La resolución aprueba una modificación al Plan Regulador Comunal de Viña del Mar denominado "Plan Seccional Vistas de Agua Santa", estableciendo normas de zonificación, uso de suelo, subdivisión predial, edificación y vialidad para este sector. Describe el área territorial sobre la cual se aplicarán las normas y los 22 puntos y tramos que definen sus límites.
El documento proporciona información sobre la provincia de Corrientes y la ciudad de Concepción del Yaguareté Corá. Describe la ubicación, historia, geografía, clima, flora y fauna, urbanización e industria de ambas localidades. La provincia de Corrientes limita con Paraguay, Brasil y las provincias argentinas de Entre Ríos, Chaco y Santa Fe, mientras que Concepción del Yaguareté Corá se encuentra a 185 km de la capital provincial y cerca de los Esteros del Iberá
Más información en:
http://www.universidadpopularc3c.es/index.php/actividades/conferencias/event/2481
Ponente: Dra. Pilar Lacasta Reoyo, Doctora en Geografía - Profesora de la Facultad de Formación del Profesorado/Educación, Universidad Autónoma de Madrid.
Tema: Conferencia sobre el espacio urbano denominado "El casino de la Reina" situado en la calle Embajadores de Madrid.
Fecha:19 de febrero de 2016
Lugar: Universidad Popular Carmen de Michelena de Tres Cantos.
Resumen: El nombre de “Casino de la Reina” hace referencia a la historia singular del recinto situado entre las calles Embajadores, Ronda de Atocha y Casino. A raíz de la desamortización ilustrada de Carlos IV, estos terrenos pasaron a ser propiedad de los monjes de San Cayetano hasta que en 1808 fueron arrebatadas estas tierras por José Bonaparte, quién a su vez se las cedió a su Ministro de Justicia Manuel Romero.
Los terrenos se denominaron “Huerta de Romero” y en el año 1809 se iniciaron las obras de construcción de un palacete y espacio ajardinado. Tras la marcha de los franceses, el Ayuntamiento de Madrid compró el recinto por 900.000 reales con el fin de regalárselo a la reina Isabel de Braganza – esposa de Fernando VII – por haber fijado los reyes su estancia en Madrid y con motivo del embarazo de la reina. Este acontecimiento se realizaba el 25 de Abril de 1817 con una gran fiesta en el palacete que comenzó a llamarse "Casino de la Reina".
Dos años más tarde (1819) la reina Isabel de Braganza fallecía y su hija también lo hacia a los pocos meses de edad. Estos acontecimientos dan un vuelco en el uso y destino inicial de los terrenos. Se mantienen las obras al ser considerado un Real Sitio, de esta forma se finaliza en 1820 la puerta de entrada al recinto. Dicha puerta se trasladó en 1885 a la Plaza de la Independencia siendo acceso a los jardines del Retiro (actualmente se mantiene su ubicación en dicho lugar).
La reina Isabel II inauguró, en las dependencias de Casino de la Reina, el primer museo arqueológico de Madrid, que más tarde tuvo que cambiar de ubicación al quedarse el recinto pequeño para albergar la expansión de dicho museo.
El resto de los años hasta la actualidad, ha tenido diversos usos, desde asilo de personas mayores, hasta casa cuna de las mujeres cigarreras que realizaban su trabajo en la fábrica de tabacos ubicada en la Glorieta de Embajadores. Con el paso del tiempo tanto el palacete como el espacio exterior sufrió un proceso de abandono y deterioro hasta que en 1997 se declaró Lavapiés Área de Rehabilitación preferente, iniciándose los proyectos necesarios que culminaron en el año 2001 en el Centro Social Comunitario “Casino de la Reina”.
Tata cara pembuatan rencana induk drainaseinfosanitasi
Rangkuman dokumen tersebut dalam 3 kalimat:
Dokumen tersebut membahas tentang tata cara pembuatan rencana induk drainase perkotaan yang meliputi pengumpulan data, analisis kondisi sistem drainase saat ini, pembuatan peta genangan, analisis kebutuhan drainase, dan penyusunan prioritas pengembangan berdasarkan skala kepentingan daerah.
El documento presenta el Plan Estratégico para la recuperación del Centro Histórico de Lima entre 2006-2035. El plan incluye la renovación urbana y recuperación de espacios públicos, la modernización de infraestructura y seguridad ciudadana. Se describen varios proyectos de inversión que comprenden la restauración de edificios históricos, mejoras a calles y parques, y la creación de viviendas y espacios comerciales, totalizando una inversión proyectada de 963 millones de dólares
GD. Conceptos Urbanos - Planificación y UrbanismoFrancis Duarte
Conceptos urbanos empleados en la planificación y urbanismo. Mobiliario urbano, equipamiento urbano, equipamiento colectivo, gestión urbana y gestión ambiental urbana.
Calidad de vida lomas del valle, managuaIndependent
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos del proyecto de mejoramiento de la calidad de vida en el Residencial Lomas del Valle en Managua, Nicaragua. El proyecto evalúa problemas ambientales como la falta de áreas verdes y servicios, y propone soluciones como la creación de parques, una vía de acceso principal, y el tratamiento de cauces y áreas en riesgo.
El documento analiza el flujo vehicular y peatonal en la ciudad de Contulmo, Chile. Se identifican los principales ejes de tránsito vehicular que convergen en el centro histórico, mientras que los flujos peatonales se generan cerca de los equipamientos concentrados en el mismo sector. El análisis también describe los usos de suelo residenciales y de equipamiento en la ciudad, con una importancia hacia la vivienda tradicional combinada con el comercio en el centro histórico.
El documento proporciona información sobre la provincia de Corrientes y la ciudad de Concepción del Yaguareté Corá. Describe la ubicación, historia, geografía, clima, flora y fauna, urbanización e industria de ambas localidades. La provincia de Corrientes limita con Paraguay, Brasil y las provincias argentinas de Entre Ríos, Chaco y Santa Fe, mientras que Concepción del Yaguareté Corá se encuentra a 185 km de la capital provincial y cerca de los Esteros del Iberá
Más información en:
http://www.universidadpopularc3c.es/index.php/actividades/conferencias/event/2481
Ponente: Dra. Pilar Lacasta Reoyo, Doctora en Geografía - Profesora de la Facultad de Formación del Profesorado/Educación, Universidad Autónoma de Madrid.
Tema: Conferencia sobre el espacio urbano denominado "El casino de la Reina" situado en la calle Embajadores de Madrid.
Fecha:19 de febrero de 2016
Lugar: Universidad Popular Carmen de Michelena de Tres Cantos.
Resumen: El nombre de “Casino de la Reina” hace referencia a la historia singular del recinto situado entre las calles Embajadores, Ronda de Atocha y Casino. A raíz de la desamortización ilustrada de Carlos IV, estos terrenos pasaron a ser propiedad de los monjes de San Cayetano hasta que en 1808 fueron arrebatadas estas tierras por José Bonaparte, quién a su vez se las cedió a su Ministro de Justicia Manuel Romero.
Los terrenos se denominaron “Huerta de Romero” y en el año 1809 se iniciaron las obras de construcción de un palacete y espacio ajardinado. Tras la marcha de los franceses, el Ayuntamiento de Madrid compró el recinto por 900.000 reales con el fin de regalárselo a la reina Isabel de Braganza – esposa de Fernando VII – por haber fijado los reyes su estancia en Madrid y con motivo del embarazo de la reina. Este acontecimiento se realizaba el 25 de Abril de 1817 con una gran fiesta en el palacete que comenzó a llamarse "Casino de la Reina".
Dos años más tarde (1819) la reina Isabel de Braganza fallecía y su hija también lo hacia a los pocos meses de edad. Estos acontecimientos dan un vuelco en el uso y destino inicial de los terrenos. Se mantienen las obras al ser considerado un Real Sitio, de esta forma se finaliza en 1820 la puerta de entrada al recinto. Dicha puerta se trasladó en 1885 a la Plaza de la Independencia siendo acceso a los jardines del Retiro (actualmente se mantiene su ubicación en dicho lugar).
La reina Isabel II inauguró, en las dependencias de Casino de la Reina, el primer museo arqueológico de Madrid, que más tarde tuvo que cambiar de ubicación al quedarse el recinto pequeño para albergar la expansión de dicho museo.
El resto de los años hasta la actualidad, ha tenido diversos usos, desde asilo de personas mayores, hasta casa cuna de las mujeres cigarreras que realizaban su trabajo en la fábrica de tabacos ubicada en la Glorieta de Embajadores. Con el paso del tiempo tanto el palacete como el espacio exterior sufrió un proceso de abandono y deterioro hasta que en 1997 se declaró Lavapiés Área de Rehabilitación preferente, iniciándose los proyectos necesarios que culminaron en el año 2001 en el Centro Social Comunitario “Casino de la Reina”.
Tata cara pembuatan rencana induk drainaseinfosanitasi
Rangkuman dokumen tersebut dalam 3 kalimat:
Dokumen tersebut membahas tentang tata cara pembuatan rencana induk drainase perkotaan yang meliputi pengumpulan data, analisis kondisi sistem drainase saat ini, pembuatan peta genangan, analisis kebutuhan drainase, dan penyusunan prioritas pengembangan berdasarkan skala kepentingan daerah.
El documento presenta el Plan Estratégico para la recuperación del Centro Histórico de Lima entre 2006-2035. El plan incluye la renovación urbana y recuperación de espacios públicos, la modernización de infraestructura y seguridad ciudadana. Se describen varios proyectos de inversión que comprenden la restauración de edificios históricos, mejoras a calles y parques, y la creación de viviendas y espacios comerciales, totalizando una inversión proyectada de 963 millones de dólares
GD. Conceptos Urbanos - Planificación y UrbanismoFrancis Duarte
Conceptos urbanos empleados en la planificación y urbanismo. Mobiliario urbano, equipamiento urbano, equipamiento colectivo, gestión urbana y gestión ambiental urbana.
Calidad de vida lomas del valle, managuaIndependent
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos del proyecto de mejoramiento de la calidad de vida en el Residencial Lomas del Valle en Managua, Nicaragua. El proyecto evalúa problemas ambientales como la falta de áreas verdes y servicios, y propone soluciones como la creación de parques, una vía de acceso principal, y el tratamiento de cauces y áreas en riesgo.
El documento analiza el flujo vehicular y peatonal en la ciudad de Contulmo, Chile. Se identifican los principales ejes de tránsito vehicular que convergen en el centro histórico, mientras que los flujos peatonales se generan cerca de los equipamientos concentrados en el mismo sector. El análisis también describe los usos de suelo residenciales y de equipamiento en la ciudad, con una importancia hacia la vivienda tradicional combinada con el comercio en el centro histórico.
El documento presenta un diagnóstico territorial de Cali y su región. Resume los principales hallazgos del diagnóstico a nivel nacional, regional y municipal. También analiza el modelo de ordenamiento territorial propuesto en el Acuerdo 069 de 2000 e identifica sus aciertos y debilidades. Finalmente, presenta la propuesta del nuevo modelo de ordenamiento territorial del POT de revisión, el cual se basa en tres macroestructuras: ambiental, funcional y socioeconómica.
Propuesta de volumetria urbana elgueta ortega_reyesgLuis Reyes
Este proyecto propone la construcción de un centro de difusión científica en 3 terrenos en Concepción. En cada terreno, se analizan las condiciones del sitio y se plantea una idea rectora basada en elementos del contexto para generar espacios que difundan el quehacer científico a través de vitrinas y patios interiores.
Identificación y caracterización de unidades de paisaje del área de influenci...Miguel Martiarena
El documento describe un estudio realizado para identificar y caracterizar las unidades de paisaje en el área de influencia del corredor Córdoba-Carlos Paz con el objetivo de contribuir al planeamiento territorial. Se definieron diferentes unidades de paisaje como bosque, arbustal, pastizal, cultivo y áreas urbanas. También se realizó una valoración subjetiva del paisaje por parte de técnicos y usuarios para identificar tipos de paisaje. Finalmente, se generaron modelos tridimensionales para facilitar la visualización e interpretación de la información ob
Este documento presenta los conceptos y procesos fundamentales de la planificación urbana. Describe el proceso de planificación urbana, incluidas las etapas de relevamiento de información, diagnóstico, formulación, implementación, ejecución y evaluación. También contrasta el enfoque tradicional de planificación impositiva con el enfoque moderno participativo y de múltiples actores. Finalmente, identifica las variables clave para el análisis urbano como la localización, el medio físico, social y económico
Vision de Ciudad y Políticas Urbanas. Hacia una Ciudad Compacta, Dinámica, Po...CICMoficial
Este documento presenta la agenda de desarrollo urbano de la Ciudad de México para el periodo 2013-2018. La agenda tiene como objetivo crear una ciudad compacta, dinámica, policéntrica y equitativa a través de líneas de trabajo como el desarrollo participativo, la funcionalidad administrativa y la coordinación interinstitucional, con el fin de mejorar la planificación urbana, fomentar la inversión privada y ejecutar proyectos de infraestructura.
O documento descreve o Projeto Nova Luz, um projeto de renovação urbana do centro de São Paulo que ocorreu em 2005. O projeto revitalizou 45 quarteirões cobrindo 50 hectares, incluindo a desapropriação de 89 imóveis. O masterplan foi desenvolvido pela empresa americana Aecom e objetivou trazer novos usos e moradores de volta para a área.
El documento describe un proyecto de desarrollo habitacional llamado Conjunto Residencial Lomas de Terepaima. El proyecto se basa en integrar la sociedad con la naturaleza tomando como inspiración el Parque Nacional Terepaima. Incluye viviendas multifamiliares y unifamiliares, con énfasis en áreas verdes, caminos peatonales y ciclovías para mejorar la movilidad y tranquilidad.
El documento describe la propuesta del Cinturón Verde Metropolitano de Medellín. El Cinturón Verde busca organizar la ocupación del territorio y regular la expansión urbana mediante la recuperación de elementos naturales, mejorando el hábitat, la movilidad y la equidad. El objetivo es propiciar condiciones para el desarrollo humano integral en la zona de transición entre lo urbano y lo rural de forma sostenible.
Este documento presenta el plan de prevención por sismo 2010 para el distrito de Comas. El objetivo principal era identificar, calificar y cuantificar las edificaciones con alto riesgo de vulnerabilidad ante sismos para determinar su nivel de riesgo. Se realizó un estudio que incluyó inspecciones de viviendas de material precario para identificar rutas de evacuación y zonas seguras, y dar recomendaciones a las familias para emergencias.
Presentacion de buenos aires, argentinaCARLOS GARCIA
El documento resume la historia y desarrollo de la ciudad de Buenos Aires a través de varios aspectos como el histórico, social, económico, territorial y arquitectónico. Se describe la fundación y crecimiento de la ciudad desde el siglo XVI hasta la actualidad, así como los principales proyectos urbanos y edificaciones arquitectónicas. También se analiza la composición demográfica, las actividades económicas y los niveles de pobreza.
Kajian Lingkungan Hidup Strategis (KLHS) adalah kajian yang harus dilakukan pemerintah daerah sebelum memberikan izin pengelolaan lahan maupun hutan. KLHS tertuang dalam UU No 32 Tahun 2009 Tentang Perlindungan dan Pengelolaan Lingkungan Hidup. Pembuatan KLHS ditujukan untuk memastikan penerapan prinsip pembangunan berkelanjutan dalam pembangunan suatu wilayah, serta penyusunan kebijakan dan program pemerintah.
Menurut undang-undang tentang perlindungan dan pengelolaan lingkungan hidup, KLHS harus dilakukan dalam penyusunan dan evaluasi rencana tata ruang wilayah, rencana pembangunan jangka menengah dan panjang, kebijakan dan program yang berpotensi menimbulkan dampak dan atau risiko terhadap lingkungan hidup.
Mekanisme pelaksanaan KLHS meliputi pengkajian pengaruh kebijakan, rencana, dan program terhadap kondisi lingkungan hidup di suatu wilayah, perumusan alternatif penyempurnaan kebijakan dan program serta rekomendasi perbaikan untuk pengambilan keputusan kebijakan dan program yang mengintegrasikan prinsip pembangunan berkelanjutan. KLHS sendiri menurut ketentuan harus memuat kajian mengenai kapasitas daya dukung dan daya tampung lingkungan hidup untuk pembangunan; perkiraan mengenai dampak dan risiko terhadap lingkungan hidup.
▪⁞ Mario schjetnan, jorge calvillo, manuel peniche principios de diseño urb...Mauricio Moran
Este libro introduce una visión integral de la ciudad y su medio natural. Define conceptos básicos sobre el medio ambiente urbano y natural y sus interrelaciones, y genera criterios de diseño urbano/ambiental. Estos criterios fundamentan la toma de decisiones en el diseño urbano basado en valores humanos que crean ciudades en equilibrio con la naturaleza. El libro no pretende abarcar todos los aspectos del desarrollo urbano, pero explica, define y puntualiza recomendaciones básicas sobre la estructura, función e
El documento describe la estructura del Centro Cultural Soumaya en la Ciudad de México. Consiste en anillos y columnas de acero que siguen la curvatura de la superficie para darle rigidez. La cubierta auto suspendida permite que el último nivel quede libre de soportes intermedios. Las columnas están dispuestas en forma de arco convexo y soportan el 70% del peso total.
Equipo 3 aldo ross se supone que la buena 2.0Cesar Martinez
Aldo Rossi buscó que la arquitectura sea considerada una ciencia positiva al servicio de la sociedad, más allá de ser vista solo como arte. Defendió que el terreno propio de la arquitectura es la ciudad, y que proyectos como el Cementerio de San Cataldo en Módena encapsulan sus intereses teóricos de analizar tipologías arquitectónicas y su permanencia a través del tiempo. Sus escritos, particularmente su libro La arquitectura de la ciudad, tuvieron gran influencia al estudiar la ciudad como una estruct
Este documento presenta una solicitud de independización de un terreno rústico ubicado en el distrito de Socabaya, Arequipa. Incluye una memoria descriptiva con los antecedentes registrales del predio matriz, así como planos que muestran la subdivisión propuesta en dos lotes independientes. El trámite comprende la apertura de dos fichas registrales distintas para cada nueva unidad inmobiliaria resultante de la desmembración del terreno original.
Este documento presenta tres resúmenes breves:
1. Se modifica el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Xochimilco para permitir una vivienda de 4 niveles en un predio específico, sujeto a ciertas condicionantes.
2. Se publica el listado y formatos de solicitud de 3 trámites de la Secretaría de Obras y Servicios que han sido inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios.
3. Dichos trámites deberán
El documento presenta un diagnóstico territorial de Cali y su región. Resume los principales hallazgos del diagnóstico a nivel nacional, regional y municipal. También analiza el modelo de ordenamiento territorial propuesto en el Acuerdo 069 de 2000 e identifica sus aciertos y debilidades. Finalmente, presenta la propuesta del nuevo modelo de ordenamiento territorial del POT de revisión, el cual se basa en tres macroestructuras: ambiental, funcional y socioeconómica.
Propuesta de volumetria urbana elgueta ortega_reyesgLuis Reyes
Este proyecto propone la construcción de un centro de difusión científica en 3 terrenos en Concepción. En cada terreno, se analizan las condiciones del sitio y se plantea una idea rectora basada en elementos del contexto para generar espacios que difundan el quehacer científico a través de vitrinas y patios interiores.
Identificación y caracterización de unidades de paisaje del área de influenci...Miguel Martiarena
El documento describe un estudio realizado para identificar y caracterizar las unidades de paisaje en el área de influencia del corredor Córdoba-Carlos Paz con el objetivo de contribuir al planeamiento territorial. Se definieron diferentes unidades de paisaje como bosque, arbustal, pastizal, cultivo y áreas urbanas. También se realizó una valoración subjetiva del paisaje por parte de técnicos y usuarios para identificar tipos de paisaje. Finalmente, se generaron modelos tridimensionales para facilitar la visualización e interpretación de la información ob
Este documento presenta los conceptos y procesos fundamentales de la planificación urbana. Describe el proceso de planificación urbana, incluidas las etapas de relevamiento de información, diagnóstico, formulación, implementación, ejecución y evaluación. También contrasta el enfoque tradicional de planificación impositiva con el enfoque moderno participativo y de múltiples actores. Finalmente, identifica las variables clave para el análisis urbano como la localización, el medio físico, social y económico
Vision de Ciudad y Políticas Urbanas. Hacia una Ciudad Compacta, Dinámica, Po...CICMoficial
Este documento presenta la agenda de desarrollo urbano de la Ciudad de México para el periodo 2013-2018. La agenda tiene como objetivo crear una ciudad compacta, dinámica, policéntrica y equitativa a través de líneas de trabajo como el desarrollo participativo, la funcionalidad administrativa y la coordinación interinstitucional, con el fin de mejorar la planificación urbana, fomentar la inversión privada y ejecutar proyectos de infraestructura.
O documento descreve o Projeto Nova Luz, um projeto de renovação urbana do centro de São Paulo que ocorreu em 2005. O projeto revitalizou 45 quarteirões cobrindo 50 hectares, incluindo a desapropriação de 89 imóveis. O masterplan foi desenvolvido pela empresa americana Aecom e objetivou trazer novos usos e moradores de volta para a área.
El documento describe un proyecto de desarrollo habitacional llamado Conjunto Residencial Lomas de Terepaima. El proyecto se basa en integrar la sociedad con la naturaleza tomando como inspiración el Parque Nacional Terepaima. Incluye viviendas multifamiliares y unifamiliares, con énfasis en áreas verdes, caminos peatonales y ciclovías para mejorar la movilidad y tranquilidad.
El documento describe la propuesta del Cinturón Verde Metropolitano de Medellín. El Cinturón Verde busca organizar la ocupación del territorio y regular la expansión urbana mediante la recuperación de elementos naturales, mejorando el hábitat, la movilidad y la equidad. El objetivo es propiciar condiciones para el desarrollo humano integral en la zona de transición entre lo urbano y lo rural de forma sostenible.
Este documento presenta el plan de prevención por sismo 2010 para el distrito de Comas. El objetivo principal era identificar, calificar y cuantificar las edificaciones con alto riesgo de vulnerabilidad ante sismos para determinar su nivel de riesgo. Se realizó un estudio que incluyó inspecciones de viviendas de material precario para identificar rutas de evacuación y zonas seguras, y dar recomendaciones a las familias para emergencias.
Presentacion de buenos aires, argentinaCARLOS GARCIA
El documento resume la historia y desarrollo de la ciudad de Buenos Aires a través de varios aspectos como el histórico, social, económico, territorial y arquitectónico. Se describe la fundación y crecimiento de la ciudad desde el siglo XVI hasta la actualidad, así como los principales proyectos urbanos y edificaciones arquitectónicas. También se analiza la composición demográfica, las actividades económicas y los niveles de pobreza.
Kajian Lingkungan Hidup Strategis (KLHS) adalah kajian yang harus dilakukan pemerintah daerah sebelum memberikan izin pengelolaan lahan maupun hutan. KLHS tertuang dalam UU No 32 Tahun 2009 Tentang Perlindungan dan Pengelolaan Lingkungan Hidup. Pembuatan KLHS ditujukan untuk memastikan penerapan prinsip pembangunan berkelanjutan dalam pembangunan suatu wilayah, serta penyusunan kebijakan dan program pemerintah.
Menurut undang-undang tentang perlindungan dan pengelolaan lingkungan hidup, KLHS harus dilakukan dalam penyusunan dan evaluasi rencana tata ruang wilayah, rencana pembangunan jangka menengah dan panjang, kebijakan dan program yang berpotensi menimbulkan dampak dan atau risiko terhadap lingkungan hidup.
Mekanisme pelaksanaan KLHS meliputi pengkajian pengaruh kebijakan, rencana, dan program terhadap kondisi lingkungan hidup di suatu wilayah, perumusan alternatif penyempurnaan kebijakan dan program serta rekomendasi perbaikan untuk pengambilan keputusan kebijakan dan program yang mengintegrasikan prinsip pembangunan berkelanjutan. KLHS sendiri menurut ketentuan harus memuat kajian mengenai kapasitas daya dukung dan daya tampung lingkungan hidup untuk pembangunan; perkiraan mengenai dampak dan risiko terhadap lingkungan hidup.
▪⁞ Mario schjetnan, jorge calvillo, manuel peniche principios de diseño urb...Mauricio Moran
Este libro introduce una visión integral de la ciudad y su medio natural. Define conceptos básicos sobre el medio ambiente urbano y natural y sus interrelaciones, y genera criterios de diseño urbano/ambiental. Estos criterios fundamentan la toma de decisiones en el diseño urbano basado en valores humanos que crean ciudades en equilibrio con la naturaleza. El libro no pretende abarcar todos los aspectos del desarrollo urbano, pero explica, define y puntualiza recomendaciones básicas sobre la estructura, función e
El documento describe la estructura del Centro Cultural Soumaya en la Ciudad de México. Consiste en anillos y columnas de acero que siguen la curvatura de la superficie para darle rigidez. La cubierta auto suspendida permite que el último nivel quede libre de soportes intermedios. Las columnas están dispuestas en forma de arco convexo y soportan el 70% del peso total.
Equipo 3 aldo ross se supone que la buena 2.0Cesar Martinez
Aldo Rossi buscó que la arquitectura sea considerada una ciencia positiva al servicio de la sociedad, más allá de ser vista solo como arte. Defendió que el terreno propio de la arquitectura es la ciudad, y que proyectos como el Cementerio de San Cataldo en Módena encapsulan sus intereses teóricos de analizar tipologías arquitectónicas y su permanencia a través del tiempo. Sus escritos, particularmente su libro La arquitectura de la ciudad, tuvieron gran influencia al estudiar la ciudad como una estruct
Este documento presenta una solicitud de independización de un terreno rústico ubicado en el distrito de Socabaya, Arequipa. Incluye una memoria descriptiva con los antecedentes registrales del predio matriz, así como planos que muestran la subdivisión propuesta en dos lotes independientes. El trámite comprende la apertura de dos fichas registrales distintas para cada nueva unidad inmobiliaria resultante de la desmembración del terreno original.
Este documento presenta tres resúmenes breves:
1. Se modifica el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para Xochimilco para permitir una vivienda de 4 niveles en un predio específico, sujeto a ciertas condicionantes.
2. Se publica el listado y formatos de solicitud de 3 trámites de la Secretaría de Obras y Servicios que han sido inscritos en el Registro Electrónico de Trámites y Servicios.
3. Dichos trámites deberán
La ordenanza aprueba el cambio de zonificación de varios lotes de terreno de uso residencial a uso comercial y comercio metropolitano para desarrollar una zona empresarial financiera en el distrito de Santiago de Surco. Antes de aprobar el proceso de habilitación urbana, la municipalidad distrital debe elaborar parámetros urbanísticos y de impacto vial, así como un plan de reurbanización para la zona. También se modifica el sistema vial metropolitano en el plano respectivo.
Punto de acuerdo solicitud de información supervía ponienteAgenda Legislativa
La propuesta con punto de acuerdo solicita al Secretario de Obras y Servicios del Distrito Federal información detallada sobre los estudios y especificaciones técnicas de la obra denominada Supervía Sur-Poniente. Vecinos de las delegaciones de Magdalena Contreras y Álvaro Obregón han manifestado su rechazo al proyecto debido a que atravesará zonas de preservación ecológica y tendrá fuertes impactos ambientales. La construcción de la supervía va en contra de la Constitución por el gran impacto ecológ
Este documento modifica un decreto anterior sobre la desincorporación de un inmueble de dominio público en la Ciudad de México. Se cambia el decreto para permitir que el inmueble sea permutado por dos nuevos inmuebles en lugar de uno, como reserva territorial del Distrito Federal, según lo dictaminado por el Comité del Patrimonio Inmobiliario.
Este documento establece la implementación de carriles preferenciales para el transporte público, taxis y vehículos de emergencia en ciertas calles de la ciudad de La Rioja. Se describen las calles en las que se implementarán los carriles, así como las regulaciones sobre su uso y la señalización requerida. También se autoriza al departamento ejecutivo municipal a regular los detalles de su funcionamiento.
Este documento presenta la Resolución 31 (2013) que promulga el Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso (PREMVAL). El plan fue elaborado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo para actualizar el antiguo Plan Intercomunal de Valparaíso de 1965. El Consejo Regional de Valparaíso aprobó el PREMVAL en junio de 2013. La resolución deroga el Plan Intercomunal de 1965, excepto por modificaciones específicas. Finalmente, el Intendente Regional promulga el PREMVAL con su Memoria
El documento presenta una ordenanza local para actualizar el Plan Regulador Comunal de Concón. Establece normas sobre límites urbanos, zonificación, usos de suelo, normas de edificación y urbanización, y vialidad estructurante. Define los límites urbanos de las ciudades de Concón y Puente Colmo a través de puntos y polígonos. Divide el territorio en zonas de desarrollo urbano, zonas especiales, zonas de áreas verdes y zonas de actividades productivas. También establece áreas restring
La ordenanza actualiza el Plan Regulador Comunal de Concón, estableciendo normas de zonificación, uso de suelo, edificación y vialidad. Divide la comuna en zonas de desarrollo urbano, zonas especiales, zonas de áreas verdes y zonas de actividades productivas. También define áreas restringidas al desarrollo como zonas de riesgo y no edificables, así como áreas de protección de recursos naturales y patrimoniales. Establece además una vialidad estructurante comunal y normas de est
Este documento contiene el orden del día de la primera sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de Corrientes del 2 de marzo de 2016. Incluye la constatación del quórum, comunicaciones oficiales recibidas, proyectos presentados por los diputados como leyes, resoluciones y declaraciones, y la fijación del día y hora de las próximas sesiones y conformación de las comisiones permanentes.
Este documento contiene las normas y regulaciones del Plan Regulador Urbano de la comuna de Valparaíso, Chile. Establece las zonas de uso de suelo, subdivisiones, edificaciones, urbanización y vialidad dentro del área urbana de Valparaíso y la localidad de Placilla. Define los límites del área urbana y describe 20 modificaciones realizadas al Plan Regulador desde 1984.
PLAN REGULADOR COMUNAL DE VALPARAISO (ORDENANZA LOCAL)RegularizacinConcn
Este documento contiene las normas y regulaciones del Plan Regulador Urbano de la comuna de Valparaíso, Chile. Establece las zonas de uso de suelo, subdivisiones, edificaciones, urbanizaciones y vialidad dentro del área urbana de Valparaíso y la localidad de Placilla. Divide el contenido en cinco capítulos que describen las disposiciones generales, el área urbana, las definiciones y normas generales, la zonificación y normas específicas por zona, y las normas de vialidad.
Este documento contiene las normas y regulaciones del Plan Regulador Urbano de la comuna de Valparaíso, Chile. Establece las zonas de uso de suelo, subdivisiones, edificaciones, urbanización y vialidad dentro del área urbana de Valparaíso y la localidad de Placilla. Define los límites de estas áreas y describe las modificaciones realizadas al plan a través de decretos y resoluciones.
plan regulador metropolitano valparaiso satelital borde costero sur
arquitecto El Tabo, El Quisco, Algarrobo, Santo Domingo, San Antonio WHATSAPP +56941055309
Este documento describe un caso de amparo presentado por dos asociaciones de vivienda contra la Municipalidad Provincial de Tacna. Alega que al aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial y el Plan de Desarrollo Urbano 2015-2025 mediante la Ordenanza Municipal N° 0019, se violaron los derechos a la participación ciudadana y a un ambiente equilibrado de los vecinos. Específicamente, argumenta que no se exhibieron los planes ni se realizó una audiencia pública, y que los planes eliminaron aproximadamente 60 hectáreas destinadas a
Este documento contiene información sobre leyes, decretos y resoluciones de la provincia de La Rioja, Argentina. Incluye resúmenes de cinco leyes que declaran emergencias hídrica, social, alimentaria y económica, y autorizan la compra de maquinaria para perforación de pozos de agua. También presenta decretos que promulgan dichas leyes.
LA PATACONA, PARADIGMA DE URBANISMO COSTERO ILEGALWilly Pj
Este documento describe las actuaciones ilegales que llevaron al urbanismo costero ilegal en la playa Patacona en Alboraya, Valencia. En 1979, cuando se canceló un proyecto de autovía, una empresa inmobiliaria solicitó cambiar el planeamiento para construir viviendas. Esto llevó a una litigación constante que continúa hoy. El documento explica cómo el Ayuntamiento de Alboraya modificó ilegalmente la clasificación del suelo para permitir la urbanización, a pesar de las objeciones de las autoridades costeras
LA PATACONA, PARADIGMA DE URBANISMO COSTERO ILEGALWilly Pj
Este documento describe los antecedentes y las actuaciones ilegales que llevaron al urbanismo costero ilegal en la playa Patacona en Alboraya, Valencia. Originalmente, los terrenos de Patacona estaban clasificados como huertas, sistemas de comunicación e industria especial en el Plan General de 1966. Cuando se canceló la autovía planificada para la zona, una empresa inmobiliaria solicitó cambiar la clasificación para construir viviendas. Esto llevó a una serie de modificaciones ilegales del planeamiento para clasificar los
El documento presenta tres decretos municipales de la ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja. El primer decreto vetó una ordenanza que autorizaba la donación de un terreno a una asociación comunitaria. El segundo y tercer decreto designaron nuevos secretarios en el Concejo Deliberante luego de renuncias previas en esos cargos. Finalmente, se presenta una minuta de comunicación del Concejo solicitando información al Secretario de Servicios Públicos sobre subsidios al transporte público de pasajeros.
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Este expediente contiene los antecedentes correspondientes a una Solicitud de Recepción Definitiva de obras de una Vivienda Unifamiliar ubicada en Refugios del Arrayán 16445, comuna de Lo Barnechea. Entre los documentos adjuntos se encuentran el permiso de obras, planos, informes del arquitecto y constructor, certificados de servicios básicos e instalaciones, y comprobantes de pago de patentes y permisos municipales.
Este documento presenta el cálculo estructural de una vivienda unifamiliar ubicada en La Ligua, Chile. Describe los datos generales de la estructura, las normas consideradas, las acciones de diseño como peso propio, sismo y viento, y los estados límite y combinaciones de carga evaluados. También incluye la geometría de los elementos estructurales, los materiales utilizados y las conclusiones del cálculo.
Este documento presenta el cálculo estructural de una vivienda unifamiliar ubicada en La Ligua, Chile. Describe las acciones consideradas como peso propio, cargas muertas, viento y sismo. Explica los estados límites, coeficientes de seguridad y combinaciones de cargas consideradas para el diseño. También incluye detalles sobre los materiales, normas aplicadas y datos geométricos de la estructura.
Este documento presenta la memoria de cálculo estructural para una vivienda unifamiliar. Incluye información sobre las acciones consideradas como peso propio, cargas muertas, viento y sismo. También detalla las normas utilizadas, los estados límites evaluados, los coeficientes de seguridad y combinaciones de cargas. Finalmente, presenta datos geométricos de los elementos estructurales y los materiales utilizados.
Este documento presenta la solicitud de anteproyecto para obras de ampliación de una vivienda unifamiliar. Incluye formularios con datos del propietario, arquitecto, características del proyecto como superficies, usos de suelo, normas urbanísticas, entre otros. Adjunta listado de documentos, planos y certificados requeridos para tramitar la aprobación del anteproyecto.
Este documento presenta un informe de cálculo de zapatas modulares para dos proyectos (ROL 1291-13 y ROL 1291-15) ubicados en Algarrobo, Región de Valparaíso. Incluye la introducción, datos generales de la estructura, normas consideradas, acciones de diseño, estados límite, situaciones de proyecto, datos geométricos, materiales y combinaciones de cargas. El documento contiene detalles sobre el análisis y dimensionamiento estructural de las zapatas considerando acciones gravitatorias, sísm
Este documento contiene información sobre tres lotes de terreno. Lista la dirección de cada lote y sus propietarios. También incluye documentos legales como escrituras y planos de subdivisión relacionados con la propiedad.
Este documento presenta los antecedentes requeridos para tramitar un permiso de edificación para un proyecto de local comercial en Quilpué. Incluye una lista de 9 documentos necesarios, como oficio conductor, listado de documentos, solicitud de informe vial básico, certificados de informaciones previas y no expropiación, y planos del proyecto. El objetivo es obtener la aprobación para la construcción del local a través de la presentación de estos antecedentes a la municipalidad.
Este documento presenta la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Pichidegua, la cual define el límite urbano del área planificada, las zonas que la integran y sus usos del suelo correspondientes. Incluye una descripción detallada de los 24 puntos y tramos que definen el límite urbano, así como definiciones de términos técnicos como densidad y coeficiente de ocupación de suelo que serán usados en la ordenanza.
Este documento presenta el cálculo estructural de un galpón de acero tipo 2 para una planta envasadora. Describe los datos generales de la estructura, las normas consideradas, las acciones como peso propio, cargas muertas, viento y sismo. También presenta los estados límite, coeficientes de combinación y 14 combinaciones de cargas para el análisis estructural.
Este documento contiene los requisitos para la aprobación de proyectos de piscinas de uso público. Incluye la solicitud con los antecedentes del establecimiento, los documentos requeridos como memoria técnica, planos, especificaciones y cálculos, y la declaración del solicitante.
Este documento es una solicitud para la autorización de funcionamiento de una piscina. Contiene secciones para los antecedentes del establecimiento como el nombre, dirección y datos de contacto del propietario. También enumera los documentos requeridos como certificados de instalaciones eléctricas y de calefacción, así como una declaración donde el solicitante acepta cumplir con la normativa sanitaria aplicable. Finalmente, hay espacios reservados para el uso interno de la autoridad sanitaria para registrar detalles de la solicitud.
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo debido a los cierres generalizados. Ahora, a medida que se levantan las restricciones, la recuperación económica será gradual a medida que los consumidores y las empresas se readaptan a la nueva normalidad.
El documento describe la historia y los valores culturales de los baños de la antigüedad. Explica que los baños romanos y otomanos tenían importantes funciones sociales y culturales además de la limpieza, y servían como lugares de entretenimiento y negocios. También analiza la arquitectura y los programas de los baños, incluyendo las secciones frías, tibias y calientes, y cómo estas tradiciones continúan influyendo en los diseños modernos.
Este documento presenta los antecedentes técnicos requeridos para solicitar una modificación al permiso previo otorgado para intervenir una vivienda unifamiliar ubicada en Zapallar. Incluye la descripción de la intervención propuesta, las modificaciones realizadas en el tiempo al inmueble, los datos del propietario y profesionales responsables, y las especificaciones técnicas de la obra.
La solicitud presenta los antecedentes requeridos para solicitar la subdivisión de una propiedad rural ubicada en el Cerro El Tome, comuna de Papudo. Los propietarios Francisco Javier Reyes Andrade, Mauricio Antonio Moya Ramírez, Diego Patricio Vázquez Uribe, Jean Claude Echard Pizarro y el arquitecto Juan Luis Menares Rodríguez solicitan la aprobación de la subdivisión del Lote 36 en varios lotes más pequeños. Adjuntan documentos como certificados de avalúo, planos, memoria explicativa y otros ant
El documento presenta una solicitud de regularización de una edificación antigua ubicada en Calle Yungay 2072, Valparaíso. Incluye una declaración jurada, datos del propietario y arquitecto, descripción de la edificación, planos, y una lista de documentos adjuntos requeridos para el proceso de regularización.
Este documento presenta el cálculo estructural de un local comercial con destino a taller mecánico de dos pisos de altura. Describe las acciones consideradas como peso propio, cargas permanentes, sobrecargas de uso, viento y sismo. También presenta los estados límite, coeficientes parciales de seguridad, combinaciones de cargas y datos geométricos y materiales de la estructura.
Promulgado: Ley Integral Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Co...Baker Publishing Company
El Gobierno de Chile promulgó la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en Razón de su Género, que fue ingresada durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet (2017). Esta ley entrega un marco normativo que establece los deberes de los distintos órganos del Estado para enfrentar la violencia contra las mujeres, acorde a los de la “Convención de Belem do Pará“, instrumento internacional que consagró el derecho de las mujeres de vivir una vida libre de violencia. Según destacaron las autoridades, esta normativa cuenta con un mecanismo de supervisión judicial de medidas cautelares para garantizar su cumplimiento y permanencia, mientras que también fortalece el rol de representación jurídica del país. Asimismo, define el concepto de violencia de género y sus distintas expresiones, entre ellas la física, psicológica, sexual, simbólica, económica y gineco-obstétrica.
Informe de Movilidad / Mayo 2024 / Caja de JubilacionesCórdoba, Argentina
El Informe de Movilidad es una publicación de carácter mensual en la cual se detallan los sectores con reajustados en la liquidación de haberes. Se tratan temas relacionados a haber medio, haber mínimo, ley 10.333 y tope previsional, entre otros. A su vez se efectúa una estimación del impacto financiero que tendrá la movilidad sobre las erogaciones corrientes del sistema previsional.
Balance Caja de Jubilaciones Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba ...Córdoba, Argentina
Los Estados Contables tienen por objeto dar a conocer la situación patrimonial y de resultados así como presupuestaria de la institución al cierre de cada ejercicio contable. Brindan información a los beneficiarios, abogados, peritos, auditores, organismos de contralor, y a la sociedad en general.
Entren los principales temas, los informes presentan información relacionada a ingresos por aportes y contribuciones; gasto prestacional y gastos de funcionamiento; fuentes de financiamiento; resultados financieros; fondo complementario, entre otros temas.
SECCIONAL AGUA SANTA PLAN REGULADOR COMUNAL VIÑA DEL MAR
1. Resolución 31 AFECTA (1999)
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Resolución 31 AFECTA; Resolución
31-4-075 AFECTA
PROMULGA MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VIÑA;DEL
MAR ''PLAN SECCIONAL VISTAS DE AGUA SANTA''
GOBIERNO REGIONAL V REGIÓN DE VALPARAÍSO
Fecha Publicación: 02-JUN-1999 | Fecha Promulgación: 14-MAY-1999
Tipo Versión: Última Versión De : 12-JUL-1999
Ultima Modificación: 12-JUL-1999 RES 31 AFECTA; RES-31-4-
Url Corta: http://bcn.cl/2ij6e
PROMULGA MODIFICACION AL PLAN REGULADOR COMUNAL DE VIÑA
DEL MAR ''PLAN SECCIONAL VISTAS DE AGUA SANTA''
(Resolución)
Núm. 31-4-075 afecta.- Valparaíso, 14 de mayo de
1999.- Vistos:
1) El acuerdo Nº 258/12/98 de 3 de diciembre de
1998, adoptado en la 180ª sesión ordinaria del Consejo
Regional de la V Región.
2) El oficio ordinario Nº 1.822 de 19 de noviembre
de 1998 del Secretario Regional Ministerial de Vivienda
y Urbanismo de la V Región.
3) La resolución exenta Nº 179 de 16 de noviembre
de 1998 de la Comisión Regional del Medio Ambiente.
4) El acuerdo adoptado por el Concejo Municipal Nº
3.347 de fecha 12 de mayo de 1998 y los decretos
alcaldicios Nº 5.421 y 7.841 de 10 de agosto y 26 de
noviembre del año 1998, respectivamente, ambos de la I.
Municipalidad de Viña del Mar.
5) La resolución afecta Nº 31-4-195 de 21 de
diciembre de 1999, que tuvo por aprobada la modificación
del Plan Regulador Comunal de Viña del Mar ''Plan
Seccional Vistas de Agua Santa'' y ordenó su
promulgación.
6) El oficio Nº 996 de 16 de marzo de 1999, del Sr.
Contralor Regional de Valparaíso, por el que se concluye
que la resolución señalada en el numeral precedente no
se ajusta a derecho, por lo que se abstiene de tomar
razón de ella.
7) El Certificado de fecha 7 de mayo de 1999 del
Sr. Secretario del Consejo Regional de la Región de RES 31 AFECTA
Valparaíso, del que se desprende que dicho GOB. REG. V REGION
Consejo Regional, por acuerdo Nº 2.750/05/99, en su 193ª N° 1
sesión ordinaria, de fecha 05 de mayo de 1999, dio por D.O. 12.07.1999
aprobada la propuesta de modificación al Plan Regulador
de la Comuna de Viña del Mar, denominado Plan Seccional
Vistas de Agua Santa, comuna de Viña del Mar, aprobado
por D.S. Nº 329/80 (V. y U.).
8) El acuerdo Nº 3.842 adoptado por el Concejo
Municipal de Viña del Mar, en sesión extraordinaria de
2. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 2 de 29
fecha 6 de abril de 1999, acta Nº 439, por el que se
aprueban modificaciones al Plan Seccional Vistas de Agua
Santa.
9) Los decretos alcaldicios Nº 1.824 y 1.826, ambos
de fecha 7 de abril de 1999, y 1.941 de 14 de abril del
mismo año, del Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de
Viña del Mar, que modifican el decreto alcaldicio Nº
5.421 de 10 de agosto de 1998 y fijan su texto
refundido.
10) El oficio ordinario Nº 728 de 29 de abril de
1999 del Sr. Secretario Regional Ministerial de Vivienda
y Urbanismo V Región.
11) Lo dispuesto en los artículos 41, 42, 43, 44, y
45 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
decreto supremo Nº 458 de 1976 artículo 20, letra f), 24
letra o) y 36 letra c) de la Ley Orgánica Constitucional
sobre Gobierno y Administración Regional Nº 19.175.
R e s u e l v o:
1º Téngase por aprobada la Modificación del Plan
Regulador Comunal Viña del Mar, ''Plan Seccional Vistas
de Agua Santa'', aprobado por decreto supremo Nº 329/80
MINVU publicado en el Diario Oficial el 17 de diciembre
de 1980.
2º La modificación del Plan Regulador Comunal de
Viña del Mar, que se tiene por aprobada, es la
siguiente:
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo Nº 1.- La presente ordenanza contiene
normas referentes a zonificación, uso de suelo,
condiciones de subdivisión predial, de edificación y
vialidad que regirá dentro del área territorial del
presente Plan Seccional de Agua Santa, el cual conforma
un solo cuerpo legal.
Este cuerpo normativo complementa las disposiciones RES 31 AFECTA
gráficas del plano SVAS O2 de marzo de 1999. GOB. REG. V REGION
N° 2
D.O. 12.07.1999
Artículo Nº 2.- El área territorial sobre la cual se
aplicarán las presentes disposiciones corresponde a la
inscrita en el área cerrada que une los puntos,
1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-12-13-14-15-16-17-18-19-20-21-22 y
1, que constituye el límite del Plan Seccional.
La descripción de los puntos y tramos del área
aparece señalada en el artículo 5º de la presente
ordenanza.
Artículo Nº 3.- Todas aquellas materias atingentes al
desarrollo urbano que no se encontraren normadas en la
presente ordenanza se regirán por las disposiciones de la
3. Resolución 31 AFECTA (1999)
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Ley General de Urbanismo y Construcciones, la Ordenanza
General de Construcciones y Urbanización y además
disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la
materia.
En todo caso las disposiciones reglamentarias
contenidas en el decreto supremo 30/65 del Ministerio de
Obras Públicas y sus posteriores modificaciones
prevalecerán por sobre las normas contenidas en la presente
ordenanza, en especial las indicadas en la resolución
afecta Nº 31-03 del Sr. Intendente V Región, de fecha 13
de mayo de 1994, que determina las líneas oficiales de
edificación para la Variante Agua Santa, particularmente la
faja libre de 35 metros de ancho que afecta a las
propiedades ubicadas en el costado poniente de dicha vía,
entre Avenida Principal y el kilómetro 6.260.
Artículo Nº 4.- La inobservancia de las normas de la
presente ordenanza será sancionada de acuerdo con lo
descrito en los artículos 20 al 26 de la Ley General de
Urbanismo y Construcciones.
Estos artículos tratan de las sanciones y toda
infracción a la disposición de esta ley, a su Ordenanza
General y a los instrumentos de planificación territorial
que se apliquen en las respectivas comunas.
CAPITULO II
Descripción del límite del plan seccional Vistas de Agua
Santa
Artículo Nº 5.- El límite del plan seccional
enunciado, se define por los puntos y tramos que a
continuación se describen:
Punto Descripción del punto Tramo Descripción
del tramo
1 Es el punto que corresponde
a la intersección de la
línea oficial sur de la Av.
Agua Santa con la línea
oficial poniente de la calle
Borinquen.
2 Es el punto que corresponde
a la intersección de la línea
oficial norponiente de la Av.
Sonap con la prolongación
hacia el norte de la línea
oficial poniente de la calle
Naranjitos.
1-2 Es la línea
sinuosa que
une los puntos 1 y
4. Resolución 31 AFECTA (1999)
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2;
que coincide con
la
línea oficial sur
de la
calle Borinquen.
3 Es el punto que corresponde
a la extensión de la línea
oficial poniente de la calle
Naranjitos; con la
intersección de la línea
oficial sur de la Avenida
Sonap.
2-3 Es la línea recta
que
une los puntos 2 y
3;
que coincide con
la
línea oficial
poniente
de la calle
Naranjitos.
4 Es el punto que corresponde
a la intersección del límite
poniente de la Cooperativa
Ricardo Jorquera y límite sur
de la línea oficial del pasaje
Sonap.
3-4 Es el tramo que
une los
puntos 3 y 4; que
corresponde en
parte a
la línea oficial
sur de
la Av. Sonap y en
el
resto al límite
sur
poniente de la
Cooperativa
Ricardo
Jorquera.
5 Es el punto que corresponde
a la intersección del tramo
sur poniente de la Población
Estibadores con la recta del
fondo de quebradas que
corresponde al límite sur de
la cooperativa de Emporchi.
4-5 Es la línea recta
que
5. Resolución 31 AFECTA (1999)
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une los puntos 4 y
5; y
corresponde al
límite
poniente de la
Población
Estibadores.
6 Es el punto que corresponde
a la intersección del límite
sur de Cooperativa Emporchi;
con la línea oficial oriente
de la Av. 21 de Mayo.
5-6 Es la línea que
une los
puntos 5 y 6 y
corresponde al
límite
sur de la
Cooperativa
Emporchi.
7 Es el punto ubicado al lado
norte de la Av. 21 de Mayo
que corresponde al límite
poniente de la Cooperativa
Santa Rosa de Lima, con la
intersección del límite norte
de la calle Volcán Villarrica.
6-7 Es el tramo que
une los
puntos 6 y 7; y
que
corresponde a la
línea
oficial norte de
la Av.
21 de Mayo.
8 Es el punto que corresponde
a la intersección de la línea
oficial norte de la calle
Volcán Villarrica; con el
límite sur de la Cooperativa
Gran Bretaña.
7-8 Es el tramo que
une
los puntos 7 y 8;
y
corresponde a la
línea
oficial norte de
la
calle Volcán
Villarrica.
9 Es el punto que corresponde
6. Resolución 31 AFECTA (1999)
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a la intersección del límite
sur de la Cooperativa Gran
Bretaña; con el fondo de
quebrada que se ubica al
costado poniente de la
Cooperativa Gran Bretaña.
8-9 Es la recta que
une los
puntos 8 y 9, y
corresponde al
límite
sur de la
Cooperativa
Gran Bretaña.
10 Es el punto que corresponde
a la intersección del fondo
de quebrada; con la línea
oficial sur de la calle
Hacienda.
9-10 Es el tramo que
une los
puntos 9 y 10; y
corresponde al
fondo de
quebrada; que
coincide
con el límite
poniente
de la Cooperativa
Gran
Bretaña.
11 Es el punto que corresponde
a la intersección de la
línea oficial sur de la
calle Hacienda; con la
calle P. Pienovi.
10-11 Es el tramo que
une
los puntos 10 y
11; y
corresponde a la
línea
oficial sur de la
calle Hacienda.
12 Es el punto que corresponde
a la intersección de la línea
oficial oriente de la calle
P. Pienovi; con el límite sur
del lote del Refugio de
Cristo.
11-12 Es el tramo que
une
7. Resolución 31 AFECTA (1999)
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los puntos 11 y
12; y
corresponde a la
línea
oficial oriente
de la
calle P. Pienovi.
13 Es el punto que corresponde
a la intersección del límite
sur del lote del Refugio de
Cristo; con el fondo de
quebrada.
12-13 Es el tramo que
une
los puntos 12 y
13;
que corresponde
al
límite sur del
lote
del Refugio de
Cristo.
14 Es el punto que corresponde
a la intersección del fondo
de quebrada; con la línea
oficial norte de la Calle 9.
13-14 Es el tramo que
une
los puntos 13 y
14;
que corresponde
al
fondo de
quebrada.
15 Es el punto que corresponde
a la intersección de la
línea oficial norte de la
calle 9; y la línea oficial
sur de la Calle del Agua.
14-15 Es el tramo que
une
los puntos 14 y
15,
que corresponden
a la
línea oficial
norte de
la Calle 9.
16 Es el punto que corresponde
a la intersección de la línea
oficial sur de la Calle del
8. Resolución 31 AFECTA (1999)
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Agua; y la línea oficial
poniente de la calle Habana.
15-16 Es el tramo que
une
los puntos 15-16,
y
corresponde a la
línea
oficial sur de la
Calle del Agua.
17 Es el punto que corresponde
a la intersección de la
línea oficial poniente de
la calle Habana; con la línea
oficial norte de la Av. Agua
Santa.
16-17 Es el tramo que
une
los puntos 16 y
17; y
corresponde a la
línea
oficial poniente
de la
calle Habana.
18 Es el punto que se ubica
sobre el costado sur de la
Av. Agua Santa. Este
corresponde a la proyección
en forma perpendicular a la
Av. Agua Santa del punto 17.
17-18 Es la línea
recta que
une los puntos 17
y
18.
19 Es el punto que corresponde
a la intersección de la línea
oficial sur de la Av. Agua
Santa; con la línea oficial
sur de la calle Vista Mar.
18-19 Es el tramo que
une
los puntos 18 y
19,
que corresponde a
la
Av. Agua Santa.
20 Es el punto que corresponde
al vértice norte del límite
nororiente de los terrenos
9. Resolución 31 AFECTA (1999)
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de Invica.
19-20 Es el tramo que
une
los puntos 19 y
20;
y corresponde al
límite norte de
los
terrenos de
Invica.
21 El punto corresponde a la
línea oficial oriente de
la Av. Agua Santa; que
intersecta con el límite
oriente de los terrenos de
Invica.
20-21 Es el tramo que
une
los puntos 20 y
21;
corresponde al
límite
oriente de los
terrenos de
Invica.
22 Es el punto que corresponde
a la línea oficial oriente
de la Av. Agua Santa que
intersecta con la proyección
en forma perpendicular a la
Av. Agua Santa del punto 1.
21-22 Es el tramo que
une
los puntos 21 y
22;
que corresponde a
la
línea oficial
oriente
de la Av. Agua
Santa.
22-1 Es la línea recta
que
une los puntos 22
y 1.
CAPITULO III
Definición y normas generales
Artículo 6.- Adosamiento: En esta materia se
10. Resolución 31 AFECTA (1999)
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observarán las normas contenidas en el artículo 2.6.2. de
la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización, y
las disposiciones que se establecen en la presente
ordenanza.
Los adosamientos permitidos, podrán ser a partir de la
línea oficial de edificación.
Artículo 7.- Equipamiento: Se entenderá por
equipamiento los terrenos y edificios destinados a
complementar la función residencial.
Los equipamientos que se permitan en cada zona
deberán emplazarse con frente a vías de un ancho no
inferior a 15 Mts.
Según su ámbito de acción el equipamiento se clasifica
en 2 niveles:
a) Equipamiento de escala comunal.
b) Equipamiento de escala vecinal.
Con el objeto de precisar los conceptos anteriores
se enumeran los siguientes que corresponden a cada tipo
de equipamiento permitido.
Tipo Escala comunal Escala vecinal
Salud Clínica Dispensarios
Postas Consultorios
Educación Liceos Escuelas básicas
Academias Jardines
infantiles
Institutos Parvularios
Colegios
Seguridad Comisarías
Tenencias Retenes
Bomberos Cuarteles de
Bomberos
Culto Templos Capillas
Parroquias
Cultura Bibliotecas Bibliotecas
Salas de Concierto
Teatros
Casas de la cultura
Anfiteatros abiertos
Organización Sedes Vecinales Sedes Vecinales
Sedes centros de
madres
Sedes centros
sociales
Areas Verdes Parques Plazas
Plazas Jardines
Juegos infantiles
11. Resolución 31 AFECTA (1999)
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Deportes Estadios Canchas
Canchas
Piscinas
Gimnasios
Esparcimiento y Teatros Cines
Turismo Cines Juegos
electrónicos
Restaurantes Fuentes de soda
Centros de Eventos
Hosterías
Hospederías
Comercio minorista Centros comerciales Locales
comerciales
pequeños (menores
a 500 m²)
Mercados
Supermercados menores
a 500 m²
Servicios Públicos Municipios
Juzgados
Correos Oficinas de
Correos
Telégrafos
Servicios de utilidad
pública
Servicios Oficinas en general
Profesionales (abogados, arquitectos,
médicos, dentistas,
laboratorios, notarios,
etc.)
Servicios Bancos y otras oficinas
Financieros de instituciones afines
Servicios Talleres Lavanderías
Artesanales Peluquerías
Gasfiterías
Costurerías y
modas
Jardines en
plantas
Talleres
artesanales
Transporte Edificios de estacionamientos
Playas de estacionamientos.
Artículo 8.- Rasantes y distanciamientos: En todo las
zonas del presente Seccional, las rasantes y
distanciamientos serán en conformidad a lo establecido en
el artículo 2.6.3. de la Ordenanza General de
Construcciones y Urbanización.
12. Resolución 31 AFECTA (1999)
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Artículo 9.- Antejardines: Tendrán un ancho mínimo
de 3,00 m. respecto a la línea oficial de la propiedad que
enfrente a las áreas de uso público, salvo que en la
respectiva zona se establezca un antejardín mayor.
Artículo 10.- Cierros exteriores: La altura máxima de
estos cierros será de 1,80 m. debiendo tener como mínimo
un 60% de transparencia.
En los sitios de esquina esta exigencia de
transparencia regirá para sólo uno de los lados
colindantes con áreas de uso público.
Los cierros en esquinas, deberán formar los ochavos
previstos en los artículos 2.5.3., 2.5.4., 2.5.5., 2.5.6.,
y 2.5.7. de la Ordenanza General de Construcciones y
Urbanización.
Artículo 11.- Estacionamientos: Dotación mínima de
estacionamientos: De acuerdo a lo establecido en el
artículo 2.4.1. de la Ordenanza de la Ley General de
Urbanismo y Construcciones, los edificios que se
construyan, amplíen, cambien de destino o se
regularicen, estén o no destinados a acogerse a la Ley
de Copropiedad Inmobiliaria, deberán cumplir con la
dotación mínima de estacionamientos que establece la
presente ordenanza local, de acuerdo a la ubicación y
destino de las edificaciones, considerando la superficie
total del edificio producto de la construcción,
ampliación, cambio de destino o regularización.
En los casos en que por cambio de destino de todo o
parte de un edificio existente, se haga exigible, por la
aplicación de las condiciones del párrafo anterior, un
número igual o inferior a 8 unidades de
estacionamientos, el proyecto podrá liberarse de dicha
exigencia. Sin embargo, esta norma de excepción no será
aplicable a industrias, establecimientos de comercio
minorista de escala regional y comunal, oficinas,
establecimientos de esparcimiento y turismo, centros de
consulta médica, clínicas y establecimientos
educacionales.
TABLA DOTACIONES MINIMAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
Uso de suelo Dotaciones mínimas
· Vivienda 1 por vivienda de superficie hasta
75 m².
2 por vivienda de superficie sobre
75 m²
hasta 140 m².
3 por vivienda de superficie sobre
140
m².
· Vivienda Social 1 cada vivienda
Equipamiento
13. Resolución 31 AFECTA (1999)
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Salud
· Centros de consulta médica 1 c/20 m²
construidos
· Postas-consultorios 1 c/30 m²
construidos
· Clínicas 1 c/20 m²
construidos
· Hospitales 1 c/50 m²
construidos
· Cementerios 60 por
establecimiento
Educación
· Establecimiento de enseñanza Hasta 100 m²
construidos:
preescolar 1 estacionamiento
Sobre 100 m², 1
estacionamiento
adicional
cada 50 m²
construidos
· Establecimiento de enseñanza 1 c/40 m²
construidos
básica y media
· Establecimiento de enseñanza 1 c/20 m²
construidos
técnica y superior
Cultura
· Biblioteca, Museo, Casa de la
Cultura, Sala de exposición 1 c/25 m²
construidos
Deportes
· Cancha (tenis, squash, bowling
o similares) 4 por cancha
· Multicancha 6 por cancha
· Canchas (fútbol, rugby o similar) 10 por cancha
· Piscinas 1 c/12 m² de
piscina
· Graderías 1 c/25
espectadores
· Casa club, gimnasio 1 c/40 m²
construidos
Esparcimiento y Turismo
· Restaurante, club sociales,
discoteca 1 c/15 m²
construidos
· Cine, teatro, auditorio,
sala concierto 1 c/25 espectadores
· Hotel, motel 1 c/30 m²
14. Resolución 31 AFECTA (1999)
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construidos
1 estacionamiento
para
buses por
establecimiento
construido.
Dimensiones 3,50 x
15,50 m.
Comercio Minorista
· Supermercados, mercados 1 c/10 m²
construidos
· Grandes tiendas, centros
comerciales 1 c/15 m²
construidos
· Locales comerciales 1 c/30 m²
construidos
Servicios Públicos
· Oficinas 1 c/30 m²
construidos
Servicios Artesanales
· Talleres o locales 1 c/60 m²
construidos
Transporte
· Terminal ferroviario 30 por andén
· Terminal rodoviario 3 por unidad de
estacionamiento de
bus en
servicio
· Estación de servicio automotriz,
planta de revisión técnica
automotriz 1 c/20 m²
construidos
Industria
· Industrias, talleres de
fabricación y reparación
(incluso de vehículos) Hasta 100 m²
construidos:
1 estacionamiento
Terminales de distribución de
productos, establecimientos de
almacenamiento de productos,
venta de maquinaria y vehículos. Sobre 100 m²., 1
estacionamiento
adicional
cada 50 m²
construidos
Venta de materiales de construcción,
15. Resolución 31 AFECTA (1999)
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venta de combustibles líquidos,
sólidos y gaseosos.
Depósitos de vehículos.
CAPITULO IV
Artículo 12.- Zonificación, uso de suelo,
condiciones de subdivisión, edificación y urbanización.
- El área de aplicación del plan seccional está
conformada por las siguientes zonas:
A. Zona de rasante RA
B. Zona de rasante RA 1
C. Zona de rasante RA 2
D. Zona de Areas verdes AV
E. Zona de Areas verdes AV 1
F. Zona de restricción de alturas Zona RP1
G. Zona de restricción de alturas Zona RP2
H. Zona de restricción de alturas Zona RP3
I. Zona de restricción de alturas Zona RP4
J. Zona de restricción de alturas Zona RE
K. Zona de restricción de vialidad Zona ZRV
· A las zonas y áreas individualizadas en el párrafo
precedente se les asigna los usos de suelo, las
condiciones de subdivisión predial y de edificación que
a continuación se indican:
ZONA RA
I. USOS DE SUELOS
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO: De nivel comunal:
Comercio minorista: - centros
comerciales
- menores a 500
m²
- locales
comerciales
Oficinas
1.3.- AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques y plazas
De nivel vecinal: - Plazas,
jardines,
juegos
infantiles,
miradores.
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
por cesiones gratuitas según se establece en la
16. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 16 de 29
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1.- Deslindar por lo menos en un 50% de su
perímetro con bienes nacionales de uso público,
existentes o proyectados.
2.- Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción sea igual
o superior a 144 m². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3.- Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendiente de la horizontal.
4.- Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes y además todos los no mencionados en los
párrafos precedentes.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 450 m².
2.- Frente predial mínimo: 15 m.
3.- Coeficiente máximo de ocupación del suelo: 0,50
4.- Coeficiente máximo de constructibilidad: 2,00
5.- Tipo de agrupamiento: Aislado
6.- Altura máxima: (de edificación) estará
condicionada por la aplicación de una rasante de -5°
(grados) medidos desde el borde poniente de la calzada
de la Avenida Agua Santa y aplicada perpendicular a la
vía y en cada punto que enfrenta a los predios.
Las edificaciones y sus elementos salientes no
podrán sobrepasar dicha rasante, la cual afectará a la
totalidad del predio.
Sin perjuicio de la restricción de alturas por la
rasante mencionada será también aplicable lo establecido
por el Art. 2.6.3. de la Ordenanza Gral. de Urbanismo y
Construcciones referido a rasantes.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros; en edificios de más
de cuatro pisos, la profundidad del antejardín aumentará
en 1 metro por cada cuatro pisos o fracción, a excepción
de los predios que enfrenten a la Av. Agua Santa los
cuales deberán respetar un antejardín de 7 metros, hacia
la calle.
8.- Estacionamientos: (Según se expresa en tabla de
cálculos adjunta).
ZONA RA1
17. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 17 de 29
I. USOS DE SUELOS
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO: De nivel comunal:
Comercio minorista: - centros
comerciales
- menores a 500
m².
- locales
comerciales
Oficinas
1.3.- AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques y plazas
De nivel vecinal: - Plazas,
jardines,
juegos
infantiles,
miradores
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
por cesiones gratuitas según se establece en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1.- Deslindar por lo menos en un 50% de su
perímetro con bienes nacionales de uso público;
existentes o proyectados.
2.- Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, sea igual
o superior a 144 mts.². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada, la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3.- Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendiente de la horizontal.
4.- Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes y además todos los no mencionados en los
párrafos precedentes.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 500 m².
18. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 18 de 29
2.- Frente predial mínimo: 20 mts.
3.- Coeficiente máximo de
ocupación de suelo: 0,50 para edificaciones de
hasta
12 mts. de altura.
0,30 para edificaciones de
más de
12 mts. de altura.
4.- Coeficiente máximo de
constructibilidad: 2,00 para edificaciones de
hasta
12 mts. de altura
1,80 para edificaciones de
más de
12 mts. de altura.
5.- Tipo de agrupamiento: Aislado.
6.- Altura máxima de edificación: Será de acuerdo a la
aplicación de una rasante de -3° (grados), que llegará
hasta el punto indicado al borde de la calzada norte
(según plano indicativo de la calzada y su extensión).
Sin perjuicio de la restricción de alturas por la
rasante mencionada será también aplicable lo establecido
por el Art. 2.6.3. de la Ordenanza Gral. de Urbanismo y
onstrucción, referido a rasante.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros. En edificios de más
de cuatro pisos, la profundidad del antejardín aumentará
en 1 metro por cada cuatro pisos o fracción, a excepción
de los predios que enfrenten a la Av. Agua Santa, los
cuales deberán respetar un antejardín de 7 metros hacia
la calle.
8.- Estacionamientos: (Según se expresa en tabla de
cálculos adjunta).
ZONA RA2
I. USOS DE SUELOS
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO: De nivel comunal:
Comercio minorista: - centros
comerciales
- menores de 500
m²
- locales
comerciales
Oficinas
1.3.- AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques y plazas
De nivel vecinal: - Plazas,
jardines,
juegos
infantiles,
miradores
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
19. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 19 de 29
por cesiones gratuitas según se establece en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1. Deslindar por lo menos en un 50% de su perímetro
con bienes nacionales de uso público existentes o
proyectados.
2. Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, sea igual
o superior a 144 mts.². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada, la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3. Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendiente horizontal.
4. Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en el proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes y todos los no mencionados en los párrafos
precedentes.
II.- CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 450 m².
2.- Frente predial mínimo: 15 m.
3.- Coeficiente máximo de ocupación del suelo: 0,50
4.- Coeficiente máximo de constructibilidad: 2,00
5.- Tipo de agrupamiento: Aislado.
6.- Altura máxima: (de edificación) estará
condicionada por la aplicación de una rasante de -5°
(grados) en la ladera nororiente; la cual se aplicará
hasta el eje de la quebrada. En la ladera surponiente se
aplicará una altura máxima de 8 metros medidos desde el
eje del pasaje Sonap; la cual afectará a todos los
puntos que enfrentan el predio.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros; en edificios de más
de cuatro pisos, la profundidad del antejardín aumentará
en 1 metro por cada cuatro pisos o fracción, a excepción
de los predios que enfrenten a la Av. Agua Santa los
cuales deberán respetar un antejardín de 7 metros, hacia
la calle.
8.- Estacionamientos: (Según se expresa en tabla de
cálculos adjunta. Art. 11 de esta ordenanza).
ZONA AV.
I. USOS DE SUELO
1.- USOS PERMITIDOS
20. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 20 de 29
1.1.- De nivel comunal: - Parques y plazas
1.2.- De nivel vecinal: - Plazas, jardines, juegos
infantiles,
miradores.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1. Todos los no mencionados en el párrafo precedente.
II. CONDICIONES DE EDIFICACION Y SUBDIVISION PREDIAL
2.1.- Sólo se permitirán las construcciones necesarias y
complementarias a los usos de suelo permitidos, los que
en cada caso calificará el Director de Obras con informe
favorable del asesor urbanista, otorgando las
condiciones de edificación para cada proyecto específico
considerando para ello su destino, emplazamiento y
magnitud sin perjuicio de lo establecido en materia de
normas técnicas sobre arquitectura en el título cuarto
de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
ZONA AV1
I. USOS DE SUELO
1.- USOS PERMITIDOS (nivel comunal)
1.1.- Areas verdes: - Parques
- Plazas
1.2.- Equipamiento deportivo: - Canchas
- Piscinas
- Centros
deportivos
- Gimnasios
1.3.- Esparcimiento y turismo: - Teatros
- Centros de
eventos
- Restaurantes
- Hosterías
1.4.- Equipamiento cultural: - Bibliotecas
- Salas de
conciertos
- Auditorios
- Anfiteatros
abiertos
- Casas de la
cultura
2.- USOS PROHIBIDOS: Todos los no mencionados en el
párrafo precedente.
II. CONDICIONES DE EDIFICACION Y SUBDIVISION PREDIAL
2.1.- Sólo se permitirán las construcciones necesarias y
complementarias a los usos de suelo permitidos, los que
21. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 21 de 29
en cada caso calificará el Director de Obras con informe
favorable del Asesor Urbanista, otorgando las
condiciones de edificación para cada proyecto específico
considerando para ello su destino, emplazamiento y
magnitud sin perjuicio de lo establecido en materias de
normas técnicas sobre arquitectura en el título cuarto
de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
ZONA RP1
I. USOS DE SUELO
1.- USOS PERMITIDOS
1.1. VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO De nivel vecinal
Comercio minorista: - locales
comerciales
Servicios artesanales: Quedando expresamente
suprimidos; todas aquellas actividades de impacto
similar al industrial o locales de almacenamiento
expuestos al peligro de explosión o incendio, y los que
produzcan emanaciones dañinas y desagradables,
trepidaciones y ruidos molestos.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes (ambientales) con las restricciones
correspondientes y además todos los usos no mencionados
en los párrafos precedentes.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 200 m²
2.- Frente predial mínimo: 12 metros
3.- Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,60
4.- Coeficiente máximo de constructibilidad: 0,60
5.- Sistema de agrupamiento: Aislado, pareado y
continuo.
6.- Altura máxima: Será de un piso medidos desde calle
Magallanes en todos los puntos que la enfrentan,
entendiendo por altura de piso lo definido en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
Sin perjuicio de la restricción de altura mencionada
será también aplicable lo establecido por el Art. 2.6.3.
de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros; a excepción de los
predios que enfrenten a la Avenida Agua Santa, las
cuales deberán respetar un antejardín de 7 metros hacia
la calle.
8.- Estacionamientos: Según se expresa en tabla de
cálculo adjunta.
ZONA RP2
I. USOS DE SUELOS
22. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 22 de 29
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO De nivel comunal
Comercio minorista: - centros
comerciales
menores de 500
m².
- mercados
- locales
comerciales
Oficinas
Servicios artesanales: Quedando expresamente
suprimidos; todas aquellas actividades de impacto
similar al industrial o locales de almacenamientos
expuestos al peligro de explosión o incendio, y los que
produzcan emanaciones dañinas, desagradables,
trepidaciones y ruidos molestos.
1.3. AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques y
plazas
De nivel vecinal: - Plazas,
jardines,
juegos
infantiles,
miradores
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
por cesiones gratuitas según se establece en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1. Deslindar por lo menos en un 50% de su perímetro
con bienes nacionales de uso público; existentes o
proyectados.
2. Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, sea igual
o superior a 144 mts.². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada, la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3. Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendiente de la horizontal.
4. Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en el proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
23. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 23 de 29
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes y además todos los usos no mencionados en
los párrafos anteriores.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 240 m².
2.- Frente predial mínimo: 12 metros.
3.- Coeficiente máximo de ocupación de suelo: 0,50.
4.- Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,00
5.- Sistema de agrupamiento: Aislado y pareado: la
longitud del pareo será del 40% del largo del deslinde
común, y la altura igual a 7 m.
6.- Altura máxima: 7 mts. de altura, correspondiendo a
dos pisos más mansarda.
Sin perjuicio de la restricción de altura mencionada,
será también aplicable lo establecido por el Art. 2.6.3.
de la Ordenanza Gral. de Urbanismo y Construcciones
referido a rasantes.
7.- Antejardines: regirá 3 metros; a excepción de los
predios que enfrenten a la Av. Agua Santa, los cuales
deberán respetar un antejardín de 7 metros hacia la
calle.
8.- Estacionamientos: Según se expresa en tabla de
cálculo adjunta.
ZONA RP3
I. USOS DE SUELO
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO De nivel comunal
Comercio minorista: - Centros
comerciales
menores a 500
m².
- Mercado
- Locales
comerciales
- Servicentros
Oficinas
Servicios artesanales: quedando expresamente
suprimidos todas aquellas actividades de impacto similar
al industrial o locales de emanaciones dañinas,
desagradables, trepidaciones y ruidos molestos.
1.3.- AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques
y plazas
De nivel vecinal: - Plazas, jardines, juegos
infantiles, miradores
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
24. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 24 de 29
por cesiones gratuitas según se establece en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1.- Deslindar por lo menos en un 50% de su
perímetro con bienes nacionales de uso público;
existentes o proyectados.
2.- Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, sea igual
o superior a 144 mts.². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada, la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3.- Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendientes de la horizontal.
4.- Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en el proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Todos los no señalados en el párrafo precedente.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: Para vivienda y
equipamiento
300 m².
Para servicentros 1.000
m².
2.- Frente predial mínimo: Para vivienda y
equipamiento
15 metros
Para servicentros 20 m.
3.- Coeficiente máximo de
ocupación del suelo: Para vivienda y
equipamiento
0,50
Para servicentros 0,30
4.- Coeficiente máximo de
constructibilidad: Para vivienda y
equipamiento
2,00
Para servicentros 0,30
5.- Tipo de agrupamiento: Aislado y pareado: la
longitud del pareo será igual al 40% del largo del
deslinde común y la altura será igual a 10,5 mts.
6.- Altura máxima de edificación: Será de acuerdo a la
aplicación de una altura máxima de 10,5 mts.
correspondiente a tres pisos desde el suelo definitivo.
Sin perjuicio de la restricción de alturas
25. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 25 de 29
mencionadas. Será también aplicable lo establecido por
el Art. 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones referido a rasantes.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros.
8.- Estacionamientos: Según se expresa en tabla de
cálculo adjunta.
ZONA RP4
I. USOS DE SUELO
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO De nivel comunal
Comercio minorista: - Centros
comerciales
menores a 500
m².
- Mercado
- Ferias
- Locales
comerciales
- Servicentros
Oficinas
Servicios artesanales: Quedando expresamente
suprimidos todas aquellas actividades de impacto similar
al industrial o locales de emanaciones dañinas,
desagradables, trepidaciones y ruidos molestos.
1.3.- AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques y plazas
De nivel vecinal: - Plazas,
jardines,
juegos
infantiles,
miradores.
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
por cesiones gratuitas según se establece en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1.- Deslindar por lo menos en un 50% de su
perímetro con bienes nacionales de uso público;
existentes o proyectados.
2.- Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, sea igual
o superior a 144 mts.². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada, la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
26. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 26 de 29
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3.- Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendiente horizontal.
4.- Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en el proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes y además todos los no mencionados en los
párrafos precedentes.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 300 m² para vivienda y
equipamiento
1.000 m² para
servicentros.
2.- Frente predial mínimo: 15 metros para vivienda y
equipamiento
20 metros para
servicentros.
3.- Coeficiente máximo de
ocupación del suelo: 0,50 para vivienda y
equipamiento.
0,30 para servicentros.
4.- Coeficiente máximo de
constructibilidad: 2,00 para vivienda y
equipamiento.
0,30 para servicentros.
5.- Tipo de agrupamiento: Aislado y pareado: la
longitud del pareo será igual a 40% del largo del
deslinde común y la altura será igual a 7 mts.
6.- Altura máxima de edificación: Será de acuerdo a la
aplicación de una altura máxima de 14 mts.
correspondiente a cuatro pisos más mansarda. Además de
una rasante de menos 5° grados que se aplicará desde el
borde surponiente de la calzada de la Av. Agua Santa.
Sin perjuicio de la restricción de alturas
mencionadas, será también aplicable lo establecido por
el Art. 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones referido a rasantes.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros con excepción de los
predios que enfrentan a Av. Agua Santa en donde es
exigible un antejardín de 7 mts.
8.- Estacionamientos: Según se expresa en tabla de
cálculo adjunta.
ZONA RE
I. USOS DE SUELO
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- VIVIENDA
1.2.- EQUIPAMIENTO De nivel comunal
27. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 27 de 29
Comercio minorista: - Centros
comerciales
menores a 500
m².
- Locales
comerciales
Oficinas
1.3.- AREAS VERDES: De nivel comunal: - Parques y
plazas
De nivel vecinal: - Plazas,
jardines,
juegos
infantiles,
miradores.
* Los terrenos destinados a áreas verdes, originadas
por cesiones gratuitas según se establece en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, D.S.
47/92 Minvu, deberán cumplir con las siguientes
condiciones:
1.- Deslindar por lo menos en un 50% de su
perímetro con bienes nacionales de uso público;
existentes o proyectados.
2.- Poseer una superficie igual o superior a 144
mts.². Esta condición de superficie mínima sólo será
exigible siempre que la superficie a ceder, resultante
de la aplicación de los estándares establecidos en la
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, sea igual
o superior a 144 mts². Cuando la superficie a ceder sea
inferior a la cantidad indicada, la porción de terreno
correspondiente sólo deberá cumplir con las condiciones
establecidas en los puntos 1, 3 y 4.
3.- Contar con una superficie mínima igual o mayor
al 50% de la superficie total del terreno cedido que
posea no más de 10% pendiente de la horizontal.
4.- Los terrenos destinados a áreas verdes serán
recepcionados una vez construidos, conforme diseño y
especificaciones a incluir en el proyecto de loteo
respectivo.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Industrias y artesanías peligrosas, molestas y/o
contaminantes y además todos los no mencionados en los
párrafos anteriores.
II. CONDICIONES DE SUBDIVISION Y EDIFICACION
1.- Superficie predial mínima: 500 mts.².
2.- Frente predial mínimo: 20 mts.
3.- Coeficiente máximo de ocupación del suelo: 0,50
4.- Coeficiente máximo de constructibilidad: 1,80
5.- Tipo de agrupamiento: Aislado.
6.- Altura máxima de edificación: Los edificios
escalonados podrán tener hasta 2 pisos por escalón con
una proporción en que la longitud de la huella
28. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 28 de 29
corresponderá a un 0,70 de la contrahuella.
Entendiéndose por altura máxima de piso la que se define
en el Art. 2.6.3. de la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones. Sin perjuicio de lo anterior, será
aplicable la rasante de -3° grados a toda la zona de
Edificación Escalonada.
7.- Antejardines: Regirá 3 metros con excepción de los
predios que enfrentan Av. Agua Santa en donde es
exigible un antejardín de 7 mts.
8.- Estacionamientos: Según se expresa en tabla de
cálculo adjunta.
ZONA ZRV
Corresponde a la Zona de Restricción de Vialidad para
construcción de paso bajo nivel en Avenida Agua Santa.
1.- USOS PERMITIDOS
1.1.- Vialidad paso bajo nivel.
2.- USOS PROHIBIDOS
2.1.- Todos lo no mencionados en el párrafo precedente.
CAPITULO V
Vialidad
Artículo Nº 13.- Vías Urbanas: las avenidas, calles,
pasajes y, en general, todas las vías públicas del área
del presente seccional son las existentes sancionadas por el
Plan Regulador Comunal de Viña del Mar y por el Plan
Regulador Intercomunal de Valparaíso. Asimismo se incluyen
las vías aprobadas en planos de loteo incluidos en el área
del presente seccional, las cuales mantienen sus anchos
entre líneas oficiales.
CAPITULO VI
Restricciones
Artículo Nº 14.- Servidumbre: La servidumbre del
acueducto Las Vegas de la primera impulsión de agua potable
deberá ser respetado, no aceptándose edificaciones sobre
ella, estas áreas serán tratadas como áreas verdes de uso
público y/o vialidad. Deberá respetar:
Fajas de terreno de 5 metros de ancho en cada lado de
los ejes del acueducto Las Vegas.
Los nuevos trazados y el ancho definitivo de la faja de
restricción serán establecidos por los organismos
técnicos competentes, de acuerdo a la legislación vigente.
Artículo Nº 15.- Antenas y canales de T.V. Alturas
máximas. Deberá corresponder a lo señalado en cada zona
29. Resolución 31 AFECTA (1999)
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 15-Nov-2021 página 29 de 29
con respecto a las restricciones de altura.
Artículo Nº 16.- Con respecto a las quebradas regirá
lo dispuesto en el D.S. 30/65 M.O.P. en particular su
modificación D.S. 103/88 Minvu.
3º Promúlguese y llévese a efecto como Modificación
al Plan Regulador Comunal de Viña del Mar, ''Plan Seccional
Vistas de Agua Santa''.
4º Déjase sin efecto la resolución afecta Nº
31/4/195 de 21 de diciembre de 1998.
Tómese razón, anótese, comuníquese y publíquese.-
Luis Bork Vega, Intendente (S) Ejecutivo Gobierno Regional.-
Rodolfo Bickel Dumas, Secretario Ejecutivo Consejo Regional.