La creación y características de la sede electrónica central de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi se establecen. Se podrán crear otras sedes mediante orden de la consejería competente. Las sedes electrónicas permitirán realizar trámites y servicios que requieran autenticación electrónica de ciudadanos y administración.
Ley firma electrónica. Disposiciones generalesrafameca
Descripción y análisis del Título 1 de la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, relativo a las Disposiciones Generales. Objeto y finalidad de la ley, prestadores de servicios de certificación sujetos a la ley, clases de firma electrónica, documentos electrónicos, valor probatorio, la firma electrónica en el ámbito de las administraciones públicas y el régimen de prestación de servicios de certificación.
Ley firma electrónica. Disposiciones generalesrafameca
Descripción y análisis del Título 1 de la Ley 59/2003 de Firma Electrónica, relativo a las Disposiciones Generales. Objeto y finalidad de la ley, prestadores de servicios de certificación sujetos a la ley, clases de firma electrónica, documentos electrónicos, valor probatorio, la firma electrónica en el ámbito de las administraciones públicas y el régimen de prestación de servicios de certificación.
MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA CON PROVEEDORES Y FACTURACIÓN ELECTRÓNICA...Aje Región de Murcia
La factura electrónica ha llegado para quedarse, por ello es necesario controlar su funcionamiento, características legales y cómo poder usarlo en nuestro beneficio si queremos dar el salto al comercio electrónico o ser una empresa digitalmente actualizada.
Tan importante es para una empresa o autónomo el captar clientes y darles servicios o venderle productos como poder obtener el pago de los mismos. Además, es más que necesario conocer medios de comunicación con nuestros proveedores para agilizar trámites de nuestro día adía.
AJE Región de Murcia te trae este seminario para que conozcas qué es la factura electrónica, qué tipos hay, cómo podemos comunicarnos electrónicamente con los proveedores, así como poder implantarlo dentro de nuestra estructura de empresa.
OBJETIVOS:
- Conocer el reglamento de emisión de facturas
- Conocer las características de los documentos electrónicos y su validez jurídica
- Tener acceso a los sistemas de firma electrónica vinculados al uso de la factura electrónica
CONTENIDOS
- Conceptos de facturación
- Tipos de facturación electrónica
- Sistemas de Firma Electrónica utilizables en la facturación electrónica
- Sistemas de Facturación Electrónica: gratuitos, vía ERP, en la Nube.
- Emisión de Factura Electrónica.
- Recepción de Factura Electrónica.
- Facturación electrónica a Administraciones Públicas.
DIRIGIDO A:
- Asociados y asociadas de AJE Región de Murcia.
- Autónomos, gerentes y directivos de empresa.
- Responsables de cobros, pagos y administración.
PONENTE:
José M. Ortín Gimeno, Ingeniero Técnico en Informática por la Universidad de Murcia, Especialista en Gestión Electrónica de la Documentación y Seguridad de la Información. Director de la Empresa Firma Proyectos y Formación, S.L., Director de la Empresa Servicios Tecnológicos Firmamed, S.L.
FECHA: 7 DE OCTUBRE
HORARIO: 16:30 A 20:30H
LUGAR: Centro de Iniciativas Municipales Murcia - CIMM. Carretera de Churra nº 96.3007 Murcia.
Eje Temático N° 3 - Gestión de documentos Electronicos
Universidad del Quindío
Ciencia de la información y la documentación, bibliotecología y archivística
MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA CON PROVEEDORES Y FACTURACIÓN ELECTRÓNICA...Aje Región de Murcia
La factura electrónica ha llegado para quedarse, por ello es necesario controlar su funcionamiento, características legales y cómo poder usarlo en nuestro beneficio si queremos dar el salto al comercio electrónico o ser una empresa digitalmente actualizada.
Tan importante es para una empresa o autónomo el captar clientes y darles servicios o venderle productos como poder obtener el pago de los mismos. Además, es más que necesario conocer medios de comunicación con nuestros proveedores para agilizar trámites de nuestro día adía.
AJE Región de Murcia te trae este seminario para que conozcas qué es la factura electrónica, qué tipos hay, cómo podemos comunicarnos electrónicamente con los proveedores, así como poder implantarlo dentro de nuestra estructura de empresa.
OBJETIVOS:
- Conocer el reglamento de emisión de facturas
- Conocer las características de los documentos electrónicos y su validez jurídica
- Tener acceso a los sistemas de firma electrónica vinculados al uso de la factura electrónica
CONTENIDOS
- Conceptos de facturación
- Tipos de facturación electrónica
- Sistemas de Firma Electrónica utilizables en la facturación electrónica
- Sistemas de Facturación Electrónica: gratuitos, vía ERP, en la Nube.
- Emisión de Factura Electrónica.
- Recepción de Factura Electrónica.
- Facturación electrónica a Administraciones Públicas.
DIRIGIDO A:
- Asociados y asociadas de AJE Región de Murcia.
- Autónomos, gerentes y directivos de empresa.
- Responsables de cobros, pagos y administración.
PONENTE:
José M. Ortín Gimeno, Ingeniero Técnico en Informática por la Universidad de Murcia, Especialista en Gestión Electrónica de la Documentación y Seguridad de la Información. Director de la Empresa Firma Proyectos y Formación, S.L., Director de la Empresa Servicios Tecnológicos Firmamed, S.L.
FECHA: 7 DE OCTUBRE
HORARIO: 16:30 A 20:30H
LUGAR: Centro de Iniciativas Municipales Murcia - CIMM. Carretera de Churra nº 96.3007 Murcia.
Eje Temático N° 3 - Gestión de documentos Electronicos
Universidad del Quindío
Ciencia de la información y la documentación, bibliotecología y archivística
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
ACUERDO por el que se establecen los lineamientos para el uso del portal de Pagos y Servicios Electrónicos (PASE) del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en los trámites que se indican.
Los objetivos que se pretenden lograr son:
Identificar los cambios en materia de administración electrónica con la nueva normativa
Recordar objetivos de la normativa anterior no alcanzados y que se mantienen
Identificar los componentes necesarios para utilizar administración electrónica
Todo ello desde una perspectiva del empleado público y utilizando como hilo conductor los componentes de necesarios para disponer de administración electrónica.
Informe de Balance 2018 sobre el grado de implantación de la transparencia en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su Sector Público
Evolution of digital government services and trust services in the basque gov...PEGIP2020
"A big leap in the eIDAS journey: new trust services for a Digital Single Marke” jardunaldian Javier Bikandik erabilitako aurkezpena.
Presentación utilizada por Javier Bikandi en la jornada "A big leap in the eIDAS journey: new trust services for a Digital Single Marke”.
Guia de participacion (Herramientas para la Transparencia, Participación y Bu...PEGIP2020
Gobernar eficazmente implica, entre otras, una disposición abierta a Establecer procesos de gestión más horizontales, trabajar en equipo con otras instituciones e incorporar a la ciudadanía y a los actores sociales relevantes en el proceso de decisiones públicas.
Estrategi de transparencia, participación ciudadana y buen gobierno en EuskadiPEGIP2020
Presentación utilizada por Koldobike Uriarte en el Seminario sobre Transparencia y participación ciudadana organizado por la Asociació de prensa de Madrid (SOCINFO SL).
Eusko Jaurlaritzaren Berrikuntza Publikoaren Plana 2014-2016
Sede electrónica
1. SEDES ELECTRÓNICAS.
Creación y características de la sede electrónica.
1. Se crea la Sede Electrónica Central de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Euskadi. Están incluidos en la Sede Central todos los órganos de
la Administración General de la CAE y de sus Organismos Autónomos.
2. Se podrán crear otras sedes, mediante Orden de la Consejería competente en
Administración Electrónica. Su creación se publicará en el BOPV, y en la sede
electrónica correspondiente.
3. Mediante convenios de colaboración se podrán incorporar organismos a una
sede preexistente y se podrán crear sedes compartidas con otras
Administraciones Públicas. Estos Convenios se publicarán en el Boletín Oficial
del País Vasco.
4. Se podrán crear subsedes que serán directamente accesibles desde la dirección
electrónica de la sede electrónica principal. Excepto el ámbito de aplicación, las
características de las subsedes serán las establecidas para la sede de la que
derivan. La creación de las subsedes, su modificación o supresión se realizará
mediante Resolución de la Viceconsejería competente en Administración
Electrónica y se publicará a través de la sede electrónica principal.
5. Se realizarán a través de la sede todas las actuaciones, procedimientos y
servicios que requieran la autenticación de la ciudadanía o de la Administración
Pública en sus relaciones con ésta por medios electrónicos, así como aquellos
otros respecto a los que se decida su inclusión en la sede por razones de eficacia
y calidad en la prestación de servicios a la ciudadanía.
6. La dirección electrónica de referencia de la Sede Electrónica Central será:
https://zuzenean.euskadi.net. En todo caso, existirá un enlace a la Sede
Electrónica en la página euskadi.net.
7. La titularidad de la Sede Electrónica Central y la competencia para su gestión
tecnológica corresponderá a la Viceconsejería competente en Administración
Electrónica, debiendo adoptar las medidas necesarias para que las condiciones
de identificación, accesibilidad, disponibilidad, integridad y seguridad de la
Sede respondan a las exigencias legales aplicables.
8. Los titulares de los órganos de los Departamentos, y, en su caso, de los
organismos que se incorporen a la sede serán responsables de la gestión,
contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la sede. La
responsabilidad se corresponderá con las competencias que cada uno de los
titulares tengan atribuidas por la legislación vigente.
La gestión de los contenidos comunes de la sede y la coordinación de la misma
corresponderá a la Dirección competente en presencia en Internet.
9. Se crea un Comité que decidirá acerca de cuestiones como los contenidos
comunes y específicos de cada Departamento que se incluirán en la Sede, la
responsabilidad del titular de la Sede y de los departamentos gestores de
2. contenidos en sus respectivos ámbitos de competencia, la creación de sedes y
subsedes, y cualquier otra cuestión relacionada con las sedes.
10. La identificación de la sede electrónica se llevará a cabo mediante certificado de
sede, consistente en certificado del servidor donde se aloja la información o
cualquier otro certificado de dispositivo seguro o medio equivalente.
Canales de acceso a los servicios disponibles en la sede.
1. Para el acceso electrónico, Internet, con las características definidas en este
Decreto.
2. Para la atención presencial, las oficinas de Atención ciudadana-Zuzenean, sin
perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley
30/1992, de de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Para la atención telefónica, el 012.
Contenido y servicios de la sede electrónica.
1. Los contenidos que se incluirán en la Sede Electrónica Central son:
1. Identificación de la Sede Electrónica Central, así como del órgano titular y de
los responsables de la gestión y de los servicios puestos a disposición en la
misma, y, en su caso, de las subsedes derivadas.
2. Información necesaria para la correcta utilización de la Sede Electrónica Central
incluyendo el mapa de la sede electrónica o información equivalente, con
especificación de la estructura de navegación y las distintas secciones
disponibles, así como la relacionada con propiedad intelectual.
3. Servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de
la sede.
4. Sistema de verificación del certificado de la Sede Electrónica Central, que estará
accesible de forma directa y gratuita.
5. Relación de sistemas de firma electrónica que sean admitidos o utilizados en la
sede.
6. Catálogo de trámites y servicios electrónicos disponibles en la sede.
7. Buzón de quejas y sugerencias.
8. Fecha y hora oficial, y días declarados inhábiles.
9. Relación de documentos electrónicos normalizados que sean del ámbito del
registro electrónico.
10. Especificaciones técnicas a las que debe ajustarse la presentación de documentos
electrónicos en el registro electrónico.
11. Norma de creación de la sede.
12. Normas de creación del registro o registros electrónicos accesibles desde la sede.
3. 13. Resoluciones del órgano competente en Administración electrónica por las que
se crean los sellos electrónicos.
14. Verificación de los sellos electrónicos de los órganos u organismos públicos que
abarque la sede.
15. Comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos por
los órganos u organismos públicos que abarca la sede que hayan sido
autenticados mediante código seguro de verificación.
16. Información relacionada con la protección de datos de carácter personal,
incluyendo un enlace con la sede electrónica de la Agencia Vasca de Protección
de Datos.
17. Enlace con el BOPV.
18. Pasarela de pagos.
19. Perfil del contratante.
20. Tablón electrónico de anuncios. Publicación electrónica de actos y
comunicaciones que deban publicarse en tablón de anuncios o edictos, indicando
el carácter sustitutivo o complementario de la publicación electrónica.
21. Convenios que celebre la Administración con otras Administraciones para el
reconocimiento de registros electrónicos, o de servicios de Administración
electrónica.
22. Acceso, en su caso, al estado de tramitación del expediente.
23. Interrupciones necesarias por razones técnicas indispensables.
24. Mis gestiones.
2. Mediante Resolución de la Viceconsejería competente en Administración electrónica
se podrán adaptar:
a) Las direcciones electrónicas cuando deban modificarse por cualquier causa.
b) La denominación de los centros, organismos y unidades responsables, cuando
deriven de reordenaciones organizativas.
c) La relación y características de los canales de acceso a los servicios disponibles
en la sede.
3. Todos los organismos públicos dependientes o vinculados a los Departamentos, que
hayan quedado fuera del ámbito de aplicación de la sede electrónica central deberán
aprobar sus respectivas sedes electrónicas, en el plazo de seis meses.
4. El contenido mínimo de las nuevas sedes electrónicas, que, en su caso, se creen será:
1. Ámbito de aplicación de la sede
2. Identificación de la dirección electrónica de la sede.
3. Identificación del titular, del órgano de gestión y de los servicios.
4. Identificación de los canales de acceso a los servicios disponibles en la sede.
5. Medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas.
4. 6. Cualquier otra circunstancia que se considere conveniente para la correcta
identificación de la sede y su fiabilidad.
Medios para la formulación de quejas y sugerencias.
Los medios disponibles para la formulación de quejas y sugerencias en relación con
el contenido, gestión y servicios ofrecidos en las sedes:
1. Presentación presencial o por correo postal ante los registros generales y las
oficinas de Zuzenean.
2. Presentación electrónica a través del servicio operativo en la Sede Electrónica.
3. No se considerarán medios para la formulación de quejas y sugerencias los
servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de
la sede, sin perjuicio de su obligación, cuando existan, de atender los problemas
que susciten los ciudadanos.