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1294765-3588COMISIÓN NACIONAL SEP-SNTEDE  CARRERA MAGISTERIAL0COMISIÓN NACIONAL SEP-SNTEDE  CARRERA MAGISTERIAL49764951206500<br />-34290845185Instructivopara evaluar elFactor Gestión Escolar0Instructivopara evaluar elFactor Gestión Escolar45580305466715México, 2011México, 2011<br />I. INTRODUCCIÓN<br />Gestión Escolar (GE) es uno de los factores del sistema de evaluación de Carrera Magisterial. Es exclusivo para el personal directivo y de supervisión y consiste en las actividades inherentes a las funciones que realizan los participantes en Segunda Vertiente, mediante las cuales propician el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje. Esas actividades están directamente relacionadas con la asesoría, supervisión, seguimiento y apoyo al trabajo de los docentes que dependen de ellos.<br />II. OBJETIVO<br />Proporcionar las normas y el procedimiento para la evaluación y asignación de puntaje, en el Factor Gestión Escolar del personal directivo y de supervisión participante.<br />III. NORMAS<br />Las actividades de Gestión Escolar representan un esfuerzo adicional del participante en Segunda Vertiente y deben reflejarse, finalmente, en el aprendizaje de los alumnos. Le corresponden hasta 10 puntos en la Evaluación Global.<br />El Consejo Técnico o equivalente llevará a cabo la evaluación correspondiente. <br />Las actividades que desarrolle el personal de Segunda Vertiente, deben cubrir los siguientes requisitos: <br />3.1.Promover el trabajo colegiado, para que a partir del intercambio de experiencias se fortalezcan las funciones directivas y de supervisión.<br />3.2. Atender situaciones educativas relacionadas directamente con planes y programas de estudio y el proceso de enseñanza – aprendizaje, además de proporcionar un valor agregado claramente identificable.<br />3.3. Considerar los intereses y necesidades del personal de las instancias educativas involucradas (maestros, directores y personal de supervisión). <br />3.4. Ser susceptibles de registro objetivo, de tal forma que el participante pueda documentar que realizó las asesorías,  el seguimiento y generó los productos correspondientes.<br />Para que las actividades de Gestión Escolar tengan validez en Carrera Magisterial, deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />4.1.Únicamente serán válidas para la etapa en que se presentan.<br />4.2. Iniciar, desarrollarse y concluirse en la etapa. <br />4.3. Documentar la aportación personal al proceso desarrollado.<br />Presentar al Consejo Técnico o equivalente, el Plan Anual de Gestión Escolar (PAGE) que incluya las actividades a realizar, su calendarización, formas de seguimiento y evaluación. Al respecto deberá:<br />5.1. Realizar los reportes parciales correspondientes.<br />5.2. Recabar las evidencias del trabajo implementado.<br />5.3. Presentar el informe final. <br />En los primeros quince días naturales posteriores a la Convocatoria, el participante de Segunda Vertiente deberá presentar su programación de actividades ante el Consejo Técnico o equivalente, mismo que valorará su pertinencia y, en su caso, hará las observaciones necesarias para mejorarlo.  <br />El personal directivo y de supervisión presentará bimestralmente los avances de su programación al Consejo Técnico o equivalente, mismos que deben coincidir con las actividades calendarizadas. El Presidente del Consejo Técnico o equivalente integrará y resguardará en un archivo específico un expediente por cada participante, con los testimonios  y evidencias que presenten de sus avances.<br />Aun cuando tienen que presentar sus avances cada dos meses, pueden consultar, cuando lo consideren pertinente, a la autoridad correspondiente para resolver dudas y hacer, en caso necesario, los cambios a fin de alcanzar las metas previstas. <br />En la primera semana del mes de junio, con base en los reportes bimestrales y de sus respectivos testimonios y evidencias, el Consejo Técnico o equivalente asignará el puntaje a cada participante, el cual no excederá de 10. <br />Al finalizar la evaluación, el Presidente del Consejo Técnico o equivalente entregará copia de la Cédula de Evaluación a las autoridades correspondientes, otra al evaluado y una más se integrará al expediente.<br />Los participantes de la Segunda Vertiente podrán inconformarse cuando estén en desacuerdo con la asignación del puntaje que se les otorgó, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en el apartado específico de Inconformidades.<br />Cuando la programación de actividades de dos o más participantes evidencien copia no se les otorgará puntaje.<br />IV.  PROCEDIMIENTO<br />El personal directivo o de supervisión deberá presentar su PAGE en los quince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria, con los apartados señalados en la Tabla II. Para ello es necesario que lleve a cabo una serie de actividades específicas, dirigidas a alguno de los ámbitos establecidos y responder a la siguiente secuencia:<br />Recopilar información, datos y hechos que permita tener un Diagnóstico o acercamiento de la situación o ámbito de interés y sus tendencias.<br />Selección del área de oportunidad que se busca mejorar, a partir del diagnóstico elaborado. <br />Establecimiento de objetivos, lo cual permita establecer de manera expresa el propósito que se desea alcanzar. Para definir un objetivo adecuado, se debe responder a la pregunta ¿qué se pretende alcanzar?<br />Programación bimestral, que establezca metas y las actividades a realizar.<br />Desarrollo de las actividades programadas con sus respectivos testimonios y evidencias.<br />Seguimiento y verificación de las acciones, así como el cumplimiento de las metas programadas.<br />Evaluación de los resultados de las acciones llevadas a cabo y sus efectos en el proceso educativo, respecto al cumplimiento de los propósitos planteados.<br />Para que las actividades realizadas por los participantes que se evalúan en el Factor GE se consideren válidas, es necesario presentar los testimonios y evidencias correspondientes, así como de las aportaciones que inciden en el desarrollo docente y el aprendizaje de los alumnos. <br />La programación deberá integrar los siguientes aspectos, dependiendo de la función que se desempeñe:<br />Tabla I.<br />FUNCIÓN ASPECTO Subdirector y DirectorPlaneación de la actividad escolar, ambiente escolar (vida de la escuela) y apoyo al aprendizaje.Jefe de Enseñanza Planeación, apoyo al trabajo docente y elementos de evaluación.Inspector/SupervisorPlaneación de actividades de la zona, estrategias para apoyar el aprendizaje.Jefe de Sector e Inspector GeneralPlaneación de actividades del sector, programas para apoyar el aprendizaje.<br />V. EVIDENCIAS<br />Plan Anual de Gestión Escolar (PAGE).<br />Insumos del diagnóstico: información estadística, características de la planta docente y de los alumnos.<br />Reportes parciales de las actividades realizadas.<br />Minutas de trabajo. <br />Registros de observación.<br />Entrevistas.<br />Cuestionarios.<br />Fotografías.<br />Audios. <br />Videos.  <br />Formatos de evaluación debidamente requisitados incluidos en este Instructivo.<br />Otros.<br />VI. EVALUACIÓN<br />En la primer semana del mes de junio, el Consejo Técnico o equivalente asignará los puntajes correspondientes a cada uno de los participantes. <br />Para llevar a cabo la evaluación se revisará lo siguiente:<br />Elaboración del PAGE.<br />Cumplimiento de las actividades programadas.<br />Presentación de las evidencias.<br />El PAGE deberá cubrir los siguientes requisitos:<br />Tabla II.<br />Apartado Requisitos 1.Diagnóstico Fundamentado en datos objetivos y en referencias verificables. 2.Áreas de oportunidad que se busca mejorar Seleccionar las principales temáticas que se van a desarrollar. Los temas seleccionados deberán cubrir los aspectos establecidos para cada una de los directivos participantes (tabla I). 3.Objetivo Precisión de los propósitos que se pretenden alcanzar. 4.Programación Establece actividades y unidades temporales para realizarlas, es importante definir de manera precisa la relación entre la unidad temporal y el logro del propósito. 5.Desarrollo Establecer de forma puntual y exhaustiva las tareas que se llevarán a cabo, así como considerar las evidencias que las sustentarán. 6. Seguimiento Previsión de las actividades que permiten verificar, durante el proceso, el cumplimiento de las metas parciales. 7. Evaluación Definir los procedimientos para determinar en qué medida se alcanzaron los propósitos y objetivos y establecer, en su caso, las orientaciones para la elaboración de las propuestas de mejora. <br />Por la elaboración del PAGE con todos sus componentes, el Consejo Técnico o equivalente otorgará 5 puntos. Si el participante no lo elabora o lo realiza incompleto, no se otorgará puntaje.<br />En los quince días naturales posteriores a la publicación de la convocatoria, el participante presentará su programación de actividades y, durante la etapa en cuestión, tendrá que testimoniar, bimestralmente, los avances en su desarrollo.<br />El participante presentará al Consejo Técnico o equivalente, sus reportes bimestrales, en donde verifique que las metas programadas para cada periodo fueron cumplidas.<br />El presidente del Consejo Técnico o equivalente, revisará los avances en las fichas bimestrales. En función del cumplimiento de las actividades programadas se le asignará el puntaje al participante, como se especifica a continuación.<br />Tabla III. Puntos que le corresponden a cada porcentaje de cumplimiento de las actividades programadas:<br />Porcentaje de cumplimiento  FactorPuntaje 100 % .05595 % 4.7585 % 4.2575 % 3.7565 % 3.2555 %2.7545 %2.2535 %1.7525 %1.25<br />Si el participante obtiene un porcentaje de cumplimiento distinto a los especificados, deberá ser multiplicado por el factor .05, ejemplo: si obtuvo el 67% de cumplimiento, el puntaje que le corresponde sería 67 x .05= 3.35 puntos. El porcentaje mínimo de cumplimiento para obtener puntaje es de 25.<br />Para determinar el porcentaje del cumplimiento de las actividades programadas se utilizará la siguiente fórmula:<br />1129055262585Actividades   realizadas <br />Actividades  programadasx   100 <br />El Presidente del Consejo Técnico o equivalente, a partir de los puntajes parciales obtenidos por cada participante en la programación de actividades y su desarrollo, integrará la puntuación final, por medio de la suma del puntaje obtenido en cada uno de esos componentes.<br />El Presidente del Consejo Técnico o equivalente, llenará y firmará la Cédula de Evaluación, misma que también será signada por el representante sindical acreditado por la sección del SNTE, así como por el evaluado.<br />VII. INCONFORMIDADES<br />Si algún participante no está de acuerdo con el puntaje asentado en su Cédula de Evaluación, podrá inconformarse ante la instancia evaluadora. Contará hasta con cuatro días hábiles para presentar los testimonios que reunió durante toda la etapa en cuestión, mismos que servirán para la revisión de su evaluación.<br />La instancia evaluadora, previo análisis de las evidencias, determinará si procede o no la solicitud de modificación de puntaje, lo cual realizará de forma imparcial y con base en la documentación presentada. Tendrá hasta cuatro días hábiles para emitir su nuevo fallo.<br />Si la discrepancia persiste, el participante contará hasta con cuatro días hábiles para solicitar una nueva revisión, misma que será turnada a la instancia superior del Programa, la que en sesión extraordinaria del Consejo Técnico respectivo, atenderá todas las inconformidades. Una vez analizados los testimonios y los soportes documentales, se rectificará o ratificará el resultado de la evaluación. Esta instancia deberá emitir su fallo por escrito en un lapso no mayor a 4 días hábiles.<br />En el caso de los inspectores, la segunda inconformidad, será resuelta por el Jefe de Sector, la autoridad inmediata de este último y un representante sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE.<br />Para los jefes de sector, la primera inconformidad, será resuelta por su autoridad inmediata y un representante sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE. De persistir la inconformidad será resuelta por la Comisión Paritaria Estatal.<br />El nuevo fallo será inapelable. La instancia correspondiente comunicará  por escrito a los evaluados el resultado y las razones que lo fundamentaron.<br />
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  • 1. 1294765-3588COMISIÓN NACIONAL SEP-SNTEDE CARRERA MAGISTERIAL0COMISIÓN NACIONAL SEP-SNTEDE CARRERA MAGISTERIAL49764951206500<br />-34290845185Instructivopara evaluar elFactor Gestión Escolar0Instructivopara evaluar elFactor Gestión Escolar45580305466715México, 2011México, 2011<br />I. INTRODUCCIÓN<br />Gestión Escolar (GE) es uno de los factores del sistema de evaluación de Carrera Magisterial. Es exclusivo para el personal directivo y de supervisión y consiste en las actividades inherentes a las funciones que realizan los participantes en Segunda Vertiente, mediante las cuales propician el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje. Esas actividades están directamente relacionadas con la asesoría, supervisión, seguimiento y apoyo al trabajo de los docentes que dependen de ellos.<br />II. OBJETIVO<br />Proporcionar las normas y el procedimiento para la evaluación y asignación de puntaje, en el Factor Gestión Escolar del personal directivo y de supervisión participante.<br />III. NORMAS<br />Las actividades de Gestión Escolar representan un esfuerzo adicional del participante en Segunda Vertiente y deben reflejarse, finalmente, en el aprendizaje de los alumnos. Le corresponden hasta 10 puntos en la Evaluación Global.<br />El Consejo Técnico o equivalente llevará a cabo la evaluación correspondiente. <br />Las actividades que desarrolle el personal de Segunda Vertiente, deben cubrir los siguientes requisitos: <br />3.1.Promover el trabajo colegiado, para que a partir del intercambio de experiencias se fortalezcan las funciones directivas y de supervisión.<br />3.2. Atender situaciones educativas relacionadas directamente con planes y programas de estudio y el proceso de enseñanza – aprendizaje, además de proporcionar un valor agregado claramente identificable.<br />3.3. Considerar los intereses y necesidades del personal de las instancias educativas involucradas (maestros, directores y personal de supervisión). <br />3.4. Ser susceptibles de registro objetivo, de tal forma que el participante pueda documentar que realizó las asesorías, el seguimiento y generó los productos correspondientes.<br />Para que las actividades de Gestión Escolar tengan validez en Carrera Magisterial, deberán cumplir con los siguientes requisitos:<br />4.1.Únicamente serán válidas para la etapa en que se presentan.<br />4.2. Iniciar, desarrollarse y concluirse en la etapa. <br />4.3. Documentar la aportación personal al proceso desarrollado.<br />Presentar al Consejo Técnico o equivalente, el Plan Anual de Gestión Escolar (PAGE) que incluya las actividades a realizar, su calendarización, formas de seguimiento y evaluación. Al respecto deberá:<br />5.1. Realizar los reportes parciales correspondientes.<br />5.2. Recabar las evidencias del trabajo implementado.<br />5.3. Presentar el informe final. <br />En los primeros quince días naturales posteriores a la Convocatoria, el participante de Segunda Vertiente deberá presentar su programación de actividades ante el Consejo Técnico o equivalente, mismo que valorará su pertinencia y, en su caso, hará las observaciones necesarias para mejorarlo. <br />El personal directivo y de supervisión presentará bimestralmente los avances de su programación al Consejo Técnico o equivalente, mismos que deben coincidir con las actividades calendarizadas. El Presidente del Consejo Técnico o equivalente integrará y resguardará en un archivo específico un expediente por cada participante, con los testimonios y evidencias que presenten de sus avances.<br />Aun cuando tienen que presentar sus avances cada dos meses, pueden consultar, cuando lo consideren pertinente, a la autoridad correspondiente para resolver dudas y hacer, en caso necesario, los cambios a fin de alcanzar las metas previstas. <br />En la primera semana del mes de junio, con base en los reportes bimestrales y de sus respectivos testimonios y evidencias, el Consejo Técnico o equivalente asignará el puntaje a cada participante, el cual no excederá de 10. <br />Al finalizar la evaluación, el Presidente del Consejo Técnico o equivalente entregará copia de la Cédula de Evaluación a las autoridades correspondientes, otra al evaluado y una más se integrará al expediente.<br />Los participantes de la Segunda Vertiente podrán inconformarse cuando estén en desacuerdo con la asignación del puntaje que se les otorgó, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en el apartado específico de Inconformidades.<br />Cuando la programación de actividades de dos o más participantes evidencien copia no se les otorgará puntaje.<br />IV. PROCEDIMIENTO<br />El personal directivo o de supervisión deberá presentar su PAGE en los quince días naturales posteriores a la publicación de la Convocatoria, con los apartados señalados en la Tabla II. Para ello es necesario que lleve a cabo una serie de actividades específicas, dirigidas a alguno de los ámbitos establecidos y responder a la siguiente secuencia:<br />Recopilar información, datos y hechos que permita tener un Diagnóstico o acercamiento de la situación o ámbito de interés y sus tendencias.<br />Selección del área de oportunidad que se busca mejorar, a partir del diagnóstico elaborado. <br />Establecimiento de objetivos, lo cual permita establecer de manera expresa el propósito que se desea alcanzar. Para definir un objetivo adecuado, se debe responder a la pregunta ¿qué se pretende alcanzar?<br />Programación bimestral, que establezca metas y las actividades a realizar.<br />Desarrollo de las actividades programadas con sus respectivos testimonios y evidencias.<br />Seguimiento y verificación de las acciones, así como el cumplimiento de las metas programadas.<br />Evaluación de los resultados de las acciones llevadas a cabo y sus efectos en el proceso educativo, respecto al cumplimiento de los propósitos planteados.<br />Para que las actividades realizadas por los participantes que se evalúan en el Factor GE se consideren válidas, es necesario presentar los testimonios y evidencias correspondientes, así como de las aportaciones que inciden en el desarrollo docente y el aprendizaje de los alumnos. <br />La programación deberá integrar los siguientes aspectos, dependiendo de la función que se desempeñe:<br />Tabla I.<br />FUNCIÓN ASPECTO Subdirector y DirectorPlaneación de la actividad escolar, ambiente escolar (vida de la escuela) y apoyo al aprendizaje.Jefe de Enseñanza Planeación, apoyo al trabajo docente y elementos de evaluación.Inspector/SupervisorPlaneación de actividades de la zona, estrategias para apoyar el aprendizaje.Jefe de Sector e Inspector GeneralPlaneación de actividades del sector, programas para apoyar el aprendizaje.<br />V. EVIDENCIAS<br />Plan Anual de Gestión Escolar (PAGE).<br />Insumos del diagnóstico: información estadística, características de la planta docente y de los alumnos.<br />Reportes parciales de las actividades realizadas.<br />Minutas de trabajo. <br />Registros de observación.<br />Entrevistas.<br />Cuestionarios.<br />Fotografías.<br />Audios. <br />Videos. <br />Formatos de evaluación debidamente requisitados incluidos en este Instructivo.<br />Otros.<br />VI. EVALUACIÓN<br />En la primer semana del mes de junio, el Consejo Técnico o equivalente asignará los puntajes correspondientes a cada uno de los participantes. <br />Para llevar a cabo la evaluación se revisará lo siguiente:<br />Elaboración del PAGE.<br />Cumplimiento de las actividades programadas.<br />Presentación de las evidencias.<br />El PAGE deberá cubrir los siguientes requisitos:<br />Tabla II.<br />Apartado Requisitos 1.Diagnóstico Fundamentado en datos objetivos y en referencias verificables. 2.Áreas de oportunidad que se busca mejorar Seleccionar las principales temáticas que se van a desarrollar. Los temas seleccionados deberán cubrir los aspectos establecidos para cada una de los directivos participantes (tabla I). 3.Objetivo Precisión de los propósitos que se pretenden alcanzar. 4.Programación Establece actividades y unidades temporales para realizarlas, es importante definir de manera precisa la relación entre la unidad temporal y el logro del propósito. 5.Desarrollo Establecer de forma puntual y exhaustiva las tareas que se llevarán a cabo, así como considerar las evidencias que las sustentarán. 6. Seguimiento Previsión de las actividades que permiten verificar, durante el proceso, el cumplimiento de las metas parciales. 7. Evaluación Definir los procedimientos para determinar en qué medida se alcanzaron los propósitos y objetivos y establecer, en su caso, las orientaciones para la elaboración de las propuestas de mejora. <br />Por la elaboración del PAGE con todos sus componentes, el Consejo Técnico o equivalente otorgará 5 puntos. Si el participante no lo elabora o lo realiza incompleto, no se otorgará puntaje.<br />En los quince días naturales posteriores a la publicación de la convocatoria, el participante presentará su programación de actividades y, durante la etapa en cuestión, tendrá que testimoniar, bimestralmente, los avances en su desarrollo.<br />El participante presentará al Consejo Técnico o equivalente, sus reportes bimestrales, en donde verifique que las metas programadas para cada periodo fueron cumplidas.<br />El presidente del Consejo Técnico o equivalente, revisará los avances en las fichas bimestrales. En función del cumplimiento de las actividades programadas se le asignará el puntaje al participante, como se especifica a continuación.<br />Tabla III. Puntos que le corresponden a cada porcentaje de cumplimiento de las actividades programadas:<br />Porcentaje de cumplimiento FactorPuntaje 100 % .05595 % 4.7585 % 4.2575 % 3.7565 % 3.2555 %2.7545 %2.2535 %1.7525 %1.25<br />Si el participante obtiene un porcentaje de cumplimiento distinto a los especificados, deberá ser multiplicado por el factor .05, ejemplo: si obtuvo el 67% de cumplimiento, el puntaje que le corresponde sería 67 x .05= 3.35 puntos. El porcentaje mínimo de cumplimiento para obtener puntaje es de 25.<br />Para determinar el porcentaje del cumplimiento de las actividades programadas se utilizará la siguiente fórmula:<br />1129055262585Actividades realizadas <br />Actividades programadasx 100 <br />El Presidente del Consejo Técnico o equivalente, a partir de los puntajes parciales obtenidos por cada participante en la programación de actividades y su desarrollo, integrará la puntuación final, por medio de la suma del puntaje obtenido en cada uno de esos componentes.<br />El Presidente del Consejo Técnico o equivalente, llenará y firmará la Cédula de Evaluación, misma que también será signada por el representante sindical acreditado por la sección del SNTE, así como por el evaluado.<br />VII. INCONFORMIDADES<br />Si algún participante no está de acuerdo con el puntaje asentado en su Cédula de Evaluación, podrá inconformarse ante la instancia evaluadora. Contará hasta con cuatro días hábiles para presentar los testimonios que reunió durante toda la etapa en cuestión, mismos que servirán para la revisión de su evaluación.<br />La instancia evaluadora, previo análisis de las evidencias, determinará si procede o no la solicitud de modificación de puntaje, lo cual realizará de forma imparcial y con base en la documentación presentada. Tendrá hasta cuatro días hábiles para emitir su nuevo fallo.<br />Si la discrepancia persiste, el participante contará hasta con cuatro días hábiles para solicitar una nueva revisión, misma que será turnada a la instancia superior del Programa, la que en sesión extraordinaria del Consejo Técnico respectivo, atenderá todas las inconformidades. Una vez analizados los testimonios y los soportes documentales, se rectificará o ratificará el resultado de la evaluación. Esta instancia deberá emitir su fallo por escrito en un lapso no mayor a 4 días hábiles.<br />En el caso de los inspectores, la segunda inconformidad, será resuelta por el Jefe de Sector, la autoridad inmediata de este último y un representante sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE.<br />Para los jefes de sector, la primera inconformidad, será resuelta por su autoridad inmediata y un representante sindical acreditado por la sección correspondiente del SNTE. De persistir la inconformidad será resuelta por la Comisión Paritaria Estatal.<br />El nuevo fallo será inapelable. La instancia correspondiente comunicará por escrito a los evaluados el resultado y las razones que lo fundamentaron.<br />