El documento presenta diferentes teorías sobre el concepto de Estado, incluyendo teorías organicistas, sociológicas, jurídicas y aquellas que lo explican por sus elementos constitutivos. También resume definiciones de Estado propuestas por autores como Max Weber, quien lo define como una asociación que monopoliza el uso legítimo de la violencia física; y Hans Kelsen, quien lo ve como un orden jurídico o sistema de normas.
2. El concepto de Estado constituye uno de los más complejos objetos de estudio a los
que ha hecho frente la ciencia política desde los tiempos clásicos. Existe una rama
de las ciencias sociales dedicada exclusivamente a conocer lo estatal, que se
denomina la TEORÍA GENERAL DEL ESTADO. Simplificando la tipología o
clasificación de esas teorías encontramos entre otras, las siguientes:
Teorías organicistas
Teorías sociológicas
Teorías jurídicas
Teorías que lo explican a través de los elementos que lo integran
3. Son aquellas que consideran al Estado como un ente similar a los organismos vivos. Tendría
una personalidad propia, distinta de la de los individuos que lo integran; estaría dotado de
capacidad de discernimiento, voluntad y habilidad para ejecutar acciones complejas. Su
desarrollo histórico sería similar al desarrollo biológico de los seres naturales. Una versión
actual de las tesis organicistas es la que entiende al Estado moderno como un órgano, como
una estructura con identidad propia, que realiza una gama compleja de funciones.
4. Lo entienden como una unidad colectiva o de asociación. Los antiguos afirmaban que
representaba una unidad permanente de hombres asociados; es decir, una unidad colectiva. Las
tesis actuales sostienen que es una comunidad con características especiales; que es la unidad de
la asociación, la cual consiste en que una variedad de individuos se ponen en comunicación en
virtud de un fin, de modo tal que el contenido igual de voluntad de quienes participan en la
comunidad llega a adquirir realidad por obra del poder de las voluntades de los órganos directores
y de los miembros de que constan éstos.
5. Pueden clasificarse en dos: aquellas que sostienen la personalidad jurídica del Estado y aquellas
que lo identifican con el derecho; es decir, proclaman la unidad entre el Estado y el Derecho.
En la terminología política popular actual con frecuencia se hace referencia al concepto de
"Estado de Derecho”. Su significado se ha vuelto poco preciso. Sin embrago, esta noción alude a
un elemento indispensable para la convivencia social por lo que su definición es necesaria.
6. La idea de "Estado de Derecho" no debe confundirse con la noción del Estado equivalente a la
totalidad del derecho; el derecho como el centro de imputación del conjunto de normas jurídicas de
una sociedad. Kelsen sostiene que el Estado es una identidad con el conjunto de normas jurídicas
de una sociedad determinada. En ese sentido el Estado es la totalidad del sistema jurídico.De ahí
que, el “Estado de Derecho” equivale, entonces, a la aceptación, observancia, acatamiento,
respeto, y cumplimiento estricto de la ley por parte de individuos y autoridades que forman una
colectividad.
7. La idea de "Estado de Derecho" no debe confundirse con la noción del Estado equivalente a la
totalidad del derecho; el derecho como el centro de imputación del conjunto de normas jurídicas de
una sociedad. Kelsen sostiene que el Estado es una identidad con el conjunto de normas jurídicas
de una sociedad determinada. En ese sentido el Estado es la totalidad del sistema jurídico.De ahí
que, el “Estado de Derecho” equivale, entonces, a la aceptación, observancia, acatamiento,
respeto, y cumplimiento estricto de la ley por parte de individuos y autoridades que forman una
colectividad.
8. Max Weber en 1919, define el Estado
moderno como una "asociación de
dominación con carácter institucional que
ha tratado, con éxito, de monopolizar
dentro de un territorio la violencia física
legítima como medio de dominación y que, a
este fin, ha reunido todos los medios
materiales en manos de su dirigente y ha
expropiado a todos los funcionarios
estamentales que antes disponían de ellos
por derecho propio, sustituyéndolos con sus
propias jerarquías supremas”. Por ello se
hallan dentro del Estado instituciones tales
como las fuerzas armadas, la
administración pública, los tribunales y la
policía, asumiendo pues el Estado las
funciones de defensa, gobernación, justicia,
seguridad y otras como las relaciones
exteriores.
9. Define al Estado como una "unidad
de dominación, independiente en lo exterior
e interior, que actúa de modo continuo, con
medios de poder propios, y claramente
delimitado en lo personal y territorial". El
autor define que solo se puede hablar de
Estado como una construcción propia de las
monarquías absolutas del siglo xv, de la
Edad Moderna. "No hay Estado en la Edad
Antigua", señala el reconocido autor.[
Asimismo, como evolución del concepto se
ha desarrollado el "Estado de Derecho" por
el que se incluyen dentro de la organización
estatal aquellas resultantes del imperio de
la ley y la división de poderes (ejecutivo,
legislativo y judicial) y otras funciones más
sutiles, pero propias del Estado, como la
emisión de moneda propia.
10. La asociación perfecta de hombres
libres unidos para gozar de sus
derechos y para la utilidad común.
Es la asociación política soberana
que dispone de un territorio propio,
con una organización específica y un
supremo poder facultado para
crear el derecho positivo.
"Un Estado es una corporación
perfecta de hombres libres, unidos
para disfrutar de derechos y ventajas
comunes."
11. Para Hans Kelsen, el Estado es un
orden jurídico, el cual es a la vez un
sistema de normas e intenta llegar a
una definición de Estado según el
derecho positivo, expresando que “El
Estado es por naturaleza un sistema
de normas o la expresión para
designar la unidad de tal sistema; y
sabido esto, se ha llegado ya al
conocimiento que el Estado, como
orden, no puede ser más que el orden
jurídico o la expresión de su unidad”
12. «El Estado es una relación social […]
que puede definirse como un
conjunto de instituciones,
organizaciones, fuerzas sociales y
actividades, incrustadas y reguladas
socialmente, seleccionadas de
manera estratégica y organizadas
alrededor de la toma de decisiones
que son vinculantes colectivamente
para una comunidad política
imaginaria»
13. Establece la definición de Estado,
así como sus derechos y obligaciones.
La más conocida conceptualización
es la de su artículo 1, el que
establece cuatro criterios
característicos de Estado:
I. Población permanente.
II. Territorio determinado.
III. Gobierno.
IV. Capacidad de entrar en
relaciones con los demás Estados