SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 5
Descargar para leer sin conexión
1
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Mecanismos de Protección de los
DERECHOS HUMANOS
Por: Kelly Chaib De Mares1
Un ejercicio limitado de los derechos se compadece con el hecho de que no se requiera una violación absoluta del
derecho para que tenga lugar la protección del mismo2
.
A través de los años, tanto a nivel nacional como internacional, se ha desarrollado un conjunto de
instrumentos y mecanismos de defensa de los Derechos Humanos con el fin de asegurar su supremacía
y luchar contra sus violaciones.
Los sistemas de protección de Derechos Humanos, ya sea en el ámbito internacional, regional o
nacional, se componen de los instrumentos adoptados para tal fin, de los órganos cuya función es la
salvaguarda de los mismos y de los mecanismos diseñados para que la persona acuda en búsqueda
del cumplimiento efectivo de sus garantías. En estos mecanismos se establecen garantías primarias
que designan el conjunto de obligaciones y prohibiciones relacionadas con el respeto y la promoción
de Derechos Humanos, y garantías secundarias para designar las obligaciones de reparar o sancionar
judicialmente las lesiones de los derechos.
a. Sistema internacional
Este sistema lo lidera la Organización de Naciones Unidas (ONU), sucesora de la Sociedad de
Naciones, creada en San Francisco, donde se reunieron representantes de 50 Estados en la Con-
ferencia de las Naciones, que entró en vigor el 24 de octubre de 1945.
Respecto a la protección de los Derechos Humanos, la ONU se centra en asegurar el pleno res-
peto de la dignidad humana de los “pueblos” de las Naciones Unidas, por lo cual desarrolla un
rol de conciencia mundial, al establecer normas mínimas de comportamiento de las naciones,
al codificar los derechos humanos e integrándolos al derecho internacional, al vigilar que los
Estados cumplan los tratados relativos a los derechos humanos3
.
Igualmente, la ONU actúa como un centro de control, ya que recibe y canaliza denuncias que
1 Abogada, especialista en Procedimiento Penal Constitucional y Justicia Militar, magister en Seguridad y Defensa Nacionales. Promo-
tora de Derechos Humanos con la Defensoría del Pueblo y conciliadora en derecho. Asesora en Derecho Internacional Humanitario de
las Fuerzas Militares, Investigadora de la Defensoría Militar, y con experiencia docente e investigativa en Derechos Humanos y Derecho
Internacional Humanitario.
2 CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-525, septiembre 18 de 1992, MP. Ciro Angarita Barón.
3 NACIONES UNIDAS, Centro de Información, disponible en: http://www.cinu.org.mx/temas/dh.htm, consultado en agosto de 2009.
2 3
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
se pueden presentar contra los Estados, una vez que hayan agotado todos los recursos jurídicos
internos. También puede proponer sobre la adopción de políticas públicas o como conciliador
mediante el uso de sus buenos oficios para prevenir violaciones notorias de derechos humanos.
Actualmente, existe un marco jurídico de normas relativas a los derechos humanos, elaborado
en el ámbito universal; paralelamente se creó una serie de órganos cuya función esencial es
asegurar que, en el plano internacional, los Estados respeten las normas que han sido promul-
gadas por ellos mismos.
En este sistema adoptado por la mayoría de los Estados, se encuentran diferentes tipos de ins-
trumentos internacionales que consagran derechos y libertades, entre los cuales se encuentra
una decena de Declaraciones de diversa naturaleza y alcance, y más de más de setenta instru-
mentos que tienen carácter jurídicamente obligatorio que poseen una relevante importancia,
de los cuales resulta pertinente mencionar los siguientes:4
•	 Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
•	 Convención para la Prevención y Represión del Crimen de Genocidio (1948)
•	 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951)
•	 Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965)
•	 Pacto Internacional Relativo a los Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos (1976)
•	 Pacto Internacional Relativo a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976)
•	 Convención sobre la Eliminación y la Represión del Crimen de Apartheid (1976)
•	 Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer
(1979)
•	 Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
(1984)
•	 Convención relativa a los Derechos del Niño (1990)
Algunos de los mencionados instrumentos establecen un órgano de control específico para exa-
minar el respeto y la garantía por parte de los Estados a las normas suscritas; por tanto, se han
creado diversas agencias y oficinas de las Naciones Unidas que trabajan dentro de sus áreas
específicas, y en conjunto, en favor de los derechos humanos:5
•	 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNU-
DH): creada en diciembre de 1993 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. El Alto
Comisionado, que tiene el rango de Secretario General Adjunto, se encarga de coordinar
todos los programas de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, además de promover
el respeto universal de todos los derechos humanos, favoreciendo los actos concretos que
demuestren la determinación de la comunidad internacional, como se expresa por medio
4 MARIE, Jean Bernard, Los mecanismos de protección de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, disponible en: http://www.
bibliojuridica.org/libros/4/1839/11.pdf Consultada en agosto de 2009.
5 Ibíd.
de la ONU.
•	 Consejo de Derechos Humanos: creado en 2006 mediante la resolución A/RES/60/251 de la
Asamblea General con el fin de remplazar la Comisión de Derechos Humanos con un organismo
mejororganizadoymásefectivo.Sufinalidadespropiciareldiálogoylacooperaciónenmateria
de derechos humanos; en consecuencia, asiste a los Estados Miembros a cumplir sus obligacio-
nes relacionadas con Derechos Humanos y hace recomendaciones a laAsamblea General para
impulsar un mayor desarrollo del derecho internacional en el campo de los derechos humanos.
Para ello establece diversos mecanismos: el Examen Periódico Universal, a través del cual
se examina la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de las Nacio-
nes Unidas; el método de denuncias que permite que individuos y organizaciones presenten
denuncias sobre violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. El Consejo
de Derechos Humanos continúa trabajando con los procedimientos especiales establecidos
por la extinta comisión y admitidos por el Consejo, tales como los grupos de trabajo y los
relatores especiales, quienes se mantienen en contacto con grupos nacionales y autori-
dades gubernamentales, realizan visitas en el terreno cuando los gobiernos lo permiten y
hacen recomendaciones acerca de cómo fortalecer el respeto de los derechos humanos. De
acuerdo con sus conclusiones le solicita al Gobierno en cuestión que efectúe los cambios
necesarios para llegar a tal fin.
•	 Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF): encargado de proteger y promover
los derechos de los niños de todo el mundo.
•	 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR): presta
atención jurídica y asistencia humanitaria a refugiados y desplazados dentro de sus propios
países y los apoya para el regreso a sus países o territorios de origen cuando las condiciones
son propicias.
•	 Organización Internacional del Trabajo (OIT): promueve y defiende los Derechos Humanos
de los trabajadores, entre los que se encuentran migrantes, mujeres y niños.
•	 Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (UNESCO):
promueve el derecho a la educación y a la conservación de la cultura.
•	 Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): fomenta el desarrollo económi-
co y social que no menoscabe los derechos humanos individuales.
•	 Organización Mundial de la Salud (OMS): promueve el derecho a la salud para todos.
•	 Fondo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y División de las Naciones Unidas para
el Adelanto de la Mujer: promueven la integración de los Derechos Humanos de la mujer
a nivel internacional en diversas áreas, como el empleo, las mujeres refugiadas y la lucha
contra la violencia hacia la mujer.
4 5
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Para el cumplimiento de sus objetivos, las Naciones Unidas cuentan con el apoyo de grupos
civiles constituidos en organizaciones no gubernamentales que trabajan para promover el cum-
plimiento y el respeto de los derechos humanos por parte de los gobiernos; en consecuencia,
constituyen una importante fuente de información.
b. Sistema regional
El sistema mundial de protección se adopta con una estructura similar en diferentes sistemas
regionales: el europeo, el africano y el americano.
Para el caso colombiano, el organismo competente para velar por el cumplimiento de los com-
promisos en materia respeto y garantía de los Derechos es el Sistema Interamericano de Dere-
chos Humanos, un conjunto de instrumentos e instituciones que buscan la promoción y protec-
ción de los Derechos Humanos en el continente americano, que forma parte de la Organización
de Estados Americanos (OEA).
Entre los instrumentos interamericanos referidos a los Derechos Humanos se encuentran:
•	 Carta de la Organización de Estados Americanos
•	 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
•	 Convención Americana sobre Derechos Humanos
•	 Protocolo a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Cultu-
rales “Protocolo de San Salvador”
•	 Protocolo Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte
•	 Convención americana para Prevenir y Sancionar la Tortura
•	 Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas
•	 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
“Convención de Belém do Pará”
•	 Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad
El Sistema Interamericano se compone de dos órganos principales, concebidos especialmente
para la protección y promoción de los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Dere-
chos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana es un órgano autónomo de carácter cuasi judicial que vela por la
protección de los Derechos Humanos, promueve su defensa y observancia. Puede realizar in-
vestigaciones sobre violaciones flagrantes y sistemáticas, hacer recomendaciones a los Estados
sobre la situación de Derechos Humanos, emitir informes anuales y específicos, servir de órgano
consultor de la OEA y tramitar las peticiones o comunicaciones individuales.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial y autónoma que tiene
por objeto la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Tiene la facultad de ejercer competencia contenciosa, mediante la cual analiza una demanda
específica, establece la veracidad de los hechos denunciados y decide si los mismos constitu-
yen una violación a la Convención Americana. Esta competencia se materializa en un proceso
judicial en que se ventilan posiciones contradictorias, finalizando con sentencias y resoluciones
vinculantes, en las que determinan o no la violación al derecho internacional que se denunció.
La Corte, al igual que la Comisión, tiene una competencia consultiva mediante la cual el Tribu-
nal interpreta el derecho internacional.
Los requisitos establecidos para que la Corte conozca un caso son: que se produzca una vio-
lación de un derecho consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos, no estar
pendiente proceso internacional por los mismos hechos, y que se hayan agotado los recursos
internos, a menos que no se le haya permitido a la víctima el acceso a los recursos, se impida
que los mismos se agoten, que en el Estado no haya recursos para proteger ese derecho o que
exista un retardo injustificado en la decisión.
El Sistema Interamericano de Derechos Humanos puede adoptar las medidas de carácter pre-
ventivo para evitar la violación de los Derechos Humanos de una persona o grupo, constituyendo
medidas provisionales o cautelares.
Las medidas cautelares constituyen un mecanismo que posee la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos para solicitar a los Estados Parte que protejan a una o varias personas por
encontrarse en una situación de inminente peligro. Al momento de solicitar este tipo de me-
didas, la pretensión no es la declaración de responsabilidad del Estado, sino que como órgano
internacional, requiera al Estado para que éste tome acciones inmediatas a fin de garantizar la
vida, la integridad y la seguridad de la persona amenazada, ya que las medidas provisionales
que toma la Corte Interamericana son un mecanismo similar cuyo fin es proteger la vida y la
integridad física de una persona que se encuentra en peligro.
Se diferencian en que las medidas cautelares son solicitadas por la Comisión Interamericana,
mientras que las medidas provisionales las solicita directamente la Corte Interamericana. Otra
diferencia que se puede encontrar es que las medidas cautelares puede solicitarlas cualquier
persona en cualquier tiempo, mientras que las medidas provisionales se solicitan por intermedio
de la Comisión Interamericana cuando la Corte está conociendo un caso, o cuando previamente
solicitaron medidas cautelares y no fueron eficaces o fueron rechazadas por el Estado.
c. Sistema Nacional
El Sistema de Protección adoptado por el Estado colombiano tiene por eje el bloque de consti-
tucionalidad y lo conforman los siguientes instrumentos internos:
•	 Tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia y todos los tratados
internacionales en materia de Derecho Internacional Humanitario, aunque no hayan sido
6 7
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
ratificados por el Estado colombiano
•	 Constitución Política de Colombia
•	 Leyes
•	 Decretos reglamentarios
•	 Decretos
•	 Resoluciones
•	 Acuerdos y ordenanzas
El Estado colombiano cuenta con organismos de control, protección y defensa de los Derechos
Humanos que actúan de acuerdo con el marco jurídico descrito. Entre otros, existen la Cor-
te Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, tribunales de justicia,
jueces de circuito, jueces municipales, juzgados promiscuos, comisarías de familia, Fiscalía
General de la Nación, Procuraduría, Defensoría del Pueblo, personerías, jurisdicción electoral,
jurisdicciones indígenas, veeduría ciudadanas, la policía y las fuerzas militares.
Para finalizar la descripción del Sistema Interno, los siguientes son los mecanismos de protec-
ción consagrados en la Constitución y la ley:
•	 Habeas data (tener el dato): mecanismo consagrado en el artículo 15 superior y desarrolla-
do por la Ley 1266 de 2001 para conocer, rectificar y actualizar la información que hay sobre
las personas en los bancos de datos. Tiene una doble naturaleza: pública porque se refiere
a los antecedentes de los ciudadanos, judiciales, penales y disciplinarios, y privada porque
consiste además en los registros de la actividad comercial de personas.
Este mecanismo protege, particularmente, la información relacionada con actividades fi-
nanciera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, ya que
no contempla la protección sobre información contenida en bases de datos que tienen por
finalidad producir la Inteligencia de Estado por parte del Departamento Administrativo de
Seguridad y de la Fuerza Pública, toda vez que en este ámbito priman las necesidades de
seguridad nacional interna y externa del Estado. Asimismo, se excluyen los datos mantenidos
en un ámbito personal o doméstico, y aquellos que circulan internamente, es decir, que no
se suministran a otras personas.
La información de carácter positivo puede permanecer de manera indefinida en los bancos,
mientras que los datos referentes al incumplimiento de obligaciones podrán permanecer
registrados por un término máximo de cuatro años, contados a partir de la fecha en que sea
pagada la obligación vencida.
Cualquier persona titular de la información contenida en alguna de las mencionadas bases
de datos podrán consultarla de forma verbal o escrita. La petición debe ser resuelta en
máximo de diez días hábiles, prorrogables hasta por cinco días igualmente hábiles.
En caso que la información deba ser corregida o actualizada, se hará el reclamo por escrito
al operador del banco de datos, con la identificación del titular, la descripción de los hechos
que dan lugar al reclamo, la dirección de notificación y los documentos de soporte. Esta pe-
tición debe ser resuelta en un término de quince días hábiles, prorrogables hasta por ocho
días. En tanto se resuelve, deberá advertirse en el registro individual que se encuentra en
trámite un reclamo.
Cuando el peticionario no se encuentre satisfecho con la respuesta podrá demandar ante
las autoridades judiciales. Mientras se profiere un fallo en firme, en el registro individual se
hará la salvedad que tal información se encuentra en discusión judicial.
•	 Derecho de petición: mecanismo consagrado en el artículo 23 constitucional y en los artí-
culos 5, 17 y siguientes del Código Contencioso Administrativo, que permite a los particula-
res que realicen solicitudes respetuosas de forma directa a las autoridades públicas o a los
particulares cuando ejercen funciones públicas con el objetivo de obtener una resolución a
la petición.
La solicitud puede ser en interés particular cuando beneficia solo a quien la interpone, o en
interés particular cuando beneficia a la comunidad. Puede consistir en una queja, en una
solicitud de información o en una consulta. En los casos de quejas, las autoridades tienen
15 días hábiles para contestar; en las peticiones de información disponen de 10; y para res-
ponder consultas, de 30 días, igualmente hábiles. Si no responden, podrán ser sancionados.
•	 Habeas corpus (tener el cuerpo): mecanismo que protege el derecho a la libertad, de con-
formidad con lo establecido en los artículos 28, 19 y 30 de la Constitución Política de Co-
lombia. Así, cuando una persona se encuentre privada de la libertad ilegalmente o se haya
prolongado su privación de forma indebida, puede interponer este recurso, el cual debe ser
resuelto por el juez penal en un término 36 horas.
Puede ser ejercido por la persona afectada o por interpuesta persona, ante cualquier auto-
ridad judicial. De comprobarse la privación ilegal, la libertad se ordena inmediatamente y
debe cumplirse en un plazo máximo de 4 horas.
•	 Acción de tutela: este mecanismo se encuentra en el artículo 86 de la Constitución y se re-
gula por los decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382 de 2000. Es la garantía constitucional
específica del derecho de toda persona a la protección judicial de sus derechos de aplicación
inmediata. Esta acción procede cuando el derecho ha sido amenazado o vulnerado, debido a
la acción u omisión de una autoridad pública, y el afectado carece de otro medio de defensa
judicial, salvo que la acción se utilice como mecanismo obligatorio para evitar un perjuicio
irremediable.
De manera excepcional, la tutela procede contra los particulares cuando estos prestan un
servicio público o cuando el afectado es subalterno o se encuentra en estado de indefensión
respecto de el particular.
8 9
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Observatorio de D.I.H.
SV. Francisco Aldemar Franco Zamora
Esta acción se puede ejercer en nombre propio o de la persona interesada, es decir que no
necesita abogado para su ejercicio. En general se presenta por escrito, a menos que el soli-
citante no sepa escribir, sea un niño o una niña o exista urgencia de protección.
El juez debe resolver la acción en 10 días. Para impugnar la decisión debe hacerlo en 3
días hábiles después de notificada la sentencia, para que el superior jerárquico del juez la
confirme, modifique o revoque. Todas las tutelas pasan a la Corte Constitucional para una
eventual revisión.
•	 Acción de cumplimiento: el artículo 87 de la Constitución Política faculta a cualquier per-
sona a interponer ante un juez administrativo este mecanismo para que se obligue a una
autoridad o a un particular, que ejerza funciones públicas, al cumplimiento de una ley. El
término para resolver es de 20 días en primera instancia y de 10 días en segunda instancia.
•	 Acciones populares: establecidas en el artículo 88 superior, de acuerdo con la ley 472 de
1998, pueden ser interpuestas por cualquier persona o entidad con el objetivo de exigir la
protección de los derechos e intereses colectivos, como defensa del consumidor, espacio
público y medio ambiente urbano, competencia desleal, preservación del ambiente rural y
de los recursos naturales renovables.
Su finalidad es evitar un daño, hacer cesar un peligro y restituir las cosas a su estado ante-
rior, cuando el daño o peligro sea ocasionado por las autoridades públicas o los particulares.
La acción se interpone en cualquier tiempo ante un juez administrativo cuando el peligro
de daño provenga de una autoridad pública; en los casos en que provenga de un particular,
el juez competente es el del circuito, quien le dará prevalencia a su trámite, después del
recurso de habeas corpus, de las acciones de tutela y de cumplimiento.
•	 Acción de grupo: también se encuentra en el artículo 88 constitucional, para obtener la
reparación de los daños causados a un número plural de personas. Protege intereses comu-
nes e individuales en relación con el daño que afecta, por lo menos, 20 personas, quienes
pretenden la indemnización por parte de la entidad responsable.
Con este mecanismo se desarrolla el principio de solidaridad del Estado colombiano, toda
vez que debe ser atendido de la manera pronta y efectiva que justifica una actuación judi-
cial conjunta de los afectados.
Esta acción puede ejercerse también por un grupo de personas, siempre que reúnan los men-
cionaos requisitos, y sea ejercida dentro de los 2 años siguientes a la ocurrencia del hecho
que produjo el daño.
•	 Acciones públicas dirigidas a la protección de la Constitución y del orden jurídico: la
acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, para demandar una norma que
contraría la Constitución; la acción de nulidad ante jueces administrativos o el Consejo de
Estado, para demandar un acto administrativo que contraría la Ley o la Constitución; o la
acción de nulidad y restablecimiento del derecho, igualmente ante los jueces administrati-
vos, que además de la nulidad del acto busca indemnización.
•	 Protección judicial de los derechos: como lo consagra el artículo 89 de la Constitución
Política y de acuerdo con los mecanismos establecidos por la ley: la acción penal, que
procede contra particulares o autoridades públicas que realicen conductas que constituyen
un delito; la acción de reparación directa, para la reparación de un daño causado por un
hecho o una omisión del Estado.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ensayo sobre los derechos humanos
Ensayo sobre los derechos humanosEnsayo sobre los derechos humanos
Ensayo sobre los derechos humanosJenny Rivera
 
Denominaciones de los Derechos Humanos
Denominaciones de los Derechos HumanosDenominaciones de los Derechos Humanos
Denominaciones de los Derechos Humanosalvarocastillo2014
 
36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)
36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)
36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)george_younce
 
Los derechos humanos en méxico y su protección
Los derechos humanos en méxico y su protecciónLos derechos humanos en méxico y su protección
Los derechos humanos en méxico y su protecciónLiliana Castellanos Campos
 
Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002
Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002
Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002Harold Nicolás
 
Derechos humanos en colombia
Derechos humanos en colombiaDerechos humanos en colombia
Derechos humanos en colombiadas asd
 
Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...
Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...
Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...duranfrans
 
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOSHISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOSDaniela González H
 
Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.
Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.
Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.Yeimi Lorena
 
Aspectos del desarrollo histórico de los derechos humanos
Aspectos del desarrollo histórico de los derechos humanosAspectos del desarrollo histórico de los derechos humanos
Aspectos del desarrollo histórico de los derechos humanosIchaos
 
Época Contemporánea / Derechos Humanos
Época Contemporánea / Derechos HumanosÉpoca Contemporánea / Derechos Humanos
Época Contemporánea / Derechos HumanosMonica Díaz
 
Orígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El Salvador
Orígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El SalvadorOrígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El Salvador
Orígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El SalvadorElizabeth_30
 
Derechos humanos gema...
Derechos humanos gema...Derechos humanos gema...
Derechos humanos gema...M.Amparo
 

La actualidad más candente (20)

Los Derechos Humanos
Los Derechos HumanosLos Derechos Humanos
Los Derechos Humanos
 
Ensayo sobre los derechos humanos
Ensayo sobre los derechos humanosEnsayo sobre los derechos humanos
Ensayo sobre los derechos humanos
 
DDHH chile
DDHH chileDDHH chile
DDHH chile
 
DD.HH: Derechos Humanos.
DD.HH: Derechos Humanos.DD.HH: Derechos Humanos.
DD.HH: Derechos Humanos.
 
Denominaciones de los Derechos Humanos
Denominaciones de los Derechos HumanosDenominaciones de los Derechos Humanos
Denominaciones de los Derechos Humanos
 
36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)
36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)
36097945 ensayo-de-los-derechos-humanos (1)
 
Los derechos humanos en méxico y su protección
Los derechos humanos en méxico y su protecciónLos derechos humanos en méxico y su protección
Los derechos humanos en méxico y su protección
 
Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002
Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002
Actividad #2 - Derechos Humanos - Harold Nicolás Pinilla Naranjo 1002
 
Conceptos características derechos h
Conceptos características derechos hConceptos características derechos h
Conceptos características derechos h
 
Tema#9 zapandí.pptx
Tema#9 zapandí.pptxTema#9 zapandí.pptx
Tema#9 zapandí.pptx
 
Derechos humanos en colombia
Derechos humanos en colombiaDerechos humanos en colombia
Derechos humanos en colombia
 
Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...
Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...
Los derechos humanos surgieron por personas que se vieron violados sus derech...
 
Necesidad de los derechos humanos
Necesidad de los derechos humanosNecesidad de los derechos humanos
Necesidad de los derechos humanos
 
2014 derechos humanos completo
2014 derechos humanos completo2014 derechos humanos completo
2014 derechos humanos completo
 
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOSHISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS
HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS
 
Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.
Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.
Trabajo de investigación sobre los DH en Colombia.
 
Aspectos del desarrollo histórico de los derechos humanos
Aspectos del desarrollo histórico de los derechos humanosAspectos del desarrollo histórico de los derechos humanos
Aspectos del desarrollo histórico de los derechos humanos
 
Época Contemporánea / Derechos Humanos
Época Contemporánea / Derechos HumanosÉpoca Contemporánea / Derechos Humanos
Época Contemporánea / Derechos Humanos
 
Orígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El Salvador
Orígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El SalvadorOrígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El Salvador
Orígenes y desarrollo de los Derechos Humanos y vigencia practica en El Salvador
 
Derechos humanos gema...
Derechos humanos gema...Derechos humanos gema...
Derechos humanos gema...
 

Destacado

Mecanismos de Derechos Humanos
Mecanismos de Derechos HumanosMecanismos de Derechos Humanos
Mecanismos de Derechos Humanoscronopio48
 
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificadoTema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificadoFmorin84
 
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechosMecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechosJuan Quiceno A
 
Mecanismos De Proteccion
Mecanismos De ProteccionMecanismos De Proteccion
Mecanismos De ProteccionJuliana
 
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanosMecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanosDANNY199901
 
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanosMecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanosDANNY199901
 
Mecanismos de protección de los derechos humanos
Mecanismos de protección de los derechos humanosMecanismos de protección de los derechos humanos
Mecanismos de protección de los derechos humanosAgustinasole
 
Los derechos humanos y los mecanismos de defensa
Los derechos humanos y los mecanismos de defensaLos derechos humanos y los mecanismos de defensa
Los derechos humanos y los mecanismos de defensasanti605
 
Mecanismos de protección a los derechos fundamentales
Mecanismos de protección a los derechos fundamentalesMecanismos de protección a los derechos fundamentales
Mecanismos de protección a los derechos fundamentalescasadelvocal
 

Destacado (12)

Mecanismos de Derechos Humanos
Mecanismos de Derechos HumanosMecanismos de Derechos Humanos
Mecanismos de Derechos Humanos
 
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificadoTema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
 
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechosMecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
Mecanismos de participación ciudadana y de proteccion de los derechos
 
Mecanismos De Proteccion
Mecanismos De ProteccionMecanismos De Proteccion
Mecanismos De Proteccion
 
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanosMecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanos
 
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanosMecanismos para la proteccion de los derechos humanos
Mecanismos para la proteccion de los derechos humanos
 
Mecanismos de protección ciudadana
Mecanismos de protección ciudadanaMecanismos de protección ciudadana
Mecanismos de protección ciudadana
 
Mecanismos de protección de los derechos humanos
Mecanismos de protección de los derechos humanosMecanismos de protección de los derechos humanos
Mecanismos de protección de los derechos humanos
 
Los derechos humanos y los mecanismos de defensa
Los derechos humanos y los mecanismos de defensaLos derechos humanos y los mecanismos de defensa
Los derechos humanos y los mecanismos de defensa
 
Mecanismos de protección a los derechos fundamentales
Mecanismos de protección a los derechos fundamentalesMecanismos de protección a los derechos fundamentales
Mecanismos de protección a los derechos fundamentales
 
Mecanismos de protección de los derechos humanos en colombia
Mecanismos de protección de los derechos humanos en colombiaMecanismos de protección de los derechos humanos en colombia
Mecanismos de protección de los derechos humanos en colombia
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 

Similar a Mecanismos de protección ddhh

derechos humanos y derecho humanitario
derechos humanos y derecho humanitarioderechos humanos y derecho humanitario
derechos humanos y derecho humanitarioIrving Garrido Lastra
 
Legislación que protege los derechos humanos
Legislación que protege los derechos humanosLegislación que protege los derechos humanos
Legislación que protege los derechos humanoslilly4928
 
Sistema Universal de los Derechos Humanos
Sistema Universal de los Derechos HumanosSistema Universal de los Derechos Humanos
Sistema Universal de los Derechos Humanosfatimaosiris
 
CONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdvaCONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdvaMenfis Alvarez
 
Villa Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdf
Villa Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdfVilla Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdf
Villa Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdfAnaliaVentura3
 
DPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al 14Abril.pptx
DPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al  14Abril.pptxDPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al  14Abril.pptx
DPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al 14Abril.pptxLiuLiangyu
 
Saludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdf
Saludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdfSaludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdf
Saludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdfemyl891
 
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptx
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptxPRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptx
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptxOsitoPestaas
 
Cívica Tema 1.pdf
Cívica Tema 1.pdfCívica Tema 1.pdf
Cívica Tema 1.pdfJulioZela
 
Conferencia Internacional sobre los Derechos Humanos
Conferencia Internacional sobre los Derechos HumanosConferencia Internacional sobre los Derechos Humanos
Conferencia Internacional sobre los Derechos Humanosguestcfb92fa
 

Similar a Mecanismos de protección ddhh (20)

derechos humanos y derecho humanitario
derechos humanos y derecho humanitarioderechos humanos y derecho humanitario
derechos humanos y derecho humanitario
 
DERECHOS HUMANOS.docx
DERECHOS HUMANOS.docxDERECHOS HUMANOS.docx
DERECHOS HUMANOS.docx
 
Legislación que protege los derechos humanos
Legislación que protege los derechos humanosLegislación que protege los derechos humanos
Legislación que protege los derechos humanos
 
Sistema Universal de los Derechos Humanos
Sistema Universal de los Derechos HumanosSistema Universal de los Derechos Humanos
Sistema Universal de los Derechos Humanos
 
DEBERES Y DERECHOS
DEBERES Y DERECHOSDEBERES Y DERECHOS
DEBERES Y DERECHOS
 
DERECHOS Y DEBERES
DERECHOS Y DEBERES DERECHOS Y DEBERES
DERECHOS Y DEBERES
 
SISTEMA IDH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
SISTEMA IDH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)SISTEMA IDH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
SISTEMA IDH (DIPLOMADO FUNDES MÓDULO IV)
 
CONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdvaCONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdva
 
Ensayando
EnsayandoEnsayando
Ensayando
 
Villa Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdf
Villa Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdfVilla Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdf
Villa Quintana - Mecanismos Internacional de Proteccion DH.pdf
 
DPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al 14Abril.pptx
DPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al  14Abril.pptxDPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al  14Abril.pptx
DPCC 3º-sesion 2_Unidad 1 del 10 al 14Abril.pptx
 
Crimes de Odio MDVA
Crimes de Odio  MDVACrimes de Odio  MDVA
Crimes de Odio MDVA
 
Saludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdf
Saludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdfSaludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdf
Saludmentalperuanodddeeeeeeeeeee2024.pdf
 
ORGANIZACIONES DERECHOS HUMANOS.
ORGANIZACIONES DERECHOS HUMANOS.ORGANIZACIONES DERECHOS HUMANOS.
ORGANIZACIONES DERECHOS HUMANOS.
 
Onu
OnuOnu
Onu
 
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptx
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptxPRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptx
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS (1).pptx
 
Cívica Tema 1.pdf
Cívica Tema 1.pdfCívica Tema 1.pdf
Cívica Tema 1.pdf
 
Los Derechos Humanos
Los Derechos HumanosLos Derechos Humanos
Los Derechos Humanos
 
A12008
A12008A12008
A12008
 
Conferencia Internacional sobre los Derechos Humanos
Conferencia Internacional sobre los Derechos HumanosConferencia Internacional sobre los Derechos Humanos
Conferencia Internacional sobre los Derechos Humanos
 

Último

LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxdanalikcruz2000
 
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIATRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIAAbelardoVelaAlbrecht1
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfvictorbeltuce
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Baker Publishing Company
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024IES Vicent Andres Estelles
 
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativaplan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativafiorelachuctaya2
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxMapyMerma1
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMALVOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMALEDUCCUniversidadCatl
 

Último (20)

LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptxLINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
LINEAMIENTOS INICIO DEL AÑO LECTIVO 2024-2025.pptx
 
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIATRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
TRIPTICO-SISTEMA-MUSCULAR. PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
LA ECUACIÓN DEL NÚMERO PI EN LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE PARÍS. Por JAVIER SOLIS ...
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
 
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdfLa Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
La Trampa De La Felicidad. Russ-Harris.pdf
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
 
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativaplan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
plan-de-trabajo-colegiado en una institucion educativa
 
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptxProcesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
Procesos Didácticos en Educación Inicial .pptx
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMALVOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
VOLUMEN 1 COLECCION PRODUCCION BOVINA . SERIE SANIDAD ANIMAL
 

Mecanismos de protección ddhh

  • 1. 1 Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Mecanismos de Protección de los DERECHOS HUMANOS Por: Kelly Chaib De Mares1 Un ejercicio limitado de los derechos se compadece con el hecho de que no se requiera una violación absoluta del derecho para que tenga lugar la protección del mismo2 . A través de los años, tanto a nivel nacional como internacional, se ha desarrollado un conjunto de instrumentos y mecanismos de defensa de los Derechos Humanos con el fin de asegurar su supremacía y luchar contra sus violaciones. Los sistemas de protección de Derechos Humanos, ya sea en el ámbito internacional, regional o nacional, se componen de los instrumentos adoptados para tal fin, de los órganos cuya función es la salvaguarda de los mismos y de los mecanismos diseñados para que la persona acuda en búsqueda del cumplimiento efectivo de sus garantías. En estos mecanismos se establecen garantías primarias que designan el conjunto de obligaciones y prohibiciones relacionadas con el respeto y la promoción de Derechos Humanos, y garantías secundarias para designar las obligaciones de reparar o sancionar judicialmente las lesiones de los derechos. a. Sistema internacional Este sistema lo lidera la Organización de Naciones Unidas (ONU), sucesora de la Sociedad de Naciones, creada en San Francisco, donde se reunieron representantes de 50 Estados en la Con- ferencia de las Naciones, que entró en vigor el 24 de octubre de 1945. Respecto a la protección de los Derechos Humanos, la ONU se centra en asegurar el pleno res- peto de la dignidad humana de los “pueblos” de las Naciones Unidas, por lo cual desarrolla un rol de conciencia mundial, al establecer normas mínimas de comportamiento de las naciones, al codificar los derechos humanos e integrándolos al derecho internacional, al vigilar que los Estados cumplan los tratados relativos a los derechos humanos3 . Igualmente, la ONU actúa como un centro de control, ya que recibe y canaliza denuncias que 1 Abogada, especialista en Procedimiento Penal Constitucional y Justicia Militar, magister en Seguridad y Defensa Nacionales. Promo- tora de Derechos Humanos con la Defensoría del Pueblo y conciliadora en derecho. Asesora en Derecho Internacional Humanitario de las Fuerzas Militares, Investigadora de la Defensoría Militar, y con experiencia docente e investigativa en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 2 CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-525, septiembre 18 de 1992, MP. Ciro Angarita Barón. 3 NACIONES UNIDAS, Centro de Información, disponible en: http://www.cinu.org.mx/temas/dh.htm, consultado en agosto de 2009.
  • 2. 2 3 Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora se pueden presentar contra los Estados, una vez que hayan agotado todos los recursos jurídicos internos. También puede proponer sobre la adopción de políticas públicas o como conciliador mediante el uso de sus buenos oficios para prevenir violaciones notorias de derechos humanos. Actualmente, existe un marco jurídico de normas relativas a los derechos humanos, elaborado en el ámbito universal; paralelamente se creó una serie de órganos cuya función esencial es asegurar que, en el plano internacional, los Estados respeten las normas que han sido promul- gadas por ellos mismos. En este sistema adoptado por la mayoría de los Estados, se encuentran diferentes tipos de ins- trumentos internacionales que consagran derechos y libertades, entre los cuales se encuentra una decena de Declaraciones de diversa naturaleza y alcance, y más de más de setenta instru- mentos que tienen carácter jurídicamente obligatorio que poseen una relevante importancia, de los cuales resulta pertinente mencionar los siguientes:4 • Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) • Convención para la Prevención y Represión del Crimen de Genocidio (1948) • Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) • Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965) • Pacto Internacional Relativo a los Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos (1976) • Pacto Internacional Relativo a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1976) • Convención sobre la Eliminación y la Represión del Crimen de Apartheid (1976) • Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) • Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984) • Convención relativa a los Derechos del Niño (1990) Algunos de los mencionados instrumentos establecen un órgano de control específico para exa- minar el respeto y la garantía por parte de los Estados a las normas suscritas; por tanto, se han creado diversas agencias y oficinas de las Naciones Unidas que trabajan dentro de sus áreas específicas, y en conjunto, en favor de los derechos humanos:5 • Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNU- DH): creada en diciembre de 1993 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. El Alto Comisionado, que tiene el rango de Secretario General Adjunto, se encarga de coordinar todos los programas de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, además de promover el respeto universal de todos los derechos humanos, favoreciendo los actos concretos que demuestren la determinación de la comunidad internacional, como se expresa por medio 4 MARIE, Jean Bernard, Los mecanismos de protección de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, disponible en: http://www. bibliojuridica.org/libros/4/1839/11.pdf Consultada en agosto de 2009. 5 Ibíd. de la ONU. • Consejo de Derechos Humanos: creado en 2006 mediante la resolución A/RES/60/251 de la Asamblea General con el fin de remplazar la Comisión de Derechos Humanos con un organismo mejororganizadoymásefectivo.Sufinalidadespropiciareldiálogoylacooperaciónenmateria de derechos humanos; en consecuencia, asiste a los Estados Miembros a cumplir sus obligacio- nes relacionadas con Derechos Humanos y hace recomendaciones a laAsamblea General para impulsar un mayor desarrollo del derecho internacional en el campo de los derechos humanos. Para ello establece diversos mecanismos: el Examen Periódico Universal, a través del cual se examina la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de las Nacio- nes Unidas; el método de denuncias que permite que individuos y organizaciones presenten denuncias sobre violaciones de los derechos humanos a la atención del Consejo. El Consejo de Derechos Humanos continúa trabajando con los procedimientos especiales establecidos por la extinta comisión y admitidos por el Consejo, tales como los grupos de trabajo y los relatores especiales, quienes se mantienen en contacto con grupos nacionales y autori- dades gubernamentales, realizan visitas en el terreno cuando los gobiernos lo permiten y hacen recomendaciones acerca de cómo fortalecer el respeto de los derechos humanos. De acuerdo con sus conclusiones le solicita al Gobierno en cuestión que efectúe los cambios necesarios para llegar a tal fin. • Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF): encargado de proteger y promover los derechos de los niños de todo el mundo. • Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR): presta atención jurídica y asistencia humanitaria a refugiados y desplazados dentro de sus propios países y los apoya para el regreso a sus países o territorios de origen cuando las condiciones son propicias. • Organización Internacional del Trabajo (OIT): promueve y defiende los Derechos Humanos de los trabajadores, entre los que se encuentran migrantes, mujeres y niños. • Organización de las Naciones Unidas para la Ciencia, la Educación y la Cultura (UNESCO): promueve el derecho a la educación y a la conservación de la cultura. • Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): fomenta el desarrollo económi- co y social que no menoscabe los derechos humanos individuales. • Organización Mundial de la Salud (OMS): promueve el derecho a la salud para todos. • Fondo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) y División de las Naciones Unidas para el Adelanto de la Mujer: promueven la integración de los Derechos Humanos de la mujer a nivel internacional en diversas áreas, como el empleo, las mujeres refugiadas y la lucha contra la violencia hacia la mujer.
  • 3. 4 5 Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Para el cumplimiento de sus objetivos, las Naciones Unidas cuentan con el apoyo de grupos civiles constituidos en organizaciones no gubernamentales que trabajan para promover el cum- plimiento y el respeto de los derechos humanos por parte de los gobiernos; en consecuencia, constituyen una importante fuente de información. b. Sistema regional El sistema mundial de protección se adopta con una estructura similar en diferentes sistemas regionales: el europeo, el africano y el americano. Para el caso colombiano, el organismo competente para velar por el cumplimiento de los com- promisos en materia respeto y garantía de los Derechos es el Sistema Interamericano de Dere- chos Humanos, un conjunto de instrumentos e instituciones que buscan la promoción y protec- ción de los Derechos Humanos en el continente americano, que forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA). Entre los instrumentos interamericanos referidos a los Derechos Humanos se encuentran: • Carta de la Organización de Estados Americanos • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre • Convención Americana sobre Derechos Humanos • Protocolo a la Convención Americana en materia de Derechos Económicos, Sociales y Cultu- rales “Protocolo de San Salvador” • Protocolo Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte • Convención americana para Prevenir y Sancionar la Tortura • Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” • Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad El Sistema Interamericano se compone de dos órganos principales, concebidos especialmente para la protección y promoción de los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Dere- chos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La Comisión Interamericana es un órgano autónomo de carácter cuasi judicial que vela por la protección de los Derechos Humanos, promueve su defensa y observancia. Puede realizar in- vestigaciones sobre violaciones flagrantes y sistemáticas, hacer recomendaciones a los Estados sobre la situación de Derechos Humanos, emitir informes anuales y específicos, servir de órgano consultor de la OEA y tramitar las peticiones o comunicaciones individuales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos es una institución judicial y autónoma que tiene por objeto la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Tiene la facultad de ejercer competencia contenciosa, mediante la cual analiza una demanda específica, establece la veracidad de los hechos denunciados y decide si los mismos constitu- yen una violación a la Convención Americana. Esta competencia se materializa en un proceso judicial en que se ventilan posiciones contradictorias, finalizando con sentencias y resoluciones vinculantes, en las que determinan o no la violación al derecho internacional que se denunció. La Corte, al igual que la Comisión, tiene una competencia consultiva mediante la cual el Tribu- nal interpreta el derecho internacional. Los requisitos establecidos para que la Corte conozca un caso son: que se produzca una vio- lación de un derecho consagrado en la Convención Americana de Derechos Humanos, no estar pendiente proceso internacional por los mismos hechos, y que se hayan agotado los recursos internos, a menos que no se le haya permitido a la víctima el acceso a los recursos, se impida que los mismos se agoten, que en el Estado no haya recursos para proteger ese derecho o que exista un retardo injustificado en la decisión. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos puede adoptar las medidas de carácter pre- ventivo para evitar la violación de los Derechos Humanos de una persona o grupo, constituyendo medidas provisionales o cautelares. Las medidas cautelares constituyen un mecanismo que posee la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para solicitar a los Estados Parte que protejan a una o varias personas por encontrarse en una situación de inminente peligro. Al momento de solicitar este tipo de me- didas, la pretensión no es la declaración de responsabilidad del Estado, sino que como órgano internacional, requiera al Estado para que éste tome acciones inmediatas a fin de garantizar la vida, la integridad y la seguridad de la persona amenazada, ya que las medidas provisionales que toma la Corte Interamericana son un mecanismo similar cuyo fin es proteger la vida y la integridad física de una persona que se encuentra en peligro. Se diferencian en que las medidas cautelares son solicitadas por la Comisión Interamericana, mientras que las medidas provisionales las solicita directamente la Corte Interamericana. Otra diferencia que se puede encontrar es que las medidas cautelares puede solicitarlas cualquier persona en cualquier tiempo, mientras que las medidas provisionales se solicitan por intermedio de la Comisión Interamericana cuando la Corte está conociendo un caso, o cuando previamente solicitaron medidas cautelares y no fueron eficaces o fueron rechazadas por el Estado. c. Sistema Nacional El Sistema de Protección adoptado por el Estado colombiano tiene por eje el bloque de consti- tucionalidad y lo conforman los siguientes instrumentos internos: • Tratados internacionales de Derechos Humanos ratificados por Colombia y todos los tratados internacionales en materia de Derecho Internacional Humanitario, aunque no hayan sido
  • 4. 6 7 Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora ratificados por el Estado colombiano • Constitución Política de Colombia • Leyes • Decretos reglamentarios • Decretos • Resoluciones • Acuerdos y ordenanzas El Estado colombiano cuenta con organismos de control, protección y defensa de los Derechos Humanos que actúan de acuerdo con el marco jurídico descrito. Entre otros, existen la Cor- te Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, tribunales de justicia, jueces de circuito, jueces municipales, juzgados promiscuos, comisarías de familia, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría, Defensoría del Pueblo, personerías, jurisdicción electoral, jurisdicciones indígenas, veeduría ciudadanas, la policía y las fuerzas militares. Para finalizar la descripción del Sistema Interno, los siguientes son los mecanismos de protec- ción consagrados en la Constitución y la ley: • Habeas data (tener el dato): mecanismo consagrado en el artículo 15 superior y desarrolla- do por la Ley 1266 de 2001 para conocer, rectificar y actualizar la información que hay sobre las personas en los bancos de datos. Tiene una doble naturaleza: pública porque se refiere a los antecedentes de los ciudadanos, judiciales, penales y disciplinarios, y privada porque consiste además en los registros de la actividad comercial de personas. Este mecanismo protege, particularmente, la información relacionada con actividades fi- nanciera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, ya que no contempla la protección sobre información contenida en bases de datos que tienen por finalidad producir la Inteligencia de Estado por parte del Departamento Administrativo de Seguridad y de la Fuerza Pública, toda vez que en este ámbito priman las necesidades de seguridad nacional interna y externa del Estado. Asimismo, se excluyen los datos mantenidos en un ámbito personal o doméstico, y aquellos que circulan internamente, es decir, que no se suministran a otras personas. La información de carácter positivo puede permanecer de manera indefinida en los bancos, mientras que los datos referentes al incumplimiento de obligaciones podrán permanecer registrados por un término máximo de cuatro años, contados a partir de la fecha en que sea pagada la obligación vencida. Cualquier persona titular de la información contenida en alguna de las mencionadas bases de datos podrán consultarla de forma verbal o escrita. La petición debe ser resuelta en máximo de diez días hábiles, prorrogables hasta por cinco días igualmente hábiles. En caso que la información deba ser corregida o actualizada, se hará el reclamo por escrito al operador del banco de datos, con la identificación del titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección de notificación y los documentos de soporte. Esta pe- tición debe ser resuelta en un término de quince días hábiles, prorrogables hasta por ocho días. En tanto se resuelve, deberá advertirse en el registro individual que se encuentra en trámite un reclamo. Cuando el peticionario no se encuentre satisfecho con la respuesta podrá demandar ante las autoridades judiciales. Mientras se profiere un fallo en firme, en el registro individual se hará la salvedad que tal información se encuentra en discusión judicial. • Derecho de petición: mecanismo consagrado en el artículo 23 constitucional y en los artí- culos 5, 17 y siguientes del Código Contencioso Administrativo, que permite a los particula- res que realicen solicitudes respetuosas de forma directa a las autoridades públicas o a los particulares cuando ejercen funciones públicas con el objetivo de obtener una resolución a la petición. La solicitud puede ser en interés particular cuando beneficia solo a quien la interpone, o en interés particular cuando beneficia a la comunidad. Puede consistir en una queja, en una solicitud de información o en una consulta. En los casos de quejas, las autoridades tienen 15 días hábiles para contestar; en las peticiones de información disponen de 10; y para res- ponder consultas, de 30 días, igualmente hábiles. Si no responden, podrán ser sancionados. • Habeas corpus (tener el cuerpo): mecanismo que protege el derecho a la libertad, de con- formidad con lo establecido en los artículos 28, 19 y 30 de la Constitución Política de Co- lombia. Así, cuando una persona se encuentre privada de la libertad ilegalmente o se haya prolongado su privación de forma indebida, puede interponer este recurso, el cual debe ser resuelto por el juez penal en un término 36 horas. Puede ser ejercido por la persona afectada o por interpuesta persona, ante cualquier auto- ridad judicial. De comprobarse la privación ilegal, la libertad se ordena inmediatamente y debe cumplirse en un plazo máximo de 4 horas. • Acción de tutela: este mecanismo se encuentra en el artículo 86 de la Constitución y se re- gula por los decretos 2591 de 1991, 306 de 1992 y 1382 de 2000. Es la garantía constitucional específica del derecho de toda persona a la protección judicial de sus derechos de aplicación inmediata. Esta acción procede cuando el derecho ha sido amenazado o vulnerado, debido a la acción u omisión de una autoridad pública, y el afectado carece de otro medio de defensa judicial, salvo que la acción se utilice como mecanismo obligatorio para evitar un perjuicio irremediable. De manera excepcional, la tutela procede contra los particulares cuando estos prestan un servicio público o cuando el afectado es subalterno o se encuentra en estado de indefensión respecto de el particular.
  • 5. 8 9 Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Observatorio de D.I.H. SV. Francisco Aldemar Franco Zamora Esta acción se puede ejercer en nombre propio o de la persona interesada, es decir que no necesita abogado para su ejercicio. En general se presenta por escrito, a menos que el soli- citante no sepa escribir, sea un niño o una niña o exista urgencia de protección. El juez debe resolver la acción en 10 días. Para impugnar la decisión debe hacerlo en 3 días hábiles después de notificada la sentencia, para que el superior jerárquico del juez la confirme, modifique o revoque. Todas las tutelas pasan a la Corte Constitucional para una eventual revisión. • Acción de cumplimiento: el artículo 87 de la Constitución Política faculta a cualquier per- sona a interponer ante un juez administrativo este mecanismo para que se obligue a una autoridad o a un particular, que ejerza funciones públicas, al cumplimiento de una ley. El término para resolver es de 20 días en primera instancia y de 10 días en segunda instancia. • Acciones populares: establecidas en el artículo 88 superior, de acuerdo con la ley 472 de 1998, pueden ser interpuestas por cualquier persona o entidad con el objetivo de exigir la protección de los derechos e intereses colectivos, como defensa del consumidor, espacio público y medio ambiente urbano, competencia desleal, preservación del ambiente rural y de los recursos naturales renovables. Su finalidad es evitar un daño, hacer cesar un peligro y restituir las cosas a su estado ante- rior, cuando el daño o peligro sea ocasionado por las autoridades públicas o los particulares. La acción se interpone en cualquier tiempo ante un juez administrativo cuando el peligro de daño provenga de una autoridad pública; en los casos en que provenga de un particular, el juez competente es el del circuito, quien le dará prevalencia a su trámite, después del recurso de habeas corpus, de las acciones de tutela y de cumplimiento. • Acción de grupo: también se encuentra en el artículo 88 constitucional, para obtener la reparación de los daños causados a un número plural de personas. Protege intereses comu- nes e individuales en relación con el daño que afecta, por lo menos, 20 personas, quienes pretenden la indemnización por parte de la entidad responsable. Con este mecanismo se desarrolla el principio de solidaridad del Estado colombiano, toda vez que debe ser atendido de la manera pronta y efectiva que justifica una actuación judi- cial conjunta de los afectados. Esta acción puede ejercerse también por un grupo de personas, siempre que reúnan los men- cionaos requisitos, y sea ejercida dentro de los 2 años siguientes a la ocurrencia del hecho que produjo el daño. • Acciones públicas dirigidas a la protección de la Constitución y del orden jurídico: la acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, para demandar una norma que contraría la Constitución; la acción de nulidad ante jueces administrativos o el Consejo de Estado, para demandar un acto administrativo que contraría la Ley o la Constitución; o la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, igualmente ante los jueces administrati- vos, que además de la nulidad del acto busca indemnización. • Protección judicial de los derechos: como lo consagra el artículo 89 de la Constitución Política y de acuerdo con los mecanismos establecidos por la ley: la acción penal, que procede contra particulares o autoridades públicas que realicen conductas que constituyen un delito; la acción de reparación directa, para la reparación de un daño causado por un hecho o una omisión del Estado.