Pregunta parlamentaria. Legalización de las devoluciones en caliente
05112013 termosolar
1. PARLAMENTO EUROPEO
FICHA DE PRESENTACIÓN DE UNA PREGUNTA PARLAMENTARIA
PREGUNTAS ORALES
ES
PREGUNTAS ESCRITAS
Destinatario:
CONSEJO
COMISIÓN
Destinatario:
PRESIDENTE DEL CONSEJO EUROPEO
CONSEJO
COMISIÓN
VICEPRESIDENTA / ALTA REPRESENTANTE
Pregunta con solicitud de respuesta oral
seguida de debate (art. 115)
Pregunta con solicitud de respuesta
escrita (art. 117)
Pregunta prioritaria (art. 117, apart. 4)
AUTOR(ES):
Francisco Sosa Wagner
ASUNTO:
Impacto en la industria termosolar de la reforma eléctrica en España
(especifíquese)
TEXTO:
El sector eléctrico español es objeto de reforma y se materializará en un gran número de elementos
normativos que se sumarán a otros cambios sustanciales adoptados en la normativa vigente a lo largo de
los últimos dos años. Destaca la imprevisibilidad regulatoria, en muchos casos de carácter retroactivo,
que afecta gravemente al principio de seguridad jurídica. Aunque el alcance es general, el sector de las
energías renovables está objetivamente discriminado ya que el impacto real de las medidas aprobadas ha
recaído en mayor proporción sobre este sector que sobre el convencional. En particular, la Ley 15/2012 y
el Real Decreto Ley 2/2013 afectan particularmente al sector de la industria termo-solar. Las antiguas
condiciones retributivas ya no son de aplicación y el sector desconoce a día de hoy cuáles serán las
nuevas, situación que le lleva a operar sus centrales sin tener elementos ciertos a los que ajustar su
comportamiento. El modelo previsto en la nueva normativa prevé cambiar las tarifas que se aplicaban a
las renovables por un incentivo a la inversión que garantizaría una rentabilidad del 7,5%, no sobre lo
realmente invertido, sino sobre unos hipotéticos costes inversión y de operación estándar que serán
definidos, supuestamente, antes de fin de año por el propio Gobierno.
No es de extrañar por tanto el elevado número de reclamaciones en los tribunales españoles así como en
las sedes de arbitraje internacional de inversores que han visto como se alteraban negativamente las
condiciones por las que decidieron sus inversiones.
Este Diputado entiende que la regulación del sector eléctrico debe contemplarse dentro de la normativa
europea y con escenarios de futuro a medio y a largo plazo; una regulación aislada incumple este
requisito.
Por todo ello pregunto a la Comisión: ¿Es razonable que un Estado Miembro haya puesto en marcha un
proceso de reforma con estas incertidumbres, teniendo además en cuenta los continuos cambios
anteriores? ¿Qué opina sobre el hecho de que la retribución para alcanzar una rentabilidad razonable se
aplique, no sobre lo realmente invertido, sino sobre unas cifras artificiales que podrían estar muy alejadas
de la realidad y que sí sería perfectamente auditable? ¿Piensa la Comisión tomar medidas para que esos
costes estándar se ajusten a la realidad?
Firma(s):
Fecha: