La SC considera importante asegurar que los beneficios de un posible acuerdo no se
vean menoscabados por prácticas anticompetitivas, y considera necesario contar con mecanismos de cooperación y coordinación e intercambio de información entre las autoridades de competencia para la investigación de casos.
La Superintendencia de Competencia (SC) y la Escuela Superior de Economía y
Negocios (ESEN) firmaron este jueves 7 de septiembre un convenio que contribuirá al
desarrollo del programa de promoción, divulgación y formación en el área de derecho de
Competencia.
Human. Performance.™ JNR works with great companies to deliver through its technology platform, multiple programs, events and solutions – to create corporate business performance through people, aligned with the goals and business needs of its customers.
For over 32 years, JNR has created comprehensive, custom-tailored performance-based incentive and reward programs, sales performance drivers, world-class creative & communications, promotional & merchandise, performance engines, database technology solutions, and truly remarkable meetings, events, & entertainment - all geared to help its clients create optimal human performance in the workplace.
www.jnrcorp.com
La Superintendencia de Competencia (SC) y la Escuela Superior de Economía y
Negocios (ESEN) firmaron este jueves 7 de septiembre un convenio que contribuirá al
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Competencia.
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La Superintendencia de Competencia ha finalizado otra investigación formal, la cual inició de oficio el 23 de febrero de 2007, en contra de CAESS, AES-CLESA y DELSUR. Resta que el Consejo Directivo emita la resolución final.
La Superintendencia de Competencia (SC) inició el 21 de mayo un proceso sancionador en contra de los puestos de bolsa GRACONSA, LAFISE, AGROBOLSA, SBS, LATIN TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS, por supuestos actos que podrían violar el artículo 25 letra a), de la Ley de Competencia, que prohíbe que entre competidores se establezcan “acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma”.
La Superintendenta de Competencia remitió a su Consejo Directivo el informe de la
investigación preliminar de la denuncia presentada por MIDES en contra del Municipio de Santa Ana y PRESYS, por la supuesta comisión de las prácticas anticompetitivas previstas en los artículos 26 letra c) y 30 letra b) de la Ley de Competencia, para que el CD adopte las medidas necesarias.
La Superintendencia de Competencia (SC) de El Salvador admitió a trámite el recurso de revisión presentado por ESSO y SHELL, a raíz de la sanción que el Consejo Directivo de la SC aplicó por cometer prácticas anticompetitivas en el mercado de distribución y comercialización decombustibles derivados del petróleo.
La Superintendencia de Competencia (SC) y la Comisión para Promoción de
Competencia (COPROCOM), de Costa Rica, suscribieron un acuerdo de cooperación para realizar consultas que les permitan a ambas autoridades asegurar el buen funcionamiento de los mercados.
La Superintendencia de Competencia (SC) considera importante asegurar que los beneficios de un acuerdo no se vean menoscabados por prácticas anticompetitivas, y considera necesario contar con mecanismos de cooperación y coordinación e intercambio de información entre las autoridades de competencia para la investigación de casos.
Estados Unidos y Canadá comparten con la Superintendencia de Competencia (SC) experiencia de más de 100 años en la investigación de acuerdos entre competidores.
La Superintendencia de Competencia (SC) y el Centro Nacional de Registros (CNR) suscribieron un convenio de cooperación, para el intercambio de información entre las instituciones y capacitación técnica de sus empleados.
La Superintendencia de Competencia de El Salvador (SC) suscribirá acuerdos de
cooperación con la Comisión Federal de Competencia de México y la Autoridad de
Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, de Panamá, con el objeto de
intercambiar experiencias y capacitar al personal a cargo de la investigación de
prácticas anticompetitivas.
La SC e INDECOPI (de Perú) son las autoridades responsables de la aplicación de normas en materia de competencia que prohíben prácticas anticompetitivas que incluyen concertaciones o acuerdos anticompetitivos, abuso de posición dominante en un mercado
relevante o grupo de mercados, según la ley de cada país.
Con el objeto de promover una cultura de competencia en el país, la Superintendencia de Competencia
(SC) ha gestionado la visita de un experto en competencia de España, quien compartirá su experiencia
con la academia, Órgano Judicial, tanques de pensamiento y funcionarios públicos.
La Superintendencia de Competencia ha finalizado otra investigación formal, la cual inició de oficio el 23 de febrero de 2007, en contra de CAESS, AES-CLESA y DELSUR. Resta que el Consejo Directivo emita la resolución final.
La Superintendencia de Competencia (SC) inició el 21 de mayo un proceso sancionador en contra de los puestos de bolsa GRACONSA, LAFISE, AGROBOLSA, SBS, LATIN TRADE, NEAGRO e INTERPRODUCTOS, por supuestos actos que podrían violar el artículo 25 letra a), de la Ley de Competencia, que prohíbe que entre competidores se establezcan “acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma”.
La Superintendenta de Competencia remitió a su Consejo Directivo el informe de la
investigación preliminar de la denuncia presentada por MIDES en contra del Municipio de Santa Ana y PRESYS, por la supuesta comisión de las prácticas anticompetitivas previstas en los artículos 26 letra c) y 30 letra b) de la Ley de Competencia, para que el CD adopte las medidas necesarias.
La Superintendencia de Competencia (SC) de El Salvador admitió a trámite el recurso de revisión presentado por ESSO y SHELL, a raíz de la sanción que el Consejo Directivo de la SC aplicó por cometer prácticas anticompetitivas en el mercado de distribución y comercialización decombustibles derivados del petróleo.
La Superintendencia de Competencia (SC) y la Comisión para Promoción de
Competencia (COPROCOM), de Costa Rica, suscribieron un acuerdo de cooperación para realizar consultas que les permitan a ambas autoridades asegurar el buen funcionamiento de los mercados.
La Superintendencia de Competencia (SC) considera importante asegurar que los beneficios de un acuerdo no se vean menoscabados por prácticas anticompetitivas, y considera necesario contar con mecanismos de cooperación y coordinación e intercambio de información entre las autoridades de competencia para la investigación de casos.
Estados Unidos y Canadá comparten con la Superintendencia de Competencia (SC) experiencia de más de 100 años en la investigación de acuerdos entre competidores.
La Superintendencia de Competencia (SC) y el Centro Nacional de Registros (CNR) suscribieron un convenio de cooperación, para el intercambio de información entre las instituciones y capacitación técnica de sus empleados.
La Superintendencia de Competencia de El Salvador (SC) suscribirá acuerdos de
cooperación con la Comisión Federal de Competencia de México y la Autoridad de
Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, de Panamá, con el objeto de
intercambiar experiencias y capacitar al personal a cargo de la investigación de
prácticas anticompetitivas.
La SC e INDECOPI (de Perú) son las autoridades responsables de la aplicación de normas en materia de competencia que prohíben prácticas anticompetitivas que incluyen concertaciones o acuerdos anticompetitivos, abuso de posición dominante en un mercado
relevante o grupo de mercados, según la ley de cada país.
Con el objeto de promover una cultura de competencia en el país, la Superintendencia de Competencia
(SC) ha gestionado la visita de un experto en competencia de España, quien compartirá su experiencia
con la academia, Órgano Judicial, tanques de pensamiento y funcionarios públicos.
Las autoridades y administraciones que velan por la libre competencia en Centroamérica trabajarán en la posible elaboración de un marco legal y creación de una autoridad supranacional que vigile y corrija las prácticas o conductas contrarias a la libre competencia en la región, especialmente las de los mercados de bienes y servicios de utilidad pública que poseen un grado limitado de transacción.
La Superintendencia de Competencia de El Salvador (SC) suscribió un acuerdo de
cooperación con la Comisión para la Defensa y Promoción de Competencia de Honduras
(CDPC).
La Superintendencia de Competencia (SC) y la Dirección General de Aduanas (DGA) suscribieron un convenio de cooperación, para el intercambio de información entre las instituciones y capacitación técnica de sus empleados.
La Superintendencia de Competencia (SC) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(CONACYT) suscribieron un convenio de cooperación y de colaboración para intercambiar información y asistencia técnica, con el objeto de impedir barreras que obstaculicen la competencia en los mercados, en la emisión de normas técnicas y reglamentos.
La Superintendencia de Competencia y el Organismo Salvadoreño de Reglamentación Técnica (OSARTEC) firmaron un convenio de cooperación interinstitucional que facilitará la incorporación de criterios de competencia durante la formulación de reglamentos técnicos.
Estados Unidos y México comparten con la Superintendencia de Competencia (SC) y otras autoridades de competencia de la región su experiencia en el análisis de concentraciones económicas de conglomerados.
La Superintendencia de Competencia (SC) y el Centro Nacional de Registros (CNR) renovaron este día el convenio de cooperación interinstitucional suscrito en agosto de 2008, este fue firmado por los titulares de ambas instituciones, Lic. Francisco Díaz Rodríguez, y Dr. José Enrique Argumedo respectivamente.
La Superintendencia de Competencia (SC) y el Centro Nacional de Registros (CNR) renovaron este día el convenio de cooperación interinstitucional suscrito en agosto de 2008, este fue firmado por los titulares de ambas instituciones, Lic. Francisco Díaz Rodríguez, y Dr. José Enrique Argumedo respectivamente.
Similar a SC en Primera Ronda de negociaciones con Unión Europea (20)
El Presidente de la República, Profesor Salvador Sánchez Cerén, juramentó esta mañana a miembros del Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia, quienes han sido reelegidos para un nuevo período de cinco años.
Recomendaciones de política pública del estudio de condiciones de competencia en los servicios de telecomunicaciones en El Salvador: telefonía, internet y televisión por suscripción.
Resolución de aprobación del informe del estudio de las condiciones de competencia de televisión abierta en El Salvador y recomendaciones de política pública
A las puertas de celebrar sus 10 años, la Superintendencia de Competencia inicia este 2016 fomentando y garantizando la sana competencia en el sector de las telecomunicaciones. Retoma la investigación por actuaciones previas sobre la aplicación de la Contribución para Seguridad Ciudadana (CESC) por parte de las telefónicas, así como la remisión de recomendaciones de política pública derivadas del “Estudio de condiciones de competencia en la televisión abierta”, que promueven mejoras en las condiciones competitivas de este sector y ofrece aportes importantes para impulsar la competencia frente a la transición de televisión analógica a digital. Estas recomendaciones serán remitidas a la Asamblea Legislativa y a la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET).
Resolución de aprobación del informe y emisión de recomendaciones de políticas públicas en relación al estudio de las condiciones de competencia del sector marítimo portuario.
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia ratificó el miércoles 9 de diciembre su resolución sancionatoria contra cinco operadores de telefonía por abuso de posición dominante.
Resolución del recurso de revisión Denuncia de supuestas práctica anticompetitiva relacionada con la prestación de servicios comerciales de telecomunicaciones
El “Curso de principios generales del Derecho de Competencia”, impartido por la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA) y la Superintendencia de Competencia, culminó la tarde de ayer con la graduación de 38 profesionales.
La Superintendencia de Competencia presentó este día el “Estudio sobre las condiciones de competencia de la distribución minorista de productos de consumo periódico”, elaborado por el consultor chileno Eugenio Andrés Rivera Urrutia a solicitud de la autoridad de competencia, así como las recomendaciones de políticas públicas emitidas para optimizar la competencia en el sector.
La Superintendencia de Competencia inició de oficio, este día, actuaciones previas con el propósito de buscar indicios de posibles violaciones a la Ley de Competencia relacionadas con la coyuntura actual de la aplicación de la Contribución Especial para la Seguridad y
Convivencia (CESC).
La Superintendencia de Competencia se encuentra desarrollando una semana de consultas sobre reformas a la Ley de Competencia: lunes 16 de noviembre: instituciones del Estado; martes 17: gremiales empresariales; y jueves 19: academia y generadores de opinión.
La Superintendencia de Competencia y la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (UNAC) del Ministerio de Hacienda desarrollaron la jornada denominada “Competencia y compras púbicas” dirigida a funcionarios de Unidades de Adquisición y Compras Institucionales (UACI) de diversas entidades gubernamentales. La jornada contó con las
disertaciones del representante de la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos (FTC, por
sus siglas en inglés), Armando Irizarry, y de la representante de la Comisión Federal de Competencia
Económica de México (COFECE), Bertha Leticia Vega.
La Superintendencia de Competencia lanzó hoy la segunda fase de su aplicación digital “AppSC”, que presenta los estudios sobre condiciones de competencia y las recomendaciones que ha realizado la institución a partir de su creación (2006) a fin de promover la libre competencia.
Los cinco operadores de telefonía sancionados por abusar de su posición dominante presentaron recurso de revisión ante el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia el pasado 4 de noviembre. Las telefónicas se manifestaron en contra de la decisión tomada y solicitan que se modifique o deje sin efecto todo lo resuelto.
C.26-15 Telefónicas presentan recurso contra sanciones impuestas por la SC
SC en Primera Ronda de negociaciones con Unión Europea
1. Comunicado de Prensa C.44-07
Antiguo Cuscatlán, 22 de octubre de 2007
Negociaciones comerciales
SC en Primera Ronda de negociaciones con
Unión Europea
La SC considera importante asegurar que los beneficios de un posible acuerdo no se
vean menoscabados por prácticas anticompetitivas, y considera necesario contar
con mecanismos de cooperación y coordinación e intercambio de información entre
las autoridades de competencia para la investigación de casos.
La Superintendencia de Competencia (SC) acompaña al Ministerio de
“La SC considera Economía en la negociación de un capítulo de competencia dentro del
importante que los Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la región
beneficios del centroamericana, que inicia hoy en San José, Costa Rica.
acuerdo no se vean
menoscabados por Previo a definir el contenido de un capítulo, la SC espera conversar sobre
practicas la política de competencia en el acuerdo, en especial sobre sus objetivos
anticompetitivas, generales, específicos y alcances. También se aprovechará la
también considera oportunidad para dar conocer a la UE las necesidades de asistencia
necesaria la técnica de CA.
existencia de
mecanismos de El objetivo de contar con un capítulo de competencia debería ser, en todo
cooperación y caso, la obligación de las partes de adoptar, para el caso de las partes
coordinación e que aún no cuentan con una ley, y para todos en general aplicar
intercambio de efectivamente la ley, con el objeto de evitar efectos negativos sobre el
información entre las comercio entre las regiones. Es importante el reconocimiento a la
partes para la autonomía de las autoridades de competencia en la aplicación nacional
investigación de de sus legislaciones.
casos.” dijo Celina
Escolán, En el encuentro también se espera poder conversar sobre las
Superintedenta de particularidades del contenido de las legislaciones a ser aplicadas por las
Competencia. partes, es decir, conocer los marcos jurídicos aplicables, procedimientos,
recursos y capacidades necesarias para una implementación.
“La experiencia señala que cada acuerdo tiene sus propias particularidades y en tal sentido no sería
recomendable adoptar a priori un modelo de capítulo de competencia, sino construir uno con base a
los objetivos, alcances, necesidades propias”, dijo Celina Escolán, Superintedenta de Competencia.
En la primera ronda se han definido once mesas de negociación entre las que se encuentra la de
Comercio y Competencia.
Edificio Madreselva, Primer Nivel, Calzada El Almendro y 1ª Avenida El Espino, Urbanización Madreselva.
Antiguo Cuscatlán, El Salvador.
Conmutador (503) 2523-6600, Fax (503) 2523-6625 Comunicaciones (503) 2523-6616
2. El equipo de la SC está conformado por profesionales con experiencia en negociaciones comerciales.
(CAFTA, ALCA, TLC CA-4 Canadá)
ANTECEDENTES.
La SC emitió el 26 de julio de 2006, recomendaciones de política de competencia, en relación con las
negociaciones en torno a capítulos o disposiciones de competencia en acuerdos o tratados, a
suscribirse por el país. La SC considera recomendable la suscripción de acuerdos o convenios de
cooperación de manera bilateral entre autoridades de competencia de los Estados parte, los cuales
pudiesen ser acuerdos paralelos a los acuerdos o tratados. De esta manera, se permite atender los
casos de prácticas anticompetitivas, a través de la coordinación de las autoridades bajo
procedimientos claros.
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