En la primera mitad del siglo XX, numerosas constituciones ampliaron el ámbito de los derechos humanos para incluir los derechos económicos, sociales y culturales. Después de la Segunda Guerra Mundial, los derechos humanos se incorporaron progresivamente en instrumentos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. También se desarrolló un sistema internacional para la protección de los derechos humanos con órganos especializados.
1. 2.5 Época Contemporánea
Universidad Autónoma del Estado de México
Facultad de Enfermería y Obstetricia
Unidad de Aprendizaje: Derechos Humanos
2. En la primera mitad del siglo XX, numerosas constituciones ampliaron el
ámbito de los Derechos Humanos, que se incluyen los derechos económicos,
sociales y culturales.
Algunas de estas constituciones fueron:
ᴥ La constitución de México de 1917
ᴥLas de Weimar en 1919
ᴥDe España en 1931
ᴥDe la URSS en 1936
3. Después de la segunda guerra mundial, la evolución de los derechos humanos consideró
distintos rasgos:
₰ Su progresiva incorporación en el plano internacional.
₰ El nacimiento de los grandes instrumentos multinacionales como:
• La Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre de la OEA (10/12/1948)
•La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada en el marco de la ONU
(10/12/1948)
•Los Pactos de Derechos Civiles y Políticos; Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, ambos de la ONU (1966)
4. •La Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades
Fundamentales (1950)
•La Convención Americana de Derechos Humanos: Pacto De San José de la OEA
(1969)
5. ₰ El desarrollo de un sistema de protección de los derechos humanos en el
nivel internacional, con procedimientos y órganos especiales encargados
de velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones aceptadas
internacionalmente por los estados.
₰ La regla de la igualdad se va afirmando después de grandes luchas contra
la discriminación.
₰ Los derechos humanos se extienden a los pueblos, dando pie al
nacimiento de los derechos llamados de la tercera generación de los
pueblos, o de solidaridad, tales como el derecho a la paz, al desarrollo y al
medio ambiente.
6. ₰ Los derechos humanos de han constituido en una “Conciencia moral de la humanidad”
y, en consecuencia, no pueden ser abolidos, sino respetados y defendidos con la certeza
de su pleno conocimiento.
7. ₰ Los derechos humanos de han constituido en una “Conciencia moral de la humanidad”
y, en consecuencia, no pueden ser abolidos, sino respetados y defendidos con la certeza
de su pleno conocimiento.