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Se entiende por actividad aseguradora, aquella
mediante la cual existe la obligación de prestar un servicio o
el pago de una cantidad de dinero, en caso de que ocurra
un acontecimiento futuro e incierto y que no dependa
exclusivamente de la voluntad del beneficiario, a cambio de
una contraprestación en dinero
       El seguro es una actividad de servicios y no una
actividad industrial.
       La actividad aseguradora tiene un marcado acento
financiero y económico y supone la transformación de
riesgos en pagos periódicos presupuestables.
En un contrato de seguro el asegurador está
obligado, mediante el cobro de una prima, a
indemnizar al asegurado dentro de los límites
pactados, mediante promesa de reparación, o de
pago de rentas o capitales y en el caso de que ocurra
el riesgo objeto del contrato.
   Oneroso: Las partes intentan conseguir una contraprestación
    patrimonial.
   Aleatorio: El asegurador desconoce el momento en que se pueda
    producir el siniestro, ni siquiera puede asegurar que éste se vaya a
    producir.
   Bilateral: Al existir obligaciones a favor de las dos partes
    (Asegurador y asegurado)
   Empresarial: El asegurador necesariamente ha de ser una persona
    jurídica.
   Escrito: Debe formalizarse
    generalmente mediante
    una póliza.
   Prima: Es el dinero pagado por el asegurado a la entidad
    aseguradora, de acuerdo con el contrato establecido.
   Riesgo: Es cualquier suceso ocurrido por azar y que puede dar lugar
    a un daño o pérdida, que puede ser de carácter económico.
   Bien: Es el objeto sobre el que recae la cobertura garantizada por
    el seguro.
   Capital Asegurado: Es el valor atribuido por el titular de un
    contrato de seguro a los bienes cubiertos por la póliza y cuyo
    importe es la cantidad máxima que el asegurador está obligado a
    pagar, en el caso de siniestro.
   Prima: Es la aportación económica que debe satisfacer el
    contratante o asegurado a la entidad aseguradora en concepto de
    contraprestación por la cobertura del riesgo que ésta le ofrece.
   El siniestro: Es la manifestación concreta del riesgo
    asegurado, que produce los daños garantizados en la
    póliza hasta determinada cuantía.
   La indemnización: Es el importe que está obligado a
    pagar contractualmente el asegurador en caso de
    producirse el siniestro.
   Asegurador: Es la persona que, mediante la formalización de
    un Contrato de Seguro, asume las consecuencias dañosas
    producidas por la realización del evento cuyo riesgo es objeto
    de cobertura. Siempre será una persona jurídica.
   Contratante: Es la persona física o jurídica, la cual firma la
    póliza, siendo una de sus principales obligaciones el pago de
    la prima.
   Beneficiario: Es la persona física o jurídica sobre la que recae
    la cobertura del seguro. Tiene como derecho principal el
    cobro de las indemnizaciones en caso de que suceda el
    siniestro.
   Asegurado: Es la persona física o jurídica que está expuesta al
    riesgo asegurado, a su vez puede ser beneficiario de la póliza.
1) LA SOLICITUD: Es el documento que, suministrado
por la empresa aseguradora, satisface al solicitante
para la celebración, prórroga, modificación o
restablecimiento de un contrato de seguro.

2) LA PÓLIZA: Es el documento que instrumenta el
contrato de seguro, en el que se reflejan las normas
que de forma general, particular o especial regulan las
relaciones contractuales convenidas entre el
asegurador y el asegurador
   Nombre y apellidos de las partes contratantes y su
    domicilio.
   Concepto sobre el que se asegura.
   Naturaleza del riesgo cubierto
   Designación de los objetos asegurado y su situación.
   Suma asegurada o alcance de la cobertura.
   Importe de la prima, recargos e impuestos.
   Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.
   Duración del contrato.
   Nombre del agente o agentes, en el caso de que
    intervengan en el contrato.
CLASES DE POLIZAS:

Por la Amplitud de los Riesgos Cubiertos:

   Póliza Simple: aquélla en que solo se cubre una garantía
    concreta.

   Póliza Combinada (o Global): aquélla en la que,
    simultáneamente, se concede cobertura al asegurado para
    diferentes riesgos que tienen un nexo común.

   Póliza a Todo Riesgo: aquélla en que, respecto al objeto
    asegurado, se garantiza conjunta y simultáneamente todos
    los riesgos que puedan afectarle.
Derechos                                       Obligaciones
Reclamar al asegurador el cumplimiento         Narrar las circunstancias que permitan
de sus obligaciones, sobre todo si llega a     describir el riesgo asegurado,
producirse el siniestro.
Exigir la revisión de las primas, en caso de   Pagar la prima, de forma anticipada e
modificación del objeto del seguro.            indivisible.
                                               Comunicar el siniestro al asegurador, en el
                                               plazo de siete días o según lo estipulado
                                               en la póliza.
                                               No contribuir a la provocación del
                                               siniestro.
                                               Aminorar las consecuencias del siniestro,
                                               una vez que éste se haya producido.
                                               Comunicar al asegurador todos los
                                               cambios producidos en la persona o cosa
                                               objeto del seguro.
Derechos                              Obligaciones
Cobrar la prima.                      Entregar la póliza al tomador o al
                                      asegurado, así como entregar una
                                      copia en caso de extravío.
Pedir información al tomador sobre la Prestar cobertura mientras dure el
cosa o persona objeto del contrato y contrato.
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el caso de que no se hayan pagado las el contrato si se llega a producir el
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  • 1.
  • 2. Se entiende por actividad aseguradora, aquella mediante la cual existe la obligación de prestar un servicio o el pago de una cantidad de dinero, en caso de que ocurra un acontecimiento futuro e incierto y que no dependa exclusivamente de la voluntad del beneficiario, a cambio de una contraprestación en dinero El seguro es una actividad de servicios y no una actividad industrial. La actividad aseguradora tiene un marcado acento financiero y económico y supone la transformación de riesgos en pagos periódicos presupuestables.
  • 3. En un contrato de seguro el asegurador está obligado, mediante el cobro de una prima, a indemnizar al asegurado dentro de los límites pactados, mediante promesa de reparación, o de pago de rentas o capitales y en el caso de que ocurra el riesgo objeto del contrato.
  • 4. Oneroso: Las partes intentan conseguir una contraprestación patrimonial.  Aleatorio: El asegurador desconoce el momento en que se pueda producir el siniestro, ni siquiera puede asegurar que éste se vaya a producir.  Bilateral: Al existir obligaciones a favor de las dos partes (Asegurador y asegurado)  Empresarial: El asegurador necesariamente ha de ser una persona jurídica.  Escrito: Debe formalizarse generalmente mediante una póliza.
  • 5. Prima: Es el dinero pagado por el asegurado a la entidad aseguradora, de acuerdo con el contrato establecido.  Riesgo: Es cualquier suceso ocurrido por azar y que puede dar lugar a un daño o pérdida, que puede ser de carácter económico.  Bien: Es el objeto sobre el que recae la cobertura garantizada por el seguro.  Capital Asegurado: Es el valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubiertos por la póliza y cuyo importe es la cantidad máxima que el asegurador está obligado a pagar, en el caso de siniestro.  Prima: Es la aportación económica que debe satisfacer el contratante o asegurado a la entidad aseguradora en concepto de contraprestación por la cobertura del riesgo que ésta le ofrece.
  • 6. El siniestro: Es la manifestación concreta del riesgo asegurado, que produce los daños garantizados en la póliza hasta determinada cuantía.  La indemnización: Es el importe que está obligado a pagar contractualmente el asegurador en caso de producirse el siniestro.
  • 7. Asegurador: Es la persona que, mediante la formalización de un Contrato de Seguro, asume las consecuencias dañosas producidas por la realización del evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. Siempre será una persona jurídica.  Contratante: Es la persona física o jurídica, la cual firma la póliza, siendo una de sus principales obligaciones el pago de la prima.  Beneficiario: Es la persona física o jurídica sobre la que recae la cobertura del seguro. Tiene como derecho principal el cobro de las indemnizaciones en caso de que suceda el siniestro.  Asegurado: Es la persona física o jurídica que está expuesta al riesgo asegurado, a su vez puede ser beneficiario de la póliza.
  • 8. 1) LA SOLICITUD: Es el documento que, suministrado por la empresa aseguradora, satisface al solicitante para la celebración, prórroga, modificación o restablecimiento de un contrato de seguro. 2) LA PÓLIZA: Es el documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se reflejan las normas que de forma general, particular o especial regulan las relaciones contractuales convenidas entre el asegurador y el asegurador
  • 9. Nombre y apellidos de las partes contratantes y su domicilio.  Concepto sobre el que se asegura.  Naturaleza del riesgo cubierto  Designación de los objetos asegurado y su situación.  Suma asegurada o alcance de la cobertura.  Importe de la prima, recargos e impuestos.  Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.  Duración del contrato.  Nombre del agente o agentes, en el caso de que intervengan en el contrato.
  • 10. CLASES DE POLIZAS: Por la Amplitud de los Riesgos Cubiertos:  Póliza Simple: aquélla en que solo se cubre una garantía concreta.  Póliza Combinada (o Global): aquélla en la que, simultáneamente, se concede cobertura al asegurado para diferentes riesgos que tienen un nexo común.  Póliza a Todo Riesgo: aquélla en que, respecto al objeto asegurado, se garantiza conjunta y simultáneamente todos los riesgos que puedan afectarle.
  • 11. Derechos Obligaciones Reclamar al asegurador el cumplimiento Narrar las circunstancias que permitan de sus obligaciones, sobre todo si llega a describir el riesgo asegurado, producirse el siniestro. Exigir la revisión de las primas, en caso de Pagar la prima, de forma anticipada e modificación del objeto del seguro. indivisible. Comunicar el siniestro al asegurador, en el plazo de siete días o según lo estipulado en la póliza. No contribuir a la provocación del siniestro. Aminorar las consecuencias del siniestro, una vez que éste se haya producido. Comunicar al asegurador todos los cambios producidos en la persona o cosa objeto del seguro.
  • 12. Derechos Obligaciones Cobrar la prima. Entregar la póliza al tomador o al asegurado, así como entregar una copia en caso de extravío. Pedir información al tomador sobre la Prestar cobertura mientras dure el cosa o persona objeto del contrato y contrato. sobre los posibles siniestros. Suspender la cobertura del seguro, en Pagar las prestaciones estipuladas en el caso de que no se hayan pagado las el contrato si se llega a producir el primas. siniestro. No indemnizar al asegurado en caso Pagar, a los cuarenta días de de mala fe por parte de éste. comunicado el siniestro, al menos el importe mínimo establecido en contrato.
  • 13. Seguro de vida Personales Seguro de accidente Seguro de enfermedad y asistencia sanitaria Clasificación de los Seguro de incendios Seguros Seguro de cosa en reposo Seguro de robo Seguro de cosa en Seguro de movimiento transporte De propiedad Seguro de lucro cesante o beneficio Seguro de caución esperado Seguro de créditos Seguro de crédito Seguro de responsabilidad civil y reaseguros
  • 14. Seguro del automóvil Seguro del hogar Combinados y mixtos Seguro de empresa Clasificación de Otros seguros los seguros multirriesgo Planes de pensiones Otros productos de seguros Planes de jubilación