1. Bienes, servicios y operaciones exentas
Se consideran exentos aquellos bienes y servicios
que cumplen con los presupuestos establecidos por
ley como hechos generadores de IVA, se les debe
aplicar la tarifa del (0%).
2. Sinopsis de los bienes y operaciones exentas
sujetas a devolución, dos veces al año.
Es decir, que el contribuyente tendrá que
esperar la oportunidad indicada en la norma y
cumplir los requerimientos propios, para realizar
el proceso de la solicitud de la devolución.
3. Causación
En el caso del IVA nos encontramos ante un
impuesto de carácter instantáneo que se
causa por cada operación sujeta al
gravamen.