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BENEMÉRITA UNIVERSIDAD
   AUTÓNOMA DE PUEBLA



    Licenciatura en Derecho




     Ensayo “CLONACIÓN”


             DHTIC


Alumna. Martha Yadira Gámez Cortés




        Segundo semestre


                              Marzo 2012
Introducción.

      La clonación humana como tema para un ensayo a entregar en la materia

de DHTIC es dirigido a la población estudiantil universitaria. Pues es de suma

importancia que los alumnos de la licenciatura en derecho conozcan acerca de

este tema, pues se debe hacer énfasis en que el Derecho y la medicina junto con

la ciencia y tecnología van de la mano, pues estas dos últimas disciplinas influyen

mucho en la vida de los seres humanos. De hecho la vida humana gira en torno a

lo que estas disciplinas descubran o mejoren.


Debe considerarse si la clonación humana es benéfica o perjudicial para la vida de

los seres humanos, pues deben defenderse las posturas en contra y a favor de

este descubrimiento ya que para muchos autores la clonación es benéfica pues

reduciría la deformidades en los seres humanos pero para muchos más autores

en perjudicial pues establecen que traería consigo una serie de problemas

psicológicos en los seres humanos.


En el Derecho se debe regular y sobre todo se debe participar en tema ya que

dicha disciplina se encarga o tiene por objetivo el orden entre la sociedad, pero

también se interesa por proteger la integridad del hombre y este tema se impartirá

mas en el ámbito jurídico y moral para analizar los beneficios y perjuicios de la

clonación humana, para con ello determinar si nuestra postura es a favor o en

contra.
Desarrollo


      La clonación es un tipo de reproducción asexuada, que en su forma más

rudimentaria, se conoce desde antiguo en el ámbito vegetal, con la práctica de las

denominadas "estacas", que consiste en el plantado de un gajo del vegetal a

copiar, con vistas a obtener una planta distinta, pero genéticamente idéntica a la

de origen. Es bien conocida esta práctica en numerosas y variadas especies

vegetales, desde frutillas hasta álamos. También hay especies animales, entre las

más simples, como las unicelulares, que sólo se reproducen por división.


La clonación se fundamenta en que todas las células del cuerpo humano, salvo

los gametos, contienen la totalidad de la información genética de un individuo. Tal

información es empleada por esta técnica con los fines de engendrar un ser

autónomo y distinto, pero genéticamente idéntico al de origen.


En la reunión anual de la Asociación de EU para el Avance de la Ciencia, el

científico británico Ion Wilmut, quien dirigió la clonación de la oveja "Dolly", pidió

que no se prohibiera legalmente este tipo de investigación, ya que puede ser muy

útil para la medicina, y reiteró su oposición a la clonación de seres humanos.


Señaló que con este tipo de prácticas serían de gran ayuda para tratar la

infertilidad y algunas enfermedades tales como la distrofia muscular o el Parkinson
Podrían beneficiarse claramente de la investigación con tecnología de clonación

pero que quede muy lejos la de clonación de un ser humano1


    La duplicación de seres humanos es éticamente criticada debido a que no se

respeta el sentido de la sexualidad humana y de una gran característica que nos

diferencia de los demás seres: que somos únicos e irrepetibles.


    En la clonación de seres humanos se prescinde de gametos, es decir,

proveniente de cada una de las células masculinas y femeninas cuya unión

durante la fecundación da origen al huevo o a una nueva vida. Con este

procedimiento, ya sea también en la fecundación en vitro, se esta substituyendo el

acto de amor de los padres por una acto técnico de un tercero, que es quien da el

empujón inicial a la nueva vida. En estos casos se estaría presente a una

producción humana y no ante una procreación humana.


    No es éticamente aceptado que las personas sean rebajadas a cosas, creadas

por un tercero bajo la condición de objeto fabricado en serie, como si fuera un

producto. Es por ello que este fenómeno provoca un gran rechazo en el ámbito

mundial.


    El ser humano debe ser protegido para salvaguardar la integridad de la especie

como valor en sí mismo y la dignidad de cada uno de sus miembros, ya que posee

una identidad genética específica y su personalidad no puede reducirse

únicamente a características genéticas y ser tratado como un objeto.



1
    http://www.ambiente-ecologico.com/revist55/caroli55.htm
Un estudio realizado en 1979 por Edwards y Steptoe observaron que el porcentaje

de nacimientos por intentos de fertilización in Vitro es de 4 % y de nacimientos por

laparoscopias intentadas para la recogida de óvulos es de 2,9 %. En ese mismo

año Schlesselman en un estudio de riesgo concluye que del 40 o 50 % de los

embriones humanos transferidos e implantados con éxito pueden tener una

anormalidad cromosómicas que les lleve a la muerte antes del nacimiento y otro

estudio realizado por Biggers sobre la técnica de súper-ovulación coincide con el

estudio anterior y la aparición de otras malformaciones.2


El proyecto de la “clonación humana” es una terrible consecuencia a la que lleva

una ciencia sin valores y es signo del profundo malestar de nuestra civilización,

que busca en la ciencia, en la técnica y en la “calidad de vida” sucedáneos al

sentido         de      la     vida      y      a     la     salvación          de   la   existencia.

La proclamación de la “muerte de Dios” con la vana esperanza de un

“superhombre”, conlleva un resultado claro: la “muerte del hombre”. En efecto, no

debe olvidarse que el hombre, negando su condición de criatura, más que exaltar

su libertad, genera nuevas formas de esclavitud, nuevas discriminaciones, nuevos

y profundos sufrimientos. La clonación puede llegar a ser la trágica parodia de la

omnipotencia de Dios. El hombre, ha quien Dios ha confiado todo lo creado

dándole libertad e inteligencia, no encuentra en su acción solamente los límites

impuestos por la imposibilidad práctica, sino que él mismo, en su descreimiento

entre el bien y el mal, del saber trazar sus propios confines. Una vez más, el

hombre debe elegir: tiene que decidir entre transformar la tecnología en un


2
    http://es.catholic.net/sexualidadybioetica/347/1647/articulo.php?id=26927
instrumento de liberación o convertirse en su esclavo introduciendo nuevas formas

de violencia y sufrimiento.


Aspectos jurídicos.


El mundo científico ha pedido una legislación tendiente a evitar que se lleve a

cabo la práctica de esta técnica.


       Frente a esta preocupación a nivel mundial no existe una legislación

apropiada para esta clase de experimentos. Actualmente, lo vigente en varios

países es la prohibición a la manipulación de embriones, pero ninguna ley

contempla el tema de la clonación. Como es el caso de Alemania con la Ley 13 de

diciembre de 1990. Por su parte la ley española de 1988 prohíbe la creación de

seres humanos idénticos. Otro ejemplo es la ley británica del 1° de noviembre de

1990 que se limita a prohibir la transferencia del núcleo de una célula a un

embrión, pero no dice nada respecto a la técnica de la clonación.


Estás legislaciones sientan un precedente para la protección del ser humano pero

no son suficientes. Por tal razón, diversos gobiernos u organismos internacionales

con gran premura deciden tomar medidas de prohibición a esta práctica científica.


Es verdad que el elemento genético no lo es todo en la constitución de la

personalidad, ya que también se incluyen en ella otros elementos como: el

sicológico, espiritual, cultural, ideológico, religioso y político. Estos elementos son

los que, en conjunto, perfilan el ser en sí mismo, diferente a los demás. No

obstante, el elemento biológico no deja ser menos o más importante.
Al decirse "derecho a la propia identidad genética", no entendamos el adjetivo

"propio" como un derecho de propiedad en su sentido técnico jurídico. La razón

es que el cuerpo humano no pertenece a la persona sino que es la persona

misma.
Conclusión.


      Como ya mencione la clonación es la manipulación de los genes, pero

debemos tener en cuenta que la clonación no se puede llevar a cabo como tal,

pues ya con las bases fundamentadas anteriormente nos damos cuenta que la

clonación humana va en contra de la integridad de la personalidad del ser

humano, y debido a esto, no solo se puede autorizar la clonación por las

disposiciones o conveniencias    de la   ciencia y la tecnología, pues estas dos

disciplinas no tomaran en cuenta las repercusiones que causaran, pues su

ideología es experimentar y si no funciona arreglarlo con otro experimento.


El derecho siendo una disciplina que está a disposición del bienestar del ser

humano debe ver más allá de lo indicado y es por eso que concluimos que la

clonación humana no puede llevarse a cabo debido a que atentaría en contra de

los derechos de la personalidad y sobre todo iría en contra de los derecho

universales del hombre, pues como ya sabemos, todo hombre es único e

irrepetible. Y la cuestión no solo se queda ahí, sino que también se debe tomar en

cuenta que no pueden clonar los sentimientos de una persona y el hecho de que

un individuo este frente a un ser igual sin ser gemelos podría ocasionar un

trastorno muy grande.


Por eso debe regularse primeramente las medidas aplicadas en este fenómeno

llamado clonación humana.

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Clonación humana ensayo

  • 1. BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA Licenciatura en Derecho Ensayo “CLONACIÓN” DHTIC Alumna. Martha Yadira Gámez Cortés Segundo semestre Marzo 2012
  • 2. Introducción. La clonación humana como tema para un ensayo a entregar en la materia de DHTIC es dirigido a la población estudiantil universitaria. Pues es de suma importancia que los alumnos de la licenciatura en derecho conozcan acerca de este tema, pues se debe hacer énfasis en que el Derecho y la medicina junto con la ciencia y tecnología van de la mano, pues estas dos últimas disciplinas influyen mucho en la vida de los seres humanos. De hecho la vida humana gira en torno a lo que estas disciplinas descubran o mejoren. Debe considerarse si la clonación humana es benéfica o perjudicial para la vida de los seres humanos, pues deben defenderse las posturas en contra y a favor de este descubrimiento ya que para muchos autores la clonación es benéfica pues reduciría la deformidades en los seres humanos pero para muchos más autores en perjudicial pues establecen que traería consigo una serie de problemas psicológicos en los seres humanos. En el Derecho se debe regular y sobre todo se debe participar en tema ya que dicha disciplina se encarga o tiene por objetivo el orden entre la sociedad, pero también se interesa por proteger la integridad del hombre y este tema se impartirá mas en el ámbito jurídico y moral para analizar los beneficios y perjuicios de la clonación humana, para con ello determinar si nuestra postura es a favor o en contra.
  • 3. Desarrollo La clonación es un tipo de reproducción asexuada, que en su forma más rudimentaria, se conoce desde antiguo en el ámbito vegetal, con la práctica de las denominadas "estacas", que consiste en el plantado de un gajo del vegetal a copiar, con vistas a obtener una planta distinta, pero genéticamente idéntica a la de origen. Es bien conocida esta práctica en numerosas y variadas especies vegetales, desde frutillas hasta álamos. También hay especies animales, entre las más simples, como las unicelulares, que sólo se reproducen por división. La clonación se fundamenta en que todas las células del cuerpo humano, salvo los gametos, contienen la totalidad de la información genética de un individuo. Tal información es empleada por esta técnica con los fines de engendrar un ser autónomo y distinto, pero genéticamente idéntico al de origen. En la reunión anual de la Asociación de EU para el Avance de la Ciencia, el científico británico Ion Wilmut, quien dirigió la clonación de la oveja "Dolly", pidió que no se prohibiera legalmente este tipo de investigación, ya que puede ser muy útil para la medicina, y reiteró su oposición a la clonación de seres humanos. Señaló que con este tipo de prácticas serían de gran ayuda para tratar la infertilidad y algunas enfermedades tales como la distrofia muscular o el Parkinson
  • 4. Podrían beneficiarse claramente de la investigación con tecnología de clonación pero que quede muy lejos la de clonación de un ser humano1 La duplicación de seres humanos es éticamente criticada debido a que no se respeta el sentido de la sexualidad humana y de una gran característica que nos diferencia de los demás seres: que somos únicos e irrepetibles. En la clonación de seres humanos se prescinde de gametos, es decir, proveniente de cada una de las células masculinas y femeninas cuya unión durante la fecundación da origen al huevo o a una nueva vida. Con este procedimiento, ya sea también en la fecundación en vitro, se esta substituyendo el acto de amor de los padres por una acto técnico de un tercero, que es quien da el empujón inicial a la nueva vida. En estos casos se estaría presente a una producción humana y no ante una procreación humana. No es éticamente aceptado que las personas sean rebajadas a cosas, creadas por un tercero bajo la condición de objeto fabricado en serie, como si fuera un producto. Es por ello que este fenómeno provoca un gran rechazo en el ámbito mundial. El ser humano debe ser protegido para salvaguardar la integridad de la especie como valor en sí mismo y la dignidad de cada uno de sus miembros, ya que posee una identidad genética específica y su personalidad no puede reducirse únicamente a características genéticas y ser tratado como un objeto. 1 http://www.ambiente-ecologico.com/revist55/caroli55.htm
  • 5. Un estudio realizado en 1979 por Edwards y Steptoe observaron que el porcentaje de nacimientos por intentos de fertilización in Vitro es de 4 % y de nacimientos por laparoscopias intentadas para la recogida de óvulos es de 2,9 %. En ese mismo año Schlesselman en un estudio de riesgo concluye que del 40 o 50 % de los embriones humanos transferidos e implantados con éxito pueden tener una anormalidad cromosómicas que les lleve a la muerte antes del nacimiento y otro estudio realizado por Biggers sobre la técnica de súper-ovulación coincide con el estudio anterior y la aparición de otras malformaciones.2 El proyecto de la “clonación humana” es una terrible consecuencia a la que lleva una ciencia sin valores y es signo del profundo malestar de nuestra civilización, que busca en la ciencia, en la técnica y en la “calidad de vida” sucedáneos al sentido de la vida y a la salvación de la existencia. La proclamación de la “muerte de Dios” con la vana esperanza de un “superhombre”, conlleva un resultado claro: la “muerte del hombre”. En efecto, no debe olvidarse que el hombre, negando su condición de criatura, más que exaltar su libertad, genera nuevas formas de esclavitud, nuevas discriminaciones, nuevos y profundos sufrimientos. La clonación puede llegar a ser la trágica parodia de la omnipotencia de Dios. El hombre, ha quien Dios ha confiado todo lo creado dándole libertad e inteligencia, no encuentra en su acción solamente los límites impuestos por la imposibilidad práctica, sino que él mismo, en su descreimiento entre el bien y el mal, del saber trazar sus propios confines. Una vez más, el hombre debe elegir: tiene que decidir entre transformar la tecnología en un 2 http://es.catholic.net/sexualidadybioetica/347/1647/articulo.php?id=26927
  • 6. instrumento de liberación o convertirse en su esclavo introduciendo nuevas formas de violencia y sufrimiento. Aspectos jurídicos. El mundo científico ha pedido una legislación tendiente a evitar que se lleve a cabo la práctica de esta técnica. Frente a esta preocupación a nivel mundial no existe una legislación apropiada para esta clase de experimentos. Actualmente, lo vigente en varios países es la prohibición a la manipulación de embriones, pero ninguna ley contempla el tema de la clonación. Como es el caso de Alemania con la Ley 13 de diciembre de 1990. Por su parte la ley española de 1988 prohíbe la creación de seres humanos idénticos. Otro ejemplo es la ley británica del 1° de noviembre de 1990 que se limita a prohibir la transferencia del núcleo de una célula a un embrión, pero no dice nada respecto a la técnica de la clonación. Estás legislaciones sientan un precedente para la protección del ser humano pero no son suficientes. Por tal razón, diversos gobiernos u organismos internacionales con gran premura deciden tomar medidas de prohibición a esta práctica científica. Es verdad que el elemento genético no lo es todo en la constitución de la personalidad, ya que también se incluyen en ella otros elementos como: el sicológico, espiritual, cultural, ideológico, religioso y político. Estos elementos son los que, en conjunto, perfilan el ser en sí mismo, diferente a los demás. No obstante, el elemento biológico no deja ser menos o más importante.
  • 7. Al decirse "derecho a la propia identidad genética", no entendamos el adjetivo "propio" como un derecho de propiedad en su sentido técnico jurídico. La razón es que el cuerpo humano no pertenece a la persona sino que es la persona misma.
  • 8. Conclusión. Como ya mencione la clonación es la manipulación de los genes, pero debemos tener en cuenta que la clonación no se puede llevar a cabo como tal, pues ya con las bases fundamentadas anteriormente nos damos cuenta que la clonación humana va en contra de la integridad de la personalidad del ser humano, y debido a esto, no solo se puede autorizar la clonación por las disposiciones o conveniencias de la ciencia y la tecnología, pues estas dos disciplinas no tomaran en cuenta las repercusiones que causaran, pues su ideología es experimentar y si no funciona arreglarlo con otro experimento. El derecho siendo una disciplina que está a disposición del bienestar del ser humano debe ver más allá de lo indicado y es por eso que concluimos que la clonación humana no puede llevarse a cabo debido a que atentaría en contra de los derechos de la personalidad y sobre todo iría en contra de los derecho universales del hombre, pues como ya sabemos, todo hombre es único e irrepetible. Y la cuestión no solo se queda ahí, sino que también se debe tomar en cuenta que no pueden clonar los sentimientos de una persona y el hecho de que un individuo este frente a un ser igual sin ser gemelos podría ocasionar un trastorno muy grande. Por eso debe regularse primeramente las medidas aplicadas en este fenómeno llamado clonación humana.