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La organización política de México divide el 
ejercicio del poder publico en tres poderes 
Legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de 
ellos realiza funciones especificas.
Esta depositado en una sola persona, el 
presidente de la republica, quien es electo 
en froma popular, directa, secreta y 
mayoritaria. Dura 6 anos en su cargo y no 
puede volver a desempenarlo.
Su funcion principal es ejecutar las leyes 
aprobadas por los organos legislativos, es 
decir esta facultado para organizar la 
administracion publica de acuerdo con las 
leyes constitucionales.
Se deposita el poder judicial en de la 
federacion en la suprema corte de justicia, 
los tribunales colegiados y unitarios del 
circuito y en los juzgados del distrito. Se 
integran por ministros, magistrados y jueces.
La funcion principal del poder judicial es la 
administracion de justicia , es decir se 
encarga de conocer y resolver los conflictos 
que surgen entre los organos del poder 
publico, entre el poder publico y los 
particulares o entre los particulares
Tiene la facultad de elaborar leyes que rigen 
la vida social o de modificar las ya 
existentes de acuerdo con la opinion de los 
ciudadanos.
La camara de diputados se compone de 
representantes de la nacion electos en su 
totalidad cada 3 anos. 
La camara de senadores se componen de 
dos miembros por cada estado y dos por el 
distrito federal.
Estas camaras las integran grupos de 
ciudadanos y su funcion principal es 
representar al pueblo en las labores politicas 
y la elaboracion de las leyes. 
Tanto diputados como senadores son 
electos por el pueblo mexicano a travez del 
voto directo y secreto.
El derecho de autor es un término jurídico que 
describe los derechos concedidos a los creadores 
por sus obras literarias y artísticas. 
El creador, o el titular del derecho de autor de una 
obra, puede ejercer sus derechos mediante procesos 
administrativos y a través de los tribunales de 
justicia.
Los creadores originales de obras protegidas por el derecho de autor y sus 
herederos gozan de ciertos derechos básicos. El creador de una obra puede 
prohibir u autorizar: 
• su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y 
la grabación sonora. 
• su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra de teatro o 
musical. 
• su grabación, por ejemplo, en discos compactos, casetes o cintas de 
vídeo; 
• su transmisión, por radio, cable o satélite. 
• su traducción a otros idiomas, o su adaptación, como en el caso de una 
novela adaptada para un guion.
El contenido del Derecho de Autor se divide en dos clases de 
derechos: Morales y Patrimoniales. 
1) Derechos morales: Son derechos no económicos, personales, sobre el 
recurso. 
• Derecho de Divulgación. 
• Derecho de Paternidad. 
• Derecho de Revelación y Ocultación. 
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• Derecho de Arrepentimiento y Modificación.
2) Derechos patrimoniales o de explotación: representan el derecho del 
autor de beneficiarse económicamente de su producción intelectual. 
• Derecho de Reproducción. 
• Derecho de Distribución. 
• Derecho de Comunicación Pública. 
• Derecho de Transformación.
Conjunto de derechos que una persona física o 
jurídica puede poseer al presentar una invención 
Un ejemplo de estas pueden ser: 
• Patente 
• Modelo 
• Un diseño industrial 
• Marca 
• Nombre comercial
Fue decretada por primera vez en la cámara de 
diputados del congreso de la unión del 27 de 
junio de 1991 por el entonces presidente 
Carlos Salinas de Gortari.
Derecho a poder utilizar su invención. 
Derecho a prohibir que una tercera persona 
tenga acceso a ella.
Cuando este es comercializado, es decir que 
después de obtenerse el permiso del titular o 
haberse cobrado una indemnización por este, 
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Vida privada: el ámbito privado 
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conocimiento está restringido a los 
integrantes de la unidad familiar. 
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imperar exclusivamente los deseos y 
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¿Qué son los datos personales? 
Los datos personales son cualquier información que refiera a una 
persona física que pueda ser identificada a través de los mismos, 
los cuales se pueden expresar en forma numérica, alfabética, 
gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo, como por 
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Dentro de los datos personales hay una 
categoría que se denomina “datos 
personales sensibles”, que requieren 
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información que pueda revelar aspectos 
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además, Interactuar con otras 
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contractuales. A este periodo la Ley le 
denomina bloqueo, y durante el mismo tus 
datos personales no podrán ser utilizados para 
ninguna finalidad, y una vez concluido deberán 
ser eliminados.
¿Qué es la comisión de protección al consumidor?
Es el órgano administrativo competente y 
especializado para conocer las presuntas 
infracciones a las disposiciones contenidas en 
la Ley de Protección al Consumidor, así como 
para imponer las sanciones administrativas y 
medidas correctivas establecidas en dicha 
norma, salvo que su competencia sea negada 
por la norma expresa con rango de ley.En 
México conocido como PROFECO
Cuenta con 2 vías para poder ver amparados 
sus derechos y así dar solución a su reclamo.
Consiste en un servicio de atención gratuita 
de reclamos, a cargo del servicio de 
atención al ciudadano, en el cual las partes, 
consumidor y proveedor, pueden llegar a un 
acuerdo conciliatorio, procurando, mediante 
procedimientos sencillos y rápidos, atender y 
resolver con carácter vinculante y definitivo 
para ambas partes los reclamos a los 
consumidores.
Corresponde al procedimiento formal de 
denuncias por presuntas infracciones a las 
normas de protección al consumidor, para 
cuyo inicio debe cumplirse con los requisitos 
establecidos por la PROFECO (Procuraduría 
Federal del Consumidor)
¿Quienes son consumidores? 
Las personas naturales o jurídicas que adquieren, 
utilizan o disfrutan productos o servicios como 
destinatarios finales. 
¿Quienes son proveedores? 
Aquellas personas naturales o jurídicas que realizan 
operaciones de venta de vienes o prestación de 
servicios de manera habitual o en establecimientos 
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¿Que clase de productos o servicios? 
Productos o servicios colocados en el mercado con 
espera de una retribución economica.
Claramente no existe un Gobierno de Internet, 
ni Internet es “gobernable” como un todo. 
Existen muchísimos y muy diversos 
aspectos relacionados a Internet, que se 
discuten en distintos ámbitos y organizaciones 
y otros que están condicionados por 
regulaciones y legislación local.
Una somera enumeración de 
algunos de los diversos aspectos 
relacionados a Internet, podría 
incluir: 
-Comercio Electrónico. 
-Propiedad Intelectual. 
-Gobierno Electrónico. 
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-Educación.
No hay una organización o un único 
ámbito donde estos temas se 
discutan y canalicen, ni un único 
organismo donde se tomen 
decisiones o se fijen estándares, y por 
lo tanto, no existe el tan famoso 
Gobierno de Internet. 
Hace referencia a la Administración y 
Coordinación Técnica de los 
Recursos de Internet.
La regulación del sector de telecomunicaciones ha 
pasado por distintas etapas, todas ligadas a los 
avances tecnológicos del sector y a la introducción de 
los nuevos servicios que prestan los operadores a los 
usuarios finales. Inicialmente, la regulación tenía una 
fuerte dependencia de la tecnología debido a la relación 
existente entre la tecnología y el servicio específico.
Los desarrollos tecnológicos hicieron posible que una misma 
tecnología pudiera ser utilizada para prestar varios servicios, por lo 
cual, la regulación en el proceso de adaptación a esta realidad, 
pasa de una regulación por tecnología a una regulación por 
servicios, modelo que se mantiene hasta el día de hoy. 
Las tendencias tecnológicas actuales, más exactamente la 
convergencia de las redes, entre otros aspectos, obliga a hacer un 
replanteamiento tanto de las políticas como de las metodologías 
regulatorias tradicionales. 
Al respecto, existe un gran debate a nivel internacional sobre cómo 
y cuándo regular los nuevos mercados sin caer en extremos que, 
por un lado, puedan desincentivar la inversión en nueva 
infraestructura convergente por exceso de regulación y, por el otro, 
puedan permitir la creación de nuevos monopolios por la falta de 
regulación.
Los reguladores están abriendo consultas en 
diferentes temas, tanto legales 
como económicos y técnicos, enfocadas 
directamente hacia un contexto de regulación 
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En este sentido son muy pocas las posiciones 
políticas adoptadas. 
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Unidad 5 cultura

  • 1.
  • 2.
  • 3. La organización política de México divide el ejercicio del poder publico en tres poderes Legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de ellos realiza funciones especificas.
  • 4. Esta depositado en una sola persona, el presidente de la republica, quien es electo en froma popular, directa, secreta y mayoritaria. Dura 6 anos en su cargo y no puede volver a desempenarlo.
  • 5. Su funcion principal es ejecutar las leyes aprobadas por los organos legislativos, es decir esta facultado para organizar la administracion publica de acuerdo con las leyes constitucionales.
  • 6. Se deposita el poder judicial en de la federacion en la suprema corte de justicia, los tribunales colegiados y unitarios del circuito y en los juzgados del distrito. Se integran por ministros, magistrados y jueces.
  • 7. La funcion principal del poder judicial es la administracion de justicia , es decir se encarga de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los organos del poder publico, entre el poder publico y los particulares o entre los particulares
  • 8. Tiene la facultad de elaborar leyes que rigen la vida social o de modificar las ya existentes de acuerdo con la opinion de los ciudadanos.
  • 9. La camara de diputados se compone de representantes de la nacion electos en su totalidad cada 3 anos. La camara de senadores se componen de dos miembros por cada estado y dos por el distrito federal.
  • 10. Estas camaras las integran grupos de ciudadanos y su funcion principal es representar al pueblo en las labores politicas y la elaboracion de las leyes. Tanto diputados como senadores son electos por el pueblo mexicano a travez del voto directo y secreto.
  • 11.
  • 12.
  • 13. El derecho de autor es un término jurídico que describe los derechos concedidos a los creadores por sus obras literarias y artísticas. El creador, o el titular del derecho de autor de una obra, puede ejercer sus derechos mediante procesos administrativos y a través de los tribunales de justicia.
  • 14. Los creadores originales de obras protegidas por el derecho de autor y sus herederos gozan de ciertos derechos básicos. El creador de una obra puede prohibir u autorizar: • su reproducción bajo distintas formas, tales como la publicación impresa y la grabación sonora. • su interpretación o ejecución pública, por ejemplo, en una obra de teatro o musical. • su grabación, por ejemplo, en discos compactos, casetes o cintas de vídeo; • su transmisión, por radio, cable o satélite. • su traducción a otros idiomas, o su adaptación, como en el caso de una novela adaptada para un guion.
  • 15. El contenido del Derecho de Autor se divide en dos clases de derechos: Morales y Patrimoniales. 1) Derechos morales: Son derechos no económicos, personales, sobre el recurso. • Derecho de Divulgación. • Derecho de Paternidad. • Derecho de Revelación y Ocultación. • Derecho de Integridad. • Derecho de Arrepentimiento y Modificación.
  • 16. 2) Derechos patrimoniales o de explotación: representan el derecho del autor de beneficiarse económicamente de su producción intelectual. • Derecho de Reproducción. • Derecho de Distribución. • Derecho de Comunicación Pública. • Derecho de Transformación.
  • 17.
  • 18. Conjunto de derechos que una persona física o jurídica puede poseer al presentar una invención Un ejemplo de estas pueden ser: • Patente • Modelo • Un diseño industrial • Marca • Nombre comercial
  • 19. Fue decretada por primera vez en la cámara de diputados del congreso de la unión del 27 de junio de 1991 por el entonces presidente Carlos Salinas de Gortari.
  • 20. Derecho a poder utilizar su invención. Derecho a prohibir que una tercera persona tenga acceso a ella.
  • 21. Cuando este es comercializado, es decir que después de obtenerse el permiso del titular o haberse cobrado una indemnización por este, ya no se puede impedir su posterior reproducción y venta.
  • 22. Es un organismo publico descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país.
  • 23. Sistema de información de la gacela de la propiedad industrial (SIGA). Tarifas de servicios del IMPI. Formatos para registros de patentes y marcas. Cursos y talleres. Servicios electrónicos y talleres.
  • 24. Derecho exclusivo concedido a un producto o procedimiento que aporta una nueva manera de hacer algo, o una nueva solución técnica a un problema. Es todo signo visible que se utiliza para distinguir e individualizar un producto o servicio de otros de su misma clase o especie. « Identificador de los diversos productos y servicios»
  • 25. www.impi.gob.mx Registrarse en el PASE Cap. Datos de la solicitud Pago Firma de solicitud Envió de solicitud
  • 26.
  • 27. El software quedara protegido en 149 paises. La vigencia de sus derechos de autor toda la vida del autor y 100 años posteriores a su muerte. costo $1665 peros. La duración de su tramite es de 2 a 3 meses. Requisitos: • Copia de su identificación • Carta poder • Software a registrar plasmado en CD. (Original y copia)
  • 28. Son un sistema de defensa. En la secretaria de economía existe un departamento encargado a este tipo de practicas. Incluye la jefatura de unidad técnica jurídica de investigación de dumping y subvenciones , investigación de daño y salvaguarda procesos jurídicos internacionales.
  • 29. Es en la que se incurre cuando las empresas desean introducir al territorio nacional mercancías procedentes de otro país a un precio inferior a su valor normal.
  • 30. Consiste en que un gobierno como forma para apoyar a productores nacionales que exportan sus productos a mercados de otros países a precios adulterados, que dañan a productores domésticos de bienes similares o idénticos.
  • 31. Estas medidas regulan temporalmente las importaciones de mercancías idénticas, similares o las que son competidoras directas alas mercancías o efectos de la producción nacional, de manera que se proteja o corrija un daño ala producción nacional; Estas medidas pueden consistir en aranceles específicos, permisos previos de importación Aranceles Cupos o licencias de importación
  • 32.
  • 33.
  • 34. CONCEPTOS: Vida privada: el ámbito privado reservado para la propia persona y del que quedan excluidos los demás Intimidad: los extremos más personales de la vida y del entorno familiar, cuyo conocimiento está restringido a los integrantes de la unidad familiar. Privacidad: el ámbito donde pueden imperar exclusivamente los deseos y preferencias individuales
  • 35. ¿Qué son los datos personales? Los datos personales son cualquier información que refiera a una persona física que pueda ser identificada a través de los mismos, los cuales se pueden expresar en forma numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo, como por ejemplo: nombre, apellidos, CURP, estado civil, lugar y fecha de nacimiento, domicilio, número telefónico, correo electrónico, grado de estudios, sueldo, entre otros.
  • 36. Dentro de los datos personales hay una categoría que se denomina “datos personales sensibles”, que requieren especial protección, ya que refieren a información que pueda revelar aspectos íntimos de una persona o dar lugar a discriminación Este tipo de datos te permiten además, Interactuar con otras personas, o con una o más organizaciones, así como que puedas ser sujeto de derechos
  • 37. ¿A quién pertenecen los datos personales? ¿Por qué es importante que se protejan tus datos personales? Los dueños de los datos personales son las personas a las que corresponden o refieran esos datos. Tu información personal te pertenece, tú eres su titular y quien decide sobre ella. Tu información personal es valiosa, por lo que debes cuidarla como lo harías con cualquier otro bien con valor e importancia para ti.
  • 38. ¿En qué consiste el derecho a la protección de los datos personales? La protección de datos personales es un derecho humano que le da a los individuos el poder de controlar la información personal que comparten con terceros, así como el derecho a que ésta se utilice de forma adecuada Nuestra Constitución Política, en su artículo 16, reconoce el derecho a la protección de datos personales como una garantía individual, al señalar que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición en los términos que fije la ley.
  • 39.
  • 40. Cultura empresarial Tratamiento de datos personales Aviso de privacidad Responsabilidad Derechos ARCO consentimiento Seguridad de los datos personales
  • 41. ¿Qué obligaciones tienen los particulares que usen mis datos personales? Para la obtención y uso de tus datos personales, los particulares están obligados a: Darle un uso a los datos personales respetando la Ley, desde el momento de su obtención. No utilizar medios engañosos o fraudulentos para obtener los datos personales. Obtener tu consentimiento o autorización para el tratamiento de tus datos personales, salvo las excepciones previstas en el artículo 10 de la Ley. Darte a conocer el aviso de privacidad para que estés informado sobre quién y para qué recaba tus datos personales, cómo ejercer tus derechos ARCO, así como los términos y condiciones generales del tratamiento a los que será sometida tu información
  • 42. Durante el tratamiento de tus datos personales: Sólo utilizar tus datos personales para las finalidades que autorizaste o consentiste. Mantener tus datos personales actualizados y correctos Conservar tus datos personales sólo por el periodo que sea necesario para llevar a cabo la finalidad para la que se obtuvieron Sólo compartir tus datos personales con terceros si lo autorizaste, salvo las excepciones previstas Guardar la confidencialidad de tus datos personales.
  • 43. Una vez que ha concluido el uso de tus datos personales: Eliminar de las bases de datos o archivos tus datos personales, cuando hayan concluido las finalidades que dieron origen a su obtención. Es importante que tengas presente que no siempre se podrán eliminar de manera inmediata tus datos personales, pues a veces será necesario conservarlos por algún periodo por cuestiones legales, de responsabilidades, o contractuales. A este periodo la Ley le denomina bloqueo, y durante el mismo tus datos personales no podrán ser utilizados para ninguna finalidad, y una vez concluido deberán ser eliminados.
  • 44. ¿Qué es la comisión de protección al consumidor?
  • 45. Es el órgano administrativo competente y especializado para conocer las presuntas infracciones a las disposiciones contenidas en la Ley de Protección al Consumidor, así como para imponer las sanciones administrativas y medidas correctivas establecidas en dicha norma, salvo que su competencia sea negada por la norma expresa con rango de ley.En México conocido como PROFECO
  • 46. Cuenta con 2 vías para poder ver amparados sus derechos y así dar solución a su reclamo.
  • 47. Consiste en un servicio de atención gratuita de reclamos, a cargo del servicio de atención al ciudadano, en el cual las partes, consumidor y proveedor, pueden llegar a un acuerdo conciliatorio, procurando, mediante procedimientos sencillos y rápidos, atender y resolver con carácter vinculante y definitivo para ambas partes los reclamos a los consumidores.
  • 48. Corresponde al procedimiento formal de denuncias por presuntas infracciones a las normas de protección al consumidor, para cuyo inicio debe cumplirse con los requisitos establecidos por la PROFECO (Procuraduría Federal del Consumidor)
  • 49. ¿Quienes son consumidores? Las personas naturales o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan productos o servicios como destinatarios finales. ¿Quienes son proveedores? Aquellas personas naturales o jurídicas que realizan operaciones de venta de vienes o prestación de servicios de manera habitual o en establecimientos abiertos al público. ¿Que clase de productos o servicios? Productos o servicios colocados en el mercado con espera de una retribución economica.
  • 50.
  • 51. Claramente no existe un Gobierno de Internet, ni Internet es “gobernable” como un todo. Existen muchísimos y muy diversos aspectos relacionados a Internet, que se discuten en distintos ámbitos y organizaciones y otros que están condicionados por regulaciones y legislación local.
  • 52. Una somera enumeración de algunos de los diversos aspectos relacionados a Internet, podría incluir: -Comercio Electrónico. -Propiedad Intelectual. -Gobierno Electrónico. -Comunicaciones. -Derechos Humanos. -Educación.
  • 53. No hay una organización o un único ámbito donde estos temas se discutan y canalicen, ni un único organismo donde se tomen decisiones o se fijen estándares, y por lo tanto, no existe el tan famoso Gobierno de Internet. Hace referencia a la Administración y Coordinación Técnica de los Recursos de Internet.
  • 54. La regulación del sector de telecomunicaciones ha pasado por distintas etapas, todas ligadas a los avances tecnológicos del sector y a la introducción de los nuevos servicios que prestan los operadores a los usuarios finales. Inicialmente, la regulación tenía una fuerte dependencia de la tecnología debido a la relación existente entre la tecnología y el servicio específico.
  • 55. Los desarrollos tecnológicos hicieron posible que una misma tecnología pudiera ser utilizada para prestar varios servicios, por lo cual, la regulación en el proceso de adaptación a esta realidad, pasa de una regulación por tecnología a una regulación por servicios, modelo que se mantiene hasta el día de hoy. Las tendencias tecnológicas actuales, más exactamente la convergencia de las redes, entre otros aspectos, obliga a hacer un replanteamiento tanto de las políticas como de las metodologías regulatorias tradicionales. Al respecto, existe un gran debate a nivel internacional sobre cómo y cuándo regular los nuevos mercados sin caer en extremos que, por un lado, puedan desincentivar la inversión en nueva infraestructura convergente por exceso de regulación y, por el otro, puedan permitir la creación de nuevos monopolios por la falta de regulación.
  • 56. Los reguladores están abriendo consultas en diferentes temas, tanto legales como económicos y técnicos, enfocadas directamente hacia un contexto de regulación de redes de próxima generación. En este sentido son muy pocas las posiciones políticas adoptadas. Un aspecto importante es la promoción de la interoperabilidad o interconexión de múltiples redes basadas en plataformas diferentes. Los reguladores se están enfocando en la resolución de problemas de interoperabilidad y estandarización de IP
  • 57. http://inicio.ifai.org.mx/Publicaciones/01GuiaPracticaEj ercerelDerecho.pdf http://cuidatusdatos.com/infoderechosarco.html http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/17.htm http://es.scribd.com/doc/189833751/5-6-Gobierno-en- Internet-y-tendencias-regulatorias-globales-pptx http://culturaempresarialparatodos.blogspot.mx/2009/0 2/56-gobierno-en-internet-y-tendencias.html