En nuestra labor de apoyo a las Comunidades en resistencia pacífica y noviolenta seguimos recibiendo graves denuncias y constancias históricas por parte de las comunidades que acompañamos.
Las denuncias siguen evidenciando la violencia de los actores armados en contra de pobladores del campo (campesinos, campesinas, afrodescendientes e indígenas) y el desacato, por parte de las Fuerzas Armadas del Estado, de los principios básicos del Derecho Internacional Humanitario.Rete Italiana di Solidarietà con le Comunità di Pace Colombiane Colombia Vive! Onlus
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Ejército y Policía de Colombia desacatan el principio de distinción entre población civil no combatiente y combatientes.
1. Rete Italiana di Solidarietà con le Comunità di Pace Colombiane
Colombia Vive! Onlus
Corte Penal Internacional
Exp. OTP-CR. 266/07
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso 12325
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Oficina de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia
Al responder citar fecha y asunto de la AU
Narni, 21 de marzo de 2014
Asunto: Ejército y Policía de Colombia desacatan el principio de distinción entre población civil no
combatiente y combatientes.
En nuestra labor de apoyo a las Comunidades en resistencia pacífica y noviolenta seguimos
recibiendo graves denuncias y constancias históricas por parte de las comunidades que
acompañamos.
Las denuncias siguen evidenciando la violencia de los actores armados en contra de pobladores
del campo (campesinos, campesinas, afrodescendientes e indígenas) y el desacato, por parte de
las Fuerzas Armadas del Estado, de los principios básicos del Derecho Internacional Humanitario.
Insistimos en que las autoridades del Estado colombiano están infringiendo las normas básicas
del derecho internacional humanitario, armando campamentos militares en territorios
colectivos (leer abajo en Cacarica) y, en el caso concreto de la Comunidad de Paz, con las bases
militares y de policía a pocos metros del casco urbano de San José de Apartadó.
Al respecto, nos referimos a la carta con asunto: respuesta Radiograma No.0001164 que nos
envía, en copia, el Ministerio de la Defensa. En esta comunicación, el 20 de febrero del año en
curso, el Coronel ERNESTO CORAL ROSERO – Jem y Segundo Comandante Décima Séptima
Brigada Explica al Coronel RAFAEL AVILA SALAS, Jefe de Estado Mayor Séptima División la
detención arbitraria del joven Wuber Areiza. En su contenido, se evidencia el modus operandi
con la que los altos mandos militares ejercen su poder, contradiciendo lo ordenado por la Corte
Constitucional con respecto a la mala práctica de los empadronamientos, las capturas
preventivas y/o las retenciones transitorias. Contradictoriamente, el Coronel Coral Roseró se
apoya en la sentencia 327/2004 para justificar la detención del jover Wuber Areiza, sentencia
que, por el contrario, obliga al estado colombiano a asumir “Las Medidas Provisionales solicitadas
por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos respecto a la Comunidad de Paz de San
José de Apartadó en el año 2000”. Así mismo, en dichas explicaciones se evidencia que los altos
vértices de la Brigada XVII desacatan las sentencias C-1024/02 y 1025/07 con su correspondiente
Auto 164/12 de la Corte Constitucional.
2. Antes de dar cuenta de los hechos remitidos en las denuncias, amplificamos la solicitud que se
realiza desde la Comisión intereclesial de Justicia y Paz para velar por la vida del defensor de
derechos humanos DANILO RUEDA a quien reiteradamente se le ha hostigado y amenazado de
muerte, como ya lo hemos advertido en otras comunicaciones. Recordamos que DANILO RUEDA
es uno de los miembros de Justicia y Paz que llevó el caso de la Operación Génesis ante la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, la cual, el 26 de diciembre de 2013, responsabilizó al
estado colombiano de lo sucedido entre el 24 y el 27 de febrero de 1997.
Como se puede verificar, el elemento común de los hechos que reportamos a continuación es la
violación por parte de las Fuerzas del Estado del principio fundamental de distinción entre
población civil no combatiente y combatiente. Como siempre, la excusa que esgrimen las
autoridades militares frente al incumplimiento del principio de distinción es la lucha contra la
insurgencia.
Comunidad de Paz de San José de Apartadó
-El viernes 14 de febrero de 2014, tropas del Ejército retuvieron durante tres horas, en la vereda
Bellavista de San José de Apartadó, un reconocido campesino de la región. Los militares lo
amenazaron, lo ultrajaron y humillaron; acusándolo de ser colaborador de la guerrilla. Cuando
un grupo de campesinos se disponía a ir a exigir su libertad, los militares se dieron cuenta y lo
dejaron libre no sin antes anunciarle que en otro momento “las pagaría”.
-El martes 4 de marzo de 2014, hacia las 16:30 horas un sujeto quien se identificó como
integrante de las autodefensas Gaitanistas de Colombia llamó a Isabel Zapata habitante de la
vereda el Cuchillo en el corregimiento de San Jose de Apartadó, desde el número
móvil 3128226783, a quien amenazó junto a su familia y miembros de la Comunidad.
Especialmente amenazó a Germán Graciano Posso Representante Legal de la Comunidad de Paz
y otros pobladores de la región, quienes figuran en una lista para judicializar o asesinar.
- El jueves 6 de marzo de 2014, hacia las 15:20 horas, se registró un enfrentamiento entre tropas
del Ejército ubicadas en el sitio conocido como La Antena, del corregimiento de San José, con
guerrilleros de las FARC. La intensa presencia militar / policial en el área urbana de San José, muy
cerca de la cual queda La Antena, continúa atrayendo al grupo bélico contrario, convirtiendo el
área en campo de batalla donde la vida e integridad de todos los pobladores es puesta en alto
riesgo.
- El sábado 8 de marzo de 2014, en el transcurso del día se registraron varias detonaciones de
artefactos explosivos en distintos lugares del corregimiento de San José. Uno de esos artefactos
explotó en el casco urbano.
- El domingo 9 de marzo de 2014, en horas de la mañana, una patrulla de la Policía se estacionó
en el asentamiento de San Josecito, centro de la Comunidad de Paz, parqueando incluso un
vehículo allí. En el momento en que un grupo de familias de la Comunidad se acercó a los
uniformados para solicitarles que se retiraran del lugar, el cual es propiedad privada y está
debidamente señalizado con vallas, el mando de la patrulla, enfurecido, ultrajó a los miembros
de la Comunidad, alegando que “ellos pueden estar donde les dé la gana”, lo cual no tiene
sustento alguno en la ley.
- El domingo 9 de marzo de 2014, hacia las 16:30 horas, un grupo de militares de la base militar
de San José, que se encontraban atrincherados a la salida del caso urbano de San José,
dispararon indiscriminadamente contra JOHN GÓEZ, poblador de la vereda Arenas Altas. Varios
proyectiles impactaron en la bestia que él montaba, la cual murió al instante. Este hecho se
3. registró al frente del colegio estudiantil del casco urbano del poblado, a la vista de muchos
testigos quienes hacían presencia allí.
- El lunes 10 de marzo de 2014, en horas de la mañana, miembros del Ejército persiguieron al
campesino NORBEY SEPÚLVEDA, habitante de la vereda La Unión. Más tarde los militares lo
contactaron por vía telefónica y le propusieron que trabajara con ellos como informante. En la
misma zona los militares preguntaron también por EUGENIO GUZMÁN y REINALDO AREIZA,
quienes supuestamente están en una lista de gente para asesinar.
Cacarica (Chocó)
- El domingo 9 de marzo del 2014, en horas de la noche se escucharon varias ráfagas y cuatro
explosiones en cercanías de la comunidad Bocas de El Limón y de la Zona Humanitaria Nueva
Esperanza en Dios.
- El viernes 7 de marzo del 2014, en medio de la continuidad de las hostilidades en el territorio
colectivo de Cacarica, militares de la Brigada 17 amenazaron con ejecutar o desaparecer a tres
indígenas de Juin Phur. Los militares prohibieron a los tres indígenas moverse por la zona,
amenazándolos de que si lo hacían se los " llevaban" (muertos o desaparecidos).
Las amenazas de la Brigada 17 se han incrementado contra los pobladores indígenas y negros,
desde que se constató la instalación, en Cerro Mocho, de una base militar Colombo-Panameñá,
justo en la frontera de los dos países. Dicha base se instaló en territorio colectivo, sin
consentimiento alguno ni consulta con las comunidades.
Frente a los hechos anteriormente presentados, solicitamos la colaboración de los organismos
internacionales de protección y defensa de los derechos humanos para que se realicen las
acciones permitidas por el Derecho Internacional a favor de la no sistematicidad y no repetición
de violaciones a la dignidad humana en Colombia.
Agradecemos su amable atención,
Andrea Proietti
Presidente Rete Colombia Vive! A nombre de los miembros de la Red y de su Consejo Nacional:
Abogado Francesco Tartini (Treviso), Giuseppe Coscione (Génova) y Simona Fraudatario (Roma).
Con copia a:
Presidencia de la República de Colombia
Vicepresidencia de la República de Colombia
Ministro de la Defensa
Ministro del Interior
Ministro de Justicia y del derecho
Fiscal General de la Nación
Defensoría del Pueblo
Departamento de Policia Urabá
Comando de la Brigada XVII