TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
La juventud del siglo XIX en España
1. Jovenes en la España del Siglo XIX Intentando coger aleluyas. En Teatro social. M. Lafuente1846
2. ¿Hubo siempre "jovenes"? En los países ricos del mundo existe hoy en día la noción de "joven" como etapa propia del desarrollo de la persona, nítidamente diferenciada de la edad adulta, esta noción no es universal ni en el tiempo ni en el espacio. No es que no existiera como "palabra". El contenido es lo que era diferente. Y no debemos de olvidar que antes y ahora (2012) tenemos que ver que la palabra "joven" en una sociedad determinada, como la andaluza, también presenta notables difrencias según género, grupo social, situación cultural, origen...
7. La juventud como grupo diferenciado: creación de la modernidadad “ Entre los factores que favorecieron el desarrollo de la juventud como un grupo de edad claramente definido destacan la regulación del acceso al mercado laboral y de las condiciones de trabajo de niños y adolescentes; el establecimiento de un periodo de educación obligatoria que se fue ampliando con el paso del tiempo y que se hizo cada vez más importante para asegurar el acceso al trabajo y el mantenimiento del estatus social; la creación de “ejércitos nacionales” a través del servicio militar obligatorio; o la regulación del derecho de voto. Estos procesos separaron a los jóvenes de la economía tradicional y familiar ” Juventud, teoría e historia: la formación de un sujeto social y de un objeto de análisis. Sandra Souto Kustrín. HAOL, Núm. 13 (Invierno, 2007), 171-192
17. La educación no ocupa a toda la infancia Maestra y alumna. Cataluña
18. La enseñanza primaria se va implantando poco a poco Cuadro de Fernando Garrido. La Espana contemporanea 1865. Observese la menor escolarización femenina
19. La secundaria y la superior, eran muy minoritarias Cuadro de Fernando Garrido. La Espana contemporanea 1865
20. Y ya existía el abandono escolar Cuadro de Fernando Garrido. La Espana contemporanea 1865
21. A comienzos del XIX desde los 7 años se podía sufrir pena de carcel 1834. Se dispone que los presos menores de 18 años estuvieran en un departamento separado de los adultos. Portada de libro. Madrid. 1865
22. En 1918 se aprueba la creación de "Tribunales para niños" (Hasta 15 años, que pasa a 16 en 1925) Concepción Arenal,1820-1893. en "El visitador del preso" se opone a la estancia de los niños y jovenes en las cárceles para adultos
23. El servicio militar se extiende entre los jovenes de las clases populares Cuadro de Revista hispano americana 12 abril 1866