El documento discute dos perspectivas sobre el concepto de institución jurídica. La tradición romanista identifica las instituciones jurídicas como conjuntos de situaciones, relaciones y reglas unidas por una homogeneidad funcional en torno a un elemento jurídico autónomo. La tradición institucionalista cambia esta perspectiva al definir las instituciones jurídicas como agrupaciones sociales que integran los intereses de sus miembros, dotadas de organización interna para que la actividad de todos se realice según el orden exigido por la idea directriz