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Ley General De Cultura
                    LEY 397 DE 1997


                                         Diana Firavitova
                                             Jorge Cediel.
                                      Javier A. cubillos B.



Semestre XI
Admon. Turístico Y Hotelero
TITULO I
    Principios fundamentales y definiciones

   Artículo 1º




                   1. Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales,
                  intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que
                    comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos
                                    humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias.
TITULO I
Principios fundamentales y definiciones




       2. La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la
 nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto,
  como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos.
     Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la
                                                      cultura colombianas.
   3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades
culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y
variedad cultural de la Nación colombiana.




            4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido
                       ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales.




             5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el
                                                       Patrimonio Cultural de la Nación.

                 TITULO I
 Principios fundamentales y definiciones
TITULO I
    Principios fundamentales y definiciones

         6. El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades
             negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar,
           enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el
         conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse
    de una educación que asegure estos derechos. El Estado colombiano reconoce la
                         especificidad de la cultura caribe y
                  brindara especial protección a sus diversas expresiones.




El Estado protegerá el castellano como idioma oficial de Colombia
TITULO I
    Principios fundamentales y definiciones
8. El Desarrollo Económico Y Social


                                            9. El respeto de los derechos humanos, la
              Ejecución                   convivencia, la solidaridad, la interculturalidad,
                                            el pluralismo y la tolerancia son valores
                                           culturales fundamentales y base esencial de
    Cultural, científico y tecnológico.                 una cultura de paz.



El Plan Nacional
                      Recursos públicos
 de Desarrollo

                                          10. El Estado garantizará la libre investigación.
TITULO I
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                                             12. El Estado promoverá
11. El Estado fomentará la
                                             la interacción de la cultura
  creación, ampliación y
                                             nacional con la cultura
      adecuación de
infraestructura artística y                  universal.
 cultural y garantizará el
    acceso de todos los
 colombianos a la misma.         13. formular su política cultural




                                     Creador, Al Gestor, Receptor



                              Garantizándola accesibilidad a todos colombiano
                              Hasta, los limitados físicamente.
TITULO I
          Principios fundamentales y definiciones

       Artículo 2º
                                                      Artículo 3º
   Del papel del Estado “Cultura”
                                       El Ministerio de Cultura coordinará la
                                       acción del Estado para la formación del
Las funciones y         cumplirán en
                                       nuevo ciudadano según lo establecido
los servicios           conformidad
                                       por los artículos 1º al 18 de la Ley 188
                                       de 1995, Plan Nacional de Desarrollo.

             Objetivo

     preservación del Patrimonio
        Cultural de la Nación



         El Apoyo y el estímulo
TITULO II
                  Patrimonio cultural de la Nación
                                     Integración del patrimonio cultural
      Artículo 4°                   de la Nación. El patrimonio
                                     cultural de la Nación


   Bienes materiales                    Manifestaciones inmateriales                Productos       Representaciones Culturales.




                                            Expresión de la nacionalidad colombiana




                        Régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación

Parágrafo. Se reconoce el derecho de las iglesias y confesiones religiosas de ser
propietarias del patrimonio cultural que hayan creado, adquirido con sus recursos
o que estén bajo su legítima posesión
TITULO II
               Patrimonio cultural de la Nación

     Artículo 5°. Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación.

                                                                - Políticas generales
                                  Ministerio de Cultura         - Dictará normas técnicas




                               Coordinado por



Régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación

                                                                    El Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación
                                                                    está constituido por el conjunto de instancias públicas del
                                                                    nivel nacional y territorial que ejercen competencias sobre
                                                                    el patrimonio cultural de la Nación.
TITULO II
                      Patrimonio cultural de la Nación

         Patrimonio Arqueológico – Articulo 6,7,8 Y 9
        Toda Persona que encuentre restos arqueológicos, debe avisar a las autoridades, no en
         un tiempo mayor de 24 horas, después del hallazgo. Artículo 9º


                                  Artículo 7° Consejo Nacional de Patrimonio Cultural.


El Consejo de Monumentos Nacionales                        Consejo Nacional de Patrimonio Cultura

                                                                             7. El Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos.
1. El Ministro de Cultura
                                                                             8. Un representante de las Universidades Departamentos encargados
2. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
                                                                             9. Tres (3) expertos distinguidos en el ámbito de la salvaguardia o
3. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 4. El Decano   conservación
de la Facultad de Artes de la Universidad Nacional de Colombia               10. El Director del Instituto Colombiano de Antropología e Historia
5. El Presidente de la Academia Colombiana de Historia.                      11. El Director del Instituto Caro y Cuervo o su delegado.
6. El Presidente de la Academia Colombiana de la Lengua                      12. El Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura, Nacional de
                                                                             Patrimonio Cultural.
TITULO II
                Patrimonio cultural de la Nación

      Artículo 11. Régimen Especial de Protección de los bienes de interés cultural


Plan Especial de Manejo y Protección        Bien de interés cultural             El Plan Especial de Manejo y Protección.



                                                                                  Registro de Instrumentos Públicos



                                                                              Planes Especiales de Manejo y Protección



                                                              Plan de Manejo Arqueológico          Prevalencia de las normas
                                                                                                      sobre conservación

                                                                       2 del artículo 10 y 4° del artículo 28 de la Ley 388 de 1997
TITULO II
         Patrimonio cultural de la Nación



   constituyen faltas administrativas y/o disciplinarias.
Exportar desde el territorio aduanero nacional bienes de interés cultural sin
Autorización. “(500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.” Art,15




   De cumplimiento sobre los bienes de interés cultural – Demandar. Art,16
GRACIAS…

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Ley general de cultura clase 1

  • 1. Ley General De Cultura LEY 397 DE 1997 Diana Firavitova Jorge Cediel. Javier A. cubillos B. Semestre XI Admon. Turístico Y Hotelero
  • 2. TITULO I Principios fundamentales y definiciones  Artículo 1º 1. Cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias.
  • 3. TITULO I Principios fundamentales y definiciones  2. La cultura, en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombianas.
  • 4. 3. El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana.  4. En ningún caso el Estado ejercerá censura sobre la forma y el contenido ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales. 5. Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación. TITULO I Principios fundamentales y definiciones
  • 5. TITULO I Principios fundamentales y definiciones  6. El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos. El Estado colombiano reconoce la especificidad de la cultura caribe y brindara especial protección a sus diversas expresiones. El Estado protegerá el castellano como idioma oficial de Colombia
  • 6. TITULO I Principios fundamentales y definiciones 8. El Desarrollo Económico Y Social 9. El respeto de los derechos humanos, la Ejecución convivencia, la solidaridad, la interculturalidad, el pluralismo y la tolerancia son valores culturales fundamentales y base esencial de Cultural, científico y tecnológico. una cultura de paz. El Plan Nacional Recursos públicos de Desarrollo 10. El Estado garantizará la libre investigación.
  • 7. TITULO I Principios fundamentales y definiciones 12. El Estado promoverá 11. El Estado fomentará la la interacción de la cultura creación, ampliación y nacional con la cultura adecuación de infraestructura artística y universal. cultural y garantizará el acceso de todos los colombianos a la misma. 13. formular su política cultural Creador, Al Gestor, Receptor Garantizándola accesibilidad a todos colombiano Hasta, los limitados físicamente.
  • 8. TITULO I Principios fundamentales y definiciones  Artículo 2º  Artículo 3º Del papel del Estado “Cultura” El Ministerio de Cultura coordinará la acción del Estado para la formación del Las funciones y cumplirán en nuevo ciudadano según lo establecido los servicios conformidad por los artículos 1º al 18 de la Ley 188 de 1995, Plan Nacional de Desarrollo. Objetivo preservación del Patrimonio Cultural de la Nación El Apoyo y el estímulo
  • 9. TITULO II Patrimonio cultural de la Nación Integración del patrimonio cultural  Artículo 4° de la Nación. El patrimonio cultural de la Nación Bienes materiales Manifestaciones inmateriales Productos Representaciones Culturales. Expresión de la nacionalidad colombiana Régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación Parágrafo. Se reconoce el derecho de las iglesias y confesiones religiosas de ser propietarias del patrimonio cultural que hayan creado, adquirido con sus recursos o que estén bajo su legítima posesión
  • 10. TITULO II Patrimonio cultural de la Nación  Artículo 5°. Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación. - Políticas generales Ministerio de Cultura - Dictará normas técnicas Coordinado por Régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación El Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación está constituido por el conjunto de instancias públicas del nivel nacional y territorial que ejercen competencias sobre el patrimonio cultural de la Nación.
  • 11. TITULO II Patrimonio cultural de la Nación  Patrimonio Arqueológico – Articulo 6,7,8 Y 9  Toda Persona que encuentre restos arqueológicos, debe avisar a las autoridades, no en un tiempo mayor de 24 horas, después del hallazgo. Artículo 9º Artículo 7° Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. El Consejo de Monumentos Nacionales Consejo Nacional de Patrimonio Cultura 7. El Presidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos. 1. El Ministro de Cultura 8. Un representante de las Universidades Departamentos encargados 2. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo 9. Tres (3) expertos distinguidos en el ámbito de la salvaguardia o 3. El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial 4. El Decano conservación de la Facultad de Artes de la Universidad Nacional de Colombia 10. El Director del Instituto Colombiano de Antropología e Historia 5. El Presidente de la Academia Colombiana de Historia. 11. El Director del Instituto Caro y Cuervo o su delegado. 6. El Presidente de la Academia Colombiana de la Lengua 12. El Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura, Nacional de Patrimonio Cultural.
  • 12. TITULO II Patrimonio cultural de la Nación  Artículo 11. Régimen Especial de Protección de los bienes de interés cultural Plan Especial de Manejo y Protección Bien de interés cultural El Plan Especial de Manejo y Protección. Registro de Instrumentos Públicos Planes Especiales de Manejo y Protección Plan de Manejo Arqueológico Prevalencia de las normas sobre conservación 2 del artículo 10 y 4° del artículo 28 de la Ley 388 de 1997
  • 13. TITULO II Patrimonio cultural de la Nación  constituyen faltas administrativas y/o disciplinarias. Exportar desde el territorio aduanero nacional bienes de interés cultural sin Autorización. “(500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.” Art,15  De cumplimiento sobre los bienes de interés cultural – Demandar. Art,16