1. Universidad de Córdoba
Derecho - IV Semestre 2023-2
Cátedra Justicia Transicional
Taller sobre los comparecientes ante la JEP
Tema: Comparecientes forzosos y voluntarios ante la JEP
Fecha de entrega: 27 de noviembre de 2023 hasta las 12:00 pm
Indicaciones:
1. Actividad en grupos de máximo 5 estudiantes.
2. Esta es la primera nota del tercer corte académico.
3. La actividad consiste en que, a partir de los contenidos vistos en clase, cada grupo identifique un ejemplo emblemático de cada una de
las categorías de los comparecientes ante la JEP. Se debe citar con nombre propio el compareciente del ejemplo que escojan. Ningún grupo
puede repetir los ejemplos de los demás.
4. Cada ejemplo debe ir acompañado de una breve reseña del caso y del link de donde se obtuvo la información.
5. Todos los grupos deben trabajar en este archivo habilitado para este ejercicio. Por favor, ver la tabla de la siguiente página y diligenciar.
No se aceptan trabajos al correo.
6. Por favor, ser muy cuidadosos en el diligenciamiento de la tabla para que ningún grupo borre la información de los demás.
2. Integrantes del
Grupo
Ex miembros de las
FARC EP
Miembros de la fuerza
pública
Agentes del Estado NO
miembros de la fuerza
pública (funcionarios
civiles)
Terceros civiles Expulsados de la JEP
Isabela Ocoró
Berrocal
Laura Oviedo
Rodríguez
Natalia Lucia Peña
Barboza
Maria Paulina
Torres Berdella
Juvenal Ovidio Ricardo
Palmera Pineda, alias
“Simón Trinidad”
Juvenal Ovidio Ricardo
Palmera Pineda, conocido
como alias “Simón Trinidad”
en las extintas FARC-EP,
realizó un acta de
compromiso solicitando a la
JEP su ingreso. En
septiembre de 2023, la Sala
de Amnistías e Indultos tomó
el caso y solicitó a la Unidad
de Investigación y Acusación
(UIA) información acerca de
los 116 procesos penales
que lleva Simón Trinidad y,
de igual forma, identificar a
las víctimas en el proceso.
Actualmente, Simón Trinidad
está siendo procesado por
General Mario Montoya
Uribe
En junio de 2018, el caso del
general Mario Montoya fue
objeto de estudio de la Sala
de Definición de Situaciones
Jurídicas. Para agosto de
2023, se imputó al general
Mario Montoya Uribe y otros
oficiales por crímenes de
guerra y de lesa humanidad
relacionados con 130
asesinatos y desapariciones
forzadas cometidas por la IV
Brigada de Medellín cuando
Montoya era comandante
entre los años 2002 y 2003 en
Antioquia, la determinación
de los hechos se basó en
informes, versiones de la
fuerza pública, solicitudes de
Exalcalde Wilson
Chaverra
En julio de 2020, la Sala de
Definición de Situaciones
Jurídicas aceptó el
sometimiento del caso de
Wilson Chaverra González,
exalcalde de Vigía del
Fuerte en Antioquia, en su
calidad de agente del
Estado no integrante de
Fuerza pública, por ser uno
de los financiadores del
Bloque Elmer Cárdenas de
las Autodefensas Unidas de
Colombia. El 17 de enero
de 2023, la sala le otorgó
libertad transitoria,
condicional y anticipada
gracias a sus aportes y
compromiso con la verdad,
MARÍA EUGENIA
BALLENA MEJÍA
La Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas
analizó junto a la Sala de
Reconocimiento de Verdad
el aporte a la verdad de
María Eugenia Ballena
Mejía, en calidad de
tercera civil, la cual
participó como reclutadora
en los “falsos positivos”
que tuvieron lugar en el
Catatumbo. La Sala le
otorgó libertad transitoria,
condicionada y anticipada
a María Ballena, tras haber
sido condenada por delitos
cometidos entre 2007 y
2009. Con su aporte, se
logró construir el patrón de
Leyder Johany
Noscué Bototo, alias
“Mayimbú”
Leyder Johany Noscué, ex
miembro de las FARC-EP,
conocido como alias
“Mayimbú”, había firmado
un Acta de Compromiso
ante la JEP el 14 de marzo
de 2017, la cual le había
concedido libertad
condicional. El 12 de
septiembre de 2019, la JEP
reabrió el caso para verificar
el cumplimiento de los
compromisos anteriormente
dados ya que el Ministerio
de Defensa Nacional envió
información que indicaba
que Noscúe había
retomado las armas,
3. terrorismo, homicidio,
desplazamiento y
desaparición forzada,
narcotráfico, métodos de
guerra ilícitos, daño a bienes
protegidos, apoderamiento
de aeronaves, naves o
medios de trasporte,
secuestro extorsivo y
rebelión, además de otros
hechos relacionados con el
conflicto armado.
Link:
https://www.jep.gov.co/Sala-
de-Prensa/Paginas/La-JEP-
acepta-el-sometimiento-de-
Simon-Trinidad.aspx
acreditación, observaciones
de las víctimas y la
Procuraduría General de la
Nación, y análisis de
documentos oficiales.
La Sala de Reconocimiento
de Verdad, de
Responsabilidad y de
Determinación de los Hechos
y Conductas resaltó la
influencia del Plan Colombia
y del Plan Patriota que
ejercían presión por mostrar
resultados en las operaciones
tales como mayores bajas en
combate y mostrar mejores
estrategias de fortalecimiento
de la fuerza pública, como
resultado, incentivó la
perpetración de asesinatos y
desapariciones forzadas
presentadas como bajas en
combate. La JEP destacó la
responsabilidad de los líderes
en la cadena de mando por
contribuir al patrón de macro
criminalidad, entre esos
Mario Montoya que fue
llamado a reconocer
responsabilidad por crear
riesgos para la población.
presentando información
relevante acerca de
reuniones y acuerdos,
vínculos entre alcaldes de
la región con las AUC, y así
participación en el
narcotráfico, además de su
contribución en la masacre
de Bojayá en el
departamento del Chocó en
mayo de 2002. Mientras
cumpla su compromiso con
la JEP, Chaverra González
continuará gozando de este
beneficio transitorio, de lo
contrario este podría ser
revocado.
Link:
https://www.jep.gov.co/Sal
a-de-Prensa/Paginas/JEP-
otorga-libertad-transitoria-
y-condicionada-a-Wilson-
Chaverra,-ex-alcalde-de-
Vig%C3%ADa-del-
Fuerte.aspx
macro criminalidad e
identificar a las víctimas en
el Catatumbo,
contribuyendo en el caso
03: Asesinatos y
desapariciones forzadas
presentados como bajas
en combate por agentes
del Estado.
Gracias a sus aportes, la
Sala de Reconocimiento de
Verdad logró imputarle
crímenes de lesa
humanidad y crímenes de
guerra a 10 oficiales
pertenecientes al Ejército y
un civil que participaron en
el homicidio de por lo
menos 120 personas en el
Catatumbo, siendo estas
presentadas como bajas
en combate, aunque no lo
eran. Con base a esto, la
Sala Definición de
Situaciones Jurídicas
determinó que María
Eugenia Ballena Mejía
cumple con los parámetros
exigidos por la JEP, no
obstante, hasta septiembre
de 2021 no había
reincidido en las actividades
delictivas al comandar
grupos de las disidencias de
las FARC, ordenando
amenazas, asesinatos y
ataques contra miembros
de la Guarda Indígena,
Autoridades Tradicionales
Indígenas y comuneros en
el Norte del Cauca.
La Sala de Reconocimiento
de Verdad, de
Responsabilidad y de
Determinación de los
Hechos y Conductas de la
JEP excluyó a Noscúe de
los beneficios
anteriormente otorgados, y
ordenó a la jurisdicción
ordinaria y a la jurisdicción
especial Indígena, según
corresponda, continuar su
trámite por fuera de la JEP.
Fue excluido de la JEP
oficialmente el 18 de
diciembre de 2019,
perdiendo todos sus
beneficios y garantías
anteriormente dados
incluidas la cancelación de
órdenes de captura, las
amnistías, los indultos y las
4. Link:
https://www.jep.gov.co/Sala-
de-Prensa/Paginas/jep-
imputa-crimenes-de-guerra-
y-lesa-humanidad-al-general-
r-mario-montoya-y-ocho-
militares-mas-por-130-falsos-
positivos-en-.aspx
propuesto un plan de
reparación y no repetición.
Link:
https://www.jep.gov.co/Sal
a-de-Prensa/Paginas/Por-
aportes-a-la-verdad,-JEP-
concede-la-libertad-
condicionada-a-
Mar%C3%ADa-Eugenia-
Ballena-
Mej%C3%ADa.aspx
libertades al incumplir las
garantías de no repetición
por retomar armas, reincidir
en el grupo armado
organizado al margen de la
ley y desarmonizar los
territorios ancestrales.
Link:
https://www.jep.gov.co/Sala
-de-Prensa/Paginas/La-
JEP-expulsa-a-Leyder-
Johany-Noscu%C3%A9-
Bototo,-alias-
Mayimb%C3%BA.aspx
katherine
Benítez Doria
Daniela Sofía
Pinto Liñán
Pablo
Catatumbo
Mediante la Resolución
No. 2 de 24 de
noviembre de 2022 la
Sala de
Reconocimiento de
Verdad, de
Responsabilidad, y de
Determinación de
Hechos y Conductas
Jaime Lasprilla
Villamizar
En el marco del caso 03
que investiga
asesinatos y
desapariciones forzadas
presentadas como bajas
en combate, la
Jurisdicción Especial
para la Paz, imputó
como máximos
Excongresista
Julio Alberto
Manzur Abdala
La Jurisdicción
Especial para la Paz
readmitió al exsenador
Julio Alberto Manzur
Abdala quién había
sido expulsado de la
JEP en abril de 2022,
por lo cual, la Sala de
Miguel
Fernando
Ramírez.
La sala de
reconocimiento de la
jep dentro del caso
Casanare imputó
crímenes de guerra y
de Lesa humanidad,
entre los imputados
se encontraba Migue
General Jesús
Armando Arias
Cabrales
El general Jesús
Armando Arias
Cabrales fue excluido
de la Jurisdicción
Especial para la Paz
(JEP) por no cumplir
con el régimen de
condicionalidad
5. concluyó que los
comparecientes del
exsecretariado de las
FARC - EP, entre ellos
Pablo Catatumbo
Torres Victoria,
aceptaron su
responsabilidad, de
manera individual y
colectiva como
coautores, en los
crímenes de guerra de
toma de rehenes,
crimen de lesa
humanidad de otras
privaciones de la
libertad y otros
crímenes
internacionales
cometidos de manera
concurrente. Cabe
mencionar que Pablo
Catatumbo fue
nombrado miembro en
propiedad del
Secretariado de las
FARC - EP en 2011,
responsables a tres
antiguos comandantes
de la IX Brigada a título
de autores por omision,
entre ellos el general
Jaime Alfonso Lasprillla
Villamizar quien llegó a
ser comandante del
Ejército Nacional. La
Sala de Reconocimiento
de Verdad, a través del
auto de Determinación
de Hechos y Conductas
del Subcaso Huila,
estableció que estos
generales desde sus
mandos fueron muy
permisivos, laxos en sus
controles y no ejercieron
sus competencias de
prevencion,
investigación y sanción
para los hechos
presentados en los años
2005 y 2008, lo cual
facilito la difusión,
permanencia y
Definicion de
Situaciones Jurídicas
celebró una audiencia
única con Manzur
Abdala el 20 de enero
y el 20 de febrero del
año 2023 en donde se
establecieron y
evaluaron los nuevos
aportes del
compareciente que
permitieron un mejor
entendimiento del
impacto particular que
tuvo el conflicto
armado en Córdoba
con la presencia de las
Autodefensas Unidas
de Colombia y otros
actores del conflicto
armado. En
consecuencia, la Sala
consideró que sus
aportes podrían
contribuir en gran
medida la caso 08,
denominado
Fernando Ramírez
quien fue imputado
como tercero civil a
través del tercer auto
de determinación de
hechos y conductas
dentro del Caso 03 el
cuál investiga los
falsos positivos.
Entre 2005 y 2008
formó parte de una
organización criminal
dentro de la Brigada
XVI del Ejército,
donde se cometieron
asesinatos y
desapariciones
forzadas de civiles
que fueron
presentados como
bajas en combate.
Este cumplía la
función de engañar y
extraer a las víctimas
desde zonas urbanas
hacia los lugares
durante la audiencia
única de aporte a la
verdad sobre la toma
del Palacio de
Justicia en 1985. La
Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas
determinó que no
proporcionó aportes
plenos y detallados.
A pesar de las
advertencias y el
diálogo de
"rehabilitación del
proceso de
construcción de
confianza", el general
revivió asuntos sin
discusión y no
respondió a las
demandas puntuales
de las víctimas. La
decisión se tomó tras
la falta de
información sobre el
accionar del Ejército,
el paradero de las
6. donde asumió la
coordinación de
diferentes comandos,
por lo cual la Sala le
imputó y este reconoció
su responsabilidad
sobre los crímenes
antes mencionados así
como aquellos
cometidos por las
unidades militares a su
cargo. En
consecuencia, la Sala
remitió a los
comparecientes a la
Sección de Primera
Instancia para Casos
de Reconocimiento de
Verdad del Tribunal
para la Paz sugiriendo
la máxima sanción que
permite la norma, a
seis de los
comparecientes.
https://www.jep.gov.co/
Sala-de-
encubrimiento de dichos
crimenes dando lugar a
tres patrones
macrocriminales
documentados en el
Subcaso. Por tanto, las
actuaciones de los tres
altos mandos
transmitieron la
percepción que desde la
IX Brigada se permitía
el lanzamiento irregular
de operaciones para
perpetrar homicidios
bajo la modalidad de
combate simulado y,
con ello, que era posible
acudir al pago irregular
de recompensas para
financiarlos. Finalmente,
la Sala de
Reconocimiento
encontró que la forma
en cómo ocurrieron los
hechos y las
características de los
ataques a la población
"Crímenes cometidos
por miembros de la
fuerza pública, otros
agentes del Estado o
en asociación con
grupos paramilitares o
terceros civiles, por
causa, ocasión, o
relación directa o
indirecta con el
conflicto armado
colombiano”
https://www.jep.gov.co
/Sala-de-
Prensa/Paginas/-la-
jep-admite-de-nuevo-
al-exsenador-julio-
alberto-manzur-
abdala-luego-de-
valorar-sus-aportes-
en-audiencia-unica-de-
verdad.aspx
donde eran
ejecutadas. Algunos
testimonios indican
que los recursos del
Gaula Casanare y de
Fondelibertad,
destinados a la lucha
contra la extorsión y el
secuestro, fueron
usados para financiar
a los reclutadores
civiles en sus
actividades ilícitas.
De acuerdo con la
JEP, Miguel Fernando
Ramírez contribuyó
de manera no
esencial al desarrollo
del patrón y plan
criminal mediante las
funciones de
reclutamiento que
cumplió. Por ello fue
imputado como
partícipe no
determinante de
víctimas y la
vulneración de
derechos humanos
durante la retoma del
Palacio de Justicia.
Las víctimas y el
Ministerio Público
pidieron su expulsión
de la JEP, alegando
una clara falta de
compromiso con los
fines del Sistema
Integral de Paz y los
derechos de las
víctimas. La Sala
advirtió que la falta
de disposición para
aportar verdad
configura una grave
vulneración al
régimen de
condicionalidad.
https://www.jep.gov.c
o/Sala-de-
Prensa/Paginas/por-
no-aportar-verdad-
7. Prensa/Paginas/Sala-
Reconocimiento-jep-
remite-exsecretariado-
Farc-Tribunal-Paz-
secuestros.aspx
civil obedecieron a
varios factores, entre
ellos el afán de obtener
beneficios personales y
profesionales, el
ambiente de presión por
resultados, las
circunstancias de
desprotección de las
víctimas, etc.
https://www.jep.gov.co/
Sala-de-
Prensa/Paginas/jep-
imputa-por-crimenes-
de-guerra-y-de-lesa-
humanidad-a-35-
integrantes-del-ejercito-
nacional-en-huila-entre-
ellos-a-jaime-l.aspx
crímenes de guerra y
de lesa humanidad
como asesinato,
desaparición forzada
y homicidio en
persona protegida.
https://www.jep.gov.co
/Sala-de-
Prensa/Paginas/JEP-
imputa-a-22-
miembros-del-
ej%C3%A9rcito,-un-
funcionario-del-
extinto-das-y-a-dos-
civiles-por-
%C2%B4falsos-
positivos%C2%B4-en-
Casanare.aspx
plena,-exhaustiva-y-
detallada--jep-
expulsa-al-general-
(r)-jes%C3%BAs-
armando-arias-
cabrales.aspx
KAREN DE LA
HOZ
Elí Mendoza,
alias “Martín
Sombra”
General, William
Torres Escalante
Salvador Arana
Sus.
Alexander
Carretero Díaz.
Alexander Farfán
Suárez, alias
‘Gafas’
8. KETRIS
PIEDRAHITA
SARA RAMIREZ
SEBASTIAN
MENA
JAMES
NAVARRO
El mayor general Henry
William Torres Escalante
y otros 17 exintegrantes
del Ejército reconocen
su responsabilidad por
“falsos positivos" ante la
JEP.
El comandante de la XVI
Brigada del Ejército,
Henry William Torres
Escalante, entre
diciembre de 2005 y
junio de 2007 reconoció
ante la Jurisdicción
Especial para la Paz
(JEP), en la Sala de
Reconocimiento, su
máxima responsabilidad
en los casos de falsos
positivos de los que fue
imputado y aceptó “los
cargos de autor mediato
de crímenes de lesa
humanidad, de
asesinato y de
JEP deja en firme
la expulsión de
Alexander Farfan
Suarez, alias
Gafas
Alexander Farfan Suarez
Alias "gafas” se acreditó
como compareciente ante la
JEP dentro del caso de
secuestro, pero en julio
pasado se conoció que
había sido reconocido como
negociador de paz de la
disidencia autodenominada
Estado Mayor Central
(EMC), al mando de ‘Iván
Mordisco’. Seguido de esto,
su captura en diciembre de
2022, en medio de una
operación de la Fuerza
Pública, llevaron a la JEP a
determinar que había
abandonado sus
compromisos con el
acuerdo de paz firmado en
2016 y se había rearmado,
por lo que la sección de
apelación de la justicia
especial indicó que en
agosto pasado la Sección
de Revisión de la JEP había
excluido al compareciente y
había dejado sin efecto los
9. desaparición forzada de
personas".
Link:https://www.jep.gov.c
o/Sala-de-
Prensa/Paginas/JEP-
Henry-William-Torres-17-
exintegrantes-Ejercito-
reconocen-
responsabilidad-falsos-
positvos.aspx
beneficios jurídicos que le
habían sido concedidos.
https://www.eltiempo.com/ju
sticia/jep-colombia/jep-
expulsa-a-alexander-farfan-
suarez-alias-gafas-828272
Maria palomo
María Bedoya
María pretelt
Danna Sánchez
Adrian Rhenals
RODRIGO LONDOÑO
ECHEVERRY (EX
SECRETARIADO DE
LAS FARC-EP)
Calidad de
compareciente: Ex-
miembro de la farc.
fecha: 25 de noviembre
de 2022.
En la sala de
Reconocimiento de
Verdad.
LEONARDO ALFONSO
BARRERO GORDILLO
(GENERAL)
Calidad de
compareciente:
perteneciente a la fuerza
pública.
fecha: 03 de mayo de
2021.
En la sala de
Reconocimiento de
Verdad.
JOHN JAIRO DÍAZ
GARZÓN
Calidad de
compareciente:
AENIFPU
fecha: 02 de febrero de
2023
En la sala de Definición
de Situaciones
Jurídicas.
LA SUBSALA “C”
ESPECIAL DE
JAIME BLANCO MAYA
(EXCONTRATISTA DE
LA DRUMMOND)
Calidad de
compareciente:
Tercero civil.
fecha: 26 de noviembre
de 2019
En la sala de Definición
de Situaciones
Jurídicas.
La Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas de
MUSA BESAILE
(EXSENADOR)
Calidad de
compareciente: agente
del Estado expulsado
de la JEP
fecha: 26 de julio de
2021.
En la sala de Definición
de Situaciones
Jurídicas.
La JEP expulsa al
exsenador Musa Besaile
10. la Sala de
Reconocimiento concluyó
que el comparecientes
Rodrigo Londoño
Echeverry
Asumieron de manera
individual y colectiva su
responsabilidad como
coautores de toma de
rehenes, graves
privaciones de la libertad,
y homicidios, así como la
responsabilidad de
mando de cada uno,
según su trayectoria de
mando, por los crímenes
de guerra de torturas,
tratos crueles y otros
tratos inhumanos,
atentados a la dignidad
personal, violencia sexual
y desplazamiento forzado
realizados por las FARC-
EP contra los
secuestrados.
Los remitió a la Sección
de Primera Instancia para
Casos de Reconocimiento
La Sala de
Reconocimiento de la
Jurisdicción Especial para
la Paz (JEP), recibió la
versión voluntaria del
general(R)) Leonardo
Alfonso Barrero Gordillo,
quien fue Comandante
General de las Fuerzas
Militares en 2013 en el
marco del Caso 03,
“Muertes ilegítimamente
presentadas como bajas
en combate por agentes
del Estado". La diligencia
se inició el pasado 30 de
abril y se desarrolló por
medios virtuales,
garantizando la
participación de las
víctimas. En el Caso 03 se
han acreditado 939
víctimas y se han
desarrollado 434 sesiones
de versión voluntaria con
370 comparecientes.
Durante el año 2005, el
entonces coronel Barrero
Gordillo se desempeñó
CONOCIMIENTO Y
DECISIÓN DE LA SALA
DE DEFINICIÓN DE
SITUACIONES
JURÍDICAS DE LA
JURISDICCIÓN
ESPECIAL PARA LA
PAZ, RECONOCE la
calidad de integrante de
facto de la Fuerza
Pública al señor JOHN
JAIRO DÍAZ GARZÓN
El señor acudió a la JEP
en calidad de
compareciente voluntario
como AENIFPU al haber
sido parte del extinto
Departamento
Administrativo de
Seguridad DAS, en la
versión voluntaria de
aporte extraordinario de
verdad llevada a cabo los
días 24 y 25 de mayo de
2021 y en escritos
posteriores.
Está involucrado en dos
hechos criminales; el
la JEP (SDSJ) le otorgó
la libertad transitoria,
condicionada y
anticipada a Jaime
Blanco Maya, en calidad
de tercero civil, por sus
contribuciones de
verdad ante la
Jurisdicción Especial
para la Paz en cuanto a
su rol como
intermediador en el
financiamiento de las
Autodefensas Unidas de
Colombia (AUC).
La SDSJ aceptó el
sometimiento a la JEP
de Blanco Maya en
calidad de tercero civil,
en relación con el
proceso penal en el que
fue condenado por el
homicidio de Valmore
Locarno Rodríguez y
Víctor Hugo Orcasita
Amaya y en el que es
investigado por el
homicidio de Hugo
Manuel Guerra Cabrera,
al no aportar a la verdad
plena, inédita,
exhaustiva y detallada.
La Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas
concluyó que el
compareciente incumplió
el régimen de
condicionalidad suscrito
cuando se sometió a la
JEP en enero de 2020
por sus vínculos con las
Autodefensas para
lograr su elección como
senador y, también, por
el proceso que le abrió la
Corte Suprema de
Justicia por actos de
corrupción cuando trató
de encubrir la
investigación por nexos
con los paramilitares.
Los aportes de verdad
realizados por el señor
Besaile Fayad no
cumplen con el requisito
de ser una verdad
extraordinaria, no son
relevantes y denotan
falta de seriedad y de
11. de Verdad del Tribunal
para la Paz. Sugirió para
seis de los
comparecientes entre
estos Echeverry la
máxima sanción que
permite la norma de 8
años.
https://www.jep.gov.co/Sa
la-de-
Prensa/Paginas/Sala-
Reconocimiento-jep-
remite-exsecretariado-
Farc-Tribunal-Paz-
secuestros.aspx
como comandante de la
Brigada XVI, y con esta
versión voluntaria, la Sala
de Reconocimiento
avanza en la instrucción
del subcaso Casanare, en
el que se están estudiando
más de 220 presuntas
muertes ilegítimamente
presentadas como bajas
en combate por la Brigada
XVI, que habrían ocurrido
entre 2005 y 2008., en
municipios de Casanare;
Pisba, Pajarito y
Labranzagrande, Boyacá;
Tame, en Arauca;
Barranca de Upía, Meta y
Paratebueno,
Cundinamarca.
https://www.jep.gov.co/Sal
a-de-Prensa/Paginas/La-
JEP-recibe-la-
versi%C3%B3n-
voluntaria-del-general-(R)-
Leonardo-Alfonso-Barrero-
Gordillo.aspx
primero de ellos el
atinente a los delitos de
Homicidio en persona
protegida agravado y
Falsedad ideológica en
documento público, en
los que resultaron
víctimas directas los
señores DIDIER
CUERVO, JUAN
CARLOS QUIMBAYO
MAZUERA, JOSÉ
YINER ENRIQUEZ
HOYOS, NELSON
VERGARA COY, JOSÉ
NEVER RAMOS HENAO
y GERARDO ANTONIO
MORENO GONZÁLEZ.
https://www.jep.gov.co/N
otificaciones/ESTADO%
20NO.%20400%20RES
OLUCI%C3%93N%2033
8%20-%202023.pdf
todos miembros del
Sindicato Nacional de
Trabajadores de la
Industria Minera,
Petroquímica,
Agrocombustibles y
Energética
(Sintramineroenergética
).
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/JEP-
concede-libertad-
condicionada-a-Jaime-
Blanco-Maya,-
excontratista-de-la-
Drummond.aspx
compromiso que permita
esclarecer aspectos del
conflicto armado que no
hayan sido conocidos
antes por la labor de la
justicia ordinaria.
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/La-JEP-
expulsa-al-exsenador-
Musa-Besaile-por-no-
aportar-a-la-verdad-
plena.aspx
12. Maria Jose
Manchego Paez
Daniela Naranjo
Restrepo
Sindy Sanchez
Petro
Maria Jose
Negrette Luna
Daniela Guzmán
Nava
Jaime Alberto Parra,
alias “el médico”
Jaime Alberto Parra,
antiguo miembro del
Secretariado de las
extintas FARC-EP,
compareciente forzoso
ante la JEP, fue imputado
El 26 de enero de 2021,
mediante el Auto 19 de
2021, expedido por la Sala
de Reconocimiento de la
Jurisdicción Especial para
la Paz (JEP), crímenes de
lesa humanidad y
crímenes de guerra dentro
del caso 01, denominado
“Toma de rehenes y otras
privaciones graves de la
libertad." Como producto
Paulino Coronado
Gámez
El día 6 de julio de 2021 la
Jurisdicción Especial para
la Paz a través de la Sala de
Reconocimiento de
Verdad, de
Responsabilidad y de
Determinación de los
Hechos y Conductas
imputó crímenes de guerra
y de lesa humanidad a 11
personas, entre ellas se
encuentra el Brigadier
General Paulino Coronado
Gámez quien es
compareciente forzoso ante
la JEP; el señor Coronado
Gámez participó de manera
contudente en el asesinato
de 120 personas en estado
de indefensión en el
Catatumbo (Norte de
Zulema Jattin
La Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas de
la JEP, mediante la
Resolución No.4112,
aprobó la solicitud de
sometimiento de Zulema
Jattin Corrales,
excongresista procesada
por la Sala Penal de la
Corte Suprema de
Justicia por concierto
para delinquir agravado y
vínculos con las
Autodefensas Unidas de
Colombia (AUC). Al
evaluar su contribución a
la verdad, los
magistrados
determinaron que, al ser
Benito Molina
El 21 de mayo de 2021
la Sala de Definición de
Situaciones Jurídicas de
la JEP dio el beneficio
de libertad transitoria
condicionada y
anticipada a Benito
Molina Velarde, quien
fue aceptado en la JEP
como compareciente
voluntario en calidad de
tercero civil en
septiembre de 2020;el
señor Molina fue
condenado por concierto
para delinquir y
desplazamiento forzado
en relación con grupos
paramilitares, la sala
Iván Luciano Marín
Arango, alias “Iván
Márquez”
Iván Luciano Marín
Arango fue un
comandante de las
Disidencias de las FARC-
EP en segunda
Marquetalia, expulsado
por la Jurisdicción
Especial para la Paz (JEP)
por incumplir gravemente
el régimen de
condicionalidad, esta
decisión se tomó en una
audiencia pública el 4 de
octubre de 2019 cuando
la Sala de reconocimiento
de verdad y
responsabilidad y
13. del crimen toma de
rehenes, la Sala de
Reconocimiento también
le imputó homicidio,
tortura, tratos crueles,
atentados a la dignidad
personal, violencia sexual
y desplazamiento forzado.
Link:https://www.jep.gov.
co/Sala-de-
Prensa/Paginas/La-JEP-
imputa-al-antiguo-
Secretariado-de-las-
FARC-Ep-
cr%C3%ADmenes-de-
lesa-humanidad-.aspx
Santander), presentadas
como bajas en combate
entre enero de 2007 y
agosto de 2008.
El brigadier general
Paulino Coronado Gámez
fue el comandante de la
Brigada 30, por tanto fue
identificado por la JEP
como uno de los máximos
responsables en el subcaso
Norte de Santander del
caso 03 denominado
‘Falsos positivos’ debido a
la calidad que obstentaba
como líder y a las órdenes
que impartía, sin las cuales
las conductas criminales no
hubieran tenido lugar de
forma sistemática y
generalizada, por tanto, la
JEP señaló que el señor
Coronado Gámez es
penalmente responsable
por crimen de guerra de
homicidio en persona
protegida y los crímenes de
lesa humanidad de
asesinato y desaparición
forzada, conforme al
reconocida como agente
de Estado no
perteneciente a la fuerza
pública, puede aportar
información esencial para
entender la dinámica de
la parapolítica en el
Departamento de
Córdoba entre 2000 y
2007. Esto incluye
revelar pactos y acuerdos
entre los comandantes de
bloques regionales y la
clase política de ese
periodo, como se
especifica en la decisión
judicial.
Link:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/La-JEP-
acepta-sometimiento-de-
la-exsenadora-Zulema-
Jattin.aspx
consideró por medio de
la resolución 2455 de
2021 que la información
aportada por Molina a la
JEP supera los cargos
por los que fue acusado
y condenado por la
jurisdicción ordinaria y
asimismo esta era de
gran relevancia para
esclarecer el contexto
del conflicto y los
intereses de la
Autodefensas Unidas de
Colombia.
Entre 1994 y 1998, los
ex jefes máximos de las
AUC Vicente y Carlos
Castaño Gil junto con el
Fondo Ganadero de
Córdoba del cual Benito
Molina fue presidente
entre 1997 y 2007,
sacaron de sus tierras a
130 familias campesinas
de 105 predios de la
determinación de los
hechos y conductas de la
JEP, concluyó que el
compareciente
involucrado incumplio
gravemente las
condiciones para acceder
y mantener los beneficios
otorgados en virtud del
Acuerdo de Paz. En
consecuencia, se le
revocaron todos los
beneficios y garantías que
se le habían otorgado y se
dispuso la remisión a la
justicia ordinaria de todos
los expedientes que
pudieran haber sido
competencia de la JEP,
para que siguieran su
curso.
Link:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/La-JEP-
excluye-a-Marquez,-
14. Código Penal Colombiano
y el Estatuto de Roma de la
Corte Penal Internacional.
Link: JEP imputa
crímenes de guerra y de
lesa humanidad a 10
militares y un civil por
'falsos positivos' en
Catatumbo
región de Tulapas.
Benito Molina deberá
profundizar sus aportes a
la verdad plena sobre las
finanzas del grupo
ganadero al grupo
paramilitar, la cual será
suministrada al caso 04
de la JEP, respecto a la
situación territorial del
Urabá.
Link:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/Por-
sus-aportes-a-la-
verdad,-JEP-concede-
libertad-transitoria-a-
Benito-Molina,-
expresidente-del-Fondo-
Ganadero-de-
C%C3%B3rdoba.aspx
Sierra-y-castellanos-por-
incumplir-gravemente-el-
regimen-de-
condicionalidad.aspx#:~:
text=La%20JEP%20excl
uye%20a%20M%C3%A
1rquez,gravemente%20el
%20r%C3%A9gimen%2
0de%20condicionalidad
&text=La%20Sala%20c
onsider%C3%B3%20que
%20han,ley%20y%20el
%20Acuerdo%20Final.
INTEGRANTES: JULIAN GALLO
CUBILLOS
Iván Darío Pineda Recuero
Resumen:
Álvaro Antonio Ashton
Giraldo
BENITO OSORIO
VILLADIEGO
JHONNY PRADO
CASTILLO
15. -Carlos Mario
Hoyos Lopez
-Yakelin Barrera
Ramos
-Karla Bedoya
Avilez
Conocido como Carlos
Antonio Lozada. Militó en las
filas de las FARC-EP por 39
años y actualmente es
senador por el partido
fundado tras la
transformación de la
guerrilla de las FARC.
Comparece ante la Sala de
Reconocimiento de Verdad,
Responsabilidad y
Determinación de Hechos y
Conductas de la Jurisdicción
Especial para la Paz (JEP),
en el marco del “Macrocaso
No. 001. Toma de rehenes y
otras graves privaciones de la
libertad”, en la que declara
su responsabilidad en
conductas sancionables a la
luz del Derecho Internacional
Humanitario y los Derechos
Humanos, específicamente
relacionadas con su actividad
dentro del Secretariado de las
FARC-EP y de los Comandos
Urbanos como la Red Urbana
Antonio Nariño.
Link:
https://www.jep.gov.co/Do
cuments/Casos/Caso01/Res
Link:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/jep-
imputa-crimenes-de-
guerra-y-lesa-
humanidad-al-general-r-
mario-montoya-y-ocho-
militares-mas-por-130-
falsos-positivos-en-
.aspx
Resumen:
Link:
https://www.jep.gov.co
/Sala-de-
Prensa/SiteAssets/Pagi
nas/Comunicado-139-
de-2019---JEP-
concede-libertad-
transitoria,-
condicionada-y-
anticipada-a-
%C3%81lvaro-
Ashton/139.%20Comun
icado%20139%20-
%20La%20JEP%20con
cede%20libertad%20tr
ansitoria,%20condicio
nada%20y%20anticipa
da%20a%20%C3%81lv
aro%20Ashton.pdf#sea
rch=%C3%81lvaro%20
Ashton
Resumen:
Link:
https://www.jep.gov.co
/Notificaciones/ESTAD
O%20No.%20769%20S
RVR%20CASO%2004
%20A.%20124-
2021.pdf#search=terce
ros%20civiles
Resumen:
Link:
https://www.jep.gov.co/
Notificaciones/ESTAD
OSJ.SAI.1401.2023%20
-%20SAI%20R.SAI-
SUBA-IC-D-032-
2023.pdf#search=DESE
RTORES
16. puesta%20Auto%20%20
No.%2019.%20Compareci
entes%20ex%20integrante
s%20FARC%20EP.%2030
%20de%20abril%20de%202
021.%20pdf.pdf
Jorge Escamilla
Otero
Juan Polo
Quiñones
Daniel Ramirez
Doria
Jose Javier
Lopez Carvajal
Efraín Sevilla De
La Ossa
Héctor Julio Villarraga
Cristancho, alias el
“Grillo”
Resumen: El 7 de
Diciembre de 2020, el
comandante del Frente 60
de las FARC; Héctor Julio
Villarraga Cristancho,
alias el “Grillo”, rindió
versión ante la Sala de
Reconocimiento de
Verdad dentro del marco
del Macro caso 07 de la
JEP, y aceptó su
responsabilidad por el
secuestro y asesinato de
11 diputados del Valle,
puesto que en su poder
estaban los 12 diputados
y era quién le rendía
informe del estado de
Efraín Enrique Prada
Correa
Resumen: El 11 de Julio
de 2020 en el marco del
macro caso 03 y 04, ocho
de los diez integrantes del
Ejercito Nacional
reconocieron su
responsabilidad a través
del Auto de determinación
de hechos y conductas de
la Sala de Reconocimiento
de Verdad por asesinatos
y desapariciones forzadas
perpetradas en el
cementerio de las
Mercedes, de Dadeiba.
Uno de ellos es el coronel
Efraín Enrique Prada
Correa, ex comandante
del batallón de
David Char Navas
Resumen: En 30 de Abril
de 2019, la Sala de
Definición de Situaciones
Jurídicas aceptó a David
Char Navas la solicitud
de sometimiento por
haber presentado un
programa de
contribución a la verdad,
reparación y garantías de
no repetición como lo
había indicado la
Sección de Apelación de
la Jurisdicción y se le
otorgó la libertad
transitoria, condicionada
y anticipada por
comprometerse a
esclarecer las conductas
que realizó como
Wilson Rodríguez
Mimisica
Resumen: La JEP
imputó por crímenes de
guerra y de lesa
humanidad a 22
miembros del ejército,
un funcionario del DAS y
a dos civiles por falsos
positivos en Casanare.
Uno de los civiles
imputados por la JEP es
Wilson Rodríguez
Mimisica. La acusación
esta fundada en que en
la Brigada XVI se
implantó una
organización criminal
que se valió de la
estructura institucional
del Ejercito para
Ramiro Suarez Corzo
El 2 de Marzo de 2021, la
Sala de Definiciones
Jurídicas rechazó la
solicitud de sometimiento
de Ramiro Suarez Corzo
en calidad de civil, quien
la había presentado en
relación con los hechos
ocurridos durante la
campaña electoral a la
alcaldía de Cúcuta en
2003. Hechos de los que
se le acusa como
determinador del
homicidio del abogado
Alfredo Enrique Flórez
Ramírez ocurrido el 6 de
Septiembre de 2003 que
fue ejecutado por las
Autodefensas Unidas de
17. estos a Guillermo León
Sáenz alias “Alfonso
Cano”. Estos hechos
ocurrieron el 11 de Abril
de 2002 cuando unidades
del Frente Urbano y del
Bloque Móvil Arturo Ruiz
secuestraron a 12
diputados en la sede de la
Asamblea del Valle, de los
cuales 11 fueron
asesinados el 18 de Junio
de 2007.
Fuente:
https://www.jep.gov.co/Sa
la-de-
Prensa/Paginas/Excoman
dante-del-frente-60-de-
las-Farc-Ep-
compareci%C3%B3-ante-
la-JEP-por-secuestro-y-
asesinato-de-diputados-
del-Valle.aspx
contraguerrillas No. 79.
Prada Correa reconoció
que influyó en los que no
querían participar en los
hechos y motivaba a los
que los hacían
recordándoles el plan de
bienestar para aquellos
que dieran resultados
operacionales. Prada
Correa responde ante la
JEP como compareciente
forzoso con relación a los
hechos ocurridos entre
2002 y 2006 conocidos
como “Falsos Positivos”
en el que la JEP ha
identificado 11 víctimas.
Fuente:
https://www.jep.gov.co/Sal
a-de-
Prensa/Paginas/Dabeiba-
ocho-comparecientes-
JEP-reconocen-falsos-
positivos.aspx
Senador y
Representante a la
Cámara para favorecer y
defender los intereses de
las Autodefensas Unidas
de Colombia, su
conocimiento sobre el
homicidio de alias
Capulina, hombre de
confianza de alias Don
Berna, entre otras. Char
Navas acude a la JEP
como compareciente
voluntario y es el primer
agente del Estado, no
miembro de la fuerza
pública que ha sido
aceptado por la JEP.
Fuente:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/A-esto-
se-
comprometi%C3%B3-
David-Char-Navas-ante-
la-JEP.aspx
presentar varios
asesinatos y
desapariciones forzosas
como bajas en combate
en Casanare entre 2005
y 2008 como lo
determinó la Sala de
Reconocimiento de
verdad de la JEP.
Rodríguez Mimisica
comparece ante la JEP
en la calidad de tercero
civil y fue imputado por
cumplir el rol de
reclutador en los hechos
que se relacionaron
anteriormente en el
marco del macro caso
03, subcaso Casanare,
una de las zonas
priorizadas del macro
caso por falsos
positivos.
Fuente:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-
Prensa/Paginas/JEP-
imputa-a-22-miembros-
del-ej%C3%A9rcito,-un-
Colombia, así como,
presunto determinador
del homicidio agravado
de Pedro Durán Franco,
asesinado por las AUC el
12 de Agosto de 2003.
Las Sala concluyó que la
contribución pretendida
de Ramiro Suarez a los
derechos de las víctimas
no supera los hallazgos y
esfuerzos registrados en
la justicia ordinaria y no
cumplió con las
exigencias de aportar
verdad plena en los
casos sometidos a
estudio además de las
serias dudas que plantea
el compromiso de aportar
verdad ante la JEP, por lo
que la Sala determinó
que los aportes de
Suarez Corzo eran
deficientes y no tuvieron
concreción.
Fuente:
https://www.jep.gov.co/S
ala-de-