SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Descargar para leer sin conexión
JUNTA DIRECTIVA DEL CPPe JURAMENTÓ EN OLOR A MULTITUD
El Auditorio Horacio de la Derrama Magisterial estuvo lleno de bote a bote. Maestras y
maestros del SUTEP, compañeros de estudios de la Cantuta, familiares, amigos, dirigentes
y militantes de su Partido acompañaron a Julio Mendoza y su Junta Directiva en la
ceremonia de juramentación realizada el pasado jueves 24 de octubre. También
estuvieron los dos candidatos de las Listas que compitieron en las elecciones del 22 de
setiembre. Buena señal.

En la víspera, el Tribunal Constitucional, mediante Resolución Nº 00012-2013-AI en la que
declara IMPROCEDENTE su Acción de Inconstitucionalidad, le decía a Ángel Salazar Piscoya
que no ACREDITA LEGITIMIDAD para OBRAR en representación del CPPe, pues quien está
inscrito como Decano es el Dr. Manuel Rodríguez Rodríguez.
Buen comienzo para el c. Julio y su flamante Junta Directiva, lo avanzado por la Junta
Directiva de Manuel Rodríguez y la gran expectativa de los maestros, educadores
profesionales, sin embargo, les están poniendo la valla bastante alta. Estamos seguros que
no defraudarán.
Éxitos a la nueva JD del CPPe que inician su gestión este próximo 29 de octubre. Gracias a
la Junta Directiva cesante, que afirmó la legalidad y legitimidad del Colegio y convocó a la
renovación respetando el plazo establecido por Ley.
Isabel Portilla
Secretaría de Comunicaciones
CEN SUTEP
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP
0012-2013-PI/TC
LIMA
COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 4 de septiembre de 2013
V STO
El escrito de subsanación de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don
gel Agustín Salazar Piscoya, en calidad de decano del Colegio de Profesores del Perú,
tra los artículos 18.d, 20, 23, 25, 39, 41.d, 44, 47, 48, penúltimo párrafo, 49, penúltimo
afo, 53.di 59, 62, 71.a.4, 71.a.5, 71.a.6, 71.6 1, 71.b.2, Primera y Cuarta Disposiciones
omplementarias, Transitorias y Finales de la Ley 29944, de la Reforma Magisterial,
blicada el 25 de noviembre de 2012 en el diario oficial El Peruano, y,
ATENDIENDO A
I. Que con fecha 8 de mayo de 20130 el accionante interpone demanda de
inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley 29944, de la Reforma
Magisterial, alegando que esta vulnera los artículos 2.2, 2.24.e, 23, tercer párrafo, 26.1,
26.2, 27, 42 y 103 de la Constitución
2. Que mediante la resolución de fecha 22 de mayo de 2013, notificada el 1 de agosto del
año en curso, se declaró inadmisible la demanda al haberse omitido adjuntar la copia
del documento nacional de identidad del abogado que patrocina al accionante, y no
encontrarse fehacientemente acreditada en autos su legitimidad para obrar, decisión
basada en que en el Expediente 0019-2012-PUTC, este Tribunal admitió a trámite la
demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Manuel Eusebio Rodríguez
Rodríguez,
su calidad de decano del Colegio de Profesores del Perú, en mérito a
certificaci i.. del 2 de agosto del 2012, expedida por el Registro de Personas Jur! cas
ti
de la Su er ntendencia Nacional de los Registros Públicos, de la cual se aprec. que el
referi accionante preside la Junta Directiva del Colegio de Profesores d Perú para
el n. iodo que va del 29 de octubre de 2010 al 28 de octubre de 2013.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP N ° 0012-20 13-PETC
LIMA
COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ

3 Que mediante escrito de fecha 8 de agosto de 2013, don Ángel Agustín Salazar Piscoya
adjunta el documento nacional de identidad requerido y, a fin de acreditar su
legitimidad para obrar en esta causa, presenta una copia legalizada del acta del 08 de
junio de 2011 por la que se le hace entrega del acervo documentario del Colegio de
Profesores del Perú, precisando, además, que la inscripción registral de la Junta
Directiva presidida por don Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, viene siendo
impugnada judicialmente, en las vías civil y penal.
4 Que sin embargo, de la documentación anexa al escrito de subsanación no se advierte
un instrumento idóneo que acredite la legitimidad para obrar del demandante, ni las
impugnaciones judiciales alegadas por éste, razón por la cual, a juicio de este
Colegiado, la subsanación presentada es insuficiente y no satisface las observaciones
formuladas en la resolución de fecha 22 de mayo de 2013.
5. Que/ de lo expresado debe declararse la improcedencia la demanda y darse por
concluido el proceso. ren aplicación del artículo 103 ni fine del Código Procesal
Constitucional
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
la Constitución Política del Perú

RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda de autos.
Publíquese y notifiquese.
SS.

URVIOLA HANI
VERGARA GOTELL
MESÍA RAMÍREZ
CALLE RAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria
Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentariaAño de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria
Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentariaJeny Castillo
 
Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010
Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010
Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010Juanca Milla
 
Solicita notas-u-vi-b
Solicita notas-u-vi-bSolicita notas-u-vi-b
Solicita notas-u-vi-beliot coronel
 
Justificacion de inasistencia sto dgo
Justificacion de inasistencia sto dgoJustificacion de inasistencia sto dgo
Justificacion de inasistencia sto dgoDeicy Cruz
 
Año de la integración nacional y reconocimiento de nuestra diversidad
Año de la integración nacional  y reconocimiento de nuestra diversidadAño de la integración nacional  y reconocimiento de nuestra diversidad
Año de la integración nacional y reconocimiento de nuestra diversidadHarry Paul Ledesma Crisostomo
 
Convenio interinsitucional servicio social
Convenio interinsitucional servicio socialConvenio interinsitucional servicio social
Convenio interinsitucional servicio socialIEOcuzca
 
Modelo oficio perfil de proyecto maribel
Modelo oficio perfil de proyecto maribelModelo oficio perfil de proyecto maribel
Modelo oficio perfil de proyecto maribelchinarosita
 

La actualidad más candente (17)

Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria
Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentariaAño de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria
Año de la inversión para el desarrollo rural y la seguridad alimentaria
 
Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010
Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010
Solicitud de-certificados-de-estudios-secundarios-2010
 
Solicito
SolicitoSolicito
Solicito
 
Solicitud
SolicitudSolicitud
Solicitud
 
MANUAL DE WORD 2013
MANUAL DE WORD 2013MANUAL DE WORD 2013
MANUAL DE WORD 2013
 
Solicitud ensa
Solicitud ensaSolicitud ensa
Solicitud ensa
 
Solicitud certificado de estudios
Solicitud certificado de estudiosSolicitud certificado de estudios
Solicitud certificado de estudios
 
Solicita notas-u-vi-b
Solicita notas-u-vi-bSolicita notas-u-vi-b
Solicita notas-u-vi-b
 
Justificacion de inasistencia sto dgo
Justificacion de inasistencia sto dgoJustificacion de inasistencia sto dgo
Justificacion de inasistencia sto dgo
 
49484443 solicitud-de-justificacion
49484443 solicitud-de-justificacion49484443 solicitud-de-justificacion
49484443 solicitud-de-justificacion
 
Año de la integración nacional y reconocimiento de nuestra diversidad
Año de la integración nacional  y reconocimiento de nuestra diversidadAño de la integración nacional  y reconocimiento de nuestra diversidad
Año de la integración nacional y reconocimiento de nuestra diversidad
 
curriculum
curriculumcurriculum
curriculum
 
Solicitud
SolicitudSolicitud
Solicitud
 
Convenio interinsitucional servicio social
Convenio interinsitucional servicio socialConvenio interinsitucional servicio social
Convenio interinsitucional servicio social
 
modelos de solicitudes
modelos de solicitudesmodelos de solicitudes
modelos de solicitudes
 
Modelos de Solicitud
Modelos de SolicitudModelos de Solicitud
Modelos de Solicitud
 
Modelo oficio perfil de proyecto maribel
Modelo oficio perfil de proyecto maribelModelo oficio perfil de proyecto maribel
Modelo oficio perfil de proyecto maribel
 

Similar a Tribunal declara-improcedente-accion-de-salazar-piscoya

Sentencia TSJ sobre ASDELUZ
Sentencia TSJ sobre ASDELUZSentencia TSJ sobre ASDELUZ
Sentencia TSJ sobre ASDELUZCarlos Barboza
 
Cesantía de Ángel Sebastián Cotta
Cesantía de Ángel Sebastián CottaCesantía de Ángel Sebastián Cotta
Cesantía de Ángel Sebastián CottaUnidiversidad
 
CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014
CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014
CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014CSIF Enseñanza Andalucía
 
Resolucion final-elecciones-cp pe
Resolucion final-elecciones-cp peResolucion final-elecciones-cp pe
Resolucion final-elecciones-cp peSute VI Sector
 
Juzgado de lo Social nº 13. Madrid
Juzgado de lo Social nº 13. MadridJuzgado de lo Social nº 13. Madrid
Juzgado de lo Social nº 13. MadridJuan Segura Aguiló
 
Tc admite-demanda-del-sutep
Tc admite-demanda-del-sutepTc admite-demanda-del-sutep
Tc admite-demanda-del-sutepSute VI Sector
 
BOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdf
BOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdfBOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdf
BOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdfMargarita Barrios
 
Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013
Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013
Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013Julio Lozano
 
Sentencia TSJ Conatel 03.07.13
Sentencia TSJ Conatel 03.07.13Sentencia TSJ Conatel 03.07.13
Sentencia TSJ Conatel 03.07.13Espacio Público
 
Unisucre admon 2013 2
Unisucre admon 2013 2Unisucre admon 2013 2
Unisucre admon 2013 2magangue1230
 
Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012
Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012
Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012Ernesto Fernández
 

Similar a Tribunal declara-improcedente-accion-de-salazar-piscoya (20)

Sentencia TSJ sobre ASDELUZ
Sentencia TSJ sobre ASDELUZSentencia TSJ sobre ASDELUZ
Sentencia TSJ sobre ASDELUZ
 
Cesantía de Ángel Sebastián Cotta
Cesantía de Ángel Sebastián CottaCesantía de Ángel Sebastián Cotta
Cesantía de Ángel Sebastián Cotta
 
Sentencia madrid
Sentencia madridSentencia madrid
Sentencia madrid
 
Tutela humberto
Tutela humbertoTutela humberto
Tutela humberto
 
Tribunales EF primaria_2013 / Teachers Tribunal 2013 PE
Tribunales EF primaria_2013 / Teachers Tribunal 2013 PETribunales EF primaria_2013 / Teachers Tribunal 2013 PE
Tribunales EF primaria_2013 / Teachers Tribunal 2013 PE
 
CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014
CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014
CSIF :: Anuncio listados Admitidos Oposiciones docentes Andalucía 2014
 
M1247044.pdf
M1247044.pdfM1247044.pdf
M1247044.pdf
 
Informe 647
Informe 647Informe 647
Informe 647
 
Expediente carlos
Expediente carlosExpediente carlos
Expediente carlos
 
Servidor publico
Servidor publicoServidor publico
Servidor publico
 
Resolucion final-elecciones-cp pe
Resolucion final-elecciones-cp peResolucion final-elecciones-cp pe
Resolucion final-elecciones-cp pe
 
Sentencia melilla
Sentencia melillaSentencia melilla
Sentencia melilla
 
Sentencia melilla2
Sentencia melilla2Sentencia melilla2
Sentencia melilla2
 
Juzgado de lo Social nº 13. Madrid
Juzgado de lo Social nº 13. MadridJuzgado de lo Social nº 13. Madrid
Juzgado de lo Social nº 13. Madrid
 
Tc admite-demanda-del-sutep
Tc admite-demanda-del-sutepTc admite-demanda-del-sutep
Tc admite-demanda-del-sutep
 
BOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdf
BOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdfBOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdf
BOJA22-178-00003-14519-01_00267794consejoescolar.pdf
 
Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013
Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013
Convocatoria Tienda Escolar y Cafetería 2.013
 
Sentencia TSJ Conatel 03.07.13
Sentencia TSJ Conatel 03.07.13Sentencia TSJ Conatel 03.07.13
Sentencia TSJ Conatel 03.07.13
 
Unisucre admon 2013 2
Unisucre admon 2013 2Unisucre admon 2013 2
Unisucre admon 2013 2
 
Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012
Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012
Citacionaudiencia valledupar-17-02-2012
 

Más de Sute VI Sector

DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...
DECRETO SUPREMO  Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...DECRETO SUPREMO  Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...
DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...Sute VI Sector
 
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988Sute VI Sector
 
Petición administrativa 30% - 2016
Petición administrativa 30% - 2016Petición administrativa 30% - 2016
Petición administrativa 30% - 2016Sute VI Sector
 
Actualización y o rectificación
Actualización y o rectificaciónActualización y o rectificación
Actualización y o rectificaciónSute VI Sector
 
Acuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutep
Acuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutepAcuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutep
Acuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutepSute VI Sector
 
Comunicado-la-republica-03-2015
Comunicado-la-republica-03-2015Comunicado-la-republica-03-2015
Comunicado-la-republica-03-2015Sute VI Sector
 
Ds 008 2014-minedu auxiliares educacion
Ds 008 2014-minedu auxiliares educacionDs 008 2014-minedu auxiliares educacion
Ds 008 2014-minedu auxiliares educacionSute VI Sector
 
Encargatura de plazas de director, jerarquicas y especialistas 2015
Encargatura de plazas de director, jerarquicas  y especialistas 2015Encargatura de plazas de director, jerarquicas  y especialistas 2015
Encargatura de plazas de director, jerarquicas y especialistas 2015Sute VI Sector
 
Evaluacion docentes interinos_2015
Evaluacion docentes interinos_2015Evaluacion docentes interinos_2015
Evaluacion docentes interinos_2015Sute VI Sector
 
Oficio solicitud padron 2014
Oficio solicitud padron 2014Oficio solicitud padron 2014
Oficio solicitud padron 2014Sute VI Sector
 

Más de Sute VI Sector (20)

DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...
DECRETO SUPREMO  Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...DECRETO SUPREMO  Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...
DECRETO SUPREMO Nº 005-2017-MINEDU. Modifica diversos artículos del Reglamen...
 
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29988
 
Petición administrativa 30% - 2016
Petición administrativa 30% - 2016Petición administrativa 30% - 2016
Petición administrativa 30% - 2016
 
Rvm 021-2015-minedu
Rvm 021-2015-mineduRvm 021-2015-minedu
Rvm 021-2015-minedu
 
Rm 271-2015-minedu1
Rm 271-2015-minedu1Rm 271-2015-minedu1
Rm 271-2015-minedu1
 
Rvm 021-2015-minedu
Rvm 021-2015-mineduRvm 021-2015-minedu
Rvm 021-2015-minedu
 
Anexo iii
Anexo iiiAnexo iii
Anexo iii
 
Rm 271-2015-minedu1
Rm 271-2015-minedu1Rm 271-2015-minedu1
Rm 271-2015-minedu1
 
Rvm 021-2015-minedu
Rvm 021-2015-mineduRvm 021-2015-minedu
Rvm 021-2015-minedu
 
Rm 187
Rm 187Rm 187
Rm 187
 
Rm 187
Rm 187Rm 187
Rm 187
 
Actualización y o rectificación
Actualización y o rectificaciónActualización y o rectificación
Actualización y o rectificación
 
Acuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutep
Acuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutepAcuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutep
Acuerdos-de-la-ii-asamblea-nacional-de-delegados-sutep
 
Comunicado-la-republica-03-2015
Comunicado-la-republica-03-2015Comunicado-la-republica-03-2015
Comunicado-la-republica-03-2015
 
Accion de amparo
Accion de amparoAccion de amparo
Accion de amparo
 
Cuadro de horas 2015
Cuadro de horas 2015Cuadro de horas 2015
Cuadro de horas 2015
 
Ds 008 2014-minedu auxiliares educacion
Ds 008 2014-minedu auxiliares educacionDs 008 2014-minedu auxiliares educacion
Ds 008 2014-minedu auxiliares educacion
 
Encargatura de plazas de director, jerarquicas y especialistas 2015
Encargatura de plazas de director, jerarquicas  y especialistas 2015Encargatura de plazas de director, jerarquicas  y especialistas 2015
Encargatura de plazas de director, jerarquicas y especialistas 2015
 
Evaluacion docentes interinos_2015
Evaluacion docentes interinos_2015Evaluacion docentes interinos_2015
Evaluacion docentes interinos_2015
 
Oficio solicitud padron 2014
Oficio solicitud padron 2014Oficio solicitud padron 2014
Oficio solicitud padron 2014
 

Tribunal declara-improcedente-accion-de-salazar-piscoya

  • 1. JUNTA DIRECTIVA DEL CPPe JURAMENTÓ EN OLOR A MULTITUD El Auditorio Horacio de la Derrama Magisterial estuvo lleno de bote a bote. Maestras y maestros del SUTEP, compañeros de estudios de la Cantuta, familiares, amigos, dirigentes y militantes de su Partido acompañaron a Julio Mendoza y su Junta Directiva en la ceremonia de juramentación realizada el pasado jueves 24 de octubre. También estuvieron los dos candidatos de las Listas que compitieron en las elecciones del 22 de setiembre. Buena señal. En la víspera, el Tribunal Constitucional, mediante Resolución Nº 00012-2013-AI en la que declara IMPROCEDENTE su Acción de Inconstitucionalidad, le decía a Ángel Salazar Piscoya que no ACREDITA LEGITIMIDAD para OBRAR en representación del CPPe, pues quien está inscrito como Decano es el Dr. Manuel Rodríguez Rodríguez. Buen comienzo para el c. Julio y su flamante Junta Directiva, lo avanzado por la Junta Directiva de Manuel Rodríguez y la gran expectativa de los maestros, educadores profesionales, sin embargo, les están poniendo la valla bastante alta. Estamos seguros que no defraudarán. Éxitos a la nueva JD del CPPe que inician su gestión este próximo 29 de octubre. Gracias a la Junta Directiva cesante, que afirmó la legalidad y legitimidad del Colegio y convocó a la renovación respetando el plazo establecido por Ley. Isabel Portilla Secretaría de Comunicaciones CEN SUTEP
  • 2.
  • 3. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP 0012-2013-PI/TC LIMA COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Lima, 4 de septiembre de 2013 V STO El escrito de subsanación de la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don gel Agustín Salazar Piscoya, en calidad de decano del Colegio de Profesores del Perú, tra los artículos 18.d, 20, 23, 25, 39, 41.d, 44, 47, 48, penúltimo párrafo, 49, penúltimo afo, 53.di 59, 62, 71.a.4, 71.a.5, 71.a.6, 71.6 1, 71.b.2, Primera y Cuarta Disposiciones omplementarias, Transitorias y Finales de la Ley 29944, de la Reforma Magisterial, blicada el 25 de noviembre de 2012 en el diario oficial El Peruano, y, ATENDIENDO A I. Que con fecha 8 de mayo de 20130 el accionante interpone demanda de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley 29944, de la Reforma Magisterial, alegando que esta vulnera los artículos 2.2, 2.24.e, 23, tercer párrafo, 26.1, 26.2, 27, 42 y 103 de la Constitución 2. Que mediante la resolución de fecha 22 de mayo de 2013, notificada el 1 de agosto del año en curso, se declaró inadmisible la demanda al haberse omitido adjuntar la copia del documento nacional de identidad del abogado que patrocina al accionante, y no encontrarse fehacientemente acreditada en autos su legitimidad para obrar, decisión basada en que en el Expediente 0019-2012-PUTC, este Tribunal admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, su calidad de decano del Colegio de Profesores del Perú, en mérito a certificaci i.. del 2 de agosto del 2012, expedida por el Registro de Personas Jur! cas ti de la Su er ntendencia Nacional de los Registros Públicos, de la cual se aprec. que el referi accionante preside la Junta Directiva del Colegio de Profesores d Perú para el n. iodo que va del 29 de octubre de 2010 al 28 de octubre de 2013.
  • 4. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXP N ° 0012-20 13-PETC LIMA COLEGIO DE PROFESORES DEL PERÚ 3 Que mediante escrito de fecha 8 de agosto de 2013, don Ángel Agustín Salazar Piscoya adjunta el documento nacional de identidad requerido y, a fin de acreditar su legitimidad para obrar en esta causa, presenta una copia legalizada del acta del 08 de junio de 2011 por la que se le hace entrega del acervo documentario del Colegio de Profesores del Perú, precisando, además, que la inscripción registral de la Junta Directiva presidida por don Manuel Eusebio Rodríguez Rodríguez, viene siendo impugnada judicialmente, en las vías civil y penal. 4 Que sin embargo, de la documentación anexa al escrito de subsanación no se advierte un instrumento idóneo que acredite la legitimidad para obrar del demandante, ni las impugnaciones judiciales alegadas por éste, razón por la cual, a juicio de este Colegiado, la subsanación presentada es insuficiente y no satisface las observaciones formuladas en la resolución de fecha 22 de mayo de 2013. 5. Que/ de lo expresado debe declararse la improcedencia la demanda y darse por concluido el proceso. ren aplicación del artículo 103 ni fine del Código Procesal Constitucional Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú RESUELVE Declarar IMPROCEDENTE la demanda de autos. Publíquese y notifiquese. SS. URVIOLA HANI VERGARA GOTELL MESÍA RAMÍREZ CALLE RAYEN ETO CRUZ ÁLVAREZ MIRANDA