SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 27
Descargar para leer sin conexión
Carla, Silverio, Fátima, Julia, Aymara
            Daniel y Daniela.
¿Qué son los derechos de autor?




        Una serie de derechos exclusivos otorgados al autor o
        creador del trabajo original, incluyendo el derecho de
        copiar, distribuir y hacer adaptaciones al trabajo.
¿Cuántos tipos de
derechos de autor existen ?

              Derechos Patrimoniales


               Los derechos patrimoniales del autor, hacen
               referencia a los derechos de explotación económica
               sobre sus obras y creaciones que tiene el autor.

               El autor puede disponer según su voluntad de la
               explotación económica de cualquier obra de su
               autoría, por tanto, sin la autorización del titular del
               derecho no es posible de forma legal explotar
               económicamente una obra.


Los derechos patrimoniales se extinguen cien años después de la muerte del autor.
                                     Los derechos patrimoniales pueden cederse.
Derechos Morales
Los derechos morales pretenden proteger la personalidad del creador expresada
mediante su obra.
El autor posee un derecho de paternidad en virtud del cual se reconoce que es el
único que puede presentar la obra como suya.




                        El autor no puede existir sin su obra ni la obra sin su autor.
¿Cuándo nace y cuándo se extingue el derecho de autor?




                                       Nace en el mismo momento de su
                                       creación, sin que sea necesario que
                                       medie un acto de reproducción,
                                       comunicación pública, distribución
                                       o transformación.


 Los derechos de autor patrimoniales
 perduran toda la vida del autor,
 hasta 100 años después de su
 muerte. A partir de ese momento,
 pasan a dominio público y pueden
 ser utilizados libremente.
¿Puedo ceder mis derechos de autor?

Los derechos morales, debido a su carácter personal, el artista NO los puede
ceder. Por tanto, el autor siempre será el titular de los mismos.



                                              Por ser la obra producto y creación
                                              de su autor, los derechos morales no
                                              son transferibles, son irrenunciables
                                              y no tienen limitación en el tiempo.
                 ALTO                         Si bien el autor de una obra puede
                                              ceder sus derechos patrimoniales, no
                                              así sus derechos morales, puesto que
                                              aunque el derecho de explotación
                                              esté en poder de otra persona, el
                                              reconocimiento de la autoría de la
                                              obra seguirá en cabeza de quien la
                                              ideó y creó.
Los derechos patrimoniales, si se podrán ceder, en vida o una vez fallecido, a una
tercera persona.

Los derechos patrimoniales de autor pueden ser transferidos, ya sea mediante venta,


La cesión se deberá hacer por escrito para que tenga validez y sólo se podrá ceder los
derechos de explotación y participación sobre obra ya realizada puesto que es nula
toda cesión respecto de obras futuras.




                $
                 $
                     $
                         $



   En el caso de la cesión una vez fallecido el artista se debe tener en cuenta que
      pasados 100 años después de su muerte ya no se podrá explotar la obra.
¿Qué es una manifestación artística y cuáles son?
                     En pocas palabras cualquier tipo de arte llevado al sentimieto
                                                    es una manifestación artística.


 Obra Literaria.- Es aquella que es expresada de manera
 escrita o verbal.

 Musical, con o sin letra.- Es aquella que es expresada a
 través de sonidos, que comprenden composiciones
 musicales de cualquier tipo ya sean sonidos
 naturales, pasando por música publicitaria
 (jingles), canciones y operas.

 Dramática.- Es la integración de palabras expresadas, acompañamientos
 musicales y actuación interpretada por personajes.

 Danza.- Es la que se expresa a través de movimientos corporales.
 Pictórica o de dibujo.- Es aquella que se expresa a través de trazos, pinturas
Escultórica y de carácter plástico.- Es la expresada a través de formas tridimensionales.

Caricatura e historieta.- Es aquella que se expresa a través de una serie de dibujos que
expresan una idea por sí mismos o que su secuencia integra una historia a manera de
cuento.

Arquitectónica.

trazos y dibujos, no de manera particular a los elementos que la constituyen como
pueden ser puertas, pisos, etc.

                                               Se entiende por obras audiovisuales
las expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización
incorporada, que se hacen perceptibles, mediante dispositivos técnicos, produciendo
la sensación de movimiento. En esta categoría se incluyen los hologramas.
Programas de radio y televisión.- Se entiende que es cualquier obra de derecho de
autor que se transmita por medios de radio y/o televisión, en esta categoría se
incluyen los podcasts.

Programas de cómputo.- Se entiende por programa de computación la expresión
original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones
que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como
propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función



instrumento, no tiene movimiento.
No son objeto de la protección como derecho
             de autor las ideas
¿Cuál es la función del Registro Público
        del Derecho de Autor?




      Tiene por objeto garantizar la seguridad jurídica de los
      autores, de los titulares de los derechos conexos y de los titulares
      de los derechos patrimoniales respectivos y sus causa habientes.
¿Dónde tengo que ir para hacer mi registro?




         SEP




                 Los trámites se regulan por medio de la secretaría

                 de realizar esto se llama INDAUTOR.
¿Qué pasos tengo que seguir?




          copia                   original




                  1.   Preparar dos ejemplares de la obra
                  2.   Llenar formatos
                  3.   Pagar derechos
                  4.   Comprar guía nacional
                  5.   Entregar documentos
¿Por qué me conviene registrar mi obra?




Porque se les da una adecuada publicidad a las obras, actos y documentos
a través de su inscripción.
En las inscripciones se expresará el nombre del autor y, la fecha de su muerte,
nacionalidad y domicilio, el título de la obra, la fecha de divulgación.
¿Qué trámites necesito realizar?

             FORMATO RPDA-01




Primero se necesita llenar el formato RPDA-01 (solicitud de registro

Presentar dos ejemplares idénticos de la obra.
Efectuar el pago (único) de derechos a través del formato de hoja de
pago electrónico, por la cantidad de $198.00 pesos, en cualquier
Institución bancaria.
¿Cuál es el plazo de respuesta para el registro?


                                                 MARZO
                                1
                                                                            14




Contado a partir de la recepción de la solicitud 14 días hábiles, en el caso de
registro de obra y 14 días hábiles para el registro de contratos, poderes,
solicitud de duplicados y antecedentes regístrales .
T
correspondiente; agotado este término, deberá solicitar su entrega extemporánea.
Dominio Público   Son todas las obras que no están protegidas, pueden
                       adaptadas, distribuidas, o exhibidas en público.


                                    Tanto “LOVE ME DO” como “P.S
                                    I LOVE YOU” fueron lanzados en
                                    1962, por lo que la protección
                                    de ambas canciones dejó de ser
                                    válida el 31 de Dic. del año
                                    pasado (2012).
Las obras agotadas o que no están ya
                                         disponibles para la venta no están,
                                         necesariamente, en dominio público.


                                         de protección y hay que obtener el
                                         permiso de los titulares de los derechos.




  Una obra entra en dominio público cuando


Termina periodo de vigencia                     No cumple con las condiciones
(100 años al fallecimiento del autor).          de protección.
Ejemplo:                              Por eso...
                                      ¡Yo hice mi propio cuadro!
El cuadro llamado “El Grito” de       llamado,
Edgard Munch. Es una pintura          “El grito Rockero”
en dominio público por el
fallecimiento del autor, y el plazo
de protección ya está vencido.
Otros ejemplos de la misma obra,
 y se observa como mucha gente
lo utiliza en diferentes aspectos e
        incluso ya con otra técnica
Límites
  En ciertos casos no constituyen violaciones al dereho de autor cuando:



  En alguna obra o representación se utilizan sus respectivas citas,

  incluso en noticias de la actualidad.



  La utilización de obras literarias y artísticas en tiendas abiertas al
  público que comercien ejemplares de dichas obras, siempre y
  cuando no existan cargos de admisión.



  Cuando en artistas intérpretes, productores de video gramas entre

  directo.
¿Qué es una infracción administrativa en derechos de autor?




  Aquella que se presenta como atentatoria de la regulación administrativa de
    los derechos autorales, realizadas sin fines de lucro directo o indirecto.
¿Cómo puedo saber quién cumple con la ley de derechos?

Programar una visita de inspección
en los domicilios de las personas o
establecimientos.

Y son efectuadas tanto por el
Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, como por el Instituto
Nacional del Derecho de Autor .
¿Para qué sirve la práctica de visitas de inspección?




Sirve para vigilar, comprobar o verificar el debido cumplimiento de la Ley
Federal del Derecho de Autor, ante probables infracciones a la ley autoral.
¿Cuál es la infracción que se da al violar alguna ley?



De mil hasta 15 mil días de salario
mínimo general vigente dependiendo
del tipo de infracción.

De cinco mil hasta 40 mil días de salario
mínimo (para comercios).

Multa adicional de hasta quinientos
días de salario mínimo por día, a
quien persista.
¿De qué manera se establece una tarifa
                    para el pago de regalías?




Una tarifa sirve como base para pactar el
pago de regalías y se establece mediante
la presentación de una solicitud para el
procedimiento respectivo.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Aspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en Panama
Aspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en PanamaAspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en Panama
Aspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en PanamaKernel Open iLab
 
Mapa conceptual derecho propiedad industrial
Mapa conceptual derecho propiedad industrialMapa conceptual derecho propiedad industrial
Mapa conceptual derecho propiedad industrialJonathan David
 
Marco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadlMarco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadlNorma Gloria Camacho Muñoz
 
Derecho de Autor - Indautor y Registro público
Derecho de Autor - Indautor y Registro públicoDerecho de Autor - Indautor y Registro público
Derecho de Autor - Indautor y Registro públicomontzedzib2010
 
CUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
CUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdfCUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
CUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdfCarlosSantiagoHerrer
 
SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD ANÓNIMA SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD ANÓNIMA Orozco Jorge
 
Exposición sobre el derecho de autor.
Exposición sobre el derecho de autor.Exposición sobre el derecho de autor.
Exposición sobre el derecho de autor.Abdiel Romero
 
EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"
EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"
EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"alejandra1091sep
 
DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS
DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS
DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS marisalab21
 
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformación
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformaciónCuaro comparativo disolución, ecsisión y transformación
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformacióntanihastephania
 
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor Propiedad Intelectual y Derechos de Autor
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor Gladys López
 
Ompi, propiedad intelectual
Ompi, propiedad intelectualOmpi, propiedad intelectual
Ompi, propiedad intelectualMarvin Espinal
 
UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.Marlenne Juárez Rodríguez
 

La actualidad más candente (20)

Ley federal de Derechos De Autor en México
Ley federal de Derechos De Autor en MéxicoLey federal de Derechos De Autor en México
Ley federal de Derechos De Autor en México
 
Aspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en Panama
Aspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en PanamaAspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en Panama
Aspectos Generales del Derecho de Autor y Conexos en Panama
 
Mapa conceptual derecho propiedad industrial
Mapa conceptual derecho propiedad industrialMapa conceptual derecho propiedad industrial
Mapa conceptual derecho propiedad industrial
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Marco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadlMarco legal nacional e internacional de la propiedadl
Marco legal nacional e internacional de la propiedadl
 
Derecho de Autor - Indautor y Registro público
Derecho de Autor - Indautor y Registro públicoDerecho de Autor - Indautor y Registro público
Derecho de Autor - Indautor y Registro público
 
CUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
CUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdfCUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
CUADRO COMPARATIVO PROPIEDAD INTELECTUAL.pdf
 
SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD ANÓNIMA SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD ANÓNIMA
 
Exposición sobre el derecho de autor.
Exposición sobre el derecho de autor.Exposición sobre el derecho de autor.
Exposición sobre el derecho de autor.
 
Ley de la propiedad industrial
Ley de la propiedad industrialLey de la propiedad industrial
Ley de la propiedad industrial
 
Contrato individual de trabajo
Contrato individual de trabajoContrato individual de trabajo
Contrato individual de trabajo
 
EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"
EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"
EXPOSICION #1 "PROPIEDAD INTELECTUAL"
 
8 huelga
8 huelga8 huelga
8 huelga
 
DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS
DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS
DERECHO DE AUTOR DIAPOSITIVAS
 
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformación
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformaciónCuaro comparativo disolución, ecsisión y transformación
Cuaro comparativo disolución, ecsisión y transformación
 
sociedades mercantiles
sociedades mercantilessociedades mercantiles
sociedades mercantiles
 
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor Propiedad Intelectual y Derechos de Autor
Propiedad Intelectual y Derechos de Autor
 
Ompi, propiedad intelectual
Ompi, propiedad intelectualOmpi, propiedad intelectual
Ompi, propiedad intelectual
 
UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
UNIDAD 17. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.
 
Seguridad social antecedentes
Seguridad social antecedentesSeguridad social antecedentes
Seguridad social antecedentes
 

Similar a Ley federal de derecho de autor

Similar a Ley federal de derecho de autor (20)

Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Derechos De Autor
Derechos De AutorDerechos De Autor
Derechos De Autor
 
Derechos de autor natalia segundo
Derechos de autor natalia segundoDerechos de autor natalia segundo
Derechos de autor natalia segundo
 
Que debe saber usted sobre el derecho de autor
Que debe saber usted sobre el derecho de autorQue debe saber usted sobre el derecho de autor
Que debe saber usted sobre el derecho de autor
 
trabajo de Carmen De LeonKelys Rodelo
 trabajo de Carmen De LeonKelys Rodelo trabajo de Carmen De LeonKelys Rodelo
trabajo de Carmen De LeonKelys Rodelo
 
Ines duran
Ines duranInes duran
Ines duran
 
Ines duran
Ines duranInes duran
Ines duran
 
Ines duran
Ines duranInes duran
Ines duran
 
Ines duran
Ines duranInes duran
Ines duran
 
Ines duran
Ines duranInes duran
Ines duran
 
Que debe saber usted sobre el derecho de autor
Que debe saber usted sobre el derecho de autor Que debe saber usted sobre el derecho de autor
Que debe saber usted sobre el derecho de autor
 
trabajo de Carmen De Leon y Kelys Rodelo
trabajo de Carmen De Leon y  Kelys Rodelotrabajo de Carmen De Leon y  Kelys Rodelo
trabajo de Carmen De Leon y Kelys Rodelo
 
Trabajo presentado por Carmen De Leon Kelys Rodelo
Trabajo presentado por Carmen De Leon Kelys RodeloTrabajo presentado por Carmen De Leon Kelys Rodelo
Trabajo presentado por Carmen De Leon Kelys Rodelo
 
Trabajo presentado por Carmen De Leon y Kelys Rodelo
Trabajo presentado por Carmen De Leon y Kelys RodeloTrabajo presentado por Carmen De Leon y Kelys Rodelo
Trabajo presentado por Carmen De Leon y Kelys Rodelo
 
Ines
InesInes
Ines
 
Niny
NinyNiny
Niny
 
Derecho de autor
Derecho de autorDerecho de autor
Derecho de autor
 
Derecho de autor
Derecho de autor Derecho de autor
Derecho de autor
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Trabajo de informática
Trabajo de informáticaTrabajo de informática
Trabajo de informática
 

Ley federal de derecho de autor

  • 1. Carla, Silverio, Fátima, Julia, Aymara Daniel y Daniela.
  • 2. ¿Qué son los derechos de autor? Una serie de derechos exclusivos otorgados al autor o creador del trabajo original, incluyendo el derecho de copiar, distribuir y hacer adaptaciones al trabajo.
  • 3. ¿Cuántos tipos de derechos de autor existen ? Derechos Patrimoniales Los derechos patrimoniales del autor, hacen referencia a los derechos de explotación económica sobre sus obras y creaciones que tiene el autor. El autor puede disponer según su voluntad de la explotación económica de cualquier obra de su autoría, por tanto, sin la autorización del titular del derecho no es posible de forma legal explotar económicamente una obra. Los derechos patrimoniales se extinguen cien años después de la muerte del autor. Los derechos patrimoniales pueden cederse.
  • 4. Derechos Morales Los derechos morales pretenden proteger la personalidad del creador expresada mediante su obra. El autor posee un derecho de paternidad en virtud del cual se reconoce que es el único que puede presentar la obra como suya. El autor no puede existir sin su obra ni la obra sin su autor.
  • 5. ¿Cuándo nace y cuándo se extingue el derecho de autor? Nace en el mismo momento de su creación, sin que sea necesario que medie un acto de reproducción, comunicación pública, distribución o transformación. Los derechos de autor patrimoniales perduran toda la vida del autor, hasta 100 años después de su muerte. A partir de ese momento, pasan a dominio público y pueden ser utilizados libremente.
  • 6. ¿Puedo ceder mis derechos de autor? Los derechos morales, debido a su carácter personal, el artista NO los puede ceder. Por tanto, el autor siempre será el titular de los mismos. Por ser la obra producto y creación de su autor, los derechos morales no son transferibles, son irrenunciables y no tienen limitación en el tiempo. ALTO Si bien el autor de una obra puede ceder sus derechos patrimoniales, no así sus derechos morales, puesto que aunque el derecho de explotación esté en poder de otra persona, el reconocimiento de la autoría de la obra seguirá en cabeza de quien la ideó y creó.
  • 7. Los derechos patrimoniales, si se podrán ceder, en vida o una vez fallecido, a una tercera persona. Los derechos patrimoniales de autor pueden ser transferidos, ya sea mediante venta, La cesión se deberá hacer por escrito para que tenga validez y sólo se podrá ceder los derechos de explotación y participación sobre obra ya realizada puesto que es nula toda cesión respecto de obras futuras. $ $ $ $ En el caso de la cesión una vez fallecido el artista se debe tener en cuenta que pasados 100 años después de su muerte ya no se podrá explotar la obra.
  • 8. ¿Qué es una manifestación artística y cuáles son? En pocas palabras cualquier tipo de arte llevado al sentimieto es una manifestación artística. Obra Literaria.- Es aquella que es expresada de manera escrita o verbal. Musical, con o sin letra.- Es aquella que es expresada a través de sonidos, que comprenden composiciones musicales de cualquier tipo ya sean sonidos naturales, pasando por música publicitaria (jingles), canciones y operas. Dramática.- Es la integración de palabras expresadas, acompañamientos musicales y actuación interpretada por personajes. Danza.- Es la que se expresa a través de movimientos corporales. Pictórica o de dibujo.- Es aquella que se expresa a través de trazos, pinturas
  • 9. Escultórica y de carácter plástico.- Es la expresada a través de formas tridimensionales. Caricatura e historieta.- Es aquella que se expresa a través de una serie de dibujos que expresan una idea por sí mismos o que su secuencia integra una historia a manera de cuento. Arquitectónica. trazos y dibujos, no de manera particular a los elementos que la constituyen como pueden ser puertas, pisos, etc. Se entiende por obras audiovisuales las expresadas mediante una serie de imágenes asociadas, con o sin sonorización incorporada, que se hacen perceptibles, mediante dispositivos técnicos, produciendo la sensación de movimiento. En esta categoría se incluyen los hologramas.
  • 10. Programas de radio y televisión.- Se entiende que es cualquier obra de derecho de autor que se transmita por medios de radio y/o televisión, en esta categoría se incluyen los podcasts. Programas de cómputo.- Se entiende por programa de computación la expresión original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función instrumento, no tiene movimiento.
  • 11. No son objeto de la protección como derecho de autor las ideas
  • 12. ¿Cuál es la función del Registro Público del Derecho de Autor? Tiene por objeto garantizar la seguridad jurídica de los autores, de los titulares de los derechos conexos y de los titulares de los derechos patrimoniales respectivos y sus causa habientes.
  • 13. ¿Dónde tengo que ir para hacer mi registro? SEP Los trámites se regulan por medio de la secretaría de realizar esto se llama INDAUTOR.
  • 14. ¿Qué pasos tengo que seguir? copia original 1. Preparar dos ejemplares de la obra 2. Llenar formatos 3. Pagar derechos 4. Comprar guía nacional 5. Entregar documentos
  • 15. ¿Por qué me conviene registrar mi obra? Porque se les da una adecuada publicidad a las obras, actos y documentos a través de su inscripción. En las inscripciones se expresará el nombre del autor y, la fecha de su muerte, nacionalidad y domicilio, el título de la obra, la fecha de divulgación.
  • 16. ¿Qué trámites necesito realizar? FORMATO RPDA-01 Primero se necesita llenar el formato RPDA-01 (solicitud de registro Presentar dos ejemplares idénticos de la obra. Efectuar el pago (único) de derechos a través del formato de hoja de pago electrónico, por la cantidad de $198.00 pesos, en cualquier Institución bancaria.
  • 17. ¿Cuál es el plazo de respuesta para el registro? MARZO 1 14 Contado a partir de la recepción de la solicitud 14 días hábiles, en el caso de registro de obra y 14 días hábiles para el registro de contratos, poderes, solicitud de duplicados y antecedentes regístrales . T correspondiente; agotado este término, deberá solicitar su entrega extemporánea.
  • 18. Dominio Público Son todas las obras que no están protegidas, pueden adaptadas, distribuidas, o exhibidas en público. Tanto “LOVE ME DO” como “P.S I LOVE YOU” fueron lanzados en 1962, por lo que la protección de ambas canciones dejó de ser válida el 31 de Dic. del año pasado (2012).
  • 19. Las obras agotadas o que no están ya disponibles para la venta no están, necesariamente, en dominio público. de protección y hay que obtener el permiso de los titulares de los derechos. Una obra entra en dominio público cuando Termina periodo de vigencia No cumple con las condiciones (100 años al fallecimiento del autor). de protección.
  • 20. Ejemplo: Por eso... ¡Yo hice mi propio cuadro! El cuadro llamado “El Grito” de llamado, Edgard Munch. Es una pintura “El grito Rockero” en dominio público por el fallecimiento del autor, y el plazo de protección ya está vencido.
  • 21. Otros ejemplos de la misma obra, y se observa como mucha gente lo utiliza en diferentes aspectos e incluso ya con otra técnica
  • 22. Límites En ciertos casos no constituyen violaciones al dereho de autor cuando: En alguna obra o representación se utilizan sus respectivas citas, incluso en noticias de la actualidad. La utilización de obras literarias y artísticas en tiendas abiertas al público que comercien ejemplares de dichas obras, siempre y cuando no existan cargos de admisión. Cuando en artistas intérpretes, productores de video gramas entre directo.
  • 23. ¿Qué es una infracción administrativa en derechos de autor? Aquella que se presenta como atentatoria de la regulación administrativa de los derechos autorales, realizadas sin fines de lucro directo o indirecto.
  • 24. ¿Cómo puedo saber quién cumple con la ley de derechos? Programar una visita de inspección en los domicilios de las personas o establecimientos. Y son efectuadas tanto por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, como por el Instituto Nacional del Derecho de Autor .
  • 25. ¿Para qué sirve la práctica de visitas de inspección? Sirve para vigilar, comprobar o verificar el debido cumplimiento de la Ley Federal del Derecho de Autor, ante probables infracciones a la ley autoral.
  • 26. ¿Cuál es la infracción que se da al violar alguna ley? De mil hasta 15 mil días de salario mínimo general vigente dependiendo del tipo de infracción. De cinco mil hasta 40 mil días de salario mínimo (para comercios). Multa adicional de hasta quinientos días de salario mínimo por día, a quien persista.
  • 27. ¿De qué manera se establece una tarifa para el pago de regalías? Una tarifa sirve como base para pactar el pago de regalías y se establece mediante la presentación de una solicitud para el procedimiento respectivo.