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Tercera parte
1. OCTAVO: la escritura la otorgan en el despacho de la notaria tercera de Pereira a las 3:00 pm. Del día seis (6) de abril del presente año dos mil diez (2010).NOVENO. Las partes contratantes se fijan la suma de UN MILLON DE PESOS ($1’000.000.oo) como multa para quien incumpla con algunas de las clausulas pactadas en el presente contrato de promesa de compraventa. PARAGRAFO. En la venta se incluye derecho sobre la línea telefónica No. 3319989 Tv cable. DECIMO. EL PROMETIENTE VENDEDOR entrega dicho inmueble a paz y salvo por conceptos de impuestos de predial y complementarios. Así como paz y salvo por concepto de servicios públicos agua, luz, teléfono, tv cable.<br />Para constancia firmamos y autenticamos en Pereira a los (30) días del mes de marzo del (2010)<br />EL PROMETIENTE VENDEDOR<br /> OSCAR JULIAN HENAO ARTEAGA<br />LA PROMETIENTE COMPRADORA<br /> MARIA ALICIA CALVO DE SALAZAR<br />