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Como es la Agencia Española de 
Protección de Datos 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
(AEPD)
La AEPD fue creada en 1993 
Es un ente Público. 
•Con personalidad jurídica propia. 
•Actúa con plena independencia. 
•Se relaciona con el Gobierno a través: 
– Ministerio de Justicia. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
El reto de la AEPD 
El fomento de una 
“cultura de la protección de datos” 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
en la sociedad.
La Misión de la AEPD 
Velar por el cumplimiento de la legislación sobre 
protección de datos y controlar su aplicación. 
Artículo 10 Constitución Española, reconoce el 
derecho a la dignidad de la persona. 
Artículo 18. 4 Constitución Española, a fin de 
garantizar el derecho fundamental a la protección 
de datos personales. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
Fines de la AEPD 
•Fomentar 
– Una cultura de protección de los datos personales. 
•Difundir 
– El derecho fundamental a la protección de datos. 
•Potenciar 
– Acciones preventivas y de fomento del cumplimiento 
de la normativa vigente. 
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Funciones de la AEPD 
•Velar por el cumplimiento de la legislación . 
•Dictar las instrucciones precisas para adecuar los 
tratamientos de datos . 
•Atender las peticiones, denuncias y reclamaciones. 
•Proporcionar información a las personas acerca de sus 
derechos. 
•Requerir a los responsables y los encargados, la adopción 
de las medidas necesarias. 
•Ejercer la potestad sancionadora. 
•Velar por la publicidad de los ficheros de datos con 
carácter personal. 
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Servicios prestados al ciudadano 
•Informar de sus derechos. 
– Presencial Jorge Juan nº 6, planta baja (28001-MADRID) 
–Telefónica 901.100.099 / 91.266.35.17 
•HORARIO: De lunes a viernes: 9h-17.30h Sábados: 10h-13h 
–Electrónica www.agpd.es sedeagpd.gob.es 
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•Gestionar denuncias y reclamaciones. 
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Inspección 
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©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
Servicios 
con los responsables de ficheros y 
tratamiento de datos 
•Autorizar la exención del deber de informar al 
interesado acerca del tratamiento de datos. 
•Autorizar la inscripción, modificación, supresión 
o cancelación de los ficheros de datos de carácter 
personal.
Principios fundamentales 
de los ciudadanos 
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•Consentimiento 
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inequívoco del afectado. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
Principios fundamentales 
de los ciudadanos 
•Seguridad de los datos 
–Deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas 
necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter 
personal. 
•Deber de secreto 
–Los datos de carácter personal están obligados al secreto 
profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos. 
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del fichero. 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
Derechos 
de los ciudadanos 
•Derecho de Acceso 
–Tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de 
sus datos de carácter personal. 
•Derecho de Rectificación 
–Que se modifiquen los datos que resulten ser inexactos o 
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•Derecho de Cancelación 
–Serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o 
pertinentes. 
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Derechos 
de los ciudadanos 
•Derecho de Oposición 
–Cuando se trate de ficheros que tengan por finalidad la realización 
de actividades de publicidad y prospección comercial. 
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–Podrá conocer, sus finalidades y la identidad del responsable del 
tratamiento. La consulta será pública y gratuita. 
•Derecho a revocar el consentimiento 
–Podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello y no 
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•Derecho a indemnización 
–Los interesados que, sufran daño o lesión en sus bienes o 
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Procedimientos tramitados 
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por la AEPD 
•Procedimiento de tutela de los derechos 
–Se considera estimada Transcurrido 6 meses desde la fecha de 
entrada de la reclamación, sin dictarse ni notificarse la 
resolución expresa. 
• Potestad sancionadora 
–En el plazo de 6 meses, una vez que se acuerde la incoación del 
expediente sancionador. 
•Creación, modificación o supresión de fichero 
–Se entenderá, creado, modificado o suprimido si en el plazo de 
1 mes no se hubiese dictado y notificado resolución expresa.
Procedimientos tramitados 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
por la AEPD 
•Autorización de transferencias internacionales de datos 
–Se entenderá autorizada en el plazo de 3 meses a contar desde 
la fecha de entrada de la solicitud. 
•Exención del deber de información al interesado 
–Se entenderá estimada en el plazo de 6 meses a contar desde 
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•Obtener la declaración de la concurrencia en un 
determinado tratamiento de datos de valores históricos, 
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desde la entrada de la solicitud.
Reglas de Atención al ciudadano 
©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. 
por la AEPD 
• El funcionario deberá poder ser identificado adecuadamente. 
• Escuchará con la debida atención y respeto a la persona que 
solicite información. 
• Utilizará un lenguaje comprensible. 
• Tratará de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo 
posible. 
• Informarán debidamente a los ciudadanos sobre aquellas 
materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el 
ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
Organigrama 
Unidad Apoyo Director 
Inspección de 
datos 
Inspección Instrucción 
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Registro 
general de 
protección de 
datos 
Sector publico Sector privado 
Secretaria 
general 
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ciudadano 
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  • 1. Como es la Agencia Española de Protección de Datos ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. (AEPD)
  • 2. La AEPD fue creada en 1993 Es un ente Público. •Con personalidad jurídica propia. •Actúa con plena independencia. •Se relaciona con el Gobierno a través: – Ministerio de Justicia. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 3. El reto de la AEPD El fomento de una “cultura de la protección de datos” ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. en la sociedad.
  • 4. La Misión de la AEPD Velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y controlar su aplicación. Artículo 10 Constitución Española, reconoce el derecho a la dignidad de la persona. Artículo 18. 4 Constitución Española, a fin de garantizar el derecho fundamental a la protección de datos personales. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 5. Fines de la AEPD •Fomentar – Una cultura de protección de los datos personales. •Difundir – El derecho fundamental a la protección de datos. •Potenciar – Acciones preventivas y de fomento del cumplimiento de la normativa vigente. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 6. Funciones de la AEPD •Velar por el cumplimiento de la legislación . •Dictar las instrucciones precisas para adecuar los tratamientos de datos . •Atender las peticiones, denuncias y reclamaciones. •Proporcionar información a las personas acerca de sus derechos. •Requerir a los responsables y los encargados, la adopción de las medidas necesarias. •Ejercer la potestad sancionadora. •Velar por la publicidad de los ficheros de datos con carácter personal. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 7. Servicios prestados al ciudadano •Informar de sus derechos. – Presencial Jorge Juan nº 6, planta baja (28001-MADRID) –Telefónica 901.100.099 / 91.266.35.17 •HORARIO: De lunes a viernes: 9h-17.30h Sábados: 10h-13h –Electrónica www.agpd.es sedeagpd.gob.es –A través de folletos, guías, informes, conferencias … •Gestionar denuncias y reclamaciones. – Se canalizan a través de la Subdirección General de Inspección ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 8. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. Servicios con los responsables de ficheros y tratamiento de datos •Autorizar la exención del deber de informar al interesado acerca del tratamiento de datos. •Autorizar la inscripción, modificación, supresión o cancelación de los ficheros de datos de carácter personal.
  • 9. Principios fundamentales de los ciudadanos •Calidad de los datos –Deben ser adecuados , pertinentes y no excesivos con relación a la finalidad del tratamiento. •Derecho de información –Deberán ser previamente informados de modo expreso •de la existencia de un fichero con sus datos personales. •de la finalidad de la recogida de los mismo. •de los destinatarios de la información. •Consentimiento –El tratamiento y la comunicación de datos de carácter personal a un tercero requerirán el consentimiento inequívoco del afectado. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 10. Principios fundamentales de los ciudadanos •Seguridad de los datos –Deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal. •Deber de secreto –Los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos. –Subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo.
  • 11. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. Derechos de los ciudadanos •Derecho de Acceso –Tendrá derecho a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal. •Derecho de Rectificación –Que se modifiquen los datos que resulten ser inexactos o incompletos. •Derecho de Cancelación –Serán cancelados cuando hayan dejado de ser necesarios o pertinentes. –Que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos.
  • 12. ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. Derechos de los ciudadanos •Derecho de Oposición –Cuando se trate de ficheros que tengan por finalidad la realización de actividades de publicidad y prospección comercial. •Derecho de consulta –Podrá conocer, sus finalidades y la identidad del responsable del tratamiento. La consulta será pública y gratuita. •Derecho a revocar el consentimiento –Podrá ser revocado cuando exista causa justificada para ello y no se le atribuya efectos retroactivos. •Derecho a indemnización –Los interesados que, sufran daño o lesión en sus bienes o derechos tendrán derecho a ser indemnizados
  • 13. Procedimientos tramitados ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. por la AEPD •Procedimiento de tutela de los derechos –Se considera estimada Transcurrido 6 meses desde la fecha de entrada de la reclamación, sin dictarse ni notificarse la resolución expresa. • Potestad sancionadora –En el plazo de 6 meses, una vez que se acuerde la incoación del expediente sancionador. •Creación, modificación o supresión de fichero –Se entenderá, creado, modificado o suprimido si en el plazo de 1 mes no se hubiese dictado y notificado resolución expresa.
  • 14. Procedimientos tramitados ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. por la AEPD •Autorización de transferencias internacionales de datos –Se entenderá autorizada en el plazo de 3 meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud. •Exención del deber de información al interesado –Se entenderá estimada en el plazo de 6 meses a contar desde la fecha de entrada de la solicitud. •Obtener la declaración de la concurrencia en un determinado tratamiento de datos de valores históricos, científicos o estadísticos –Se entenderá estimada la solicitud en el plazo de 3 meses desde la entrada de la solicitud.
  • 15. Reglas de Atención al ciudadano ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. por la AEPD • El funcionario deberá poder ser identificado adecuadamente. • Escuchará con la debida atención y respeto a la persona que solicite información. • Utilizará un lenguaje comprensible. • Tratará de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible. • Informarán debidamente a los ciudadanos sobre aquellas materias o asuntos que tengan derecho a conocer, y facilitarán el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
  • 16. Organigrama Unidad Apoyo Director Inspección de datos Inspección Instrucción ©Diapositivas elaboradas por Ucomur: D. Francisco José Hernández Carrillo. Registro general de protección de datos Sector publico Sector privado Secretaria general Administración general y atención al ciudadano Atención ciudadano Gestión presupuestaria Habilitación Informática Administración general Consejo consultivo