Este documento describe la historia y definición de la criminalística. Explica que la criminalística surgió para guiar las investigaciones policiales de manera científica. Define la criminalística y explica sus objetivos de aplicar métodos científicos para obtener evidencia forense. También diferencia la criminalística de otras ciencias como la criminología, policía científica, policiología y medicina legal. Por último, describe los órganos de la policía científica en Venezuela, incluyendo el Cuerpo de Investigaciones C
2. CRIMINALÍSTICA
Origen de la Criminalística:
Concepto de Criminalística:
Objetivos de la Criminalística:
Definición de Criminalística:
Diferenciar la Criminalística de otras Ciencias Penales:
a) Criminología.
b) Policía Científica
c) Policiología
d) Medicina Legal
Órganos de la Policía Científica en Venezuela.
El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
(CICPC)
3. CRIMINALÍSTICA
ORIGEN
En el momento que las investigaciones policíacas se
empezaban a guiar científicamente, pero con un porcentaje
considerable de empirismo, donde se usaba la intuición y el
sentido común, lógicamente no se obtenían resultados muy
satisfactorios.
Pero todas estas investigaciones y pesquisas empíricas, a
adquirieron un nombre propio que le dio el mas ilustre y
distinguido criminalista de todos los tiempos, el Doctor en
Derecho HANNS GROSS.
4. CRIMINALÍSTICA
ORIGEN
El Doctor Hanns Gross nació en Graz, Austria en 1847, fue Juez
de Instrucción en Stejermark y Profesor en Derecho Penal en la
Universidad de Graz, y por primera vez fue quien se refirió a los
métodos de investigación criminal como Criminalística. La
elaboración del “Manual del Juez”,(1892) le tomó 20 años de
experiencia e intensos trabajos, en donde hizo orientaciones que
debe reconocer la instrucción de una averiguación para la
aplicación de la técnica del interrogatorio, el levantamiento de
planos y diagramas, utilización de los peritos, la interpretación de
escrituras, conocimiento de los medios de comunicación entre los
participantes de un mismo delito para el reconocimiento de las
lesiones.
5. CONCEPTO
Es la ciencia que aplica los procedimientos técnicos y
científicos de las ciencias naturales a los objetos,
rastros
y efectos
materiales
involucrados
en
la
comisión u omisión de un presunto hecho punible, a
objeto de obtener una evidencia forense que puede ser
presentado como elemento de convicción en el
proceso penal.
6. Criminalística
Definición :
Es la ciencia multidisciplinaría, auxiliar de la
Justicia, que estudia el delito a fin de interpretar su modus
operendi, e identificar a sus autores. La Criminalística,
reúne
conocimientos
generales,
sistemáticamente
ordenados, verificables y experimentales, a fin de estudiar,
explicar y presidir el cómo, dónde, cuándo, quién o
quienes del accionar delictivo
7. OBJETIVOS
General
Aplicar Conocimientos, metodología y tecnología al estudio de la
Evidencia Forense
Específicos
Aportar pruebas para la identificación de las víctimas.
Demostrar científicamente la existencia o no, de un hecho
presuntamente punible a través de la colección de evidencias físicas.
Vincular todos los factores que intervienen en el hecho punible con la
evidencia forense.
Determinar la responsabilidad de los autores y demás partícipes en la
comisión u omisión del hecho.
8. Objetivos Específicos
Vincular las evidencias físicas o forenses con el sitio
del suceso.
Aportar pruebas que permitan vincular el agresor con
la víctima y viceversa.
Aportar las pruebas que permitan determinar los
medios de comisión u objetos incriminados , activos o
pasivos.
9. CRIMINALÍSTICA
COMO CIENCIA
Es una ciencia natural, auxiliar, penal, multidisciplinaria
que
reúne
los
conocimientos
universales,
sistemáticamente
ordenados,
fiables,
factibles,
verificables, sobre un presunto hecho punible, con el
objeto de BUSCAR LA VERDAD del mismo mediante el
método inductivo.
10. CRIMINALÍSTICA DE CAMPO
Tiene por objeto el análisis sistemático de la
realidad de un hecho presuntamente punible,
tales como: sitio del suceso, zonas adyacentes
o
perímetro,
comisión,
víctima,
efectos
agresor,
materiales
aplicando el método científico.
medio
de
generados
11. CRIMINALÍSTICA DE LABORATORIO
Tiene por objetivo aplicar los conocimientos,
métodos y técnicas de las Ciencias Naturales,
usando el instrumental técnico científico de
punta, para obtener la evidencia forense y
vincularla con el hecho que se investiga
12. Diferencias de la Criminalística con otras Ciencias Penales:
a) Criminología.
La Criminología la entendemos como la ciencia
que se encarga del estudio del delito como conducta humana y social,
investiga las causas de la delincuencia, de la prevención del delito y
del tratamiento del delincuente. Su campo de acción se engloba en
tres ramas:
1.- En la Administración de Justicia
2.- En el Campo Penitenciario y
3.- En la Prevención del delito
La Criminología se ocupa del análisis de los procesos que llevan el hecho a
su sanción, y sobre todo, de la esfera del delincuente en su conjunto,
incluyendo un extenso periodo de tiempo anterior al hecho y posterior a la
puesta en libertad tras un eventual cumplimiento de la condena y el
comienzo de la reinserción social.
13. b) Policía Científica:
Llamada también Policía Técnica, es la que por el
estudio práctico de los criminales y del crimen, y mediante la
aplicación de métodos de investigación científica, da la posibilidad de
descubrir a los autores de los crímenes y de los delitos.
Esta ciencia tiene fines y propósitos semejantes a
los de la Criminalística, pero sin llegar a lo científico del laboratorio. Es
el órgano que se ocupa de la búsqueda de la verdad en un hecho
delictivo, desde el punto de vista administrativo.
c) Policiología:
No se trata tanto de una ciencia, es una técnica o
un arte, ya que, más que de principios abstractos y generales, consta
de reglas prácticas encaminadas a la adecuada realización de las
funciones propias de la policía, tales como la persecución y la
aprehensión.
En la actualidad sólo un conjunto de alguno de
sus conocimientos se le conoce como: Táctica y Orgánica Policial.
15. d) Medicina Legal:
Se llama Medicina Legal a la rama de la Medicina que
posibilita la aplicación de sus conocimientos específicos a los distintos
problemas judiciales o legales. Su base científica es esencialmente
médica, pero se complementa además con elementos tomados del
Derecho Civil, Penal y Procesal vigentes en cada país, y también con las
aplicaciones judiciales de los mismos.
Está compuesta por dos elementos
1
2
Conocimientos Médicos biológicos
Conocimientos Legales jurídicos
Es una Ciencia mixta
16. d) Medicina Legal:
Reacción de un individuo ante su médico clínico y ante el médico forense
Médico Clínico
Médico Forense
Busca conocer lo que le interesa
para preservar o restablecer la
salud del paciente.
Trata de indagar todo aquello que
pueda contribuir a esclarecer el
problema o cuestiones que le han
sido
propuestas
para
fines
judiciales.
El paciente normalmente es
colaborador con el médico tratante
y lo ayuda a resolver su problema
de salud.
En ocasiones el paciente puede
impedir, deformar, encubrir la recta
averiguación de la verdad, según
su interés personal.
17. d) Medicina Legal:
Modernamente la Medicina Legal tiene su alcance hacia la medicina
social. El médico de un hospital trata la enfermedad de cada persona.
El médico forense,
trata la enfermedad de toda la sociedad, para
proteger el ámbito colectivo.
Conviene también que (a) el Legislador, (b) al Abogado, (c) el
Criminólogo y (d) el Policía, tengan estas bases; (a) para que se dicten
normas congruentes con la doctrina medicolegal. (b) Para hacer buen
uso del arsenal de pruebas médicas como litigante, defensor, fiscal o
Juez. (c) Para comprender más a fondo el estudio del delincuente y si
existe alguna patología, y (d) para que tenga conciencia de preservar
indicios en la víctima, en el victimario y en la escena.
18. Órganos de la Policía Científica en Venezuela
La investigación de los delitos de acción penal en Venezuela comienza a
mediados del siglo XX, se institucionaliza el 20 de febrero de 1958, cuando
el presidente provisional de la Junta de Gobierno Contralmirante Wolfgang
Larrazabal, dentro del esquema político del momento, promulga el decreto
Nº 48 con Fuerza de Ley, que estableció la base legal para la creación de
un “Cuerpo de Policía especializado para la investigación de los
delitos de Acción Penal”. Organismo que dependería del Ministerio de
Justicia asignándosele el nombre de “Cuerpo Técnico de Policía
Judicial”. Constituyéndose su estructuración y organización para ese
momento difícil, debido a que la policía “político civil” que le antecedió
denominada Seguridad Nacional al momento de ser desmantelada, como
consecuencia del derrocamiento del gobierno del General Marcos Pérez
Jiménez, no contó con una edificación adecuada ni un instituto académico
para la formación científica de los investigadores.
21. Órganos de la Policía Científica en Venezuela
El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, es
el
organismo
de
investigación
criminal
contemporáneo,
a
consecuencia del proyecto de Seguridad Ciudadana, dentro del
proceso de revolución democrática, participativa y protagónica;
orientado en el principio de corresponsabilidad de los ciudadanos.
Constituyéndose en una realidad el 16 de diciembre de 1999, con la
promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. Quedando establecido en el Título VII de la Seguridad de la
Nación Capítulo IV de los Órganos de Seguridad Ciudadana artículo
332, ordinal 2 que: “ ”
22. Órganos de la Policía Científica en Venezuela
Haciendo efectivo, lo establecido en la carta magna, el Ejecutivo
Nacional pronunció el decreto Nº 1.511 con fuerza de ley “de los
Órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas”,
de fecha 9 de noviembre de 2001. Consolidándose la ley como marco
de fortalecimiento en materia de investigación criminal. Entra en
vigencia el 24 de noviembre de 2001. Asumiéndose a partir de esa
fecha formalmente el nombre correspondiente a:
“Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas”.