2. Como funciona…
Participar en la elaboración del Presupuesto Anual de la Dirección General en su propio
ámbito, así como proponer su plan de trabajo.
Organizar y supervisar labores dirigidas a apoyar la elaboración de dictámenes de
aquellos establecimientos contemplados en la Ley.
Organizar y supervisar acciones de prevención a través de programas especiales.
Coadyuvar en la operación de la radio comunicación, la telefonía y la de cualquier otro
medio utilizado por el Organismo.
Coordinar y supervisar las labores de los enlaces administrativos.
Consolidar la información que sea útil para la elaboración de los mapas de riesgo.
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7. Cuáles son los Roles?
Dirección Operativa
Dirección Técnica
Dirección de la Academia de Bomberos
Dirección Administrativa
Subdirección Jurídica
Subdirección de la Contraloría Interna
8. Dirección Operativa
Coordinar el control y extinción de todo tipo de
conflagraciones e incendios en la Ciudad entre otras
emergencias cotidianas o derivadas de un desastre donde se
necesite su intervención, al ponerse en riesgo vidas humanas
y sus bienes materiales.
Coordinar los planes y programas operativos permanentes y
emergentes para caso de desastre, evaluando su desarrollo.
Dirigir la atención pronta de toda solicitud de ayuda o apoyo
hecha por la ciudadanía e informar de manera permanente a
la Dirección General.
Coordinar el funcionamiento, labores, acciones operativas y
mantenimiento de las Estaciones de Bomberos con que
cuente el Organismo, a través de los informes que le
presenten las Subdirecciones adscritas.
9. Dirección Técnica
Planear y coordinar la participación de la Dirección Operativa en
la realización de todo tipo de labores técnicas y operativas de
prevención de incendios y siniestros de acuerdo a las
atribuciones, funciones, disposiciones y convenios del Heroico
Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal.
Dirigir la realización de dictámenes de prevención de incendios
en aquellos establecimientos contemplados dentro de las Leyes
que regulan este ámbito.
Proponer a consideración de la Dirección General la celebración
de convenios de cooperación con Organismos Públicos y
Privados a efecto de generar o adquirir tecnología moderna para
aplicarlos al servicio de emergencias.
Emitir dictámenes sobre las características de los vehículos y
equipos que solicite o adquiera el Organismo, así como sobre su
mantenimiento y reparación.
10. Dirección de la Academia de
Bomberos
De conformidad con la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito
Federal.
Artículo 33. Son facultades del Director de la Academia de Bomberos:
I. Aplicar los planes de capacitación de la Academia de Bomberos;
II. Proponer a los miembros capacitados por la Academia de
Bomberos, como sujetos de condecoraciones y estímulos salariales, cuando
se distingan por un óptimo desempeño como alumnos de la misma;
III. Expedir el Reglamento interior de la Academia y mantenerlo
siempre vigente a las necesidades del organismo y la ciudad;
IV. Expedir las constancias que acrediten los cursos realizados por los
alumnos de la Academia y por los alumnos externos;
V. Designar a los instructores internos y externos que deberán impartir
los cursos dentro de la Academia.
11. Dirección Administrativa.
Planear, coordinar y programar las actividades en materia de recursos
humanos, materiales y financieros.
Coordinar el proceso programático-presupuestal, así como la
integración y ejecución del presupuesto Anual del Organismo.
Autorizar los informes administrativos, presupuestales, financieros, etc.,
que se reportan ante otras instancias del Gobierno del Distrito Federal.
Gestionar ante las instancias correspondientes la autorización de los
asuntos relativos a la administración de los recursos humanos,
materiales y financieros del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito
Federal.
Autorizar el pago y registro de los recursos ejercidos, así como los
honorarios, adquisiciones y demás servicios necesarios para el
funcionamiento del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal.
12. Subdirección Jurídica
Iniciar, atender, vigilar e informar sobre los procedimientos judiciales y
administrativos en los que intervenga el Organismo y sus servidores
públicos, ya sea como actor, denunciante, demandado o denunciado.
Proporcionar asesoría jurídica a los servidores públicos para el
cumplimiento de las atribuciones conferidas al Heroico Cuerpo de
Bomberos del Distrito Federal.
Estudiar y opinar sobre consultas jurídicas y legales relacionadas con
convenios, contratos, concesiones y otros en los que el Organismo
participe.
Integrar y mantener actualizado el marco jurídico que sustente las
atribuciones del Organismo y de sus áreas, promoviendo su difusión.
Elaborar y proponer los contenidos y características de los convenios y
acuerdos de cooperación con Organismos Públicos y Privados que
promuevan la protección civil y la capacitación de los bomberos.
13. Subdirección de la Contraloría Interna
Artículo 113. Corresponde a las Contralorías Internas en las Dependencias, Unidades
Administrativas, Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados y
Entidades de la Administración Pública adscritas a la Contraloría General, en el ámbito
de su competencia, las siguientes atribuciones:
I. Proponer, para la aprobación del titular de la Dirección General de
Contralorías Internas, el Programa de Implantación y Seguimiento de Control Interno
para cada ejercicio presupuestal, manteniendo un seguimiento sistemático de su
ejecución;
II. Apoyar las revisiones programadas, así como las extraordinarias o adicionales
a éstas, de conformidad con los lineamientos que para tal fin emita la Contraloría
General, a efecto de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas en materia de información, estadística, organización, procedimientos,
sistemas de registro y contabilidad, contratación y remuneraciones al personal,
contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obra pública, conservación,
uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles,
almacenes, activos y demás que correspondan, en términos de las disposiciones
jurídicas y administrativas aplicables;
15. COMUNICACIÓN
Los servicios de bomberos necesitan un sistema
de comunicaciones que sea fiable tanto en la
ciudad como en un entorno rural, tanto en campo
abierto como dentro de un edificio construido en
acero y hormigón.
16. La radio constituye una línea de vida y los
bomberos que arriesgan su vida en las
interveciones necesitan sistemas de comunicación
fiables en todo momento y en toda situación.
Los equipos utilizados por los bombero son las
emergencias deben ser ligeros, pero al mismo
tiempo robustos dado que deben ser operados en
ambiente con elevadas temperatura y humedad, ser
fáciles de usar y capaces de permitir la
comunicación sin manos con dispositivos fijados
al caso o la mascara.
17. La red de comunicaciones via radio debe permitir la
cobertura dentro de edificios, incluyendos sotanos y
otras localizaciones en las que a menudo es difícil
recibir la señal, y además debe permitir una
conversación clara incluso en ambientes ruidosos.
La moderna tecnología permite dar solución a estos y a
otros problemas que plantean las comunicaciones
durante emergencias, por ejemplo subdividir a los
usuarios en grupos de trabajo, permitir la integración
de radios y teléfonos, e incluso identificar
individualmente cada receptor y su ubicación
geográfica aprovechando sistemas de posiciónamiento
global (GPS), lo que permite indicar la posición exacta
de cada equipo al centro de comunicaciones.
18. COMO TRABAJAN
Las actividades de una estación de bomberos incluye
inspección regular y limpieza de los aparatos y del
equipo, y continuación de la educación en el servicio de
bomberos. Semanalmente o cada dos semanas se
realizan simulacros en los que los bomberos practican
sus habilidades. Algunas compañías de fuego también
tienen actividades públicas en la estación de bomberos
durante la semana anual de la prevención de incendios
o similar, y la instalación puede también ser usada para
actos de recolecta de fondos por asociaciones de
bomberos o similares.