La norma establece los requisitos técnicos mínimos para las instalaciones de gas natural y gas licuado de petróleo en edificaciones. Define conceptos como espacios confinados y no confinados, y especifica los requisitos de ventilación, ubicación de artefactos y válvulas de corte. También indica los estándares para la instalación de tuberías de gas y gabinetes de medición.
APORTE HISTORICO Y CARACTERISTICAS ARQUITECTONICAS DE LE CORBUSSIER Y MIES VA...
NTP EM 040 INSTALACIONES DE GAS
1. NORMA TECNICA DE EDIFICACION
EM 040 INSTALACIONES DE GAS
ASPETOS BASICOS
DEPARTAMENTO DE REDES INTERNAS
2. EM 040 INSTALACIONES DE GAS
Establece los mínimos requerimientos técnicos que se deben
incluir en el diseño y construcción de una edificación en la
que se instale redes internas de gas natural y/o redes de
media y baja presión de gas licuado de petróleo.
3. DEFICINICIONES
• AIRE CIRCULANTE: Aire de enfriamiento, calefacción o ventilación, distribuido en
el espacio habitable de una edificación.
• AIRE DE COMBUSTIÓN: Aire necesario para llevar a cabo la combustión completa
del gas en el quemador de un artefacto.
• AIRE DE RENOVACIÓN: Aire necesario para reponer el aire consumido por la
combustión del gas de un artefacto instalado en un ambiente interior en una
edificación.
• Ambiente exterior o exterior: Para el caso de esta norma la alusión a un
ambiente exterior o al exterior se entenderá que se refiere a la atmósfera
exterior, a un ambiente abierto hacia el exterior o a un patio de ventilación.
4. DEFICINICIONES
• Ambiente abierto hacia el exterior: es el espacio o ambiente de una
edificación que tiene un acceso desde la atmósfera exterior a través de un
vano vacío que debe estar permanentemente libre. Este vano puede estar
ubicado en las paredes o en el techo del ambiente. NO DEBE SER MENOR
DE 2 M2.
• Espacio confinado: Ambiente interior de una edificación cuyo volumen es
menor a 4,8 m3/KW
• Espacio no confinado: Ambiente interior de una edificación que es mayor o
igual a 4,8 m3/kW de potencia nominal agregada o conjunta de todos los
artefactos a gas instalados.
7. Patio de ventilación
• Un patio de ventilación es aquel ambiente exterior
situado dentro del volumen de la edificación y en
comunicación directa con el aire en su parte superior.
• Se considerará una sección transversal no menor de 4 m2
en caso de vivienda unifamiliar no debiendo su lado
menor ser inferior a 2m. Para el caso de vivienda
multifamiliar la sección transversal mínima será de 4.84
m2 y el lado menor no deberá ser inferior a 2.20m
10. Requerimientosmínimosadicionalesde aire
y/o aberturas permanentespara ventilación.
• Se deberá considerar la existencia de
una abertura inferior y otra superior
para ventilación, ambas permanentes
• Estarán ubicados como máximo a los
30cm sobre el nivel del piso y del techo
terminado respectivamente
• Para espacios no confinados se deberá
verificar la condición de no
confinamiento (es decir, un ambiente
interior mayor o igual a 4.8m3/kw).
11. Métodos para la ventilación de espacios
no confinados
La adecuada ventilación de un ambiente confinado puede ser
provista utilizando alguno de los métodos descritos a
continuación:
• Comunicación con otros ambientes dentro de la misma
edificación.
• Comunicación directa con el exterior.
• Método combinado.
• Métodos alternativos para la ventilación de espacio confinados.
13. COMUNICACIÓNCONESPACIOSENDIFERENTEPISO
• Debe ser provista a
través de aberturas en
puertas o pisos/techo
cuya área libre mínima
sea de 44 cm2/kW de
potencia nominal
agregada o conjunta de
los artefactos
14. COMUNICACIÓNDIRECTACON EL EXTERIOR
• Se trata de proveer el aire necesario a través de aberturas o
conductos permanentes que comuniquen el espacio confinado
con el exterior de la edificación
• A través de dos aberturas: Se utilizan dos aberturas permanentes, una
superior y una inferior, cada una con un área libre obtenida de multiplicar 6
cm2 por cada kW instalados. Por seguridad el área libre mínima de cada
abertura será de 100 cm2.
• A través de una abertura: Solo para artefactos tipo B la rejilla debe ser
inferior area libre 11cm2 por Kw instalado, área libre mínima de la abertura
mencionada será de 100cm2.
15.
16. NTP 111-011–
Gas Natural Seco
Sistema de tuberías para
instalaciones internas
residenciales y comerciales
CHARLA
INFORMATIVA
17. NTP 111-011– GAS NATURAL SECO
• Esta Norma Técnica Peruana establece los requisitos mínimos
que debe cumplir el sistema de tuberías para el suministro de
gas natural seco en las instalaciones residenciales y
comerciales. La presión en estas instalaciones es de hasta un
máximo de 34 kPa incluido (340 mbar).
18. Grados de Accesibilidad
• Accesibilidad: facilidad de manipulación que tiene o ha de tener
un dispositivo de la instalación
• Accesibilidad Grado 1: La manipulación puede realizarse sin abrir
cerraduras, sin disponer de escaleras o medios mecánicos
especiales.
• Accesibilidad Grado 2: Cuando está protegido por un armario,
registro practicable o puerta, provistos de cerraduras con llave
normalizada. debe poder realizarse sin disponer de escaleras o
medios especiales.
• Accesibilidad Grado 3: Se precisan escaleras o medios mecánicos
especiales o bien que para acceder a él hay que pasar por zona
privada o que aun siendo común sea de uso privado
19. CONSIDERACIONES PARA LAS
VÁLVULAS DE CORTE
• Las válvulas de corte deben ser de cierre rápido de un cuarto de
vuelta con tope, y deberán ser aprobadas para el manejo de gas
natural seco
• Las válvulas de corte deben tener una clasificación de resistencia de
1000 kPa de presión (10 bar o PN10).
• Las válvulas de corte mencionadas en deben indicar para la posición
cerrada con la manija perpendicular a la tubería y para la posición
abierta con la manija paralela a la tubería,
• En la instalación interna de una casa unifamiliar o de un edificio de
vivienda, se debe instalar una válvula de corte por cada artefacto a
gas). En el caso de artefactos de cocción combinados (Ejemplo:
horno y cocina empotrable) se permite la instalación de una sola
válvula
20. CONSIDERACIONES PARA LAS
VÁLVULAS DE CORTE
• Toda línea individual interior debe contar con una válvula de
corte de cierre general.
• Las válvulas deben ser de igual diámetro que la tubería a la
cual están conectadas y estar en el mismo recinto que el
artefacto a gas.
• Estas deberán quedar libres de obstáculos y de acceso
inmediato al usuario para su rápida operación en caso de
requerirlo.
• La válvula general se encontrará lo más cerca al gabinete y
como máximo a una distancia de 3 m desde la salida del
gabinete de medición.
21. • Las válvulas estarán como mínimo a un radio de 30cm de
cualquier punto eléctrico, medido desde el centro de la
válvula al borde de la placa o límites del componente
eléctrico.
22. • Las válvulas estarán como mínimo a un radio de 50cm de
cualquier punto o zona de calor medido desde el centro de la
válvula a ese punto. Esta distancia se deberá cumplir cuando la
válvula se encuentre por encima del nivel de los quemadores
26. CONSIDERACIONES EN LA
INSTALACION DE LA RED INTERNA
• Si se requiere instalar una tubería que pase a lo largo de dormitorios
o cuartos de baños, el tramo de tubería debe ser continuo.
• tuberías empotradas; serán instaladas con un recubrimiento mínimo
de 2 cm.
• No instalar tuberías a la vista en el suelo o pasadizos donde el
tránsito de personas o vehículos puedan dañarlas, tropezando,
golpeándolas o ejerciendo presión sobre ellas
• La distancia de separación entre toda instalación eléctrica de una
vivienda que pueda producir chispa tales como interruptores,
tomacorrientes, entre otros y el punto de conexión de gas natural al
gasodoméstico será de 30 cm
27. CONSIDERACIONES EN LA
INSTALACION DE LA RED INTERNA
• Los tramos de tubería que pasen a través de una pared o un
suelo, deberán hacerlo instalando una camisa protectora
• En el caso de no existir artefacto a gas instalado al final de la
tubería, esta debe estar cerrada por medio de un accesorio
adecuado, visible y accesible; por ejemplo un tapón
• Las tuberías deben tener su soporte propio y no soportarse en
otras tuberías. Asimismo, deben ser instaladas de forma tal
que no se produzcan tensiones en éstas.
• Las tuberías instaladas contra una pared deberán sujetarse
con abrazaderas, soportes o grapas (2.5mts)
28. RECOMENDACIONESPARALAINSTALACIÓNDEL
GABINETE Y LOSEQUIPOSDEREGULACIÓNY
MEDICIÓN
• Accesibles para su revisión, reemplazo, toma de lecturas y adecuado
mantenimiento
• Se deberá dar como alternativa principal que el gabinete de
medición se encuentre en la parte frontal de la fachada de la
vivienda. Esto resultará en que el gabinete se encuentre ventilado y
además que el registro de las lecturas por consumo se realice sin la
necesidad de incomodar al cliente.
• En segunda opción se dará que se encuentre en el interior de la
vivienda, pero de preferencia en un lugar ventilado o sin techo
• La altura del totalizador (odómetro) del medidor será entre 0.35 m y 1.8 m
respecto al nivel de piso
30. • En el caso de no poder cumplirse el apartado 16.13 a,
corresponderá a una superficie única de ventilación en la
parte superior igual al 1 % del área de la habitación donde se
instala y con un mínimo de área de ventilación de 500 cm2
31. RECOMENDACIONESPARALAINSTALACIÓNDEL
GABINETE Y LOSEQUIPOSDEREGULACIÓNY
MEDICIÓN
Se recomienda que la caja de protección tenga accesibilidad grado 2 y se deberán evitar las
siguientes ubicaciones:
1. Enfrente de obstáculos que no permitan realizar la instalación de la tubería de conexión
en forma perpendicular a la línea principal de conducción de gas.
2. En lugares donde pueda ser golpeado o dañado por algún vehículo.
3. En lugares ocultos o de difícil acceso, donde no se pueda acceder a la caja de protección
para la toma de lecturas del medidor o el mantenimiento de los equipos que incluye.
4. En áreas o cuartos cerrados sin ventilación.
5. Debajo o delante de puertas, ventanas u otras aberturas de edificios que pudieran usarse
como salidas de emergencia para incendios.
6. En salas cerradas de motores, calderas, calefactores o equipos eléctricos, tampoco en salas
de estar, vestidores, baños o ubicaciones similares.
7. Está totalmente prohibido el almacenamiento de materiales combustibles en los
alrededores del gabinete, por lo que deberán estar en ambientes distintos
33. Distancia de gabinetes a cajas de luz eléctricas o puntos de
generación de chispa cuando el borde inferior o superior de la
caja de luz se encuentra entre los límites superior e inferior del
gabinete de gas.
•
34. • Distancia de gabinetes a cajas de luz eléctricas o puntos de generación de
chispa cuando el borde inferior o superior de la caja de luz se encuentra
fuera de los límites superior e inferior del gabinete de gas.
35. • Distancia de gabinetes a cajas de luz eléctricas o puntos de
generación de chispa cuando la acometida eléctrica viene por la
parte superior.
36. • Distancia a cajas de luz eléctricas o puntos de generación de chispa
cuando ésta se encuentra en la parte posterior del gabinete de gas.
37. • Distancia de gabinetes a artefactos de gas En este caso se
considera cuando hay un artefacto a gas. La distancia que deberá
mantener este artefacto es de 1.5m como mínimo a partir de los
extremos del gabinete
38. • Gabinete de gas ubicado en la fachada y en la parte posterior se encuentre
un baño o dormitorio
En este caso no se permite traspasar la pared desde la fachada hasta el
dormitorio. Es preferible sobresalir como máximo 5 cm de la fachada para
evitar atravesar el gabinete al otro muro. Adicionalmente se le construirá unos
chaflanes de cemento para evitar que la punta del gabinete esté expuesta al
tránsito.