El documento presenta información sobre el pueblo indígena Wanano que habita en la Amazonía de Colombia y Brasil. Describe su identificación, población estimada en ambos países, marco jurídico respecto a su lengua y educación en cada país, datos sobre multilingüismo, y demografía de la población Wanano por departamentos, estados, rangos de edad y sexo.
Este documento provee información sobre el pueblo indígena Tariano que habita en la región amazónica de Brasil y Colombia. Describe su identidad, población estimada, marco jurídico respecto a su lengua y cultura, su situación de multilingüismo, y datos demográficos sobre su población por estados, departamentos, rangos de edad y zona rural/urbana. Finalmente incluye una bibliografía de fuentes consultadas.
El documento describe al pueblo indígena Piratupuyu que vive entre Brasil y Colombia. Habla de su población estimada de alrededor de 1700 personas que viven principalmente en el estado brasileño de Amazonas. También describe su situación legal y marco jurídico respecto al reconocimiento de su lengua y cultura en ambos países.
Este documento proporciona información sobre el pueblo indígena Miraña. Reside principalmente en la región amazónica de Brasil y Colombia. Habla el idioma miraña, que pertenece a la familia lingüística Bora. La constitución de ambos países reconoce y protege los derechos de los pueblos indígenas a sus lenguas y culturas. El documento estima la población Miraña en 836 personas en Brasil y 715 en Colombia.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Barasana que habita en la Amazonía colombiana y brasileña. Describe su identificación, población estimada, marco jurídico y situación legal de su lengua. Indica que hablan el idioma barasana y que su población en Colombia es de aproximadamente 2.000 personas y en Brasil de 34, según datos de 2004. Explica que tanto en Colombia como en Brasil se reconocen y protegen sus derechos étnicos, culturales y lingüísticos.
El documento describe al pueblo Tucano que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Habla de su autodenominación, familia lingüística y población estimada en ambos países. Explica que en Colombia la lengua Tucano y otras indígenas son oficiales en sus territorios y que la educación es bilingüe. En Brasil, el portugués es el idioma oficial aunque se permite el uso de lenguas indígenas. Finalmente, provee datos demográficos sobre la población Tucano por departamentos, est
El documento resume información sobre el pueblo indígena Makuna que habita las regiones de la Amazonía en Colombia y Brasil. Según el censo de 1993, la población Makuna en Colombia es de aproximadamente 1,009 personas que viven en los departamentos de Amazonas y Vaupés. En Brasil, la población Makuna es de al menos 32 personas que viven en el estado de Amazonas. El documento también resume la situación legal de la lengua Makuna y el marco jurídico de protección de los pueblos indígenas en Colombia y Brasil.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Desano que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Habla de su identificación, población estimada, marco jurídico respecto a su lengua y situación legal, datos demográficos como su distribución por departamentos y provincias. También menciona que son multilingües y hablan varias lenguas de la familia Tukano además de su lengua desano.
Este documento presenta información sobre el pueblo Makú de Brasil y Yuhup de Colombia. Vive en la región amazónica de estos países y su población total estimada es de 2603 en Brasil y 550 en Colombia. Sus lenguas son makú y yuhup respectivamente. Ambos países reconocen sus lenguas y culturas de acuerdo a sus marcos legales, aunque el portugués y el español son las lenguas oficiales.
Este documento provee información sobre el pueblo indígena Tariano que habita en la región amazónica de Brasil y Colombia. Describe su identidad, población estimada, marco jurídico respecto a su lengua y cultura, su situación de multilingüismo, y datos demográficos sobre su población por estados, departamentos, rangos de edad y zona rural/urbana. Finalmente incluye una bibliografía de fuentes consultadas.
El documento describe al pueblo indígena Piratupuyu que vive entre Brasil y Colombia. Habla de su población estimada de alrededor de 1700 personas que viven principalmente en el estado brasileño de Amazonas. También describe su situación legal y marco jurídico respecto al reconocimiento de su lengua y cultura en ambos países.
Este documento proporciona información sobre el pueblo indígena Miraña. Reside principalmente en la región amazónica de Brasil y Colombia. Habla el idioma miraña, que pertenece a la familia lingüística Bora. La constitución de ambos países reconoce y protege los derechos de los pueblos indígenas a sus lenguas y culturas. El documento estima la población Miraña en 836 personas en Brasil y 715 en Colombia.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Barasana que habita en la Amazonía colombiana y brasileña. Describe su identificación, población estimada, marco jurídico y situación legal de su lengua. Indica que hablan el idioma barasana y que su población en Colombia es de aproximadamente 2.000 personas y en Brasil de 34, según datos de 2004. Explica que tanto en Colombia como en Brasil se reconocen y protegen sus derechos étnicos, culturales y lingüísticos.
El documento describe al pueblo Tucano que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Habla de su autodenominación, familia lingüística y población estimada en ambos países. Explica que en Colombia la lengua Tucano y otras indígenas son oficiales en sus territorios y que la educación es bilingüe. En Brasil, el portugués es el idioma oficial aunque se permite el uso de lenguas indígenas. Finalmente, provee datos demográficos sobre la población Tucano por departamentos, est
El documento resume información sobre el pueblo indígena Makuna que habita las regiones de la Amazonía en Colombia y Brasil. Según el censo de 1993, la población Makuna en Colombia es de aproximadamente 1,009 personas que viven en los departamentos de Amazonas y Vaupés. En Brasil, la población Makuna es de al menos 32 personas que viven en el estado de Amazonas. El documento también resume la situación legal de la lengua Makuna y el marco jurídico de protección de los pueblos indígenas en Colombia y Brasil.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Desano que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Habla de su identificación, población estimada, marco jurídico respecto a su lengua y situación legal, datos demográficos como su distribución por departamentos y provincias. También menciona que son multilingües y hablan varias lenguas de la familia Tukano además de su lengua desano.
Este documento presenta información sobre el pueblo Makú de Brasil y Yuhup de Colombia. Vive en la región amazónica de estos países y su población total estimada es de 2603 en Brasil y 550 en Colombia. Sus lenguas son makú y yuhup respectivamente. Ambos países reconocen sus lenguas y culturas de acuerdo a sus marcos legales, aunque el portugués y el español son las lenguas oficiales.
El documento describe al pueblo indígena Tuyuka que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Habla de su identificación, población estimada, marco jurídico en relación a su lengua y cultura, y demografía. Reconoce su lengua materna (tuyuka) y otras lenguas de uso como el tucano y el waimaha. Su población total en Colombia es de 642 personas y en Brasil es de 825 según fuentes citadas.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Bará que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Se detalla que hablan la lengua bará y pertenecen a la familia lingüística Tukano. En Colombia su población es de aproximadamente 109 personas y en Brasil es de 21, según censos recientes. Ambos países reconocen sus lenguas y culturas a nivel constitucional y han establecido marcos jurídicos para proteger sus derechos.
El documento describe el pueblo indígena Carapana que vive entre Colombia y Brasil. Habla de su identificación, lengua, población estimada en cada país, marco jurídico respecto a su lengua y educación en cada país, y multilingüismo. Menciona que los Carapana viven principalmente en el departamento de Vaupés, Colombia, y en el estado de Amazonas, Brasil, y que su lengua materna es el carapana aunque también hablan otras lenguas de la región.
El documento proporciona información sobre el pueblo siriano. Habitan en la región amazónica de Colombia y Brasil, y su lengua materna es el siriano. En Colombia se estima que hay 749 personas sirianas, mientras que en Brasil la población es de 71 personas. Ambos países reconocen y protegen legalmente las lenguas y culturas indígenas.
Este documento resume información sobre el pueblo Siona que habita en la Amazonía de Colombia, Perú y Ecuador. Describe su identificación, población estimada, marco jurídico respecto al reconocimiento de su lengua y cultura en cada país, su situación de multilingüismo, y datos demográficos como su distribución por departamentos, provincias y rangos de edad.
Este documento presenta información sobre el pueblo Tikuna que habita en la Amazonía de Brasil, Colombia y Perú. Detalla su población estimada en cada país, marco jurídico respecto a su lengua y educación intercultural en cada nación, y estadísticas demográficas como distribución por edad y sexo. El Tikuna es el nombre que se autodenomina este pueblo cuya lengua pertenece a la familia lingüística Tikuna y cuenta con alrededor de 40,000 hablantes en la región.
Este documento proporciona información sobre el pueblo Huitoto que habita en la Amazonía de Colombia, Perú y Brasil. Se estima que la población Huitoto en Colombia es de aproximadamente 7,343 personas y en Perú es de 1,917 personas. Los países reconocen la diversidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas y protegen el derecho al uso de las lenguas maternas, aunque el castellano es la lengua oficial.
Este documento proporciona información sobre los pueblos indígenas A'i de Ecuador y Cofán de Colombia. Habitan en la región amazónica de estos países y sus lenguas maternas son el a'ingae y el cofán, respectivamente. El documento incluye detalles sobre su población, situación legal y demografía.
Este documento provee información sobre el pueblo Embera que vive en Colombia, Panamá y Ecuador. Algunos detalles clave incluyen que hablan el idioma Epera Pedee y tienen una población estimada de 49,686 personas en Colombia y 22,485 en Panamá. Los gobiernos de estos países reconocen sus derechos colectivos y proveen educación bilingüe para mantener su lengua y cultura.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Kubeo. Reside principalmente en la Amazonía de Colombia, Brasil y Venezuela. Habla la lengua Kubeo y otras lenguas de la familia Tukano. Su población total estimada es de alrededor de 6,647 personas en Colombia, 381 en Brasil y 25 en Venezuela. Los países reconocen sus lenguas y cultura de diferentes formas en sus marcos jurídicos y ofrecen educación intercultural bilingüe.
Este documento presenta información sobre el pueblo Bora que habita en la región amazónica de Colombia y Perú. Describe su identidad, población estimada, marco jurídico respecto a su lengua y educación en sus países, niveles de multilingüismo, y datos demográficos como distribución y rangos de edad. El marco jurídico reconoce y protege su lengua y cultura, y promueve la educación bilingüe e intercultural.
Este documento resume información sobre el pueblo indígena Ocaina que habita en la Amazonía peruana y colombiana. Menciona que hablan el idioma ocaina y otros como bora y murui-huitoto. Proporciona estimaciones de población por país y departamentos, y detalles sobre su situación legal y reconocimiento de su lengua en la legislación de Perú y Colombia.
Este documento proporciona información sobre el pueblo Kuripáko que vive en la Amazonía brasileña y la región del Orinoco en Colombia y Venezuela. Describe su ubicación geográfica, estimaciones de población, marco jurídico sobre su lengua y cultura en los diferentes países, y detalles demográficos como distribución por edad, sexo y área urbana/rural.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Yagua que habita en la Amazonía peruana y colombiana. Se detalla su identificación, población estimada, marco jurídico sobre su lengua y educación en sus respectivos países, y aspectos demográficos como su distribución geográfica y rangos de edad. Finalmente, presenta una bibliografía sobre el tema.
Este documento proporciona información sobre el pueblo Piaroa que habita las regiones de Orinoquía en Venezuela y Colombia. Describe que la población Piaroa estimada es de alrededor de 16,852 personas en Venezuela y 773 en Colombia. También resume el marco jurídico que reconoce los derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas en las constituciones y leyes de ambos países.
Este documento proporciona información sobre los pueblos indígenas Sikuani en Colombia y Hiwi en Venezuela. Habitan principalmente en los Llanos de la Orinoquía en ambos países. En total se estima que hay aproximadamente 23,000 Sikuani en Colombia y 14,751 Hiwi en Venezuela. Hablan el idioma Sikuani/Hiwi y también el castellano.
Este documento describe la situación del pueblo indígena Piapoko que vive en Colombia y Venezuela. Explica que hablan el idioma piapoko y que su población estimada es de 4,926 personas en Colombia y 1,939 en Venezuela. También resume los marcos jurídicos de cada país respecto a los derechos de los pueblos indígenas y el reconocimiento de sus lenguas, así como datos demográficos sobre su distribución en los diferentes departamentos, estados y municipios de los dos países.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Nukak de Colombia. Específicamente, identifica que los Nukak viven en la región de la Orinoquía en Colombia, hablan la lengua Nukak y su población estimada es de alrededor de 1,500 personas que viven principalmente en los departamentos de Guaviare y Vaupés. El Estado colombiano reconoce la diversidad étnica y cultural del país y establece que las lenguas indígenas son oficiales en sus territorios.
Este documento resume información sobre los pueblos indígenas Sikuani en Colombia y Hiwi en Venezuela. Habitan principalmente en los Llanos de la Orinoquía en ambos países. En total se estima que hay aproximadamente 23,000 Sikuani en Colombia y 14,751 Hiwi en Venezuela. Ambos pueblos gozan de reconocimiento legal y protección de sus lenguas y culturas en la legislación de cada país.
El documento describe al pueblo indígena Nonuya de Colombia. Habitan principalmente en el departamento de Amazonas y su lengua es el nonuya, que pertenece a la familia lingüística Witoto. Según el censo de 1993, la población Nonuya en Colombia era de aproximadamente 228 personas. La constitución colombiana reconoce y protege la diversidad étnica y cultural del país.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Karijona de Colombia. Se estima que la población Karijona total en Colombia es de aproximadamente 307 personas, principalmente en los departamentos de Amazonas y Guaviare. El documento también describe el marco jurídico para los pueblos indígenas en Colombia y la situación legal de la lengua Karijona.
El documento describe al pueblo indígena Pisamira de Colombia. Habitan principalmente en el departamento de Vaupes y su lengua materna es el pisamira. Según censos de población indígena en Colombia de inicios de los 2000, había aproximadamente 61 personas que se identificaban como Pisamira. La Constitución de Colombia reconoce la diversidad étnica y cultural del país y establece que las lenguas indígenas son oficiales en sus territorios.
El documento describe al pueblo indígena Tuyuka que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Habla de su identificación, población estimada, marco jurídico en relación a su lengua y cultura, y demografía. Reconoce su lengua materna (tuyuka) y otras lenguas de uso como el tucano y el waimaha. Su población total en Colombia es de 642 personas y en Brasil es de 825 según fuentes citadas.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Bará que habita en la región amazónica de Colombia y Brasil. Se detalla que hablan la lengua bará y pertenecen a la familia lingüística Tukano. En Colombia su población es de aproximadamente 109 personas y en Brasil es de 21, según censos recientes. Ambos países reconocen sus lenguas y culturas a nivel constitucional y han establecido marcos jurídicos para proteger sus derechos.
El documento describe el pueblo indígena Carapana que vive entre Colombia y Brasil. Habla de su identificación, lengua, población estimada en cada país, marco jurídico respecto a su lengua y educación en cada país, y multilingüismo. Menciona que los Carapana viven principalmente en el departamento de Vaupés, Colombia, y en el estado de Amazonas, Brasil, y que su lengua materna es el carapana aunque también hablan otras lenguas de la región.
El documento proporciona información sobre el pueblo siriano. Habitan en la región amazónica de Colombia y Brasil, y su lengua materna es el siriano. En Colombia se estima que hay 749 personas sirianas, mientras que en Brasil la población es de 71 personas. Ambos países reconocen y protegen legalmente las lenguas y culturas indígenas.
Este documento resume información sobre el pueblo Siona que habita en la Amazonía de Colombia, Perú y Ecuador. Describe su identificación, población estimada, marco jurídico respecto al reconocimiento de su lengua y cultura en cada país, su situación de multilingüismo, y datos demográficos como su distribución por departamentos, provincias y rangos de edad.
Este documento presenta información sobre el pueblo Tikuna que habita en la Amazonía de Brasil, Colombia y Perú. Detalla su población estimada en cada país, marco jurídico respecto a su lengua y educación intercultural en cada nación, y estadísticas demográficas como distribución por edad y sexo. El Tikuna es el nombre que se autodenomina este pueblo cuya lengua pertenece a la familia lingüística Tikuna y cuenta con alrededor de 40,000 hablantes en la región.
Este documento proporciona información sobre el pueblo Huitoto que habita en la Amazonía de Colombia, Perú y Brasil. Se estima que la población Huitoto en Colombia es de aproximadamente 7,343 personas y en Perú es de 1,917 personas. Los países reconocen la diversidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas y protegen el derecho al uso de las lenguas maternas, aunque el castellano es la lengua oficial.
Este documento proporciona información sobre los pueblos indígenas A'i de Ecuador y Cofán de Colombia. Habitan en la región amazónica de estos países y sus lenguas maternas son el a'ingae y el cofán, respectivamente. El documento incluye detalles sobre su población, situación legal y demografía.
Este documento provee información sobre el pueblo Embera que vive en Colombia, Panamá y Ecuador. Algunos detalles clave incluyen que hablan el idioma Epera Pedee y tienen una población estimada de 49,686 personas en Colombia y 22,485 en Panamá. Los gobiernos de estos países reconocen sus derechos colectivos y proveen educación bilingüe para mantener su lengua y cultura.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Kubeo. Reside principalmente en la Amazonía de Colombia, Brasil y Venezuela. Habla la lengua Kubeo y otras lenguas de la familia Tukano. Su población total estimada es de alrededor de 6,647 personas en Colombia, 381 en Brasil y 25 en Venezuela. Los países reconocen sus lenguas y cultura de diferentes formas en sus marcos jurídicos y ofrecen educación intercultural bilingüe.
Este documento presenta información sobre el pueblo Bora que habita en la región amazónica de Colombia y Perú. Describe su identidad, población estimada, marco jurídico respecto a su lengua y educación en sus países, niveles de multilingüismo, y datos demográficos como distribución y rangos de edad. El marco jurídico reconoce y protege su lengua y cultura, y promueve la educación bilingüe e intercultural.
Este documento resume información sobre el pueblo indígena Ocaina que habita en la Amazonía peruana y colombiana. Menciona que hablan el idioma ocaina y otros como bora y murui-huitoto. Proporciona estimaciones de población por país y departamentos, y detalles sobre su situación legal y reconocimiento de su lengua en la legislación de Perú y Colombia.
Este documento proporciona información sobre el pueblo Kuripáko que vive en la Amazonía brasileña y la región del Orinoco en Colombia y Venezuela. Describe su ubicación geográfica, estimaciones de población, marco jurídico sobre su lengua y cultura en los diferentes países, y detalles demográficos como distribución por edad, sexo y área urbana/rural.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Yagua que habita en la Amazonía peruana y colombiana. Se detalla su identificación, población estimada, marco jurídico sobre su lengua y educación en sus respectivos países, y aspectos demográficos como su distribución geográfica y rangos de edad. Finalmente, presenta una bibliografía sobre el tema.
Este documento proporciona información sobre el pueblo Piaroa que habita las regiones de Orinoquía en Venezuela y Colombia. Describe que la población Piaroa estimada es de alrededor de 16,852 personas en Venezuela y 773 en Colombia. También resume el marco jurídico que reconoce los derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas en las constituciones y leyes de ambos países.
Este documento proporciona información sobre los pueblos indígenas Sikuani en Colombia y Hiwi en Venezuela. Habitan principalmente en los Llanos de la Orinoquía en ambos países. En total se estima que hay aproximadamente 23,000 Sikuani en Colombia y 14,751 Hiwi en Venezuela. Hablan el idioma Sikuani/Hiwi y también el castellano.
Este documento describe la situación del pueblo indígena Piapoko que vive en Colombia y Venezuela. Explica que hablan el idioma piapoko y que su población estimada es de 4,926 personas en Colombia y 1,939 en Venezuela. También resume los marcos jurídicos de cada país respecto a los derechos de los pueblos indígenas y el reconocimiento de sus lenguas, así como datos demográficos sobre su distribución en los diferentes departamentos, estados y municipios de los dos países.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Nukak de Colombia. Específicamente, identifica que los Nukak viven en la región de la Orinoquía en Colombia, hablan la lengua Nukak y su población estimada es de alrededor de 1,500 personas que viven principalmente en los departamentos de Guaviare y Vaupés. El Estado colombiano reconoce la diversidad étnica y cultural del país y establece que las lenguas indígenas son oficiales en sus territorios.
Este documento resume información sobre los pueblos indígenas Sikuani en Colombia y Hiwi en Venezuela. Habitan principalmente en los Llanos de la Orinoquía en ambos países. En total se estima que hay aproximadamente 23,000 Sikuani en Colombia y 14,751 Hiwi en Venezuela. Ambos pueblos gozan de reconocimiento legal y protección de sus lenguas y culturas en la legislación de cada país.
El documento describe al pueblo indígena Nonuya de Colombia. Habitan principalmente en el departamento de Amazonas y su lengua es el nonuya, que pertenece a la familia lingüística Witoto. Según el censo de 1993, la población Nonuya en Colombia era de aproximadamente 228 personas. La constitución colombiana reconoce y protege la diversidad étnica y cultural del país.
El documento proporciona información sobre el pueblo indígena Karijona de Colombia. Se estima que la población Karijona total en Colombia es de aproximadamente 307 personas, principalmente en los departamentos de Amazonas y Guaviare. El documento también describe el marco jurídico para los pueblos indígenas en Colombia y la situación legal de la lengua Karijona.
El documento describe al pueblo indígena Pisamira de Colombia. Habitan principalmente en el departamento de Vaupes y su lengua materna es el pisamira. Según censos de población indígena en Colombia de inicios de los 2000, había aproximadamente 61 personas que se identificaban como Pisamira. La Constitución de Colombia reconoce la diversidad étnica y cultural del país y establece que las lenguas indígenas son oficiales en sus territorios.
Este documento presenta información sobre el pueblo indígena Yauna de Colombia. Describe su ubicación geográfica en la Amazonía colombiana, su lengua materna como parte de la familia lingüística Tukano y el uso también del castellano. Indica que la población Yauna en Colombia es de aproximadamente 103 personas según un censo de 2004, y que gozan de protecciones legales para sus lenguas y territorios de acuerdo a la constitución colombiana.
El pueblo Yuri vive en la región amazónica de Colombia. Según estimaciones, su población total es de aproximadamente 217 personas que viven principalmente en el departamento de Amazonas. De acuerdo con la constitución colombiana, el castellano es el idioma oficial pero las lenguas indígenas también son oficiales en sus territorios. No hay mucha información disponible sobre la lengua Yuri.
El documento describe al pueblo indígena Yukuna de Colombia. Habitan principalmente en el departamento de Amazonas y su población total estimada es de aproximadamente 550 personas. Hablan la lengua yukuna, que es de la familia lingüística Arawak. La Constitución de Colombia reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación, incluyendo las lenguas indígenas como oficiales en sus territorios.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Coreguaje de Colombia. Menciona que viven principalmente en los departamentos de Caquetá y Putumayo, con una población total estimada de 2.212 personas. También describe que su lengua materna es el coreguaje y que la Constitución de Colombia reconoce y protege la diversidad étnica y cultural del país.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Muinane de Colombia. El pueblo Muinane habita principalmente en el departamento de Amazonas y habla la lengua muinane, que pertenece a la familia lingüística Bora. Según el censo de 2001, la población Muinane en Colombia era de aproximadamente 547 personas. La constitución colombiana reconoce y protege la diversidad étnica y cultural del país y establece que las lenguas indígenas son oficiales en sus territorios.
El documento presenta información sobre el pueblo indígena Nukak de Colombia. Menciona que los Nukak viven principalmente en los departamentos de Guaviare y Vaupés, con una población estimada de 1,483 personas. Además, describe que la Constitución de Colombia reconoce y protege la diversidad étnica y cultural del país, incluyendo las lenguas indígenas como la lengua nukak.
El documento describe brevemente al pueblo indígena Kamentsá de Colombia. Menciona que viven principalmente en el departamento de Putumayo y su población se estima en 4,773 personas. También destaca que su lengua materna es el kamsá y que Colombia reconoce la diversidad étnica y cultural de los pueblos indígenas en su constitución.
Este documento proporciona información sobre el pueblo puinave que habita en Colombia y Venezuela. Reside principalmente en los departamentos de Guainía, Guaviare y Vichada en Colombia, y en los estados de Amazonas y Alto Orinoco en Venezuela. El documento incluye detalles sobre su identificación, población, marco jurídico, demografía y bibliografía.
Este documento provee información sobre el pueblo indígena Letuama de Colombia. El pueblo Letuama habla la lengua letuama, que pertenece a la familia lingüística Tukano. La población Letuama en Colombia se estima en 705 personas. Legalmente, la Constitución de Colombia reconoce y protege la diversidad étnica y cultural del país, incluyendo las lenguas indígenas.
Este documento resume información sobre el pueblo indígena Guayabero de Colombia. Se estima que la población Guayabero total en Colombia es de aproximadamente 1,118 personas, la mayoría de los cuales viven en los departamentos de Guaviare y Meta. El documento también describe el marco jurídico que reconoce y protege los derechos de los pueblos indígenas en Colombia y la situación legal de la lengua Guayabero.
Este documento presenta información sobre el pueblo indígena Kawiyarí de Colombia. El Kawiyarí es un pueblo de la región amazónica que habla la lengua kawiyarí, perteneciente a la familia lingüística Arawak. Según datos de 2004, la población Kawiyarí en Colombia es de aproximadamente 311 personas, la mayoría residentes en el departamento de Amazonas. El documento también resume la situación legal y educativa de los pueblos indígenas en Colombia.
1) La Corte Constitucional de Colombia analiza una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 15 y 18 de la Ley 387 de 1997, relacionada con la atención a personas desplazadas internamente.
2) Los demandantes argumentan que el límite de 3 meses para la ayuda humanitaria de emergencia a desplazados es insuficiente y viola varios derechos constitucionales.
3) También argumentan que el requisito de que los desplazados "cooperen" en su restablecimiento vulnera el deber del Estado de prote
La Corte Constitucional de Colombia emitió una sentencia sobre una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 975 de 2005, que establece disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados ilegales. La Corte estudió la demanda, incluidas las intervenciones presentadas, el concepto del Procurador General, y consideraciones propias. Finalmente, la Corte tomó una decisión sobre la constitucionalidad de las disposiciones impugnadas de la Ley 975 de 2005.
Este documento describe el desplazamiento forzado de campesinos de la hacienda Bellacruz en Colombia debido a la violencia de grupos paramilitares. Relata los intentos frustrados del INCORA (Instituto Colombiano de la Reforma Agraria) de titular tierras baldías a los campesinos y los repetidos desplazamientos de estos a Pelaya y Bogotá buscando protección. Finalmente, el gobierno planeó alojarlos temporalmente en un hotel en La Mesa mientras encontraba una solución permanente, pero la gobernadora de Cund
El documento presenta la Sentencia T-1135/08 de la Corte Constitucional de Colombia. Resuelve un caso de tutela presentado por dos personas desplazadas internamente que solicitaron una certificación acreditando su condición de desplazados para hacer valer sus derechos en procesos de justicia y paz, pero se la negaron alegando confidencialidad de la información. La Corte falla que negarles la certificación a los titulares de la información viola sus derechos a la verdad, la justicia y el hábeas data.
Este documento presenta el resumen de la Sentencia T-1134/08 de la Corte Constitucional colombiana. La sentencia revisa tres casos de tutela presentados por personas desplazadas internamente que solicitaron protección de sus derechos fundamentales. La Corte determinó que Acción Social, la agencia gubernamental responsable de los desplazados, no había garantizado adecuadamente el acceso de los accionantes a las ayudas humanitarias y de subsistencia a las que tenían derecho según la ley. La Corte ordenó a Acción Social tomar
El documento presenta los antecedentes de una acción de tutela interpuesta por 9 familias desplazadas contra el INCODER, Acción Social y el Ministerio de Agricultura. Las familias fueron asignadas al predio La Colorada pero este no contaba con condiciones mínimas de habitabilidad ni era apto para proyectos productivos. La primera instancia ordenó su reubicación pero el nuevo predio, Sanandra Samaria, también presentaba problemas.
La Corte Constitucional de Colombia emitió la Sentencia T-1105/08 en respuesta a una acción de tutela presentada por Leydi Viviana Rivera Bastidas contra la Universidad del Cauca. Rivera Bastidas alegó que sus derechos a la educación y la igualdad fueron vulnerados cuando la universidad admitió a otro estudiante indígena con un puntaje más bajo para el cupo especial de bachiller indígena. La Corte encontró que los derechos de Rivera Bastidas fueron vulnerados y ordenó a la universidad que la admitiera.
Este documento presenta dos casos de acciones de tutela interpuestas contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social). En el primer caso (T-1974780), Laureano Martínez León solicita ser incluido en el registro de población desplazada. En el segundo caso (T-1982937), Jairo Escudero Cárdenas solicita reconocimiento como víctima de la violencia y ayuda humanitaria. La Corte Constitucional acumula los casos para fallarlos en una misma sentencia.
La Corte Constitucional revisa la negativa de la Universidad de Cartagena a otorgar un cupo especial a Deyder Andrés Henríquez Matos, un menor desplazado por la violencia. La Universidad negó el cupo argumentando que el mérito académico es el principal criterio para la asignación de cupos, según la jurisprudencia. La Corte confirma esta posición y establece que aunque se pueden adoptar otros criterios para promover la igualdad, estos deben incorporar el mérito académico.
Este documento presenta un resumen de la Sentencia T-787/08 proferida por la Corte Constitucional de Colombia. En la sentencia, la Corte revisa el caso de Nelcy Grimaldo Guzmán, quien interpuso una acción de tutela contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) luego de que esta negara su inscripción en el Registro Único para la Población Desplazada. La Corte describe los antecedentes del caso, incluyendo la declaración de desplazamiento de Grimaldo,
Este resumen describe una sentencia de tutela proferida por la Corte Constitucional de Colombia sobre un caso en el que varias familias, incluyendo algunas desplazadas, ocuparon un terreno propiedad de la Alcaldía de Neiva. La Alcaldía ordenó desalojar el terreno debido a que estaba catalogado de alto riesgo. Los jueces de primera y segunda instancia fallaron a favor de la Alcaldía. La Corte Constitucional revisa el caso para determinar si se violaron los derechos constitucionales de las familias.
Este documento presenta dos casos de tutela (T-1861564 y T-1861566) instaurados por personas desplazadas (Jeimy Paola Gil Gil y Pablo Emilio González López) contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social), debido a que esta negó su inscripción en el Registro Único de Población Desplazada. El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Villavicencio no tuteló los derechos de los actores. Los casos fueron remitidos a la Corte
La sentencia T-719/08 de la Corte Constitucional resuelve dos casos de tutela (T-1879495 y T-1888813) presentados por personas desplazadas internas contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social) por negarles la prórroga de la ayuda humanitaria. La Corte ratifica su jurisprudencia de que la acción de tutela es un mecanismo adecuado para proteger los derechos de los desplazados y que el derecho a la subsistencia digna de los desplazados
La Corte Constitucional de Colombia emitió una sentencia que revisó 6 casos diferentes relacionados con solicitudes de ayuda humanitaria presentadas ante la Agencia Presidencia para la Acción Social y la Cooperación Internacional (Acción Social). En los casos, varias personas alegaron haber sido desplazadas por la violencia en Colombia y solicitaron ser inscritas en el Registro Único de Población Desplazada y recibir las ayudas correspondientes. Sin embargo, Acción Social negó las solicitudes por diferentes razones como extemporaneidad o falta de cumplimiento de
Este documento presenta la Sentencia T-602/03 de la Corte Constitucional de Colombia en un caso de tutela presentado por Ana Zárate de Bernal contra la Red de Solidaridad Social y el INURBE. La Corte estudió si estas entidades habían vulnerado los derechos de la demandante al no proveerle asistencia de emergencia, acceso a un proyecto productivo, o un subsidio de vivienda a pesar de estar registrada como desplazada. La Corte concluyó que aunque la situación de la demandante era difícil, las entidades hab
La sentencia analiza el caso de María Magdalena Ramírez Londoño, una mujer desplazada junto con sus hijos que solicitó subsidios del programa Familias en Acción pero se lo negaron. La Corte Constitucional determina que los desplazados gozan de especial protección y que el Estado debe brindarles atención prioritaria. Aunque inicialmente se le negó el subsidio, la entidad luego la inscribió en el programa. La Corte falla a favor de los derechos de los desplazados.
Este documento presenta el resumen de una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia relacionada con un caso de tutela instaurado por Haydee Páez contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional. La Corte determinó que la acción de tutela era procedente para proteger los derechos fundamentales de la población desplazada y que Acción Social vulneró los derechos de Haydee Páez y su familia al negarles la inscripción en el Registro Único de Población Desplazada a pesar de hab
Este documento presenta los antecedentes de una acción de tutela instaurada por Patricia Buriticá Céspedes y otras mujeres víctimas de la violencia en Colombia contra el Ministerio del Interior y de Justicia y la Fiscalía General de la Nación. Las demandantes alegan que sus derechos a la vida digna, seguridad personal, debido proceso y acceso a la justicia han sido vulnerados por la omisión de estas entidades de implementar un plan de protección adecuado, a pesar de las numerosas solicitudes y denuncias de amenazas e incidentes violent
Este documento presenta la sentencia T-476/08 de la Corte Constitucional colombiana en un caso de acción de tutela interpuesta por Yaqueline Yañez Ardila contra la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional. La Corte Constitucional confirma la decisión del juez de primera instancia de denegar la protección de los derechos fundamentales invocados, señalando que la actora ya recibió ayuda humanitaria hace años y no cumple los requisitos para una prórroga, aunque conmina a la ent
La Corte Constitucional revoca la decisión del juzgado de instancia y ordena a Acción Social otorgar la atención humanitaria de emergencia completa e inmediata al señor Geraldo Campo Piñeres y su núcleo familiar. La Corte encuentra que los derechos de los desplazados no pueden estar sujetos a plazos fijos y que la ayuda humanitaria debe otorgarse y prorrogarse hasta que la persona esté en capacidad de autosostenimiento.
1. Pueblo: Wanano
I.- Identificación
Región Amazonía
País(es) Colombia, Brasil
Nombre del pueblo Wanano
Autodenominación del pueblo Wanano
Guanano, Kotoria, Banano, Wanána, Kotiria,
Otros nombres del pueblo
kotédia
Familia lingüística Tukano
Lengua de uso wanano
Otros nombres de lengua
Otras lenguas indígenas de uso Otras lenguas de la familia Tukano
II. Población estimada
Población total por país Brasil: 169.799.170
Colombia: 41.468.384
Población indígena Colombia
- Por pertenencia1: 1.395 (Arango y Sánchez 2004)2
Brasil
- ISA: 735
III. Marco jurídico
Situación legal de la lengua Colombia:
Según la Constitución Política, el Estado reconoce y protege la diversidad
étnica y cultural de la nación (Artículo 7); el castellano es la lengua oficial de
Colombia; y las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son oficiales en sus
territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones
lingüísticas propias será bilingüe (Artículo 10).
La conformación de las entidades territoriales indígenas se hará con sujeción
a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y su
delimitación se hará por el Gobierno Nacional, con participación de los
representantes de las comunidades indígenas, previo concepto de la
Comisión de Ordenamiento Territorial. Los resguardos son de propiedad
colectiva y no enajenable. (Artículo 329)
Un rápido recorrido a los procesos educativos nos obliga a remontarnos a
1976 en donde el Ministerio de Educación Nacional expidió el Decreto Ley
088, en el cual se analizaba la realidad escolar en algunas comunidades
indígenas. Dos años más tarde, en 1978, este mismo ministerio expidió el
Decreto 1142, en el cual se planteó por vez primera que la alfabetización se
hará en la lengua materna, facilitando la adquisición progresiva de la lengua
nacional sin detrimento de la primera (BID – IIDH 2003). La Ley 115 de 1994,
Ley General de Educación y el Decreto 804 de 1995, el cual reglamenta el
Título III, Capítulo 3 de la mencionada Ley, buscan establecer un proceso de
atención educativa para los indígenas según sus procesos pedagógicos y su
cultura, su lengua y sus tradiciones, propiciando su articulación con el
Sistema Educativo Nacional. Los principales elementos que se proponen en el
decreto 804 son: integralidad, diversidad lingüística, autonomía, participación
comunitaria, interculturalidad, flexibilidad, progresividad y solidaridad.
De acuerdo con la Ley de Educación 115 de 1994, el gobierno nacional, a
través del Ministerio y en concertación con los grupos étnicos, prestará
asesoría especializada en el desarrollo curricular, elaboración de textos y en
la ejecución de programas de investigación y capacitación etnolingüística.
Brasil
Según la Constitución de la Republica Federativa del Brasil de 1988, la lengua
portuguesa es el idioma oficial de Brasil.
El artículo 210 señala que “Serão fixados conteúdos mínimos para o ensino
fundamental, de maneira a assegurar formação básica comun e respeito aos
1
2. valores culturaise artísticos, nacionais e regionais. […] O ensino fundamental
regular será ministrado em língua portuguesa, assegurada às indígenas
também a utilização de suas línguas maternas e processos próprios de
aprendizagem.
Por otro lado, el art. 231 señala que “São reconhecidos aos índios sua
organização social, costumes, línguas, crenças e tradições, e os direitos
originários sobre as terras qur tradicionalmente ocupam, competindo à União
demarcá-las, proteger e fazer respeitar todos os seus bens”.
Según la Ley 6001, de diciembre de 1973, “A alfabetização dos indios far-se-a
na lingua do grupo a que pertençam e em portugués, salvaguardado o uso da
primeira”.
De acuerdo con el artículo 29 del Decreto No. 99.710 de Noviembre de 1990,
que aprueba la Convención de los Derechos del Niño, “Os Estados Partes
reconhecem que a educação da criança deverá estar orientada no sentido de
[...] imbuir na criança o respeito aos seus pais, à sua própria identidade
cultural, ao seu idioma e seus valores, aos valores nacionais do país em que
reside, aos do eventual país de origem, e aos das civilizações diferentes da
sua [...]”. El artículo 30 menciona “Nos Estados Partes onde existam minorias
étnicas, religiosas ou lingüísticas, ou pessoas de origem indígena, não será
negado a uma criança que pertença a tais minorias ou que seja indígena o
direito de, em comunidade com os demais membros de seu grupo, ter sua
própria cultura, professar e praticar sua própria religião ou utilizar seu próprio
idioma”.
IV.- Multilingüismo
Monolingüe y bilingüe en
Países lengua indígena y Monolingüe en castellano Total
castellano
Nº (%) Nº (%) Nº (%)
Colombia
(IND)3
Brasil
(Rodriguez
2006) 735 100,00 735 100,00
V.- Demografía
a) Población wanano por departamentos y estados
Colombia
( Arango y Sánchez 2004)
Departamento Población
Guaviare 142
Vaupés 1.253
Total 1.395
País 2: Brasil
Fuente: ISA
Estado Municipio Población
Amazonas - 735
b) Población wanano por rangos de edad y sexo (IND)
c) Población wanano por área y sexo (IND)
2
3. Bibliografía y fuentes consultadas
Arango, Luís y Enrique Sánchez
2004. Los pueblos indígenas de Colombia en el umbral del nuevo milenio. Santa Fe de Bogotá:
Departamento Nacional de Planeación.
BID - IIDH
2003. Banco de datos de legislación indígena (CD).
Instituto Socioambiental (ISA)
2006. Povos Indígenas No Brasil. São Paulo: ISA.
Rodríguez, Aryon
2006. “As Línguas Indígenas no Brasil” en ISA (eds.) Povos Indígenas No Brasil. São Paulo: ISA. 59-63.
http://www.iadb.org/sds/ind/ley/leyn/countryset.cfm?country=BR&topic=1&mark=1 (Consulta: Febrero 2008)
http://www.constitution.org/cons/brazil.htm (Consulta: Febrero 2008)
1
La pregunta en la boleta censal de 1993, que se aplicó a toda la población, dice: ¿Pertenece a alguna etnia como grupo
indígena o comunidad negra? Hay dos alternativas de respuesta: 1: Si y 2: No. En caso de ser afirmativa la respuesta, la
pregunta complementaria dice, ¿a cuál?.
2
La información de población indígena, a diferencia de la población total del país que se obtuvo del Censo del 2005 que
fue realizado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), tiene como fuente a Arango y Sánchez;
quiénes utilizan datos proyectados del Censo de 1993 a diciembre de 2001. El presente trabajo no considera la información
estadística por pueblos indígenas del Censo de 2005, debido a que ofrece datos que no coinciden con la realidad ni con
algunos estudios específicos
3
Información No Disponible
3