INTRODUCCIÓN A LA
PROTECCIÓN CIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES.
Licdo. Yohel E. Morales
04247035902 - 0416 2798895.
Yohelmorales@hotmail.com
Protección Civil y Administración de Desastres.
TEMA I
La Protección Civil y Administración de desastres.
1. Antecedentes.
2. Importancia.
3. Función.
4. Misión y Visión.
Protección Civil y Administración de Desastres.
TEMA II
Conceptos Asociados al Área de la Protección Civil y la
Administración de Desastres.
Estrategia para evaluar.
1) Informe.
2) Ensayo.
Protección Civil y Administración de Desastres.
TEMA III
Enfoques Científicos para el estudio de los desastres .
a) El enfoque de las Ciencias Naturales.
b) El enfoque de las Ciencias Aplicadas.
c) El enfoque de las Ciencias Sociales.
d) El enfoque Holístico.
Estrategia para evaluar:
Discusión mesa de trabajo.
Protección Civil y Administración de Desastres.
Protección Civil y Administración de Desastres.
Protección Civil y Administración de Desastres.
Junta Nacional De Socorro
7 De noviembre de 1943
La División De Socorro y Defensa Civil
21 de mayo 1958
FUNDASOCIAL
16 de junio de 1969
Comisión Nacional Defensa
7 de septiembre de 1971
Protección Civil
13 de noviembre de 2001 .
Protección Civil y Administración de Desastres.
17 de julio 1938
Ley de Servicio Nacional de Seguridad.
(Gaceta Oficial 19.637).
A la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de
Sanidad es el órgano competente para cooperar con las
autoridades civiles encargadas de las calamidades
públicas.
7 de septiembre de 1943
Decreto 175. inundaciones producidas por el río
Orinoco, primera referencia histórica
Crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio
de Sanidad y Asistencia Social.
16 de noviembre de 1943. Para esa fecha el término
"Defensa Civil" no se había utilizado como símbolo de
preparación y atención de desastres en el País.
Resolución. (Gaceta Oficial 21.199).
Se reglamenta su campo de acción para que se encargue
de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin
de atender damnificados por inundaciones
21 de mayo de 1958 Resolución.
Dr. Espíritu Santos Mendoza "División de Socorro y
Defensa Civil", adscrita a la Dirección de Asuntos
Sociales.
Protección Civil y Administración de Desastres.
29 de julio de 1967
creado el "Comando Unificado Médico Asistencial"
(CUMA),
presidido por el Ministerio de Sanidad e integrado por
Representantes de todos los Organismos del Estado.
16 de junio de 1969 Decreto Presidencial Nº 96
Crea el "Fondo de Solidaridad Social" (FUNDASOCIAL),
con el objeto de prevenir y reparar en lo posible, los
daños ocasionados por calamidades y catástrofes que
pudieran afectar a grupos apreciables de la
colectividad.
7 de septiembre de 1971 Decreto Presidencial Nº 702
"Comisión de Defensa Civil", con la función de Planificar
y Coordinar las acciones tendentes a prevenir, reducir,
atender y reparar los daños a personas y bienes
causados por calamidades públicas
8 de junio de 1975 Lineamientos, Ministerio de la Defensa.
Apoyo de las Fuerzas Armadas Nacionales a
las operaciones de Defensa Civil, durante emergencias
causadas por fenómenos naturales catalogadas como
calamidades públicas.
Protección Civil y Administración de Desastres.
18 de agosto de 1976 Ley Orgánica de Seguridad y Defensa
La Defensa Civil estará regulada por el Presidente de la
República y sugiere que los ciudadanos que no estén
alistados en las Fuerzas Armadas deberán incorporarse
a la Defensa Civil en caso de requerírseles.
10 de agosto de 1979 Decreto Presidencial Nº 231,
Consejo Nacional de Seguridad y Defensa", Organismo
responsable de la Administración Pública a fin de
coordinar la acción de los Organismos competentes,
ajustando su actuación a los Planes de Seguridad y
Defensa.
1996
Reglamento Parcial No.3 de la Ley Orgánica de
Seguridad y Defensa. Gaceta Oficial No. 36.164
por vez primera se señala a Defensa Civil como un
"SISTEMA NACIONAL
1999
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
establece en su Artículo 332,
"nacimiento" de "Una Organización de Protección Civil
y Administración de Desastres"; como órgano
de seguridad ciudadana, cristalizando un deber del
Estado y un derecho del ciudadano
13 de noviembre de 2001
Decreto Presidencial Nº 1.557, Gaceta Oficial
Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela
Nº 5.557,
Decreto con Fuerza de Ley de la "Organización Nacional
de Protección Civil y Administración de Desastres";
como un órgano de seguridad ciudadana, adscrito al
Ministerio del Interior y Justicia.
Protección Civil y Administración de Desastres.
SÍMBOLO Y LOGOTIPO.
Internacionalmente se reconoce a Protección Civil
por un triángulo de color azul sobre un cuadrado
naranja.
El color naranja significa: Alerta – Emergencia.
El color azul significa: Tranquilidad-Prevención.
Triangulo Significa: Cada ángulo del triángulo
representa a quienes intervenimos en una
emergencia o desastre, Gobierno, Grupos o
voluntarios y Población.
Circulo y cuadro: Unión
Protección Civil y Administración de Desastres.
GESTIÓN DEL RIESGO
Mitigación-Alerta
Rehabilitación-
Reconstrucción
Alarma
OPERACIONE
S
Respuesta-
Rehabilitación
EDUCACIÓ
N
Preparació
n
LOGÍSTICA
LOGÍSTIC
A
PC
MISION
“Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar todas las
acciones, medidas y procesos de prevención y atención,
necesarios para garantizar la protección de toda
persona ante cualquier situación que implique amenaza,
vulnerabilidad o riesgo; con un talento humano proactivo,
profesional y dado plenamente por la vida de sus
semejantes sustentado en los valores de voluntariedad,
solidaridad y desprendimiento”.
VISION
"Una institución estratégica para la nación y de
reconocida proyección internacional, donde se impulsa un
polo importante de la seguridad ciudadana basada en la
prevención y atención, por la salvaguarda y mejor calidad
de vida, el ambiente y los bienes, ante amenazas
naturales y antropicas, contribuyendo con la
sostenibilidad del desarrollo del País”.
Protección Civil y Administración de Desastres.
MISION:
Servir, ayudar y asistir a nuestras comunidades,
ofrecerles un servicio además de técnico con calidad
humana para de esta forma mitigar riesgos y logra un
desarrollo endógeno comunitario, basándose en
herramientas objetivas como son la preparación,
prevención , mitigación respuesta y rehabilitación de un
evento adverso.
VISION:
Consolidar y fortalecer la intervención comunitaria que
queremos lograr dentro del INPRADEM.
Crear planes de intervención comunitarias basados en
la gestión de riesgos como medida preventiva para
reducir perdidas en las comunidades.
Crear planes para ofrecer respuestas satisfactorias en
las comunidades durante la sucesión de un evento
adverso que nos permitan medir objetivamente la
magnitud del impacto.
Protección Civil y Administración de Desastres.
Artículo 3°. La Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, tiene como
objetivos fundamentales:
1. Planificar y establecer políticas, que permitan la adopción de medidas relacionadas con la
preparación y aplicación del potencial nacional para casos de desastres, en cada una de las fases que lo
conforman.
2. Promover en los diferentes organismos locales relacionados con la gestión de riesgos, las acciones
necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas establecidas, para salvaguardar la seguridad
y protección de las comunidades.
3. Diseñar programas de capacitación, entrenamiento y formación, dirigidos a promover y afianzar la
participación y deberes ciudadanos en los casos de emergencias y desastres.
4. Establecer estrategias dirigidas a la preparación de las comunidades, que garanticen el
aprovechamiento del potencial personal, familiar y comunal para enfrentar emergencias y desastres en
sus diferentes fases y etapas.
5. Velar porque las diferentes instancias del Estado aporten los recursos necesarios que garanticen que
las instituciones responsables de atender las emergencias, cuenten con el soporte operacional y
funcional adecuado para la idónea y oportuna prestación del servicio de protección civil y
administración de desastres.
6. Fortalecer a los organismos de atención y administración de emergencias, a fin de garantizar una
respuesta eficaz y oportuna y coordinar y promover las acciones de respuesta y rehabilitación de las
áreas afectadas por un desastre.
7. Integrar esfuerzos y funciones entre los organismos públicos o privados, que deban intervenir en las
diferentes fases y etapas de la administración de desastres, que permitan la utilización de integración
oportuna y eficiente de los recursos disponibles para responder ante desastres. Artículo 4°. A los
efectos de este Decreto Ley,
Protección Civil y Administración de Desastres.
Protección Civil y Administración de Desastres.

yohel-p-c.pptx

  • 1.
    INTRODUCCIÓN A LA PROTECCIÓNCIVIL Y ADMINISTRACIÓN DE DESASTRES. Licdo. Yohel E. Morales 04247035902 - 0416 2798895. Yohelmorales@hotmail.com Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 2.
    TEMA I La ProtecciónCivil y Administración de desastres. 1. Antecedentes. 2. Importancia. 3. Función. 4. Misión y Visión. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 3.
    TEMA II Conceptos Asociadosal Área de la Protección Civil y la Administración de Desastres. Estrategia para evaluar. 1) Informe. 2) Ensayo. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 4.
    TEMA III Enfoques Científicospara el estudio de los desastres . a) El enfoque de las Ciencias Naturales. b) El enfoque de las Ciencias Aplicadas. c) El enfoque de las Ciencias Sociales. d) El enfoque Holístico. Estrategia para evaluar: Discusión mesa de trabajo. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 5.
    Protección Civil yAdministración de Desastres.
  • 6.
    Protección Civil yAdministración de Desastres.
  • 7.
    Junta Nacional DeSocorro 7 De noviembre de 1943 La División De Socorro y Defensa Civil 21 de mayo 1958 FUNDASOCIAL 16 de junio de 1969 Comisión Nacional Defensa 7 de septiembre de 1971 Protección Civil 13 de noviembre de 2001 . Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 8.
    17 de julio1938 Ley de Servicio Nacional de Seguridad. (Gaceta Oficial 19.637). A la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de Sanidad es el órgano competente para cooperar con las autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas. 7 de septiembre de 1943 Decreto 175. inundaciones producidas por el río Orinoco, primera referencia histórica Crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. 16 de noviembre de 1943. Para esa fecha el término "Defensa Civil" no se había utilizado como símbolo de preparación y atención de desastres en el País. Resolución. (Gaceta Oficial 21.199). Se reglamenta su campo de acción para que se encargue de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones 21 de mayo de 1958 Resolución. Dr. Espíritu Santos Mendoza "División de Socorro y Defensa Civil", adscrita a la Dirección de Asuntos Sociales. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 9.
    29 de juliode 1967 creado el "Comando Unificado Médico Asistencial" (CUMA), presidido por el Ministerio de Sanidad e integrado por Representantes de todos los Organismos del Estado. 16 de junio de 1969 Decreto Presidencial Nº 96 Crea el "Fondo de Solidaridad Social" (FUNDASOCIAL), con el objeto de prevenir y reparar en lo posible, los daños ocasionados por calamidades y catástrofes que pudieran afectar a grupos apreciables de la colectividad. 7 de septiembre de 1971 Decreto Presidencial Nº 702 "Comisión de Defensa Civil", con la función de Planificar y Coordinar las acciones tendentes a prevenir, reducir, atender y reparar los daños a personas y bienes causados por calamidades públicas 8 de junio de 1975 Lineamientos, Ministerio de la Defensa. Apoyo de las Fuerzas Armadas Nacionales a las operaciones de Defensa Civil, durante emergencias causadas por fenómenos naturales catalogadas como calamidades públicas. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 10.
    18 de agostode 1976 Ley Orgánica de Seguridad y Defensa La Defensa Civil estará regulada por el Presidente de la República y sugiere que los ciudadanos que no estén alistados en las Fuerzas Armadas deberán incorporarse a la Defensa Civil en caso de requerírseles. 10 de agosto de 1979 Decreto Presidencial Nº 231, Consejo Nacional de Seguridad y Defensa", Organismo responsable de la Administración Pública a fin de coordinar la acción de los Organismos competentes, ajustando su actuación a los Planes de Seguridad y Defensa. 1996 Reglamento Parcial No.3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa. Gaceta Oficial No. 36.164 por vez primera se señala a Defensa Civil como un "SISTEMA NACIONAL 1999 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su Artículo 332, "nacimiento" de "Una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres"; como órgano de seguridad ciudadana, cristalizando un deber del Estado y un derecho del ciudadano 13 de noviembre de 2001 Decreto Presidencial Nº 1.557, Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.557, Decreto con Fuerza de Ley de la "Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres"; como un órgano de seguridad ciudadana, adscrito al Ministerio del Interior y Justicia. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 11.
    SÍMBOLO Y LOGOTIPO. Internacionalmentese reconoce a Protección Civil por un triángulo de color azul sobre un cuadrado naranja. El color naranja significa: Alerta – Emergencia. El color azul significa: Tranquilidad-Prevención. Triangulo Significa: Cada ángulo del triángulo representa a quienes intervenimos en una emergencia o desastre, Gobierno, Grupos o voluntarios y Población. Circulo y cuadro: Unión Protección Civil y Administración de Desastres. GESTIÓN DEL RIESGO Mitigación-Alerta Rehabilitación- Reconstrucción Alarma OPERACIONE S Respuesta- Rehabilitación EDUCACIÓ N Preparació n LOGÍSTICA LOGÍSTIC A PC
  • 12.
    MISION “Planificar, coordinar, ejecutary supervisar todas las acciones, medidas y procesos de prevención y atención, necesarios para garantizar la protección de toda persona ante cualquier situación que implique amenaza, vulnerabilidad o riesgo; con un talento humano proactivo, profesional y dado plenamente por la vida de sus semejantes sustentado en los valores de voluntariedad, solidaridad y desprendimiento”. VISION "Una institución estratégica para la nación y de reconocida proyección internacional, donde se impulsa un polo importante de la seguridad ciudadana basada en la prevención y atención, por la salvaguarda y mejor calidad de vida, el ambiente y los bienes, ante amenazas naturales y antropicas, contribuyendo con la sostenibilidad del desarrollo del País”. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 13.
    MISION: Servir, ayudar yasistir a nuestras comunidades, ofrecerles un servicio además de técnico con calidad humana para de esta forma mitigar riesgos y logra un desarrollo endógeno comunitario, basándose en herramientas objetivas como son la preparación, prevención , mitigación respuesta y rehabilitación de un evento adverso. VISION: Consolidar y fortalecer la intervención comunitaria que queremos lograr dentro del INPRADEM. Crear planes de intervención comunitarias basados en la gestión de riesgos como medida preventiva para reducir perdidas en las comunidades. Crear planes para ofrecer respuestas satisfactorias en las comunidades durante la sucesión de un evento adverso que nos permitan medir objetivamente la magnitud del impacto. Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 14.
    Artículo 3°. LaOrganización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, tiene como objetivos fundamentales: 1. Planificar y establecer políticas, que permitan la adopción de medidas relacionadas con la preparación y aplicación del potencial nacional para casos de desastres, en cada una de las fases que lo conforman. 2. Promover en los diferentes organismos locales relacionados con la gestión de riesgos, las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas establecidas, para salvaguardar la seguridad y protección de las comunidades. 3. Diseñar programas de capacitación, entrenamiento y formación, dirigidos a promover y afianzar la participación y deberes ciudadanos en los casos de emergencias y desastres. 4. Establecer estrategias dirigidas a la preparación de las comunidades, que garanticen el aprovechamiento del potencial personal, familiar y comunal para enfrentar emergencias y desastres en sus diferentes fases y etapas. 5. Velar porque las diferentes instancias del Estado aporten los recursos necesarios que garanticen que las instituciones responsables de atender las emergencias, cuenten con el soporte operacional y funcional adecuado para la idónea y oportuna prestación del servicio de protección civil y administración de desastres. 6. Fortalecer a los organismos de atención y administración de emergencias, a fin de garantizar una respuesta eficaz y oportuna y coordinar y promover las acciones de respuesta y rehabilitación de las áreas afectadas por un desastre. 7. Integrar esfuerzos y funciones entre los organismos públicos o privados, que deban intervenir en las diferentes fases y etapas de la administración de desastres, que permitan la utilización de integración oportuna y eficiente de los recursos disponibles para responder ante desastres. Artículo 4°. A los efectos de este Decreto Ley, Protección Civil y Administración de Desastres.
  • 15.
    Protección Civil yAdministración de Desastres.