. Se continuó trabajando y manteniendo contacto con las personas mayores, prioritariamente con aquellas que no poseían red de contención o en donde la misma era escasa. Garantizando los talleres a través de una modalidad domiciliaria, con el objetivo de contribuir a la salud mental de este colectivo, sosteniendo actividades que aportaban ocupación y bienestar. En general las y los participantes lograron adaptarse con paciencia y humor, tratando de interactuar a través de esta modalidad no presencial, utilizando como principal herramienta el teléfono ya sea para vínculo entre pares o con el equipo. Ante la experiencia del Programa Nacional Bien Activos, dependiente de DINAPAM en la localidad de Emilia, se puedo observar y trabajar asimismo sobre una temática sumamente importante en el campo de la gerontología que es la SOLEDAD de nuestros adultos mayores. Como lo refleja el artículo publicado por el Boletín N°20 del Programa Iberoamericano de Cooperación sobre la situación de las personas adultas mayores” en donde recoge la experiencia en la localidad de Emilia, es importante agregar que este proyecto fue más allá de los propios objetivos, es decir que al tratarse de adultos mayores de zona rural, la soledad es mucha veces fuertemente marcada, ya que sus familias generalmente por diversas cuestiones migraron a otras localidades o se encuentran fuera de la misma todo el día. También es cierto que a veces hay una fantasía de que vivir con la familia es lo mejor que le puede pasar: gracias a las investigaciones de la UCA, que trabajaron seriamente este tema, una persona puede sentir la soledad o el aislamiento aun cuando está con su familia si nadie le presta atención, o si nadie le responde cuando habla, o si no la tratan bien. Y ambas cosas, la soledad y el aislamiento, producen efectos patológicos. Coincidiendo con las palabras del Dr. Ricardo Iacub (Iacub, 2019),” hoy la soledad es un gran problema para los adultos mayores y es un tema internacional: una investigación hecha en el Reino Unido demostró que casi 10 millones de personas se sentían solas o muy solas. La mayoría son adultos mayores porque quedan viudos -que es uno de los grandes motivos de soledad- o tienen problemas para moverse, o ya no están trabajo -y muchos de nuestros encuentros sociales pasan por el trabajo-, o porque tienen problemas auditivos”. Generalmente normalizamos y naturalizamos que nuestros padres o abuelos no tengan nada que hacer. “Pero sepamos que hay un límite de soledad que admite cada ser humano, un límite clarísimo que tenemos que prevenir porque se está volviendo epidémico, en el sentido de que está produciendo muchas enfermedades” (Iacub, 2019). Finalmente destacamos que es una responsabilidad de todos generar propuestas, ya que si una persona mayor quiere hacer algo y no hay un espacio en la localidad: en la vecinal, en centro de jubilados, bibliotecas populares, etc., lo más probable es que no pueda hacer nada, y esa soledad comience a complejizarse. La localidad de Emilia desde su gobierno comunal junto con la Dirección de Políticas para Adultos Mayores (DINAPAM) y sus coordinadoras se buscó generar alternativas y propuestas para trabajar y prevenir las dificultades que enfrentan los adultos mayores de la localidad.
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    71 Comunicado CPAS Repudio alas manifestaciones en Plaza de Mayo El 27 de febrero se realizó una manifestación en contra del actual gobierno. En ese contexto los manifestantes decidieron expresarse depositando bolsas mortuarias reproduciendo simbólicamente acciones de épocas nefastas del pasado. En tal sentido el CPAS emitió un pronunciamiento repudiando dicho accionar. Desde el Colegio Profesional de Asistentes Sociales de Santa Fe (1ª circunscripción) queremos manifestar nuestro más enérgico repudio a los acontecimientos producidos en Plaza de Mayo defendiendo siempre la premisa de los Derechos Humanos como incumbencia de nuestra profesión. El nivel de violencia en las imágenes reproducidas, representado simbólicamente en la muerte de personas vinculadas a sectores políticos diferentes al de los manifestantes, refleja un grado de intolerancia e impunidad que nos retrotraen a hechos del pasado vinculados con crímenes de lesa humanidad y que son inadmisibles en tiempos de democracia. Desde este Colegio bregamos por la defensa de los Derechos Humanos y los valores representativos de la democracia, decimos NUNCA MÁS rechazando todo acto o manifestación que atente contra estos principios.
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    73 Asamblea General Ordinaria Ellunes 29 de marzo, Se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria de la cual se emitió el siguiente comunicado de los temas tratados: El Colegio Profesional de Asistentes Sociales de la Provincia de Santa Fe 1° circunscripción comunica a les colegiades que el día lunes 29 de marzo del año en curso se realizó la Asamblea Anual Ordinaria, - se dio lectura y aprobación por unanimidad a los Balances de los años 2019 y 2020. - se procedió a la lectura de las Memorias de los mismos años, las cuales fueron aprobadas por unanimidad luego de realizar aclaraciones correspondientes. - se aprobó la actualización del costo de la cuota de la matricula mensual en dos tramos, a partir de abril tendrá un valor de $310 y el costo de matriculación será de $2170; y a partir de agosto tendrá un valor de $360 y el costo de matriculación será de $2520. - se conformó la Junta Electoral de la siguiente manera: Lic. Jorgelina Gandini Mat. 248 y Lic. Graciela Cassina Mat. 232, en representación del actual Directorio; y Lic. Lilia De Llac Mat. 1079, Lic. Alicia Richiger Mat. 233 y Lic. Margarita Cascio Mat 843; y como suplentes, Lic. María Inés Cavalie Mat 095 y Lic. Patricia Clott Mat. 059 - Se aprobó por unanimidad la modificación temporal del art. 13) del reglamento electoral, reduciendo el plazo a 30 días.
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    74 El Concejo Municipaldeclaró de interés público a la Red de Áreas de Género de los Colegios Profesionales. El Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe declaró de interés público a la Red de Áreas de Género de los Colegios Profesionales. En el acto y en representación del CPAS estuvo presente la Lic. Mary País recibiendo junto a todas las integrantes de la red, el diploma de este importante reconocimiento. A continuación, compartimos el comunicado emitido por la Red de Género: "Hoy recibimos la Declaración de Interés por parte del Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz. Una jornada especial que reafirma nuestro interés y compromiso en articular la transversalidad de las políticas públicas en clave de género y derechos humanos, como así también la tarea en Red como potencia abierta a dialogar y unir esfuerzos con otras Organizaciones. Agradecemos a la Concejala Laura Mondino, quien impulsó este reconocimiento y a los Concejales presentes; Presidente Leandro González, María Laura Spina, Mercedes Benedetti y a Soledad Artigas de la Dirección de Mujeres y Disidencias de la Municipalidad de Santa Fe, por sus palabras de apoyo y compromiso para con las acciones que llevamos adelante."
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    75 Audiencia del CPAScon IAPOS El CPAS participó de una audiencia realizada con IAPOS junto al colega Juan Manuel Monti de la Comisión de Asuntos Laborales y la colega Analía Annoni integrante de IAPOS. En la misma se concretaron avances en el convenio entre el colegio y la obra social por la prestación de servicios de colegas en el interior. Servicios que presta nuestro Colegio *Otorgamiento de la matrícula profesional *Control del ejercicio profesional. *Tribunal de disciplina *Defensa de los intereses profesionales a nivel General y particular. *Asesoramiento gremial y jurídico. *Biblioteca de consulta gratuita para los colegiados. *Organización de jornadas de capacitación, actualización y especialización. *Organización y coordinación para eventos especiales. *Convenios con diferentes instituciones. *Pago de cuota a través de débito bancario. *Planes de pago por cuotas adeudadas. *Información institucional a través de página web, redes y newsletter Seguinos en nuestras redes Consideramos que el intercambio y la comunicación es importante para un mayor acercamiento a lxs colegas, es por eso que trabajamos en facilitar las herramientas que permitan un mejor vínculo. Recordamos nuestras vías de comunicación:
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    76 Mural: Los DerechosHumanos y el Arte: «Espejos de Nuestra Historia» El hecho artístico se está desarrollando en la pared lateral del ingreso al edificio del Colegio (Luciano Torrent 2419). El mismo es resultado del primer Concurso denominado Los Derechos Humanos y el Arte: «Espejos de Nuestra Historia». Los ejes temáticos elegidos fueron Memoria, Verdad y Justicia; Derechos Humanos y Trabajo Social. El objetivo de esta iniciativa es plasmar a través del hecho artístico y dejar como registro histórico, el vínculo inseparable y fundamental que liga y ha ligado a la profesión de Trabajo Social con la defensa irrestricta de los derechos humanos, la democracia y la construcción de una memoria colectiva que transcienda en el tiempo. Actividades de colegas en el Mes de la mujer En el mes de la Mujer el CPAS propuso a lxs colegas que nos envíen fotos de las distintas actividades que realizaron en diversos lugares. Les presentamos en el siguiente video (hacer click en la imagen) el resultado que refleja la lucha colectiva en cada uno de los espacios
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    77 Comunicado del CPASen torno a los recurrentes casos de femicidio Desde el área de género de este colegio profesional y su comisión directiva, urge reflexionar en tanto somos profesionales del Trabajo Social. Somos parte de la sociedad patriarcal en la que vivimos y actuamos cotidianamente. Retomamos los ejes éticos de libertad, justicia y derechos humanos. Estos valores imponen definir posicionamientos y proponer acciones posibles en el quehacer de nuestras intervenciones profesionales. Las violencias de géneros se han apropiado de cuanto espacio ocupamos las mujeres y/o las identidades diversas. Se trasponen los límites racionales, legales e institucionales, despreciando el derecho a la vida digna que nos merecemos. Cada femicidio nos interpela, se engrosan las estadísticas provocando desde indignación hasta estallidos, puebladas y peor aún, hartazgo ante lo que debiera evitarse. Hemos avanzado a fuerza de luchas colectivas, pero es insuficiente. El compromiso y la voluntad solidaria de muchas y muches, se topa con los muros de indiferencia de quienes debieran tomar decisiones oportunas y/o poner en vigencia las legislaciones existentes. En todos los campos existentes (lo cotidiano, familiar, lo educacional, laboral, tiempo libre y otros), sin desmedro de toda construcción colectiva realizable, nuestras intervenciones profesionales aquí y ahora, requieren señalar algunos faltantes, lo exigible y perentorio. -Cumplimiento efectivo de la Ley de Educación Sexual Integral. Les niñes y adolescentes lo piden. El Estado no debe dejarlo al arbitrio de personas o grupos. -Implementación de la Ley Micaela con continuidad y seguimiento del ejercicio profesional de quienes actúan en áreas de injerencia. -Instalar áreas específicas e interdisciplinares para asistencia en territorios ante las situaciones de violencias (bajo responsabilidad de provincia, municipios y comunas). -A corto plazo, asignar recursos colocando tobilleras electrónicas y seguimiento de violentos que hayan sido denunciados y tengan restricción perimetral. -Asignar asistencia letrada gratuita, especializada en perspectivas de géneros a todas las posibles víctimas. En síntesis, prevenir, llegar eficazmente con todas las políticas públicas concretas porque no hay muerte que pueda resarcirse si no es con Verdad y Justicia. En contexto de pandemia, la vulnerabilidad se expande. Los femicidios, travesticidios y todas las violencias de géneros no constituyen una pandemia, son violencias propias del sano patriarcado. Estas situaciones no se ahuyentan con punitivismo ni discursos deseables, sino con eficiencia y eficacia del accionar estatal en todos los ámbitos. Santa fe, 24 de febrero de 2021
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    78 Federación Argentina deAsociaciones Profesionales de Servicio Social Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual Noveno pronunciamiento (febrero de 2021) Emergencia Nacional por el incremento de femicidios Al fin y al cabo, el miedo de la mujer a la violencia del hombre es el espejo del miedo del hombre a la mujer sinmiedo. Eduardo Galeano Desde el Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual de la Federación Argentina de Asociaciones Profesional de Servicio Social (FAAPSS), una vez más, repudiamos las violentas muertes de mujeres dentro de nuestro territorio argentino. Úrsula Bahillo, una joven de 18 años, de la provincia de Buenos Aires, Mirna Elizabeth Palma, de 44 años, de la provincia de Formosa, Silvia Rojas, de 31 años y su hermana, Silvana Natalia, de 35 años, ambas de la provincia de Santiago del Estero, Ivana Módica, de 47 años, de la provincia de Córdoba, se suman (entre otras) a la lista de los más de 48 femicidios ocurridos durante lo que va del año 20211 . El común denominador en ellas fue el pedido de auxilio materializado en denuncias ante una fuerza de seguridad y una justicia que las desoyó2 . En varios de los casos los femicidas pertenecen a la fuerza policial o militar. Úrsula fue asesinada por su ex novio (Matías Ezequiel Martínez), un agente de la policía bonaerense, quien recibió toda la protección del Estado, otorgándole licencia psiquiátrica luego de un derrotero de delitos infringidos hacia otras mujeres (incluso por presunto delito de abuso sexual hacia una adolescente con discapacidad). Para este sujeto hubo sanciones administrativas, licencias reiteradas, retiro de arma reglamentaria, juntas médicas, carpetas psiquiátricas (sin suspensión de haberes), todos hechos que dan cuenta que la fuerza policial “lo contuvo” y la justicia avaló (de una u otra forma) todo su accionar. Muy diferente fue la respuesta de la política pública para Úrsula. Para ella no hubo Estado ni Ley alguna que la protegiera, aún con las 18 denuncias efectuadas. Mirna fue asesinada por Carlos Medina, un oficial retirado de la policía formoseña. Silvia había realizado una exposición policial, comunicando los conflictos con su pareja. Ivana fue asesinada por su pareja, Javier Galván, vicecomodoro de la Fuerza Aérea (y podríamos seguir). Además, detrás de estas muertes, otras víctimas directas surgen: niñeces que deben atravesar los episodios traumáticos ante la pérdida de sus madres y hasta incluso, presenciar el asesinato de ellas en manos de sus progenitores, como ocurrió en Santiago del Estero. Así, como cada 23 horas muere una mujer, cada 23 horas une niñe queda en situación de orfandad en nuestro país. Consideramos importante tenerpresente quetambiénexistensituacionesquemuestranel comienzo de una denuncia por violencia de género, como el caso de la Provincia de Santa Cruz, ocurrido el pasado 17 de febrero de 2021, en el que un hombre arrastró con el auto a su expareja (la mujer intentaba evitar que se llevara las llaves de la vivienda donde vivía con sus hijes). Esta situación fue presenciadaporvecines,quienes se sumaron a testificar en la denuncia realizada ante la justicia. Para 1 Datos actualizados del informe presentado por el Observatorio de Femicidios “Adriana M. Zambrano”. Disponible en https://www.facebook.com/la.delencuentro/ 2 Imposible no recordar el femicidio de Paola Tacacho (32 años), profesora de inglés, ocurrido en Tucumán el 30 de octubre del año 2020, a manos del femicida Mauricio Parada Parejas (quien la apuñaló en la vía pública). Las semejanzas con el femicidio de Úrsula son contundentes: el accionar de la justicia patriarcal, ya que Paola también había realizado múltiples denuncias durante cinco años, en los cuales vivió bajo el constante hostigamiento y acoso por parte de su femicida.
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    79 que no quedenimpunes estas denuncias -y todas las que día a día realizan las mujeres en toda la Argentina- , exigimos al sistema judicial que actúe con celeridad, resuelva rápidamente y sin dilaciones, de manera que se provea justicia ante todos estos hechos. Es entonces por todo lo antes referido que ratificamos la necesidad de dar efectivo cumplimiento efectivo de las normativas nacionales e internacionales que velan por la integridad de las mujeres en todos los ámbitos de sus vidas. En ellas, hacemos especial énfasis en la implementación de la Ley Nacional 27.499, conocida como Ley Micaela, para que todes les funcionaries que se desempeñan en los tres Poderes del Estado y en todos los niveles jerárquicos sean capacitades en perspectiva de géneros y disidencias sexuales, principalmente para quienes se desempeñan en el ámbito de la Justicia y de las Fuerzas de Seguridad, instituciones cuya función social es la de proteger y hacer justicia legítima. Estos organismos deben ser los primeros en incorporar la perspectiva de géneros, disidencias sexuales y Derechos Humanos en el accionar cotidiano que desarrollan y en los procesos formativos de noveles agentes, pues -de lo contrario- terminan reproduciendo una violencia institucional que ya debería haber sido desterrada, con los significativos avances alcanzados en materia Derechos Humanos de mujeres y disidencias sexuales. Es imperioso que como sociedad tengamos un rol activo contra las violencias machistas en lo cotidiano y que aprendamos a no permanecer indiferentes. La justicia penal sólo interviene ante los hechos consumados, la sociedad debe hacerlo mucho antes, para prevenirlos. La indiferencia y el silencio social se constituyenenunacomplicidadque tambiénmata.Debemosrepensaryactuarpara cambiar la popularizada frase de “crónica de una muerte anunciada” por acciones concretas que despojen a la cultura heteropatriarcal de sus validados mecanismos de imposición. Como profesionales del trabajo social, es nuestra responsabilidad continuar trabajando en la deconstrucción de estereotipos y patrones de masculinidad y feminidad basados en la heteronormatividad, el binarismo, el patriarcalismo y el sexismo, en nuestras vidas y en cada una de nuestras intervenciones profesionales3 .Debemosinvolucrarnosconlaspersonasyconlasestructuras sociales (en los diversos campos del ejercicio profesional) para hacer frente a los desafíos de la vida y aumentar el bienestar (Ley Federal de Trabajo Social 27.072, art. 4), en este caso de las mujeres. Porque vivas, libres y sin miedos las (nos) queremos. Que el deseo expresado por Úrsula días previos a ser asesinada sea como un faro que nos oriente, para nunca bajar los brazos: #niunamenos #vivasnosqueremos #elEstadoesresponsable #bastadecomplicidadpolicial #esAHORA #esURGENTE #bastadeFEMICIDIOS #emergencianacional 3 La Educación Sexual Integral (ESI) es, sin duda, un valioso dispositivo de trabajo del que debemos apropiarnos, sea que nos desempeñemos directamente en el campo educativo o no. Los ejes conceptuales de la ESI (Ley 26.150) contribuyen al abordaje integral de la sexualidad en cualquier campo, y debemos propiciar el no silenciamiento de ninguno de ellos, a saber: perspectiva de Derechos Humanos, emocionalidad y afectividad, cuidado del cuerpo y la salud, perspectiva de género yrespeto porladiversidad.LaESInoes sóloparalaescuela.LaESIes paralavida.Debemos conocer y apropiarnos de este dispositivo de la política pública, esencial para la prevención de la violencia de género.
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    80 Federación Argentina deAsociaciones Profesionales de Servicio Social Foro Federal de Géneros y Diversidad Sexual Décimo pronunciamiento (abril de 2021) Contra los actos de odio y asesinatos hacia personas trans Háganse cargo de habernos perseguido por no habersido lo que ustedes queríanque fuéramos, háganse cargo de este genocidio trans que llevan acabo y sostienen y quieren ocultar desde hace cuántotiempo ya. Háganse cargo de habernos mutilado, abusado yultrajado desde tantos planos y detantas formas que ya no tiene sentido seguir contándolo.Háganse cargo. Carolina Unrein (“Fatal. Una crónica trans”) 28 de Marzo 2021 En Honduras, Vanessa Zúniga de 43 años, una mujer trans que trabajaba como voluntaria en la Asociación de Prevención y Educación en Salud, Sexualidad, Sida y Derechos Humanos, fue hallada golpeada, semidesnuda y degollada en un solar baldío del puerto de Tela, en el litoral atlántico de Honduras. Las autoridades nacionales de ese país tienen varias hipótesis del hecho, pero en la escena donde fue hallado el cuerpo no lograron encontrar ninguna evidencia, como tampoco en las cámaras de seguridad cercanas ni testigos presenciales del hecho. Según el Observatorio de Muertes Violentas de Personas LGBTI de la Red Lésbica hondureña Cattrachas, 2020 finalizó con 20 crímenes de odio. En lo que va del 2021 se registran en ese país dos asesinatos de homosexuales y el de Vanessa (primero del año registrado contra una mujer trans). 2 de abril 2021 En Santiago del Estero la joven trans militante Sofía Micaela Catan fue prendida fuego por su novio (quien se dio a la fuga). Micaela se encuentra internada en el Hospital Regional de Santiago del Estero, en terapia intensiva en estado crítico, con quemaduras en más del 50 % de su cuerpo y con los pulmones comprometidos. Su vida corre peligro. 6 de abril 2021 Tehuel de la Torre, joven trans de 22 años de edad continúa desaparecido desde el 11 de marzo del 2021 en la localidad de Alejandro Korn (provincia de Buenos Aires). La última vez que lo vieron fue cuando salió de su casa para dirigirse a una entrevista laboral. Con el correr de los días crece la incertidumbre sobre su paradero y nadie puede aportar dato alguno de su situación. Se realizaron manifestaciones organizadas por activistas de poblaciones trans junto a familiares y amistades, reclamando que se implementen acciones para su búsqueda. Existen en la actualidad dos personas detenidas por la causa de “desaparición”; sin embargo, aún no se han encontrado respuestas claras sobre los episodios sucedidos. Corre abril de 2021 y aún se espera la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la ejecución de Vicky Hernández, la mujer trans de 26 años de edad asesinada entre el 28 y el 29 de junio de 2009, en pleno toque de queda por el golpe de Estado en Honduras que depuso al entonces mandatario Manuel Zelaya. Por su parte, en el año 2020 se perpetraron en Argentina ciento cincuenta y dos (152) crímenes de odio, en los que la orientación sexual, la identidad y/o la expresión de género de todas las víctimas fueron utilizadas como pretexto discriminatorio para la vulneración de derechos y la violencia, según reporta el informe elaborado porel Observatorio Nacional de Crímenes de odiode laFederación Argentina LGBT (dado a conocer el 28 de enero pasado)1 . 1 Puede consultarse el informe completo aquí: http://falgbt.org/ultimo-informe/?utm_campaign=informe-del-observatorio- nacional- de-crimenes-de-odio-lgbt-2020&utm_medium=email&utm_source=acumbamail
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    81 Esta Crónica delhorror está compuesta por fragmentos de la realidad que se insiste en ocultar, modificar y diluir, el estallido máximo de las voces silenciadas, torturadas y corroídas por un patriarcado que no para de reinventarse para subyugar(nos). El silencio sobre las desapariciones, la negación de los medios de comunicación y el ocultamiento de la información deberían transformarse en grito colectivo y en acciones concretas que provoquen mayor sensibilización, visibilización y reflexión al respecto. Si bien hubo avances en Argentina a nivel de normativas que protegen y apoyan el acceso a los todos los Derechos de las personas que pertenecen a poblaciones LGBTIQ+, constatamos día a día un aumento sensible de actitudes de odio, agresiones y hostilidades hacia poblaciones sexogenéricas disidentes. Recordamos que el pasado 31 de marzo conmemoramos el día de la visibilidad trans, ocasión en la que se procura cada año sensibilizar a la sociedad en contra de la discriminación y exigir el mejoramiento de las condiciones de vida de la población trans. A pesar de los avances legales que aludíamos arriba, las identidades sexogenéricas disidentes (especialmente las identidades trans) siguen siendo negadas y no reconocidas por la sociedad, invisibilizando así las múltiples violencias que estas sufren en lo cotidiano. Por ello, consideramos urgente no sólo el reconocimiento de la legítima existencia de dichas identidades, sino la reparación histórica por parte de las instituciones del Estado en materia de igualdad de oportunidades. Estas situaciones nos interpelan como profesionales de trabajo social y renuevan nuestro compromiso de bregar por la justicia social, los derechos humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad, tal como se plantea en nuestra ley Federal de Trabajo Social (Ley 27.072, art. 4). Un compromiso que debemos traducir en hacer efectiva, por ejemplo: nuestra insistencia para que todas las medidas dispuestas a nivel nacional y jurisdiccional en materia de lo que se conoce como “cupo laboral trans” (inclusión laboral) se cumplan; el trato digno en las instituciones públicas, cuando sabemos que muchas veces son les mismes empleades del Estado quienes ejercen violencia (en sus variadas formas) contra las personastrans;laexigenciaen la provisión de justicia a tiempo ante situaciones de vulneración de derechos de personas trans; nuestro involucramiento en los procesos situados de implementación de la ESI; la inclusióndelaperspectivadegéneros y diversidad sexual en nuestros Colegios y Consejos profesionales (en todos los espacios de gestión y estamentos); el debate que podamos dar en nuestros espacios laborales cuando identificamos la emergencia de prejuicios y resistencias al desarrollo de prácticas inclusivas y respetuosas de todas las identidades de género, entre otras. Frente a escenarios hostiles y de altos niveles de resistencia a estas temáticas, nuestras mediaciones profesionales -en base a la normativa vigente- devienen imprescindibles. Es también nuestra responsabilidad, en diálogo con otros saberes y disciplinas, contribuir en el diseño y efectivización de los acompañamientos requeridos por familiares, amistades y compañeres, en todo lo que sea necesario para enfrentar el lento accionar de las instituciones (sobre todo las estatales) impregnadas de una clara ideología patriarcal, como así también advertir y comprender el daño emocional que sufren quienes están esperando respuestas en un escenario de indefensión, vulneración y precarización de las garantías más elementales. Así, de cara a un recorte de la realidad que no puede más que desarmarnos en partes y armarnos de fuerza, es que invitamos a transformar el silencio en grito, en acciones que aporten desde nuestra especificidad profesional herramientas concretas de visibilización y vehiculicen la accesibilidad a todos los derechos vulnerados, haciendo así de las vidas, vidas vivibles. #BastaDeTransodio #AparicionConVidaDeT ehuel #BastaDeTransfemicidi os #NosMatan
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    82 Atención al públicoen la oficina del CPAS Cumpliendo con los protocolos y recomendaciones preventivas generales de atención en oficinas, el colegio está realizando su trabajo presencial y de atención de les colegas de lunes a viernes de 9:00 hs a 16:00 hs. Ante cualquier inquietud comunicarse a los teléfonos institucionales: 0342 4540719/ 4520370 WhatsApp 3426101271 mail info@trabajosocialsantafe.org. Para ingresar a la institución se recomienda el uso de cubre boca o barbijo. Continúan restringidas dentro del local todas las actividades que impliquen aglomeración de personas como reuniones, actividades de formación, eventos, entre otras. Los sorteos de los libros se realizan según los dos primeros números de la Quiniela Nacional Nocturna del primer viernes de cada mes. Se toman en cuenta sólo los colegas matriculados con la cuota al día. En la sede del Colegio se encuentra a disposición un catálogo para la elección de los mismos. El plazo para retirar los libros es de 30 días, a partir de la fecha de sorteo, para los ganadores de la ciudad de Santa Fe y 60 días para lxs colegidxs del interior de la provincia. Más de 500 libros disponibles en la biblioteca digital El Colegio sigue trabajando en la actualización de la biblioteca digital interna. Actualmente contamos con más de 520 libros digitalizados de interés disponible para todxs los colegiados. Es importante destacar que los libros son exclusivamente para uso interno para apropiación de los conocimientos socialmente producidos. En caso de utilizar el contenido de los autores se deberán tener los recaudos establecidos por las normas APA para su reproducción. Para adquirirlos deben ser solicitados vía mail al correo: bibliotecadigitalcolegio@gmail.com
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    85 i Coraggio y Arancibia(2004:1) definen “la cuestión social en una sociedad capitalista con formas democráticas como el entramado de problemas interdependientes con significado social, jerarquizados y articulados que amenazan la cohesión de la sociedad como tal”. Ese entramado interpela y desafía a los actores políticos que inciden en la constitución de la agenda pública e intervienen en la gestión. Por ello estos autores afirman que la cuestión social es un proceso abierto de construcción social. Pereira (2003; 83) explica que una cuestión es un problema por resolver, un punto de partida del conocimiento, que implica resolución cognitiva y práctica.