Ingresado en la sesión ordinaria del HCD San Isidro del 5 de noviembre de 2014.
El cálculo estimado es de $2.588.747.000 y corresponde a cada jurisdicción:
1. Sec. Gral. de Gobierno y Adm., Privada Hac. y Prod. $318.965.486,00
2. Subsecretaria Gral. de Insp., Plan. Urb.y Tránsito $286.569.645,00
3. Secretaria de lnteg. Como y de la Niñez, Adol.y Flia. $363.102.217,00
4. Secretaria de Obras Públicas $251.694.793,00
5. Subsecretaria Gral. de Espacio Público $531.618.465,00
6. Secretaria de Salud Pública $635.406.607,00
7. Partidas no Asignables a Programas $135.805.000,00
8. Honorable Concejo Deliberante $65.584.787,00
calendario de tandeos macrosectores xalapa mayo 2024.pdf
Proyecto de Presupuesto de Gastos y Recursos 2015 de San Isidro
1. UlO DE RECURSOS Y PRESUPUESTO DE GASTOS
PARA El EJERCICIO 2015
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ORDENANZA N°
TITULO I
PARTE GENERAL
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ARTicULO 1°._ Cálculo de Recursos.
Estimase en la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho Millones Setecientos
Cuarenta y Siete Mil el Cálculo de Recursos de la Municipalidad de San Isidro para el Ejercicio
2015, de acuerdo al resumen que se indica a continuación y a los Cuadros y Anexos que se
adjuntan y forman parte integrante de la presente Ordenanza.-
Clasificación Económica
CARÁCTER ECONOMICO MONTO
Recursos Corrientes 2.538.597.000.00
Recursos de Capital 50.150.000,00
Totales 2.588.747.000,00
Clasificación por Rubros
RUBRO MONTO
Ingresos Tributarios 787.716.000,00
Ingresos No Tributarios 1.620.260.000.00
Rentas de la Propiedad 950.000,00
Transferencias Corrientes 129.671.000,00
Subtotal 2.538.597.000,00
Recursos propios de Capital 25.150.000,00
Subtotal 25.150.000,00
Transferencias de Capital 25.000.000,00
Subtotal 25.000.000,00
TOTALES 2.588.747.000,00
ARTICULO 2°._ Presupuesto de Gastos.
Fijase en la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho Millones Setecientos
Cuarenta y Siete Mil el Presupuesto General de Gastos de la Municipalidad de San Isidro para
el Ejercicio 2015 y apruébase los Cuadros y Anexos que se adjuntan y forman parte integrante
de la presente Ordenanza.
2. ón Económica
CARÁCTER ECONÓMICO
Gastos Corrientes
Gastos de Capital
Aplicaciones Financieras
TOTALES
Clasificación por Jurisdicción
MONTO
2.280.503.000,00
172.579.000,00
135.665.000,00
2.588.747.000,00
JURISDICCiÓN MONTO
1. Seco Gral. de Gobierno y Adm., Privada Hac. y Prod. 318.965.486,00
2. Subsecretaria Gral. de Insp., Plan. Urb.y Tránsito 286.569.645,00
3. Secretaria de lnteg. Como y de la Niñez, Adol.y Flia. 363.102.217,00
4. Secretaria de Obras Públicas 251.694.793,00
5. Subsecretaria Gral. de Espacio Público 531.618.465,00
6. Secretaria de Salud Pública 635.406.607,00
7. Partidas no Asignables a Programas 135.805.000,00
8. Honorable Concejo Deliberante 65.584.787,00
TOTALES 2.588.747.000,00
ARTíCULO 3°._ Procedencia de los Recursos
Estimase la procedencia de los recursos definidos en el articulo 1°, de acuerdo al
siguiente origen:
ORIGEN LIBRE AFECTADOS TOTALES
2015 DISPONIBILIDAD
Origen Municipal 1.646.360.000,00 190.000,00 1.646.550.000,00
Origen Provincial 771.266.000,00 96.446000,00 867.712.000,00
Origen Nacional 6.000.000,00 30.660.000,00 36.660.000,00
Otros OriQenes 37.525.000,00 300.000,00 37.825.000,00
TOTALES 2.461.151.000,00 127.596.000,00 2.588.747.000,00
ARTíCULO 4°._ Nomencladores
Ad6ptase los catálogos y descripciones de las cuentas de los clasificadores
presupuestarios, adjuntos a los Anexos 12 a 22 del Decreto 2.980100.-
3. TITULO 11
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
CAPITULO I - PLANTA PERMANENTE
ARTICULO 5°._ Personal Superior.-
Establécese el sueldo del Intendente Municipal, en el minimo indicado en el articulo 125°
de ia Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Fijase ios sueldos básicos en los porcentajes del sueldo del Intendente Municipal para
cada caso, como a continuación se indica:
Secretario General de Gobierno y Administración
Asesor General
Secretario
Secretario Privado
Asesor Opto. Ejecutivo
Subsecretario General
Subsecretario
Contador General
Sub Contador General
Tesorero General
Sub Tesorero General
Director General de Compras
Director General
Asesor Legal
Juez de Faltas
Asesor Seco Gral. Gob. y Adm.-
ARTíCULO 6°._ Planta Estable
45%
45%
40%
40%
35%
35%
31%
33%
17%
33%
17%
27%
27%
27%
30%
20%
Establécese los agrupamientos, sueldos básicos expresados en cantidad de módulos y
categorias que a continuación se detallan:
NIVELES AGRUPAMIENTOS-CLASES
CAT CIREG.HORARIO 2 - 3 - 4 . 5 - 6 - 7 -
35 HS 40 48 HS JERARQUICO PROF TECNtCO ADMINISTRATIVO SERVICIOS
h. OBRERO
15 11138 11 • DIRECTOR
14 8004
111.
SUBDIRECTOR
13 5898
IV - JEFE DE
I I I I
OEPTO
12 4057 5562 5562 11 11 11 11 1 I VIII
11 3794 S203 5203 111 111 111 111 11 11 IX
10 3414 4680 4680 IV IV IV IV 111 111 X
9 3234 4436 4436 V V V V IV IV XI
8 3088 4235 4235 VI VI VI VI V V XII
7 3002 3431 4117 VII VII VII VII VI VI XIII
6 2782 3179 3814 VIII VII VII XIV
ARTICULO 7°.-Personal Ingresante.-
Al personal que haya ingresado en la categoria 6, transcurrido un año en la planta
estable y habiendo sido confirmado en el cargo, se procederá a la asignación automática de la
categoría mfnima (7).-
4. ° - Personal Menor 18 años.
Establécese para el personal menor de 18 años de edad, las categorias y cantidad de
módulos que a continuación se detalla:
Catego,la Edad Cantidad de Módulos
4 Hasta 18 años 813
3 Hasta 17 años 748
2 Hasta 16 años 650
1 Hasta 15 años 570
Las promociones a la escala superior serán automáticas y regirán a partir del primer dla
del mes siguiente a aquel en que el agente cumpla la edad correspondiente.
El sueldo del personal comprendido en este Articulo se imputará a cargos vacantes de la
planta que se aprueba por la presente. Los decretos de designación deberán mencionar el
cargo contra el que se imputa el gasto y disponer que se destinen los sobrantes resultantes a
economia por no inversión.
ARTicULO 9°._ Bonificación por Antigüedad.
Para la determinación de esta bonificación se reconocerán los años de servicios
prestados en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal, excluidos aquéllos por
los cuales se hubiere obtenido una jubilación o retiro. La misma se calculará aplicando sobre el
Sueldo Básico y las Bonificaciones por Jornada Prolongada, por Mayor Dedicación Horaria. por
Disposición Permanente y por Función, un uno por ciento (1 %) por cada año de servicio
reconocido.
A los agentes con relación laboral vigente al 31 de diciembre de 1995. la bonificación se
les determinará de la siguiente manera, por cada año trabajado:
--dos por ciento (2%) para aquellos que revisten en categoria 13 o superiores.-
--dos y medio por ciento (2,5%) para aquellos que revisten en categorla inferiores a la 13.-
En lo referente al cargo de Intendente, se aplicará el mismo criterio establecido en los
párrafos anteriores, incluyendo en su base de cálculo los Gastos de Representación.-
ARTicULO 10°.- Gastos de Representación.
Establécese la compensación por Gastos de Representación, sin cargo de rendición de
cuentas, del Sr. Intendente Municipal, cuya medida mensual será equivalente al 60% de su
sueldo básico.
ARTICULO 11°._ Horas Suplementarias.
El agente que se desempeñe en categoria 12 o inferiores, que deba cumplir labores
fuera de su horario normal recibirá, por cada hora trabajada, una retribución equivalente a:
-Para el régimen de 35 hs.: la 1/154 parte, para el régimen de 40 hs. del personal de
enfermerla: 1/211,20.- parte.-y para el régimen de 48 hs. la 1/211,20 parte, en todos los casos
del sueldo básico de la categorla de revista y de la bonificación del Articulo 16° inciso c)-
apartado 7 al 12 inclusive) y d) -apartado 5 al 19 inclusive- y de su bonificación por
antigüedad, que se indica en el siguiente cuadro:
Al 100 % AL 150 % AL 200 %
- HORAS TRABAJADAS EN OlAS
. HORAS TRABAJADAS EN OlAS SABAoas. - HORAS TRABAJADAS EN OlAS
LABORABLES SIN EXCEDER LA . HORAS TRABAJADAS EN OlAS DOMINGOS, FERIADOS NACIONA.
JORNADA TOTAL DE 9 HORAS. LABORABLES EXCEDIENDO LA lES Y OlAS NO lABORABLES.
JORNADA TOTAL DE 9 HORAS
ARTicULO 12°._ Tareas Especiales.
Las remuneraciones de las tareas especiales realizadas en cumplimiento de funciones
distintas de las que son propias de un cargo, serán determinadas por la indole de la tarea a
cumplir. quedando el Departamento Ejecutivo facultado a fijar el valor por hora o por cantidad
de trabajo.
ARTicULO 12° bis.- Bonificación por Productividad:
Facultase al Departamento Ejecutivo a establecer bonificaciones por productividad en las
dependencias que estime corresponder.-
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ARTíCU)"" 0._ Bonificación por Jornada Prolongada.
ablécese una bonificación equivalente al treinta por ciento (30%) del sueldo báskó,
que se abonará en forma temporal a los agentes que cumplan una jornada semanal de 48 horas
de trabajo, cuando a criterio del Departamento Ejecutivo, las necesidades del servicio asi lo
dispongan.
Establécese una bonificación equivalente al veintiocho por ciento (28%) del sueldo
básico, que se abonará a los agentes con funciones de radioperadores del Servicio de
Emergencias, con una jornada prolongada semanal de 40 horas de trabajo.-
Establécese una bonificación equivalente al 40% por ciento del sueldo básico, a ios
agentes que pertenezcan al grupo administrativo especial, que presten servicio en los
Hospitales y Centros de Salud del Partido y cumplan con una jornada semanal de trabajo de 48
horas, teniendo un franco semanal los dias martes, miércoles o jueves y un franco mensual
sábado y domingo. Los dias feriados quedan comprendidos en su carga horaria. Esta
bonificación es incompatible a la establecida en el primer párrafo del presente artículo.
Estabiécese una boníficación en concepto de jornada prolongada de 48 horas, para el
personal de la Subsecretaria General de Espacio Público, que desarrolie sus tareas en el
Servicio de Barrido, conforme el cronograma semanal de trabajo: lunes a sábados (35%) treinta
y cinco por ciento del sueldo básico y domingos a viernes (45%) cuarenta y cinco por ciento de
su sueldo básico.-
ARTICULO 14°._ Bonificación por Mayor Dedicación Horaria.
El personal que revista en categoría 13 o superior podrá percibir una suma equivalente
al veintitrés por ciento (23%) de su sueldo básico cuando, a criterio del Departamento Ejecutivo,
deba cumplir con carácter habitual eí exceso de jornada que le demande el normal desempeño
de su labor. La presente bonificación es incompatible con la establecida en el Articulo 15°.
ARTiCULO 15°._ Bonificación por Disposición Permanente.
Establécese una bonificación equivalente al cuarenta y seis por ciento (46%) del sueldo
básico de aquellos agentes comprendidos en la categoria 13 y 16 que, a juicio del
Departamento Ejecutivo, deban hallarse permanentemente a disposición del servicio.
Esta bonificación, a criterio del Poder Ejecutivo, podrá ser de hasta el 80% (ochenta)
para el personal superior y para el Director General de Personal, Director General de Salud,
Director General de Informática, Director General de Despacho y Legislación, Directores
Generales del Area de Inspección General y Juez de Faitas.-
ARTiCULO 16°._ Bonificación por Función.
Estabiécese esta bonificación para el personal que cumpla las tareas que a continuación
se detalla, indicándose en cada caso, la medida mensual de ía misma.
Las bonificaciones previstas en este Articulo se devengarán mientras el agente tenga
asignada la respectiva función, modalidad laboral o tarea y se encuentre cumpliendo en forma
efectiva, las mismas.
a) Area de Informática.
1) Personal que cumpla funciones en esta área, podrá percibir:
--analista junior 1170 módulos
--analista senior 2300 módulos
b) Cementerios.
1) Exhumadores y reducidores de restos 620 módulos
c) Salud Pública.
1) Laceros del Centro de Zoonosis 290 módulos
2) Instrumentadotas: 33% de su sueldo básico.-
3) Enfermeras y Auxiliares de Enfermeria: 35% de su sueldo básico.-
3 bis) Personal de Enfermeria Turno Noche: 55% de su sueldo básico.-
4) Técnico de Anatomía Patológica, Rayos, electroencefalocardiografia,
Medicina Nuclear, Laboratorio, Hemoterapia, Farmacia, Histologia y especialidades: 20% del
sueldo básico.-
5) Técnico de guardia (guardia 24 hs. sábado y domingo) 690 módulos
Técnico de guardia (guardia 24 hs. dia de semana) 517 módulos
Técnico de guardia (dia de semana) 15% del sueldo básico
Técnico de guardia (fin de semana) 20% del sueldo básico
(La Secretaria de Salud Pública informará mensualmente la nómina de los
agentes a los cuales les corresponde percibir la presente bonificación).-
6. os siguientes incisos, diferencia entre la categorla de revista y la
6) Jefe de enfermeria 13
7) Supervisor de enfermerla 12
7 bis) -Supervisor/a Licenciado/a Enfermeria: 20% del sueldo
básico.-
8) Supervisor de Técnicos 12
9) Licenciado/a en Bioimágenes 12
10) Enfermero encargado de sala o turno
11) Supervisor de Mucamas
12) Mucama encargada de sector o turno
13) Supervisor control de vectores
(zoonosis)
14) Radioperador de SEM
15) Administrativos del servicio GAE
d) Dependencias Varias.
11
11
10
12
9
10
Diferencia entre la categoria de revista y la detallada para cada caso, y/o los módulos
que se especifican:
1) Supervisor Gral. de Inspectores de Inspección
2) Coordinador General
3) Supervisor de Zona de Inspección Gral. y Espectáculos Públicos
4) Supervisor de Obras Particulares
5) Supervisor de Turno de Tránsito
6) Supervisor de Servicios y Vla Pública
7) Supervisor de Plagas de Bromatologla
8) Supervisor Administrativo de Bromatologia
9) Jefe de Informantes de Inspectores
10) Capataz General
10 bis) Supervisor Gral. Administrativo
11) Supervisor Administrativo
12) Supervisor de Inspectores de Transito
12 bis) Inspectores de Cuidados Comunitarios
13) Capataz
14) Supervisor de Servicios Contratados
15) Encargado de Cuadrilla/Limpieza y/o mantenimiento
16) Encargado de Celadores (Acción Social)
17) Cajeros de Tesoreria
18) Guardavidas
19) Personal Técnico de Mantenimiento de Centros Asistenciales, debiendo
estar disponible para la atención de emergencias
19 bis) Personal del Centro de Atención al Vecino y Reclamos
20) Secretaria de Juzgado de Faltas
21) Supervisor General de Tránsito y/o Cuidado Comunitario
22) Personal de Barrido- Tareas turno noche
e) Cajeros o Recaudadores:
14
14
13
13
12
12
12
12
12
12
13
12
10
10
10
10
08
08
08
50% de su
sueldo básico
360 módulos
455 módulos
15
15
650
1) El personal de la Tesorerla General podrá percibir de acuerdo a su jornada los
1170 módulos
2080 módulos
siguientes módulos:
--media jornada
--jornada completa
2) El personal del área de tránsito que cumpla funciones de cajero o recaudador
podrá percibir en tal concepto 800 módulos.-
3) El resto del personal afectados a funciones de cajero o recaudador podrá percibir
en tal concepto 520 módulos.-
7. --Operador de terminales de seguridad:
--Encargado de turno de monitoreo terminales de seguridad:
g) Defensa del Consumidor
-- Jefe de Sumarios
-- Supervisor de Sumarios y Audiencias
-- Audiencista abogado o pral. en Cs. Económicas
-- Audiencista sin lflulo
ARTíCULO 17"._ : Bonificación Función Personal Superior, y Jerárquico
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780 módulos.- .-
1820 módulos.-
1040 módulos
910 módulos
650 módulos
390 módulos
Desde Secretario hasta Director, percibirán el dieciocho por ciento (18%) del
sueldo básico, y Subdirector a Jefe de Departamento hasta el cuarenta y seis (46%). Esta
Bonificación será percibida en la medida en que el agente cumpla efectivamente función
jerárquica.
Esta bonificación alcanzará también a 105 casos incluidos en ei arlfculo 16" inciso
d) Apartado 1). 2). 3), 4) Y 20) Y 21) de la presente Ordenanza.
El personal que revista en el cargo de Subsecretario y el Contador General
Municipai podrá percibir además, a criterio del Departamento Ejecutivo, una bonificación cuyo
máximo no podrá ser superior a la diferencia existente entre su sueldo básico y el sueldo básico
del cargo de Secretario.-
ARTíCULO 18"._ Otras Bonificaciones por Función,
Establécese para 105 agentes de Inspección General que cumplan funciones en el Grupo
Móvil, una bonificación que ascenderá a quince (15) módulos diarios y su percepción será
incompatible con el cobro de horas extras o mayor dedicación horaria.
Establécese una compensación especial en concepto de refrigerio, para el personal con
funciones de Inspectores de Tránsito de hasta treinta (30) módulos diarios, cuando desarrollen
tareas fuera de su horario habitual.
Establécese una compensación especial en concepto de refrigerio, para el personal que
reviste entre las categorias 6 y 12 Y que cumplen funciones en la Dirección General de
Operaciones del Servicio de Protección y Defensa Civil, de hasta treinta (30) módulos diarios,
cuando desarrollen tareas fuera de su horario habitual.
Establécese una compensación especial en concepto de refrigerio, de hasta quince (15)
módulos diarios, para el personal que reviste entre las categorias 6 y 12 inclusive y el personal
mensualizado comprendido en el articulo 24 o inciso a) apartado 4) de la presente ordenanza,
que cumplan funciones o pertenezca a 105 agrupamientos profesional, técnico, administrativo,
obrero y/o de servicio, en las distintas áreas de la Comuna, excepto los establecidos en el
párrafo anterior, cuando desarrollen tareas fuera de su horario habitual.
Establécese una compensación especial en concepto de refrigerio, para el personal que
reviste entre las categorlas 6 y 12 Y que cumplan funciones en la Dirección de Verificación
Parque Automotor, de hasta treinta (30) módulos diarios, cuando desarrollen tareas fuera de su
horario habitual.-
Establécese una compensación especial de 300 módulos diarios al personal de la
Subsecretaria Gral. de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito que desarrolle tareas de
tramitación y entrega de Licencias de Conducir, como así también el personal de servicio
afectado, 105 fines de semana y feriados, que el Departamento Ejecutivo determine.-
Establécese una compensación especial de 200 módulos diarios al personal del Tribunal
Municipal de Faltas que desarrolle guardias 105 fines de semana y feriados, con una carga
horaria de cinco (5) horas o más.-
Establécese una compensación especial de 200 módulos diarios para el personal
dependiente de la Subsecretaría Gral. de Espacio Público, que realice guardias 105 días
sábados y domingos afectados a la tarea de "limpieza de la costa".-
8. ~;¡'"'~'~/O~. lQ'" o . o
~ "'g' !.~!f/~' )~ %. ~ "
Est lécese una compensación especial de 1170 módulos para el personal que o"lJlnpJ~~-
funcione!¡ e chofer en los móviles pertenecientes al área de Cuidados Comunitarios.-
Establécese una compensación especial de 700 módulos para el personal que cumpla
funciones de inspector/a de Tránsito, dependientes de la Sub Secretaria General de
Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito.-
ARTicULO 19°._ Bonificación por Titulo.
Establécese una bonificación por Titulo que beneficiará a todo funcionario o agente
comprendido en este Capitulo, cualquiera sea su situación de revista. que acredite mediante
copia certificada, poseer titulo Universitario de estudios superiores de nivel terciario o titulo
secundario, reconocidos por el Ministerio de Educación de la Nación u organismos
competentes, de acuerdo a las siguientes normas:
a) Tltulos universitarios o de estudios superiores con planes
que demanden cuatro o más años de estudios de tercer nivel:
b) Titulos universitarios o de estudios superiores con planes
que demanden de uno a tres años de estudios de tercer nivel:
c) Titulos de estudios secundarios o certificados de estudios
secundarios con habilitación técnica o profesional con una
duración mlnima de tres años:
d) Titulo de auxiliar contable expedido por el Consejo Nacional
de Educación Técnica (C.O.N.E.T.):
650 módulos
390 módulos
260 módulos
65 módulos
Los titulos universitarios o de estudios superiores que acrediten habilitación para una
misma incumbencia profesional se bonificarán en igual forma, aun cuando hubieran sido
obtenidos con arreglo a planes de estudio de distinta duración, teniendo en cuenta la máxima
prevista para la carrera.
Los tltulos cuya posesión se invoque, serán reconocidos a partir del mes siguiente a la
fecha de presentación de las certificaciones respectivas.
No podrá bonificarse más de un titulo por agente, reconociéndose en todos los casos
aquel al que le corresponda una bonificación mayor.
ARTICULO 20°._ Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable.
Establécese una bonificación por este concepto. sujeta a retenciones y aportes, para el
personal que reviste en las categorias 6 a 12 inclusive, acorde al siguiente detalle, acorde a su
régimen horario:
Categorias Módulos 35 hs Mód.40 hs Móds Enferm. Módulos 48 hs
6 1476 1686 767
7 1345 1537 564
8 1326 559 559
9 1279 484 484
10 1207 381 381
11 1078 183 183
12 991 64 64
ARTicULO 21°._ Bonificación por Asistencia Perfecta.
Establécese una bonificación por Asistencia Perfecta que alcanzará a los agentes
dependientes de la Secretaria de Salud Pública que a continuación se detalla, indicándose para
cada caso la medida mensual de la misma:
1) Médicos de Guardia
2) Técnicos de Guardia
3) Enfermeros y Auxiliares de Enfermería
4) Mucamas
190 Módulos
90 Módulos
75 Módulos
65 Módulos
Esta bonificación se abonará a mes vencido a todos aquellos agentes que hayan
observado asistencia perfecta. Se entenderá por asistencia perfecta la efectiva y personal
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servicio, no devengándose la misma en los supuestos de inas(sten~a~-: c.••(
justificadas o, ni durante los periodos de licencias de cualquier naturaleza. .....~
En los casos del personal comprendido en los puntos 1) Y 2) se computará a los fines de
este Articulo solamente la asistencia a las guardias correspondientes.
En los casos en que el uso integro, sin fraccionamiento de las vacaciones para
descanso anual abarque periodos de más de un mes calendario, el cobro de la bonificación
establecida en este articulo se verá afectado únicamente en el mes de inicio de la licencia.
Establécese una "Bonificación por asistencia perfecta" que alcanzará a los agentes que
cumplen funciones de Operadores y lo Encargados de Terminales de Seguridad, dependientes
de la Subsecretaria de Tránsito y Cuidado Comunitario, con la siguiente medida mensual:
Operadores de Terminales de Seguridad 980 módulos
Encargados de Turno Monitoreo de Terminales de Seguridad 1300 módulos
Esta Bonificación se abonará a mes vencido a aquellos agentes que hayan observado
"asistencia perfecta", en la prestación de sus servicios.-
En el caso que se ausenten a un solo dla de su prestación, esta Bonificación se abonará
en el 50% del valor mencionado.-
zaz
ARTicULO 22°,- Bonificación por Presentismo.
Establécese una bonificación de seiscientos módulos (600) mensuales que comprenderá
exclusivamente al personal que reviste en las categorlas 6 a 14 inclusive y al personal
encuadrado en el articulo 24° inciso f), que no registre inasistencias, licencias, o más de tres
(3) impuntualidades injustificadas mayores de quince (15) minutos, en el mes calendario
anterior y que se abonará por mes vencido.
No serán computadas, a tales efectos las franquicias o licencias que obedezcan a las
causales previstas por los Artlculos 40°, 41° Y 45° incisos a) b) d) Y e) del Estatuto para el
Personal de las Municipalidades Ley N° 11.757.
El uso de licencia para descanso anual, por enfermedad mayor de treinta (30) dias
corridos, o menores habiendo mediado internación, intervención quirúrgica o fractura ósea
debidamente acreditadas, por accidente de trabajo, maternidad, adopción, o dlas de examen,
no afectarán el cobro de la bonificación que se establece por este articulo, siempre y cuando el
agente hubiere percibido la misma durante cuatro meses, como minimo, dentro del semestre
anterior al inicio de la respectiva licencia.
Fuera de los casos contemplados en los párrafos anteriores, cuando el agente registrare
una sola inasistencia, y estuviere justificada, percibirá el cincuenta por ciento (50%) de la
bonificación establecida.
La presente bonificación tendrá el carácter de no remunerativa y no bonificable y, por no
ser de carácter permanente, no estará sujeta a los descuentos previstos por las Leyes
Previsionales y Asistenciales, como asl tampoco a las retenciones de cuotas sindicales, ni
servirá de base de cálculo para la determinación de cualquier otro tipo de concepto.
En los casos de enfermedad del agente, o de familiar a su cargo, que se encuentre
debidamente justificada por el Servicio de Reconocimientos Médicos, el agente podrá optar por
compensar dichas ausencias, al solo efecto de evitar el descuento de la bonificación por
presentismo. El agente compensará hasta un máximo de dos (2) dlas, sin perjuicio del total de
ausencias. Esta opción deberá ser requerida a su superior inmediato, quién podrá autorizarla,
de acuerdo con las necesidades de la repartición, y en caso de aprobación, ser elevada a la
Dirección General de Personal, dentro de los dos (2) dias hábiles siguientes al reintegro del
agente a sus tareas, indicándose los dias y horario en que se producirá la compensación. El
silencio se interpretará en sentido de que el agente no hará uso de la opción y/o que le ha sido
denegado.
ARTicULO 23°.-
Establécese la siguiente tabla de equivalencias, a los fines determinar parámetros
fehacientes con las bonificaciones que percibla el personal de planta permanente y que fueron
modificando su denominación en las distintas ordenanzas presupuestarias, a los efectos de una
justa liquidación de los haberes jubilatorios:
- Inspector Profesional de 1ra. de Obras Particulares diferencia a categoria 11
- Inspector Especializado de Obras Particulares diferencia a categoria 11
- Inspector Especializado de Industria diferencia a categoria 9
- Inspector diferencia a categoría 8
- Maquinista Vial o Compresorista diferencia a cate90ría 9
- Encargado de Vestuario de Campo de Deportes diferencia a categoría 7
- Telefonista diferencia a categoría 8
- Chofer de 1ra. (Camión o Tractor) diferencia a categorla 8
- Chofer de 2da. diferencia a categoría' 7
- Celadores diferencia a categorla 7
- Cajeros diferencia a categoría 8
10. CAPITULO 11 - PLANTA TEMPORARIA
ARTíCULO 24°._ Remuneraciones Básicas.
Establécese para la determinación de las remuneraciones básicas del personal
comprendido en Retribuciones Globales la cantidad de módulos que a continuación se detalla:
a) Personal Mensualizado.
1) Docentes: según Capitulo IV de la presente Ordenanza
2) Otras Funciones: Los agentes destinados a realizar tareas especificas, por
un periodo determinado, se retribuirán de acuerdo a la cantidad de módulos
que al afecto determine el Departamento Ejecutivo.
3) El personal perteneciente a las distintas áreas de la Subsecretaria de
Deportes, (profesional: médico, profesor, regente, y/o personal de servicio:
preceptor), percibirá una remuneración mensual en módulos por hora
semanal de trabajo.-
4) El personal mensualizado perteneciente a los agrupamientos: jerárquico,
administrativo, técnico, obrero y/o de servicio, destinado a cubrir vacantes
circunstanciales, cuya remuneración sea equivalente al rango comprendido
entre las categorlas 6 y 16 inclusive, (de la Planta Permanente) será
retribuido conforme la siguiente tabla, y se incluirá en su retribución lo
establecido en los artfculos 21° y 22' de la presente Ordenanza
Agrupamiento Superior
Categorla Reg. Clase A Clase B Clase C Clase D
horario
2502 35 hs 34032.59 34292.59 34422.59 34682.59
1601 35 hs 21022.20 21282.20 21412.20 21672.20
1602 35 hs 25857.30 26117.30 26247.30 26507.30
1603 35 hs 30692.41 30952.41 31082.41 31342.41
1604 35 hs 24806.19 25066.19 25196.19 25456.19
1605 35 hs 29641.29 29901.29 30031.29 30291.29
1606 35 hs 34476.40 34736.40 34866.40 35126.40
1607 35 hs 27106.19 27366.19 27496.19 27756.19
Agrupamiento jerárquico
Categorla Reg. Clase A Clase B Clase C Clase D
horario
1304 35 hs 6959.64 7219.64 7349.64 7609.64
1305 35 hs 8316.18 8576.18 8706.18 8966.18
1306 35 hs 9672.72 9932.72 10062.72 10322.72
1401 35 hs 8004 8264 8394 8654
1402 35 hs 9844.92 10104.92 10234.92 10494.92
1403 35 hs 11685.84 11945.84 12075.84 12335.84
1404 35 hs 9444.72 9704.72 9834.72 10094.72
1405 35 hs 11285.64 11545.64 11675.64 11935.64
1406 35 hs 13126.56 13386.56 13516.56 13776.56
1501 35 hs 11138 11398 11528 11788
1502 35 hs 13699.74 13959.74 14089.74 14349.74
1503 35 hs 16261.48 16521.48 16651.48 16911.48
1504 35 hs 13142.84 13402.84 13532.84 13792.84
1505 35 hs 15704.58 15964.58 16094.58 16354.58
1506 35 hs 18266.32 18526.32 18656.32 18916.32
13. fe 1I0
~ :13
35 hs 6425.2 6685.2 6815.2 7075. '1;;
.
1013 35 hs 7465.2 7725.2 7855.2 81152 -.-
1101 35 hs 4872 5132 5262 5522
1201 35 hs 5048 5308 5438 5698
b) Personal Jornalizado.-
1) Guardia Médica (guardia 24 hS.-dia de semana)
2) Guardia Médica (guardia 24hs-sábado y domingo)
3) Guardia Anestesistas
24hs. dfas de semana
24hs. dlas sábados
24hs. días domingo
4) Guardia Médica terapista (guardia 24hs.-dla semana)
5) Guardia Médica terapista (guardia 24 hS.-fin de semana)
6) Guardia médica neonatologia (24 hs. día de semana)
7) Guardia médica neonatologia (24 hs. fin de semana)
8) Guardia Técnica (guardia 24 hs.)
2250 Módulos
2500 Módulos
7390 Módulos
8076 Módulos
8765 Módulos
2680 Módulos
2980 Módulos
2680 Módulos
2980 Módulos
802 Módulos
En circunstancias excepcionales, sea por estacionalidad u otros motivos debidamente
justificados, el Departamento Ejecutivo podrá otorgar una bonificación de hasta 275 módulos, a
los profesionales reemplazantes de Guardia en todos los centros de salud municipales. El
otorgamiento de dicha bonificación se concretará previa solicitud de la Secretaria de Salud
Pública en la que se fundamenten las circunstancias descriptas precedentemente.-
c) Horas Cátedra Cultura.
1) Escuela de Ajedrez (por sesión)
2) Maestras Especializadas (por hora semanal)
d) Personal de Deportes, y Tiempo Libre
40 módulos
43 módulos
Será retribuido mediante la cantidad de módulos que se determinen de acuerdo,
cada caso, a las tareas a desempeñar.
e) Personal de la Secretaria Salud Pública-Horas cátedra.-
El personal que se desempeñe en la Escuela de Instrumentación, Instructores de
Residentes y en la Escuela de Enfermeria, y Carrera Docente del Hospital Central de
San Isidro, serán retribuidos mediante la aplicación de la normativa vigente para los
docentes del nivel de enseñanza similar, de la Provincia de Buenos Aires.-
f) Residencias Médicas.
Las remuneraciones del personal que cumple funciones de "médicos residentes" en las
áreas dependientes de la Secretaria de Salud Pública, se efectuarán conforme el siguiente
escalafón salarial (sueldos básicos):
RESIDENTE 1° AÑO-SOLTERO
RESIDENTE 1° AÑO- CASADO
RESIDENTE 2° AÑO- SOLTERO
RESIDENTE 2° AÑO-CASADO
RESIDENTE 3° AÑO- SOLTERO
RESIDENTE 3° AÑO-CASADO
RESIDENTE 4° AÑO-SOLTERO
RESIDENTE 4° AÑO- CASADO
JEFE RESIDENTES -SOLTERO
JEFE RESIDENTES- CASADO
7826 módulos
8013 módulos
8140 módulos
8326 módulos
8452 módulos
8641 módulos
8641 módulos
8827 módulos
9391 módulos
9577 módulos
-Se incluirá en su retribución el articulo 22° de la presente Ordenanza Presupuestaria, con un
valor de 330 módulos.-
-Los profesionales dependientes del Ministerio de Salud Pública de la Nación, que cumplan
funciones de médicos residentes dentro de los centros asistenciales de la Comuna, podrán
percibir una compensación no salarial fija mensual conforme a la siguiente tabla:
14. RE"OENTE).0_'0' TERO
RESIDENTE 1° AÑO- CASADO
RESIDENTE 2° AÑO- SOLTERO
RESIDENTE 2° AÑO-CASADO
RESIDENTE 3° AÑO- SOLTERO
RESIDENTE 3° AÑO-CASADO
RESIDENTE 4° AÑO-SOLTERO
RESIDENTE 4° AÑO- CASADO
JEFE RESIDENTES -SOLTERO
JEFE RESIDENTES- CASADO
g) Personal Colonia de Vacaciones.
2101
2195
2258
2379
2441
2535
2535
2629
2910
3004
La designación para la prestación de servicios temporarios en las Colonias de Verano
podrá recaer en agentes municipales, en cuyo caso se considerará suspendida de pleno
derecho la relación atinente a sus funciones habituales.
h) Personal Destajista.
1) Personal del paseo de bicicletas - Acassuso
(por jornada trabajada)
2) Personal del paseo de bicicletas - Boulogne
(por jornada trabajada)
3) Arbitros de Fútbol (Por evento trabajado)
4) Cuadrilla de demolición (por jornada trabajada)
i) Personal de Obras.
260 Módulos
160 módulos
120 módulos
1220 módulos
Personal especializado para la realización de obras de construcción cuya remuneración
será fijada de acuerdo a las tareas a desempeñar, por la cantidad de módulos que fije
oportunamente la Secretaria de Obras Públicas, teniendo una jornada de labor diaria de
ocho (8) horas (48 horas semanales) y el cómputo y pa90 de horas suplementarias se
realizará conforme lo dispuesto por el articulo 21° de la Ley 11.757, retribuyéndose
como Personal Mensualizado.-
j) Adecuación del Personal Mensualizado.-
Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar contrataciones de personal temporario
con remuneraciones básicas diferentes a las contenidas en ei inciso a) del presente
punto.-
A los efectos de considerar el valor de los sueldos básicos especificados en el
formulario 6 "Detalle de Cargos" relacionados con el Objeto 1.2 Personal Temporario, se
tomó en consideración el promedio general contenido en los sueldos básicos de cada
estructura programática.
ARTICULO 25°._
Al personal mensualizado del Departamento Ejecutivo que realice horas
Suplementarias, le serán retribuidas conforme con el articulo 11°, debiéndose al momento de
su designación establecer la categoria en virtud de las cuales serán liquidadas.
15. CAPITULO 111 - PROFESIONALES DE SALUD
ARTíCULO 26°._ Carrera Profesional Hospitalaria.
las remuneraciones del personal de la Carrera Profesional Hospitalaria se determinarán
mediante la aplicación de la normativa vigente para los dependientes de la Provincia de Buenos
Aires.
ARTíCULO 27°._ Otras Bonificaciones.
a) Establécese para la totalidad el personal comprendido en el presente una bonificación
similar, a la fijada por el Articulo 22° de la presente Ordenanza, con un valor de 330 módulos.-
b) Los Directores de Carrera Médica Hospitalaria, con funciones de 48 horas, percibirán
una bonificación equivalente a 1500 módulos y una bonificación remunerativa no bonificable de
61.50 módulos.-
c) El personal profesional médico de Planta Permanente que cumpla guardias
adicionales a su dedicación horaria ordinaria, será retribuido con un suplemento remuneratorio
similar al establecido en el inciso b) del articulo 24° de la presente Ordenanza.
d) Presentismo de guardia 24 hs: Todos los médicos comprendidos en el régimen de la
Carrera Médica Hospitalaria, que cumplan efectivamente 4 y/o 5 guardias mensuales de 24
horas, percibirán una bonificación equivalente a 1500 (mil quinientos) módulos.-
e) Compensación 5° guardia: todo el personal comprendido en la Carrera Médica
Hospitalaria, que realice la 5° guardia del mes, percibirá un adicional de 1100 (mil cien)
módulos en concepto de "compensación por 5° guardia".
-Dicho personal será informado mensualmente en listado emitido por la Secretaria de
Salud Pública.-
CAPITULO IV - PERSONAL DOCENTE
ARTICULO 28°._ Régimen Remuneraciones.
Las remuneraciones del personal docente que presta servicios en Jardines de Infantes
Municipales. ERIPLA, Escuelas Malvinas Argentinas e Instituto de Formación Técnico Superior
NO6003, Centro Municipal de Adultos, o aquellos que cumplan su función en establecimientos
educativos del distrito, se determinarán mediante la aplicación de la normativa vigente para los
dependientes de la Provincia de Buenos Aires.
Establécese para el personal docente una bonificación similar en sus alcances a la
fijada por el Articulo 22° de la presente Ordenanza, con un valor de 110 módulos.-
El personal comprendido en el presente Capitulo, percibirá una bonificación
remunerativa no bonificable de 111,50 módulos.
ARTICULO 29°._ Fondo Nacional de Incentivo Docente
El Fondo Nacional de Incentivo Docente se abonará a los docentes no subvencionados
conforme lo establecido por la ley 25.053 ó la Legislación Nacional vigente en la materia, en la
proporción en que la perciban aquellos docentes subvencionados.
ARTicULO 30°._ Otras Retribuciones.
Fijase en concepto de Garanlia Salarial para el Personal Docente la suma de Pesos
Cien ($ 100,00) monto que será igual para todos los cargos de este Capitulo, con excepción de
los remunerados por Horas Cátedra, en cuyo caso se determinará en forma proporcional, no
pudiendo superar la suma antes mencionada.
Fijase en concepto de Ajuste salarial para el Personal Docente perteneciente al Instituto
Municipal de Formación Superior, la suma que surja en cada caso, tanto sea en forma
remunerativa y/o no remunerativa, como consecuencia de la diferencia entre los haberes
percibidos al 31 de diciembre de 2010 y los que percibirán en adelante, ante su nueva
adecuación en el cargo correspondiente.
El presente Ajuste salarial, será reabsorbido y/o quedará sujeto a los sucesivos incrementos
salariales que surjan ante la aplicación de la normativa vigente para los dependientes de la
Provincia de Buenos Aires.-
16. TITULO 111
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
CAPITULO I - PLANTA PERMANENTE
ARTíCULO 31°._ Concejales.
Establécese la dieta de los Señores Concejales en el máximo establecido en el articulo
92° de la ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTíCULO 32°._ Bonificación por Jornada Prolongada.
los agentes a los que la Presidencia asigne una jornada semanal de trabajo que exceda
a la normal establecida, percibirán por tal concepto una bonificación equivalente al porcentaje
de su sueldo básico que seguidamente se detalla:
39 horas semanales
44 horas semanales
48 horas semanales
ARTjCUlO 33°._ Bonificación por Función,
10,39 %
23,37 %
34 %
Esta bonificación se devengará mientras el agente tenga asignada la respectiva
función, modalidad laboral o tarea, indicándose a continuación para cada caso la medida
mensual de la misma:
1) Taguigrafos: Diferencia entre su categorla de revista y la categorla 13.
2) Conductores: Diferencia entre su categorla de revista y la categorla 08.
3) Relatores de Comisión: Diferencia entre su categoría de revista y la categorla 13.
4) La bonificación establecida en el articulo 17°, alcanzará únicamente a los
agentes que la Presidencia determine.
CAPITULO 11- PLANTA TEMPORARIA
ARTíCULO 34°._ Régimen de Remuneraciones.
Establécese para la determinación de las remuneraciones del personal mensualizado, la
cantidad de módulos que a continuación se detalla:
a) Personal Politico (Articulo 2°, Ley N° 11757)
1) Categoria 65-Secretario de Bloque
2) Categorla 66-Secretario Privado
3) Categorla 72- Auxiliar de Bloque
4) Categorla 64- Auxiliar de Bloque
5) Categoria 70-Asesor Legislativo
6) Categorla 78-Asesor Legislativo
7) Categoría 80-Asesor Legislativo
8) Categorla 79- Asesor Legislativo
9) Categorla 67- Asesor Legisíativo
10) Categorla 68- Asesor Legislativo
b) Resto del Personal
11) Categoría 77- Recepcionísta
12) Categorla 62- Auxiliar de Administración
13) Categoria 63-Auxiliar de Administración
14) Categoría 73-Auxiliar de Administración
15) Categoría 75-Auxiliar de Servicio
16) Categoria 76- Auxiliar de Servicio
4438 módulos
5042 módulos
3960 módulos
3630 módulos
10272 módulos
15718 módulos
8250 módulos
3002 módulos
6483 módulos
5247 módulos
4438 módulos
5181 módulos
4933 módulos
4860 módulos
3729 módulos
3399 módulos
Establécese para el personal mensual izado cuyo haber básico no supere los 5100
módulos una Bonificación Extraordinaria no Bonificable de 1075 módulos.-
17. ARTíCULO 35 .- Disposiciones Varias
Serán de aplicación para el personal comprendido en 105 Capitulas I y II del Honorable
Concejo Deliberante. las disposiciones de 105 Artículos 5°, 6°, 7°. 9°, 11°, 14°, 15°, 16° inc. a),
17°, 18° (párrafo 4°), 19°,22°,24° inciso a) apartado 2),24° inciso j), 32°, 33°. 36° Y 37" de la
presente Ordenanza.
Asimismo, el artículo 20° de la presente Ordenanza, será de aplicación para el personal
comprendido en el Capitulo I-Planta Permanente- Titulo 111.-
TITULO IV
DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL
ARTicULO 36°._ Valor del Módulo.
Las remuneraciones básicas, bonificaciones y/o suplementos mencionados en la
presente Ordenanza resultarán de multiplicar la cantidad de módulos que en cada caso se
indica por el valor unitario del mismo que a tales efectos se fija en un peso ($ 1,00).
ARTíCULO 37°._ Asignaciones Familiares.
Las Asignaciones Familiares se abonarán conforme la Legislación Nacional en la
materia, de acuerdo lo dispuesto por el Arl. 23 de la Ley 11.757
ARTíCULO 38°._ Equivalencias de Cargos.
Manténganse a los fines previsionales las equivalencias de cargos previstas en el
Articulo 23 de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 39°._ Saldos de Cuentas de Recursos con Afectación.
Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de recursos con afectación
serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto
del Departamento Ejecutivo, ampliando correlativamente el Presupuesto de Gastos, reforzando
los créditos de cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En todos los casos
se respetará el destino al que deben ser aplicados.-
ARTICULO 40°._ Creación y Supresión de cargos.
Facúltase al Departamento Ejecutivo a crear cargos presupuestarios en la planta de
personal permanente, cuando simultáneamente se proceda a la supresión de idéntica cantidad
de módulos como mlnimo, utilizando para ello exclusivamente economlas del inciso Gastos en
Personal.-
ARTíCULO 41°._ Transferencias de Créditos.
Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar ampliaciones y/o modificaciones en los
créditos presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza, financiados con la disminución
de otros créditos presupuestarios. Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar
adaptaciones, ya sea creaciones, modificaciones o bajas, en las unidades ejecutoras y en las
partidas del Presupuesto General de Gastos de Ejercicio.-
ARTíCULO 42°._ Compromisos Plurianuales
Autorizase al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos de más de un
ejercicio en Licitaciones de Obras Públicas, Contratos de Locación de Inmuebles y Licitaciones
de adquisición o contratación de Bienes y Servicios.-
ARTíCULO 43°._ Cheques Diferidos
Autorizase al Departamento Ejecutivo a emitir cheques de pago diferido cuyo
vencimiento operen con posterioridad a la finalización del Ejercicio 2014.-
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ARTíCULO 44°._ Ampliaciones Presupuestarias
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Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer ampliaciones en el Cálculo de
Recursos y en los Créditos Presupuestarios aprobados por la presente Ordenanza, originados
con motivos de los casos contemplados en el articulo 120 de la ley Orgánica Municipal y lo con
el incremento de los recursos con afectación especifica de cualquier origen, que se produzcan
en el transcurso del Ejercicio 2015.-
ARTíCULO 45°._ Anexos (R.A.F.A.M.1
Apruébense y pónganse en vigencia. el detalle del Cálculo de Recursos y Presupuesto
General de Gastos, Formularios, Cuadros y Anexos efectuados en los términos del Decreto
Provincial 2.980/00 detallados en este expediente y que forman parte integrante de la presente
Ordenanza.-
ARTíCULO 46°._ Venta de Rodados.-
Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar ventas de rodados que por su
depreciación y/o amortización estime prudente realizar, los que deberán ser enajenados por
medio del procedimiento establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus normas
complementarias.-
ARTICULO 47°._ Derógase lo dispuesto por la Ordenanza N' 8744/13.-
ARTíCULO 48°._ Comuniquese al Departamento Ejecutivo, registrese y publlquese.-
19. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRESUPUESTO GENERAL 2015
Se eleva a consideración de ese Alto Cuerpo el Proyecto de Ordenanza de
Presupuesto General para el Ejercicio 2015, integrado por el Cálculo de Recursos con la
correspondiente Programación de los Recursos, el Presupuesto General de Gastos con su
Estructura Programática y Descripción de los Programas, detalle de Recursos Humanos
por objeto del Gasto y por Cargo, descripción de Compras de Bienes y Servicios, detalle
de la Programación Física y Financiera de los Proyectos, Gestión y Administración de la
Deuda y Programación de las Transferencias.-
ANALlSIS DE CONTEXTO MACROECONÓMICO
Sector Público Nacional- Recaudación Tributaria
El sistema tributario nacional argentino contempla un esquema de coparticipación
de tributos administrados por el Gobierno Nacional que son girados a cada provincia, y
posteriormente las provincias transfieren a los Municipios.- En este marco, resulta
oportuno señalar que la recaudación impositiva Nacional crecíó en Septiembre de este año
un 37,48% en términos interanuales, logrando llegar a los $98.719 millones en ese mes,
alcanzando un acumulado (Enero-Septiembre) de $ 854.641 millones. Este incremento se
encuentra justificado básicamente por la inflación, el crecimiento del consumo y el
aumento del comercio exterior.- La recaudación del IVA, el impuesto a las ganancias y los
derechos de exportación explican el incremento del total de lo recaudado en el mes de
Septiembre.- Comparando, en este mes (Septiembre) del año la recaudación acumuló
$98.719 millones, siendo el mejor Septiembre del ciclo histórico por encima de los
$71.805 millones del año 2013 y los $57.375 millones del 2012.-
Del análisis de la evolución en el gasto público, se pueden resaltar los siguientes
conceptos:
Prestaciones de la seguridad social, debido a mayor movilidad e
incremento en los beneficiarios,
20. ,.'
20
Transferencias corrientes al sector privado, fundamentados por el sistema
denominado "Asignación Universal por Hijo para Protección Social" que
comenzó regir en Noviembre de 2009.
Transferencias de Capital, debido al Fondo Federal Solidario, que
establece la coparticipación del 30% del producido de los derechos de
exportación de la Soja, como así también por transferencias para
construcción y mejora de rutas,
Remuneraciones, debido al incremento en los sueldos otorgados a los
empleados públicos,
Subsidios a cmpresas de servicios públicos.-
Transferencia de fondo de financiamiento educativo, el acumulado a
Septiembre fue de $ 23.244.927,19.- destinado a obras de infraestructura y
mantenimiento de escuelas, buscando mejorar las instituciones y fomentar
la mejora en el contexto pedagógico.
Como perspectiva para el año próximo, podemos mencIOnar que el Ejecutivo
Nacional envió un proyecto de Presupuesto para el año 2015, que fue aprobado en la
Cámara de Diputados el pasado 9 de octubre. El proyecto prevé una inflación de 15,6 por
ciento y un dólar a 9,45 pesos, además de un crecimiento del 2,8 por ciento, con
crecimientos tanto del consumo como de la inversión. Según las estimaciones oficiales,
habrá un superávit comercial de 9.197 millones de dólares.
La recaudación tributaria sería en 2015 un 28,1 por ciento superior a la estimada para este
año, ya que sería de casi un millón quinientos mil millones de pesos. De ese total, el 22,4
por ciento corresponde a impuesto a las Ganancias; el 27,7 por ciento al IVA y el 25,4 por
ciento a los aportes de contribuciones de la seguridad social. Otro 10,6 por ciento se
deriva del comercio exterior y un 6,6 por ciento del denominado "impuesto al Cheque",
entre otros.
Evolución de los Niveles de Precios
Según el INDEC el Índice de precios al consumidor correspondiente al mes de
Agosto pasado ascendió al 1.3%, y la inflación acumulada (Enero-Agosto) alcanzó un
valor de 18.2%.- Sin embargo los registros de fuentes no oficiales en la actualidad
discrepan con los cálculos del INDEC. En algunos casos se publican valores que duplican
21. ) (
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a los del mencionado organismo, como por ejemplo, el índice anunciado por el Congreso
que midió para el mes de Agosto una inflación del 2,65% (la más alta de los últimos
cuatro meses) de acuerdo con el promedio de las consultoras difundido por diputados de la
oposición, que a su vez dieron a conocer que la tasa anual proyectada se ubicará por arriba
del 40 por ciento.
Cabe mencionar que la mayoría de las estimaciones privadas para los últimos
meses, ubican el índice de precios al consumidor con mucha discrepancias con respecto al
organismo oficial. Es importante destacar que se dio a conocer un informe académico
sobre la evolución del Índice de precios al consumidor, elaborado por un consejo
integrado por varías universidades nacionales. Dicho informe presentó serias críticas
respecto de lo actuado por el INDEC del 2007 al 2012, especialmente en lo vinculado con
la conformación de los precios de la canasta básica.-
finalmente cabe señalar que actualmente existen otros instrumentos que inciden en
la composición de precios tales como el control de cambio establecido sobre el mercado
de divisas y la consecuente cotización informal del dólar paralelo, y la disminución de los
subsidios otorgados oportunamente para contener los precios de servicios públicos como
la energía y el transporte.- Existen otras tensiones inflacionarias tales como los aumentos
registrados en servicios , tales como la educación privada, cobertura medica privada,
distribución de TV por cable, expensas, etc.-
E VOLUCiON DEL EJERCiCiO MUNiCiPAL 20i4
Recursos Tributarios de Origen Provincial Ejercicio 20i4
Durante el corriente año, lo transferido a las provincias a Septiembre por la
recaudación de coparticipación y los recursos de leyes especiales fue de $220.268
millones. Por su parte, el Jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, destacó el mejoramiento de
la transferencia de recursos de jurisdicción nacional para las provincias, por
coparticipación más otros recursos, que llegaron en junio último a $27.617 millones, lo
que significa un 31,49% más que lo transferido en el mismo período del año pasado.
También se incrementaron los niveles de transferencia del Fondo federal Solidario
(que proviene de las exportaciones de soja) con $1640 millones, frente a los $725
22. transferidos el año anterior, con el
infraestructura en las provincias.
Por su parte, la Ministra de Economía de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Silvina
Batakis, anunció que las transferencias diarias y automáticas a los 135 Municipios, en
concepto de Coparticipación, Fondo Solidario Provincial y Fondo de Financiamiento
Educativo, alcanzaron los $19.609 millones en los primeros nueve meses del año (Enero -
Septiembre). Destacando que el Fondo Solidario proveniente de la soja fue a Septiembre
de $781.673.806,80.- destinando a nuestro partido la suma de $16.681.467,86.-
Del análisis realizado localmente, los fondos correspondientes a la Coparticipación
Bruta hasta Septiembre ha sido de $408.255.460.- y se estima que superarán los
$430.000.000.-
Asimismo, de acuerdo a los datos aportados por la Dirección Provincial de
Coordinación Federal y Municipal dependiente de la Secretaria de Política y Coordinación
Económica, para el corriente ejercicio, se estima percibir en el Fondo para el
Fortalecimiento de Recursos Municipales $3.900.000.- adicional a lo presupuestado
originalmente, al igual que Fondo Municipal de Inclusión Social, en $2.700.000.-
Por su parte, los recursos provenientes de Descentralización Tributaria, tales como
Ingresos Brutos (pequeños contribuyentes) y el Impuesto Automotor (Ley N° 13.010), han
incrementado su evolución en lo que va del año, superando la proyección realizada
oportunamente.-
Recursos Tributarios de Origen Municipal Ejercicio 2014
En lo relacionado con los Tributos de Origen Municipal, es oportuno destacar que
la evolución de la recaudación en las principales tasas y derechos, ha superado
considerablemente las estimaciones previstas para el corriente ejercicio.-
La tasa de Alumbrado, Barrido, Limpieza y Reconstrucción de la Vía Pública
presenta incrementos en el monto percibido a Septiembre de 2014 Ysu comparación con
lo estimado para el Ejercício 2014 ($472.200.000,00).-, surge un incremento en la
proyección de la recaudación de esta Tasa de $139.600.000,00.-
Dicho incremento se vio originado en alguna medida, por el aumento de nuevas
cuentas tributarias producto del efecto de las inversiones inmobiliarias observadas en el
23. ••
Partido de San Isidro recientemente, y por los ajustes técnicos introducidos, a efectos'tle
evitar el retraso nominal, producto de la corriente inflacionaria percibida a la fecha.-
Por su parte, el incremento producido en el monto percibido de la Tasa por
Inspección de Comercios e Industrias a Septiembre dc 2014 Y su comparación con lo
cstimado para el Ejercicio 2014 ($ 279.700.000,00).-, por lo cual surge un incremento en
la proyección dc la recaudación de esta Tasa de $121.800.000,00.-
La evolución de esta tasa evidencia el incremento en los niveles de actividad y de
la capacidad contributiva de los titulares de negocios e industrias radicados en el Partido.
Cabe destacar que a partir del ejercicio en curso se modificó la base imponible para el
cálculo de la referida tasa. Actualmente se incluye la variable del ingreso en la base
imponible a fin de que permita acompañar la depreciación de la moneda. De esta forma se
incorporó una nueva categoría de contribuyentes cuya base imponible considera la
aplicación de una alícuota directa sobre los Ingresos l3rutos devengados por la actividad.-
En líneas generales, la recaudación correspondiente a todo el capitulo de ingresos
municipales denominado ''Tasas'' logró superar de manera significativa para los primeros
nueve meses lo presupuestado originalmente.
Evolución del Gasto 20i4
Inicialmente es importante destacar que el incremento en los niveles de precios
producto de la inflación real sufrida, ha ocasionado aumentos nominales en los precios de
los bienes y servicios que la Comuna adquiere para su normal funcionamiento. Durante el
corriente año, la mayoría de los sindicatos que agrupan a trabajadores de las distintas
actividades, han logrado conseguir importantes aumentos de salarios que luego son
trasladados al precio de los bienes que adquiere el Municipio.
Podemos mencionar como ejemplo, el ranking de aumentos publicado por el
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, liderado por Dr. Carlos Tomada. "En
base a la información estudiada, la tabla quedó de la siguiente manera: Químicos (37 por
ciento); Producción de Alimentos (35 por ciento); Sanidad (34); Camioneros y
Maestranza (33); Calzado y Pasteleros (32); Gráficos, indumentaria y Transporte de
Pasajeros (3i); Carne, Entidades Deportivas y Civiles, Metalúrgicos, Plásticos y Textiles
(30); Bancarios y Construcción (29); Administración Pública (28), y Comercio (27 por
ciento). "
24. ~. 'j ":)
~ ::: 2~.'~1) t~ J
Sin perjuicio de lo expuesto, la gestión del gasto público local durante los ~rimeros ~
nueve meses del corriente ejercicio estuvo controlada, ajustándose su evolución a las
metas presupuestarias establecidas oportunamente para cada dependencia.-
En lo que a la Comuna respecta, el Departamento Ejecutivo ha procurado siempre,
en la medida de lo posible, mantener actualizado el poder adquisitivo de los salarios de los
agentes del Municipio. De la evolución observada en los precios de los bienes de primera
necesidad, surge que se han producido importantes incrementos en la mayoría de los
rubros y que dichos aumentos resultan ser de público y notorio conocimiento, lo que ha
hecho necesario procurar establecer una recomposición salarial, a efectos de mitigar el
impacto que la inflación produce en las economías de las familias del personal municipal
durante el corriente Ejercicio se realizó una recomposición salarial en dos etapas.
Se otorgó un incremento sobre los sueldos básicos y sobre la Bonificación
Remunerativa no Bonificable, equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir de Abril de
2014.- Asimismo en una segunda etapa se otorga un incremento salarial sobre los sueldos
básicos y sobre la Bonificación Remunerativa no Bonificable, (cálculo que se efectúa
sobre los haberes del mes de Marzo 2014) equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir
del mes de Agosto.- Asimismo se otorgó un aumento en la bonificación por presentismo
para todo el personal comprendido entre la categorías seis a catorce, pasando a ser de
$330 a $600.-
El mismo criterio se aplicó en cuanto a las pautas y fechas mencionadas al personal
de Planta Temporaria y Mensualizados. Además se incorporaron los aumentos definidos
en las paritarias de los empleados de la Provincia de Buenos Aires que revisten en la
Carrera Médica Hospitalaria y Docentes.-
En el transcurso del presente Ejercicio, se continuaron realizando todas las políticas
públicas locales que el Gobierno Municipal desarrolla constantemente para mejorar la
calidad de vida de todos los vecinos de la Comuna, manteniendo un adecuado equilibrio
de las finanzas locales.- La Municipalidad de San Isidro ha logrado no solo conservar,
sino también en algunos casos, ampliar la estructura de servicios que brinda a la
Comunidad, en materia de Seguridad, Salud Pública, Obras Pública, Educación, Cultura y
Deportes, entre otros. En particular se ha evidenciado el incremento en las inversiones
realizadas en materia de seguridad, tendientes a la instalación de tecnología necesaria para
combatir la inseguridad, a través de la instalación de cámaras de video en la via publica,
ampliación de la sala de monitoreo, incorporación de nuevos móviles en el patrullaje
local, contratación de una mayor cantidad de horas de policia adicional, entre otras.-
25. ~
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Finalmente es importante destacar que durante el presente Ejercicio, el Go í~rno:- - '
Municipal no ha nccesitado recurrir al uso del crédito ni mantiene deudas financieras ni
empréstitos con ninguna entidad bancaria o financiera externa.-
CALCULO DE RECURSOS EJERCICIO 2015
El Cálculo de Recursos quc se somete a consideración para el Ejercicio 2015
alcanza la suma de pesos Dos mil quinientos ochenta y ocho millones, setecientos
cuarenta y siete mil ($ 2.588.747.000,00-). Su composición detallada obra en el
Formulario N° 2 del presente Proyecto de Ordenanza.
El presente Cálculo de Recursos se elaboró sobre la base de los promedios actuales
de recaudación, la información recibida de entes y/u organismos competentes y
considerando que se mantendrán los actuales niveles de tributación.-
En lo que respecta a su composición, la misma se distribuye de la siguiente manera:
RUBRO MONTO %
Ingresos Tributarios de Origen Provincial/Nacional $ 787.716,000.00 30.42%
Ingresos de Origen Municipal $ 1,620,260,000.00 62.58%
Rentas de la Propiedad $ 950,000.00 0.04%
Transferencias Corrientes S 129,671,000.00 5.01%
Recursos propios de Capital $ 25,150,000.00 0.98%
Transferencias de Caoital S 25,000,000.00 0.97%
TOTALES $ 2,588,747,000.00 100.00%
Del cuadro expuesto precedente, surge que la principal fuente de financiamiento
municipal es aquella derivada de la recaudación de Tributos Municipales que representa
un 62.58% del total del presupuesto municipal. De esta forma, pueden desarrollarsc y
profundizarse las distintas políticas publicas propias con mayor grado de independencia,
atento a que se exhibe una adecuada desagregación en la percepción de fondos.- Las
estimaciones formuladas en el presente Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2015 fue
realizada tomando como base, la recaudación real evidenciada a la fecha sobre los
distintos tributos comunales.-
La estimación introducida, relacionada con los recursos provenientes de
coparticipación de la Provincia de Buenos Aires, se ha realizado considerando la
26. ;//
comunicacióñ oficial emitida por la Dirección Provincial de
Municipal dependiente de la Subsecretaria de Politica y Coordinación Económica del
Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.- Los valores contenidos en
dicha comunicación oficial fueron incorporados en el capitulo pertinente en el Cálculo de
Recursos para el Ejercicio 2015.-
En este sentido es importante destacar que los principales fondos provinciales
creados por las distintas leyes provinciales, fueron mantenidos en la actualidad. De lo
expuesto en la comunicación oficial mencionada precedentemente, surge que seguirán
desarrollándose durante el próximo año.-
En cuanto a los Recursos de Capital, tal como fuera desarrollado en el Proyecto de
Presupuesto del Año 2014, se ha realizado con prudencia la estimación de ingresos por
Ventas de Activo Fijo, considerando que se encontrarían asegurados con la enajenación de
inmuebles que el Municipio no utiliza ni tiene previsto emplear en el futuro y que, no
obstante ello, debe soportar los gastos correspondientes a su mantenimiento.-
Durante el Ejercicio 2015 se continuará aplicando y desarrollando las politicas
públicas locales mantenidas hasta el presente, para mejorar los niveles de recaudación, y
que están relacionados con efectuar un seguimiento detallado de la evolución y
comportamiento fiscal de los grandes contribuyentes locales, como así también beneficiar
a los contribuyentes que realizan esfuerzos para cumplir en tiempo con sus obligaciones
tributarías. Se continuarán realizando controles constantes de la evolución de los distintos
indicadores de gestión, analizando los principales desvíos y procurando mejorar la
eficiencia de la Administración Tributaria. Se tomarán las medidas necesarias para
disminuir el efecto la depreciación de la moneda producto de los actuales niveles de
inflación.-
Finalmente resulta necesario adicionar que manteniendo, perfeccionando y
profundizando esta metodología, que ha permitido generar una sostenida tendencia en el
crecimiento del sistema tributario local, se logrará cumplir con los objetivos de
recaudación fijados tanto para los tributos corrientes, como para aquellos correspondientes
a ejercicios anteriores.-
27. PR~UES1V DE GASTOS EJERGGO 20/ j
Las erogaciones totales previstas para el Ejercicio 2015, ascienden a la suma de
Pesos Dos mil quinientos ochenta y ocho millones setecientos cuarenta y siete mil
($ 2.588.747.000,00-) Y su composición detallada obra en los correspondientes Anexos,
Cuadros y Detalles del presente Proyecto de Ordenanza.-
Respecto a la estimación del Gasto para el Ejercicio 2015, se ha proyectado un
incremento que se encuentra fundamentado en las estimaciones de inflación para el
próximo año, realizadas por distintas instituciones de estudios económicos.
La composición del presupuesto de gastos, en función a la apertura realizada por
objeto del gasto, se comporta de acuerdo al cuadro que a continuación se detalla:
Concepto Importe
Recursos Humanos $ 911.963,408.00
Bienes de Consumo $ 258,583.500.00
Servicios No Personales $ 957,169.092.00
Bienes de Uso $ 147,579,000.00
Transferencias $ 177,647.000.00
Servicios de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos $ 135.805,000.00
TOTALES $ 2 588 747 000.00
En lo concerniente al Gasto en Personal, se mantiene la escala vigente a Agosto del
corriente ejercicio para la grilla de la categoría 6 hasta la categoría 15.-
Resulta oportuno considerar que el total del gasto en personal representa un
35,22% del presupuesto total, los Bienes de Consumo representan un 9.99%, los servicios
un 36,97%, los bienes de uso un 5,70%, las transferencias un 6,87% y los servicios de la
deuda un 5,25%.-
La distribución funcional del gasto se compone de acuerdo al esquema que a
continuación se detalla:
Jurisdicción 1 - Seco Gral. de Gobierno y Administración, Hacienda, Privada
y Producción; representa alrededor del 12.32% del total del Presupuesto. Contempla
asimismo las áreas de Ceremonial y Protocolo, Prensa, Tribunal de Faltas, Difusión,
28. Defensoría Municipal, Dirección Gral. de Rentas, Asesoria Legal,
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Defensa "&rVil~)!'
Descentralización Tributaria, Dirección General de Compras, Contaduría General, y
Tesorería, entre otras. El gasto realizado en la órbita de la Dirección de Cementerios y la
nueva Escuela para la policía local, también componen el presupuesto de esta
Jurisdicción.-
Jurisdicción 2 - Subsec. Gral. de Inspecciones, Registros Urbanos y Tránsito;
representa alrededor del 11.07% del total del Presupuesto. Esta compuesta por las áreas de
Inspección General, Registros Urbanos, Tránsito, y Seguridad y Cuidados Comunitarios.
En esta jurisdicción se incluyen las inversiones en materia de seguridad que esta
realizando la Comuna para combatir la delincuencia. El aumento se encuentra fundado en
la provisión de recursos adicionales que serán destinados para combatir la inseguridad en
nuestro distrito y que permitirán ampliar la instalación de cámaras de video en la vía
pública, incrementar la dotación de patrulleros municipales y aumentar las horas de
vigilancia, entre otras medidas.-
Jurisdicción 3 - Secretaría de Integración Comunitaria y Seco de la Niñez,
Adolescencia y Familia; equivale al 14,02% del total del Presupuesto. Contempla las
inversiones realizadas en las áreas de Educación, Deportes, Relaciones Vecinales, Acción
Social Directa, Minoridad, Hogar Infantil Municipal y Mesa de Integración Social, entre
otras.-
Esta Jurisdicción incluye también, las erogaciones correspondientes al Fondo de
Fortalecimiento de Programas Sociales (Ley N° 13.163), ayuda a indigentes, pensiones
graciables, ajuares correspondientes al plan comadres, entre otros.-
Jurisdicción 4 - Secretaria de Obras Públicas; representa alrededor del 9,73%
del total del Presupuesto. Dentro de este presupuesto, se contemplan las obras que se
proyectan realizar durante el Ejercicio 2015. Entre ellas, podemos mencionar a las
relacionadas con la ampliación y mejoramiento de la red vial local tales como cruces
carreteros, las obras tendientes a terminar de mejorar el área del Centro de Boulogne;
reconstrucción de la Vía Pública; repavimentaciones; el desarrollo y recuperación de
Espacios Públicos como el de la Costa de San Isidro; la apertura, urbanización, y
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ejecución de obras
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de infraestructura de barrios carenciados y la recuperaclOn y
saneamiento de la Ribera y Río Reconquista, entre otros.- Se planea culminar, en
coordinación con el Gobierno Nacional, la realización de los aliviadores y de las
conexiones anexas de la calle Pavón y Paraná.-
Asimismo, se deben adicionar a lo expuesto anteriormente, los trabajos de
mantenimiento que se realizan todos los años tales como el mantenimiento de la red vial
local, el mantenimiento de la Defensa Costera, el mantenimiento de los Edificios
Municipales y el mantenimiento de napas freáticas, entre otros.-
Jurisdicción 5 - Subsecretaría General de Espacio Público; representa alrededor
del 20,53% del total del Presupuesto. Resulta importante destacar que en esta jurisdicción,
se ha comenzado a instalar el sistema de recolección de residuos por medio de la provisión
de contenedores dispuestos en la vía pública en zonas comerciales y determinados sectores
del partido de San Isidro. Para el próximo ejercicio se prevé seguir continuando con la
campaña de raleas, podas en altura y mantenimiento de espacios verdes en todo el partido
de San Isidro. Asimismo se continuará con el incremento de la frecuencia de la limpieza y
desobstrucción de sumideros. Se encuentra previsto continuar con la campaña de
recolección de material reciclable.-
Jurisdicción 6 - Secretaría de Salud Pública; representa alrededor del 24,54%
del total del Presupuesto. El incremento observado responde principalmente al
crecimiento de los servicios de Salud Pública que se brinda a la Comunidad relacionados
con el funcionamiento y con la ampliación de todos los centros de atención.- Asimismo, se
contínuará mejorando con el centro de diagnostico por imágenes en el Hospital Central de
San Isidro. Se realizarán inversiones de equipamiento en todos los Hospitales del Partido
dotándolos de instrumentos de alta tecnología.-
Es importante señalar que se han contemplado los aumentos que se observarán en
los precios de insumas y servicios hospitalarios, de acuerdo a la evolución de la inflación.
Asimismo, se prevé que la Provincia de Buenos Aires, autorice nuevas subas salariales
correspondientes al personal de Carrera Médica.
Todos los aspectos señalados precedentemente fueron considerados para estimar la
inversión que la Municipalidad de San Isidro deberá realizar en materia de Salud Pública
durante el próximo Ejercicio.-
30. Conforme a lo que establece el Decreto 2980100, relacionado con la normativa
RAFAM, en el Presupuesto de Gastos fueron incluidos los fondos correspondientes a la
deuda flotante.-
De acuerdo a todo lo anteriormente expuesto, se solicita la aprobación del Proyecto
de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2015 que se
adjunta y que se estima altamente satisfactorio, toda vez que permitirá desarrollar
ampliamente las acciones y políticas públicas locales en materia de Salud Pública,
Seguridad, Educación, Cultura, Deportes y Recreación, Acción Social, Servicios y Obras
Públicas en el Partido de San Isidro, manteniendo asimismo, un adecuado equilibrio de las
finanzas públicas locales.-
San Isidro, 31 de Octubre de 2014
31. ~~s~N/C/PALlDAD DE SAN ISIDRO
VPRESUPUESTO 2015
DESCRIPCIÓN DE POLíTICAS PRESUPUESTARIAS (F1)
SECRETARíA PRIVADA Y ENLACE
A través del área de Ceremonial y Protocolo se continuará en 2015 con el
vinculo entre el intendente y las instituciones, los vecinos, las entidades
intermedias y el resto de la comunidad.
Ceremonial y Protocolo
Es la dependencia encargada de la organización y coordinación de actos,
ceremonias y recepciones de carácter oficial y público con la participación
del Ejecutivo Municipal.
SUBSECRETARíA DE COMUNICACIÓN Y CULTURA
Dirección de Difusión
Difusión de las actividades de todas las áreas municipales. Edición de
publicaciones, producción de contenidos audiovisuales y de publicidad.
Recepción de consultas y mensajes de vecinos. Comunicación directa con
los vecinos. Campañas de via pública. Administración de página web, redes
sociales y circuito cerrado de TV.
Dirección de Prensa
Su tarea es brindar información a los vecinos sobre las obras, servicios y
acciones del gobierno municipal, y de las actividades culturales, deportivas
y sociales realizadas por instituciones intermedias y de bien público que
resulten de interés comunitario a través de medios de comunicación.
Dirección General de Cultura
Promueve la participación de la comunidad generando espacios en los
cuales los vecinos puedan expresarse y crecer; promueve el acceso a las
diferentes manifestaciones artisticas, facilitando su comprensión y goce.
Además de la Casa de la Cultura, los espacios municipales dedicados al
quehacer cultural son: el Centro Civico Cultural de Beccar, el Centro Civico
Cultural Boulogne, y las Casas de la Cultura de Villa Adelina, San Isidro,
Martinez Este, y Martinez Centro. Dependen de esta área el Archivo
Histórico Municipal "Beccar Varela" que funciona en la remozada quinta
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32. "Los Ombúes", el Museo Pueyrredón, el Museo Municipal del Juguete, el
Centro Municipal de Exposiciones y el Teatro del Viejo Concejo.
La Dirección General de Cultura interactúa con todas las áreas municipales
brindándoles apoyo en la realización de eventos de distinto tipo; además
auspicia acontecimientos culturales de otras instituciones, fortaleciendo de
esta manera las iniciativas de la comunidad.
Por otra parte, incorpora en sus talleres a ciudadanos y ciudadanas que
necesitan un espacio de creatividad, derivados de los servicios de Salud
Pública y Acción Social.
Cursos y talleres de la Dirección de Cultura en las 7 casas de cultura;
organización de muestras de artistas plásticos, organización de
espectáculos al aire libre, organización de concurso literario, concurso de
poesia, promoción de la participación de la tercera edad con el programa
"Abuelos de cuento", talleres de lectura, visitas guiadas en los Museos,
talleres de ajedrez, programas educativos en nivel polimodal, programas
educativos en nivel inicial y primario, muestra anual de talleres, ciclos de
cine, muestra anual de artes plásticas, espectáculos de vacaciones de
invierno, espectáculos en Teatro del Viejo Concejo, espectáculos en otros
espacios, festival anual de tango, festival de jazz, festival de cine y música,
festival de vacaciones de invierno, programas de verano en plazas, eventos
generales, asistencia a instituciones de la sociedad civil, actos en
dependencias municipales, fiestas en localidades, eventos e inauguraciones
en localidades. Fiestas patronales, fiestas de carnaval
Casa de la Juventud
Es un espacio abierto de encuentro y convivencia para el desarrollo de las
actividades creativas, culturales, educativas, de recreación y de uso del
tiempo libre, orientado a los jóvenes.
La expresión artistica encuentra en la Casa un ámbito propicio a través de
talleres de teatro, danza, dibujo, pintura, fotografia, cine y literatura.
Los chicos y chicas que tienen inclinación por la comunicación cuentan con
una infraestructura que les permite el acercamiento al cine, video, a la
fotografia y a la práctica periodistica.
También existe un Centro Integral de Capacitación con Orientación Laboral.
Organiza el ciclo anual "San Isidro en Vivo", promocionando las bandas
locales en todas las localidades.
Infojoven
Oficina dedicada a brindar información, orientación y recepción de datos
sobre servicios y actividades para jóvenes. Tiene a su cargo la Tarjeta San
Isidro Joven para que todos los jóvenes del partido de entre 14 y 30 años
33. r~
~~
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¡~ ngan descuentos y beneficios en los comercios e instituciones
~heridos al Programa.
Tribunal de Faltas
Juzga todo lo relacionado con el Código de Tránsito (Adhesión provincial a
Ley Nacional 24.449) y expide certificados de libre deuda por multas; con la
aplicación del Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires (Ley
8.751/77); con el Código Contravencional Municipal de San Isidro (Ord.
5182); recibe denuncias sobre estas materias.
SECRETARíA GENERAL DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
La Secretaria General de Gobierno y Administración es la encargada de
coordinar, supervisar y controlar las tareas desarrolladas por las demás
secretarias. Bajo su órbita directa se encuentra la Subsecretaria General de
Gobierno de la cual dependen, entre otras, las siguientes áreas que
continuarán con sus tareas durante el 2015:
Dirección de Relaciones Institucionales y Tercera Edad
Mantiene el registro de las tareas que desarrollan las entidades intermedias
y las Organizaciones No Gubernamentales dentro del distrito para potenciar
las actividades de estos organismos asesorándolos en el manejo de
estatutos, asambleas, actas, etc. Se trabaja con estas instituciones para
potenciar y desplegar una mayor tarea social.
Programa Juventud Prolongada. El Programa de la tercera edad
denominado "Juventud Prolongada" reúne a unos 15.000 asistentes por mes
por medio de 84 centros de jubilados que se suman a esta propuesta y
concentran sus actividades en la sede central que está junto al rio Puerto
Libre. Ese predio de 5 hectáreas cuenta con un natatorio diseñado con las
condiciones más apropiadas para los mayores, 2 salones de uso múltiple,
sala de video, comedor, quincho, sala de gimnasia, canchas de bocha, tejo,
newcom, playón y biblioteca. Entre las acciones realizadas figuran las
recreativas, deportivas, culturales y turisticas. A su vez, funciona el Centro
de Gimnasia, al que acuden todos los que por indicación de los médicos
necesitan realizar ejercicios de recuperación.
34. Mesa general de entradas. Recepción de notas, pedidos, denuncias y
correspondencia enviados por los vecinos. Iniciación de expedientes.
Entrega de formularios. Recepción de oficios judiciales.
Informática. Ingenieria de desarrollo de software, gestión de proyectos e
integración de sistemas y soluciones. Implementación y administración de
servidores y de la red de datos municipal. Instalación y mantenimiento del
equipamiento informático.
Personal. Administración y desarrollo de los recursos humanos del
municipio y delegación previsional ante ellPS ljubilaciones y pensiones).
Despacho y Legislación. Lleva el registro de todas las normas emitidas por
el municipio. Publica el Boletin Oficial de la comuna en forma digitalizada.
Implementación del digesto a través del sitio web de la comuna.
Asesoria Legal. Asesora al Departamento Ejecutivo sobre todas las
cuestiones de indole legal, lleva adelante todas las causas legales
correspondientes al mismo y se encarga de los juicios de apremio. También
efectúa la tramitación de Bien de Familia. Funciona en una nueva sede.
Defensa de Consumidores y Usuarios. Asesora al vecino sobre sus derechos
constitucionales como usuarios y consumidores. Recibe denuncias de los
consumidores y convoca primeramente a una instancia concilíatoria donde
el solicitante podrá encontrar una rápida solución de la empresa a su queja.
Si la empresa no resuelve el problema generado y se acredita el
incumplimiento a la ley de Defensa del Consumidor el organismo
administrativo local debe sustanciar el procedimiento a fin de aplicar las
sanciones que pudieran corresponder. Realiza controles de oficio para
controlar el cumplimiento de las normas que protegen a los consumidores
(controlando la publicidad engañosa, exhibición de precios, cláusulas
abusivas, etc.). Promueve la educación al consumidor en ámbitos educativos
y sociales, procurando la acción de un consumo critico y sustentable, y
alentando la participación de los consumidores en asociaciones de
consumidores que fortalezca la difusión de derechos y los mecanismos de
su efectivo cumplimiento. Presenta un informe trimestral sobre las
denuncias efectuadas y su tramitación lo que permite disponer de una
radiografia sobre el conflícto generado en el mercado de consumo y sobre el
desempeño empresario. Se produce la sustanciación de reclamos ante
empresas de comunicación, empresas médicas prepagas, bancos, cadenas
de electrodomésticos entre otros.
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Dirección de Cementerios. Realiza los servicios para la comunidad en los
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dos cementerios municipales con inhumaciones, exhumaciones, traslado
interno de restos y traslados a cremación.
Dirección General de Rentas. Administración de las cuentas de los
contribuyentes de las Tasas por Alumbrado, Limpieza, Conservación y
Reconstrucción de la Via Pública; Inspección de Comercios e Industrias y
otras tasas. Atención de la gestión de los trámites referidos a impuestos
provinciales cuya gestión toma el municipio.
Delegaciones Municipales: cuenta con una coordinación con nueva sede.
Fueron creadas para acercar al vecino Centros de Pago, información y
reclamos. En las Delegaciones se reciben todo tipo de reclamos que no
dependen necesariamente de la Secretaria, dándole trámite a las solicitudes
y acercándole la respuesta al vecino.
Dirección General de Registro de la Población: En 2015 se seguirá
entregando una tarjeta a los vecinos de San Isidro para facilitar el acceso a
los servicios.
SECRETARíA DE HACIENDA
Hacienda. Coordinación de la programación, ejecución financiera y control
del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Municipio
procurando mantener equilibradas las finanzas públicas locales.
Coordinación de las actividades operativas de las áreas de Contaduria
General, Compras, Tesoreria y Rentas. Arbitra los mecanismos necesarios
para el cumplimiento de legalidad de los procesos y actividades
administrativas que son auditados por el Honorable Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Buenos Aires.
Contaduria. Organismo de contralor. Interviene por ley en todas las
cuestiones económico-financieras del municipio. Efectúa la contabilidad y
los balances.
36. / Tesoreria y Cajas. Tiene a su cargo valores, cajas del municipio, cobro de
tasas, control de recaudación y la atención y pago a proveedores.
Compras. Es una dependencia establecida por la Ley Orgánica de las
Municipalidades, que realiza las adquisiciones y contrataciones de bienes y
servicios en base a los mejores estándares de calidad y precio, logrando de
esta forma maximizar los servicios que reciben los contribuyentes.
SECRETARIA DE PRODUCCIÓN
En la órbita de esta Secretaria se encuentran las áreas de Ecologia y
Conservación de la Biodiversidad, Producción, Turismo y Ribera que se
ocupa de la recuperación y el mantenimiento de la costa en la cual se
realizan tareas de limpieza y recuperación de sectores costeros, de la
reserva natural, del vivero municipal, y de los paisaje y las barrancas
protegidas, trabajos que proseguirán en 2015.
Producción. Atención personalizada a empresarios de la zona, orientándolos
hacia la resolución de sus problemas, ya sea en nivel de mercado,
financiero, personal, etc., asi como la introducción a los instrumentos
disponibles en el campo gubernamental y privado.
Instrumentación de planes como el Programa Nacional de Desarrollo Local y
Economia Social "Manos a la Obra". Coordinación de las tareas de la
Dirección de Ecologia.
Turismo. Continuarán las diversas promociones del distrito como destino
turistico con participación en ferias y exposiciones, encuentros y cursos de
capacitación.
SUBSECRETARíA GENERAL DE INSPECCIONES, REGISTROS URBANOS Y
TRÁNSITO
El área de tránsito se encarga del ordenamiento vial, del control vehicular,
del señalamiento vial y semafórico y de todas las tareas relacionadas con el
cumplimiento de las normas viales en el distrito. También tiene a su cargo la
tramitación de licencias de conducir, con la tramitación online de los turnos,
la habílítación de taxis-remises, transporte escolar y comunal y las clases de
Educación Vial que se brindan en los colegios públicos y privados de todo el
37. 'artido, la instalación de señales viales, las habilitaciones de micros
escolares, habilitación de taxis y remises y coordinación de los inspectores
de tránsito. Todas estas tareas continuarán en el 2015 además de las
siguientes:
Grúas e inspectores. Su tarea se concentra en el ordenamiento vial,
intervención ante obstrucción de garage, coches abandonados. Atiende las
denuncias de los vecinos sobre automóviles mal estacionados, obstruyendo
garajes, salidas para personas con capacidades distintas, etc. son resueltas
por el servicio de la grúa municipal que ante cada denuncia libera las zonas
afectadas llevando los automóviles que se encuentran en infracción a la
playa de caución de la calle Alsina en San Isidro. Se reciben también
denuncias sobre coches abandonados y otros que con el tiempo y el
abandono se fueron convirtiendo en chatarra.
En el 2015 la oficina de Inspección General pretende continuar siendo la
herramienta del comerciante o industrial, para que entre ambas partes se
logre el óptimo funcionamiento de su empresa, dentro de las medidas de
seguridad aceptables, y con los condicionamientos que la reglamentación
establece para que dicha actividad logre el objetivo de ofrecer el mejor
servicio que se traduzca en un beneficio reciproco entre el prestador y el
vecino.
A fin de lograr este objetivo la oficina cuenta con una unidad de
asesoramiento. Las denuncias también son recibidas por esta oficina para lo
cual cuenta con un plantel de administrativos e inspectores, para brindar
respuesta a las inquietudes de los vecinos al respecto.
Para formalizar las denuncias se encuentran habilitadas lineas telefónicas,
por las que además se informa el resultado de las actuaciones realizadas al
respecto.
También corresponden a este Departamento las consultas, análisis y
aprobación de toda la publicidad con que cuenten los negocios, como toda
la publicidad que se realice en la via pública, fija o con sistema de
promoción.
Por otra parte corresponde a la Dirección de Bromatologia, dependiente de
Inspección General, la reinspección veterinaria, como asi también el control
de los alimentos que llegan a la población, los lugares donde se elaboran o
expenden, las condiciones de higiene de los alimentos asi como su
manipulación.
Gestión Ambiental. Tiene por objetivo la protección, conservación,
mejoramiento y restauración del sistema ambiental, con el principio de
desarrollo sustentable con el fin de lograr una adecuada calidad de vida,
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previniendo o mitigando los problemas ambientales. Le corresponde a esta '•'" 38 • .t,•
oficina la preservación, verificación y conservación del medio ambiente, " .• !:.,../
contando con los elementos adecuados para actuar en casos de cualquier
acción o accidente que pueda alterarlo.
Luego de recibidas las denuncias, éstas son derivadas al área que
corresponde. Se le otorga al vecino un número de trámite con el que podrá
informarse sobre el estado de la misma, para lo cual se le solicita al
denunciante sus datos personales.
De tratarse de denuncias que deban diligenciarse en el momento, móviles
municipales se encuentran a disposición.
Otros de los trámites que se llevan a cabo en esta área son:
Habilitaciones, Habilitaciones Comerciales, Anexos de Rubros, Ampliaciones
de Espacio Fisico, Reducción de Espacio Fisico, Cambio de Titularidad, Baja
de Rubro y/o de Habilitación del Comercio, Consulta de Habilitación,
Habilitaciones Industriales, Habilitaciones de Depósitos, Trámites de
Instalación Eléctrica Correspondientes a viviendas y locales, Instalación de
ascensores-montacargas, Instalaciones eléctricas de Menor Potencial de
11kw, Instalaciones Eléctricas de Mayor Potencia Instalada a 11kw,
Instalación de ascensores y montacargas.
SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD Y CUIDADO COMUNITARIO
En cuanto al apoyo a la seguridad, el Programa de Cuidado Comunitario,
atiende situaciones de emergencia que puedan afectar a los vecinos tanto en
la via pública como en sus hogares, contando para ello con móviles propios
blindados y equipados y un servicio de emergencia que funciona las 24
horas. Si bien por ley la seguridad de los bonaerenses es una facultad y
obligación del gobierno de la Provincia de Buenos Aires que debe cumplirse
por medio de la Policia, San Isidro desarrolla una politica de apoyo a la
seguridad que en los últimos años ha permitido: el mantenimiento de
patrullas, entrega de móviles para seguridad y prevención, compra de
equipos, construcción de comisarias y otras sedes policiales, adicionales y
participación comunitaria, programa de cuidado comunitario, construcción
de fiscalias.
A todos estos aportes, se debe agregar la instalación de cámaras de
vigilancia que se extienden por toda la geografia del municipio. La comuna
realiza su propio tendido de una red de fibra óptica, para conectar las
cámaras a la central de monitoreo que la Municipalidad montó en su sede
administrativa.
39. ~ . .
SUBSECRETARIA DE PREVENCION CIUDADANA
Se encarga de atender denuncias de vecinos y de cogestionar políticas de
prevención en materia de seguridad.
SUBSECRETARíA DE PLANEAMIENTO URBANO
Atiende y asesora en la aplicación e interpretación del Código de
Ordenamiento Urbano.
Contempla las direcciones de Registros Urbanos y la de Obras Particulares,
y la Dirección de Catastro, que otorga la visación municipal a los planos de
mensura, unificación, división y anexión.
SECRETARíA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Concentra bajo su órbita las siguientes áreas y servicios que continuarán
desarrollándose en el 2015:
Educación. 12 Jardines de Infantes, la Escuela Malvinas Argentinas (primaria
y secundaria) y ERIPLA -para hipoacúsicos-. La educación pública recibió
diversos apoyos para un mejor funcionamiento por medio del Programa
Municipal de Talleres Extraprogramáticos, asi 15.000 alumnos del distrito
tomaron clases de inglés, folklore, informática, etc. En 20 años que llevan los
Talleres Extraprogramáticos tuvieron 250.300 alumnos. A través de estos
talleres son beneficiados alumnos de distintos niveles de educación: inicial,
primaria y secundaria.
Se colabora también con las escuelas públicas brindándoles subsidios;
micros para el traslado a eventos o visitas guiadas; facilitándoles equipos de
audio y escenarios para los actos y realizando tareas edilicias o de
mantenimiento, como desagotes de pozos ciegos.
Se otorgan becas. En el Instituto Municipal de Formación Superior se dictan
las carreras terciarias de Técnico Superior en Instrumentación Quirúrgica y
enfermeria Profesional, de técnico Superior en Mantenimiento Industrial, de
Analista en Comercio Internacional y de Técnico Superior en Administración
Pública Municipal. También se brindan desde el municipio cursos de
capacitación y especialización docente.
Dirección de Educación Ecológica. Creada en respuesta a la demanda de
gran cantidad de vecinos preocupados y ocupados en la protección del
ambiente, su labor está orientada en la concientización de las nuevas
generaciones, desde la etapa escolar en adelante, para el cuidado del
espacio público del que San Isidro tiene el orgullo de mostrar el promedio
más alto de árboles plantados en el territorio de la provincia de Buenos
Aires. Entre sus tareas se encuentran: promoción de educación ecológica en
40. la Chacra Educativa San Isidro Labrador; difusión de la Reserva Ecológica;
desarrollo de capacitación docente por medio de charlas.
Subsecretaria de Deportes. En materia de infraestructura deportiva, el
municipio cuenta con 6 campos, con natatorios en 4 de ellos, 3 de estas
piletas están climatizadas -con cobertura que permite la práctica de
natación durante todo el año- y una de ellas es Olimpica. Cuenta también
con 8 canchas de fútbol reglamentarias, 3 estructuras cubiertas
multideportivas, 3 salones multiuso; 2 pistas de atletismo (césped); 5
playones polideportivos, todo ello complementado con vestuarios con agua
caliente, quinchos multiuso; consultorios médicos y odontológicos. En el
campo municipal N° 1se construyó una pista de atletismo y está en uso.
La comuna desarrolla programas de enseñanza de la natación desde la
infancia, destinados a niños de jardines de infantes y en edad preescolar.
Numerosas escuelas oficiales utilizan los campos de deportes municipales
para el dictado de sus clases de educación fisica. En cuanto a la estructura
de los programas para la iniciación en el deporte, la Municipalidad de San
Isidro cuenta con Escuelas de Atletismo, Golf, Tenis, Paleta, Voley, Natación,
Hockey, Gimnasia, Náutica, Basquet, Fútbol, deportiva general y especial
para discapacitados. Torneos y competencias destinados a establecimientos
educacionales, clubes y sociedades de fomento en todos los niveles, fútbol,
fútbol reducido, natación, atletismo, cross country, voley y minivoley,
hockey y paleta, completan el menú de la oferta de servicios de la comuna,
que además cuenta con una residencia con capacidad para albergar a 45
deportistas.
Durante el verano, se dictan colonias de vacaciones con enseñanza de
deportes y recreación en campos de deportes.
Subsecretaria de Acción Social
Sus labores se dirigen hacia el fortalecimiento de los aspectos positivos de
la comunidad, a la prevención de conflictos y enfermedades, al sostén y
contención de quienes lo padecen y al conocimiento e intervención de las
causas que le dieron origen.
Acción Social Directa. Da respuesta a las necesidades más urgentes de los
ciudadanos con mayores carencias. Se atienden los requerimientos
brindando: alimentos, ropa, calzado, colchones y frazadas. Se trabaja
también en programas contra la deserción escolar, brindando apoyo y
elementos a las familias que asi lo requieran para sus niños. Ante
emergencias meteorológicas se asiste a los hogares que pudieran resultar
transitoriamente afectados.
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41. Ad más se los provee, en caso de necesidad, de elementos de ortopedia,
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medicamentos oncológicos y para tratamientos prolongados; se les facilita
el acceso a estudios de alta complejidad, el traslado de discapacitados e
internación geriátrica.
Se brinda además, asesoramiento en trámites jubilatorios, en problemáticas
de tipo juridico, sepelios gratuitos, etc. Los trabajadores sociales de esta
área colaboran estrechamente con los Centros de Salud, a través de los
planes especificos elaborados para dar respuesta a las distintas
problemáticas.
Minoridad. Brinda servicios de protección al menor ya la familia en riesgo
social. También atiende la demanda espontánea de la comunidad sobre
temas especificos: trámites en Tribunales de menores, asesoramiento legal y
por adopción.
Dependen de esta área el Hogar Infantil Municipal, los jardines maternales
Santa Rita, San Antonio y Santa Marina y los comedores comunitarios Santa
Ana y Santa Lucia.
El Hogar Infantil tiene objetivos asistenciales y preventivos, recibe menores
de ambos sexos de 3 a 12 años de edad cuando su salud, seguridad y
educación se hallan comprometidas. Se les brinda protección y asistencia,
procurando mantener las pautas funcionales del grupo familiar o
modificándolas, si fuera necesario.
Los Jardines Maternales tratan de satisfacer las necesidades biológicas del
niño, estimulando y controlando su proceso de desarrollo, brindando
además, una solución práctica a las necesidades socioeconómicas y
psicológicas a los padres que trabajan.
Estos jardines maternales atienden a niños de 45 dias a 4 años de edad, con
una dedicación personalizada para la higiene, la alimentación, el juego, el
control médico y la estimulación psicomotriz.
A los comedores comunitarios municipales concurren niños de 3 a 8 años
pertenecientes a familias carecientes. Se les brinda un almuerzo programado
y se realiza un estrecho seguimiento y evolución del estado nutricional y
sanitario de los mismos.
Dirección de la Mujer. Organismo creado para atender necesidades de
distinto tipo y para prevenir, orientar y asistir a las mujeres de San Isidro en
una problemática social grave como la violencia familiar. También se trabaja
en programas de capacitación y orientación para jefas de hogar.
Dirección de Promoción de Empleo. Planes de Emergencia Laboral. La
Municipalidad de San Isidro implementó los Planes de Emergencia Laboral
propuestos tanto por el Gobierno Nacional como Provincial.