La Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, establece los métodos, técnicas y criterios de operación del Sistema Nacional de Salud, NOM-087-ECOL-SSA1-2002 establece la clasificación de los residuos peligrosos biológico-infecciosos así como las especificaciones para su manejo.
5. DIAGNÓSTICO
Se debe establecer mediante la aplicación del método
epidemiológico, el método clínico y los auxiliares de
diagnóstico que juzgue necesario.
6. Método Epidemiológico.
Debe emplearse como base de los planes y
programas institucionales.
Se orientan a la descripción y el análisis de las
enfermedades bucales más
importantes, considerando factores de
magnitud, trascendencia, vulnerabilidad y
oportunidad para su atención
7. Método Clínico.
Incluye los siguientes aspectos:
Ficha de identificación, interrogatorio, padecimiento
actual, exploración visual, manual e instrumentada
del aparato estomatognático en su conjunto.
Exploración, inspección, palpación, percusión,
sondaje, movilidad y transiluminación del órgano
dentario, así como la valoración de signos y síntomas
clínicos de la entidad patológica.
8. Auxiliares de diagnostico
Los datos recabados durante el diagnóstico clínico
deben quedar registrados en la historia clínica.
La historia clínica debe actualizarse por medio de las
notas de evolución.
9. El expediente clínico debe
contar con:
a) Historia clínica (que contenga historia personal y
familiar de antecedentes patológicos y no
patológicos)
b) Padecimiento actual
c) Odontograma
d) Diagnóstico y tratamiento
e) Informe de estudios de gabinete y laboratorio
11. OBJETIVO
La Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-SSA1-
2002 establece la clasificación de los residuos
peligrosos biológico-infecciosos así como las
especificaciones para su manejo.
12. ENVASADO
Tipo de
residuo
Características Edo.
físico
Envasado Color
Sangre Derivados no comerciales como Liquido Recipientes Rojo
células progenitoras, hemato- herméticos
poyéticas, fracciones celulares o
acelulares de sangre resultante.
Cultivos y Generados en procedimiento de Solidos Bolsas de Rojo
cepas de diagnóstico e investigación y en plástico
agentes la producción de
infecciosos agentes biológico-infecciosos.
Utensilios usados para contener,
transferir, inocular y mezclar
cultivos.
13. Patológicos Tejidos, órganos y partes que se Solido Bolsas de Amarillo
extirpan o remueven durante las Líquidos plástico Amarillo
necropsias, la cirugía Recipientes
u otra intervención y que no se herméticos
encuentren en formol. Muestras
biológicas para análisis químico,
microbiológico, citológico e
histopatológico, excluyendo orina
y excremento. Cadáveres y partes
de animales que fueron inoculados
con agentes enteropatógenos.
14. Residuos no Recipientes desechables que Solidos Bolsas de Rojo
anatómicos contengan sangre líquida.
Materiales de curación Líquidos plástico
Recipientes
Rojo
empapados, saturados o gotea- herméticos
ndo sangre, líquido sinovial,
pericárdico, pleural,
cefalorraquídeo o liquido
peritoneal. Materiales desechables
que contengan esputo,
secreciones pulmonares y
cualquier material usado para
contener estos, de pacientescon
enfermedades infecciosas.
15.
Objetos Los que estuvieron en contacto Solidos Recipientes Rojo
punzo- con personas, animales o sus rígidos
cortantes muestras biológicas durante el
diagnóstico y tratamiento,
únicamente: tubos capilares,
navajas, lancetas, agujas de
jeringas desechables, agujas
hipodérmicas, de sutura, de
acupuntura y para tatuaje,
bisturíes y estiletes de catéter,
excepto material de vidrio roto.
16. MANEJO DE LOS RPBI:
El manejo es un conjunto de operaciones
que incluyen la identificación, separación,
envasado, almacenamiento, acopio,
recolección, transporte, tratamiento y
disposición final de los Residuos
Peligrosos Biológico-Infecciosos.
17.
Identificación de los residuos: Deben
estar marcadas con el símbolo universal
de riesgo biológico y contar con la
leyenda “Residuos Peligrosos Líquidos,
sólidos o punzo cortantes biológico-
infecciosos” según sea el caso.
18. Almacenamiento temporal: Se debe
destinar un área para el almacenamiento
temporal, que este separada de otras
áreas, techada y con fácil acceso, que
cuente con señalamientos y letreros
alusivos a su peligrosidad
19. Recolección y transporte externo
Solo podrán recolectarse los residuos
que cumplan con el envasado,
embalado, etiquetado y rotulado
conforme a la NOM.
Los RPBI, no deben ser compactados
durante su recolección y transporte.
20. Tratamiento: Los RPBI, deben ser tratados
por métodos físicos o químicos, que
garanticen la eliminación de
microrganismos patógenos y deben hacerse
irreconocibles para su disposición final.
Disposición final: Los RPBI, tratados e
irreconocibles podrán disponerse como
residuos no peligrosos en sitios autorizados
por las autoridades competentes.