Este documento describe las salvaguardias comerciales como uno de los tres tipos de "medidas comerciales correctivas especiales" permitidas por la OMC para proteger a las industrias nacionales del daño causado por la competencia de importaciones. Explica que las salvaguardias difieren de las medidas antidumping y de los derechos compensatorios en que no requieren prácticas desleales y en que deben aplicarse de manera no discriminatoria a todas las importaciones. También destaca que las salvaguardias son medidas extraordinarias que solo pueden adoptarse en situaciones de