Algunos fallos alevosía, ensañamiento y premeditación
Absolucion abuso sexual hector correa
1. Individualización de Audiencia de lectura de sentencia..
Fecha Puente Alto., tres de enero de dos mil siete
Magistrado ALESSANDRA TUBINO TASSARA
Fiscal MICHAEL FLORES
Defensor JUAN GO MEZ CONCHA
Hora inicio 05:30PM
Hora termino 05:35PM
Sala sala 1
Tribunal TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL PUENTE ALTO
RUC 0500466992-6
RIT 63 - 2006
Actuaciones efectuadas
0500466992-6-1322-070103-03-01- Anuncio Sentencia Rit 63-2006
0500466992-6-1322-070103-03-02- Sentencia
Lectura de sentencia.:
RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor
0500466992-6 63-2006 RELACIONES.: - -
CORREA TORRES
HECTOR ENRIQUE /
PARTICIPANTES.: - -
Denunciante. -
MINISTERIO
PUBLICO
PARTICIPANTES.: - -
Denunciado. - CORREA
TORRES HECTOR
ENRIQUE
PARTICIPANTES.: - -
Fiscal. - GENERICO
TRIBUNAL 1236
FISCAL
PARTICIPANTES.: - -
Fiscal. - FLORES
ALVAREZ MICHAEL
PARTICIPANTES.: - -
Fiscal. - HERRERA
HOYUELA RODOLFO
ALEJANDRO
PARTICIPANTES.: - -
Defensor. - GOMEZ
CONCHA JUAN
PABLO
PARTICIPANTES.: - -
Abogado patrocinante. -
MIRES BARRUETO
CRISTIAN
2. CAUSA.: - -
R.U.C=0500466992-6
R.U.I.=63-2006
0500264409-8-1322-070103-02-02- Sentencia
0500264409-8-1322-070103-02-02- Sentencia
Dirigió la audiencia y resolvió – ALESSANDRA TUBINO TASSARA
3. R.U.C.: 0500466992-6
R.I.T.: 63-2006
Puente Alto, tres de enero dos mil siete.-
VISTOS:
Que, con fechas veintisiete, veintiocho, y veintinueve de diciembre de dos mil seis, ante esta Sala
Única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, presidida por la juez Marcela Patricia Erazo
Rivera, e integrada por los magistrados Juan Patricio Madrid Pozas, ambos subrogando legalmente, y
Alessandra Tubino Tassara, se llevó a efecto, la audiencia de juicio oral seguido en contra de Héctor
Enrique Correa Torres, chileno, 43 años de edad, Cédula Nacional de Identidad N° 9.928.252-5,
minero, domiciliado en Campamento Minero El Volcán, casa N° 14, comuna de San José de Maipo,
Región Metropolitana, y actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto.
Sostuvo la acusación el Ministerio Público, con domicilio en calle Irarrázabal Nº 0283, Puente
Alto, representado por los Fiscales Michael Flores Álvarez y Rodolfo Herrera Hoyuelas. A ella, adhirió
como querellante el Servicio Nacional de Menores, representado por el abogado señor Cristián Mires
Barrueto, con domicilio en calle Huérfanos Nº 587, oficina 503, Santiago.
La Defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público, abogado Juan Pablo Gómez
Concha, domiciliado en calle José Luis Coo Nº 0998, Puente Alto.
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, de acuerdo al auto de apertura de juicio oral, la acusación fiscal es del siguiente
tenor:
Hecho N° 1:
“En fechas indeterminadas durante los meses de agosto y septiembre del año 2005, al interior
del inmueble ubicado en Campamento El Volcán, Calle Mustafá, casa N° 14, comuna de San José de
Maipo, domicilio del grupo familiar de la víctima menor de edad de iniciales T.A.C.S. nacida el 10 de
diciembre del año 1990, el acusado HÉCTOR ENRIQUE CORREA TORRES, padre de la afectada,
procedió reiteradamente a efectuar a ésta diversos actos de significación sexual y de relevancia
jurídica, mediante contacto corporal con la víctima, consistentes en besar a la víctima en la boca, vagina
y demás partes de su cuerpo y a efectuarle con sus manos tocaciones impúdicas en los pechos, vagina y
trasero, además de tratar de penetrarla con su pene vaginalmente. Todas estas acciones sexuales las
desplegaba el imputado valiéndose de amenazas que formulaba en contra de la víctima, las cuales
consistían en que si ella contaba estos hechos a terceros atentaría contra la vida de su madre doña
María Santibáñez Pino, cónyuge del imputado”.
Hecho N° 2:
“Que en una fecha indeterminada durante el mes de julio del año 2005, al interior del inmueble
ubicado en Campamento El Volcán, Calle Mustafá, casa N° 14, comuna de San José de Maipo, domicilio
del grupo familiar de la víctima menor de edad de iniciales P.W.C.S. nacida el 07 de octubre del año
1988, el acusado HÉCTOR ENRIQUE CORREA TORRES, padre de la afectada, procedió a realizarle
a ésta diversos actos de significación sexual y de relevancia jurídica, mediante contacto corporal
4. consistentes en tocaciones impúdicas que el imputado realizó con sus manos en los pechos y vagina de la
víctima. Todas estas acciones sexuales las desplegaba el acusado abusando de la relación de
dependencia de la victima, hija del agresor, quién estaba encargado de la custodia, educación y cuidado
de la afectada menor de edad”.
Estima la Fiscalía que los hechos descritos bajo el acápite de Hecho N° 1, son constitutivos del
delito de abuso sexual reiterado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 366, inciso 1°, del Código
Penal, en relación a los artículos 361 N° 1 y 351, ambos preceptos del mismo cuerpo normativo, en grado
de consumado, correspondiéndole al encartado participación en calidad de autor. Por su parte, los hechos
signados en el numeral segundo, configuran el delito de abuso sexual, previsto y sancionado en el artículo
366, inciso 2°, del Código Penal, relacionado con el artículo 363 N° 2 del mismo código, en grado de
consumado, y cometido por el acusado en calidad de autor.
Respecto de las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el órgano persecutor
señala en su libelo acusatorio, que en el hecho N° 1, perjudica al encartado, la agravante de
responsabilidad penal prevista en el artículo 13 del Código Penal, requiriendo respecto de este ilícito, que
se condene al acusado a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, las penas accesorias
establecidas en el artículo 28 del Código Penal, la pena accesoria prevista en el artículo 370 Bis del
Código Penal, y la pena accesoria del artículo 372 inciso primero del Código Penal. Asimismo se solicita,
la pena del artículo 372, inciso segundo del Código Penal, y la expresa condena en costas del acusado.
Por su parte, y en lo que atañe al hecho signado en el N° 2, solicita se imponga a Héctor Correa
Torres, la pena de la pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, las penas accesorias
establecidas en el artículo 29 del Código Penal, la pena accesoria prevista en el artículo 370 bis del
Código Penal, la pena accesoria del artículo 372 inciso primero del Código Penal y, finalmente, la pena
accesoria del artículo 372, inciso segundo del Código Penal, con expresa condena en costas.
Segundo: En su alegato de inicio, la Fiscalía indica que quedará de manifiesto en el presente
juicio, el efecto que provoca en nuestra sociedad la falta de eficiencia y oportunidad de la justicia, pues el
acusado, durante la vigencia del sistema procesal penal antiguo, fue sometido a proceso por hechos de
similares características, pero al poco tiempo recobró su libertad, retomando así su senda delictiva,
atacando, ahora, a sus hijas menores de edad en su propia casa y mientras dormían. Todo actuar delictivo
es reprochable, más aún cuando ese trata de delitos sexuales en contra de menores de edad, y cometidos
por aquel quien por naturaleza es el llamado a protegerlas; su padre. El daño a las menores no se agota
con los episodios denunciados, sino que ha generado en ellas serios efectos que han truncado su normal
desarrollo de mujeres, ambas han intentado suicidarse, y ello ha motivado a las autoridades a tomar
conocimiento de estos hechos, y así terminar con su pesadilla. Enumera las pruebas que se rendirán
durante la audiencia, agregando que éstas acreditarán, más allá de toda duda razonable, los abusos
sexuales acusados, resultando indispensable una decisión de condena para el reestablecer de la paz y
armonía de dicho hogar, insistiendo en su pretensión punitiva contenida en el libelo acusatorio.
En su discurso final, el Ministerio Público estima que con las pruebas testimoniales, periciales,
materiales y documentales ofrecidas, ha quedado acreditada la existencia de los dos hechos típicos y
antijurídicos acusados, y la participación del encausado. De este modo, los hechos impúdicos que ha
realizado éste a sus hijas menores mediante tocaciones en sus senos y vagina, se han establecido mediante
5. las declaraciones contestes de todos los testigos que depusieron en estrados, y particularmente de las
menores ofendidas. Es así como Paulina, su hija predilecta, señala los abusos que su padre ha realizado a
su hermana y a ella, dando cuenta de la grave afectación emocional de que “su adorado padre es el autor
de la agresión sexual”, está dolida, pero igualmente lo quiere y obedece a él, reconociendo que su padre
ha hecho algo malo. Por otra parte, la prueba documental consistente el manuscrito suscrito por Tamara,
da cuenta de la afectación de la niña, quien tuvo varios intentos de suicidio. Adelantándose a los
argumentos de la Defensa, indica que su tesis se funda en las dos cartas presentadas por éste y a las que se
les ha dado lectura, documentos que no hace más que reafirmar la manipulación que el encausado ejerce
sobre sus hijas. Estima el señor Fiscal, que los dichos de Carolina Marión son certeros en cuanto conoce a
sus hermanas, les cree, no son niñas influenciables ni mentirosas, descartando cualquier ficción para
ayudar a su madre, agregando su relato un elemento de suma fuerza al indicar haber sido víctima,
también, de abusos por su padrastro a través del mismo modus operandi; esto es, ingresando
subrepticiamente a la cama de su hijas y, a punta de amenazas y de violencia sicológica, abusar de ellas,
no vislumbrando qué interés puede tener dicha deponente en mentir en contra de él. Indica el Fiscal, que
si hubiese sido una colusión de la familia en contra del acusado, claramente en enero de 2004 cuando
denunciaron los hechos de violencia intrafamiliar, podrían haber inventado los abusos, y si hay algún
cabo suelto en la prueba de cargo, tal no genera una duda razonable. Los abusos a Tamara se cometieron
mediando amenazas, y el hecho que afectó a Paulina se fundó en la dependencia de ésta hacia su padre.
Tan cierto es que las deponentes no mienten, que Carolina no odia a su padre, sólo solicita justicia y si
hubiese sido escuchada antes, esto no habría ocurrido. Tamara dice que trató de tener relaciones sexuales
para evitar que su padre la desflorara y su vida sexual no es normal. Carolina Marión le agradece al
imputado que el hijo que tiene, y que no fue más que su intento desesperado por salir de su casa. La
madre de las menores no es más que víctima del imputado, y se le trató de mostrar como una mujer
borracha, y capaz de inducir a sus hijas a mentir para sacar a su marido del hogar, cosa que no es así, y
que queda de manifiesto, porque esta testigo no sabía los hechos que afectaban a Tamara, y la denuncia la
hizo la directora del colegio de la niña, última quien indicó que la mujer jamás pensó que su marido
pudiese atacar a sus propias hijas. Tamara estaba atemorizada, pues vivía y veía la situación de violencia
en su casa, y en un primer momento no quiso denunciar, sino su intención era sólo morir. Por su parte,
Carolina Prado, dio cuenta de las amenazas y de naturaleza violenta del imputado, y de la confianza que
le tiene a sus hermanas, agregando la Fiscalía que ni siquiera el acusado ha dicho que las imputaciones
son falsas. Señala, que hay imposibilidad de ganancia secundaria con el relato de las menores, cosa que
deja claro el informe pericial, y que no pudo ser desvirtuado por la Defensa. Jorge Moreno llega a la
conclusión científica que los relatos son creíbles y que las niñas presentan stress postraumático que se
vincula con los hechos abusivos sufridos, profesional que de manera independiente llega a la conclusión
que ambas menores padecen de serias consecuencias a raíz del evento abusivo, afectando ello el
desarrollo sexual de las mismas. Por su parte, corrobora la veracidad de los dichos de Tamara, la
declaración de la directora del colegio, quien es una mujer con experiencia y dice sólo lo que ve; no es
normal que una niña de 7° básico se quiera suicidar, y que luego de un tiempo de conversación con ella,
la niña devela lo que realmente le sucedía. Esta señora llamó a Carabineros, dando cuenta de la impresión
de la madre de la menor al imponerse en la escuela de lo que pasaba con su hija, resultando los hechos un
6. golpe emocional fuerte al enterarse que la historia se ha vuelto a repetir. Tamara no quería denuncia, sólo
morir, antecedente que reafirma, aún más, la inverosimilitud de la colusión entre ella y su madre. El
informe pericial psiquiátrico, claramente da cuenta de una característica del acusado que hemos
presenciado en audiencia, asume una conducta heteroculpabilizadora: la culpa es de todos. Además, tiene
capacidad manipuladora a tal punto, que acompaña esquelas escritas por Tamara para el día del padre con
las que se pretende desvirtuar cualquier relación abusiva. La veracidad de los dichos de las menores,
además, se acentúa con los dichos de los funcionarios de la Brisexme, todos quienes llegan a la
conclusión que son efectivos los relatos de las niñas al ser éstos contestes. En cuanto a la participación del
imputado, nadie señala la posibilidad que sea otra personas más que él, y la sindicación a un tercero en el
puente El Yeso no tiene asidera más que en la mente del acusado. Los funcionarios que detienen al
acusado notan su agresividad, por lo que no hay razón para pensar que no fuese violento con sus propios
hijos. Miguel Burgos participa en la declaración que se le toma a Paulina, y está cierto que se trata de un
relato veraz. Prosigue el señor Fiscal, señalando que la intimidación no es algo objetivo entre padre e hija
menor, sino en este caso estamos frente a una situación en que el abuso se comete en contra de su
descendencia, de noche, insertos en un clima de violencia intrafamiliar, en el que la menor se hallaba
afectada emocionalmente, y con el temor que este sujeto fuese a matar a su madre, y es ese contexto su
voluntad se encuentra vulnerada. La reiteración está dada por los dichos de los testigos, mínimamente
fueron seis domingos. En lo que respecta a la relación de dependencia de Paulina hacia su padre y
requerida por el tipo penal, ésta dice relación con la subordinación de una voluntad a la otra, y cuando
estaba su padre en la casa, ella obedecía a él, y cuando los padres viven juntos, la obligación de cuidado
recae sobre ambos. Insiste la Fiscalía en que los cinco miembros de la familia que han depuesto, se hallan
realmente afectados, generando esto una desgracia familiar. Si bien es cierto el acusado tiene derecho a
guardar silencio, claramente éste no es un medio de impunidad, resultando patente su ánimo frío que
demostró durante la audiencia, quién mientras sus hijas lloraban, él reía. La prueba ha de valorarse
armónicamente, y los intentos de suicidio no son denuncias, sino deseos silenciosos de ser escuchados.
Finaliza su discurso, sosteniendo su pretensión punitiva en los mismo términos del libelo acusatorio.
Tercero: Por su parte, el Servicio Nacional de Menores, adhirió a la acusación en los mismos
términos planteados por el Ministerio Público, expresando que con las pruebas que se aportarán a juicio,
se arribará a la convicción, más allá de toda duda razonable, de la ocurrencia de los hechos y de la
participación que en estos cupo al encartado, justificando tan alta penalidad requerida, en el hecho que no
sólo se trata de una atentado en contra la indemnidad de las menores, sino que fue cometido por aquel
quien tenía el rol de protector de las mismas y sostenedor del hogar. Las víctimas han sido gravemente
vulneradas en sus derechos, y se ha abusado de la relación de dependencia que se tenía a su respecto,
provocándoseles graves daños sicológicos, resultando ser mandato del Servicio Nacional de Menores el
resguardo de sus intereses.
En su alegato de cierre, el querellante estima haber cumplido a cabalidad con los lineamientos
expuestos al comienzo de la audiencia, pues se ha logrado acreditar más allá de toda duda razonable la
existencia del delito reiterado de abuso sexual cometido por el acusado Héctor Correa Torres en perjuicio
de su hija, la menor de iniciales T.A.C.S., lo cual ha quedado de manifiesto con las declaraciones de las
propias víctimas, del perito psicólogo forense Jorge Moreno Contreras, de los carabineros Pérez Cabrera,
7. Zuloaga Núñez, Gutiérrez Valdés y Burgos Vergara, así como con los dichos de Carolina Correa
Santibañez, que señala haber sido abusada por parte del acusado, de María Luzmira Santibáñez, madre de
las víctimas y de Carolina Prado, hermana de las víctimas, de la directora del colegio Melocotón, doña
Verónica Ordenes Vergara y, finalmente, con las declaraciones de los funcionarios de la Policía de
Investigaciones. Insiste el abogado en la concurrencia de la agravante del artículo 13 del Código Penal,
acreditada por el certificado de nacimiento de la menor, y en la reiteración del delito, toda vez que se
encuentra acreditado que éste se perpetró entre los meses de agosto a septiembre del año 2005. En lo que
respecta a la intimidación, aludida en el artículo 361 Nº 1 del Código Penal y al cual se remite el artículo
366 del mismo cuerpo normativo, don Mario Garrido Montt, la define la intimidación como “la presión
psicológica de obra o de palabra que se ejerce sobre la víctima, mediante la amenaza de verse expuesta
a sufrir un mal próximo, sea que éste recaiga en ella misma o en una persona distinta de relevancia para
ella”, elemento que para configurarse, como lo señala don Luis Rodríguez Collao en su Tratado sobre
Delitos Sexuales, requiere que se tome en consideración las circunstancias personales del agresor y de la
víctima, en especial el grado de impresionabilidad de esta última, todas circunstancias que concurren en
autos, dado que se encuentra acreditado que la menor Tamara, sufría de amenazas de muerte dirigidas
hacia su madre si contaba lo sucedido, debiendo tenerse en consideración la causa de violencia
intrafamiliar acompañada por la Fiscalía y los dichos de la familia del encausado, y que dan cuenta de su
reiterado actuar violento.
Respecto al delito señalado como hecho Nº 2, éste se encuentra acreditado, atendido que con la
prueba allegadas se ha podido establecer que el acusado desplegaba estas acciones sexuales, abusando de
la relación de dependencia que existía entre éste y sus hijas, ya que como su padre era el encargado de la
custodia, educación y cuidado de las afectadas, citando para ello a don Luis Rodríguez Collao, quien
señala que las situaciones que menciona el tipo, es decir, el artículo 363, poseen un carácter meramente
ejemplar, lo que en verdad interesa es que haya una efectiva relación de dominio de una voluntad sobre
otra, y que reste a la segunda la libertad necesaria para expresarse y autodeterminarse en el ámbito de las
conductas sexuales, circunstancias que concurren en autos, puesto que Héctor Correa, se preocupaba de
las conductas de sus hijas, en especial de Paulina. Solicita, en definitiva que el acusado sea condenado en
los mismos términos y a iguales penas que las contenidas en la acusación.
Cuarto: En su discurso inicial, el abogado Defensor indica ser deber el ente acusador y del
querellante, probar, más allá de toda duda razonable, las imputaciones realizadas a su representado.
Señala que la prueba de cargo ha de bastarse a sí misma, y debe analizarse si, a través de ella, es posible
determinar las figuras penales acusadas y los medios de comisión a que se hace alusión en el artículo 361
del Código Penal, solicitando desde ya, la absolución del encartado toda vez que no será posible acreditar
estas dos últimas situaciones.
En su discurso de cierre, la Defensa señala que si este fuera un juicio de violencia intrafamiliar
ventilado en un tribunal de familia, quizá la resolución sería de igual naturaleza de la que se libró el día
21 de enero de 2005, y en que no sólo se condenaba al acusado a salir del hogar, sino la comparecencia
obligatoria de su mujer a un programa terapéutico, lo cual tiene su origen en que, dicho tribunal,
estableció el clima de violencia en el que ambas partes se han agredido recíprocamente, física y
sicológicamente, y han agredido indirectamente y de modo psicológico a Paulina y Tamara; pero esta
8. causa que ha traído la Fiscalía, es de naturaleza criminal. Indica el abogado, que resulta necesario hacer
una precisión previa a sus alegaciones de fondo, puesto que una cosa es acreditar los presupuestos
fácticos de la imputación, y otra cosa diversa es la teoría alterna de la defensa. La defensa, obviamente,
busca dar una explicación coherente a la prueba rendida y, en ese orden de cosas, puede generar una
duda; pero el tema de los cabos sueltos, se presenta cuando la Fiscalía no logra acreditar los presupuestos
fácticos de su acusación. Por ello es que como primera línea argumental, su defensa se centra en el
análisis de los presupuestos fácticos de la acusación, y como segunda, plantea la teoría alterna que de
algún modo da explicación a estos hechos. Así las cosas, y respecto de los hechos que afectaron a
Tamara, se invoca el artículo 366, inciso 1°, en relación con el numeral 1° del artículo 361 del Código
Penal, por haber “mediante amenazas”, en concepto de la imputación, abusado sexualmente de su hija.
Lo primero a determinar, es qué debe entenderse por abuso, y vincularlo con la noción que da el artículo
366 ter del Código Penal de lo que debe concebirse como acción sexual, y que es cualquier acto de
significación sexual y relevancia, de manera tal que abuso no es lo mismo que acción sexual, y el
artículo 366 castiga la acción sexual abusiva, y ese abuso debe ser cometido de acuerdo al artículo 361
mediante la fuerza o intimidación. El abuso es obtener algo de otro sin su aprobación o consentimiento, y
la sola acción sexual no es típica, sino debe ser acompañada del calificativo abuso. Entonces, acá se tiene
la siguiente situación: en las cartas que se acompañaron como prueba de descargo, la menor habla de su
actuar sexual, de un domingo siete, y de la aceptación a su padre, lo cual que no se condice con los dichos
del Ministerio Público en cuanto ella lo rechazaba, desvirtuándose la hipótesis abusiva. El manuscrito
acompañado por la Fiscalía, sólo da cuenta de la intención de matarse que tiene Tamara, pero nada dice
de un abuso, y consultada la menor por esa carta, dijo que estaba aburrida de los problemas de violencia
intrafamiliar en su casa, y que, ciertamente, la afectaban.
Tamara era muy allegada a su madre, y verla agredida por su padre le afectaba. Además, veía
que él tenía una relación cordial con su otra hermana, por lo que se vio desplazada, hecho que genera un
daño psicológico y que no es más que un tipo de violencia intrafamiliar. Paulina no le creía a su hermana,
porque ella siempre hacía cosas para llamar la atención, y ella misma relató el evento del puente El Yeso,
y si bien su madre no lo sabía, sí indicó que fueron a una fiesta en ese lugar. De este modo, y conforme a
la prueba documental por él acompañada, se desacredita esta relación abusiva. En lo que respecta al uso
de la fuerza o intimidación, esta última hipótesis conforme al artículo 361 del Código Penal, no es lo
mismo que amenazas, y una luz de lo que debe entenderse por tal nos la da el artículo 439 del código
punitivo, y referido a los maltratos de obra directos, actuales y de entidad o fuerza. El único hecho
amenazante que doblegaba la voluntad de Tamara era lo que el imputado le decía: “que se quedara
callada de lo ocurrido, o si no iba a matar a su mamá”, pero no eran siquiera amenazas directas que se le
proferían, sino más bien ella las imaginaba. Además, estas amenazas no eran el medio para doblegar su
voluntad, sino eran proferidas de manera posterior, y no era de tal entidad que resultaran plausibles.
Prosigue la Defensa, indicando que el Ministerio ha pretendido a decir que sí eran de entidad las
amenazas, producto del historial de abuso del imputado, pues existían causa de violencia y detenciones
por abusos, y que eso hace verosímil dichas amenazas, sin embargo, no es una persona violenta alguien
que reconoce a una menor como una hija suya. Además se dice que era violento y que tomaba, pero
ambos bebían y se agredían, siendo relevante en este aspecto, la declaración del imputado en la causa de
9. violencia intrafamiliar, en donde reconoce tomar menos que su señora y ser agredido por ésta, no siendo
muy lógico decir que violento es aquel que se deja pegar, o a quien le basta que su hija lo mire feo para
dejar de golpear a su madre. Por otra parte, Paulina se encontraba muy afectada por las labores de casa
que su papá le mandaba a hacer, lo cual parece obvio si su madre no estaba en su casa; además, él
reclamaba cuando las niñas llegaban tarde. Lo único violento en esta causa, es el clima imperante en la
casa, pero de eso no puede ser responsable solamente el imputado.
En otro orden de ideas, cuestiona la credibilidad de Tamara y que se funda en la pericia de Jorge
Moreno, por cuanto ésta deja mucho que desear, no demostrando dominio de la ciencia que profesa. Éste
no indicó la puntuación obtenida por las niñas, sólo algunos de los paramentos observados y no todos,
desconocía el estándar del Servicio Médico Legal en torno a quiénes se aplica el test de veracidad, y
ocupó el mismo formato de informe para Tamara y Paulina, a tal punto que respecto de ambas concluyó
lo mismo. Señaló que Paulina obtuvo 7 puntos, agregando que en la escala usada, de 0 a 5 puntos es un
relato no creíble, después viene un parámetro que se define como probablemente creíble, y teniendo
Paulina una evaluación de 7, igualmente para él es creíble. Tamara denuncia después de la pelea de su
padre con su pololo, y le dice que “lo iba a pagar caro por ella y por su hermana”, por lo que nos da a
entender que sabía lo de Carolina, y asumió un rol protector de la misma y de su madre. La menor
observó que las medidas adoptadas por violencia intrafamiliar no funcionaban, y lo único efectivo era el
arresto, amenazado a su padre con dejarlo preso y así ayudar a su madre. Paulina, no le creyó, ya que
siempre hacía cosas para llamar la atención, lo cual era lógico, porque se sentía desplazada por su
hermana. Tamara, dijo haber sido víctima de una agresión sexual por desconocidos, y su propia hermana
atribuyó dicho hecho a querer llamar la atención. Indica que las cartas escritas por la niña, no son más que
reflejo del “mal de Edipo”.
El psicólogo concuerda que el daño observado es compatible con la violencia sufrida, y si bien
vincula el stress postraumático a una agresión sexual, lo claro es que él no sabía que la menor había sido
antes atacada por un tercero. La ganancia que obtenía Tamara era clara, puesto que es lógico que aquel
que golpea a su madre y altera la tranquilidad del hogar deba ser castigado. Además, cuestiona el señor
defensor que estemos frente a un delito reiterado si no tenemos fechas concretas de cada acto; más bien es
este caso existe una unidad de propósito. Respecto de la agravante del parentesco, indica que ésta se
sustenta en el hecho que el ser pariente, debilita las posibilidades de defensa, cosa que no se da en el caso
concreto.
En lo que respecta a Paulina, la acciones sexuales no se castigan per sé, ya que lo que se
sanciona es que se abuse mediante un medio, y en este caso sería la relación de dependencia, resultando
difícil poder afirmar que el padre abusó de la relación de dependencia por haberla tocado cuando él
dormía en su cama y ella se le acostó al lado. Ella se cambió de cama a las 4 de la madrugada, y las
tocaciones fueron por segundos, por lo que no existe certeza que tales sean abusivas, ni que haya sabido
que se trataba de su hija. Tampoco se puede atribuir a su conducta el carácter de intencionada, ya que
existen los sueños eróticos. La niña no le da importancia a las tocaciones, y sólo le da otra connotación
cuando ve la victimización de su hermana. A mayor abundamiento, el acusado no abusó de su relación de
poderío sobre ella, y más aún, ésta no existía, pues la custodia la tenía la madre, y era quien se
preocupaba del cuidado y educación de sus hijas. Paulina en un principio dijo no haber sido víctima de
10. agresiones sexuales por parte de su padre, y después cambió su versión. Cuando se hicieron los
desplazamientos del hospital al Servicio Médico Legal, las niñas iban juntas, por lo que Paulina pudo
haberse visto influenciada por Tamara para confesar algo a lo cual no le había dado importancia. Además,
el intento de suicidio de Paulina fue por otra causa ajena al supuesto abuso. Finalmente, y en razón de
todo lo antes señalado, solicita la absolución de su defendido, pues no se han acreditado los ilícitos.
Quinto: Que, los intervinientes acordaron las siguientes convenciones probatorias:
1.- Que Pablo Miranda Cornejo técnico custodio de la Fiscalía Local de Puente Alto, tomó
personalmente la fotografía de la bolsa plástica con fármacos en su interior que se acompaña en otros
medios de prueba N° 2.
2.- Que Javier Varela Torres, Subcomisario de BRISEXME, tomó personalmente la fotografía del
sitio del suceso consignada en el N° 3 de otros medios de prueba.
3.- Que el perito Andrés Rosmanich Poduje realizó personalmente el informe pericial ginecológico
forense N° 3017-2005 a la víctima T.A.C.S. de fecha 28 de noviembre de 2005, en dependencias del
Servicio Médico Legal.
4.- Que el perito David Montoya Squifi realizó personalmente el informe pericial ginecológico
forense N° 2132-2006 a la víctima P.W.C.S. de fecha 31 de agosto de 2006, en dependencias del Servicio
Médico Legal.
5.- Que el médico cirujano Federico Bravo realizó personalmente el certificado del complejo
Hospitalario del Sanatorio San José de Maipo - Salud Mental con fecha 22 de noviembre de 2005.
6.- Que doña Virginia Tabe Arenas, personalmente realizó el informe presentencial del acusado
oficio 1742 de fecha 10 de marzo del año 2006, emitido por el C.R.S. Santiago Sur.
7.- Que el examen de facultades mentales N° 2546-2006 del acusado, elaborado por el Servicio
Médico Legal de fecha 31 de agosto de 2006, por el perito médico psiquiatra Italo Sigala, fue realizado
con autorización prestada voluntariamente por el acusado en audiencia 30 de marzo de 2006, en presencia
de su abogado defensor Andrés Piñeiro Santis.
Sexto: Que, los delitos materia de la acusación fiscal a la cual ha adherido la parte querellante,
requieren para su configuración que el hechor haya realizado abusivamente una acción sexual distinta del
acceso carnal con una persona mayor de catorce años, cuando el abuso consistiere en algunas de las
circunstancias enumeradas en el artículo 361 del Código Penal, o bien cuando consistiere en la
concurrencia de de las circunstancias enumeradas en el artículo 363 del mismo cuerpo legal.
Séptimo: Que, a fin de acreditar los hechos punibles materia de la acusación y la participación que
en éstos cupo al encartado, el Ministerio Público contó con el testimonio de la víctima Tamara
Alejandra Correa Santibáñez, menor de dieciséis años de edad, quien consultada por los hechos que
motivan su presencia en estrados, manifestó que a fines del mes de septiembre del año pasado,
específicamente el dieciséis de dicho mes, estando en su colegio, intentó matarse y para ello quiso tomar
pastillas, las cuales le fueron quitadas por una compañera de colegio. Dado lo ocurrido, se vio en la
obligación de hablar con su profesora jefe y con la directora del colegio, y a ellas les contó que su papá
abusaba de ella, y que le daba miedo contarle a alguien lo que estaba sucediendo. Refiriéndose a dicha
11. situación, la menor indica que cuando su progenitor llegaba de su trabajo los días viernes o sábados, él se
pasaba a su cama y la comenzaba a tocar por todo su cuerpo, especialmente sus pechos y vagina, además,
de besarle su vagina. Estas tocaciones y besos le molestaban, y ocurrían cuando todos los de la casa
estaban durmiendo, por lo que nada podía hacer. Le tocaba todo su cuerpo, y la obligaba a que le diera
besos en la boca. Todos los domingos su padre se metía en su cama y le efectuaba tocaciones. Consultada
por las labores de su padre Héctor Correa Torres, indica que éste trabajaba en la mina, específicamente en
la Volcanita, y no se hallaba en la casa durante la semana, sólo llegaba los viernes o sábados, y se iba los
lunes en la mañana. Estos eventos abusivos a que ha aludido, comenzaron desde que ella era muy
pequeña, como a los seis años de edad, pero a medida que comenzó a pasar el tiempo y a crecer, se dio
cuenta que lo que ocurría eran más que cariños. Su papá la tocaba con sus manos, y en una ocasión en la
que no se hallaba nadie en la casa, le quitó la ropa e intentó penetrarla, rozándola en la zona de su vagina
con el pene, pero no logró penetrarla. Frente a ese ataque, ella lo rasguñó. Todos los episodios abusivos
ocurrieron en su casa, ubicada en calle Mustafá, casa N° 14, campamento la Volcanita, San José de
Maipo, y específicamente en su pieza. En su dormitorio había dos camas, y su padre dormía en una de
ellas. Él cerraba la puerta de la pieza, y se metía a su cama, ahí la hacía callar, y ella no se atrevía a gritar
por temor a que su madre se diera cuenta. Él la tocaba por encima de la ropa, y a veces le quería quitar el
pijama. La amenazaba que si decía algo, iba a matar a su madre y hermana, lo cual a ella le parecía
factible, porque a su madre siempre le pegaba. Esto ocurrió en los meses de agosto y septiembre, en esa
época él fue más impulsivo. Esto ocurría los fines de semana, a veces los viernes y sábados, y siempre
los domingos, antes de irse a trabajar. Se sentía asquerosa, sucia, e incapaz de hablar, y no lo hacía
porque temía a su padre. Se intentó suicidar, porque tenía vergüenza, estaba cansada y ya no quería más,
pensaba que si se mataba no iba a tener que seguir soportando esto, si moría iba a estar tranquila. Sabe
que su padre le hizo algo similar a sus dos hermanas. Cuando Carola tenía 9 años, su papá la violó
analmente y estuvo preso un mes, actualmente ella tiene 27 años de edad. A su otra hermana, Paulina,
sólo sabe que le hizo algo parecido a ella, pero no le quisieron contar qué para evitar que se alterara. Sabe
lo que es una relación sexual, y actualmente, tiene relaciones sexuales. En agosto y septiembre del año
pasado, cuando ocurrieron los hechos, intentó tener relaciones, porque temía mucho que su papá la
violara, ante lo cual prefería perder la virginidad con un pololo que con su propio padre. Exhibido por la
Fiscalía un manuscrito incorporado como prueba documental, lo reconoce como suyo, leyendo “Me odio
por todo lo que hago”, agregando no recordar cuando lo escribió. Además, se le exhibe una bolsa plástica
transparente con pastillas en su interior, indicando que con aquellas intentó matarse. Las quería utilizar
para intoxicarse y morir, porque ya estaba cansada que su padre abusara de ella, que le pegara a su madre
delante de ellas, que las gritoneara, que no podían estar tranquilas. Además, se incorpora por la Fiscalía,
una fotografía de las píldoras aludidas. Entre agosto y septiembre, esto ocurrió todos los días domingos
antes que su padre se fuera a su trabajo. Su padre la tocaba desde hace mucho tiempo, y no lo denunció
por temor. Al 28 de septiembre del año 2005, sólo intentó tener relaciones sexuales con su pololo, pero
no las tuvo, porque le dio miedo, sólo tuvo su primera relación sexual completa por primera vez en junio
o julio de este año. Jamás mentiría por rabia o por ayudar a su madre. No odia a su padre, ni quiere que le
den muchos años de cárcel, pero ello depende de los jueces y no de ella. Aludiendo a una pelea que su
padre tuvo con un amigo de ella en casa del joven, señala haber amenazado a su padre con que se las iba a
12. pagar todas, pero no lo denunció. El día domingo después de la pelea, él le dijo que si intentaba hacer
algo, se las iba a pagar, entonces le dio miedo, por ello sólo quiso quitarse la vida. Cuando su padre fue a
Vallenar a trabajar dormía bien, pero cuando estaba en casa sentía incómoda, porque en cualquier
momento la podía tocar. Ella hizo la denuncia de abuso sexual porque si no le resultó matarse, no le
quedaba más que hablar.
Al contra interrogatorio de la Defensa, en lo que respecta al manuscrito leído, indica haberlo
escrito. En ese momento, se odiaba por quedarse callada y guardarse “todo lo que estaba pasando”. Con
“todo lo que estaba pasando”, no sólo se refería a las agresiones hacia su madre, sino a que ella no era
capaz de decir lo que estaba padeciendo, se odiaba por ser cobarde. A su madre la veía sufrir por los
maltratos físicos y verbales de su padre, y ello le afectaba. Frente a esas agresiones, su madre le respondía
a su padre, le decía cosas y lo agredía, también le pegaba, pero “él la dejaba más morada”. Las peleas en
la casa eran de ambos, y era triste presenciarlas. En la época de ocurrencia de los hechos denunciados,
tenía un pololo, y con él pensaba tener relaciones sexuales, pero su padre peleó con él, porque no le
gustaba verla con nadie. Un día estaban tomando once en casa de su pololo con una compañera,
conversando de los estudios, y llegó su papá pasado de copas, y le dijo a su pololo que lo iba a matar y
cosas así, que no lo quería ver cerca de ella. En ese momento, su madre estaba en la casa enferma. Don
Héctor fue donde su amigo, y lo retó, no sabe porqué fue “si todavía no había nada, no pasaba nada
malo”. Allí hizo un escándalo, “fue de supuesto papá lindo que cuidaba a su hijita”, y la dejó mal frente a
sus amigos, estaba ebrio y no tenía motivo alguno para reaccionar así. En ese momento, le dio rabia,
reventó y lo amenazó después salieron de la casa de su amigo, diciéndole “que se las iba a pagar todas” a
ella, a su madre y a su hermana, y “que se iba a arrepentir de todo lo que le había hecho a ella”. Él se
asustó, y ella estaba tan alterada, que se “tiró a pegarle” y cuando se abalanzó sobre él, él la tiró lejos a
una poza de barro. Además, le dijo que lo “iba a dejar encerrado, preso”, y que estaba aburrida de todo
lo que estaba haciendo, indicándole “ahora no te la perdono y voy a hablar”. Las amenazas las profirió
frente a su compañera y a otra niña, ellas escucharon pero no entendieron. En la calle camino a su casa,
iban peleando y él la tiró a una poza de barro. Ella iba muy alterada, y él puso cara de bonito y
arrepentido. No era la primera vez que le pegaba a su padre, porque una vez que él le estaba pegando a su
madre, ella se metió y le dio un charchazo. En otra ocasión, cuando trató de violarla y quitarle la ropa, lo
rasguño. En la pelea con su madre, se metió a defenderla porque ella estaba muy débil. Su padre es un
poco más alto que ella, lo empujó, se fue hacia atrás y ahí le pegó un charchazo en la cara. Él la miró feo,
dijo un par de garabatos y se fue. Lo enfrentó porque estaba aburrida que le pegara a la mamá, y lo miró
feo como queriéndole decir que si seguía pegándole a su mamá le iba a ir mal. La última vez que lo
enfrentó en casa de su amigo, ya estaba cansada, y le pegó un puñete fuerte. Siempre llegaba cuando las
peleas entre sus padres habían comenzado, no sabe quién empezaba, pero siempre eran por cosas
estúpidas. No le gustaba estar en su casa y, algunos fines de semana, salía con sus amigas para no estar
allí. Cuando sus padres no estaban, llevaba amigas a la casa. Las pastillas las sacó de la casa el domingo
en la noche, no sabía qué pastillas eran. En su casa había mucha violencia, y los fines de semana no podía
estar tranquila, siempre garabatos, peleas y amenazas. Cuando él la tocaba, temía que la matara o que le
hiciera algo a su madre, por eso lo dejaba. No le pegaba, y siempre que se enfrentaba a él lo hacía con
alguien presente. Lo rasguñó en una ocasión, porque ya era mucho, estaba demasiado asustada y
13. demasiado alterada. Si “no era mucho, no lo enfrentaba”. A veces él le decía indirectas amenazándola, y
no lo tomaba mucho en cuenta; tales las profería mucho antes de efectuar las tocaciones. Decía cosas para
que en el momento en que efectuaba las tocaciones, ella no hiciera nada y se dejara. Cuando se le
acercaba, no la amenazaba directamente ni le pegaba, sí ella imaginaba que le podía pasar algo, porque
habitualmente él le pegaba a su madre y lo veía como un tipo violento, al igual que su madre. Desde
pequeña que vio peleas y discusiones. Cuando su padre peleó con su pololo, ella explotó, ya no daba más
de todo lo que le estaba haciendo. Sabe que su madre denunció a su padre, y le prohibieron acercarse a su
mamá, pero igualmente lo dejaba que llegara a su casa, por lo que ello ya no surtía ningún efecto.
Siempre le enrostraba a su madre la razón por la que lo dejaba entrar nuevamente a la casa. Ella le tenía
miedo a su padre, por eso lo dejaba volver. Su padre peleó con su pololo un día sábado en la noche, y el
día lunes ella decidió contar todo, específicamente, que su padre abusaba de ella. El día domingo en la
tarde, y previo al lunes que realizó la denuncia, su padre la amenazó, y le dijo “sí, si vai a hablar, habla,
y después vai a ver lo que te va a pasar a ti”, refiriéndose a algo más que un golpe, dándole a entender
que la iba a matar, o bien que mataría a su madre o hermana, se imaginó que podía ser aquello, porque era
lo que siempre su padre le decía, es decir la amenaza de muerte no fue explícita en aquella ocasión. Una
vez le dijo que si ella llegaba a hacer algo, la iba a buscar y encontrar donde estuviera, porque una vez
hizo igual amenaza a su madre, hasta que la encontró. Las cosas que su madre hacía no daban resultados,
porque ella se vino de la Unión, escapando de él, e igualmente la encontró. Ya su mamá no sacaba nada
con acusarlo, porque no se lo llevaban ni detenido, y cuando se lo llevaban por un rato, volvía luego a
pegarle, es decir, nada sacaba con denunciarlo por la violencia intrafamiliar, porque era en vano. La
denuncia por los golpes era en vano, la única manera que la denuncia diera resultados y se alejara de la
casa, era contar que él la tocaba, y después de la pelea con su pololo no lo pensaba hacer, sólo iba a
matarse. La amenaza a su padre, fue sólo para que se asustara. No sacaba nada con matarse en la casa
porque la iban a pillar. En el 2005 no estaba en el internado, y en la semana pasaba sola en la casa, con su
mamá. Las pastillas las tomó en la colegio, en un baño, porque a la casa a cada rato iban las vecinas. Su
mamá ahora no bebe alcohol, antes tomaba y de manera frecuente. Decía que tomando se liberaba de los
problemas, pero ella se sentía mal al verla bebiendo, porque en el barrio decían que su madre era
borracha. Le molestaba que dijeran una cosa así, porque no sabían el motivo. No sabe de quién eran las
pastillas. Una vez enfrentó a su madre por el alcohol y la retó, pero ella le dijo que con el trago olvidaba
todos los problemas que tenía con su padre. Cuando su padre no estaba en casa, era todo diverso, su
madre estaba bien y los problemas terminaban, se podía conversar; pero cuando su padre llegaba el fin de
semana, a su madre le venía los dolores de cabeza, de “guata”, etc., y quería ayudar a su madre para que
no tomara más, pero no sabía cómo hacerlo. Ahora que su padre está preso, se han solucionado los
problemas con su madre, y todas están mejor. Su papá trabajaba en la minería, y los fines de semana
bajaba de la mina a su domicilio. Un tiempo se fue a Vallenar a trabajar, y en aquella época ella estaba
tranquila y dormía bien, pero cuando regresó, todo volvió a ser como antes. Luego, trabajó en el Volcán,
desconoce cuando comenzó a trabajar allí. La cama de su papá estaba en su pieza, y su madre dormía en
otra habitación con su hermana Paulina, en la cama de dos plazas. A su mamá le gusta dormir con él. Él
se fue de “patúo” para su pieza, porque sí había otras dependencias dentro de la casa, pero quiso irse a su
pieza porque era más fácil meterse a su cama. Se le tomó un examen en sus genitales después de salir de
14. hospital, y le dijeron que tenía el himen roto, mas no entiende la razón, porque en aquella “nadie entró en
ella”. Sabe qué son los condones y los anticonceptivos, y actualmente los toma. Este amigo del que ha
aludido, era un candidato a pololo, e intentó tener relaciones con él cuando su padre trató de violarla. En
esa ocasión, cuando quiso tener sexo con ese amigo, sólo hubo acercamiento de cuerpos, y no llegaron a
estar completamente desnudos. Este acercamiento fue antes del 18 de septiembre del año pasado, y antes
que su papá se peleara con su amigo. Él no sabía que estaba saliendo con este muchacho, parece que su
mamá le dijo. En el año 2005 tenía 14 años de edad, y fue su primer acercamiento sexual. Este niño era
un poco más mayor, y estudiaba en el liceo. No hizo la denuncia inmediatamente después de la pelea que
hubo entre su padre y amigo, porque tenía miedo. Además, el día preciso del conflicto fue un sábado en la
noche, y al día domingo su papa seguía en la casa. Las pastillas las iba a ocupar el lunes, y se las
encontraron en el colegio. Cuando se las pillaron, su padre ya se había ido a trabajar a la mina. Su padre
la amenazó el domingo con que le iba a ir mal si hablaba, por lo que prefirió matarse.
Requerida por el Tribunal, indica que no quería que su padre le quitara su virginidad, y en la época
de los abusos, no tuvo relaciones sexuales con su pololo, sólo fue una intención, ya que la primera
relación sexual fue a mitad de este año. Su papá llegó medio pasado de copas a buscarla a la casa de su
amigo el día sábado 24 o 25 de septiembre, le molestaba y no le gustara verla con nadie, no se lo decía
directamente, sino que se lo daba a entender con sus reacciones. Amenazó de muerte a su amigo, si la
llegaba a tocar o hacer algo. Salió con su amiga de esa casa, y él iba detrás. Ella lo amenazó en una plaza
y frente a su amiga y a otra niña que allí se hallaba, y lo golpeó.
Llevó las pastillas al colegio, pero no alcanzó a tomarlas. El 2005, fue la primera vez que tuvo relaciones
sexuales. El día en que su padre la fue a buscar a la casa de su amigo, ya había tenido relaciones sexuales
con su pololo. Estos abusos sucedían desde hace mucho tiempo, y ello generó que se tornara muy
agresiva con su padre. Temor es miedo y no se es capaz de decir las cosas en la cara. Rabia es cuando dan
gana de matar a alguien y decirle un par de cosas, y las veces en las que ella reaccionó fuero siempre con
rabia. Cuando su papá le realizaba esa tocaciones, sentía rabia y asco.
Depuso en estrados Paulina Waleska Correa Santibáñez, 18 años de edad, quien manifestó
saber lo que le ocurrió a su hermana Tamara, a quien su papá “intentó abusar de ella en varias
ocasiones”, en su casa de calle Mustafá N° 14, campamento la Volcanita, Cajón del Maipo. Tamara le
contó que en la noche, su papá se cambiaba de cama en reiteradas oportunidades, y la manoseaba. En una
pieza dormía Tamara y su padre, y en la otra ella sola; a veces, y cuando se madre se encontraba en la
casa, ambas compartían su cama. No sabe cuándo ocurrieron los hechos. Su padre es minero, y estaba en
casa casi todos los días, porque le tocaba turnos de noche. La mayoría de los fines de semana se hallaba
en casa, llegaba los sábados al mediodía y se iba los lunes de madrugada. Su padre se llama Héctor
Correa, y se enteró de lo sucedido, porque una vez que fue junto a Tamara al sicólogo, ella le contó a
dicho profesional que su padre la manoseaba, por lo que la llamaron para que la menor le narrara frente a
ella lo ocurrido. Le cree a Tamara, porque ella también pasó por una situación similar. En las vacaciones
de invierno de 2005, su padre la tocó estando en la casa, en el comedor. Había visitas en el hogar y
faltaban camas, por lo que hicieron una en el suelo y otra en el sillón. Mientras ella dormía, se cambió del
sillón a la cama de su padre a dormir con él, y ahí sintió que la manoseó, con sus manos le tocó desde los
pechos y hasta la vagina por debajo de la ropa, lo cual fue desagradable. No hizo nada frente a ello, se
15. cambió de posición y no reaccionó, porque no podía creer lo que estaba pasando. Antes de que ocurriera
esto, la relación con su padre era buena, él daba dinero, y aún lo quiere. Se siente decepcionada de él,
porque siempre le creyó que iba a cambiar Tiene tres hermanas más, Tamara Correa, Carolina Correa, y
Carolina Prado. Sabe que su padre “intentó abusar” de Carolina Correa cuando era más chica. Esa vez
fue denunciado por su madre, no sabe si estuvo privado de libertad. Su padre era violento, y se ponía así
cuando su madre le llamaba la atención por alguna cosa, cuando ellas hacían algo mal, o cuando su mamá
llegaba en mal estado después de una semana. Su padre nunca la amenazó. Vivía con su padre, y él la
mantenía económicamente. El evento abusivo ocurrió sólo una sola vez, y jamás lo hablo con él. A
comienzos de este año, reconoce haberse intoxicado con pastillas, porque se sentía sola. Que su padre la
haya tocado, no tuvo mucho que ver con que su idea suicida. No sabe por qué lo hizo, si para llamar la
atención, o porque quería desaparecer. No le tiene rencor a su papá.
Al contra examen del abogado Defensor, indica que su padre se ponía violento, cuando su mamá
la reprendía por algo, o bien cuando esta última llegaba en malas condiciones, “no curada”, es decir,
cuando llegaba bebida. Esto no ocurría con mucha frecuencia. Ella le llamaba siempre la atención a su
padre cuando llegaba bebida, le gritaba, y discutía con él por cosas muy pequeñas. Reconoce haber tenido
problemas con su madre, ambas discutían, a diferencia de lo que ocurría con Tamara. Las peleas entre sus
padre eran vistas por Tamara, y defendía a su madre y, a veces, a su papá cuando su madre tomaba
alcohol. Tamara estaba aburrida de la situación, estaba cansada de que su padre estuviera viviendo con
ellas, y quería que su padre se fuera. Lo decía a viva voz, lo gritaba y le decía que las dejara en paz, que
no las persiguiera nunca más. A diferencia de Tamara, indica que quería que su padre estuviera con ella,
porque ella era más apegada a su padre. Tamara quería echarlo para que no peleara más con su mamá. Su
papá no era exigente con ellas, con ninguna de las dos, sólo le gustaba saber dónde iban y dónde estaban,
y les tenía confianza. Él era igual con ambas, las dejaba salir, pero siempre con responsabilidad. Si le
decían que llegarían a tal hora del día siguiente a la casa de vuelta, debían cumplir con tal norma. Casi
siempre, ambas cumplían con dicha regla, pero la Tamara era más rebelde, a su padre no le gustaban sus
juntas. Tamara nunca se escapó de la casa, sí, no le hacía caso a sus padres, les gritaba y era rebelde con
ambos cuando se enojaba. Una vez, su padre le pegó a las dos, porque no le quisieron contar donde se
hallaba su madre. Cuando su papá le pegaba a ella, ésta se ponía agresiva con él y le respondía con
golpes, al igual que Tamara. En la familia, había muchas agresiones recíprocas, y, lógicamente, a nadie le
gustaba aquello. Cuando su padre no estaba en la casa, disminuían las peleas, pero su mama igual seguía
bebiendo. Constantemente, su madre echaba a su padre, le ordenaba que tomara sus cosas y se fuera,
porque él le ponía muchas restricciones. Además, quería que se fuera por el maltrato sicológico que él le
daba. Su padre insultaba y gritoneaba a su madre y a Tamara. Su papá trabajaba en una minera, y dada
dichas faenas, sólo bajaba los fines de semana a la casa. No bebía casi nada de alcohol, y prácticamente
no pasaba en la casa, porque iba donde los vecinos a trabajar o compartir. Siempre llegaba cansado. El día
en que su padre la tocó, se quedó conversando con unas primas hasta las doce o una de la mañana, y su
padre no estaba en casa. Había estado trabajando y tomando con los amigos, por lo que llegó cansado.
Preparó las camas, y se acostó primero que ella. Como había tomado y había bulla, no se quedó dormido
de inmediato. Ella se acostó en el sillón, y su padre se acostó con una sobrina en la misma cama. Indica la
deponente, que le dio frío en la madrugada, y se fue a acostar a la cama de su padre, entonces, su sobrina
16. se cambió. Él había despertado recién, y cuando ella se estaba quedando dormida, sintió que su padre la
tocó, fue como media hora después de haber llegado a su cama. Luego, él siguió durmiendo. Ese día su
madre estaba en la casa. Su papá cuando se queda en la casa duerme en una cama diversa de aquella en la
que descansa su madre, sólo a veces acuestan juntos. Cuando su papá la tocó, ella sólo cambió de
posición y se terminó el tema. Conversa poco con su hermana Tamara, y no se cuentan cosas íntimas.
Sabe que ella pololea. El año pasado no pololeaba, pero salía con dos diversos muchachos de San José de
Maipo, eran amigos con ventaja, es decir, se besaba con uno un día y al otro día podía estar con el otro,
sin mayores compromisos. Describe a Tamara como una chica inmadura, entendiendo por tal el hecho de
ser irresponsable y también inocente. Sí, representa más edad que ella desde el punto de físico.
Consultada respecto de las labores del hogar, la testigo indica que ella se hacía cargo de la casa, incluso
su padre le pasaba el dinero para que lo administrara, y no a su madre, porque desaparecía y no sabían
qué hacía ella con la plata. Cuando le pasaba dinero su padre, compraba cosas para Tamara, para ella y
para el hogar. Esta situación, generaba celos en su hermana y en su madre, porque lo lógico era que
manejara los dineros la madre. Además, Tamara le tenía celos porque, a veces, su padre le pasaba dinero
a ella y a Tamara no le compraba nada. En lo que atañe a su intento de suicidio, refiere que éste no se
debió “tanto por lo que le hizo su padre, sino porque con la persona con la que está ahora supo que lo
había engañado”, fue porque se sentía sola, ya que su pareja le recriminó su infidelidad. No atribuye
dicha conducta al problema con su padre, pues “no podía creer lo que hizo, y no podía reaccionar a saber
si era verdad o mentira”. Él la toco en julio del año pasado, y al otro día ella “lo tomó como un olvido, no
se acordaba al otro día lo que había pasado”. No reaccionó, ni le tomó importancia, fue algo rápido, muy
pasajero, en la noche y cuando dormían. Quizás con el sueño se le olvidó. Sólo le tomó el peso a lo
sucedido, cuando debieron ir a Investigaciones a dejar constancia, ahí le contó un policía que a su
hermana Carola le había pasado lo mismo, ahí le explicaron mejor lo que le había echo a su otra hermana.
Tampoco le tomó importancia cuando se enteró de lo ocurrido a Tamara. Fue después de ocurrido el
suceso a ella. Sabe que su hermana tomó unas pastillas, pero no recuerda cuándo. No sabe cuándo fue a
Investigaciones. Carabineros fue a su casa y le tomaron una declaración, ahí le preguntaron si su padre la
había tocado alguna vez, y ella dijo que no. Luego, fue a declarar a la Fiscalía, y ahí nuevamente dijo que
no había sido abusada por su padre. Tal negativa se debió a que hasta ese momento no le había dado
importancia a lo sucedido, y tal la asumió cuando vio a su hermana Tamara afectada. No sabe si la
Tamara había hecho otra denuncia de esta naturaleza en contra de otra persona. Desconoce si ella ingería
alcohol, y muy pocas veces salían juntas. Sí recuerda que una vez salieron y Tamara estaba en una fiesta
de una amiga, por su parte, ella estaba en casa de otra amiga, y la iban a ir a dejar No sabe a qué hora
llegó pero llegó gritando y llorando que la venían persiguiendo y que alguien la había agarrado y tirado en
el puente El Yeso. Todos salieron asustados y preocupados, fueron a ver y no había nadie. Hicieron la
denuncia a Carabineros pero ella nunca creyó. Con carabineros en el furgón policial fueron al lugar y no
encontraron a nadie. Cree que ella hace cosas para llamar la atención, para que la compadecieran y la
trataran como víctima.
Requerida por estos jueces, indica que fue a Investigaciones a dejar constancia de los abusos que
había hecho su padre en contra de su hermana Tamara y con ella, las llamaron de la Fiscalía que debían
hacerlo. De Investigaciones las llevaron a la Fiscalía. Tamara hizo la denuncia. Se enteró de lo Tamara
17. cuando fue al sicólogo, porque sicológicamente estaban mal por los tratos de su padre y madre. Siempre
han ido al sicólogo, producto de los malos tratos dentro de la familia, pero no tiene nada que ver el abuso
sexual de su padre. Su padre la decepcionó, porque creyó que iba a cambiar, siempre les decía que se iba
a ir y no iba a volver, y que siempre estaría con ellas, su cambio se refería a su carácter. Pensaba que
cambiaría su carácter, sus gritos, las cosas que la mandaba a hacer, porque ella debía hacer todo lo que
hace una dueña de casa. Lo de Carolina se lo contó su mamá, sabía una parte de esa historia, pero le
quedó claro cuando tuvieron que hablar con un policía. Lo supo hace unos cinco años atrás. Su papá la
maltrataba sicológicamente, con garabatos, gritos, etc. Estaba quedándose dormida cuando él la tocó, no
estaba dormida completamente, y sintió el actuar de su padre, duró diez segundo, sólo fue una vez, sólo
cambio de postura. Respecto al hecho que la afectó, nadie se enteró y no lo quiso contar, porque lo tomó
como un olvido, lo contó por primera vez en Investigaciones, y Tamara no lo sabía.
Asimismo, compareció Jorge Luis Pérez Cabrera, cabo primero de carabineros, dando cuenta
de su intervención en un procedimiento policial que se gestó mientras de encontraba de servicio de
patrullaje, indicó que el 16 de septiembre del año pasado, se le ordenó que se dirigiera al colegio del
Melocotón en San José de Maipo. Allí, se entrevistó con doña Verónica Órdenes, directora del
establecimiento, quien le manifestó que a eso de la diez de la mañana, una menor de iniciales T.A.C.S
había intentado tomarse unas pastillas, agregando que su padre durante el transcurso de la noche, se
levantaba e ingresaba a su cama, tocándola en sus senos, vagina y trasero. La madre de la menor, no llegó
de inmediato, sino cuando ya se le había tomando la denuncia a ésta. Nada señaló, pues indicó no tener
conocimiento de los abusos de su marido hacia su hija, sólo refirió agresiones físicas hacia ellas - madre e
hijas - por parte de él. La madre no influenció a la niña para efectuar la denuncia, y la señora directora le
entregó una cantidad de pastillas de diversos colores y que habría tratado de ingerir la afectada. Exhibida
una bolsa plástica transparente con una serie de píldoras en su interior, las reconoce agregando que
aquellas se le quitaron a la niña.
Al contra examen de la Defensa, indica que el cabo Colihuinca trabaja junto al cabo Paredes en
el retén San Gabriel. Desconoce si ellos tomaron una denuncia de una menor por abuso sexual ocurrida
meses antes. Tampoco supo que la señora María Santibáñez agredió a este carabinero. La madre de la
menor cuando fue al colegio, se veía normal.
Igualmente, testificó dando fe de los hechos que afectaron a sus hermanas Carolina Marión
Correa Santibáñez, quien consultada respecto de los motivos que convocan su presencia en el presente
juicio, indica que su hermana Tamara le confesó aquella ocasión en la que intentó suicidarse, que su
padre - y padrastro de la deponente - abusaba de ella desde que era pequeña, específicamente todas las
noches se metía a su cama, le sacaba su ropa, y la tocaba en sus partes íntimas. Se lo contó el día que la
fue a ver hospital, y entre los meses de agosto y septiembre del año pasado, los abusos habían sido más
intensos. Respecto de Paulina, sabe que ésta intentó suicidarse, y que su padre abusó de ella en el mes de
julio de ese mismo año, pero aquello sólo lo supo por su madre. Tamara, le indicó que su padre -
padrastro de Carolina - abusaba de ella, y que los hechos consistían que éste, en las noches y mientras
todos dormían, se metía suavemente en su cama, le bajaba la ropa interior y la besaba en sus senos y
vagina, incluso una vez fue muy violento con ella y la dejó sin ropa interior. Su padrastro trabajaba
durante la semana, y llegaba los fines de semana, y en esas ocasiones cometía “esa maldad”, le tocaba sus
18. pechos, vagina y la besaba en aquellas partes, además, intentaba meterle su pene en la vagina. Todo ello
lo hacía bajo amenaza que iba a matar a su madre, y ella creía que iba a cumplir sus promesas, porque
ellos peleaban constantemente. Su padrastro es una persona muy violenta, golpeaba constantemente a su
madre, y recuerda que una vez trató de cortarle el cuello con un cortacartones. Tamara le dijo que todo
esto comenzó cuando era pequeña, pero únicamente lo confesó en septiembre ya que en ese período -
agosto, septiembre - se tornó más incontrolable, y en aquella ocasión le sacó la ropa. Estos episodios
ocurrían entre el viernes y lunes, cuando él llegaba del trabajo, y mientras todos dormían. En esa casa
vivía su madre, Paulina, Tamara, y su padrastro. Allí hay sólo dos dormitorios, y Héctor Correa “sacó
una orden de poner una cama en la misma pieza de la Tamara”, y si no se le hacía caso, se enojaba.
Paulina dormía con su madre en una pieza diversa de la de Tamara. Su mamá mantenía económicamente
el hogar, porque su padrastro le pasaba toda su plata a Paulina, y siempre le decía a Tamara que si le
hacía caso, le iba a dar plata, o le iba a comprar algo. Con Paulina el trato era diferente, pero últimamente,
ella se había alejado de él; cuando ella intentó suicidarse en febrero de 2006, lo único que su madre le
contó fue que fue abusada en julio de 2005 en El Volcán, pero desconoce en qué consistió tal, sólo su
madre le dijo que este maldito le había hecho lo mismo que a ella, refiriéndose a un episodio de abuso
sufrido por la testigo cuando vivían en la Unión. Su relación con Tamara es buena, y la quiere mucho;
con Paulina el vínculo es más distante, porque su padrastro desde que eran chicas, trató que se tuvieran
distancia. Le cree a sus dos hermanas, y le es imposible pensar que su madre haya influenciado a las dos
menores para echar al papá de su casa. Tamara ha sufrido mucho esto, ya no es como antes, y
últimamente bajó sus notas. A Paulina la nota afectada, porque no es la misma niña, y siendo tan regalona
como lo era de su padre, no podría haber inventado todo esto, además, intentó suicidarse. Además, le
parece plenamente factible todo esto, porque cuando ella tenía 11 años, su padrastro abusó de ella, y lo
mismo que le hizo a ella, se lo hizo a Tamara. Tamara le contó que su padre discutió con un amigo de
ella, situación que le generó mucha rabia, pero le asiste la convicción que no por ello inventó todo esto.
Su padre se comportaba celoso con Tamara, no la dejaba tener amigos, y ni siquiera salir a la calle. Esos
mismos celos sintió una vez con ella - deponente -, porque tenía igual comportamiento. A pesar de todo el
daño, no odia a su padrastro, sí le duele mucho lo que le hizo a sus hermanas, y sólo clama justicia para
que algún día pare todo esto, agregando que teme que él le vaya a hacer algo a su hija o su sobrina
pequeña. Sabe que una vez que se da la orden de investigar por los hechos que afectaron a Tamara,
Paulina develó los hechos en contra de su padre. Cuando Tamara intentó suicidarse, Paulina negó
cualquier situación de abuso, porque era muy regalona de su padre, y para ella la única explicación que
encuentra al intento de suicidio de Paulina en febrero, es que él la tenía amenazada cuando Tamara habló
y con el tiempo se atrevió a hablar. Paulina era como la esposa de su padrastro, a ella le pasaba todo el
dinero y, claramente, era a quien más le convenía que su padre estuviera libre. Su mamá en el 2004 lo
denunció por violencia intrafamiliar, fue condenado, y no podía acercarse a la casa. Paulina obedecía
todas la órdenes de su padre, y no le hacia caso a su madre.
Consultada por la parte querellante, indica que la familia era sostenida por su madre, y que
Héctor Correa nunca se preocupó mucho de las niñas; a Tamara no le daba nada, ni plata para comprar
cuadernos. Con sus hermanas era muy celoso, sobre todo con Paulina, y con ella también lo fue.
19. Al contra interrogatorio de la Defensa, refiere haber estado grande cuando su mamá conoció a su
padrastro, y él la reconoció. Tamara le comentó lo ocurrido sólo después que intentó suicidarse, lo cual
sucedió con posterioridad a haber tenido su padre una pelea con un amigo de ella. Su mamá no padecía de
alcoholismo, sólo en fiestas bebía un par de copas. Su madre no siempre estaba en casa, salía a trabajar
durante el día y llegaba en las noches, salvo que saliera a regiones. Los días de semana, las niñas
quedaban en el internado o en la casa, y en el año 2005, Tamara ya no estaba en el internado, porque se
había cambiado de colegio. Ya desde hace ocho años que no vive en la casa, pero iba a ayudar a su
madre, y se quedaba en la casa dos, cuatro días o una semana completa, y nunca vio a su madre
alcohólica; tampoco sus hermanas le comentaron que bebía. Confrontada con los dichos de Tamara quien
indicó que su madre bebía, la deponente señala que la niña pasaba más tiempo con su madre que ella. Su
padrastro nunca le pasó nada a su mamá, no la ayudaba económicamente, y luego, como tenía más interés
en Paulina, le pasaba el dinero a ella. Sabe que es verdad lo que dijo Tamara, pues prueba de ello es lo
que pasó con Paulina, ya que porqué ella si era la regalona de su padre. Una de las cosas que le motivó
dudas, fue el intento de suicidio de Paulina, y piensa que éste se debió a que su padrastro, continuó con
los abusos hacia ella, y si bien su madre le dijo que había sido una sola vez, piensa que fue una situación
reiterada, porque de ella abusó un año y medio. Cree que con Paulina esto siguió durante el año, y en
diciembre y enero, no obstante ello, representarle el abogado defensor que el acusado está preso desde
noviembre. Paulina tenía un novio, y su papa le hacia los mismos escándalos que a Tamara. Los abusos
que ella sufrió, sólo los comentó en el tribunal donde debió concurrir, y Tamara no tenía cómo enterarse
de lo que a ella le había ocurrido. Sabe que se hizo una denuncia de violencia intrafamiliar, se le prohibió
a su padrastro acercarse al hogar, además, de ordenársele a toda la familia que asistiera a terapia
sicológica, a la cual también asistían las niñas. Desconoce si la sicóloga les comentó a ellas, del abuso del
que fue víctima. Hay detalles en el relato de Tamara que coinciden con las situaciones por ella sufrida, y
Tamara no tenía como enterarse. No cree que su madre lo haya contado en la denuncia de violencia
intrafamiliar, y si lo hizo, no pudo dar mayores detalles, porque ella no le contó las cosas íntimas, sólo
sabe que la penetró. Tamara relata lo mismo que el acusado le hacía a ella, y siempre amparado en el
silencio de la noche. El acusado abusó de ella cuando vivían en la Unión, y lo denunció cuando ya no
aguantó más. Nunca le practicaron ningún examen, y a ella y a su hermana las llevaron a vivir a un hogar,
mientras que a su madre la internaron en un hospital psiquiátrico. Una vez que llegaron a Santiago, y dos
años más tarde, la revisaron en el Servicio Médico Legal, pero sólo “por delante y no por detrás”. En la
Unión no estuvo preso, y en Pedro Aguirre Cerda sólo lo estuvo tres meses. Cuando esto le ocurrió, sufrió
mucho, y lo que le hizo a sus hermanas es como si se lo hubiese hecho nuevamente a ella. Los abusos
fueron a partir de los 10 u 11 años, y cuando su padrastro la intentó violar, se resistió y se puso rebelde,
prefirió a salir a la calle, y se embarazó a los 14 años, y le agradece, en términos irónicos, a Héctor Correa
el hecho de haber sido madre tan joven. Tamara no le contó nunca haber sufrido un intento de violación
por un desconocido en un puente en el sector del Yeso. Su padrastro llegaba los fines de semana, y la
custodia de las niñas la tenía su madre. Cuando alguna se enfermaba, era su madre quien las cuidaba, el
padre nada aportaba. Tamara le comentó las agresiones sufridas, y le contó que él le bajaba la ropa, pero
una vez y ahora último, como ella se opuso, él la golpeó y le saco toda la ropa y la dejó sin nada en la
cama. Al parecer a Tamara le tenía odio, en cambio Paulina era su reina. En su casa siempre hubo mucha
20. violencia, su padrastro golpeaba a su madre, golpeaba delante de sus hermanas, y su madre se defendía de
las agresiones. Paulina con la plata que le daba el papá, se compraba cosas para ella, y, a veces le
compraba un saco de harina a su mamá cuando ella le pedía que le comprara cosas. Le pasaba la plata a
ella, porque el papá no estaba toda la semana en la casa. Su madre era la responsable de la casa, ella era la
dueña de casa.
Requerida por el Tribunal, indica que las tocaciones a Tamara, eran por debajo de la ropa de la
niña, y que en varias ocasiones la intentó violar. Tamara estuvo hospitalizada luego del intento de suicidio
bastante tiempo, hasta como noviembre o diciembre, y de allí se intentó fugar y suicidar tirándose al río,
porque no soportaba que su padre se paseara por las afueras del hospital.
Además, la Fiscalía contó con el atestado de María Luzmira Santibáñez Pino, madre de las
menores ofendidas, quien indicó que su hija Tamara, en el mes de septiembre de 2005, intentó suicidarse,
oportunidad en la que le contó que su padre en ciertas ocasiones y cuando vivían en San José de Maipo, le
hacia tocaciones en sus pechos, cuerpo, y vagina, besándole el cuerpo y dichas zonas; incluso, en cierta
ocasión, intentó penetrarla y le sacó su pijama a tirones. No había contado nada hasta ese momento,
porque él la amenazaba y le tenía mucho temor, ya que veía las reacciones violentas que él tenía hacia
ella - madre -, a quien golpeaba con frecuencia, por lo que le asistía la certeza que dichas amenazas se
concretarían si hablaba. Indica que en septiembre, la menor no pudo superar lo que sucedía, e intentó el
suicidio. Las amenazas consistían en que si hablaba, la iba a matar a ella - testigo -, porque él la golpeaba
constantemente, e incluso en ciertas ocasiones intentó matarla. Recuerda la declarante, que su marido en
el año 1994, intentó cortarle el cuello con un cortacartones. El hecho que afectó a Tamara, ocurrió en
calle Mustafá, casa N° 14, campamento minero. Como madre, jamás se dio cuenta de lo que ocurría, y,
generalmente, estos abusos ocurrían en el mismo dormitorio de su hija. En la casa vivían Tamara,
Paulina, su marido y ella, y sólo había dos dormitorios; uno con una cama de dos plazas donde dormía
Paulina, y el otro con dos camas: una de ella y la otra de Tamara. Cuando su marido llegaba los fines de
semana, ella le cedía su cama, así es que dormía en el mismo dormitorio que Tamara. En ciertas
ocasiones, y mientras dormía en la pieza de Tamara, su marido llegaba por la noche, le levantaba la ropa,
y la comenzaba a tocar en todo el cuerpo, y para evitar aquello, dormía con Paulina. A veces tenían
relaciones sexuales, pero siempre de manera forzada, y si accedía y se acostaba con su marido, era para
evitar que las niñas se dieran cuenta de lo que estaba ocurriendo. A veces la violaba, y la situación
conyugal era insostenible. Lo de Tamara ocurrió en agosto y septiembre de 2005, aunque los abusos
habían comenzado cuando era pequeña. Paulina, también intentó suicidarse en febrero de 2006. En
aquella ocasión, ella se hallaba en la Unión, y cuando llegó a su hogar, se enteró por vecinas que su hija
estaba internada en el hospital de San José Maipo, informándosele allí que la habían derivado al Sótero
del Río con pocas posibilidades de vida. A los pocos días que la niña salió del hospital, llegó una citación
de Investigaciones, y pensaron que se debía al intento de suicidio de Paulina. Ese día, fueron a
Investigaciones y cuando salieron a tomar un colectivo, Paulina la abrazó y le dijo “mama estás
preparada para otra noticia”, y le dice: “es que mamita, a mi me pasó algo igual que a la Tamara”.
Frente a tal confesión, quedó muda, y luego le dijo: “hija, pensé que a ti también te había pasado”. En
Investigaciones, ella le dijo al policía que tenía el presentimiento que su hija Paulina también había
pasado por lo mismo que de Tamara y Carolina. En esa ocasión, Paulina contó en Investigaciones, que en
21. el mes de julio de 2005, su padre se había metido a su cama, y la había tocado en su cuerpo, pechos y
vagina. La relación entre él y Paulina era buena, pero también había momentos de mucha violencia,
incluso la amenazaba, y le decía que si se ponía insolente con él, no le iba a dar plata para zapatos o para
el colegio. Su marido le daba dinero a Paulina. Él trabajaba en las minas, y no estaba en la casa durante la
semana. Paulina cuando él estaba, le obedecía. Nunca ha influenciado a sus hijas para que mientan por
ella, ni tampoco mentiría ella o sus hijas, exponiendo a las niñas al tribunal. Han sufrido mucho con esto.
Tamara era testigo de la constante violencia que había en el hogar, y está segura que no ha mentido,
porque la conoce bien. Ellas crecieron en un ambiente de violencia, y no mentirían a estas alturas para
ayudarla. Su hija Carolina, fue abusada en el año 1993, y en aquella ocasión su marido estuvo preso 3
meses. Buscó un lugar donde huir de él, y desde que se vino del sur ha vivido en 4 casas diferentes; la
última fue la del Volcán, lugar donde su marido también llegó. No cree que el relato de Carolina haya
influido en sus otras hijas. De los hechos que afectaron a Tamara, se enteró en septiembre de 2005, el
intento de suicidio ocurrió en el colegio el Melocotón. Su hija sacó de la casa medicamentos, e intentó
tomárselos en día siguiente en el colegio, una amiga la sorprendió, y dieron aviso a los profesores de lo
que estaba sucediendo. Tamara contó en el colegio a sus profesores y a carabineros que llegaron al lugar
lo que estaba sucediendo, ella estaba aburrida y había tomado la determinación de no vivir más. Tamara
después de develar los hechos, estuvo un mes y medio en el hospital de San José de Maipo sumida en una
fuerte depresión. Héctor Correa no fue detenido de inmediato y luego de la denuncia, sino sólo en
noviembre y cuando Tamara se escapó del hospital para tirarse al río, porque no podía pensar cómo no
era escuchada por la justicia. En ese momento, recién detuvieron a su marido, y llevaron a la niña al
Servicio Médico Legal. Luego, la llevaron al Hospital Barros Luco, porque estaba con una crisis
producto de su depresión, pero allí no la pudieron internar. Tamara dijo que el día anterior había habido
un problema entre su papá y un amigo, y sintió rabia luego de ello. Tamara no es mentirosa, ni rencorosa,
y no habría inventado una cosa así por rabia. Paulina tampoco es así. Héctor Correa es una persona
violenta, la golpeaba frente a las niñas, e incluso fue agresivo con sus jefes, compañero de labores, y
vecinos; pero más bien la agresividad la descargaba hacia ella. Hay varios reclamos de esta naturaleza en
tribunales, muchos años le estaba pidiendo que se fuera de su casa, pero jamás mentiría con una cosa
como esta para lograr echarlo del hogar. Siempre donde ella huyó, él llegó. No le tiene odio, sólo siente
pena de lo que han significado todos estos años, y tiene la plena seguridad que él ha cometido todos estos
delitos. Si se hubiera dado cuenta antes, habría acudido de inmediato a carabineros para denunciarlo, y no
habría esperado que sus hijas intentaran suicidarse para reaccionar. Es un hombre que la ha golpeado toda
la vida, pero jamás les pediría a sus hijas que mintieran para terminar con esta situación.
Reconoce haber bebido alcohol en ciertas ocasiones, pero nunca grandes cantidades, siempre fue
compartiendo con vecinos y amigos. En el año 1991, estuvo internada en el psiquiátrico, por una crisis
depresiva crepuscular, puesto que cuando estaba embarazada su marido la maltrataba sicológicamente, y
estaba desnutrida. Él en un comienzo le dio dinero, pero últimamente nada le daba. Tomó durante un
tiempo pastillas antidepresivas, pero ya no los necesita desde hace mucho tiempo, jamás ingirió
medicamentos con alcohol.
Exhibido por la Fiscalía un set fotográfico compuesto de veinte fotografías del sitio del suceso,
las reconoce indicando que en la N° 1: se ve la entrada de la calle Mustafá donde vivían, y desde allí se
22. aprecia el cerco de su casa, N° 2: es una parte del patio de su casa ; N° 3: su casa, la chimenea, la puerta
principal y el cerco que da al parrón; N° 4: puerta de la casa, y la reja exterior con un candado, que él
nunca respetó, el lugar era de fácil acceso; N° 6: cerco de la casa; N° 7: el cerco; N° 8: otro antejardín y
frente de la casa y N° 9: sector del antejardín de su hogar; N° 9 igual tomada de la misma posición ; N°
10: la otra puerta del patio; N° 11 puerta del portón de la casa. Nº 12: ventanas de los dormitorios; Nº 13:
parte que da al jardín; N° 14: otra vista de la casa y de las ventana de atrás; N° 15: puerta que da hacia el
gallinero; N° 16: costado de la casa; N° 17: costado de la casa que colinda con el sitio; N° 18: salida de
atrás que da al gallinero de la casa; N° 19: parte del patio donde se halla un cerezo y el parrón; y N° 20:
costado del parrón.
Contra examinada por el abogado del encausado, no se define como una persona alcohólica, sí
reconoce haber bebido en ciertas oportunidades, pero jamás lo hizo a escondidas; no recuerda haber
llegado bebida a su casa, y nunca se desaparecía por noches para salir a beber. Siempre sus hijas sabían
donde se hallaba. Confrontada con los dichos de Paulina en cuanto señaló que su madre abandonaba la
casa y no sabía dónde estaba, la deponente indica que si esto ocurrió en alguna oportunidad, no lo
recuerda. Durante la semana sus hijas estaban con ella en su domicilio, y no recuerda haberlas dejado
solas por la noche. Consultada por don Belarmino Jara Alonso, refiere que es conocido de ella, y que
visitaba la casa de él frecuentemente. En dueño de un campamento, y le daba trabajo a ella y a Héctor
Correa cuando estaba cesante. Era una persona muy cercana a su familia, y se visitaban. No iba a tomar
con él, y las veces que bebían, también lo hacía Héctor Correa con ellos. En ese camping no venden
bebidas alcohólicas. La casa donde ocurrieron los hechos, si bien tenía más piezas, sólo tres camas. Hace
tiempo que no dormía con su marido, y en la cama de dos plazas dormía Paulina. En la otra habitación,
dormía ella con Tamara. Cuando Héctor Correa llegaba, ella se cambiaba al dormitorio a dormir con
Paulina, y le dejaba esa cama junto a Tamara. Las niñas supieron que ella había hecho una denuncia por
violencia intrafamiliar, y sabían que su padre no podía acercarse a la casa, pero igual entraba. Otra
medida que se dispuso en dicha causa, fue una terapia sicológica para todo el núcleo familiar, pero él no
quiso ir, porque no era un loco. En dicha terapia, ella hizo referencia a la violación de Carolina, sin
mayores detalles. Desconoce si el sicólogo les contó a sus hijas lo que le había ocurrido a Carolina; sí
Tamara supo que su padre había estado detenido. Cuando Héctor Correa estuvo detenido, el ambiente en
la casa era calmado, no habían peleas, nadie gritaba, se dormía tranquila, no había sobresaltos, y por eso
cuando él estuvo preso, ella buscó refugio en otro lugar; la denuncia de violencia intrafamiliar no dio
resultados. Tamara tenía confianza con ella, pero nunca le contó que había sido tratada de violar por un
desconocido en el sector del puente El Yeso. Don Héctor no le entregaba dinero, en pocas ocasiones algo
le daba. Actualmente, y al estar detenido, sus hijas la ayudan con parte del presupuesto, y el resto es de lo
que obtiene con su trabajo. Fue a hablar con el jefe de su marido, para que conversaran con él y le
hicieran ver que no volviera más a la casa por los problemas que tenían, no fue a pedir que lo despidieran.
Paulina tenía pololo hace más de un año, y nunca le contó con detalles la razón por la que se intentó
suicidar.
Consultada en orden a haber sido denunciada por maltrato a Carabineros, indica que ella fue
quien denunció al carabinero José Antonio Muñoz Soto por agresivo. Aquello fue porque Héctor Correa
le hizo un trabajo a él, y éste no se lo pagó. Héctor la mandó a ella a cobrar y el carabinero le contestó de
23. manera prepotente, entonces ella le dijo que era un corrupto, y él le pegó un codazo en la boca, por eso es
que tiene incluso una prótesis. Él la mandaba a ella a cobrar si quería plata, ella debía enfrentarse con la
gente si quería conseguir el dinero para sus niñas. Su marido es un mentiroso. Reconoce que Tamara y
Paulina la reprendían beber, pero nunca ha sido alcohólica. Lo que a las niñas les molestaba era el olor a
trago, y le pedían que no tomara más. Cuando Héctor le pasaba la plata a Paulina, lo hacía porque ella
distribuía mejor la plata, y que él sabía lo que hacía con su dinero. La testigo indica haber mantenido el
hogar, y de una u otra forma se las rebuscaba para conseguir dinero. En lo que respecta a los cuidados
físicos de sus hijas, ella se encargaba, y era quien andaba detrás de las niñas para que hicieran las tareas.
En la sentencia de violencia intrafamiliar, además, se le entregó la tuición de las niñas.
Se condujo a estrados, a Verónica del Carmen Órdenes Vergara, directora del colegio del
Melocotón al cual asistía la menor de iniciales T.A.C.S., quien refirió que en el mes de septiembre del
año pasado, aproximadamente el 25 y de vuelta de vacaciones, una alumna de 7° básico fue sorprendida
con muchas pastillas en su poder que intentó tomárselas. La profesora de su curso intervino, y la llevó a
su oficina. Se entrevistó con Tamara Correa Santibáñez, quien estaba en muy mal estado, lloraba mucho y
se veía muy afectada. Conversó con ella, y le preguntó la razón por la que había intentado hacer eso,
indicándole la niña que estaba aburrida, que no quería vivir y se quería matar. Le pidió que le contara lo
que pasaba, y ella le dijo que en su familia había mucha violencia intrafamiliar, mientras continuaba
llorando. Le indicó que no quería volver más a su casa, y no quería volver a ver a su padre. Frente a tal
aseveración, ella le preguntó si tenía algún problema puntual con él, y ella responde que hay muchos
problemas. Nuevamente, le pregunta si su padre le había faltado alguna vez el respecto, y ella responde
que sí, que le tocaba la vagina, y el pecho, insistiendo en que no quería volver a verlo. Además, le contó
que él la amenazaba con matar a su mamá. Frente a tal situación, la deponente decidió realizar la
denuncia y llamó a carabineros para que concurrieran a la escuela, narrándoles lo sucedido. Trató de
ubicar a la mamá, y demoró en llegar, porque viven en un sector más aislado. La denuncia fue tomada en
el colegio, y la madre de la niña llegó como a las tres o cuatro de la tarde. No sabía lo sucedido, y el
carabinero le narró lo ocurrido, encontrándose Tamara y ella presentes. Lleva 33 años de servicio, y sabe
que un niño miente, en otras cosas, y no en éstas. Notó un dolor muy grande en la menor, y le creyó.
Además, habló con la profesora jefa de su curso, y le informó que Tamara se hallaba en tratamiento
sicológico y se veía muy dolida. Cuando la madre se enteró, fue terrible e impactante, gritaba, y se tendió
a desvanecer, se recriminaba y aludía a cosas del pasado. Le decía a Tamara “no, porqué no me lo dijiste
hija si este infame ya lo hizo una vez”. Prosigue la declarante, indicando haberle preguntado a Tamara el
motivo por el que no le había contado a su madre, y ella le dijo que tenía mucho miedo de la violencia y
de los conflictos que habían en su casa. Cuando vio a Tamara como a las 10:00 horas de la mañana, ella
se presentó ante ella llorando y muy reprimida, lloraba con desesperación y suspiros. Lloró por mucho
rato y no quería hablar. En esa mañana no le cuenta de inmediato del abuso, y quizás si ella no le hubiera
dado la confianza e insistido, tal vez ella no habría contado. La menor sindicaba como responsable a su
papá, y le costó decirlo. Los abusos ocurrían en su casa, y en su pieza. En la casa había dos dormitorios,
en uno, una cama de dos plazas, en el otro, dos camas más. Su mamá dormía en la cama de dos plazas con
su hermana, y su papá con ella cuando llegaba. Él se pasaba a la cama de ella por las noches. Dijo que le
había pedido a su hermana que le permita dormir en la cama de dos plazas, y accedía al principio, pero
24. después se retractaba ya que dormían muy incómodas. El padre la manoseaba, le tocaba la vagina, el
trasero, y sus senos por debajo de la ropa, y ella despertaba cuando estaba dormida.
Contra examinada por la Defensa, refiere que la niña le indicó que su padre la manoseaba, y que
en la noche mientras dormía, se metía debajo de la ropa de cama. Ella no insistió para saber qué pasaba en
la vida familiar de la menor, lo que realmente le preocupó fue el estado emocional de ella, no era su afán
indagar en cosas familiares, sino que salió a raíz de ello. Le insistió varias veces si se trataba de su papá o
de su padrastro. Sólo tenía conocimiento por referencias de la apoderada, que tenían problemas de
violencia intrafamiliar. Tamara estuvo menos de un año como alumna. No sabe porqué Tamara abandonó
el internado donde antes se hallaba, la madre dijo que tenía conflictos con sus compañeras, mas no está
segura.
Por su parte, se contó con al presencia de Carolina Helena Prado Santibáñez, hermanastra de
las menores ofendidas, quien manifestó en estrados haberse enterado que en el mes de septiembre del año
pasado, su hermana Tamara intentó suicidarse, y que ella y su madre quedaron hospitalizadas por dicha
situación. Llegó al lugar donde se hallaban internadas, y le preguntó a Tamara qué pasaba, ella le dijo que
su padre abusó de ella en los meses de agosto y septiembre de dicho año, agregando que desde que tenía
ocho años le hacía esto, pero que en agosto y septiembre se había tornado más seguido. En ese momento,
ella le pidió que no le contara nada más, y fue a ver a su madre que estaba con sedantes, pidiéndole la
doctora que las atendió, hacerse cargo de ellas. Su madre se fue con ella para su casa, y después de un
tiempo dieron de alta a Tamara; pasaron un par de meses, y en febrero Paulina intentó suicidarse. De
dicho suceso, se enteró por un llamado telefónico dos días después de ocurrido. Fue al hospital, y su
hermana no reaccionaba. Sintió que algo pasaba, y sólo le dijo que estuviera tranquila, la tomó de la mano
y le dijo que la quería. La dieron de alta y se fue con ella fue para su casa. A los días, las llamaron de la
Brigada de delitos sexuales a declarar. Paulina pensó que se trataba del intento de suicidio, y cuando iban
entrando, ella le preguntó a la niña si tenía que decirle algo y ésta respondió que no. Salió complicada
luego de declarar, y cuando le tocó entrar a ella, le preguntó al policía que la estaba interrogando, si su
hermana Paulina había dicho si su padre abusaba de ella, respondiéndosele que sí. Su mamá y hermanas
se fueron a su casa. A Paulina no le preguntó nada, y ese día sólo conversaron del asunto de Tamara, y
todas estaban sicológicamente muy afectadas, por lo que no quisieron ahondar en más cosas dolorosas.
Luego, cuando las llamaron nuevamente a declarar, sólo les dijo a sus hermanas que estuvieran tranquilas
y que dijeran la verdad. Sabe que Carolina fue abusada y Héctor Correa estuvo preso. Tamara le contó
que esto ocurría en la casa de calle Mustafá, N° 14, pueblo El Volcán. Los abusos ocurrieron varias veces,
y los fines de semana que Héctor Correa bajaba, los aprovechaba para pasarse a la cama de su hermana
mientras todos dormían. Le tocaba los pechos, vagina, trasero, y le decía que le hacía que le hiciera sexo
oral. Lo de Paulina fue sólo una vez en julio de 2005, en la misma casa. Constantemente este sujeto
peleaba con su mamá, la golpeaba, y ella en varias ocasiones conversó con Héctor Correa sobre el asunto.
Tamara dejaba que su papá la tocara, porque él la amenazaba que si decía algo iba a matar a su madre o a
ella misma. Héctor y Paulina tenían muy buena relación, él la protegía, y todo giraba en torno a ella,
razón por la que ella - testigo - se enfrentó varias veces con él por las diferencias económicas que éste
hacía entre las niñas. Paulina siempre obedecía a su papá, y él le daba dinero. No es probable que su
madre haya inventado esto para sacarse a Héctor Correa de encima, porque no expondría a sus hijas a este
25. sufrimiento que afecta a toda la familia. Ni Tamara ni Paulina son mentirosas, y les cree lo dicho, porque
ellas no se mezclarían en los problemas de sus padres. Paulina nunca habría mentido con algo así, porque
ella era todo para él. Sabe que Carolina fue abusada por su padre, y su madre huyó de la Unión por ello;
él estuvo preso en San Miguel un tiempo, y luego las buscó hasta encontrarlas.
Contra examinada, refiere que Paulina y su papá eran muy cercanos, era muy evidente que ella
era su regalona, y eran claras, para todos, las diferencias que se hacían entre las dos niñas, pese a lo cual
Tamara no le tenía envidia. Tamara es sana, en el colegio tiene buena conducta, pero nunca ha sido muy
buena para los estudios. Estuvo en un internado y no sabe la razón por la cual se retiró. No supo que
Tamara había sufrido un intento de violación en el sector del puente el Yeso. Le cree a Paulina, pero
nunca le preguntó a ello lo ocurrido, debido a lo mucho que veía sufrir a Tamara con esto. Sí le preguntó
porqué se intentó suicidar y le dijo que por problemas que ella tenía. Tenía un pololo, y sabe que en algo
tuvieron que ver en el suicidio los problemas con su pololo.
Dando cuenta de procedimiento adoptado luego de la denuncia recibida, de las diligencias
efectuadas con posterioridad a ésta, así como de la detención del acusado, se contó con los dichos de los
siguientes policías:
a) Pedro Alejandro Zuloaga Núñez, cabo primero de carabineros, quién refiriéndose a una
orden de investigar por abuso sexual recibida el año pasado, expuso haber concurrido al Cajón de Maipo
a realizar diligencias tales como empadronamiento de personas del sector a fin de recabar información.
Allí se entrevistaron con una vecina de la víctima, pero no fue posible obtener muchos datos más, que el
dueño de casa viajaba de lunes a viernes y los fines de semana permanecía en su domicilio, bebía bastante
y toda la población sabía que era agresivo, corroborando dichos antecedentes la hija de la declarante.
Asimismo, y una vez que las niñas se encontraban de alta, le ordenaron el día 21 de noviembre que
trasladara a una de ellas al Servicio Médico Legal. Ese mismo día y previo a llegar al Servicio Médico
Legal, la menor Tamara había sido dada de alta, e intentó fugarse del hospital para suicidarse y tirarse al
río. Ese día en la tarde, se obtuvo la orden de detención en contra del acusado Héctor Correa, y se le
detuvo en la madrugada del día 22 de noviembre en el sector de las minas durante la noche. El Volcán es
un lugar montañoso, de campo, y con pocos habitantes. En un primer momento no fue agresivo, pero
luego al ver que su señora estaba cerca, se puso violento y le dio un golpe fuerte en la muñeca, por lo que
su acompañante tuvo que reducirlo. Era un lugar oscuro, apenas se veía y el golpe que le dio fue certero.
Señala conforme a su experticia, que en este tipo de ilícitos, normalmente los detenidos son pacíficos, y
esta es la primera vez que le toca un imputado violento. Dentro de las diligencias, se le tomó declaración
a Paulina, hermana de la víctima, quien señala que semanas antes la sicóloga del consultorio donde se
atendía su hermana, le indico que la cuidara y que no la dejara sola, porque estaba siendo víctima de
abusos sexuales por parte de su padre, y que en más de una ocasión le hizo sexo oral. Además, le señaló
que otra de sus hermanas había sido abusada por su padre. Asimismo, la directora del colegio de Tamara,
le dio cuenta de la situación producto de que la niña intentó suicidarse con pastillas. Con Tamara no fue
mucho lo que conversó, ya que se veía muy afectada. Sólo les dijo que era verdad, y que el padre abusaba
de ella. Siempre lo sindicó a él, y permitía que él la tocara, porque era violento y si contaba algo, la única
que iba a pasar un mal rato era su madre ya que la iba a matar.
26. Contra examinado, indica haberle tomado declaración a Paulina, y ella manifestó que su padre
no había abusado de ella, cosa que los dejó preocupados, porque ella en un primer minuto dice que no
saber nada de lo de su hermana, y luego reconoce que la sicóloga le había contado lo que su padre le
hacía a su hermana. A Paulina le tomó declaración el 21 de noviembre, y no se enteró directamente por
su hermana. En el Servicio Médico Legal, les sugirieron atención sicológica para Tamara, y la derivaron
al hospital Barros Luco, pero no la dejaron internada, porque no había unidad psiquiátrica infantil por lo
que la llevaron a casa de una hermana. No recuerda si dentro de estos traslados andaba Paulina. El
imputado cuando se dio cuanta que la esposa estaba con un carabinero en otro dispositivo, se puso muy
agresivo. La menor permitió los abusos por parte de su padre, por las amenazas dirigidas en contra de su
madre, y estaba asustada porque él era muy agresivo dentro del hogar.
b) José Vicente Gutiérrez Valdés, carabinero, quien manifestó haber realizado diligencias
relativas a la detención del imputado el día 22 de noviembre de 2005, a las 00:40 horas aproximadamente.
Primeramente, en compañía de cabo Zuloaga y Campos, se dirigieron al domicilio de éste, y no se
encontraba, razón por la que se le fue a buscar a su lugar de trabajo en El Volcán, San José de Maipo. Allí
lo ubicaron y se le intimó la orden de detención, y se le trasladó a la unidad policial en Santiago. Como
no portaba cédula de identidad, pasaron por su domicilio a buscarla, percatándose éste que su esposa se
encontraba en las cercanías del hogar con carabineros, momento en el que comienza a gritar improperios
en contra de ella y del personal de carabineros. Se colocó violento y lesionó al jefe de patrulla, siendo
finalmente detenido. Asimismo, se empadronó a testigos vecinos del imputado, a su esposa, y a una de
sus hijas. Paulina Correa señala en relación al delito sexual en contra de su hermana, que tenía
conocimiento, porque una sicóloga le indicó que cuidara a Tamara de su padre, porque éste estaba
abusando sexualmente de éste. La madre de la víctima, indicó haberse enterado de esto el 26 de
septiembre, cuando la mandan a buscar del colegio de Tamara, porque ésta se había tratado de suicidar
con pastillas ya que su padre abusaba de ella con tocaciones en los pechos, vagina, la besaba en dichas
partes, e incluso le practicó sexo oral, todo a lo cual la menor accedía bajo constante amenazas de muerte
en contra de su madre. Los vecinos relataron conocer por cerca de diez años a la familia, agregando que
el imputado bebía alcohol, y había violencia en el hogar. El día 21 de noviembre, y luego de que Tamara
intentara fugarse del hospital San José a fin de atentar en contra de su vida, fue dada de alta y llevada al
Servicio Médico Legal para la realización de exámenes ginecológicos La niña se sentía muy afectada,
guardaba silencio, y estaba triste. El imputado en un primer momento se mostró tranquilo, pero una vez
en su domicilio, cambió rotundamente de actitud, y se puso violento.
Contra interrogado señala que cuando a la menor la dieron de alta, la llevaron al Servicio Médico
Legal, y allí les sugirieron que le fuera brindada asistencia, pero no fue aceptada en la unidad de
psiquiatría del hospital Barros Luco, pues no admitían menores. Paulina le señala que la sicóloga le había
informado lo de Tamara y de Carolina. Paulina no señala haber sido abusada, más bien su declaración iba
dirigida al hecho de su hermana, y si lo dijo no lo recuerda. Asimismo, Paulina hace mención a que su
padre le entregaba el dinero a ella, porque su madre no era responsable con la plata. Tamara siempre en
los traslados estuvo callada, y en estos traslados Paulina estuvo con su hermana.
c) Víctor Ulises Bravo Núñez, detective de la Brigada de delitos sexuales de la policía de
Investigaciones, quien refiriéndose a una orden de investigar recepcionada el día 5 de diciembre de 2005,