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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31176
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍAY TURISMO
4119 Orden IET/593/2014, de 9 de abril, por la que se aprueba el plan anual
integrado de Ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para el año
2014 y se establecen medidas dirigidas a mejorar su tramitación.
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo es el Departamento competente en la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía, desarrollo
industrial, turismo, telecomunicaciones y sociedad de la información. El despliegue de
estas competencias comporta el establecimiento de un amplio conjunto de programas
de ayudas públicas que persiguen objetivos que abarcan desde el fomento de la sociedad
de la información y de la competitividad empresarial, hasta actuaciones de
reindustrialización y de dinamización tecnológica para crear o regenerar el tejido industrial,
con una finalidad decidida de apoyo a dichos sectores.
En este aspecto es necesario señalar que muchas de las ayudas previstas en la
presente orden cuentan con fondos comunitarios en su financiación.
El actual marco de austeridad presupuestaria y de crisis económica hace necesario
continuar en la línea ya iniciada en años anteriores sobre la base de dos objetivos
fundamentales:
–  Primero, facilitar el acceso a las ayudas de los potenciales beneficiarios propiciando
la máxima transparencia a través de una programación global de las principales ayudas
del Departamento, gestionando con criterios de responsabilidad y transparencia.
– Segundo, la búsqueda de la máxima eficiencia en la asignación de los fondos
públicos, y en la adopción de medidas que mejoren la calidad en la tramitación de las
ayudas con una clara orientación hacia objetivos y resultados.
En esta línea las bases reguladoras y convocatorias de las distintas ayudas irán
incorporando paulatinamente medidas dirigidas a la evaluación de los resultados de estas
ayudas sobre todo en lo que se refiere a su incidencia en los distintos sectores
beneficiados especialmente desde el punto de vista de la inversión y del empleo.
Por otro lado uno de los objetivos estratégicos del Ministerio en este ámbito se centra
en potenciar el papel de los ciudadanos y empresas mediante el desarrollo de la
participación, la transparencia y la utilización de medios electrónicos, facilitando la
reutilización de la información del sector público.
De acuerdo con estos objetivos y continuando con la línea de mejora en la tramitación
de las ayudas, las principales líneas de actuación en este ámbito del Plan Anual Integrado
de Ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para el año 2014 serán las
siguientes:
En primer lugar, continúa la utilización intensiva de los medios electrónicos en todas
las fases de la gestión de las ayudas: presentación, consulta, comunicación, notificación y
justificación de las mismas.
En este marco, continuará siendo obligatoria la utilización de medios electrónicos en
la presentación de determinadas ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los Servicios Públicos y en el artículo 32 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre,
por el que se desarrolla parcialmente la anterior.
En segundo término, se facilita la utilización del Registro de Entidades Solicitantes de
Ayudas (RESA) creado por la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31177
En tercer lugar, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo velará por el cumplimiento
del principio de mejora de la reglamentación y de reducción de cargas administrativas de
conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de mayo de 2007.
En este contexto, se impulsa el cumplimiento de las directrices establecidas en el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011 relativas a la supresión de la
exigencia de documentos que obran en poder de la Administración General del Estado.
De esta forma a partir del pasado 31 de diciembre de 2012 no puede obligarse ni a los
ciudadanos ni a las empresas a aportar documentación que sea accesible por medios
electrónicos y que ya esté en poder de la Administración General del Estado.
De acuerdo con esta previsión las distintas bases reguladoras y órdenes de
convocatoria tendrán en cuenta este hecho, no pudiendo exigirse esta documentación y
estableciendo su aportación como voluntaria.
Una cuarta directriz se estructura en torno a las medidas que permitan hacer efectiva
la igualdad de hombres y mujeres en cumplimiento del artículo 35 de la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres,
fomentando la introducción del criterio de igualdad en las bases reguladoras de las
ayudas, así como la incorporación en los cuestionarios de información de los proyectos
presentados de datos desglosados que permitan conocer el grado de inserción de las
mujeres en estos ámbitos. De igual forma se impulsará la incorporación en estos
cuestionarios de datos relevantes relacionados con la accesibilidad de las personas con
discapacidad, en cumplimiento del artículo 9 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de
igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas
con discapacidad.
Por último, se procurará la máxima difusión de las convocatorias de ayudas previstas
en el anexo I de la presente orden, con la finalidad de lograr un alto nivel de competitividad
entre los proyectos presentados.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1.  Objeto.
Constituye el objeto de la presente orden la aprobación del Plan Anual Integrado de
las Ayudas Públicas convocadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y sus
organismos públicos dependientes para el año 2014, así como el establecimiento de las
medidas necesarias para agilizar su tramitación y para facilitar el cumplimiento de los
principios generales relativos a la gestión de las subvenciones y ayudas públicas
establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Artículo 2.  Aprobación del Plan Anual Integrado de Ayudas para el año 2014.
1.  Se aprueba el Plan Anual Integrado de Ayudas para el año 2014 del Ministerio de
Industria, Energía y Turismo y de sus organismos públicos dependientes que figura en los
anexos I y II de esta orden.
2.  En el anexo I se recogen las fechas previstas de publicación en el «Boletín Oficial
del Estado» de las convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, así
como las fechas previstas de resolución y pago. Se especifica igualmente el tipo de
ayuda, el concepto, la cuantía máxima asignada y el órgano directivo que gestionará la
misma, con independencia de la composición del comité de evaluación que procederá a
su estudio.
3.  En el anexo II se relacionan y cuantifican otras acciones de apoyo estratégico con
contenido económico y otras ayudas de concesión directa del Ministerio de Industria,
Energía y Turismo y de sus organismos públicos dependientes para el año 2014.
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Artículo 3.  Tramitación electrónica de los procedimientos de ayudas.
1.  De acuerdo con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y con el artículo 32 del Real
Decreto 1671/2009 de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la anterior,
se tramitarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria,
Energía y Turismo todos los procedimientos de concesión, modificación, justificación y, en
su caso, reintegro de ayudas en los que así lo establezcan sus bases reguladoras y en
los términos previstos en las mismas.
2.  En el caso de que los procedimientos se gestionen por parte de un organismo
público o entidad dependiente del Ministerio que cuente con sede electrónica propia, su
tramitación se realizará a través de la sede electrónica del organismo.
3.  De acuerdo con el artículo 48.1 del referido Real Decreto 1671/2009, de 6 de
noviembre, los interesados podrán aportar al expediente, en cualquier fase del
procedimiento, copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original
garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración
Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias
aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir
al particular la exhibición del documento o de la información original.
4.  Las comunicaciones a los interesados podrán publicarse en la sede electrónica
del Departamento creada por la Orden IET/842/2012, de 18 de abril, o en la del organismo
competente con sede electrónica propia. Esta publicación, conforme a lo establecido en
el artículo 59.6, b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituirá a la
notificación y surtirá todos sus efectos respecto de los interesados que estén obligados a
utilizar la vía electrónica por el apartado 1 de este artículo.
5.  Conforme a lo previsto en el artículo 81 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, las bases reguladoras indicarán la posibilidad o la obligación, según los casos, de
presentar por vía electrónica la documentación relativa a la fase de justificación, incluidos
los justificantes de los gastos realizados, y los medios electrónicos y sistemas de
comunicación utilizables.
6.  En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y
comprobación, tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas
con dicho procedimiento se podrán realizar bajo la modalidad de notificación por
comparecencia electrónica, según lo establecido en el artículo 40 del referido Real
Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.
7.  En los procedimientos en que sea obligatoria la práctica de las notificaciones por
medios electrónicos y los interesados sean personas jurídicas, será obligación de estos
informar a los órganos actuantes de los cambios en la representación de la entidad en
cuanto se produzcan.
8.  Los recursos administrativos y las solicitudes de revisión de oficio se podrán
realizar ante el Registro Electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo
regulado por la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre.
Artículo 4.  Inscripción en el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo y en el Registro Especial de Agrupaciones
Empresariales Innovadoras.
1.  En las bases reguladoras de las ayudas gestionadas por el Ministerio de Industria,
Energía y Turismo, se establecerá la exención de presentación de determinada
documentación para los solicitantes de ayudas inscritos en el Registro de Entidades
Solicitantes de Ayudas (RESA), creado por la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril.
2.  De conformidad con lo establecido en la Orden ITC/3808/2007, de 19 de
diciembre, la inscripción en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales
Innovadoras (AEI), podrá tener, en caso de que así se determine en las correspondientes
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Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31179
bases, una valoración adicional. El procedimiento para efectuar la inscripción en el
Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria,
Energía y Turismo será el regulado en la Orden ITC/3808/2007, de 19 de diciembre.
3.  De conformidad con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso
electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, aquellas entidades inscritas en el
RESA que soliciten su inscripción en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales
Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, regulado en la Orden
ITC/3808/2007, de 19 de diciembre, no estarán obligadas a presentar la documentación
que ya figure en el RESA.
Artículo 5.  Aplicación del artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres.
1.  De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en las convocatorias de
ayudas que afecten a ámbitos en los que exista una situación previa de desigualdad de
oportunidades por razón de género, se incorporará progresivamente como criterio de
valoración en los proyectos presentados, la valoración de actuaciones y de medidas
específicas de las entidades solicitantes que fomenten la igualdad de género, o
cualesquiera otros que coincidan con el objetivo final de la ley.
En aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, a estos efectos podrán
valorarse, entre otras, medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar, así
como la obtención del distintivo empresarial en materia de igualdad previsto en la citada
ley orgánica.
2.  Con esta finalidad, se impulsará la incorporación en los cuestionarios de
información de los proyectos presentados de algunos apartados de datos relevantes,
como pueden ser los relativos a número de mujeres participantes en el proyecto, nivel de
cualificación, estudios o cualquier otro que permita mejorar la información disponible
sobre la situación desagregada por sexo en el ámbito de las ayudas.
Artículo 6.  Aplicación del artículo 9 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de
oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con
discapacidad.
1.  En el ámbito de las ayudas y subvenciones públicas del Ministerio, se tenderá
paulatinamente a promover medidas de acción positiva que garanticen la efectividad del
derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, y
especialmente de aquellas que residen habitualmente en el ámbito rural.
2.  Con esta finalidad, se impulsará progresivamente la incorporación, en los
cuestionarios de información de los proyectos presentados, de varios apartados de datos
relevantes relacionados con la accesibilidad de las personas con discapacidad.
Artículo 7.  Mejora de la reglamentación y reducción de cargas administrativas mediante
la eliminación de la exigencia de documentación.
1.  Las bases reguladoras y convocatorias de ayudas del Ministerio de Industria,
Energía y Turismo se redactarán de forma que la documentación solicitada sea la
estrictamente indispensable, no pudiendo exigir aquellos datos o documentos que ya
obren en poder de la Administración General del Estado, en los términos previstos en el
artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011 para la simplificación documental
en los procedimientos administrativos que afectan a la ciudadanía.
Por lo tanto, ni en las bases reguladoras ni en las convocatorias de las distintas
ayudas podrá exigirse en ningún caso a los ciudadanos y empresas la aportación
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
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obligatoria de documentos que sean accesibles por medios electrónicos para el Ministerio
y sus organismos y que obren en poder de la Administración ya que con carácter general,
serán los centros gestores del Ministerio o de sus organismos los que recaben esa
información.
En el caso de tratarse de datos de carácter personal habrá de contarse con el
consentimiento del interesado para poder acceder a esos datos. Dicho consentimiento
puede ser, bien expreso, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13
de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; o bien amparado por una
norma con rango de ley.
Este consentimiento deberá recabarse de forma específica e individualizada para
cada procedimiento concreto y podrá solicitarse y emitirse por medios electrónicos.
En los casos en que el interesado no consienta en que se acceda a su información,
deberá presentar él mismo la documentación.
2.  La aportación de certificados, cuando no fuera posible su obtención de oficio por
medios electrónicos de interconexión registral, podrá sustituirse por declaraciones
responsables en los términos establecidos en el artículo 23.4 de la referida Ley General
de Subvenciones.
Artículo 8.  Financiación con Fondos comunitarios de la Unión Europea.
En el caso de tratarse de ayudas que puedan obtener financiación con cargo a
Fondos comunitarios, en particular con el Fondo FEDER, en las normas reguladoras de
su concesión deberá hacerse referencia a esa posibilidad en su preámbulo y, según
proceda, en las disposiciones relativas a la financiación y justificación de las ayudas,
actuaciones de comprobación y control, publicidad y normativa aplicable, de forma que
hagan posible dicha financiación.
Disposición derogatoria única.  Derogación normativa.
Queda derogada la Orden IET/565/2013, de 8 de abril, por la que se aprueba el Plan
Anual Integrado de ayudas para el año 2013 y se establecen medidas dirigidas a mejorar
su tramitación e igualmente quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior
rango se oponga a lo establecido en esta orden.
Disposición final primera.  Ejecución y aplicación de la orden.
Los órganos del Departamento y de los organismos públicos dependientes del mismo,
afectados por los compromisos y mandatos contenidos en la presente orden, adoptarán
las medidas necesarias para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en ella.
Disposición final segunda.  Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 9 de abril de 2014.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel
Soria López.
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ANEXO I
Convocatoria de ayudas públicas 2014 -EN CONCURRENCIA COMPETITIVA
01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Apoyo a redes de
"Bussines Angels"
(Línea creación nuevas
redes)
Subvenciones 450
Orden 14-03-14
BOE 22-03-14
julio-14 octubre-14
Apoyo a redes de
"Bussines Angels"
(Línea general)
Subvenciones 150
Orden 14-03-14
BOE 22-03-14
julio-14 octubre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial. Programa de
fomento de la
competitividad industrial.
(Industria aeroespacial)
Préstamos 23.500 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial. Programa de
fomento de la
competitividad industrial.
(Industria automoción)
Préstamos 175.000 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial. Programa de
fomento de la
competitividad industrial.
(Industria
manufacturera)
Préstamos 200.000 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización
(Convocatoria general)
Préstamos 45.297 mayo-14 septiembre-14 noviembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización
Comarca de Lorca
(Murcia)
Préstamos 10.580 mayo-14 julio-14 septiembre-14
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Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31182
01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización
Comunidad Autónoma
de Extremadura
Préstamos 12.226 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización isla
de El Hierro (Canarias)
Préstamos 3.527 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización:
Comarca de la Bahía de
Cádiz
Préstamos 61.771 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización:
Comarcas del Ferrol,
Eume y Ortegal
(A Coruña)
Préstamos 45.711 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización:
Comunidad Autónoma
de Canarias
Préstamos 14.844 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización:
Deslocalización textil,
confección, calzado,
juguete, mueble, curtido
y marroquinería, artes
gráficas y papel.
Préstamos 40.488 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial
Reindustrialización:
Margen izquierda del
Nervión
Préstamos 7.850 mayo-14 julio-14 septiembre-14
cve:BOE-A-2014-4119
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01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización:
Soria, Teruel y Jaén
Préstamos 27.967 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero a la inversión
industrial.
Reindustrialización;
Campo de Gibraltar
(Cádiz)
Préstamos 26.288 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de apoyo
financiero para
actuaciones de
infraestructura industrial
en el marco de la
política pública de
reindustrialización
Préstamos 50.000 mayo-14 julio-14 septiembre-14
Programa de ayudas
compensatorias a la
industria por costes
indirectos de CO2
Subvenciones 1.000 septiembre-14 noviembre-14 diciembre-14
Programa Nacional de
Redes Agrupaciones
Empresariales
Innovadoras (AEI)
Subvenciones 7.596 mayo-14 julio-14 septiembre-14
TOTAL: Subvenciones: 9.196 Préstamos: 745.049
03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE
LAS COMARCAS MINERAS
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Ayudas a proyectos
empresariales
generadores de empleo
Subvenciones 20.000 2º Trimestre 2014
3º Trimestre
2014
4º Trimestre
2014
Ayudas destinadas a
cubrir costes
excepcionales
Subvenciones 15.000 1º Trimestre 2014
3º Trimestre
2014
4º Trimestre
2014
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03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE
LAS COMARCAS MINERAS
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Ayudas destinadas a
facilitar el cierre de
minas de carbón no
competitivas previstas
artículo 3º de la
Decisión 2010/787/UE,
de 10 de diciembre de
2010.
( 2013-2018)
Subvenciones 68.834 1º Trimestre 2014
2º Trimestre
2014
3º Trimestre
2014
Ayudas dirigidas a
pequeños proyectos de
inversión generadores
de empleo.
Subvenciones 3.000 2º Trimestre 2014
3º Trimestre
2014
4º Trimestre
2014
TOTAL: Subvenciones: 106.834
05.SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)**
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Préstamos 90.000Acción estratégica
economía y Sociedad
Digital (AEESD)
(1/2014)
(2013-2016)*** Subvenciones 15.000
Res. 17-12-13
BOE 21.12.13
julio-14 septiembre-14
Préstamos 149.000Acción estratégica
economía y Sociedad
Digital (AEESD)
(2/2014)
(2013-2016)*** Subvenciones 12.500
junio-14 noviembre-14 diciembre-14
Préstamos 58.500Acción estratégica
economía y Sociedad
Digital -Grandes
Proyectos* *** Subvenciones 11.250
junio-14 diciembre-14 diciembre-14
Agenda
Competitividad***
Subvenciones 4.200 junio-14 diciembre-14 diciembre-14
cve:BOE-A-2014-4119
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31185
05.SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)**
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Préstamos 26.250
Acción estratégica
economía y Sociedad
Digital - Desarrollo de
software orientado al
entretenimiento
(2013-2016)***
Subvenciones 2.625
mayo-14 octubre-14 noviembre-14
Préstamos 60.000Programa de Extensión
de la banda ancha de
Nueva Generación Subvenciones 7.000
abril-14 septiembre-14 octubre-14
*Grandes proyectos de creación de nuevos productos, procesos o servicios de gran impacto en el ámbito de las tecnologías
de la información y las comunicaciones.
** Los importes presupuestados podrán incrementarse de acuerdo a lo que se establezca en cada convocatoria y a la vista
de las generaciones de crédito que se efectúen en el ejercicio.
***Para estas ayudas se comprometen fondos en el presupuesto 2015.
TOTAL Subvenciones: 52.575 Préstamos: 383.750
07.RED.ES
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Programa de fomento
de la demanda de
soluciones Cloud
Computing para PYME
Subvenciones 135.000 3º Trimestre 2014
2º Trimestre
2015
3º Trimestre
2015-
3º Trimestre
2016
Programa de fomento
de la oferta de
soluciones Cloud
Computing para PYME
en Andalucía
Subvenciones 5.000 1º Trimestre 2014
3º Trimestre
2014
1º - 3º
Trimestre 2015
Proyecto demostrador
para solución integral de
gestión y justificación de
proyectos del sector de
las ONGs
-ONGs en Red-
Subvenciones
EN ESPECIE
3.362
Res.24-10-13
BOE 5-11-13
1º Trimestre
2014
4ºTrimestre
2014-
4ºTrimestre
2019
Fomento del
Emprendimiento
Tecnológico
Subvenciones 700 1º Trimestre 2014
2º Trimestre
2014
3º Trimestre
2014-
2º Trimestre
2015
TOTAL: Subvenciones: 140.700 Subvenciones en
ESPECIE:
3.362
cve:BOE-A-2014-4119
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31186
08.SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Préstamos del programa
Emprendetur I+D+i
compuesto por las
líneas Emprendetur I+D
y Emprendetur
Desarrollo de productos
innovadores del Plan
Nacional e Integral del
Turismo.
Préstamos 80.000
Res.20-03-14
BOE 29-03-14
julio-14 septiembre-14
Préstamos del programa
Emprendetur
Internacionalización en
el marco del Plan
Nacional e Integral del
Turismo
Préstamos 40.000 junio-14 noviembre-14 diciembre-14
Préstamos del programa
Emprendetur Jóvenes.
Emprendedores en el
marco del Plan Nacional
e integral del Turismo
Préstamos 30.000
Res.20-03-14
BOE 29-03-14
julio-14 septiembre-14
TOTAL: Préstamos: 150.000
09.TURESPAÑA
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Becas Turismo de
España. Convocatoria
de becas para prestar
servicios en Oficinas de
Turismo en el exterior
Becas 417
Res.18-2-14
BOE 28-2-14
junio-14
julio-14
(primera
mensualidad)
TOTAL: Becas: 417
cve:BOE-A-2014-4119
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31187
10.OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS –OEPM-
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Ayudas en materia de
propiedad industrial
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nacionales
Subvenciones 232
Res.14-03-14
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Res.14-03-14
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TOTAL: Subvenciones: 3.914
11.SUBSECRETARÍA
DENOMINACIÓN
AYUDA
AYUDAS
IMPORTE
PRESUPUESTADO
PARA EL AÑO
(miles de €)
FECHA
PREVISTA
PUBLICACIÓN
CONVOCATORIA
BOE
FECHA
ESTIMADA
RESOLUCIÓN
FECHA
ESTIMADA DE
PAGO(1)
Subvenciones a las
plantas potabilizadoras
para desalación de agua
de mar en las Islas
Canarias
Subvenciones 4.000 septiembre-14 noviembre-14 diciembre-14
TOTAL: Subvenciones 4.000
TOTAL: Subvenciones: 317.219
Subvenciones
EN ESPECIE:
3.362
Préstamos: 1.278.799
Becas: 417
TOTAL ANEXO I: 1.599.797
(1) Se entiende por fecha estimada de pago la fecha media en la que el departamento reconoce la obligación por la ayuda
concedida y ordena el pago al Tesoro
cve:BOE-A-2014-4119
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31188
ANEXO II
Otras acciones de apoyo con contenido económico 2014
01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD
AYUDAS
PRESUPUESTADAS EN EL
AÑO
(miles de €)
Anticipos Airbus Operations S.L. para su
participación en el Airbus A350 XWB
(2010-2015)
Convenios 25.886
Programa de desarrollo de la nueva familia de
aviones Airbus A 350 XWB y de su motor A350
XWB
Convenios 4.913
Primas e intereses a la construcción naval
(ejercicios anteriores) y compensación de
intereses de préstamos a la construcción naval
Subvención de concesión
directa
127.215
Programa de fomento de la demanda de
vehículos eléctricos
Subvención de concesión
directa
10.000
Proyectos tecnológicos industriales cualificados
relacionados con programas de defensa
(2011-2040)
Convenios 343.600
PROFARMA (2013-2016): Fomento de la
competitividad en la Industria Farmacéutica.
Acceder a los beneficios
fiscales correspondientes
TOTAL: 511.614
03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO
ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS
AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD
AYUDAS
PRESUPUESTADAS EN EL
AÑO
(miles de €)
Prejubilaciones (costes sociales)
Subvención de concesión
directa
300.000
cve:BOE-A-2014-4119
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31189
03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO
ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS
AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD
AYUDAS
PRESUPUESTADAS EN EL
AÑO
(miles de €)
Ayudas para el desarrollo de proyectos de
infraestructuras y proyectos de restauración de
zonas degradas a causa de la actividad minera.
Convenios CC.AA 53.748
Ayudas por costes laborales
Subvención de concesión
directa
18.000
TOTAL: 371.748
04.INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA -IDAE-
AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD
AYUDAS
PRESUPUESTADAS EN EL
AÑO
(miles de €)
PréstamosAyudas para la rehabilitación energética de
edificios existentes del sector residencial (uso
vivienda y hotelero). Programa PAREER Subvención de concesión
directa
125.000
Programa de incentivos al vehículo eléctrico
(Plan MOVELE)
Subvención de concesión
directa
10.000
Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente,
quinta convocatoria. (PIVE-5)
Subvención de concesión
directa
175.000
Programa para ejecución de proyectos de
biomasa térmica en edificios (BIOMCASA II)
Préstamos 2.371
Programa para proyectos de energía geotérmica
en edificios (GEOTCASA)
Préstamos 1.181
Programa para proyectos de energía solar
térmica en edificios (SOLCASA)
Préstamos 3.307
Programa para proyectos de energías
renovables en edificios de Grandes
Instalaciones Térmicas (GIT)
Préstamos 13.063
Proyecto Piloto para instalar estaciones de
recarga para vehículos eléctricos en la CA de
Canarias
Subvención en especie a
través de Convenio a
suscribir con la CA de
Canarias
300
cve:BOE-A-2014-4119
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91	 Martes 15 de abril de 2014	 Sec. III. Pág. 31190
04.INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA -IDAE-
AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD
AYUDAS
PRESUPUESTADAS EN EL
AÑO
(miles de €)
Proyecto Piloto para instalar estaciones de
recarga para vehículos eléctricos en la CA de
Baleares
Subvención en especie a
través de Convenio a
suscribir con la CA de
Baleares
2.000
TOTAL: 332.222
08.SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO
AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD
AYUDAS
PRESUPUESTADAS EN EL
AÑO
(miles de €)
Fondo financiero del Estado para la
modernización de las infraestructuras turísticas
(FOMIT)
Línea abierta
10 (+200.000 € procedentes de
remanentes de ejercicios
anteriores)
TOTAL:
10 (+200.000 € procedentes de
remanentes de ejercicios
anteriores)
TOTAL ANEXO II: 1.215.594
TOTAL AYUDAS Y ACCIONES (ANEXO I +
ANEXO II)
2.815.391
cve:BOE-A-2014-4119
http://www.boe.es	 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO	 D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Plan Anual Integrado 2014 de ayudas del Ministerio de Industria, Energia, y Turismo.

  • 1. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31176 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍAY TURISMO 4119 Orden IET/593/2014, de 9 de abril, por la que se aprueba el plan anual integrado de Ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para el año 2014 y se establecen medidas dirigidas a mejorar su tramitación. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo es el Departamento competente en la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de energía, desarrollo industrial, turismo, telecomunicaciones y sociedad de la información. El despliegue de estas competencias comporta el establecimiento de un amplio conjunto de programas de ayudas públicas que persiguen objetivos que abarcan desde el fomento de la sociedad de la información y de la competitividad empresarial, hasta actuaciones de reindustrialización y de dinamización tecnológica para crear o regenerar el tejido industrial, con una finalidad decidida de apoyo a dichos sectores. En este aspecto es necesario señalar que muchas de las ayudas previstas en la presente orden cuentan con fondos comunitarios en su financiación. El actual marco de austeridad presupuestaria y de crisis económica hace necesario continuar en la línea ya iniciada en años anteriores sobre la base de dos objetivos fundamentales: –  Primero, facilitar el acceso a las ayudas de los potenciales beneficiarios propiciando la máxima transparencia a través de una programación global de las principales ayudas del Departamento, gestionando con criterios de responsabilidad y transparencia. – Segundo, la búsqueda de la máxima eficiencia en la asignación de los fondos públicos, y en la adopción de medidas que mejoren la calidad en la tramitación de las ayudas con una clara orientación hacia objetivos y resultados. En esta línea las bases reguladoras y convocatorias de las distintas ayudas irán incorporando paulatinamente medidas dirigidas a la evaluación de los resultados de estas ayudas sobre todo en lo que se refiere a su incidencia en los distintos sectores beneficiados especialmente desde el punto de vista de la inversión y del empleo. Por otro lado uno de los objetivos estratégicos del Ministerio en este ámbito se centra en potenciar el papel de los ciudadanos y empresas mediante el desarrollo de la participación, la transparencia y la utilización de medios electrónicos, facilitando la reutilización de la información del sector público. De acuerdo con estos objetivos y continuando con la línea de mejora en la tramitación de las ayudas, las principales líneas de actuación en este ámbito del Plan Anual Integrado de Ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para el año 2014 serán las siguientes: En primer lugar, continúa la utilización intensiva de los medios electrónicos en todas las fases de la gestión de las ayudas: presentación, consulta, comunicación, notificación y justificación de las mismas. En este marco, continuará siendo obligatoria la utilización de medios electrónicos en la presentación de determinadas ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en el artículo 32 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la anterior. En segundo término, se facilita la utilización del Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas (RESA) creado por la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril. cve:BOE-A-2014-4119
  • 2. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31177 En tercer lugar, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo velará por el cumplimiento del principio de mejora de la reglamentación y de reducción de cargas administrativas de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de mayo de 2007. En este contexto, se impulsa el cumplimiento de las directrices establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011 relativas a la supresión de la exigencia de documentos que obran en poder de la Administración General del Estado. De esta forma a partir del pasado 31 de diciembre de 2012 no puede obligarse ni a los ciudadanos ni a las empresas a aportar documentación que sea accesible por medios electrónicos y que ya esté en poder de la Administración General del Estado. De acuerdo con esta previsión las distintas bases reguladoras y órdenes de convocatoria tendrán en cuenta este hecho, no pudiendo exigirse esta documentación y estableciendo su aportación como voluntaria. Una cuarta directriz se estructura en torno a las medidas que permitan hacer efectiva la igualdad de hombres y mujeres en cumplimiento del artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, fomentando la introducción del criterio de igualdad en las bases reguladoras de las ayudas, así como la incorporación en los cuestionarios de información de los proyectos presentados de datos desglosados que permitan conocer el grado de inserción de las mujeres en estos ámbitos. De igual forma se impulsará la incorporación en estos cuestionarios de datos relevantes relacionados con la accesibilidad de las personas con discapacidad, en cumplimiento del artículo 9 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Por último, se procurará la máxima difusión de las convocatorias de ayudas previstas en el anexo I de la presente orden, con la finalidad de lograr un alto nivel de competitividad entre los proyectos presentados. En su virtud, dispongo: Artículo 1.  Objeto. Constituye el objeto de la presente orden la aprobación del Plan Anual Integrado de las Ayudas Públicas convocadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y sus organismos públicos dependientes para el año 2014, así como el establecimiento de las medidas necesarias para agilizar su tramitación y para facilitar el cumplimiento de los principios generales relativos a la gestión de las subvenciones y ayudas públicas establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Artículo 2.  Aprobación del Plan Anual Integrado de Ayudas para el año 2014. 1.  Se aprueba el Plan Anual Integrado de Ayudas para el año 2014 del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y de sus organismos públicos dependientes que figura en los anexos I y II de esta orden. 2.  En el anexo I se recogen las fechas previstas de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las convocatorias de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, así como las fechas previstas de resolución y pago. Se especifica igualmente el tipo de ayuda, el concepto, la cuantía máxima asignada y el órgano directivo que gestionará la misma, con independencia de la composición del comité de evaluación que procederá a su estudio. 3.  En el anexo II se relacionan y cuantifican otras acciones de apoyo estratégico con contenido económico y otras ayudas de concesión directa del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y de sus organismos públicos dependientes para el año 2014. cve:BOE-A-2014-4119
  • 3. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31178 Artículo 3.  Tramitación electrónica de los procedimientos de ayudas. 1.  De acuerdo con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y con el artículo 32 del Real Decreto 1671/2009 de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la anterior, se tramitarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo todos los procedimientos de concesión, modificación, justificación y, en su caso, reintegro de ayudas en los que así lo establezcan sus bases reguladoras y en los términos previstos en las mismas. 2.  En el caso de que los procedimientos se gestionen por parte de un organismo público o entidad dependiente del Ministerio que cuente con sede electrónica propia, su tramitación se realizará a través de la sede electrónica del organismo. 3.  De acuerdo con el artículo 48.1 del referido Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, los interesados podrán aportar al expediente, en cualquier fase del procedimiento, copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada. La Administración Pública podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. 4.  Las comunicaciones a los interesados podrán publicarse en la sede electrónica del Departamento creada por la Orden IET/842/2012, de 18 de abril, o en la del organismo competente con sede electrónica propia. Esta publicación, conforme a lo establecido en el artículo 59.6, b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituirá a la notificación y surtirá todos sus efectos respecto de los interesados que estén obligados a utilizar la vía electrónica por el apartado 1 de este artículo. 5.  Conforme a lo previsto en el artículo 81 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases reguladoras indicarán la posibilidad o la obligación, según los casos, de presentar por vía electrónica la documentación relativa a la fase de justificación, incluidos los justificantes de los gastos realizados, y los medios electrónicos y sistemas de comunicación utilizables. 6.  En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación, tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho procedimiento se podrán realizar bajo la modalidad de notificación por comparecencia electrónica, según lo establecido en el artículo 40 del referido Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre. 7.  En los procedimientos en que sea obligatoria la práctica de las notificaciones por medios electrónicos y los interesados sean personas jurídicas, será obligación de estos informar a los órganos actuantes de los cambios en la representación de la entidad en cuanto se produzcan. 8.  Los recursos administrativos y las solicitudes de revisión de oficio se podrán realizar ante el Registro Electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo regulado por la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre. Artículo 4.  Inscripción en el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras. 1.  En las bases reguladoras de las ayudas gestionadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, se establecerá la exención de presentación de determinada documentación para los solicitantes de ayudas inscritos en el Registro de Entidades Solicitantes de Ayudas (RESA), creado por la Orden ITC/1197/2010, de 29 de abril. 2.  De conformidad con lo establecido en la Orden ITC/3808/2007, de 19 de diciembre, la inscripción en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI), podrá tener, en caso de que así se determine en las correspondientes cve:BOE-A-2014-4119
  • 4. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31179 bases, una valoración adicional. El procedimiento para efectuar la inscripción en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo será el regulado en la Orden ITC/3808/2007, de 19 de diciembre. 3.  De conformidad con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, aquellas entidades inscritas en el RESA que soliciten su inscripción en el Registro Especial de Agrupaciones Empresariales Innovadoras del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, regulado en la Orden ITC/3808/2007, de 19 de diciembre, no estarán obligadas a presentar la documentación que ya figure en el RESA. Artículo 5.  Aplicación del artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 1.  De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en las convocatorias de ayudas que afecten a ámbitos en los que exista una situación previa de desigualdad de oportunidades por razón de género, se incorporará progresivamente como criterio de valoración en los proyectos presentados, la valoración de actuaciones y de medidas específicas de las entidades solicitantes que fomenten la igualdad de género, o cualesquiera otros que coincidan con el objetivo final de la ley. En aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, a estos efectos podrán valorarse, entre otras, medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar, así como la obtención del distintivo empresarial en materia de igualdad previsto en la citada ley orgánica. 2.  Con esta finalidad, se impulsará la incorporación en los cuestionarios de información de los proyectos presentados de algunos apartados de datos relevantes, como pueden ser los relativos a número de mujeres participantes en el proyecto, nivel de cualificación, estudios o cualquier otro que permita mejorar la información disponible sobre la situación desagregada por sexo en el ámbito de las ayudas. Artículo 6.  Aplicación del artículo 9 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. 1.  En el ámbito de las ayudas y subvenciones públicas del Ministerio, se tenderá paulatinamente a promover medidas de acción positiva que garanticen la efectividad del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, y especialmente de aquellas que residen habitualmente en el ámbito rural. 2.  Con esta finalidad, se impulsará progresivamente la incorporación, en los cuestionarios de información de los proyectos presentados, de varios apartados de datos relevantes relacionados con la accesibilidad de las personas con discapacidad. Artículo 7.  Mejora de la reglamentación y reducción de cargas administrativas mediante la eliminación de la exigencia de documentación. 1.  Las bases reguladoras y convocatorias de ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo se redactarán de forma que la documentación solicitada sea la estrictamente indispensable, no pudiendo exigir aquellos datos o documentos que ya obren en poder de la Administración General del Estado, en los términos previstos en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011 para la simplificación documental en los procedimientos administrativos que afectan a la ciudadanía. Por lo tanto, ni en las bases reguladoras ni en las convocatorias de las distintas ayudas podrá exigirse en ningún caso a los ciudadanos y empresas la aportación cve:BOE-A-2014-4119
  • 5. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31180 obligatoria de documentos que sean accesibles por medios electrónicos para el Ministerio y sus organismos y que obren en poder de la Administración ya que con carácter general, serán los centros gestores del Ministerio o de sus organismos los que recaben esa información. En el caso de tratarse de datos de carácter personal habrá de contarse con el consentimiento del interesado para poder acceder a esos datos. Dicho consentimiento puede ser, bien expreso, en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; o bien amparado por una norma con rango de ley. Este consentimiento deberá recabarse de forma específica e individualizada para cada procedimiento concreto y podrá solicitarse y emitirse por medios electrónicos. En los casos en que el interesado no consienta en que se acceda a su información, deberá presentar él mismo la documentación. 2.  La aportación de certificados, cuando no fuera posible su obtención de oficio por medios electrónicos de interconexión registral, podrá sustituirse por declaraciones responsables en los términos establecidos en el artículo 23.4 de la referida Ley General de Subvenciones. Artículo 8.  Financiación con Fondos comunitarios de la Unión Europea. En el caso de tratarse de ayudas que puedan obtener financiación con cargo a Fondos comunitarios, en particular con el Fondo FEDER, en las normas reguladoras de su concesión deberá hacerse referencia a esa posibilidad en su preámbulo y, según proceda, en las disposiciones relativas a la financiación y justificación de las ayudas, actuaciones de comprobación y control, publicidad y normativa aplicable, de forma que hagan posible dicha financiación. Disposición derogatoria única.  Derogación normativa. Queda derogada la Orden IET/565/2013, de 8 de abril, por la que se aprueba el Plan Anual Integrado de ayudas para el año 2013 y se establecen medidas dirigidas a mejorar su tramitación e igualmente quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se oponga a lo establecido en esta orden. Disposición final primera.  Ejecución y aplicación de la orden. Los órganos del Departamento y de los organismos públicos dependientes del mismo, afectados por los compromisos y mandatos contenidos en la presente orden, adoptarán las medidas necesarias para la ejecución y aplicación de lo dispuesto en ella. Disposición final segunda.  Entrada en vigor. Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 9 de abril de 2014.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria López. cve:BOE-A-2014-4119
  • 6. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31181 ANEXO I Convocatoria de ayudas públicas 2014 -EN CONCURRENCIA COMPETITIVA 01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Apoyo a redes de "Bussines Angels" (Línea creación nuevas redes) Subvenciones 450 Orden 14-03-14 BOE 22-03-14 julio-14 octubre-14 Apoyo a redes de "Bussines Angels" (Línea general) Subvenciones 150 Orden 14-03-14 BOE 22-03-14 julio-14 octubre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Programa de fomento de la competitividad industrial. (Industria aeroespacial) Préstamos 23.500 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Programa de fomento de la competitividad industrial. (Industria automoción) Préstamos 175.000 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Programa de fomento de la competitividad industrial. (Industria manufacturera) Préstamos 200.000 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización (Convocatoria general) Préstamos 45.297 mayo-14 septiembre-14 noviembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización Comarca de Lorca (Murcia) Préstamos 10.580 mayo-14 julio-14 septiembre-14 cve:BOE-A-2014-4119
  • 7. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31182 01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización Comunidad Autónoma de Extremadura Préstamos 12.226 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización isla de El Hierro (Canarias) Préstamos 3.527 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización: Comarca de la Bahía de Cádiz Préstamos 61.771 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización: Comarcas del Ferrol, Eume y Ortegal (A Coruña) Préstamos 45.711 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización: Comunidad Autónoma de Canarias Préstamos 14.844 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización: Deslocalización textil, confección, calzado, juguete, mueble, curtido y marroquinería, artes gráficas y papel. Préstamos 40.488 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial Reindustrialización: Margen izquierda del Nervión Préstamos 7.850 mayo-14 julio-14 septiembre-14 cve:BOE-A-2014-4119
  • 8. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31183 01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización: Soria, Teruel y Jaén Préstamos 27.967 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero a la inversión industrial. Reindustrialización; Campo de Gibraltar (Cádiz) Préstamos 26.288 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de apoyo financiero para actuaciones de infraestructura industrial en el marco de la política pública de reindustrialización Préstamos 50.000 mayo-14 julio-14 septiembre-14 Programa de ayudas compensatorias a la industria por costes indirectos de CO2 Subvenciones 1.000 septiembre-14 noviembre-14 diciembre-14 Programa Nacional de Redes Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI) Subvenciones 7.596 mayo-14 julio-14 septiembre-14 TOTAL: Subvenciones: 9.196 Préstamos: 745.049 03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo Subvenciones 20.000 2º Trimestre 2014 3º Trimestre 2014 4º Trimestre 2014 Ayudas destinadas a cubrir costes excepcionales Subvenciones 15.000 1º Trimestre 2014 3º Trimestre 2014 4º Trimestre 2014 cve:BOE-A-2014-4119
  • 9. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31184 03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Ayudas destinadas a facilitar el cierre de minas de carbón no competitivas previstas artículo 3º de la Decisión 2010/787/UE, de 10 de diciembre de 2010. ( 2013-2018) Subvenciones 68.834 1º Trimestre 2014 2º Trimestre 2014 3º Trimestre 2014 Ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión generadores de empleo. Subvenciones 3.000 2º Trimestre 2014 3º Trimestre 2014 4º Trimestre 2014 TOTAL: Subvenciones: 106.834 05.SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €)** FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Préstamos 90.000Acción estratégica economía y Sociedad Digital (AEESD) (1/2014) (2013-2016)*** Subvenciones 15.000 Res. 17-12-13 BOE 21.12.13 julio-14 septiembre-14 Préstamos 149.000Acción estratégica economía y Sociedad Digital (AEESD) (2/2014) (2013-2016)*** Subvenciones 12.500 junio-14 noviembre-14 diciembre-14 Préstamos 58.500Acción estratégica economía y Sociedad Digital -Grandes Proyectos* *** Subvenciones 11.250 junio-14 diciembre-14 diciembre-14 Agenda Competitividad*** Subvenciones 4.200 junio-14 diciembre-14 diciembre-14 cve:BOE-A-2014-4119
  • 10. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31185 05.SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES Y PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €)** FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Préstamos 26.250 Acción estratégica economía y Sociedad Digital - Desarrollo de software orientado al entretenimiento (2013-2016)*** Subvenciones 2.625 mayo-14 octubre-14 noviembre-14 Préstamos 60.000Programa de Extensión de la banda ancha de Nueva Generación Subvenciones 7.000 abril-14 septiembre-14 octubre-14 *Grandes proyectos de creación de nuevos productos, procesos o servicios de gran impacto en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones. ** Los importes presupuestados podrán incrementarse de acuerdo a lo que se establezca en cada convocatoria y a la vista de las generaciones de crédito que se efectúen en el ejercicio. ***Para estas ayudas se comprometen fondos en el presupuesto 2015. TOTAL Subvenciones: 52.575 Préstamos: 383.750 07.RED.ES DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Programa de fomento de la demanda de soluciones Cloud Computing para PYME Subvenciones 135.000 3º Trimestre 2014 2º Trimestre 2015 3º Trimestre 2015- 3º Trimestre 2016 Programa de fomento de la oferta de soluciones Cloud Computing para PYME en Andalucía Subvenciones 5.000 1º Trimestre 2014 3º Trimestre 2014 1º - 3º Trimestre 2015 Proyecto demostrador para solución integral de gestión y justificación de proyectos del sector de las ONGs -ONGs en Red- Subvenciones EN ESPECIE 3.362 Res.24-10-13 BOE 5-11-13 1º Trimestre 2014 4ºTrimestre 2014- 4ºTrimestre 2019 Fomento del Emprendimiento Tecnológico Subvenciones 700 1º Trimestre 2014 2º Trimestre 2014 3º Trimestre 2014- 2º Trimestre 2015 TOTAL: Subvenciones: 140.700 Subvenciones en ESPECIE: 3.362 cve:BOE-A-2014-4119
  • 11. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31186 08.SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Préstamos del programa Emprendetur I+D+i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de productos innovadores del Plan Nacional e Integral del Turismo. Préstamos 80.000 Res.20-03-14 BOE 29-03-14 julio-14 septiembre-14 Préstamos del programa Emprendetur Internacionalización en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo Préstamos 40.000 junio-14 noviembre-14 diciembre-14 Préstamos del programa Emprendetur Jóvenes. Emprendedores en el marco del Plan Nacional e integral del Turismo Préstamos 30.000 Res.20-03-14 BOE 29-03-14 julio-14 septiembre-14 TOTAL: Préstamos: 150.000 09.TURESPAÑA DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Becas Turismo de España. Convocatoria de becas para prestar servicios en Oficinas de Turismo en el exterior Becas 417 Res.18-2-14 BOE 28-2-14 junio-14 julio-14 (primera mensualidad) TOTAL: Becas: 417 cve:BOE-A-2014-4119
  • 12. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31187 10.OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS –OEPM- DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Ayudas en materia de propiedad industrial Fomento de patentes nacionales Subvenciones 232 Res.14-03-14 BOE 24-03-14 oct-14/nov-14 diciembre-14 Ayudas en materia de propiedad industrial- Fomento de patentes en el exterior Subvenciones 3.682 Res.14-03-14 BOE 24-03-14 oct-14/nov-14 diciembre-14 TOTAL: Subvenciones: 3.914 11.SUBSECRETARÍA DENOMINACIÓN AYUDA AYUDAS IMPORTE PRESUPUESTADO PARA EL AÑO (miles de €) FECHA PREVISTA PUBLICACIÓN CONVOCATORIA BOE FECHA ESTIMADA RESOLUCIÓN FECHA ESTIMADA DE PAGO(1) Subvenciones a las plantas potabilizadoras para desalación de agua de mar en las Islas Canarias Subvenciones 4.000 septiembre-14 noviembre-14 diciembre-14 TOTAL: Subvenciones 4.000 TOTAL: Subvenciones: 317.219 Subvenciones EN ESPECIE: 3.362 Préstamos: 1.278.799 Becas: 417 TOTAL ANEXO I: 1.599.797 (1) Se entiende por fecha estimada de pago la fecha media en la que el departamento reconoce la obligación por la ayuda concedida y ordena el pago al Tesoro cve:BOE-A-2014-4119
  • 13. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31188 ANEXO II Otras acciones de apoyo con contenido económico 2014 01. DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD AYUDAS PRESUPUESTADAS EN EL AÑO (miles de €) Anticipos Airbus Operations S.L. para su participación en el Airbus A350 XWB (2010-2015) Convenios 25.886 Programa de desarrollo de la nueva familia de aviones Airbus A 350 XWB y de su motor A350 XWB Convenios 4.913 Primas e intereses a la construcción naval (ejercicios anteriores) y compensación de intereses de préstamos a la construcción naval Subvención de concesión directa 127.215 Programa de fomento de la demanda de vehículos eléctricos Subvención de concesión directa 10.000 Proyectos tecnológicos industriales cualificados relacionados con programas de defensa (2011-2040) Convenios 343.600 PROFARMA (2013-2016): Fomento de la competitividad en la Industria Farmacéutica. Acceder a los beneficios fiscales correspondientes TOTAL: 511.614 03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD AYUDAS PRESUPUESTADAS EN EL AÑO (miles de €) Prejubilaciones (costes sociales) Subvención de concesión directa 300.000 cve:BOE-A-2014-4119
  • 14. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31189 03. INSTITUTO PARA LA REESTRUCTURACIÓN DE LA MINERÍA DEL CARBÓN Y DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS COMARCAS MINERAS AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD AYUDAS PRESUPUESTADAS EN EL AÑO (miles de €) Ayudas para el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradas a causa de la actividad minera. Convenios CC.AA 53.748 Ayudas por costes laborales Subvención de concesión directa 18.000 TOTAL: 371.748 04.INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA -IDAE- AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD AYUDAS PRESUPUESTADAS EN EL AÑO (miles de €) PréstamosAyudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero). Programa PAREER Subvención de concesión directa 125.000 Programa de incentivos al vehículo eléctrico (Plan MOVELE) Subvención de concesión directa 10.000 Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, quinta convocatoria. (PIVE-5) Subvención de concesión directa 175.000 Programa para ejecución de proyectos de biomasa térmica en edificios (BIOMCASA II) Préstamos 2.371 Programa para proyectos de energía geotérmica en edificios (GEOTCASA) Préstamos 1.181 Programa para proyectos de energía solar térmica en edificios (SOLCASA) Préstamos 3.307 Programa para proyectos de energías renovables en edificios de Grandes Instalaciones Térmicas (GIT) Préstamos 13.063 Proyecto Piloto para instalar estaciones de recarga para vehículos eléctricos en la CA de Canarias Subvención en especie a través de Convenio a suscribir con la CA de Canarias 300 cve:BOE-A-2014-4119
  • 15. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 91 Martes 15 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31190 04.INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA -IDAE- AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD AYUDAS PRESUPUESTADAS EN EL AÑO (miles de €) Proyecto Piloto para instalar estaciones de recarga para vehículos eléctricos en la CA de Baleares Subvención en especie a través de Convenio a suscribir con la CA de Baleares 2.000 TOTAL: 332.222 08.SECRETARÍA DE ESTADO DE TURISMO AYUDAS POR CENTRO GESTOR MODALIDAD AYUDAS PRESUPUESTADAS EN EL AÑO (miles de €) Fondo financiero del Estado para la modernización de las infraestructuras turísticas (FOMIT) Línea abierta 10 (+200.000 € procedentes de remanentes de ejercicios anteriores) TOTAL: 10 (+200.000 € procedentes de remanentes de ejercicios anteriores) TOTAL ANEXO II: 1.215.594 TOTAL AYUDAS Y ACCIONES (ANEXO I + ANEXO II) 2.815.391 cve:BOE-A-2014-4119 http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X